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Superintendencia Bancaria de Colombia PLAN UNICO DE CUENTAS RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 194 CLASE GRUPO CUENTA 1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- tos y Operaciones de Leasing Financiero DESCRIPCIÓN Registra las diferentes clases de créditos y las operaciones de leasing financiero otorgados por la Entidad bajo los distintos tipos autorizados, en desarrollo del giro especializado de cada una de ellas. En la estructura de la cartera de créditos y las operaciones de leasing financiero se han considerado los principios y criterios generales que las entidades vigiladas deben adoptar para la adecuada evaluación de los riesgos crediticios, teniendo en cuenta los parámetros establecidos en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995). En caso que la garantía no cubra el monto total de las obligaciones registradas en las diferentes cuentas de la cartera de créditos y las operaciones de leasing financiero con garantía idónea (para estos efectos los bienes en leasing se tendrán como garantía idónea), el valor no protegido se reclasificará, para efectos de reporte o de registro de acuerdo con el procedimiento interno adoptado por la Entidad, en la cuenta correspondiente de la cartera de créditos con otras garantías. CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 194

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- tos y Operaciones de Leasing Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra las diferentes clases de créditos y las operaciones de leasing financiero otorgados por la Entidad bajo los distintos tipos autorizados, en desarrollo del giro especializado de cada una de ellas.

En la estructura de la cartera de créditos y las operaciones de leasing financiero se han considerado los principios y criterios generales que las entidades vigiladas deben adoptar para la adecuada evaluación de los riesgos crediticios, teniendo en cuenta los parámetros establecidos en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).

En caso que la garantía no cubra el monto total de las obligaciones registradas en las diferentes cuentas de la cartera de créditos y las operaciones de leasing financiero con garantía idónea (para estos efectos los bienes en leasing se tendrán como garantía idónea), el valor no protegido se reclasificará, para efectos de reporte o de registro de acuerdo con el procedimiento interno adoptado por la Entidad, en la cuenta correspondiente de la cartera de créditos con otras garantías.

No obstante las instrucciones impartidas en cada una de las cuentas en que se ha estructurado la cartera de créditos y las operaciones de leasing financiero, cuando se presente una contingencia de pérdida probable, independientemente de los factores objetivos señalados para el efecto en el Plan Unico de Cuentas, será necesario constituir la provisión por parte de la respectiva Entidad, sin perjuicio de la facultad que tiene la Superintendencia Bancaria para ordenar provisiones, previa evaluación de un activo determinado.

Las cuentas por cobrar originadas por comisiones de servicios de los almacenes generales de depósito se calificarán con los criterios establecidos para los créditos comerciales y las respectivas provisiones se regirán por lo señalado en el capítulo II mencionado anteriormente.

Las Operaciones de Leasing Financiero deben registrarse por el valor a financiar de cada uno de los bienes que la entidad previo el respectivo contrato, entrega en arrendamiento al usuario para su uso y goce.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 195

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- tos y Operaciones de Leasing Financiero

El valor a financiar de las operaciones de leasing financiero se amortizará con el pago de los cánones de arrendamiento financiero en la parte correspondiente al abono a capital.

En concordancia con lo establecido en el numeral 5. del artículo 88 de la Ley 223 de 1995, es procedente señalar que la presentación en el PUC aquí establecida, en nada afectan la propiedad jurídica y económica de los bienes arrendados, la cual hasta tanto se ejerza la opción de compra pactada, seguirá siendo del arrendador.

CAUSACIÓN

Cuando los créditos o las operaciones de leasing financiero se encuentren contabilizados en categoría A o B, la Entidad deberá causar sobre ellos los rendimientos, la corrección monetaria, ajustes en cambios e ingresos por otros conceptos que se deriven de los respectivos contratos, de acuerdo con las condiciones pactadas. Sin embargo, la causación podrá suspenderse cuando a juicio de la Entidad o de la Superintendencia Bancaria, el crédito o las operaciones de leasing financiero presente deficiencias que justifiquen tal decisión. A partir del momento en que se suspenda la causación de rendimientos, la corrección monetaria, ajustes en cambios e ingresos por otros conceptos, éstos deberán registrarse en cuentas de orden contingentes.

Para determinar cuando un crédito o una operación de leasing financiero dejará de causar en el estado de resultados intereses, la corrección monetaria, ajustes en cambio, cánones e ingresos por otros conceptos sobre la totalidad del crédito o de la operación de leasing financiero, debe tenerse en cuenta las instrucciones que al respecto están contenidas en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera.

Para las operaciones de leasing, los cánones por recaudar para cada contrato se contabilizan atendiendo al vencimiento que tenga el canon más antiguo. El período de vencimiento empezará a contarse desde el momento en que su pago se haga exigible.

Los contratos que estén pactados con cánones periódicos que excedan el número de meses establecidos para suspender su causación, sólo podrán causar lo que corresponda a dicho número de meses. Hasta la fecha en que se haga exigible su pago permanecerán en calidad de vigentes.

Circular Externa 040 de 2003 VIGENCIA: Enero de 2004

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 196

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- tos y Operaciones de Leasing Financiero

CREDITOS APROBADOS NO DESEMBOLSADOS

Los créditos debidamente aprobados no desembolsados deben contabilizarse en la cuenta contingente 6220 -Créditos Aprobados no Desembolsados -. Así mismo, las operaciones relacionadas con aperturas de crédito, se contabilizarán en la cuenta 6225 - Aperturas de Crédito -, según el sistema utilizado; en ambos casos, en la medida en que se utilicen los recursos, la contingencia para la Entidad desaparece y se convierte en una operación activa de crédito.

REESTRUCTURACIONES

En aquellos en que como producto de acuerdos de reestructuración o cualquier otra clase de acuerdo se contemple la capitalización de intereses que se encuentren registrados en cuentas de orden o de los saldos de cartera castigada incluidos capital, intereses y otros conceptos, al igual que los intereses que se generen en el futuro por estos conceptos, se contabilizarán como abono diferido en el código 272035 y su amortización a capital se hará en forma proporcional a los valores efectivamente recaudados. Así mismo, los ingresos de todos los créditos que sean reestructurados más de una vez deberán contabilizarse por el sistema de caja. Mientras se produce su recaudo, el registro correspondiente se llevará por cuentas de orden.

PROVISIONES

Se deberán contabilizar las provisiones establecidas en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera.

CALIFICACIÓN, OBLIGATORIEDAD, ALCANCE Y FRECUENCIA DE LA EVALUACIÓN

La calificación, obligatoriedad, alcance y frecuencia de la evaluación del riesgo crediticio deberá efectuarse teniendo en cuenta la metodología y criterios indicados en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995)..

Circular Externa 040 de 2003 VIGENCIA: Enero de 2004

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 197

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- tos y Operaciones de Leasing Financiero

MODALIDADES DE CRÉDITO

Para efectos de la evaluación de que trata el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995) y demás normas que la modifiquen o adicionen, la Entidad deberá efectuar un seguimiento permanente del riesgo crediticio de su cartera de créditos y operaciones de leasing financiero, para lo cual se deben de tratar por separado los créditos de vivienda, de consumo, microcréditos y comerciales.

CREDITOS DE VIVIENDA

Son créditos de vivienda, independientemente del monto, aquellos otorgados a personas naturales destinados a la adquisición de vivienda nueva o usada o a la construcción de vivienda individual, que cumplan con las características establecidas en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).

CREDITOS DE CONSUMO

Se entiende como créditos y operaciones de leasing financiero de consumo aquellos otorgados por la Entidad a personas naturales cuyo objeto sea financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios para fines no comerciales o empresariales, independientemente de su monto de acuerdo con lo establecido en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).

MICROCREDITOS

Son las operaciones activas de crédito otorgadas a microempresas cuyo nivel de endeudamiento no supere veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes. De acuerdo con la Ley 590 de 2000, microempresa es toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana, cuya planta de personal no supere diez (10) trabajadores y sus activos totales sean inferiores a quinientos uno (501) salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 198

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- tos y Operaciones de Leasing Financiero

CREDITOS COMERCIALES

Se tendrán como créditos u operación de leasing financiero comerciales u ordinarios todos aquellos distintos a los de vivienda, de consumo y microcrédito, según lo establecido en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).

TIPOS DE CREDITO

Descubiertos en Cuenta Corriente Bancaria: Registra los cheques pagados por el banco y las notas de cargo por valor superior al saldo de las cuentas corrientes, mediante descubiertos provisionales o contratados.

Se denomina descubierto provisional aquel que no obedece a una autorización preliminar del banco ni a la asignación de un cupo determinado, sino a una circunstancia excepcional.

Se denomina descubierto contratado aquel que está regulado mediante un documento en el cual se autoriza al cliente para sobregirarse hasta por una determinada cantidad, en la forma, términos y 4condiciones convenidos. El cupo asignado deberá registrarse en la medida de su utilización, en la cuenta 6225 -Aperturas de Crédito-.

Préstamos Ordinarios: Registra el valor de los préstamos otorgados por la Entidad con recursos captados del público y/o su propio capital, de acuerdo con los plazos autorizados para cada tipo de entidad, mediante la suscripción de contratos de mutuo.

Se deben incluir los préstamos otorgados a clientes para cancelar operaciones de comercio exterior mediante giros directos, cobranzas y otros conceptos, diferentes a cartas de crédito.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 199

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Créditos y Operaciones de Leasing Financiero

Los préstamos descontables en el Banco de la República o en otras entidades se registrarán en este código hasta tanto se efectúe el respectivo descuento. Una vez descontados, el valor total de la obligación se trasladará a las subcuentas que identifican los Préstamos con Recursos del Banco de la República (14XX25) o Préstamos con Recursos de Otras Entidades (14XX30), según el caso.

Préstamos con Recursos del Banco de la República: Registra el valor de los préstamos otorgados por la Entidad con recursos provenientes de cupos de crédito, líneas especiales de crédito, empréstitos externos, líneas de crédito contratadas con organismos internacionales, así como de fondos de carácter financiero administrados por el Banco de la República.

Préstamos con Recursos de Otras Entidades: Registra el valor de los préstamos otorgados por la Entidad utilizando recursos asignados por otras entidades financieras y no financieras tanto nacionales como extranjeras.

Descuentos: Registra las operaciones de crédito efectuadas por la Entidad, realizadas con el fin de financiar al deudor mediante la adquisición al contado de títulos valores u otros documentos de contenido crediticio. Esta operación consiste normalmente en anticipar su valor, deduciendo los intereses y comisiones pactadas, calculadas sobre el valor nominal de los documentos teniendo en cuenta los días que median entre la fecha de operación y su vencimiento.

"Cuando el crédito se otorgue mediante el descuento de títulos valores y éstos no sean pagados a su vencimiento, podrá el banco a su elección, perseguir el pago de tales instrumentos o exigir la restitución de las sumas dadas por éstos". Art. 1407 del C. de Co..

Los bancos y la corporaciones financieras registrarán la operación de cambio exterior definida como la compra con descuento, por parte de la Entidad para su conversión en deuda interna de la totalidad o parte de las obligaciones públicas o privadas externas.

CIRCULAR EXTERNA 051 DE 2001 VIGENCIA: OCTUBRE DE 2001

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 200

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Créditos y

Operaciones de Leasing Financiero

Así mismo, la Entidad registrará las denominadas operaciones factoring con recurso, consistentes en la compra de cartera en las cuales no asume el riesgo del crédito, en razón a que está prevista la condición que en caso de resultar un título impagado la Entidad podrá devolverlo a su cliente.

Los créditos adquiridos se debitarán por el valor desembolsado. En caso de presentarse diferencia entre el valor facial de la cartera adquirida, o los títulos descontados y el valor desembolsado, éste se controlará a través de subcuentas complementarias valuativas, específicamente, en cada uno de los créditos adquiridos. Para el efecto se utilizarán las subcuentas descuento por amortizar o prima por amortizar, las que se causarán con abono a la subcuenta 410217 - Operaciones de Descuento de Cartera- o con cargo a la subcuenta 510406 - Prima Amortizada de Cartera , respectivamente, siguiendo el tratamiento establecido en el código 13 –Inversiones -.

Factoring Sin Recurso: Registra las operaciones de compra en propiedad de cartera de créditos que realizan las Entidades a sus clientes, mediante las cuales aquéllas asumen los riesgos del crédito por razón del no pago por parte de los deudores de los títulos adquiridos, razón por la cual todos los aspectos relacionados con la financiación y pago de la deuda son tratados directamente con el deudor.

El registro de la operación de compra se hará al costo de adquisición. En caso que se presenten diferencias entre el valor nominal de los créditos adquiridos y su costo, tales diferencias se registrarán en subcuentas complementarias valuativas a título de descuento por amortizar o prima por amortizar. La amortización se hará en forma exponencial durante la vigencia de cada título.

Las comisiones que las entidades cobren a sus clientes por estas operaciones recibirán el mismo tratamiento del descuento por amortizar, vale decir, se entenderá que corresponden a un menor valor pagado por los documentos adquiridos.

Su evaluación, así como la causación de rendimientos y la constitución de provisiones se sujetarán a las instrucciones impartidas para las cuentas que conforman el Grupo 14 - Cartera de Créditos- que se soportan en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).

CIRCULAR EXTERNA 051 DE 2001 VIGENCIA: OCTUBRE DE 2001

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 201

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Créditos y Operaciones de Leasing Financiero

Préstamos a Constructores: Registra los préstamos otorgados por la Entidad para financiar proyectos a los constructores, mediante contratos de mutuo en los que se estipula expresamente que las obligaciones en moneda legal se determinarán mediante la aplicación de la equivalencia de la Unidad de Valor Real (UVR).

Los traslados a las diversas cuentas de la cartera de créditos deben hacerse a la cotización de la UVR del día en que se produzca el respectivo traslado.

Créditos sobre el Exterior Reembolsados: Registra las sumas en moneda nacional a cargo de los clientes por compra de divisas ya desembolsadas por la Entidad, en la cancelación de créditos inicialmente registrados en moneda extranjera. La contabilización debe hacerse a la tasa de cambio del día en que se adquieran las divisas, fecha en la cual el cliente deja de asumir la fluctuación del cambio.

Reintegros Anticipados: Registra las divisas entregadas por la Entidad al Banco de la República, a manera de reintegro anticipado a una exportación dada.

El préstamo se cancela cuando se reciba del exterior el valor de la exportación ya cumplida.

Cartas de Crédito Cubiertas: Registra el valor cancelado por la entidad en cumplimiento de la obligación contraída mediante una carta de crédito, utilizando recursos de giro ordinario de su actividad o recursos especiales provenientes de otros organismos.

El crédito se considera vigente cuando la Entidad emisora de la carta de crédito o cualquiera de las entidades que intervengan de conformidad con el crédito en esta posición, hayan pagado la carta de crédito y se haya previsto o convenido una concesión de crédito al ordenante, quien goza en consecuencia de un plazo para reembolsar la suma pagada.

CIRCULAR EXTERNA 051 DE 2001 VIGENCIA: OCTUBRE DE 2001

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 202

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- tos y Operaciones de Leasing Financiero

Avales y Garantías Cubiertas: Registra el aval cubierto, que corresponda al valor total o parcial cancelado por la Entidad en cumplimiento del compromiso adquirido como avalista de un título valor de contenido crediticio y cuyo reembolso ha sido efectuado por el cliente. Así mismo, registra el crédito otorgado como consecuencia del valor cancelado en cumplimiento de una garantía bancaria otorgada, el cual no ha sido reembolsado por el cliente.

Aceptaciones (Bancarias) Cubiertas: Registra el valor cancelado por la Entidad en cumplimiento de su obligación como aceptante de una letra de cambio y cuyo reembolso no haya sido efectuado por el cliente.

Tarjetas de Crédito: Registra los créditos movilizados por los tarjeta - habientes en la adquisición de bienes y servicios en los establecimientos afiliados al sistema de tarjetas de crédito, en virtud de los contratos celebrados con entidades financieras autorizadas para emitirlas. El cupo asignado deberá registrarse como una contingencia para la Entidad, disminuyéndose en la medida de su utilización en la cuenta 6225 - Aperturas de Crédito -, subcuenta 622510 - Tarjetas de Crédito -. Hasta tanto la Entidad efectúe la facturación a los tarjeta - habientes, el cargo se contabilizará en la subcuenta 163595.

Préstamos a Microempresas y Pymes: Registra los créditos y las operaciones de leasing financiero otorgados a microempresas y a pequeñas y medianas empresas cuyo nivel de endeudamiento sea mayor a veinticinco (25) e inferiores a quinientos uno (501) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 203

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de 1404 Créditos de Vivienda Créditos

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos de vivienda, independientemente del monto, otorgados a personas naturales destinados a la adquisición de vivienda nueva o usada o a la adquisición de vivienda individual.

Traslados

Cuando se realice un traslado a una categoría de mayor riesgo se traslada el valor total del crédito.

En los créditos pactados en Unidades de Valor Real UVR-, los traslados deben hacerse a la cotización de la UVR del día en que se produzca el respectivo traslado.

En la subcuenta 140405, se registran los créditos de vivienda otorgados por la Entidad calificados en categoría A – Riesgo Normal.

En la subcuenta 140410, se registran los créditos de vivienda otorgados por la Entidad calificados en categoría B – Riesgo Aceptable.

En la subcuenta 140415, se registran los créditos de vivienda otorgados por la Entidad calificados en categoría C – Riesgo Apreciable.

En la subcuenta 140420, se registran los créditos de vivienda otorgados por la Entidad calificados en categoría D – Riesgo Significativo.

En la subcuenta 140425, se registran los créditos de vivienda otorgados por la Entidad calificados en categoría E – Riesgo de Incobrabilidad.

CIRCULAR EXTERNA 051 DE 2001 VIGENCIA: OCTUBRE DE 2001

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Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 204

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de 1404 Créditos de Vivienda Créditos

En los préstamos para la adquisición de vivienda de interés social otorgados por los bancos hipotecarios, de acuerdo con el sistema de amortización, los intereses, que conforme a las normas vigentes sobre la materia sean susceptibles de capitalizarse deberán asimilarse a la corrección monetaria para los efectos de causación y de constitución de provisiones.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por los desembolsos o cargos de los créditos.

CREDITOS

1. Por los abonos o cancelaciones totales.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

3. Por los traslados de la cuenta 1488 -Derechos de Recompra Cartera Negociada- por el cumplimiento del pacto.

4. Por los traslados de las cuentas 1205 -Fondos Interbancarios Vendidos Ordinarios- y 1215 -Compromisos de Reventa Cartera Negociada-, por incumplimiento del pacto.

2. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

3. Por la reclasificación al código 1488 -Derechos de Recompra Cartera Negociada-.

CIRCULAR EXTERNA 051 DE 2001 VIGENCIA: OCTUBRE DE 2001

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Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 205

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1411 Categoría A Riesgo Normal tos y Operaciones Garantía Idónea, Créditos de Leasing o Contratos de Leasing Financiero - Consumo

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con garantía idónea, calificados en categoría A, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por los desembolsos o cargos de los créditos según el tipo.

2. Por los traslados de la cuenta 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada- por el cumplimiento del pacto

3. Por los traslados de las cuentas 1205 y 1215 por incumplimiento del pacto.

4. Por la causación de los rendimientos capitalizables

CREDITOS

1. Por los abonos o cancelaciones totales.

2. Por la reclasificación al código 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada -.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 206

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1411 Categoría A Riesgo Normal tos y Operaciones Garantía Idónea, Créditos de Leasing o Contratos de Leasing Financiero - Consumo

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 207

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1419 Categoría B Riesgo Aceptable tos y Operaciones Garantía Idónea, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing - Consumo Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con garantía idónea, calificados en categoría B, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 208

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1432 Categoría C Riesgo Apreciable tos y Operaciones Garantía Idónea, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing - Consumo Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con garantía idónea, calificados en categoría C, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 209

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1433 Categoría D Riesgo Significativo tos y Operaciones Garantía Idónea, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing - Consumo Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con garantía idónea, calificados en categoría D, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 210

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1436 Categoría E Riesgo de tos y Operaciones Incobrabilidad Garantía Idónea de Leasing Créditos o Contratos de Leasing Financiero - Consumo

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con garantía idónea, calificados en categoría E, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 211

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi 1441 Categoría A Riesgo Normal tos y Operaciones Otras Garantías, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing - Consumo Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con otras garantías, calificados en categoría A, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por los desembolsos o cargos de los créditos según el tipo.

2. Por los traslados de la cuenta 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada- por el cumplimiento del pacto.

3. Por los traslados de las cuentas 1205 y 1215 por incumplimiento del pacto.

4. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

CREDITOS

1. Por los abonos o cancelaciones totales.

2. Por la reclasificación al código 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada -.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 212

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1441 Categoría A Riesgo Normal tos y Operaciones Otras Garantías, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing - Consumo Financiero

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 213

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1442 Categoría B Riesgo Aceptable tos y Operaciones Otras Garantías, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing - Consumo Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con otras garantías, calificados en categoría B, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 214

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1444 Categoría C Riesgo Apreciable tos y Operaciones Otras Garantías, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing - Consumo Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con otras garantías, calificados en categoría C, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 215

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1445 Categoría D Riesgo Significativo tos y Operaciones Otras Garantías, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing - Consumo Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con otras garantías, calificados en categoría D, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 216

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1450 Categoría E Riesgo de tos y Operaciones Incobrabilidad Otras Garantías de Leasing Créditos o Contratos de Leasing Financiero - Consumo

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero de consumo con otras garantías, calificados en categoría E, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 217

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1456 Microcréditos tos y Operaciones Garantía Idónea de Leasing Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los microcréditos otorgados a personas naturales o jurídicas con garantía idónea, de acuerdo con la Ley 590 de 2000.

En las subcuentas 145605 y 145630, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría A – Riesgo Normal.

En las subcuentas 145610 y 145635, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría B – Riesgo Aceptable.

En las subcuentas 145615 y 145640, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría C – Riesgo Apreciable.

En las subcuentas 145620 y 145645, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría D – Riesgo Significativo.

En las subcuentas 145625 y 145650, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría E – Riesgo de Incobrabilidad.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por los desembolsos o cargos de los microcréditos.

CREDITOS

1. Por los abonos o cancelaciones totales.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 218

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1456 Microcréditos tos y Operaciones Garantía Idónea de Leasing Financiero

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

3. Por los traslados de la cuenta 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada- por el cumplimiento del pacto.

4. Por los traslados de las cuentas 1205 - Fondos Interbancarios Vendidos Ordinarios- y 1215 - Compromisos de Reventa Cartera Negociada -, por incumplimiento del pacto.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

2. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

3. Por la reclasificación al código 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada -.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 219

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1457 Microcréditos tos y Operaciones Otras Garantías de Leasing Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los microcréditos otorgados a personas naturales o jurídicas con otras garantías, de acuerdo con la Ley 590 de 2000.

En las subcuentas 145705 y 145730, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría A – Riesgo Normal.

En las subcuentas 145710 y 145735, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría B – Riesgo Aceptable.

En las subcuentas 145715 y 145740, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría C – Riesgo Apreciable.

En las subcuentas 145720 y 145745, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría D – Riesgo Significativo.

En las subcuentas 145725 y 145750, se registran los microcréditos otorgados por la Entidad calificados en categoría E – Riesgo de Incobrabilidad.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por los desembolsos o cargos de los microcréditos.

CREDITOS

1. Por los abonos o cancelaciones totales.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 220

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1457 Microcréditos tos y Operaciones Otras Garantías de Leasing Financiero

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

3. Por los traslados de la cuenta 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada- por el cumplimiento del pacto.

4. Por los traslados de las cuentas 1205 - Fondos Interbancarios Vendidos Ordinarios- y 1215 - Compromisos de Reventa Cartera Negociada -, por incumplimiento del pacto.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

2. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

3. Por la reclasificación al código 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada -.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 221

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1459 Categoría A Riesgo Normal tos y Operaciones Garantía Idónea, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing Comerciales Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero comerciales con garantía idónea, calificados en categoría A, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICADEBITOS

1. Por los desembolsos o cargos de los créditos según el tipo.

2. Por los traslados de la cuenta 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada- por el cumplimiento del pacto.

3. Por los traslados de las cuentas 1205 y 1215 por incumplimiento del pacto.

4. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por los abonos o cancelaciones totales.

2. Por la reclasificación al código 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada -.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 222

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1460 Categoría B Riesgo Aceptable tos y Operaciones Garantía Idónea, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing Comerciales Financiero

DESCRIPCION

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero comerciales con garantía idónea, calificados en categoría B, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

Page 30: 1 ACTIVO · Web view... mediante las cuales aquéllas asumen los riesgos del crédito por razón del no pago por parte de los deudores de los títulos adquiridos, razón por la cual

Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 223

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1462 Categoría C Riesgo Apreciable tos y Operaciones Garantía Idónea Créditos o de Leasing Contratos de Leasing -Comerciales Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero comerciales con garantía idónea, calificados en categoría C, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 224

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1463 Categoría D Riesgo Significativo tos y Operaciones Garantía Idónea, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing -Comerciales Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero comerciales con garantía idónea, calificados en categoría D, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 225

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1465 Categoría E Riesgo de tos y Operaciones Incobrabilidad Garantía Idónea de Leasing Créditos o Contratos de Leasing Financiero - Comerciales

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero comerciales con garantía idónea, calificados en categoría E, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 226

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1466 Categoría A Riesgo Normal tos y Operaciones Otras Garantías, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing -Comerciales Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero comerciales con otras garantías, calificados en categoría A, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICADEBITOS

1. Por los desembolsos o cargos de los créditos según el tipo.

2. Por los traslados de la cuenta 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada -, por el cumplimiento del pacto.

3. Por los traslados de la cuenta 1205 y 1215 por incumplimiento del pacto.

4. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por los abonos o cancelaciones totales.

2. Por la reclasificación al código 1488 - Derechos de Recompra Cartera Negociada -.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

Page 34: 1 ACTIVO · Web view... mediante las cuales aquéllas asumen los riesgos del crédito por razón del no pago por parte de los deudores de los títulos adquiridos, razón por la cual

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 227

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1467 Categoría B Riesgo Aceptable tos y Operaciones Otras Garantías, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing -Comerciales Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero comerciales con otras garantías, calificados en categoría B, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 228

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1468 Categoría C Riesgo Apreciable tos y Operaciones Otras Garantías, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing -Comerciales Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y contratos de leasing comerciales con otras garantías, calificados en categoría C, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 229

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1469 Categoría D Riesgo Significativo tos y Operaciones Otras Garantías, Créditos o de Leasing Contratos de Leasing -Comerciales Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero comerciales con otras garantías, calificados en categoría D, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 230

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1470 Categoría E Riesgo de tos y Operaciones Incobrabilidad Otras Garantías de Leasing Créditos o Contratos de Leasing Financiero - Comerciales

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo de los créditos y operaciones de leasing financiero comerciales con otras garantías, calificados en categoría E, de acuerdo con las instrucciones del capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

DINAMICA

DEBITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

PARA LAS OPERACIONES DE LEASING:

1. Por el valor a financiar del bien dado en leasing (esto es, el costo de adquisición o construcción, descontado en los valores que por este concepto previamente se ha recaudado del arrendatario o locatario).

2. Por las mejoras y gastos capitalizables que representan un mayor valor a financiar de la operación de leasing.

CREDITOS

1. Por el valor de los créditos que se trasladen.

2. Por los abonos o cancelaciones totales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados conforme a las disposiciones vigentes.

1. Por el costo del bien vendido cuando se hace uso de la opción de compra.

2. Por el valor de la amortización mensual.

CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2003 VIGENCIA: NOVIEMBRE DE 2003

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 230-1

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14.Cartera de Créditos 1486 Derechos de Transferenciay Operaciones de de Cartera de Créditos porLeasing Financiero Operaciones de Apoyos

Transitorios de Liquidez

DESCRIPCIÓN

Registra los pagarés que un Establecimiento de Crédito, ha endosado en propiedad al Banco de la República cuando hace uso de los recursos de los apoyos transitorios de liquidez, de conformidad con la reglamentación emitida por el propio Banco de la República.

Causación:

Sobre los créditos registrados en esta cuenta, la Entidad deberá causar los rendimientos financieros, la corrección monetaria y ajustes en cambios que se deriven de los respectivos contratos, de acuerdo con las condiciones pactadas y con las instrucciones impartidas en la descripción de los códigos anteriores.

Tipos de Crédito: La cartera se registrará en esta cuenta de acuerdo con los tipos de crédito previstos en la descripción del código 14 - Cartera de Créditos

CIRCULAR EXTERNA 040 DE 2009 VIGENCIA: OCTUBRE DE 2009

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 230-2

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14.Cartera de Créditos 1486 Derechos de Transferenciay Operaciones de de Cartera de Créditos porLeasing Financiero Operaciones de Apoyos

Transitorios de Liquidez

DINAMICA

DEBITOS

1. 1.. Por el valor de los pagarés endosados en propiedad por el establecimiento de crédito al Banco de la República.

2. Por la causación de los rendimientos capitalizables.

CREDITOS

1. Por el cumplimiento de las condiciones de la operación, restableciendo la disponibilidad de los pagarés correspondientes.

2. Por el mantenimiento definitivo de la propiedad del pagaré por parte del Banco de la República, de acuerdo con la reglamentación del mismo.

CIRCULAR EXTERNA 040 DE 2009 VIGENCIA: OCTUBRE DE 2009

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 216

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14.Cartera de Créditos 1487 Componente Contracíclico Provisión Individual

y Operaciones de Leasing Financiero

DESCRIPCIÓN

Registra el saldo del componente individual contracíclico, calculado según lo establecido en el numeral 1.3.4.1.1 del Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995. El componente individual contracíclico se deberá registrar de acuerdo con las instrucciones impartidas para cada subcuenta.

En la subcuenta 148705 se contabilizará el componente individual contracíclico de créditos y operaciones de leasing de consumo

En la subcuenta 148715 se contabilizará el componente individual contracíclico de créditos y operaciones de leasing comerciales

En la subcuenta 148725 se contabilizará el componente individual contracíclico de operaciones de leasing habitacional

DINAMICA

CREDITOS

1. Por el componente individual contracíclico de las provisiones individuales constituidas.

DEBITOS

1. Por el valor de las reversiones autorizadas por la utilización del componente individual contracíclico de las provisiones individuales.

2. Por la reversión del componente individual contracíclico de las provisiones individuales.

3. Por el valor de los castigos debidamente autorizados.

RESOLUCIÓN 1450 DE 2009 VIGENCIA: ABRIL DE 2010

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Superintendencia Financiera de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 216

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de 1489 Provisión Créditos de Vivienda Créditos

DESCRIPCIÓN

Es una cuenta de valuación de activo de naturaleza crédito que registra los montos provisionados por la Entidad, para cubrir eventuales pérdidas de créditos clasificados como de vivienda.

La constitución y cálculo de provisiones deberán realizarse aplicando el régimen y las instrucciones previstas en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera para la modalidad de crédito de vivienda.

De conformidad con lo anterior, el registro de las provisiones a que haya lugar se efectuará de acuerdo a la categoría de riesgo de los créditos provisionados en las subcuentas correspondientes, creadas para el efecto.

Las entidades que apliquen el modelo de referencia expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia para esta modalidad de cartera, deberán registrar en esta cuenta el valor correspondiente al componente individual procíclico calculado según lo establecido en el numeral 1.3.4.1.1 del Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

Coeficientes de Riesgo: Se tendrán en cuenta las instrucciones de la Circular Externa 033 de 2003.

RESOLUCIÓN 1450 DE 2009 VIGENCIA: ABRIL DE 2010

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Superintendencia Financiera de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 216

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de 1489 Provisión Créditos de Vivienda Créditos

DINAMICA

CREDITOS

1. Por las provisiones constituidas.

DEBITOS

1. Por el valor de los castigos debidamente autorizados.

2. Por la reversión de provisiones.

RESOLUCIÓN 1450 DE 2009 VIGENCIA: ABRIL DE 2010

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RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 217

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1491 Provisión Créditos y tos y Operaciones Operaciones de Leasing de Leasing de Consumo Financiero

DESCRIPCIÓN

Es una cuenta de valuación de activo de naturaleza crédito que registra los montos provisionados por la Entidad, para cubrir eventuales pérdidas de créditos y operaciones de leasing financiero clasificados como de consumo.

La constitución y cálculo de provisiones deberán realizarse aplicando el régimen y las instrucciones previstas en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera para la modalidad de crédito de consumo.

De conformidad con lo anterior, el registro de las provisiones a que haya lugar se efectuará de acuerdo a la categoría de riesgo de los créditos provisionados en las subcuentas correspondientes, creadas para el efecto.

Los créditos y operaciones de leasing financiero amparados con seguridades que, según las normas referentes a cupo individual de endeudamiento, tengan el carácter de garantías idóneas, se provisionarán, en el porcentaje que corresponda según la calificación del crédito o la operación de leasing financiero, sobre la diferencia entre el valor del crédito o la operación de leasing financiero - tal como se define en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995) - y el valor de la garantía. En este caso se registrará en estas subcuentas la proporción correspondiente al capital..

Las entidades que apliquen el modelo de referencia expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia para esta modalidad de cartera, deberán registrar en esta cuenta el valor correspondiente al componente individual procíclico calculado según lo establecido en el numeral 1.3.4.1.1 del Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

RESOLUCIÓN 1450 DE 2009 VIGENCIA: ABRIL DE 2010

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Superintendencia Financiera de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 218

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1491 Provisión Créditos y tos y Operaciones Operaciones de Leasing de Leasing de Consumo Financiero

Coeficientes de Riesgo: Se tendrán en cuenta las instrucciones de la Circular Externa 033 de 2003.

DINAMICA

CREDITOS

2. Por las provisiones constituidas.

DEBITOS

1. Por el valor de los castigos debidamente autorizados.

2. Por la reversión de provisiones.

RESOLUCIÓN 1450 DE 2009 VIGENCIA: ABRIL DE 2010

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Superintendencia Financiera de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 219

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1493 Provisión Microcréditos tos y Operaciones de Leasing Financiero

DESCRIPCIÓN

Es una cuenta de valuación de activo de naturaleza crédito que registra los montos provisionados por la Entidad, para cubrir eventuales pérdidas de créditos y operaciones de leasing financiero clasificados como microcréditos.

La constitución y cálculo de provisiones deberán realizarse aplicando el régimen y las instrucciones previstas en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera para la modalidad de microcrédito.

De conformidad con lo anterior, el registro de las provisiones a que haya lugar se efectuará de acuerdo a la categoría de riesgo de los créditos provisionados en las subcuentas correspondientes, creadas para el efecto.

Los créditos y operaciones de leasing financiero amparados con seguridades que, según las normas referentes a cupo individual de endeudamiento, tengan el carácter de garantías idóneas, se provisionarán, en el porcentaje que corresponda según la calificación del crédito o la operación de leasing financiero, sobre la diferencia entre el valor del crédito o la operación de leasing financiero - tal como se define en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995) - y el valor de la garantía. En este caso se registrará en estas subcuentas la proporción correspondiente al capital.

Las entidades que apliquen el modelo de referencia expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia para esta modalidad de cartera, deberán registrar en esta cuenta el valor correspondiente al componente individual procíclico calculado según lo establecido en el numeral 1.3.4.1.1 del Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

RESOLUCIÓN 1450 DE 2009 VIGENCIA: ABRIL DE 2010

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Superintendencia Financiera de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 220

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1493 Provisión Microcréditos tos y Operaciones de Leasing Financiero

Coeficientes de Riesgo: Se tendrán en cuenta las instrucciones de la Circular Externa 033 de 2003.

DINAMICA

CREDITOS

1. Por las provisiones constituidas.

DEBITOS

1. Por el valor de los castigos debidamente autorizados.

2. Por la reversión de provisiones.

RESOLUCIÓN 1450 DE 2009 VIGENCIA: ABRIL DE 2010

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Superintendencia Financiera de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 221

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1495 Provisión Créditos y tos y Operaciones Operaciones de Leasing de Leasing Comerciales Financiero

DESCRIPCIÓN

Es una cuenta de valuación de activo de naturaleza crédito que registra los montos provisionados por la Entidad, para cubrir eventuales pérdidas de créditos y operaciones de leasing financiero clasificados como comerciales.

La constitución y cálculo de provisiones deberán realizarse aplicando el régimen y las instrucciones previstas en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera para la modalidad de crédito comercial.

De conformidad con lo anterior, el registro de las provisiones a que haya lugar se efectuará de acuerdo a la categoría de riesgo de los créditos provisionados en las subcuentas correspondientes, creadas para el efecto.

Los créditos y operaciones de leasing financiero amparados con seguridades que, según las normas referentes a cupo individual de endeudamiento, tengan el carácter de garantías idóneas, se provisionarán, en el porcentaje que corresponda según la calificación del crédito o la operación de leasing financiero, sobre la diferencia entre el valor del crédito o la operación de leasing financiero - tal como se define en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995) - y el valor de la garantía. En este caso se registrará en estas subcuentas la proporción correspondiente al capital.

Las entidades que apliquen el modelo de referencia expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia para esta modalidad de cartera, deberán registrar en esta cuenta el valor correspondiente al componente individual procíclico calculado según lo establecido en el numeral 1.3.4.1.1 del Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995.

RESOLUCIÓN 1450 DE 2009 VIGENCIA: ABRIL DE 2010

Page 48: 1 ACTIVO · Web view... mediante las cuales aquéllas asumen los riesgos del crédito por razón del no pago por parte de los deudores de los títulos adquiridos, razón por la cual

Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 238

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1495 Provisión Créditos y tos y Operaciones Operaciones de Leasing de Leasing Comerciales Financiero

Coeficientes de Riesgo: Se tendrán en cuenta las instrucciones de la Circular Externa 033 de 2003.

DINAMICA

CREDITOS

1. Por las provisiones constituidas.

DEBITOS

1. Por el valor de los castigos debidamente autorizados.

2. Por la reversión de provisiones.

CIRCULAR EXTERNA 033 DE 2003 VIGENCIA: JULIO DE 2003

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Superintendencia Bancaria de ColombiaPLAN UNICO DE CUENTAS

RES. 3600 DE 1988 Hoja No. 239

CLASE GRUPO CUENTA

1. ACTIVO 14. Cartera de Crédi- 1498 Provisión General tos y Operaciones de Leasing Financiero

DESCRIPCIÓN

Es una cuenta de valuación de activo de naturaleza crédito que registra la provisión mínima del uno por ciento (1%), que deben constituir las entidades vigiladas sobre el total de la cartera de créditos bruta, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera.

En la subcuenta 149810 debe registrarse el valor de la provisión general correspondiente a las operaciones de leasing financiero, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera.

Conforme a lo establecido en la Circular Externa 033 de 2003, y para atender defectos de provisión general, se reclasificarán a este rubro los saldos registrados en los códigos PUC correspondientes a provisiones por coeficiente de riesgo.

DINAMICA

CREDITOS

1. Por las provisiones constituidas.

DEBITOS

1. Por el valor de los castigos debidamente autorizados.

2. Por la reversión de provisiones.

Circular Externa 040 de 2003 VIGENCIA: Enero de 2004