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2 Guatemala, VIERNES 11 de mayo 2012 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMER048
sdoR CARLOS RAMIRO IIARTINEz Al. VARADO EmiJefadrw Rept8S81llae Pema•• de 1a Mlal6n Parmanenle de Gualamala anfela Olgalizacl6n de las Naciones Unidas · y otros Organismos lniBmacionalas Ginebra, SUiza
SEIORA ANGELA MARIA CHÁVEZ BIETTI Mlnlslta Conaajerade la Mlal6n Permlnlnle de Gualamala ante la Oiga~¡ de las Naciones Unilas y otros Olgailsmos IIIBII8CÍII .... Ginebra, SUiza
SEIORA 1EHEL1.E BRAN Primer Secialaio de la Mlal6n Pemaallle de Guatemala anfe la Oiga~¡ de las Naciones Unidas y otros O!grilmos lntan18Ciol..,. Ginebra, Suiza
SEIORA 8UL111 BARRIOS PrimerSecnllllio de la Mlsi6n Parmanenle de Guatemala 81118 la Q{lll1bci6n de las Naciones Unidas y otros Organismos ltllamaciol .... Ginebra, Suiza
sEAoR JUAN ANTONIO BERNAD SegUndo Secnllalo de la Mlal6n PIPalonrm""•""IIII•E..., de Guatemala 111'118 la Oiganlzacl6n de las Naciones Unidas y otros Organismos lnlanl8Ciol..,. Ginebra, Suiza
SEIORA ANA REG1NA TOLEDO Ten:er Secialaio de la Mlsi6n PIP81MIIfi111SIIIftillfl ........ de Guatemala ante la Oiga~· de las Naciones Unilas y otros Organismos lnllamaciol .... Ginebra, Suiza
INGENIERO IIARCIO RtOl.ANDO CUEVAS QIJEZADA Comilé Cootdinadol de A8ocB:ionas Agrlcolas, Comercialas. lndu&lllalas y Flnancielas -CACIFDelegado EnipleiMior Suplanta
LICENCIADA LAURA LUCIA CASTNEDA RUEDA Comité Coonllnador de Aaodacbi8S Agrlcolas, Comerciales, lnduslrlalas y Flnancielas -CACIFDelegada Consejero Téallco
LICENCIADO liARlO RODOLFO MARROQUIN RIVERA Comité Coordinador de Aaodacbi8S Agrlcolas, Comerciales, lndualllales y Flnancielas -CACIF-Delagado Consejero Téallco
LICENCIADO ROLANDO FIGUEROA ~REZ Comité Coordinador de A8ocB:ionas Agrlcolas, Comen:ialas, lnduslrlalas y Flnancielas -CACIFDelagado Consejaro Técnico
LICENCIADO AUGUSTO VAI.ENZUELA HERRERA Comité Coordi'ladol de Asociaciones Agriéolas, Comen:lales,lnduslriales y FiaiCiaras -CACIFDelegado Consa)ero Técnico
LICENCIADO IEUELANGB. LUCAS CONFEDERACION IJEIIIOMNAilA CENTRAL DE TRABAJADCIRES DEL CAMPO Y LA CIUDAD FEDERACION SNliCAL DE TRABAJADORES DE LAALIMENTACION, AGRON:lUSTRIA Y SIMILARES-FESTRASSINOICATO DE TRABAJADORES DELINSTJT\It'O NAC1C1W. DE IUCTRIFICACION.-sTINDE-. FEDERACION SNliCAL DE EMPLEADOS BANCARIOS DE SERVICIOS Y DEL ESTADO DE GIJATBWA-FESEBSSINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION DE GIJATEIMLA -sTEG-/ANM Delegado Trabajado! Tnular
SEfUt JUAN FIWICI8CO IENDOZA ESTRADA CONFEDERACION DENOMIIWlA CENTRAL DE 1'RAMJADORES DEL CAMPO Y LA CIUDAD FEDERACION SINDICAL DE TRABA.IADOAES DE LA ALIENTACION. AGRON:lUSTRIA Y SIMILAREs -FESTRASSINDICATO DE 1'IWio\.lAIXlAE DEL INSTITUTO NACICIW. DEEI..ECTAFICACIO -STlNDE-. FEDERACION SINDICAL DE EMPLEADOS BANCARIOS DE SERVICIOS Y DEl ESTADO DE GUATEMAI.A-FESEBSSINDICATO DE TRA8oUADOAES DE LA EDUCACIÓN DE GIJATEIMLA -STEG-/NIM Delegado Tnlbajador Suplan8
Articulo 2. El pi8ll8llle AcuaRio emplaza a ragir de manera irwnedlata.
(234869-2)-11-mayo
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Acuérdase Creación. Se creara con caractér temporal la Comisión Nacional de Trabajo para la implementación de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI) que para sus funsiones dependeró directamente de la Presidencia de la República.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 96-2012
Guatemala, 1 O de mayo de 2012
El Presidente de la República .
CONSIDERANDO
Que la Constitución Polltica de la República regula que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, asl como el derecho humano a un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
CONSIDERANDO
Que la Industria Extractiva puede contribuir a los fines del Estado, implementando una iniciativa de transparencia orientada a generar un mecanismo de diálogo entre gobierno, sector privado de las industrias extractivas y sociedad civil, que permita mejorar las relaciones y tos procesos de gobernabilidad entre todos los involucrados en esta actividad; por lo cual resulta necesario la creación de una instancia que tenga por objeto proponer medios y acciones para mejorar la calidad de transparencia de los ingresos tributarios y no tributarios del Gobierno generados por las industrias extractivas, tales como las entidades de los sectores de hidrocarburos y minerla, asl como el manejo de dichos recursos públi09s.
POR TANTO
En ejercicio de la función que te confiere el articulo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el articulo 5 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
ARTICULO 1.-Creación. Se crea con carácter temporal la Comisión Nacional de Trabajo para la Implementación de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI), que para el cumplimiento de sus funciones dependerá directamente de la Presidencia de la República.
ARTICULO 2.-0bjeto. La Comisión Nacional de Trabajo para la Implementación de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI, por sus siglas en inglés), que en adelante podrá ser denominada simplemente "La Comisión", tiene por objeto coordinar la implementación de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas en Guatemala, asl como proponer las medidas y acciones apropiadas para la realización del plan de trabajo de pala, el cual será coordinado desde la Vicepresidencia de la República, que permita la publicación de informes independientes sobre los pagos realizados por las entidades del sector privado e ingresos recibidos por el Estado de Guatemala, generados por las industrias extractivas de hidrocarburos y minerla. Para alcanzar este fin, "La Comisión" promoverá el diálogo con representantes del sector extractivo y de la sociedad civil. ARTICULO 3.-lntegraclón. La Comisión estará integrada de la. forma siguiente:
1. El Vicepresidente de la República, quien la preside y coordina; 2. El Ministro de Finanzas Públicas; 3. El Ministro de Energla y Minas; 4. El Ministro de Ambiente y Recursos Naturales; 5. El Secretario de Control y Transparencia.
Es obligatoria la participación de los funcionarios públicos que integren "La Comisión", quienes en caso de ausencia temporal podrán delegar la representación titular a uno de los Viceministros del ramo o Subsecretario, debiendo asistir a todas las reuniones a las que fueren convocados por el coordinador de la misma.
ARTICULO 4.- Coordinación Ejecutiva. La Comisión nombrará un Coordinador Ejecutivo, quien será responsable de los aspectos técnicos y administrativos del funcionamiento de la Comisión Nacional y de la ejecución del plan de trabajo de pals para la implementación de la Iniciativa en Guatemala.
ARTICU~O 5.- ln~itadoa. La Comisión, a través del Coordinador Ejecutivo podrá invitar a la Supenntendene~a de Administración Tributaria, a funcionarios de otras in'stituciones del Estado, sector privado, académico y de la sociedad civil organizada, asl como otros entes de la coo~raci6n intema~onal a participar en las reuniones que celebren, siempre que su competenCia tenga relación con alguno de los temas a tratar. También se podrá contar C?" el apoyo de expe!1os nacionales e internacionales. En todo caso, la participación de dichas personas o entidades será voluntaria, con voz pero sin voto.
ARTICULO &.-Atribuciones de la Comisión. La Comisión tendrá las atribuciones siguientes:
a. Coordinar de forma interinstitucional los. programas, proyectos y actividades que se deriven en el marco de la Iniciativa;
b. Promover pollticas, estrategias y acciones Que permitan la imDiementación de
Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa.
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NÚMER048 DIARIÓ de CENTRO AMÉRICA Guatemala, VIERNES 11 de mayo 2012 3 la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extraétivas (EITI), en Guatemala;
c. Coordinar las acciones nacionales y sectoriales necesarias, de ejecución del plan de trabajo de pals. para la implementación efectiva de la Iniciativa a través de . su . Coordinación Ejecutiva. así -como identificar las limitantes para la aphcactón de éste y buscar las soluciones que sean necesarias para la operatividad del plan;
d. Propiciar los mecanismos de comunicación efectivos entre los distintos entes que integran la Comisión, asl como el sector. privado de las Industrias Extractivas y sociedad civil en general;
e. Promover acciones encaminadas a fortalecer las necesidades de capacitación de sus miembros en el marco de la Iniciativa y de la sociedad civil en general;
f. Analizar e informar al Or-ganismo Ejecutivo sobre las decisiones del Consejo de Administración y del Secretariado Internacional de la Iniciativa · para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI), para orientar e implementar las acciones nacionales a ejecutar sobre el tema;
g. Asesorar de manera directa sobre transparencia e industrias extractivas a las instituciones que poseen competencias específicas en el desarrollo de m~idas
j. Seleccionar a la empresa encar-gada de elaborar los informes independientes sobre los pagos realizados por las entidades del sector privado e ingresos recibidos por el Estado de Guatemala, generados por las industrias extractivas de hidrocarburos y minería; y
k. Aprobar y publicar los informes independientes sobre los pagos realizados por las entidades del sector privado e ingresos recibidos por el Estado de Guatemala. generados por las industrias extractivas de hidrocarburos y mineria.
ARTICULO 7.-cargos ad-honorem. Los integrantes. de la Comisión desempeñaran sus cargos ad honorem y por el tiempo en que fueren nombrados.
ARTICULO 8.-Piazo. El plazo de la Comisión será de tres al'los a partir de la vigencia del presente Acuerdo.
ARTICULO t.-Presupuesto. La Comisión para el cumplimiento de sus funciones contará con el apoyo económico, administrativo y logistico si fuere necesario de todos los Ministerios y la Secretaria que la Integran.
ARTICULO 10 • ..antormes. La Comisión informará trimestral y anualmente de sus actividades al Presidente de la República.
ARTICULO _11.-Proceaos de Audltorla. El proceso de creación, aprobación, e Implementación del plan de trabajo de pals y la validación de la Iniciativa en Guatemala se basa en el principio ~ f!~áxima publicidad, por ello "La Comisión" integrará en s~ marco normativo procedlmtentos, mecanismos y disposiciones que aseguren la transparencia y la auditoría social.
ARTiCULO 12.-caaoa no previstos. Los casos no previstos en el presente Acuerdo.· serán resueltos por la Comisión, atendiendo el espirltu y objeto por el cual fue creada.
ARTICULO 13.-Regulación. La Comisión deberá emitir y aprobar las disposiciones internas correspondientes para su adecuado funcionamiento.
ARTICULO 14.-VIgencla. El presente Acuerdo Gubernativo empezará a regir al dia siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.
OMUNIQUESE,
(E-413-2012)-15-mayo
PUBLICACIONES VARIAS
ACADEMIA DE LENGUAS MAYAS DE GUATEMALA
ACUERDO No. 04-2012 EL CONSE.JO SUPERIOR DE LA ACADEMIA DE LENGUAS
MAYAS DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala. para el pe<iodo comprendido del uno de enero al treinta y una de diciembre del afio dos mil doce, fue aprobado por medio del Acuerdo No. 019-2011 del Consejo SUperior de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala, de fecha veintiséis de diciembre de ano dos mil once, por un monto de TREINTA Y UN MILLONEs QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TREINTA Y TRES QUETZALES EXACTOS (Q 31,5!12,033.00).
CONSIDERANDO:
Que la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala, se ve en la necesidad de disminuir su Presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente al ejercicio fiscal del ano dos mil doce, por el monto de SETECIENTOS VEINT100S MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS QUETZALES CON VEINTITRÉS CENTAVOS (Q 722,536..23). del Programa dieciséis Centros Culturales Mayas, según Convenio GTM-2698-GTM..Q9/0l.O Addendum 1 y aprobación del 111 desembolso de fecha dos de febrero del afio dos mil doce. por el Embajador de la Real Embajada de Noruega.
CONSIDERANDO:
Que se llenaron los requisitos legales y presupuestarios-financieros, de conformidad a ot. Presup. No. 38K-20l.2, de fecha 05 de marzo de 20:12, emitido por la Jefe del Departamento de Presupuesto de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala. en. el cual dictamina la procedencia de la presente disminución presupuestaria. y Oficio AI-074A-20l.2, de fecha 06 de marzo de 20:12, emitida por el Auditor Interno de la Entidad, en el cual opina favorablemente en cuanto a la procedencia de la disminución presupuestaria objeto del presente Acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Financiera de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala. ha sometido a consideración del Consejo SUperior de la Entidad, la propuesta de disminución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Academia de Lenguas Mayas ele Guatemala del presente ejercicio fiscal dos mil doce, por el monto antes referido, para su conocimiento y aprobación.
POR TANTO:
El Consejo Superior de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala. en usos de las facuhades que le tonfiere el Articulo l.34 de la Constitución Polilica de la República de Guatemala. Articulo 41 del Decreto l.Ol.-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto;; Articulas l.~ 2. 3 y 12 Incisos 1), h) é 1) del Decreto 65-90 del Congreso de la República y sus reformas, Ley de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala y Articulo 18 incisos a), g) é i) del f1~1amento de la citada Ley.
ACUERDA:
ARTICULO l.. APROBACIÓN DISMINUCIÓN PRESUPUESTARiA. Aprobar la disminución del Presupuesto de Ingresos de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala, correspondiente al ejercicio fiscal allo dos mil doce, en la cantidad de SETECIENTOS VEINT100S MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS QUETZALES CON VEINTITRÉS _CENTAVOS (Q 722,536.23), como se detalla a continuación:
DISMINUCIÓN PRESUPUESTAR! A MARZO DE 2012
o 1C>. PRQGRAMA c;;~<:NTRQS.c;;UL 'URALI<:5 MAYAS ueorcos ........,. ..
l.tU.L.l • U04UUU -.Lb - U.L - UUU e- UU.L - uuu - U.l1 - U.LU.L - b.L ::>,CC>:>.UU 2012 - 064000 • 16 - 01 - 000 - 001 - 000 - 027 • 0101 - 61 250.00 2012 - 064000 - 16 - 01 -000 - 001 - 000 - 051 - 0101 - 61 604.00 2012 - 064000 - 16 - 01 -000 • 001 • 000 -071 - 0101 - 61 472.00 2012 - 064000 - 16 - 01 - 000 - 001 -000 -072 - 0101 - 61 472.00 20:12 - 064000 - 16 - 01 - 000 • 001 - 000 - 073 - 0101 - 61 1.00 2012 - 064000 - 16 - 01 - 000 - 001 - 000 -413 • 0101 - 61 551.00 2012 -064000 • 16 - 01 -000 - 011 - 000 -029 - 1503 - 61 22.500.00 2012 -064000 - 16 - 01 - 000 -017 -000 - 029 - 1411 - 61 22.500.00 2012 - 064000 - 16 - 01 - 000 -020 - 000 -029 - 1401 • 61 22,500.00 2012 - 064000 - 16 • 01 - 000 - 031 - 000 -029 - 1415 - 61 22,500.00 2012 -064000 • 16 • 01 - 000 - 017 • 000 -171 - 1411 • 61 5.000.00 2012 - 064000 • 16 - 01 • 000 -020 - 000 -171 - 1401 • 61 5,000.00 2012 - 064000 - 16 - 01 - 000 -031 - 000 - 171 • 1415 - 61 5,000.00 2012 - 0640ÓO - 16 - 01 -000 - 011 - 000 - 293 - 1503 • 61 3.000.00 2012 - 064000 - 16 - 01 • 000 - 017 - 000 - 293 - 1411 • 61 3.000.00 2012 • 064000 - 16 - 01 • 000 -020 - 000 • 293 - 1401 - 61 3,000.00 2012 • 064000 - 16 - 01 - 000 • 031 - 000 - 293 - 1415 - 61 3,000.00 2012 - 064000 - 16 - 02 - 000 - 011 -000 - 187 • 1503 - 61 80,000.00 2012 • 064000 - 16 -02 -000 - 017 - 000 - 187 - 1411 • 61 77,000.00 2012 - 064000 • 16 -02 -000 -020 - 000 - 187 - 1401 - 61 84,000.00 2012 • 064000 - 16 • 02 - 000 - 031 - 000 - 187 - 1415 - 61 84.000.00 2012 - Q64ClO(\ • 16 - 02 -000 -011 • 000 - 211 • 1503 - 61 25.500.00 2012 - 064000 - 16 - 02 • 000 - 017 - 000 -211 • 1411 - "61 25,500.00 2012 - 064000 • 16 - 02 -000 -020 - 000 -211 ·1401 • 61 25,500.00 2012 - 064000 - 16 -02 • 000 - 031 - 000 ·211 - 1415 - 61 25,500.00 2012 - 064000 - i6 - 02 - 000 - 001 - 000 - 293 - 0101 • 61 1.600.00 2012 • 064000 - 16 - 02 • 000 - 001 - 000 - 121 - 0101 - 61 3,000.00 2012 • 064000 • 16 -02 • 000 - 011 - 000 e 324 - 1503 - 61 4,500.00 2012 - 064000 • 16 -02 • 000 - 017 - 000 • 324 - 1411 - 61 4,500.00 2012 - 064000 - 16 - 02 - 000 -020 - 000 - 324 - 1401 - 61 4.500.00 2012 • 064000 - 16 -02 - 000 - 031 - 000 - 324 - 1415 - 61 4.500.00 2012 • 064000 - 16 • 02 -000 -011 - 000 - 121 - 1503 - 61 3,000.00 2012 - 064000 - 16 • 02 - 000 - 017 • 000 - :121 - 1411 • 61 3.000.00
~12 • 064000 - 16 - 02 - 000 -020 - 000 - 121 • 1401 - 61 3,000.00
~12 - 064000 - 16 - 02 - 000 - 031 - 000 - :121 - 1415 - 61 3,000.00 20:12 - 064000 • 16 - 04 - 000 - 007 - 000 - d29 - 0101 - 61 10,000.00 2012 - 064000 - 16 - 04 -000 -007 - 000 . 181 • 0101 - 61 10.000.00 2012 - 064000 . - 16 -04 -000 -007 • 000 ·196 • 0101 • 61 6,971.23 2012 - 064000 - 16 -04 - 000 • 007 -000 ·211 - 0101 - 61 52,500.00 2012 - 064000 - 16 - 04 • 000 -007 - 000 - 297 • 0101 - 61 9,000.00 2012 - 064000 - 16 • os -000 -001 - 000 -211 - 0101 - 61 1.250.00 2012 - 064000 • 16 - 01 - 000 - 001 -000 - 133 - 0101 - 61 7,000.00
2012 - 064000 • 16 - 03 • 000 -001 - 000 - 211 - 0101 - 61 10,000.00 2012 - 064000 - 16 -03 • 000 -001 • 000 -185 • 0101 - 61 5.000.00 2012 - 064000 - 16 - 04 • 000 - 007 • 000 - 324 - 0101 - 61 24,200.00
¡....-..p •
722,536-23 se realiza disrrinuclón al presupuesto del Programa 16 centros CUlturales Mayas, en referencia del acuerdo
entre la Academia de t.engua Mayas de Guatemala y la Real Embajada de Noruega, corM!111o GTM-2698 GTM-09/010 addendum 1 y aprobacibn del 111 desembolso de fecha 02 de febrero de 20:12.
Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa.
Congre
so de
la R
epúb
lica