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higene
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INSTITUTO TECNOLOGICO
CURSO INTRODUCCION A LA
HIGIENE INDUSTRIAL
PREPARADO POR : JAMES RAMIREZ M.
CORREO ELECTRONICO. : [email protected]
CARTA FUNDAMENTAL
Artculo 19: La Constitucin asegura a todas las personas:
9 .- El derecho a la proteccin de la salud.
El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promocin, proteccin y recuperacin de la salud y de la rehabilitacin del individuo.
Le corresponder asimismo, la coordinacin y control de las acciones relacionadas con la salud.
Es deber preferente del Estado garantizar la ejecucin de las acciones de salud, sea que se presten a travs de instituciones pblicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podr establecer cotizaciones obligatorias.
CODIGO SANITARIO
LIBRO TERCERO
DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE
Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO
Ttulo I
NORMAS GENERALES
Art. 67. Corresponde al Servicio Nacional de Salud (ahora SEREMI de Salud) velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes en conformidad a las disposiciones del presente Cdigo y sus reglamentos.
Art. 68. Un reglamento contendr las normas sobre condiciones de saneamiento y seguridad de las ciudades, balnearios, campos y territorios mineros, as como los de todo sitio, edificio, vivienda, establecimiento, local o lugar de trabajo, cualquiera que sea la naturaleza de ellos
CODIGO SANITARIO (DFL 725)
LIBRO TERCERO
DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE
Y DE LOS LUGARES DE TRABAJO
Ttulo III
DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DE LOS LUGARES DE TRABAJO
Art. 82. El reglamento comprender normas como las que se refieren a:
a) las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias, instalaciones, materiales y
cualquier otro elemento, con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los obreros y empleados y de la poblacin en
general;
b) las medidas de proteccin sanitaria y de seguridad que deben adoptarse en la extraccin, elaboracin y manipulacin de
substancias producidas o utilizadas en los lugares en que se efecte trabajo humano;
c) las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los equipos de proteccin personal y la obligacin de su uso
DECRETO SUPREMO 594
T I T U L O I
Disposiciones Generales
Artculo 1 : El presente reglamento establece las condiciones sanitarias y ambientales bsicas que deber cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentacin especfica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales.
Establece, adems, los lmites permisibles de exposicin ambiental a agentes qumicos y agentes fsicos, y aquellos lmites de tolerancia
biolgica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.
Artculo 3 : La empresa est obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para
proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempean, sean stos dependientes directos suyos o lo sean de
terceros contratistas que realizan actividades para ella.
Definicin de Salud:
La Organizacin Mundial de la Salud ha definido a la salud como un estado de completo bienestar fsico, mental y social.
Definicin de Enfermedad Profesional:
Enfermedad profesional es, la adquirida por el trabajador como consecuencia de su propio trabajo. O mas sencillo an, como la defini Ramazzini en el ttulo de su obra: "Las enfermedades a que estn expuestos los trabajadores por razn de sus profesiones."
OBJETIVO HIGIENE INDUSTRIAL
Lograr que todos los trabajadores estn libres de Enfermedades Profesionales,
producidas por la manipulacin de ciertas sustancias o por estar expuestas a ellas o a otros agentes.
Definicin
Enfermedad Profesional: Definida por la Ley 16744, es aquella causada de una
manera directa por el ejercicio de la profesin o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte
Como se adquiere Una Enfermedad profesional ?
Las Enfermedades Profesionales pueden ser adquiridas por la Exposicin del Trabajador a ciertas sustancias que se encuentran en el ambiente y a las siguientes condiciones
TIPO DE AGENTE O SUSTANCIA
NIVEL DE CONCENTARCION EN EL AMBIENTE
TIEMPO DE EXPOSICION DEL TRABAJADOR
SUCEPTIBILIDAD INDIVIDUAL
Clasificacin de los Riesgos Ambientales
De acuerdo a la forma en que interactan con las personas, estos se clasifican en :
Riesgos Qumicos
Riesgos Fsicos
Riesgos Biolgicos
QUIMICOS
(MATERIA)
EN FORMA
MOLECULAR
GASES: no proceden de evaporacin
VAPORES: proceden de evaporacin
EN FORMA DE AGREGADOS MOLECULARES (AEROSOLES)
SOLIDOS
LIQUIDOS
POLVO: origen mecnico
HUMO: Origen trmico
NIEBLA
FISICOS
(ENERGIA)
MECANICOS
TERMICOS
ELECTROMAGNETICOS(RADIACIONES)
PRESION
RUIDO
VIBRACIONES
CALOR
FRIO
IONIZANTES
NO IONIZANTES
BIOLOGICOS (SERES VIVOS)- virus, bacterias, etc
PSICOSOCIALES - organizacin del trabajo, interrelaciones, etc
Sustancia qumica que, al ponerse en contacto con el organismo a
travs de la respiracin, ingestin o contacto drmico, puede
provocar enfermedad u otras alteraciones de salud en el curso de la
vida laboral, en un perodo posterior a la misma o en la
descendencia.
Sustancia Nociva
Toxicidad Aguda
Cuando es letal en bajas dosis en seres humanos. (Ej.
nuseas, dolores de cabeza, contracciones estomacales,
convulsiones, coma o muerte)
Toxicidad Crnica
Cuando presenta daos en el organismo en el largo plazo. (Ej. efectos
txicos acumulativos, carcinognicos, mutagnicos o teratognicos en
seres humanos)
Exposicin Contacto de la sustancia nociva con el
organismo (Concentracin en el aire)
Concentracin Letal 50 (CL50):
Concentracin de vapor, niebla o polvo que, administrado por
inhalacin continua durante una hora a un grupo de ratas albinas
adultas jvenes, machos y hembras , causa con la mxima probabilidad,
en el plazo de 14 das, la muerte de la mitad de los animales del grupo.
Dosis Letal 50 (DL50):
concentracin de la sustancia que, administrada a un grupo de ratas
albinas adultas jvenes, machos y hembras , causa con la mxima
probabilidad, en el plazo de 14 das, la muerte de la mitad de los
animales del grupo.
Toxicidad Extrnseca:
Una sustancia o residuo tendr la caracterstica de toxicidad extrnseca
cuando su eliminacin pueda dar origen a una o ms sustancias txicas
agudas o txicas crnicas en concentraciones que pongan en riesgo la
salud de la poblacin
ndice
toxicomtrico
Clase de toxicidad
1 2 3
DL50 oral (mg/kg) < 25 25 a 200 > 200
DL50 cutnea (mg/kg) < 50 50 a 400 > 400
CL50 en el aire (mg/L) < 0,5 0,5 a 2 > 2
Co
nta
min
aci
n a
mb
ien
tal o
cu
pa
cio
na
l sustancias nocivas
Vas de entrada al organismo
Inhalatoria Digestiva
Drmica
Co
nta
min
aci
n a
mb
ien
tal o
cu
pa
cio
na
l sustancias nocivas
Vas de entrada al organismo
Co
nta
min
aci
n a
mb
ien
tal o
cu
pa
cio
na
l sustancias nocivas
Vas de eliminacin
Uas
Aire exhalado
Heces fecales
Sudor
Orina
Pelo
Lmite Permisible Ponderado si supera las 48 horas semanales se multiplica
por factor Fj:
48 168 h Fj = ---- x -----------
h 120
Lmite Permisible Absoluto cuando los lugares de trabajo se encuentran a
una altura superior a 1.000 metros sobre el nivel del mar :
P
Fa = --------
760
Lmite Permisible
CALIFICACION DE SUSTANCIAS:
''A.1'' son comprobadamente cancergenas para el ser humano.
''A.2'' son sospechosas de ser cancergenas para el ser humano.
''A.3'' no se ha demostrado que sean cancergenas para seres humanos pero s lo son para animales de laboratorio.
''A.4'' se encuentran en estudio pero no se dispone an de informacin vlida que permita clasificarlas como cancergenas para el ser humano o
para animales de laboratorio.
Indicador Biolgico:
Trmino genrico que identifica al agente y/o sus metabolitos,
o los efectos provocados por los agentes en el organismo.
Lmite de Tolerancia Biolgica:
Cantidad mxima permisible en el trabajador de un
compuesto qumico o de sus metabolitos, as como la
desviacin mxima permisible de la norma de un parmetro
biolgico inducido por estas substancias en los seres
humanos. Ejemplo:
AGENTE
QUIMICO
INIDICADOR
BIOLOGICO
MUESTRA
Plomo Plomo
Ac. DELTA AMINOLE VULINICO
(ALA)
Protoporfirinas Zinc
Sangre
Orina
Sangre
Proceso Lesivo
Interacciones negativas que se dan en el proceso laboral por factores
cuya presencia puede ocasionar dao o perjuicios de ndole y
magnitud diversa a cualesquiera de sus elementos, sea en el mbito
laboral o extralaboral.
Atendiendo a la interrelacin hombre-trabajo-salud los factores pueden
clasificarse en 5 grupos:
Microclima de trabajo. Contaminantes del ambiente. Carga de trabajo Psicosociales Condiciones de seguridad
Microclima de trabajo
Ambiente luminoso Presin atmosfrica Ambiente trmico
Contaminantes del ambiente.
Fsicos: Ambiente sonoro, Vibraciones, Radiaciones ionizantes y no ionizantes
Qumicos: Composicin: inorgnicos y orgnicos.
Estado fsico: Gases, vapores, aerosoles,
humos, polvos, lquidos y slidos.
Biolgicos: Microorganismos (bacterias, virus, hongos). Parsitos. Tejidos. Fauna
domstica y salvaje. Flora
Proceso Lesivo
Carga de trabajo
Fsica: Demandas metablicas
Demandas de trabajo muscular esttico y dinmico: Posturas
y movimientos
Manipulacin de carga
Fuerza
Mental: Demandas cognitivas: Atencin y Memoria
Habilidad y destreza
Motivacin
Proceso Lesivo
Psicosociales
Control excesivo o falta de control
Deficiente aprovechamiento de capacidades: sobrecarga, poca carga.
Trabajo por turnos, nocturnidad, jornada extendida.
Trabajo precario. Repetitividad.
Capacitacin
Conflictos de autoridad y de relaciones humanas
Salarios bajos
Inseguridad social y laboral
Violencia y acoso moral
Proceso Lesivo
Condiciones de Seguridad
Estado fsico de las instalaciones incluidas las elctricas.
Estado y manejo de las mquinas y herramientas.
Del uso y manipulacin de sustancias o materias primas potencialmente dainas.
Vestuario y EPP
Saneamiento bsico, manejo y control de residuales contaminantes. Disposicin de desechos.
Estado y conservacin de las reas sociales del centro laboral: reas de elaboracin alimentos, comedores y cafeteras (control higinico-sanitario de
manipuladores); reas de aseo y de descanso.
Proceso Lesivo
PROCESOS PROTECTORES
Esenciales o Bsicos
Polticas y Disposiciones Legales
Sistema de Gestin en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST): Patrn Metodolgico OHSAS 18000
Gestin Ambiental
Especficos o Subsidiarios
Normas y Reglamentos
Programas de Prevencin y Control de los Procesos Lesivos
Programas de Vigilancia Epidemiolgica
Programa de Seguridad Biolgica
Desarrollo de los Servicios de Salud Ocupacional
Programas de Formacin-Entrenamiento de Recursos Humanos
Programa de Atencin a la Salud del Trabajador
PROCESOS PROTECTORES
Lograr un entorno laboral saludable debe constituir prioridad para las organizaciones.
La Seguridad y Salud en el Trabajo tiene el propsito de crear las condiciones para que el trabajador pueda desarrollar su labor eficientemente y sin riesgos, evitando sucesos y daos que puedan afectar su salud e integridad, el patrimonio de la entidad y el medio ambiente, y propiciando as la elevacin de la calidad de vida del trabajador y su familia y la estabilidad social.
Fin Parte I Gracias
James Ramrez M.
Ing. Forestal Experto en Prevencin de Riesgos
Licenciado en Gestin Ambiental
Ing. Civil Industrial (c)