1. Importancia del Análisis Objetivo en los Siniestros de Vida Comprobar que el fallecido sea la...
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ANALISIS y LIQUIDACION DE SINIESTROS DE VIDA 1
1. Importancia del Análisis Objetivo en los Siniestros de Vida Comprobar que el fallecido sea la persona para quien que contrató el beneficio del seguro
Importancia del Anlisis Objetivo en los Siniestros de Vida
Comprobar que el fallecido sea la persona para quien que contrat el
beneficio del seguro de vida. Asegurar que los beneficios
contratados sean pagados a los beneficiarios indicados en la
designacin de beneficiarios Evitar el fraude (engao o falsificacin
para obtener ganancias financieras) Registrar oportuna y
correctamente la informacin 2
Diapositiva 3
Modalidades del Fraude (estafa) Contratacin de ms de un seguro
cuyo monto total supera el inters asegurable Omisin de enfermedades
crnicas Muerte o incapacidad cuestionable Causa de deceso
Considerar investigar casos de muerte violenta Ampliacin de informe
mdico forense Causas de deceso documentadas por empricos o
autoridades locales Identificacin del fallecido Lugar de
fallecimiento en lugares poco accesibles Cdula de vecindad antigua
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Preparacin del Expediente 4
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Informacin Bsica del Aviso Nombre completo del asegurado
Sobrenombre (en caso de tenerlo) Fecha de nacimiento Lugar de
residencia Nmero(s) de pliza, si lo conoce Fecha y causa del
fallecimiento Nombre de la persona que comunica el reclamo Relacin
con el fallecido Nmeros de telfono para llamar durante el da y por
la noche Informacin/comentarios adicionales 5
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Proceso inicial Solicitud original del seguro de vida Crear la
reserva: Suma asegurada bsica Suma asegurada por muerte accidental
Suma asegurada para cubrir la indemnizacin por incapacidad Abrir
expediente: Registrar fecha de recepcin de aviso de siniestro
Asignar No. De siniestro Incluir solicitud original del seguro de
vida Custodia del expediente: Archivar en forma segura que permita
el seguimiento del proceso de liquidacin 6
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Revisin de datos consignados en la solicitud de seguro de vida
y en la cdula (DPI), certificado de nacimiento y certificado de
defuncin Nombres y apellidos completos Edad Fecha de nacimiento
Estado civil Ocupacin Objetivo principal: Tener los elementos de
prueba que respalden que la persona fallecida es efectivamente la
persona asegurada 8
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Diferencia en Nombre del Asegurado Nombre del asegurado
incompleto o escritos incorrectamente en la pliza en relacin al DPI
(Cdula de Vecindad), certificacin de nacimiento, u otro documento
de identificacin Verificar si los dems datos personales del
asegurado coinciden en los documentos Beneficiarios deben realizar
trmite notarial: Identificacin de Tercero. Trmite largo por el
proceso (testigos, edictos, actas notariales) Registro del mandato
o poder en el Registro de Mandatos del Archivo General de
Protocolos. El testimonio de escritura pblica debe ser presentada
ante el Renap para que se haga la anotacin respectiva en el libro
de nacimientos. Beneficiarios deben presentar testimonio de la
escritura pblica y nuevo certificado de nacimiento con la anotacin
de la modificacin del nombre. 9
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Inscripcin de la Defuncin (Cdigo Civil) Art. 405 (Lugar donde
debe inscribirse la defuncin) Toda defuncin que ocurra en la
Repblilca debe inscribirse en el Registro Civil (Renap) del lugar
donde la persona hubiere fallecido. Art. 420 Si alguno fallece
fuera del lugar de su domicilio, el registrador que recibe la
declaracin de muerte debe inscribirla y comunicarla (10 das) al
registrador del lugar del domicilio del fallecido para que sea
anotada en la partida de nacimiento. 10
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MUERTE PRESUNTA Cdigo Procesal Civil y Mercantil: Artculo 411.
(Solicitud). Pedida la declaracin de ausencia, 62 el juez, con
intervencin del Ministerio Pblico, mandar recibir informacin que
compruebe lo siguiente: lo. El hecho de la ausencia; 2o. La
circunstancia de no tener el ausente parientes, o mandatario con
facultades suficientes, ni tutor en caso de ser menor o
incapacitado; y 3o. El tiempo de la ausencia. Con la solicitud
debern acompasarse los documentos que conduzcan a probar los
extremos indicados en este artculo. 11
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(cont. Muerte presunta) Cdigo Civil: Artculo 63. Transcurridos
cinco aos desde que se decret la administracin por los parientes o
desde que se tuvo la ltima noticia del ausente, podr declararse la
muerte presunta de ste y, en tal caso, podrn sus herederos
testamentarios o legales, pedir la posesin de la herencia. Al final
del proceso, es un juez quien dictamina la muerte de la persona
Artculo 418 (Muerte Presunta) La sentencia que declare la presuncin
de muerte de una persona, ser inscrita en el Registro Civil del
domicilio del presunto muerto. 12
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ARTICULO 64. Podr asimismo declararse la muerte presunta: De la
persona que desaparece durante una guerra en que haya tomado parte
o se hubiere encontrado en la zona de operaciones, cuando haya
transcurrido un ao de terminada la guerra sin que se tenga noticias
de ella De la persona que se hubiere encontrado a bordo de un buque
nufrago, o al verificarse un accidente de aviacin, cuando haya
transcurrido un ao desde su desaparicin; y De la persona cuyo
cadver no haya sido encontrado y hubiere desaparecido por causa de
explosin, incendio, terremoto, derrumbe, inundacin u otro
siniestro. (cont. Muerte presunta) 13
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Revisin de datos consignados en la solicitud de seguro de vida
y en la cdula (DPI) o certificado de nacimiento. Nombres y
apellidos completos Edad Fecha de nacimiento Relacin con el
asegurado Proporcin a la que tiene derecho Objetivo principal:
Tener los elementos de prueba que respalden que la persona que
reclama del producto del seguro es la misa designada por el
asegurado en la solicitud original o en la ltima modificacin de
beneficiarios. 15
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Diferencias en Nombre de Beneficiario Nombre del beneficiario
incompleto o escritos incorrectamente en la designacin de
beneficiarios en relacin al DPI (Cdula de Vecindad) o certificacin
de nacimiento. Trmite notarial en el que a travs de una escritura
pblica se hace constar los nombres que se desean, con el respectivo
testimonio de la escritura: Identificacin de Persona Registro del
mandato o poder en el Registro de Mandatos del Archivo General de
Protocolos. 16
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(Cont. Ident. De Persona) Al concluir el trmite, el
beneficiario debe presentar: Testimonio de la escritura pblica de
la Identificacin de Persona Nueva certificacin de nacimiento con la
anotacin de las modificaciones en el nombre, dentro de los cuales
debe aparecer exactamente el que aparece en la pliza 17
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CUANDO UN BENEFICIARIO NO PUEDE ACTUAR PERSONALMENTE 1. El
beneficiario mayor de edad est fuera del pas, o encontrndose en el
pas designa a otra persona para el trmite del reclamo 2. El
beneficiario se encuentra fuera del pas 3. El beneficiario es menor
de edad 4. El beneficiario es mejor de edad 1. Quien ejerce patria
potestad no se encuentra en el pas o no puede actuar 5. El
beneficiario es menor de edad y los padres han fallecido. 18
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1. Beneficiario mayor de edad fuera del pas o no desea actuar
personalmente Debe solicitar un mandato que puede ser General con
representacin (*) Especial con representacin (*) General con
clausula especial General judicial con representacin y con clausula
especial En los mandatos deben indicar que son con representacin
porque as acreditan a los mandatarios. 19
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Mandato General con Representacin Artculo 1690 del Cdigo Civil
Es aquel que abarca todos los negocios o actos del mandante
(beneficiario) Con este tipo de mandato no es necesario que se
indique que el mandatario (representante del beneficiario) est
facultado para el cobro, solicitud de pliza, etc. 20
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Mandato Especial con Representacin Abarca uno o determinados
asuntos de el mandante (beneficiario) En este cas SI deben indicar
que se le otorgan facultadas especficas al mandatario
(representante) para poder Reclamar Solicitar informacin Suscribir
cualquier documento Recibir y/o cobrar el cheque Indicar
especficamentede qu pliza y aseguradora 21
Diapositiva 22
Poder Otorgado en el Extranjero (Artculo 1700 del Cdigo Civil)
ARTICULO 1700. Es vlido el poder otorgado en el extranjero con
sujecin a las formalidades externas prescritas por las leyes del
lugar en que se otorga; pero si para el acto o contrato, objeto del
poder, la ley de Guatemala exige facultad especial debe sujetarse a
lo dispuesto en sta 22
Diapositiva 23
Forma General de Acreditar el Mandato Deben presentar el
testimonio original de la escritura pblica en el que conste el
mandato el cual debe adjuntarse con la constancia o sellos de
inscripcin del registro de poderes de la Corte Suprema de Justicia
(Art. 66 del Cdigo de Notariado) Deben presentar una copia
adicional del mandato para luego confrontarla con el testimonio
original por personal de la aseguradora. Debe anotarse que se tuvo
a la vista el testimonio original y devolver el original 23
Diapositiva 24
2. Beneficiario menor de edad Si los padres estn casados, deben
actual CONJUNTAMENTE Si los padres no son casados, podr actuar el
padre que tenga en su poder al menor (Art. 252 del Cdigo Civil)
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Forma de acreditar la representacin legal del menor
Certificacin de nacimiento original extendida por el RENAP.
Certificacin de matrimonio en caso el menor sea beneficiario de
persona que no sea uno de sus padres. 25
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3. Beneficiario Menor de Edad y los Padres no Pueden Actuar por
estar Fuera del Pas o no Desean Actuar Personalmente Patria
potestad no puede cederse Padres, en forma conjunta o separados,
pueden otorgar Mandato Especial con Representacin a una tercera
persona para que acte en nombre de ellos Se debe acreditar el
mandato de la forma mencionada anteriormente. 26
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4. Beneficiario Menor de Edad y no Sujeto a la Patria Potestad
Ambos padres fallecidos Menor puede se representado a travs de una
tutela otorgada a determinada persona para actuar en nombre del
menor (Art. 293 del Cdigo Civil) Tutela se tramita por la va
notarial (con un notario) o judicial (ante un juez) 27
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Acreditacin de la tutela Certificacin original del auto de
declaracin de tutor y protutor extendida por el juzgado que conozca
el caso Certificacin de nacimiento con la anotacin de la tutora
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Diapositiva 29
(Cont. Ident. De Persona) Se presenta la documentacin en el
RENAP para el razonamiento en el libro de nacimientos Solicitar
certificado de nacimiento con la razn de la identificacin de
persona 29
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Certificado de Nacimiento 30
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DOCUMENTOS EMITIDOS EN EL EXTRANJERO Cuando un documento
proviene del extranjero, habiendo sido autorizado por un notario o
por una autoridad extranjera, y necesite hacerse valer en
Guatemala, debe sufrir los pases legales. Deben traducirse al
espaol por traductor jurado Certificacin del cnsul de Guatemala en
el pas de origen del documento Deben ser legalizados por el
Ministerio de Relaciones Exteriores 31
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Posteriormente debe procederse a la protocolizacin por un
Notario, cuando se trate de documentos que deban inscribirse en los
registros, compra ventas, mandatos, poderes, etc. Posterior a la
protocolarizacin: Aviso al Archivo General de Protocolos, dentro
del plazo de diez das, de cada protocolizacin, El notario expide el
Testimonio o Primer Testimonio para el interesado, en la razn final
que el impuesto fue cubierto en el documento original. Este
testimonio le servir para efectuar la inscripcin en los registros
respectivos, dependiendo del acto o contrato de que se trate.
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Anlisis General Causa de Fallecimiento Condiciones que dieron
origen Enfermedad Determinar tiempo de evolucin de la causa
principal Agudo Verificar declaracin de salud y tiempo de vigencia
Crnico Verificar declaracin de salud y tiempo de vigencia Descartar
declaracin inexacta Trauma Determinar causa real que provoc el
trauma Accidente Descartar intoxicacin por alcohol o drogas
Suicidio Vigencia y condiciones de la pliza Agresin Verificar
cobertura de MAD AgresinAutor de la agresin 34
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Aspectos a considerar Causa principal de muerte usualmente no
determina la causa base de la enfermedad del fallecido Causas b y c
deben ser causas que contribuyeron al fallecimiento Analizar datos
generales del fallecido con la informacin de la solicitud de la
pliza Entorno social Ocupacin Investigar si asegurado tena otros
seguros de vida y de salud 36
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Certificado de Defuncin nombre lugar No. cdula causas padres
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Ejemplo # 1 Causa: Herida perforante por contacto con arma de
fuego en la cabeza (boca) Investigar suicidio u homicidio 39
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Ejemplo # 2 1. Hemorragia cerebral 2. Hipertensin arterial 3.
Arterioesclerosis En vigencias menores a dos aos Descartar
declaracin inexacta u Omisin de informacin. 40
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Exencin del impuesto de papel sellado y timbres (Art. 10 Ley de
Seguros) Las personas aseguradas, en el ramo de vida, as como sus
beneficiarios, estn exentos del pago del impuesto de papel sellado
y timbres en los contratos y operaciones de seguros que realicen
con empresas aseguradoras autorizadas para operar en el pas. Pagos
de siniestros, prstamos con garanta de plizas, pago de sorteos,
dotales vencidas, rentas, rescates y cualquier otra forma de
liquidacin de plizas. 42
Diapositiva 43
Registro de informacin Datos relacionados al fallecido Causa
principal de defuncin Enfermedad Accidente Agresin Suicidio Fecha
de fallecimiento Diagnsticos Suma asegurada por beneficio (suma
asegurada bsica y por muerte accidental) Reservas: Monto reservado
Monto pagado Datos de los beneficiarios Nombres y apellidos No. De
identificacin Proporcin y monto a indemnizar Pagado o pendiente
Datos del tutor Nombres y apellidos No. de Identificacin En nombre
de quin acta Datos relacionados a la liquidacin Fecha de recepcin
de aviso Fecha de recepcin de documentacin (de ser posible llevar
bitcora) Fecha de liquidacin por cada beneficiario 43
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Emisin de pagos El documento de pago y el finiquito deben ser
emitidos con los nombres que aparecen consignados en la solicitud
de seguro de vida o en la solicitud de modificacin de beneficiarios
En el caso existir tutor o representante legal, se debe incluir
dentro del finiquito un texto en el cual el tutor o representante
legal recibe en nombre del beneficiario el producto del seguro,
consignando los datos del mismo 44