Upload
mayte-molinero
View
214
Download
0
Embed Size (px)
DESCRIPTION
Apuntes Organización Escolar Magisterio
Citation preview
rganos de coordinacin docenteMAGISTERIO DE PRIMARIA
Cristina MonfortLaura QuerolEstefana RodrguezLaura SanjunCristina Vera
Captulo I: Disposiciones generalesArtculo 77:En las escuelas de educacin Infantil y en los colegios de educacin primaria habrn rganos de coordinacin docente:Equipos de cicloComisin de coordinacin pedaggicaTutoresEn todos los centros, independientemente del numero de unidades, habr un profesor/a tutor/a por cada grupo de alumnos.
Captulo II: Equipos de cicloArtculo 78:Los equipos de ciclo son los encargados de ejercer las siguientes funciones, bajo la supervisin del jefe/a de estudios:Realizar propuestas para la elaboracin del proyecto curricular.Organizar y desarrollar las enseanzas del ciclo educativo, analizar los objetivos y proponer medidas de mejora.Realizar las adaptaciones curriculares para el alumno/a con necesidades educativas especiales.
Captulo II: Equipos de cicloRealizar propustas de actividades escolares complementarias y extraescolares.Velar por la coherencia y la continuidad de las acciones educativas a lo largo de la educacin infantil y la educacin primaria.Esta comisin podr incorporar otros miembros del claustro.
En los centros con menos de nueve unidades, las funciones de la comisin de coordiancin pedaggica sern asumidas por el claustro.
Captulo II: Equipos de ciclo Artculo 79:Cada uno de los equipos de ciclo estar dirigido por un coordinador/a.Los coordinadores de ciclo debern de ser maestros que impartan docencia y ejerzan el cargo durante dos cursos acadmicos. Sern designados por el director/a, a propuesta del equipo de ciclo.
Captulo II: Equipos de cicloArtculo 80:Corresponde al coordinador de ciclo: Participar en la elaboracin del proyecto curricular del nivel correspondiente y elevar a la comisin de coordinacin pedaggica las propuestas formuladas por el equipo de ciclo.
Coordinar junto con el jefe/a de estudios las funciones de tutoria del alumnado del ciclo.
Coordinar la enseanza de acuerdo con el proyecto curricular.
Captulo II: Equipo de cicloArtculo 81:Los coordinadores de ciclo cesarn en sus funciones al final de su mandato o en alguna de las siguientes causas:Renuncia aceptada por el director/a del centro.Revocacin por el director/a, a propuesta razonada por el equipo de ciclo.Traslado de centro u otras circunstancias.
Captulo III: Comisin de coordinacin pedaggicaArtculo 82:En las escuelas de educacin infantil y en los colegios de educacin primaria habr una comisin de coordinacin pedaggica integrada por:El director/a, que ser el presidenteEl jefe/a de estudios Los coordinadores de cicloSi hace falta, el especialista en psicologa y pedagoga del servicio psicopedaggico escolar y un maestro de educacin especial. Actuar como secretario la persona de menor edad.
Captulo III: Comisin de coordinacin pedaggicaArtculo 83:La comisin de coordinacin pedaggica tendr las atribuciones siguientes:
Analizar el contexto cultural y sociolingstico del centro.
Coordinar la elaboracin de los proyectos curriculares as como las posibles modificaciones.
Elaborar la propuesta de organizacin de la orientacin educativa y del plan de accin tutorial para la inclusin en los proyectos curriculares.
Captulo III: Comisin de coordinacin pedaggicaElaborar la propuesta de los criterios y de los procedimientos para realizar las adaptaciones curriculares significativas al alumnado.
Asegurar la coherencia entre el proyecto educativo de centro, los proyectos curriculares y la programacin general anual.
Velar por el cumplimiento y la evalucin de los proyectos curriculares en la prctica docente del centro.
Captulo III: Comisin de coordiancin pedaggicaProponer al claustro la planificacin de las sesiones de evaluacin.
Coordinar las actividades de orientacin dirigidas al alumnado del centro.
Promover y si es necesario coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado.