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27 de marzo 2015 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 60 página 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN de 17 de marzo de 2015, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía. El Decreto 97/2015, de 3 de marzo, por el que se establece la ordenación y el currículo correspondiente a la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía dispone en su artículo 5.7 que los elementos del currículo de esta etapa educativa serán concretados por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. Las enseñanzas de la Educación Primaria en Andalucía se basan en el desarrollo de las competencias claves que conforman el currículo con un enfoque interdisciplinar que facilite la realización de actividades y tareas relevantes, así como la resolución de problemas complejos en contextos determinados mediante aprendizajes significativos, funcionales y motivadores, considerando como elementos transversales, el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática. Los aprendizajes contenidos en las distintas áreas que conforman los bloques de asignaturas de la etapa de Educación Primaria en Andalucía se ordenan en torno a los objetivos de las mismas para la consecución de los objetivos de la etapa, expresados en términos de capacidades que se pretenden alcanzar. Estos son el núcleo sobre el que se articulan todos los elementos del currículo en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Los centros docentes que imparten Educación Primaria en Andalucía disponen de autonomía pedagógica y organizativa para poder llevar a cabo modelos de funcionamiento propios. De esta manera se reconoce la capacidad y la responsabilidad de los centros y del profesorado en el desarrollo curricular, constituyendo una de las dimensiones más notorias de la autonomía profesional. Por otro lado, y considerando las necesidades de flexibilidad y adaptabilidad de las estructuras educativas a las demandas que exige la sociedad del conocimiento, son necesarias fórmulas de organización del currículo que permitan llevar a cabo con facilidad las adaptaciones de la cultura escolar a dicha sociedad. La Educación Primaria se organizará de acuerdo con los principios de educación común y atención a la diversidad del alumnado, de modo que permita a éste alcanzar los objetivos de la etapa. A tales efectos, se pondrá especial énfasis en el tratamiento de las dificultades de aprendizaje tan pronto como se detecten, en la acción tutorial y la orientación educativa del alumnado y en la relación con las familias para apoyar el proceso educativo del alumnado. Procede, en consecuencia, desarrollar el currículo que conforma esta etapa educativa, fijar el horario lectivo semanal y establecer orientaciones para el desarrollo de la autonomía curricular de los centros docentes. En su virtud, a propuesta de la Secretaria General de Educación y de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la disposición final segunda del Decreto 97/2015, de 3 de marzo. DISPONGO Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 1. La presente Orden tiene por objeto desarrollar los diferentes elementos que integran el currículo de la etapa de Educación Primaria en Andalucía. 2. Será de aplicación en todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía que impartan las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria. Artículo 2. Elementos del currículo. 1. El currículo de la etapa de Educación Primaria en Andalucía está integrado por los siguientes elementos: los objetivos generales y de cada una de las áreas, las competencias clave, los contenidos, la metodología didáctica, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables, tal y como se definen en el artículo 5.3 del Decreto 97/2015, de 3 de marzo. 2. Áreas de conocimiento. a) En la etapa de Educación Primaria las áreas de conocimiento se agruparán en tres bloques de asignaturas: troncales, específicas y de libre configuración autonómica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 97/2015, de 3 de marzo. 00066439

1. Disposiciones generales - Ayto.Granada: Página de inicio · artículo 5.3 del D ecreto 97/2015, de 3 de marzo. 2. Áreas de conocimiento. a) En la etapa de Educación Primaria

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  • 27  de  marzo  2015  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  Núm. 60  página �

    1. Disposiciones generales

    CONseJeríA de eduCACióN, CulturA y depOrte

    Orden de 17 de marzo de 2015, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación Primaria en Andalucía.

    el decreto 97/2015, de 3 de marzo, por el que se establece la ordenación y el currículo correspondiente a la educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía dispone en su artículo 5.7 que los elementos del currículo de esta etapa educativa serán concretados por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

    Las enseñanzas de la educación Primaria en Andalucía se basan en el desarrollo de las competencias claves que conforman el currículo con un enfoque interdisciplinar que facilite la realización de actividades y tareas relevantes, así como la resolución de problemas complejos en contextos determinados mediante aprendizajes significativos, funcionales y motivadores, considerando como elementos transversales, el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática.

    Los aprendizajes contenidos en las distintas áreas que conforman los bloques de asignaturas de la etapa de educación Primaria en Andalucía se ordenan en torno a los objetivos de las mismas para la consecución de los objetivos de la etapa, expresados en términos de capacidades que se pretenden alcanzar. estos son el núcleo sobre el que se articulan todos los elementos del currículo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

    Los centros docentes que imparten educación Primaria en Andalucía disponen de autonomía pedagógica y organizativa para poder llevar a cabo modelos de funcionamiento propios. de esta manera se reconoce la capacidad y la responsabilidad de los centros y del profesorado en el desarrollo curricular, constituyendo una de las dimensiones más notorias de la autonomía profesional. Por otro lado, y considerando las necesidades de flexibilidad y adaptabilidad de las estructuras educativas a las demandas que exige la sociedad del conocimiento, son necesarias fórmulas de organización del currículo que permitan llevar a cabo con facilidad las adaptaciones de la cultura escolar a dicha sociedad.

    La educación Primaria se organizará de acuerdo con los principios de educación común y atención a la diversidad del alumnado, de modo que permita a éste alcanzar los objetivos de la etapa. A tales efectos, se pondrá especial énfasis en el tratamiento de las dificultades de aprendizaje tan pronto como se detecten, en la acción tutorial y la orientación educativa del alumnado y en la relación con las familias para apoyar el proceso educativo del alumnado.

    Procede, en consecuencia, desarrollar el currículo que conforma esta etapa educativa, fijar el horario lectivo semanal y establecer orientaciones para el desarrollo de la autonomía curricular de los centros docentes.

    en su virtud, a propuesta de la Secretaria General de educación y de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la disposición final segunda del decreto 97/2015, de 3 de marzo.

    d I S P O n G O

    Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.1. La presente Orden tiene por objeto desarrollar los diferentes elementos que integran el currículo de la

    etapa de educación Primaria en Andalucía. 2. Será de aplicación en todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía que

    impartan las enseñanzas correspondientes a la educación Primaria.

    Artículo 2. elementos del currículo. 1. el currículo de la etapa de educación Primaria en Andalucía está integrado por los siguientes elementos:

    los objetivos generales y de cada una de las áreas, las competencias clave, los contenidos, la metodología didáctica, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables, tal y como se definen en el artículo 5.3 del decreto 97/2015, de 3 de marzo.

    2. Áreas de conocimiento.a) en la etapa de educación Primaria las áreas de conocimiento se agruparán en tres bloques de

    asignaturas: troncales, específicas y de libre configuración autonómica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del decreto 97/2015, de 3 de marzo. 00

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    b) el alumnado debe cursar las siguientes áreas del bloque de asignaturas troncales en cada uno de los cursos: Ciencias de la naturaleza, Ciencias Sociales, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua extranjera.

    c) el alumnado debe cursar las siguientes áreas del bloque de asignaturas específicas en cada uno de los cursos: educación Física, religión, o Valores Sociales y Cívicos, a elección de los padres, madres o tutores legales del alumnado, educación Artística y Segunda Lengua extranjera.

    d) dentro del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, el alumnado cursará en quinto curso de educación Primaria el área de educación para la Ciudadanía y los derechos Humanos y en sexto curso, el área de Cultura y Práctica digital.

    e) en el caso de que el alumnado presente dificultades de aprendizaje en la adquisición de la competencia en comunicación lingüística que le impidan seguir con aprovechamiento su proceso de aprendizaje, podrá cursar en lugar de la Segunda Lengua extranjera, refuerzo del área de Lengua Castellana y Literatura.

    3. Los objetivos de las áreas correspondientes a los bloques de las asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica, así como los restantes elementos de desarrollo curricular de la educación Primaria en Andalucía son los establecidos en el Anexo I de la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.7 del decreto 97/2015, de 3 de marzo..

    4. Para alcanzar los objetivos de la etapa, el currículo de la educación Primaria en Andalucía ordena, organiza, relaciona y concreta dichos elementos curriculares para cada una de las áreas con la siguiente estructura:

    a) Aspectos generales. Incluyen los elementos generales que definen, caracterizan y configuran el área: introducción, bloques de contenidos, orientaciones metodológicas y la contribución del área al desarrollo de las competencias clave.

    b) Objetivos del área. determinan las capacidades generales que se han de alcanzar en cada una de las áreas para contribuir a los objetivos generales de la etapa.

    c) Mapa de desempeño. Presenta la secuenciación de los objetivos de cada una de las áreas a través de los criterios de evaluación por ciclos y su relación directa con los criterios de evaluación de etapa y estándares de aprendizaje evaluables definidos en los Anexos I y II del real decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la educación Primaria.

    d) desarrollo curricular del área. Presenta los criterios de evaluación de cada uno de los ciclos y su relación con el resto de elementos curriculares. Partiendo de cada criterio de evaluación, que describe los aprendizajes imprescindibles y fundamentales que el alumnado tiene que alcanzar en cada área, se ofrecen orientaciones y ejemplificaciones de actividades y tareas y se concretan los contenidos necesarios. También se definen indicadores de evaluación como concreción y secuenciación de los estándares de aprendizaje evaluables de final de etapa, establecidos en los Anexos I y II del real decreto 126/2014, de 28 de febrero, complementándolos con procesos y contextos de aplicación. La integración de estos elementos en diversas actividades y tareas genera competencias y contribuye al logro de los objetivos que se indican en cada uno de los criterios.

    e) Contenidos. Conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. Los contenidos se organizan en torno a bloques dentro de cada área y se presentan secuenciados por ciclo.

    5. Las enseñanzas propias de la Comunidad Autónoma de Andalucía contempladas en todas y cada una de las áreas de los distintos bloques de asignaturas incorporan al currículo el tratamiento de la realidad andaluza en sus aspectos geográficos, económicos, sociales, históricos y culturales, así como sobre las contribuciones de carácter social y científico que demanda la ciudadanía, la dimensión histórica del conocimiento y el progreso humano en el siglo XXI.

    Artículo 3. Principios para el desarrollo del currículo. el desarrollo del currículo deberá fundarse en los siguientes principios:a) Aprendizaje por competencias, determinado por:1.º Transversalidad e integración. Implica que el proceso de enseñanza-aprendizaje basado en

    competencias debe abordarse desde todas las áreas de conocimiento y por parte de las diversas instancias que conforman la comunidad educativa. La visión interdisciplinar y multidisciplinar del conocimiento resalta las conexiones entre diferentes áreas y la aportación de cada una de ellas a la comprensión global de los fenómenos estudiados.

    2.º dinamismo. Se refleja en que estas competencias no se adquieren en un determinado momento y permanecen inalterables, sino que implican un proceso de desarrollo mediante el cual las alumnas y los alumnos van adquiriendo mayores niveles de desempeño en el uso de las mismas.00

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    3.º Aprendizaje funcional. Se caracteriza por la capacidad de transferir a distintos contextos los aprendizajes adquiridos. La aplicación de lo aprendido a las situaciones de la vida cotidiana favorece las actividades que capacitan para el conocimiento y análisis del medio que nos circunda y las variadas actividades humanas y modos de vida.

    4.º el trabajo por competencias se basa en el diseño de tareas motivadoras para el alumnado que partan de situaciones-problema reales y se adapten a los diferentes ritmos y estilos de aprendizaje de cada alumno y alumna, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo, haciendo uso de métodos, recursos y materiales didácticos diversos.

    5.º Participación y colaboración. Para desarrollar las competencias clave resulta imprescindible la participación de toda la comunidad educativa en el proceso formativo tanto en el desarrollo de los aprendizajes formales como de los no formales.

    b) Contextualización de los aprendizajes a través de la consideración de la vida cotidiana y de los recursos del medio cercano como un instrumento para relacionar la experiencia del alumno o alumna con los aprendizajes escolares.

    c) Potenciación del uso de las diversas fuentes de información y estudio presentes en la sociedad del conocimiento.

    d) Concienciación sobre los temas y problemas que afectan a todas las personas en un mundo globalizado, entre los que se considerarán la salud, la pobreza en el mundo, el agotamiento de los recursos naturales, la superpoblación, la contaminación, el calentamiento de la Tierra, la violencia, el racismo, la emigración y la desigualdad entre las personas, pueblos y naciones. Así como, poner en valor la contribución de las diferentes sociedades, civilizaciones y culturas al desarrollo de la humanidad.

    Artículo 4. Orientaciones metodológicas. 1. Los centros docentes elaborarán sus programaciones didácticas para esta etapa desde la

    consideración de la atención a la diversidad y del acceso de todo el alumnado a la educación común. Asimismo, arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos y estilos de aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo.

    2. en esta etapa educativa se fomentará especialmente una metodología centrada en la actividad y participación del alumnado que favorezca el pensamiento racional y crítico, el trabajo individual y cooperativo del alumnado en el aula, que conlleve la lectura y la investigación, así como las diferentes posibilidades de expresión. Se integrarán en todas las áreas referencias a la vida cotidiana y al entorno inmediato del alumnado. el objeto central de la práctica educativa es que el alumnado alcance el máximo desarrollo de sus capacidades y no el de adquirir de forma aislada los contenidos de las áreas, ya que estos son un elemento del currículo que sirve de instrumento para facilitar el aprendizaje.

    3. el aprendizaje debe desarrollar una variedad de procesos cognitivos. el alumnado debe ser capaz de poner en práctica un amplio repertorio de procesos, tales como: identificar, analizar, reconocer, asociar, reflexionar, razonar, deducir, inducir, decidir, explicar, crear, etc., evitando que las situaciones de aprendizaje se centren, tan solo, en el desarrollo de algunos de ellos.

    4. Se asegurará el trabajo en equipo del profesorado, con objeto de proporcionar un enfoque interdisciplinar para que se desarrolle el aprendizaje por competencias, garantizando la coordinación de todos los miembros del equipo docente que atienda a cada alumno o alumna en su grupo.

    5. Las tecnologías de la información y de la comunicación formarán parte del uso habitual como instrumento facilitador para el desarrollo del currículo.

    6. La lectura constituye un factor fundamental para el desarrollo de las competencias clave. Las programaciones didácticas de todas las áreas incluirán actividades y tareas para el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística. Los centros, al organizar su práctica docente, deberán garantizar la incorporación de un tiempo diario, no inferior a treinta minutos, en todos los niveles de la etapa, para el desarrollo de dicha competencia.

    Artículo 5. Autonomía de los centros para la concreción del currículo. 1. Los centros docentes disponen de autonomía pedagógica y organizativa para el desarrollo y concreción

    del currículo de la educación Primaria, la adaptación a las necesidades del alumnado y a las características específicas de su contexto social y cultural.

    2. Los equipos de ciclo desarrollarán las programaciones didácticas de las áreas que correspondan al mismo mediante la concreción de los distintos elementos que configuran el currículo educativo. deberán incluirse las distintas medidas de atención a la diversidad que se lleven a cabo, de acuerdo con las necesidades del alumnado y con las posibilidades de atención establecidas en el Capítulo V del decreto 97/2015, de 3 de marzo y las disposiciones que lo desarrollen. en cualquier caso, se tendrán en cuenta las necesidades 00

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    y características del alumnado en la elaboración de unidades didácticas integradas que recojan criterios de evaluación, contenidos, objetivos y su contribución a la adquisición de las competencias clave secuenciadas de forma coherente con el nivel de aprendizaje de las alumnas y los alumnos.

    3. Para la elaboración de las programaciones didácticas referenciadas en el apartado 2, se atenderá a la concreción curricular del proyecto educativo del centro. Los centros docentes en el ejercicio de su autonomía establecerán la secuenciación adecuada del currículo para cada curso.

    4. el profesorado del centro docente desarrollará su actividad de acuerdo con las programaciones didácticas elaboradas.

    5. de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.10 del decreto 97/2015, de 3 de marzo, las áreas que componen el currículo de la educación Primaria se podrán integrar en ámbitos de conocimiento y experiencia para facilitar un planteamiento integrado y relevante del proceso de enseñanza aprendizaje del alumnado, siempre que este planteamiento esté recogido en el proyecto educativo de centro y se mantenga la evaluación diferenciada de las distintas áreas curriculares que componen dicho ámbito, así como el horario lectivo recogido en el Anexo II de la presente Orden.

    6. de conformidad con lo establecido en el artículo 10.7 del decreto 97/2015, de 3 de marzo, los centros docentes en el ejercicio de su autonomía podrán ofertar algún área más en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica que podrá ser del bloque de asignaturas específicas no cursadas, de refuerzo del bloque de asignaturas troncales o áreas a determinar, siempre que sea impartida con los recursos propios del centro y esté aprobada en su proyecto educativo. La oferta de áreas a determinar deberá ser solicitada ante la delegación Territorial competente en materia de educación e ir acompañada de su programación y de la titulación o habilitación que posee el profesorado que la vaya a impartir. Los centros deberán presentar su solicitud antes del 31 de mayo del curso anterior al de la implantación de la nueva área. La persona titular de la delegación Territorial en materia de educación resolverá la solicitud, previo informe del Servicio de Inspección, antes del 31 de julio del curso escolar en el que se haya realizado la solicitud.

    7. Según lo dispuesto en el artículo 10.9 del decreto 97/2015, de 3 de marzo , los centros que no posean la consideración de bilingües podrán impartir una parte del currículo de las distintas áreas en lengua extranjera siempre que sea impartida con los recursos propios del centro, esté aprobado en su proyecto educativo y se solicite según el procedimiento establecido en el apartado 6 del presente artículo.

    Artículo 6. Acción tutorial. en el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del

    alumnado. Para ello, y según se establece en el artículo 19.1 del decreto 97/2015, de 3 de marzo, corresponderá a los centros la programación, desarrollo y evaluación de la acción tutorial que será recogida en el Plan de orientación y acción tutorial incluido en su proyecto educativo. Así mismo, cada curso escolar, las tutoras y tutores, concretarán los programas y actuaciones a desarrollar con el grupo de alumnos y alumnas, atendiendo para ello a sus características evolutivas así como a las necesidades detectadas.

    Artículo 7. Medidas de apoyo al profesorado para el desarrollo del currículo. 1. La Consejería competente en materia de educación favorecerá la elaboración de materiales de apoyo

    al profesorado que desarrollen el currículo y dictará disposiciones que orienten su trabajo en este sentido. A tales efectos, se podrán establecer convenios de colaboración con instituciones académicas, científicas y de carácter cultural.

    2. de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del decreto 97/2015, de 3 de marzo, la Consejería competente en materia de educación realizará una oferta de actividades formativas dirigida al profesorado, adecuada a las necesidades derivadas de la implantación de las enseñanzas contempladas en esta Orden, a la demanda efectuada por los centros docentes y a las necesidades que se desprendan de los programas educativos y de los resultados de la evaluación del alumnado.

    Artículo 8. Horario. 1. el horario lectivo semanal de cada uno de los cursos de la educación Primaria será de veinticinco

    horas lectivas, incluyéndose en este cómputo dos horas y media destinadas al recreo y los tiempos dedicados a la acción tutorial.

    2. el horario lectivo mínimo que deben dedicar todos los centros docentes para el desarrollo de cada una de las áreas de la etapa se establece, para cada uno de los seis cursos, en el Anexo II de la presente Orden.

    3. Los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía organizativa y pedagógica, podrán incrementar para cada una de las áreas el horario lectivo mínimo determinado en el Anexo II de la presente Orden, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 de este artículo. Las áreas de Matemáticas, Lengua Castellana y Literatura y Primera Lengua extranjera, dado su carácter instrumental para la adquisición de otros conocimientos, recibirán 00

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    especial consideración en el horario del centro. Además, podrán adoptar distintas formas de organización del horario escolar en función de las necesidades de aprendizaje del alumnado.

    Artículo 9. Participación de las familias. 1. Para dar cumplimiento a lo regulado en los artículos 9.1 y 9.2 del decreto 97/2015, de 3 de marzo,

    los proyectos educativos de centro incorporarán procedimientos que potencien la integración de las familias en el ámbito escolar y ocupen el espacio de colaboración y de corresponsabilidad con los demás sectores implicados en el proceso educativo de sus hijos e hijas.

    2. el Consejo escolar realizará el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos por las familias con el centro para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en relación con su cumplimiento.

    disposición adicional única. Centros privados y centros privados concertados. Los centros privados y centros privados concertados adecuarán el contenido de la presente Orden a su

    propia organización en consideración a la legislación específica que los regula.

    disposición transitoria única. Vigencia de la Orden de la Consejería de educación de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación Primaria en Andalucía.

    Hasta la implantación de la nueva ordenación de 2.º, 4.º y 6.º de educación Primaria en el curso escolar 2015/2016, de acuerdo con el calendario de implantación establecido en la disposición final primera del real decreto 126/2014, de 28 de febrero, las enseñanzas de esta etapa se regirán por lo establecido en la Orden de la Consejería de educación de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación Primaria en Andalucía.

    disposición derogatoria única. derogación normativa. Queda derogada la Orden de la Consejería de educación de 10 de agosto de 2007 por la que se desarrolla

    el currículo correspondiente a la educación Primaria en Andalucía, así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden.

    disposición final única. entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta

    de Andalucía.

    Sevilla, 17 de marzo de 2015

    LUCIAnO ALOnSO ALOnSOConsejero de educación, Cultura y deporte

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    rmar

    part

    e de

    la e

    duca

    ción

    de

    todo

    s lo

    s al

    umno

    s y

    alum

    nas.

    El c

    urríc

    ulo

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    rea

    de la

    s C

    ienc

    ias

    de la

    Nat

    ural

    eza

    pret

    ende

    ser

    un

    punt

    o de

    par

    tida

    para

    ace

    rcar

    a lo

    s al

    umno

    s y

    alum

    nas

    al m

    undo

    nat

    ural

    que

    nos

    rod

    ea,

    lo e

    ntie

    ndan

    y s

    e im

    pliq

    uen

    en s

    u cu

    idad

    o y

    cons

    erva

    ción

    . A

    trav

    és d

    e es

    ta á

    rea,

    se

    inic

    ian

    en e

    l des

    arro

    llo d

    e la

    s pr

    inci

    pale

    s es

    trat

    egia

    s de

    la m

    etod

    olog

    ía c

    ient

    ífica

    ,

    tale

    s co

    mo

    la

    cap

    acid

    ad d

    e f

    orm

    ular

    pre

    gunt

    as,

    iden

    tific

    ar e

    l pr

    oble

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    ipót

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    anifi

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    ctiv

    idad

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    obse

    rvar

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    orga

    niza

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    info

    rmac

    ión

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    vant

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    iste

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    izar

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    ar lo

    s re

    sulta

    dos,

    sac

    ar c

    oncl

    usio

    nes

    y co

    mun

    icar

    las,

    tra

    baja

    ndo

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    rma

    coop

    erat

    iva

    y ha

    cien

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    so d

    e fo

    rma

    adec

    uada

    de lo

    s m

    ater

    iale

    s y

    herr

    amie

    ntas

    .

    El á

    rea

    incl

    uye

    conc

    epto

    s, p

    roce

    dim

    ient

    os y

    act

    itude

    s qu

    e ay

    uden

    a lo

    s al

    umno

    s y

    alum

    nas

    a in

    terp

    reta

    r la

    rea

    lidad

    par

    a po

    der

    abor

    dar

    la s

    oluc

    ión

    a lo

    s

    dife

    rent

    es p

    robl

    emas

    que

    en

    ella

    se

    plan

    tean

    , as

    í com

    o a

    expl

    icar

    y p

    rede

    cir

    fenó

    men

    os n

    atur

    ales

    y a

    afr

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    r la

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    esid

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    sarr

    olla

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    titud

    es c

    rític

    as a

    nte

    las

    cons

    ecue

    ncia

    s qu

    e re

    sulta

    n de

    los

    avan

    ces

    cien

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    os.

    El t

    raba

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    n el

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    las

    Cie

    ncia

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    atur

    alez

    a pr

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    de d

    esar

    rolla

    r un

    a ac

    titud

    de

    tom

    a de

    con

    cien

    cia,

    part

    icip

    ació

    n y

    tom

    a de

    dec

    isio

    nes

    argu

    men

    tada

    s an

    te lo

    s gr

    ande

    s pr

    oble

    mas

    a lo

    s qu

    e no

    s en

    fren

    tam

    os e

    n la

    act

    ualid

    ad, a

    yudá

    ndon

    os a

    val

    orar

    las

    cons

    ecue

    ncia

    s.

    En e

    l áre

    a de

    Cie

    ncia

    s de

    la N

    atur

    alez

    a, lo

    s co

    nten

    idos

    se

    han

    orga

    niza

    do a

    lrede

    dor

    de a

    lgun

    os c

    once

    ptos

    fund

    amen

    tale

    s: in

    icia

    ción

    a la

    act

    ivid

    ad c

    ient

    ífica

    ,

    los

    sere

    s vi

    vos,

    el

    ser

    hum

    ano

    y la

    sal

    ud,

    la m

    ater

    ia y

    la e

    nerg

    ía,

    la t

    ecno

    logí

    a, lo

    s ob

    jeto

    s y

    las

    máq

    uina

    s, c

    once

    ptos

    que

    fac

    ilita

    n el

    est

    able

    cim

    ient

    o de

    rel

    acio

    nes

    entr

    e lo

    s di

    fere

    ntes

    con

    teni

    dos

    sele

    ccio

    nado

    s.

    11

    0006

    6439

  • 27  de  marzo  2015  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  Núm. 60  página 15

    Su t

    rata

    mie

    nto

    deb

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    que

    los

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    n l

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    e l

    as i

    deas

    del

    con

    ocim

    ient

    o c

    ient

    ífico

    , en

    su

    org

    aniz

    ació

    n y

    estr

    uctu

    raci

    ón,

    com

    o un

    tod

    o ar

    ticul

    ado

    y co

    here

    nte.

    Se

    pres

    enta

    un

    bloq

    ue d

    e co

    nten

    idos

    com

    unes

    , “I

    nici

    ació

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    idad

    cie

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    en

    el q

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    cluy

    en lo

    s

    proc

    edim

    ient

    os,

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    udes

    y v

    alor

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    elac

    iona

    dos

    con

    el

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    ues

    que,

    dad

    o su

    car

    ácte

    r tr

    ansv

    ersa

    l, de

    ben

    des

    arro

    llars

    e de

    una

    man

    era

    inte

    grad

    a. L

    os

    cont

    enid

    os s

    elec

    cion

    ados

    han

    de

    prom

    over

    en

    el a

    lum

    nado

    la c

    urio

    sida

    d, e

    l int

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    y e

    l res

    peto

    hac

    ia s

    í mis

    mo

    y ha

    cia

    los

    dem

    ás, h

    acia

    la n

    atur

    alez

    a, h

    acia

    el t

    raba

    jo

    prop

    io d

    e la

    s ci

    enci

    as e

    xper

    imen

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    s y

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    y la

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    n de

    una

    act

    itud

    de c

    olab

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    ión

    en e

    l tra

    bajo

    en

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    ad d

    el a

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    gira

    rá e

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    ació

    n de

    act

    ivid

    ades

    en

    las

    que

    el a

    lum

    nado

    deb

    e te

    ner

    part

    icip

    ació

    n. D

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    orm

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    su c

    reci

    ente

    impo

    rtan

    cia,

    se

    debe

    inic

    iar

    a lo

    s al

    umno

    s y

    alum

    nas

    en e

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    e l

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    as d

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    par

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    form

    ació

    n y

    par

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    rla y

    pre

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    arla

    , as

    í co

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    acio

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    inte

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    sent

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    enos

    de

    difíc

    il re

    aliz

    ació

    n ex

    perim

    enta

    l.

    Blo

    qu

    es d

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    nte

    nid

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    icia

    ción

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    act

    ivid

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    ient

    ífica

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    ado

    su c

    arác

    ter

    tran

    sver

    sal,

    debe

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    sarr

    olla

    rse

    de u

    na m

    aner

    a in

    tegr

    ada.

    Se

    pro

    pone

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    el

    alu

    mna

    do s

    e

    inic

    ie e

    n el

    con

    ocim

    ient

    o y

    util

    izac

    ión

    de a

    lgun

    as d

    e la

    s es

    trat

    egia

    s y

    técn

    icas

    hab

    itual

    es e

    n la

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    ivid

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    ífica

    , ta

    l com

    o: la

    obs

    erva

    ción

    , la

    iden

    tific

    ació

    n y

    anál

    isis

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    robl

    emas

    , la

    rec

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    izac

    ión

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    atam

    ient

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    dat

    os,

    la e

    mis

    ión

    de h

    ipót

    esis

    , el

    dis

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    ollo

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    la e

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    imen

    taci

    ón,

    la b

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    ione

    s, y

    la

    utili

    zaci

    ón d

    e fu

    ente

    s de

    info

    rmac

    ión.

    Tam

    bién

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    erá

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    quiri

    endo

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    ía e

    n la

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    nific

    ació

    n y

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    ució

    n de

    acc

    ione

    s y

    tare

    as y

    des

    arro

    llará

    inic

    iativ

    as e

    n la

    tom

    a

    de d

    ecis

    ione

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    ecto

    s qu

    e va

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    rolla

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    larg

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    la e

    tapa

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    duca

    ción

    Prim

    aria

    . As

    imis

    mo

    desa

    rrol

    lará

    est

    rate

    gias

    par

    a re

    aliz

    ar

    trab

    ajos

    de

    form

    a in

    divi

    dual

    y e

    n eq

    uipo

    , mos

    tran

    do h

    abili

    dade

    s pa

    ra la

    res

    oluc

    ión

    pací

    fica

    de c

    onfli

    ctos

    . D

    eber

    á co

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    r y

    resp

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    o y

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    idad

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    s in

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    tos

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    los

    mat

    eria

    les

    de tr

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    o.

    Blo

    que

    2. E

    l Se

    r hu

    man

    o y

    la S

    alud

    . In

    tegr

    a co

    noci

    mie

    ntos

    , ha

    bilid

    ades

    y d

    estr

    ezas

    par

    a, d

    esde

    el

    cono

    cim

    ient

    o de

    l pr

    opio

    cue

    rpo,

    pre

    veni

    r co

    nduc

    tas

    de

    riesg

    o y

    tom

    ar in

    icia

    tivas

    par

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    sarr

    olla

    r y

    fort

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    er c

    ompo

    rtam

    ient

    os r

    espo

    nsab

    les

    y es

    tilos

    de

    vida

    sal

    udab

    les.

    Blo

    que

    3. L

    os S

    eres

    Viv

    os.

    Se o

    rient

    a al

    con

    ocim

    ient

    o de

    las

    múl

    tiple

    s fo

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    de

    vida

    del

    ent

    orno

    y a

    l est

    udio

    y v

    alor

    ació

    n de

    los

    prin

    cipa

    les

    eco

    sist

    emas

    en

    los

    que

    se

    des

    arro

    llan

    con

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    eto

    de

    pro

    mov

    er l

    a a

    dqui

    sici

    ón d

    e c

    ompo

    rtam

    ient

    os e

    n l

    a v

    ida

    cot

    idia

    na d

    e d

    efen

    sa y

    re

    cupe

    raci

    ón d

    el e

    quili

    brio

    eco

    lógi

    co,

    desa

    rrol

    land

    o va

    lore

    s de

    res

    pons

    abili

    dad

    y re

    spet

    o ha

    cia

    el m

    edio

    .

    Blo

    que

    4.

    Mat

    eria

    y E

    nerg

    ía.

    Inte

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    con

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    dos

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    a l

    os f

    enóm

    enos

    fís

    icos

    , la

    s su

    stan

    cias

    y l

    os c

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    icos

    que

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    drán

    los

    cim

    ient

    os a

    apre

    ndiz

    ajes

    pos

    terio

    res

    y al

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    rsos

    .

    12

    0006

    6439

  • Núm. 60  página 16  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  27  de  marzo  2015

    Blo

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    s ne

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    expe

    rienc

    ias

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    que

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    enda

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    esta

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    los

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    és d

    e la

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    de

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    Es p

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    ntos

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    onte

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    uere

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    r el

    inte

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    y la

    mot

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    s ci

    enci

    as e

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    los

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    enid

    os c

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    Los

    alum

    nos

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    umna

    s de

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    los

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    enid

    os c

    ient

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    vant

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    y e

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    orad

    o de

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    sfor

    zars

    e po

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    anife

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    ión

    con

    el

    cont

    exto

    soc

    ial y

    elim

    inar

    la p

    erce

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    con

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    rel

    evan

    cia

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    escu

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    ient

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    para

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    cien

    cia,

    y

    apue

    sta

    por

    una

    cons

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    ción

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    umna

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    nos

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    umna

    s co

    nstr

    uyen

    con

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    ient

    o po

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    ione

    s co

    n el

    mun

    do m

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    con

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    vos.

    La

    func

    ión

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    ocen

    te e

    s la

    pre

    para

    ción

    de

    mat

    eria

    les

    y si

    tuac

    ione

    s ad

    ecua

    das

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    te o

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    ivo.

    Pode

    mos

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    ient

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    la in

    vest

    igac

    ión

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    ante

    ar in

    terr

    ogan

    tes

    sobr

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    esul

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    mna

    do

    b)Ex

    posi

    ción

    de

    sus

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    cim

    ient

    os in

    icia

    les

    sobr

    e el

    pro

    blem

    a pl

    ante

    ado

    13

    0006

    6439

  • 27  de  marzo  2015  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  Núm. 60  página 17

    c)D

    iscu

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    y a

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    do s

    obre

    el d

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    esar

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    la in

    vest

    igac

    ión

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    iend

    o el

    dis

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    paut

    ado

    e)Pr

    oces

    amie

    nto

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    info

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    ión

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    , con

    stru

    yend

    o co

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    ntos

    que

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    pues

    ta a

    decu

    ada

    a lo

    s pr

    oble

    mas

    inve

    stig

    ados

    .

    f)Pl

    ante

    amie

    nto

    de n

    uevo

    s in

    terr

    ogan

    tes

    com

    o re

    sulta

    do d

    e la

    s ob

    serv

    acio

    nes

    y ex

    perie

    ncia

    s re

    aliz

    adas

    .

    g)C

    omun

    icac

    ión

    de l

    os r

    esul

    tado

    s al

    canz

    ados

    Las

    activ

    idad

    es a

    l aire

    libr

    e co

    bran

    esp

    ecia

    l rel

    evan

    cia

    com

    o re

    curs

    o ed

    ucat

    ivo

    para

    con

    segu

    ir lo

    s ob

    jetiv

    os q

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    e pl

    ante

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    n es

    te á

    rea:

    Cre

    ació

    n de

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    rtos

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    iver

    os,

    o

    pequ

    eños

    jard

    ines

    bot

    ánic

    os;

    obse

    rvac

    ión

    de

    anim

    ales

    en

    libe

    rtad

    , re

    aliz

    ació

    n d

    e iti

    nera

    rios

    didá

    ctic

    os,

    etc.

    En

    est

    e se

    ntid

    o, e

    l cu

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    no d

    e

    cam

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    esen

    ta c

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    una

    her

    ram

    ient

    a v

    ersá

    til,

    com

    o u

    n c

    ompe

    ndio

    de

    tare

    as e

    duca

    tivas

    rel

    acio

    nada

    s en

    tre

    sí y

    que

    guí

    an a

    l al

    umna

    do e

    n s

    u p

    roce

    so d

    e

    apre

    ndiz

    aje

    ante

    s, d

    uran

    te y

    des

    pués

    de

    la a

    ctiv

    idad

    en

    el m

    edio

    nat

    ural

    .

    Las

    Tecn

    olog

    ías

    de l

    a I

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    mac

    ión

    y d

    e la

    Com

    unic

    ació

    n, s

    on y

    a c

    asi

    impr

    esci

    ndib

    les

    para

    cua

    lqui

    er a

    pren

    diza

    je y

    en

    est

    a á

    rea

    adq

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    en u

    na e

    spec

    ial

    impo

    rtan

    cia

    por

    el t

    ipo

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    form

    ació

    n v

    incu

    lada

    al

    área

    . C

    onst

    ituye

    n u

    n a

    cces

    o rá

    pido

    , se

    ncill

    o a

    la in

    form

    ació

    n s

    obre

    el

    med

    io y

    es,

    ade

    más

    , un

    a he

    rram

    ient

    a

    atra

    ctiv

    a, m

    otiv

    ador

    a y

    faci

    litad

    ora

    de lo

    s ap

    rend

    izaj

    es, p

    ues

    perm

    ite a

    prox

    imar

    ser

    es v

    ivos

    , rea

    ccio

    nes

    quím

    icas

    o fe

    nóm

    enos

    físi

    cos,

    a s

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    perie

    ncia

    .

    Con

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    l des

    arro

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    e la

    s co

    mpe

    ten

    cias

    cla

    ve.

    Com

    pete

    ncia

    mat

    emát

    ica

    y co

    mpe

    tenc

    ias

    bási

    cas

    en c

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    ia y

    tecn

    olog

    ía

    El á

    rea

    cont

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    e de

    for

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    sust

    anci

    al a

    la c

    ompe

    tenc

    ia b

    ásic

    a en

    cie

    ncia

    y t

    ecno

    logí

    a ya

    que

    muc

    hos

    de lo

    s ap

    rend

    izaj

    es q

    ue in

    tegr

    a es

    tán

    tot

    alm

    ente

    cent

    rado

    s en

    la in

    tera

    cció

    n de

    l ser

    hum

    ano

    con

    el m

    undo

    que

    le r

    odea

    . La

    com

    pete

    ncia

    se

    va c

    onst

    ruye

    ndo

    a tr

    avés

    de

    la a

    prop

    iaci

    ón d

    e co

    ncep

    tos

    y h

    abili

    dade

    s qu

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    el

    repa

    rto

    14

    0006

    6439

  • Núm. 60  página 18  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  27  de  marzo  2015

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    15

    0006

    6439

  • 27  de  marzo  2015  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  Núm. 60  página 1�

    El á

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    ione

    s de

    la

    here

    ncia

    cul

    tura

    l en

    los

    ámbi

    tos

    tecn

    ológ

    icos

    y m

    edio

    ambi

    enta

    les

    de A

    ndal

    ucía

    .

    16

    0006

    6439

  • Núm. 60  página 20  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  27  de  marzo  2015

    2.

    OB

    JET

    IVO

    S D

    EL

    ÁR

    EA

    DE

    CIE

    NC

    IAS

    DE

    LA

    NAT

    UR

    ALE

    ZA

    O.C

    N.1

    . U

    tiliz

    ar e

    l mét

    odo

    cien

    tífic

    o pa

    ra p

    lani

    ficar

    y r

    ealiz

    ar p

    roye

    ctos

    , di

    spos

    itivo

    s y

    apar

    atos

    sen

    cillo

    s, m

    edia

    nte

    la o

    bser

    vaci

    ón,

    el p

    lant

    eam

    ient

    o de

    hip

    ótes

    is y

    la

    inve

    stig

    ació

    n pr

    áctic

    a, c

    on e

    l fin

    de

    elab

    orar

    con

    clus

    ione

    s qu

    e, a

    l mis

    mo

    tiem

    po, p

    erm

    itan

    la r

    efle

    xión

    sob

    re s

    u pr

    opio

    pro

    ceso

    de

    apre

    ndiz

    aje.

    O.C

    N.2

    . An

    aliz

    ar y

    sel

    ecci

    onar

    info

    rmac

    ión

    ace

    rca

    de la

    s pr

    opie

    dade

    s el

    emen

    tale

    s de

    alg

    unos

    mat

    eria

    les,

    sus

    tanc

    ias

    y ob

    jeto

    s y

    sobr

    e h

    echo

    s y

    fenó

    men

    os d

    el

    ento

    rno,

    par

    a e

    stab

    lece

    r di

    vers

    as h

    ipót

    esis

    , co

    mpr

    oban

    do s

    u e

    volu

    ción

    a

    tra

    vés

    de l

    a p

    lani

    ficac

    ión

    y l

    a r

    ealiz

    ació

    n d

    e p

    roye

    ctos

    , ex

    perim

    ento

    s y

    exp

    erie

    ncia

    s

    cotid

    iana

    s.

    O.C

    N.3

    . Re

    cono

    cer

    y co

    mpr

    ende

    r as

    pect

    os b

    ásic

    os d

    el f

    unci

    onam

    ient

    o d

    el c

    uerp

    o h

    uman

    o, e

    stab

    leci

    endo

    rel

    ació

    n c

    on la

    s po

    sibl

    es c

    onse

    cuen

    cias

    par

    a la

    sal

    ud

    indi

    vidu

    al y

    col

    ectiv

    a, v

    alor

    ando

    los

    bene

    ficio

    s qu

    e ap

    orta

    adq

    uirir

    háb

    itos

    salu

    dabl

    es d

    iario

    s co

    mo

    el e

    jerc

    icio

    físi

    co,

    la h

    igie

    ne p

    erso

    nal y

    la a

    limen

    taci

    ón e

    quili

    brad

    a

    para

    una

    mej

    ora

    en la

    cal

    idad

    de

    vida

    , mos

    tran

    do u

    na a

    ctitu

    d de

    ace

    ptac

    ión

    y re

    spet

    o a

    las

    dife

    renc

    ias

    indi

    vidu

    ales

    .

    O.C

    N.4

    . In

    terp

    reta

    r y

    reco

    noce

    r lo

    s pr

    inci

    pale

    s co

    mpo

    nent

    es d

    e lo

    s ec

    osis

    tem

    as,

    espe

    cial

    men

    te d

    e nu

    estr

    a co

    mun

    idad

    aut

    ónom

    a, a

    naliz

    ando

    su

    org

    aniz

    ació

    n, s

    us

    cara

    cter

    ístic

    as y

    sus

    rel

    acio

    nes

    de in

    terd

    epen

    denc

    ia, b

    usca

    ndo

    expl

    icac

    ione

    s, p

    ropo

    nien

    do s

    oluc

    ione

    s y

    adqu

    irien

    do c

    ompo

    rtam

    ient

    os e

    n la

    vid

    a co

    tidia

    na d

    e de

    fens

    a,

    prot

    ecci

    ón,

    recu

    pera

    ción

    del

    equ

    ilibr

    io e

    coló

    gico

    y u

    so r

    espo

    nsab

    le d

    e la

    s fu

    ente

    s de

    ene

    rgía

    , m

    edia

    nte

    la p

    rom

    oció

    n de

    val

    ores

    de

    com

    prom

    iso,

    res

    peto

    y s

    olid

    arid

    ad

    con

    la s

    oste

    nibi

    lidad

    del

    ent

    orno

    .

    O.C

    N.5

    . Con

    ocer

    y v

    alor

    ar e

    l pat

    rimon

    io d

    e An

    dalu

    cía

    y co

    ntrib

    uir

    activ

    amen

    te a

    su

    cons

    erva

    ción

    y m

    ejor

    a.

    O.C

    N.6

    . Pa

    rtic

    ipar

    en

    gru

    pos

    de

    tra

    bajo

    pon

    iend

    o e

    n p

    ráct

    ica

    val

    ores

    y a

    ctitu

    des

    pro

    pias

    del

    pen

    sam

    ient

    o c

    ient

    ífico

    , fo

    men

    tand

    o e

    l es

    pírit

    u e

    mpr

    ende

    dor,

    desa

    rrol

    land

    o la

    pro

    pia

    sens

    ibili

    dad

    y re

    spon

    sabi

    lidad

    ant

    e la

    s ex

    perie

    ncia

    s in

    divi

    dual

    es y

    col

    ectiv

    as.

    O.C

    N.7

    . C

    ompr

    ende

    r la

    impo

    rtan

    cia

    del

    prog

    reso

    ci

    entíf

    ico,

    con

    el

    fin d

    e va

    lora

    r su

    inci

    denc

    ia y

    tra

    nsce

    nden

    cia

    en

    la m

    ejor

    a de

    la v

    ida

    cotid

    iana

    de

    toda

    s la

    s

    pers

    onas

    y e

    n el

    pro

    gres

    o de

    la s

    ocie

    dad

    com

    o co

    njun

    to.

    O.C

    N.8

    . Util

    izar

    las

    tecn

    olog

    ías

    de la

    info

    rmac

    ión

    y la

    com

    unic

    ació

    n pa

    ra o

    bten

    er in

    form

    ació

    n, c

    omo

    inst

    rum

    ento

    de

    apre

    ndiz

    aje

    com

    o pa

    ra c

    ompa

    rtir

    cono

    cim

    ient

    os y

    valo

    rar

    su c

    ontr

    ibuc

    ión

    a la

    mej

    ora

    de la

    s co

    ndic

    ione

    s de

    vid

    a de

    toda

    s la

    s pe

    rson

    as, a

    sí c

    omo

    prev

    enir

    las

    situ

    acio

    nes

    de r

    iesg

    o de

    rivad

    as d

    e su

    util

    izac

    ión

    17

    0006

    6439

  • 27  de  marzo  2015  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  Núm. 60  página 21

    3.

    MA

    PA

    DE

    DE

    SE

    MP

    O

    Obj

    etiv

    os d

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    rea

    Cri

    teri

    o d

    e ev

    alu

    ació

    n

    Cic

    lo 1

    Cri

    teri

    o d

    e ev

    alu

    ació

    n

    Cic

    lo 2

    Cri

    teri

    o d

    e ev

    alu

    ació

    n

    Cic

    lo 3

    Cri

    teri

    o d

    e ev

    alu

    ació

    n

    Eta

    pa

    Est

    ánd

    ares

    de

    apre

    nd

    izaj

    e

    O.C

    .N.2

    . Ana

    lizar

    y

    sele

    ccio

    nar

    info

    rmac

    ión

    acer

    ca d

    e la

    s pr

    opie

    dade

    s

    elem

    enta

    les

    de a

    lgun

    os

    mat

    eria

    les,

    sus

    tanc

    ias

    y

    obje

    tos

    y so

    bre

    hec

    hos

    y

    fenó

    men

    os d

    el e

    ntor

    no, p

    ara

    esta

    blec

    er d

    iver

    sas

    hipó

    tesi

    s,

    com

    prob

    ando

    su

    evol

    ució

    n a

    trav

    és d

    e la

    pla

    nific

    ació

    n y

    la

    real

    izac

    ión

    de p

    roye

    ctos

    ,

    expe

    rimen

    tos

    y e

    xper

    ienc

    ias

    cotid

    iana

    s.

    O.C

    N.6

    . Par

    ticip

    ar e

    n gr

    upos

    de tr

    abaj

    o po

    nien

    do e

    n

    prác

    tica

    valo

    res

    y ac

    titud

    es

    prop

    ias

    del p

    ensa

    mie

    nto

    cien

    tífic

    o, fo

    men

    tand

    o el

    espí

    ritu

    empr

    ende

    dor,

    desa

    rrol

    land

    o la

    pro

    pia

    sens

    ibili

    dad

    y re

    spon

    sabi

    lidad

    ante

    las

    expe

    rienc

    ias

    indi

    vidu

    ales

    y c

    olec

    tivas

    .

    C.E

    .1.1

    . Obt

    ener

    info

    rmac

    ión

    y re

    aliz

    ar

    pequ

    eñas

    con

    jetu

    ras

    sobr

    e

    hech

    os y

    ele

    men

    tos

    natu

    rale

    s pr

    evia

    men

    te

    delim

    itado

    s y

    rea

    lizar

    senc

    illos

    exp

    erim

    ento

    s qu

    e

    faci

    liten

    su

    com

    pren

    sión

    ,

    pote

    ncia

    ndo

    el tr

    abaj

    o

    coop

    erat

    ivo

    y ex

    pres

    ando

    oral

    men

    te lo

    s re

    sulta

    dos

    obte

    nido

    s.

    C.E

    .2.1

    . Obt

    ener

    y

    cont

    rast

    ar in

    form

    ació

    n de

    dife

    rent

    es fu

    ente

    s, p

    lant

    ear

    posi

    bles

    hip

    ótes

    is s

    obre

    hech

    os y

    fenó

    men

    os

    natu

    rale

    s ob

    serv

    ados

    dire

    cta

    e in

    dire

    ctam

    ente

    ,

    para

    med

    iant

    e el

    trab

    ajo

    en e

    quip

    o re

    aliz

    ar

    expe

    rimen

    tos

    que

    antic

    ipen

    los

    posi

    bles

    res

    ulta

    dos.

    Expr

    esar

    dic

    hos

    resu

    ltado

    s

    en d

    ifere

    ntes

    sop

    orte

    s

    gráf

    icos

    y d

    igita

    les,

    aplic

    ando

    est

    os

    cono

    cim

    ient

    os a

    otr

    os

    expe

    rimen

    tos

    o

    expe

    rienc

    ias.

    C.E

    .3.1

    . Obt

    ener

    info

    rmac

    ión,

    rea

    lizar

    pred

    icci

    ones

    y e

    stab

    lece

    r

    conj

    etur

    as s

    obre

    hec

    hos

    y

    fenó

    men

    os n

    atur

    ales

    ,

    trab

    ajan

    do d

    e fo

    rma

    coop

    erat

    iva

    en la

    real

    izac

    ión

    de e

    xper

    imen

    tos

    y ex

    perie

    ncia

    s se

    ncill

    as,

    com

    unic

    ando

    y a

    naliz

    ando

    los

    resu

    ltado

    s ob

    teni

    dos

    a

    trav

    és d

    e la

    ela

    bora

    ción

    de

    info

    rmes

    y p

    roye

    ctos

    ,

    perm

    itien

    do c

    on e

    sto

    reso

    lver

    situ

    acio

    nes

    prob

    lem

    átic

    as.

    C.E

    .1. O

    bten

    er in

    form

    ació

    n

    rele

    vant

    e so

    bre

    hech

    os o

    fenó

    men

    os p

    revi

    amen

    te

    delim

    itado

    s, h

    acie

    ndo

    pred

    icci

    ones

    sob

    re s

    uces

    os

    natu

    rale

    s, in

    tegr

    ando

    dat

    os

    de o

    bser

    vaci

    ón d

    irect

    a e

    indi

    rect

    a a

    part

    ir de

    la

    cons

    ulta

    de

    fuen

    tes

    dire

    cta

    e in

    dire

    ctas

    y c

    omun

    ican

    do

    los

    resu

    ltado

    s.

    STD

    .1.1

    . Bus

    ca, s

    elec

    cion

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    18

    0006

    6439

  • Núm. 60  página 22  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  27  de  marzo  2015

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    19

    0006

    6439

  • 27  de  marzo  2015  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía  Núm. 60  página 23

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