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Ministerio de Comercio Exterior (Documento preliminar) Actualizado al 14/10/10 1. Estudio sectorial: Carne de aves y huevos 1. Clasificación arancelaria El sector de carne de aves y huevos comprende las aves vivas de la partida 0105; la carne de aves de la partida 0207 y los huevos frescos y secos, de las partidas 0407 y 0408. 6D * Descripción 010511 Gallos y gallinas de peso inferior a 185 g, vivas 010512 Pavos (gallipavos) de peso inferior a 185 g, vivas 010519 Las demás aves domésticas de peso inferior a 185g, vivas 010594 Los demás gallos y gallinas, vivos 010599 Las demás aves domésticas, vivas 020711 Carne y despojos comestibles de gallo o gallina, sin trocear, frescos o refrigerados 020712 Carne y despojos comestibles de gallo o gallina, sin trocear, congelada 020713 Trozos y despojos de gallo o gallina, frescos o refrigerados 020714 Trozos y despojos de gallo o gallina, congelados 020724 Carne y despojos comestibles de pavo, sin trocear, frescos o refrigerados 020725 Carne y despojos comestibles de pavo, sin trocear, congelada 020726 Trozos y despojos de pavo, frescos o refrigerados 020727 Trozos y despojos de pavo, congelados 020732 Carne y despojos comestibles de pato, ganso o pintada, sin trocear, frescos o refrigerados 020733 Carne y despojos comestibles de pato, ganso o pintada, sin trocear, congelada 020734 Hígados grasos de pato, ganso o pintada, frescos o refrigerados 020735 Los demás trozos y despojos comestibles de pato, ganso y pintada, frescos o refrigerados 020736 Los demás trozos y despojos comestibles de pato, ganso y pintada, congelados 040700 Huevos de ave con cascarón, frescos, conservados o cocidos 040811 Yemas de huevo secas 040819 Las demás yemas de huevo 040891 Los demás huevos de ave sin cascarón, secos 040899 Los demás huevos de ave, sin cascarón Ex 160100 Embutido y productos similares de carne, despojos o sangre, de aves de la partida 01.05 Ex 160210 Preparaciones homogeneizadas, de carne y despojos de aves

1. Estudio sectorial: Carne de aves y huevos

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Page 1: 1. Estudio sectorial: Carne de aves y huevos

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1. Estudio sectorial:

Carne de aves y huevos

1. Clasificación arancelaria El sector de carne de aves y huevos comprende las aves vivas de la partida 0105; la carne de aves de la partida 0207 y los huevos frescos y secos, de las partidas 0407 y 0408.

6D * Descripción

010511 Gallos y gallinas de peso inferior a 185 g, vivas

010512 Pavos (gallipavos) de peso inferior a 185 g, vivas

010519 Las demás aves domésticas de peso inferior a 185g, vivas

010594 Los demás gallos y gallinas, vivos

010599 Las demás aves domésticas, vivas

020711 Carne y despojos comestibles de gallo o gallina, sin trocear, frescos o refrigerados

020712 Carne y despojos comestibles de gallo o gallina, sin trocear, congelada

020713 Trozos y despojos de gallo o gallina, frescos o refrigerados

020714 Trozos y despojos de gallo o gallina, congelados

020724 Carne y despojos comestibles de pavo, sin trocear, frescos o refrigerados

020725 Carne y despojos comestibles de pavo, sin trocear, congelada

020726 Trozos y despojos de pavo, frescos o refrigerados

020727 Trozos y despojos de pavo, congelados

020732 Carne y despojos comestibles de pato, ganso o pintada, sin trocear, frescos o refrigerados

020733 Carne y despojos comestibles de pato, ganso o pintada, sin trocear, congelada

020734 Hígados grasos de pato, ganso o pintada, frescos o refrigerados

020735 Los demás trozos y despojos comestibles de pato, ganso y pintada, frescos o refrigerados

020736 Los demás trozos y despojos comestibles de pato, ganso y pintada, congelados

040700 Huevos de ave con cascarón, frescos, conservados o cocidos

040811 Yemas de huevo secas

040819 Las demás yemas de huevo

040891 Los demás huevos de ave sin cascarón, secos

040899 Los demás huevos de ave, sin cascarón

Ex 160100 Embutido y productos similares de carne, despojos o sangre, de aves de la partida 01.05

Ex 160210 Preparaciones homogeneizadas, de carne y despojos de aves

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6D * Descripción

de la partida 01.05

160231 Preparaciones y conservas de carne y despojos de carne de pavo (gallipavo)

160232 Preparaciones y conservas de carne y despojos de carne de gallina o gallo

160239 Preparaciones y conservas de carne y despojos de carne de las demás aves

*/ En SA 2007.

2. Generalidades del sector en Perú1 El sector avícola peruano realiza ventas, valoradas a precio de granja, de aproximadamente US$ 1.046 millones anuales, donde el 82% corresponde a carne de aves y el 18% a huevos. Durante 2008, se estima que se comercializaron en el mercado peruano casi 415 millones de pollos, destinados en su mayoría a los mercados de abasto (producto fresco). Un 20% corresponde a productos procesados (pollo empacado, trozos, tortas y nuggets). Este sector aportó alrededor de un 21% del valor bruto de la producción agropecuaria (18,5% el rubro de carne y 2,9% el de huevos). Alrededor del 90% de la producción está concentrada en 20 grandes y medianas empresas, mientras que el porcentaje restante se distribuye entre casi 200 y 300 microproductores. Las empresas más importantes son Avícola San Fernando (30%), Agropecuaria Chimú (8%), El Rocío (7%), Redondos (7%) y Avinka (5%). Se calcula que el 55% de la producción de las empresas más grandes es subcontratada a los microproductores, a quienes se les provee con los pollos, alimentos y la tecnología. En términos de distribución regional, la producción de carne de pollo se da principalmente en Lima (60%), La Libertad (18%), Arequipa (8%) e Ica (4%). Igualmente, Lima concentra el 60% de las ventas, mientras que las provincias registran el 40% restante. La producción de carne de pollo presenta cierta estacionalidad, pues durante el primer trimestre (verano) disminuye el peso de las aves por el calor y la mayor presencia de enfermedades.

Perú Producción sector avícola

En miles de toneladas métricas

2007 2008 2009

Aves 939,6 1.069,7 1.176,1

Huevos 257,6 266,6 268,7 Fuente: Ministerio de Agricultura, Perú

1 Para esta sección se consultó el documento “Industria Avícola”, elaborado por el Departamento de Estudios

Económicos de ScotiaBank Perú (www.scotiabank.com.pe/i_financiera/pdf/sectorial/20090907_sec_es_avicola.pdf)

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El consumo nacional per cápita de carne de pollo es de 28 kilogramos anuales, mientras para Lima se calcula un consumo per cápita anual de 58 kilogramos. El precio promedio del pollo, para el primer semestre de 2009, fue de 6,78 soles / kilogramo2. En el rubro de carne de pavo, la producción de 2008 fue de 27 mil toneladas. El consumo de este producto se da principalmente en diciembre, alcanzando el 25% de las ventas de carne en esa época, y cuenta con una alta demanda por parte del sector institucional, tanto público como privado. En el rubro de huevos, la producción de 2009 fue de 268,7 mil toneladas, donde el consumo per cápita nacional es de aproximadamente 9,3 kilogramos anuales y el 60% de la producción se da en Lima e Ica. El sector de embutidos de ave continúa siendo un mercado muy cerrado en Perú, donde domina la participación la empresa San Fernando. Según datos de prensa, en total se comercializan alrededor de 36 mil toneladas anuales, de todos los embutidos y preparaciones, siendo el consumo de estos productos cercano al kilogramo anual por persona.

3. Generalidades del sector en Costa Rica El valor bruto de la producción de este sector durante 2009 fue de US$ 271,4 millones en pollos y US$ 96,1 millones en huevos. En términos de volumen, la avicultura de carne produjo poco más de 100 mil toneladas y la avicultura de huevos alrededor de 51 mil toneladas, según se muestra a continuación.

Costa Rica Producción del sector avícola

2007-2009

2007 2008 2009

Avicultura carne (toneladas)

110.377 106.590 100.548

Avicultura huevos (toneladas)

41.887 52.195 51.720

Huevos (millones unidades)

582,2 586,3 608,2

Fuente: SEPSA MAG y Cámara Nacional de Avicultores

Las exportaciones de este sector alcanzaron un valor total, en el último año, de US$ 4,9 millones, de los cuales US$ 2,6 millones correspondieron al sector cárnico avícola y US$ 2,2 millones al subsector de huevos. Los principales productos exportados fueron huevos frescos y gallos y gallinas con peso inferior o igual a 185 gramos.

2 Equivalente a US$ 2,42 / kilogramo.

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El principal mercado de destino de las exportaciones de huevos es Nicaragua, con una participación del 89,5% del total exportado en 2009. Los otros mercados de destino fueron Honduras (3,6%) y Panamá (6,7%). También en el caso de pollo, Nicaragua es el principal mercado de destino (53,8% del total), seguido por Hong Kong (23,5%) y Panamá (15,7%). Las importaciones de este sector alcanzaron un valor total de US$ 10,6 millones, de los cuales US$ 7,9 millones correspondieron a productos cárnicos y US$ 2,7 millones a huevos. Gallos y gallinas de peso inferior a 185 gramos; trozos de pavo, congelados; y trozos de gallo o gallina, congelados, fueron los tres principales productos importados durante el 2009, los cuales en conjunto representaron el 69,5% del total importado. Las importaciones de huevos frescos representaron un 14,5% del total. Casi la totalidad de las importaciones del sector cárnico de aves provinieron desde los Estados Unidos (96% del total), ubicándose Canadá en segunda posición (1,4%). En el subsector de huevos, los principales proveedores fueron los Estados Unidos, Honduras, Panamá, Bélgica y México.

4. Estadísticas de comercio de Perú con el mundo 4.1. Exportaciones

Las exportaciones de Perú se centran en productos genéticos (huevos fértiles, pollos BB, pavitas BB) a Colombia, Ecuador, Bolivia y Venezuela; y en menor proporción pollo y pavos congelados. El valor total de las exportaciones de este sector en 2009 fue de US$ 20,2 millones. Las exportaciones de huevos han mostrado un crecimiento sostenido durante los últimos tres años, alcanzando en 2009 un valor total exportado de US$ 11,5 millones. Este rubro representó cerca del 57% del total exportado por el sector avícola peruano en 2009, y las ventas de ese año casi duplican el valor exportado durante 2007.

Perú Exportaciones del sector avícola

2007-2009

Subpartida SA2007

Descripción Volumen TM Valor Miles US$ País destino

2009 2007 2008 2009 2007 2008 2009

040700 Huevos de ave con cascarón, frescos, conservados o cocidos

2.444,5 3.159,4 3.235,8 6.613,2 10.848,5 11.485,9 - Ecuador (92%) - Venezuela (8%)

010511 Gallos y gallinas de peso inferior a 185 g, vivas

61,5 72,0 51,9 2.893,3 3.559,2 2.991,6 - Bolivia (70%) - Ecuador (28%) - EEUU (1%)

160239 Preparaciones y conservas de carne y despojos de carne de las demás aves

399,6 689,2 717,0 1.368,3 2.818,3 2.972,3 - Colombia (65%) - Ecuador (35%)

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Subpartida SA2007

Descripción Volumen TM Valor Miles US$ País destino

2009 2007 2008 2009 2007 2008 2009

020725 Carne y despojos comestibles de pavo, sin trocear, congelada

1.242,8 1.488,1 1.031,0 2.028,0 3.222,3 2.073,0 - Colombia (60%) - Ecuador (38%) - Panamá (2%)

020727 Trozos y despojos de pavo, congelados

99,8 407,1 471,0 328,4 1.449,4 1.603,9 - Colombia (93%) - Ecuador (6%) - Panamá (1%)

010512 Pavos (gallipavos) de peso inferior a 185 g, vivas

34,1 31,5 33,8 987,3 929,6 974,7 - Ecuador (61%) - Venezuela (23%) - Colombia (14%)

040819 Las demás yemas de huevo

123,6 457,5 214,2 294,7 1.388,5 829,4 - Venezuela (87%) - Ecuador (13%)

Los demás 116,8 155,9 82,5 209,9 371,1 255,9

Total 4.522,6 6.460,6 5.837,2 14.723,2 24.586,9 23.186,6

Fuente: MINCETUR Perú. NOTA: no se considera el comercio de embutidos (SA 160100) ni preparaciones homogeneizadas (SA 160210), pues las estadísticas no separan por tipo de carne.

Como segundo producto de exportación se encuentran los gallos y gallinas vivos de peso inferior o igual a 185 gramos, con un valor total de US$ 2,99 millones. Pavos enteros, trozos de pavo y pavos vivos de peso inferior o igual a 185 gramos destacan también dentro de los principales productos exportados. El mercado de destino de este sector está constituido por los países andinos, con una participación reducida de Panamá y Estados Unidos. En el caso de huevos, casi la totalidad de las exportaciones peruanas se destina a Ecuador, país que tuvo una participación del 92% dentro del total exportado el último año.

4.2. Importaciones Las importaciones del sector avícola peruano se incrementaron de manera sustancial durante el último año, al pasar de US$ 16,1 millones a US$ 28,7 millones. Estas se centran en el subsector de pollo, el cual representó poco más del 65% del total importado en 2009. El principal producto de importación fue el pollo entero congelado, el cual mostró un crecimiento del 95% en las compras realizadas por Perú desde el resto del mundo; mientras en 2008 de este producto se importaron US$ 3,8 millones, en 2009 ese valor creció hasta US$ 7,4 millones.

Perú Importaciones del sector avícola

2007-2009

Subpartida SA2007

Descripción Volumen TM Valor Miles US$ País origen

2009 2007 2008 2009 2007 2008 2009

020712

Carne y despojos comestibles de gallo o gallina, sin trocear, congelada

4.395,3 4.202,8 7.040,6 4.061,6 4.311,9 7.350,5 - Argentina (35%) - Brasil (34%) - Chile (20%)

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Subpartida SA2007

Descripción Volumen TM Valor Miles US$ País origen

2009 2007 2008 2009 2007 2008 2009

010511 Gallos y gallinas de peso inferior a 185 g, vivas

37,6 29,1 27,9 6.538,4 6.355,0 6.929,4 - EEUU (78%) - Brasil (9%) - Hungría (7%)

020727 Trozos y despojos de pavo, congelados

3.215,0 3.712,1 4.170,7 3.621,2 4.624,6 5.445,6 - Brasil (44%) - Chile (31%) - EEUU (26%)

040700 Huevos de ave con cascarón, frescos, conservados o cocidos

65,3 54,3 788,3 1.180,6 1.524,3 4.351,3 - Brasil (91%) - Chile (5%) - EEUU (4%)

020714 Trozos y despojos de gallo o gallina, congelados

2.964,9 3.952,9 5.569,6 1.589,6 2.567,6 4.252,5 - Chile (81%) - EEUU (19%)

020711

Carne y despojos comestibles de gallo o gallina, sin trocear, frescos o refrigerados

274,8 451,5 201,3 229,3 360,0 184,2 - Bolivia (81%) - Chile (19%)

Los demás 234,8 320,8 43,9 441,2 729,8 186,9

Total 11.187,5 12.723,5 17.842,2 17.661,8 20.473,3 28.700,5

Fuente: MINCETUR Perú. NOTA: no se considera el comercio de embutidos (SA 160100) ni preparaciones homogeneizadas (SA 160210), pues las estadísticas no separan por tipo de carne.

El segundo producto de importación fue los gallos y gallinas de peso inferior o igual a 185 gramos, vivos, con un valor total importado de US$ 6,9 millones. También se encuentran dentro de los principales productos de importación trozos y despojos congelados de pavo, huevos frescos, trozos congelados de gallo o gallina y pollo entero, fresco. Argentina, Brasil, Chile y Estados Unidos se ubican como los principales proveedores del mercado avícola peruano.

5. Estadísticas de comercio bilateral Costa Rica-Perú

5.1. Exportaciones Para este sector, no se registran exportaciones a Perú durante el período 2007-2009.

5.2. Importaciones Para este sector, no se registran importaciones desde Perú durante el período 2007-2009.

6. Arancel de importación

6.1. Arancel consolidado y NMF El arancel consolidado de Perú para los productos del sector avícola es de un 30%. Mientras tanto, el arancel NMF aplicado sobre la importación de estos productos se ubica entre el 0% y 9%.

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Código SA2007

Descripción Arancel aplicado

Arancel consolidado

0105110000 -- Gallos y gallinas 0 30

0105120000 -- Pavos (gallipavos) 0 30

0105190000 -- Los demás 0 30

0105940000 -- Gallos y gallinas 0 30

0105990000 -- Los demás 9 30

0207110000 -- Sin trocear, frescos o refrigerados 9 30

0207120000 -- Sin trocear, congelados 9 30

0207130011 ---- Sin deshuesar 9 30

0207130012 ---- Deshuesado 9 30

0207130090 --- Los demás 9 30

0207140010 --- Carne mecánicamente deshuesada 9 30

0207140021 ---- Sin deshuesar 9 30

0207140022 ---- Deshuesado 9 30

0207140090 --- Los demás 9 30

0207240000 -- Sin trocear, frescos o refrigerados 9 30

0207250000 -- Sin trocear, congelados 9 30

0207260000 -- Trozos y despojos, frescos o refrigerados 9 30

0207270000 -- Trozos y despojos, congelados 9 30

0207320000 -- Sin trocear, frescos o refrigerados 9 30

0207330000 -- Sin trocear, congelados 9 30

0207340000 -- Hígados grasos, frescos o refrigerados 9 30

0207350000 -- Los demás, frescos o refrigerados 9 30

0207360000 -- Los demás, congelados 9 30

0407001000 - Para incubar 0 30

0407002000 - Para producción de vacunas (libres de patógenos específicos)

9 30

0407009000 - Los demás 0 30

0408110000 -- Secas 0 30

0408190000 -- Las demás 0 30

0408910000 -- Secos 0 30

0408990000 -- Los demás 0 30

1601000000 Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos

9 30

1602100000 Preparaciones homogeneizadas 9 30

1602200000 Preparaciones y conservas de hígado de cualquier animal

9 30

1602311000 Preparaciones y conservas de pavo (gallipavo), en trozos sazonados y congelados

9 30

1602319000 Demás preparaciones y conservas de pavo (gallipavo)

9 30

1602321011 Preparaciones y conservas de gallo o gallina, cuartos traseros, incluidos sus trozos, sin deshuesar

9 30

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Código SA2007

Descripción Arancel aplicado

Arancel consolidado

1602321012 Preparaciones y conservas de gallo o gallina, cuartos traseros, incluidos sus trozos, deshuesados

9 30

1602321090 Demás preparaciones y conservas de gallo o gallina, en trozos sazonados y congelados

9 30

1602329011 Demás preparaciones y conservas de gallo o gallina, cuartos traseros, sin deshuesar

9 30

1602329012 Demás preparaciones y conservas de gallo o gallina, cuartos traseros, deshuesados

9 30

1602329090 Demás preparaciones y conservas de gallo o gallina

9 30

1602391000 Preparaciones y conservas de las demás aves de la partida 0105, en trozos sazonados y congelados

9 30

1602399000 Demás preparaciones y conservas de las demás aves de la partida 0105, excepto en trozos sazonados y congelados

9 30

Fuente: SUNAT Perú y OMC

6.2. Aranceles preferenciales

En el TLC Perú – EEUU, Perú otorgó libre comercio a los animales vivos, tal como se detalla en el Anexo I Para el pollo entero, Perú acordó una desgravación lineal en 10 años. Para trozos de pollo, frescos, refrigerados o congelados, otorgó un plazo lineal en 5 años, y de 2 años para el CDM congelado. Para los cuartos traseros, frescos, refrigerados o congelados, la desgravación es en 17 años, no lineales; además, Perú otorgó una cuota de 12000 toneladas métricas, monto que crece un 8% anual. Para carne de pavo, la desgravación dada a Estados Unidos fue de 5 años lineales, excepto para el pavo entero fresco, cuya desgravación es a 8 años. Para el pato, ganso o pintada entero, otorgó una desgravación en 3 años, mientras que los trozos de estas aves se desgravarán en 5 años. En el subsector de huevos, gozan de libre comercio los huevos para incubar y los huevos para la producción de vacunas. El resto, tiene una desgravación lineal en 10 años, con excepción de los huevos secos, que tienen un período de 8 años. En el subsector de embutidos, Perú otorgó a los productos originarios de Estados Unidos una desgravación en 5 años lineales. Para preparaciones homogeneizadas, otorgó una desgravación en 7 años lineales, y 5 años lineales para las preparaciones de pavo y otras aves. En el caso de las preparaciones de gallo o gallina, provenientes de cuartos traseros, Perú otorgó a Estados Unidos una cuota libre de aranceles de 12.000 toneladas, con un crecimiento anual del 8%; fuera del contingente, aplica una desgravación en 17 años.

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En el marco del acuerdo suscrito por Costa Rica con los Estados Unidos, tienen un plazo de desgravación en 15 años los animales vivos, excepto los gallos, gallinas y pavos con un peso inferior a 185 gramos, que gozan de libre comercio inmediato. Para el pollo entero, la desgravación otorgada fue de 10 años, lineales; el CDM goza de libre comercio; para alas y pechugas la desgravación es en 5 años y para los demás trozos, en 10 años. En el caso de muslos, piernas, la desgravación es en 17 años no lineales; además, Costa Rica dio una cuota de 330 toneladas métricas, libres de arancel, y un crecimiento anual de 30 toneladas. El pavo entero, tiene una desgravación en 10 años, mientras que los trozos gozan de libre comercio. La carne de otras aves, tiene libre comercio inmediato. Para el subsector de huevos, se otorgó una desgravación lineal en 15 años, excepto para los huevos fértiles para reproducción y los huevos de avestruz, que tienen libre comercio de manera inmediata. Para el subsector de embutidos de aves, Costa Rica otorgó una desgravación en 12 años lineales, mientras que dio libre comercio inmediato a las preparaciones homogeneizadas a base de carne de aves y las preparaciones de carne de pavo y otras aves. Para las preparaciones de carne de gallo o gallina, el plazo de desgravación acordado fue de 10 años lineales. Se anexa al final de este documento el cuadro con el detalle de los aranceles preferenciales.

7. Medidas no arancelarias

7.1. Requisitos sanitarios y fitosanitarios De conformidad con la legislación peruana los requisitos sanitarios de importación son exigencias establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), los cuáles deben ser adjuntados al permiso zoosanitario de importación de los productos o subproductos de origen animal. Cuando los requisitos sanitarios de importación no se encuentren establecidos, se deben solicitar a la Subdirección de Cuarentena Animal mediante una carta simple, oficio u otro documento. Dicha Subdirección evaluará la información sanitaria existente, del país de origen y procedencia, la que puede incluir un análisis de riesgo de ser necesario. Una vez que se elaboran, los requisitos sanitarios de importación se remiten a la Autoridad Oficial Competente del país exportador, con la finalidad de armonizar y llegar a su aprobación final. Armonizados los requisitos, se inicia la emisión de los permisos sanitarios correspondientes.

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En términos generales, la importación de productos de origen animal en Perú se encuentra sujeta a procedimientos de:

Emisión de permisos zoosanitarios de importación.

Realización de inspecciones de origen.

Emisión de certificados de internamiento.

Realización de reembarques y comisos.

Supervisión de procedimiento de importación.

Emisión de resoluciones de establecimientos de cuarentena para importación. Los establecimientos que elaboren productos de origen animal y deseen exportar sus productos a Perú, previamente deben ser avalados por el SENASA. Dichos establecimientos deben iniciar su trámite ante la Autoridad Oficial de Sanidad Animal de su país a fin de que ellos realicen la solicitud oficial a SENASA. La Autoridad Oficial debe presentar los siguientes requisitos:

Datos generales de los establecimientos autorizados que solicitan exportar al Perú, tales como: nombre, dirección, número oficial y productos a exportar.

Documento del proceso productivo de los productos a exportar en el que se indique: el diagrama de flujo de producción, detalle de los procedimientos aplicados en la elaboración del producto, el origen de la materia prima, visado por la Autoridad Oficial. Certificación de buenas prácticas de higiene y sistema (HACCP) para los productos a ser exportados.

Los requisitos presentados son evaluados por el SENASA y del resultado de dicha evaluación se procederá a realizar la inspección in situ de dichos establecimientos, cuyos gastos serán asumidos por los interesados. Del resultado de la inspección, se procederá a avalar o no el establecimiento. El SENASA podrá reconocer, cuando lo considere pertinente, el aval mediante la revisión documentaria. A continuación se indica la legislación peruana a considerar:

Decreto Legislativo No. 1059, Ley General de Sanidad Agraria (http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/3/par/leyesceb/dl1059.pdf).

La Ley General de Sanidad Agraria establece el SENASA, como un organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura. Esta ley establece que el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios se sujetará a las disposiciones que establezca la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, sea el SENASA.

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Decreto Supremo No. 018-2008 –AG, Reglamento a la Ley General de Sanidad Agraria (http://www.comexperu.org.pe/archivos/semanario/DS-018-2008-AG_520.pdf).

Reglamenta las disposiciones de la Ley General de Sanidad Agraria, enfatizando la competencia del SENASA para el establecimiento y aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias a los productos de origen animal y vegetal, así como su compromiso en relación con la observancia del Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC. Igualmente, se enfatiza en que el SENASA debe asegurar la sanidad agraria de los productos reglamentados que ingresan al territorio nacional y, al mismo tiempo, favorecer el libre comercio, evitando crear obstáculos innecesarios al intercambio comercial internacional.

Decreto Supremo No. 22-95-AG, Reglamento Tecnológico de carnes (http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/SEC_NOR_INS_2/DS%20022-1995%20(2).pdf).

Este Reglamento regula el beneficio de ganado, el proceso de industrialización y comercialización de las carnes y menudencias de los animales de abasto, así como las apropiadas condiciones técnico-sanitarias de los establecimientos y de otros medios empleados para tal fin, en provecho del consumidor. Se aplica a las siguientes especies de "animales de abasto" para el consumo humano: bovinos, bubalinos, ovinos, camélidos sudamericanos domésticos (llamas y alpacas), caprinos, porcinos y équidos (caballar, asnal, burdégano y mular), así como conejos, cuyes y aves de corral, cuyo beneficio y comercialización se realizará en mataderos específicos según lo dispongan sus propios Reglamentos. Incluye disposiciones sobre inspección de establecimientos y categorías de los productos cárnicos, así como su importación.

Decreto Legislativo No. 1062, Ley de Inocuidad de los Alimentos http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/3/JER/IA_LEG/D%20Leg%201062%20Ley%20de%20Inocuidad%20de%20los%20Alimentos%20con%20FE%20ERRATA.pdf.

Ésta ley tiene por objeto garantizar la inocuidad de los alimentos destinados al consumo humano, con el fin de proteger la vida y la salud de las personas, con un enfoque preventivo e integral, a lo largo de toda la cadena alimentaria, incluido los piensos. Se establece que el SENASA es la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto técnico, normativo y de vigilancia en materia de

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inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de producción nacional o extranjera. El Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos (http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/3/JER/IA_LEG/D.S.%20034-2008-AG%20Reglamento%20de%20la%20Ley%20de%20INOCUIDAD.pdf) establece la obligación para los proveedores de suministrar alimentos y piensos inocuos, por lo que estos deberán cumplir con la normativa sanitaria sustentada en la aplicación de los Principios Generales de Higiene, como las Buenas Prácticas Agrícolas, Buenas Prácticas de Pesca y Acuícolas, Buenas Prácticas de Manufactura, Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) y otras normas establecidas por las autoridades competentes. Este Reglamento dispone que todo alimento industrializado y semielaborado que se comercie en el país, a excepción de los productos pesqueros y acuícolas, debe estar registrado en la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud y por lo tanto están sujetos a vigilancia sanitaria de la autoridad competente. En el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Dirección se establecen las disposiciones sobre este registro sanitario, el mismo se puede encontrar en el siguiente hipervínculo en Internet: http://www.digesa.minsa.gob.pe/expedientes/tupas.aspx. Adicionalmente, a este registro, se incluye como requisito de importación, el certificado sanitario oficial del país de origen.

R.J. N° 355-2008-AG-SENASA Análisis de Riesgo para la importación de productos de origen animal (http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/SEC_NOR_INS_2/RJ.355-2008_ANALISIS_DE_RIESGO[1].pdf).

Se regula el procedimiento para realizar análisis de riesgo a las mercancías de origen animal que se pretenden importar, cuando no se hayan importado anteriormente o cuando haya variado la situación sanitaria del país exportador, procedente de países afectados de enfermedades de animales consideradas exóticas y de importancia para el país.

Resolución Directoral Nº 12-2007-AG-SENASA-DSA, Categorías de riesgo (http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/SUB_SEC_NOR_INS/RD.%20Nº%2012-2007-AG-SENASA-DSA.pdf).

Se establecen categorías de riesgo en donde estarán agrupadas las mercancías pecuarias en función a la capacidad de transportar agentes patógenos de enfermedades que representen riesgo para la salud pública y sanidad animal. La carne de aves y los huevos frescos se incluyen en la de categoría de riesgo 4, la cual agrupa productos primarios de origen animal de uso directo o sin transformación.

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Para su ingreso a Perú requieren de un Permiso Zoosanitario de Importación –PZI-emitido por el SENASA y un Certificado Sanitario de Exportación original.

Reglamento Zoosanitario de Importación y Aprobación de Animales, Productos y Sub-Productos de Origen Animal. D.S.-051-2000-AG-SENASA (http://www.senasa.gob.pe/0/modulos/JER/JER_Interna.aspx?ARE=0&PFL=1&JER=1178&JERR=613).

Este reglamento establece las regulaciones relativas a la emisión de los Permisos Zoosanitarios de Importación y el Certificado Zoosanitario del país exportador.

Reglamento del Sistema Sanitario Avícola, Decreto Supremo No. 029-2007-AG (http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/SAN_AVI/Peruano%20del%2001%20de%20noviembre%20del%202007.pdf)

Éste reglamento tiene por objeto regular las acciones y medidas sanitarias impartidas por el SENASA en relación con la normalización, protección y fiscalización del sistema sanitario avícola con el propósito de preservar el estado sanitario de las poblaciones avícolas, la calidad de sus productos y consecuentemente prevenir los riesgos en la salud pública. Entre sus regulaciones se encuentran disposiciones relativas al registro y autorización de establecimientos avícolas, vigilancia de enfermedades, el control sanitario, inocuidad del faenamiento de aves, control de la movilización, entre otros.

7.2. Requerimientos técnicos

A continuación se hará una breve descripción de los principales reglamentos técnicos aplicados a la importación de estos productos en el mercado peruano.

i. Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas Este reglamento establece:

Las normas generales de higiene así como las condiciones y requisitos sanitarios a que deberán sujetarse la producción, el transporte, la fabricación, el almacenamiento, el fraccionamiento, la elaboración, el expendio y el rotulado de los alimentos y bebidas de consumo humano con la finalidad de garantizar su inocuidad.

Las condiciones, requisitos y procedimientos a que se sujeta la inscripción al registro sanitario de alimentos y bebidas.

Las condiciones, requisitos y procedimientos para la certificación sanitaria de productos alimenticios y la habilitación de establecimientos con fines de exportación.

La normativa a que se sujeta la vigilancia sanitaria de las actividades y servicios vinculados a la producción y circulación de productos alimenticios.

Las medidas de seguridad sanitaria así como las infracciones y sanciones aplicables.

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Descripción de los productos: Alimentos de origen animal y vegetal, así como las bebidas destinadas para consumo humano.

ii. Norma Metrológica para el Rotulado de Productos Envasados Este reglamento es aplicable al rotulado de los productos envasados de consumo con respecto a: a) la identificación del producto; b) el nombre y el domicilio legal del fabricante, envasador o distribuidor, y; c) la cantidad neta del producto. Todo producto envasado de consumo deberá estar rotulado de acuerdo con esta Norma Metrológica Peruana antes de ser ofrecido para la venta al por menor, salvo que esté sujeto a otras leyes o disposiciones específicas. Descripción de los productos: Todo producto envasado de consumo.

iii. Norma Metrológica Peruana. Cantidad de producto en preenvases Este reglamento metrológico establece:

Los requisitos metrológicos legales para productos preenvasados (también llamados artículos preenvasados o mercaderías preenvasadas) que llevan la indicación de valores nominales constantes predeterminadas de peso, volumen, medida lineal, superficie o cantidad.

Los planes y procedimientos de muestreo utilizados para verificar la cantidad de producto en preenvases.

Descripción de los productos: Cualquier producto preenvasado. Para revisión del texto completo de la reglamentación técnica, puede consultarse el siguiente sitio Web: http://www.mincetur.gob.pe/webRT/frmBuscador.aspx

8. Reglas de origen En el siguiente cuadro, se detallan las reglas de origen específicas que deben cumplir los productos de este sector, negociadas en el marco del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana-Centroamérica-Estados Unidos (CAFTA-DR) y el Tratado de Libre Comercio entre Perú y Estados Unidos, para obtener un tratamiento arancelario preferencial:

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CARNE DE AVES Y HUEVOS

CAFTA-DR3 PERÚ-EEUU

4 OBSERVACIONES

01.01-01.06 Un cambio a la partida 01.01 a 01.06 de cualquier otro capítulo.

01.01-01.06 Un cambio a la partida 01.01 a 01.06 de cualquier otro capítulo.

La regla de origen en ambos Tratados establece que las gallos, gallinas y demás aves serán originarias del país de nacimiento y crianza.

02.07 Un cambio a la partida 02.07 de cualquier otro capítulo, excepto de la partida 01.05.

02.01 - 02.10 Un cambio a la partida 02.01 a 02.10 de cualquier otro capítulo.

La regla de origen del CAFTA-DR establece que la carne y despojos de aves serán originarios del país de nacimiento y crianza del animal.

04.07 - 04.10 Un cambio a la partida 04.07 a 04.10 de cualquier otro capítulo.

04.07 - 04.10 Un cambio a la partida 04.07 a 04.10 de cualquier otro capítulo.

La regla de origen del TLC Perú-EEUU establece que la carne y despojos de aves. serán originarios del país de obtención, es decir la regla permite importar el animal vivo de cualquier país del mundo para la obtención de este subproducto. La regla de origen en ambos Tratados establece que los huevos de aves serán originarios del país de obtención, es decir la regla permite importar el animal vivo de cualquier país del mundo para la obtención de este subproducto.

16.01-16.02 Un cambio a la partida 16.01 a 16.02 de cualquier otro capítulo o de carne de ave mecánicamente deshuesada (CDM) de la partida 02.07, excepto de cualquier otra mercancía de la partida 02.07

16.01 – 16.03 Un cambio a la partida 16.01 a 16.03 de cualquier otro capítulo.

La regla de origen de CAFTA-DR para el caso específico de los embutidos y demás preparaciones de aves, permite la importación de materias primas que clasifiquen en un capítulo diferente al 16 (por ejemplo, animales vivos) y la utilización de carne de ave mecánicamente deshuesada (CDM) de cualquier país del mundo. Si se utilizara carne y despojos de aves de la partida 0207, estas deben ser originarias de una de las Partes.

3 Reglas de origen de conformidad con el anexo 4.1 del CAFTA-DR

4 Reglas de origen de conformidad con el anexo 4.1 del TLC Perú-EEUU

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Anexo I Aranceles preferenciales *

Tratado de Libre Comercio CA - RD - EEUU Tratado de Libre Comercio Perú - EEUU

Lista de Costa Rica Lista de Perú

Código Descripción Arancel

base Categoría Código Descripción

Arancel base

Categoría

01051100 Gallos y gallinas 1 Libre comercio inmediato 01051100 Gallos y gallinas 12 Libre comercio inmediato

01051200 Pavos (gallipavos) 1 Libre comercio inmediato 01051200 Pavos (gallipavos) 12 Libre comercio inmediato

01051900 Los demás 10 15 años lineales 01051900 Los demás 12 Libre comercio inmediato

01059400 Gallos y gallinas 10 15 años lineales

01059200 Gallos y gallinas de peso inferior o igual a 2000 g

4 Libre comercio inmediato

01059300 Gallos y gallinas de peso superior a 2,000 g

10 15 años lineales

01059300 Gallos y gallinas de peso superior a 2000 g

4 Libre comercio inmediato

01059900 Los demás 10 15 años lineales 01059900 Los demás 12 Libre comercio inmediato

02071100 Sin trocear, frescos o refrigerados

41 10 años lineales

02071100 Sin trocear, frescos o refrigerados

25 10 años lineales

02071200 Sin trocear, congelados 41 10 años lineales 02071200 Sin trocear, congelados 25 10 años lineales

02071310 En pasta, deshuesados mecánicamente

36 Libre comercio inmediato

02071300A Solo cuartos traseros comestibles de gallo o gallina, sin deshuesar

25

Cuota de 12000 TM + 8% crecimiento anual, libre de aranceles Fuera de cuota, desgravación 17

años no lineales

+ Salvaguardia

02071391 Pechugas 41 5 años lineales

02071300B Los demas trozos y despojos comestibles de gallo o gallina

25 5 años lineales

02071399A Alas 151 5 años lineales

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Tratado de Libre Comercio CA - RD - EEUU Tratado de Libre Comercio Perú - EEUU

Lista de Costa Rica Lista de Perú

Código Descripción Arancel

base Categoría Código Descripción

Arancel base

Categoría

02071399B Muslos, piernas, incluso unidos

151

Cuota de 330 TM + 30 TM anuales, libre de aranceles

Fuera de cuota, desgravación 17 años, no

lineales

02071399C Los demás 151 10 años lineales

02071410 En pasta, deshuesados mecánicamente

36 Libre comercio inmediato

02071400A Solo cuartos traseros comestibles de gallo o gallina, sin deshuesar

25

Cuota de 12000 TM + 8% crecimiento anual, libre de aranceles Fuera de cuota, desgravación 17

años no lineales

+ Salvaguardia

02071491 Pechugas 41 5 años lineales

02071400B Carne de gallo o gallina, mecánicamente deshuesada

25 2 años lineales

02071499A Alas 151 5 años lineales

02071400C Los demás trozos y despojos comestibles de gallo o gallina

25 5 años lineales

02071499B Muslos, piernas, incluso unidos

151

Cuota de 330 TM + 30 TM anuales, libre de aranceles

Fuera de cuota, desgravación 17 años, no

lineales

02071499C Los demás 151 10 años lineales

02072400 Sin trocear, frescos o refrigerados

41 10 años lineales

02072400 Sin trocear, frescos o refrigerados

25 8 años lineales

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Tratado de Libre Comercio CA - RD - EEUU Tratado de Libre Comercio Perú - EEUU

Lista de Costa Rica Lista de Perú

Código Descripción Arancel

base Categoría Código Descripción

Arancel base

Categoría

02072500 Sin trocear, congelados 41 10 años lineales 02072500 Sin trocear, congelados 25 5 años lineales

02072610 En pasta, deshuesados mecánicamente

36 Libre comercio inmediato

02072600 Trozos y despojos, frescos o refrigerados

25 5 años lineales

02072690 Otros 151 Libre comercio inmediato

02072710 En pasta, deshuesados mecánicamente

36 Libre comercio inmediato

02072700 Trozos y despojos, congelados

25 5 años lineales

02072790 P 41 Libre comercio inmediato

02073200 Sin trocear, frescos o refrigerados

41 Libre comercio inmediato

02073200 Sin trocear, frescos o refrigerados

25 3 años lineales

02073300 Sin trocear, congelados 15 Libre comercio inmediato 02073300 Sin trocear, congelados 25 3 años lineales

02073400 Hígados grasos, frescos o refrigerados

15 Libre comercio inmediato

02073400 Hígados grasos, frescos o refrigerados

25 5 años lineales

02073510 En pasta, deshuesados mecánicamente

36 Libre comercio inmediato

02073500 Los demás, frescos o refrigerados

25 5 años lineales

02073590 Otros 151 Libre comercio inmediato

02073610 En pasta, deshuesados mecánicamente

36 Libre comercio inmediato

02073600 Los demás, congelados 25 5 años lineales

02073690 Otros 41 Libre comercio inmediato

04070010 Huevos fértiles para la reproducción

1 Libre comercio inmediato

04070010 Para incubar 12 Libre comercio inmediato

04070020 Huevos de avestruz 10 Libre comercio inmediato

04070020 Para producción de vacunas (libres de patógenos específicos)

12 Libre comercio inmediato

04070090 Otros 15 15 años lineales 04070090 Los demás 12 10 años lineales

04081100 Secas 10 15 años lineales 04081100 Secas 12 10 años lineales

04081900 Las demás 10 15 años lineales 04081900 Las demás 12 10 años lineales

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Tratado de Libre Comercio CA - RD - EEUU Tratado de Libre Comercio Perú - EEUU

Lista de Costa Rica Lista de Perú

Código Descripción Arancel

base Categoría Código Descripción

Arancel base

Categoría

04089100 Secos 10 15 años lineales 04089100 Secos 12 8 años lineales

04089900 Los demás 10 15 años lineales 04089900 Los demás 12 10 años lineales

16010020 - De aves de la partida 01.05

151 12 años lineales

16010000

Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos.

25% 5 años lineales

16021020 - - De carne y despojos de aves de la partida 01.05

151 Libre comercio inmediato

16021000 Preparaciones homogeneizadas

25% 7 años lineales

16023100 - - De pavo (gallipavo) 41 Libre comercio inmediato

16023100 Preparaciones y conservas de pavo (gallipavo)

25% 5 años lineales

16023200 - - De gallo o gallina 41 10 años lineales

16023200.A

Preparaciones y conservas de gallo o gallina provenientes de cuartos traseros, sin deshuesar

25%

Cuota de 12.000 TM + 8% crecimiento anual.

Fuera de cuota, desgravación 17 años no

lineales

16023200.B Las demás 25% 2 años lineales

16023900 - - Las demás 41 Libre comercio inmediato 16023900 Las demás 25% 5 años lineales Fuente: COMEX con base en las listas de desgravación de Costa Rica y Perú, respectivamente */ La nomenclatura de las listas se encuentra en SA 2002