36
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS. 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. Es objeto del contrato la prestación del Servicio de Limpieza de los Colegios Públicos y de todas las Dependencias y Edificios Municipales existentes en Carboneras, que seguidamente y de forma no exhaustiva se relacionan y las que pudieran incorporarse durante la duración del contrato, bien por cambio de domicilio de dependencias, traslado de las mismas (se hace mención expresa del cambio de dependencias del Cuartel de la Policía Local, que presumiblemente se realizará durante la vigencia del presente contrato, dicho traslado, queda incluido en este contrato sin que ello suponga coste económico adicional al Ayuntamiento de Carboneras)…, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas. En relación a los centros educativos, en virtud de lo establecido en la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, la limpieza de estos edificios se seguirá prestando a cuenta del Ayuntamiento, hasta que la Junta de Andalucía desarrolle lo dispuesto en la Disposición Adicional decimoquinta de la citada Ley, momento a partir del cual se hará cargo la Comunidad Autónoma de los gastos derivados de los servicios de limpieza de estos centros escolares, lo que determinará un ajuste proporcional en el precio objeto del contrato que se firme con la empresa adjudicataria. Página 1 de 36

1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

  • Upload
    others

  • View
    3

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.

Es objeto del contrato la prestación del Servicio de Limpieza de los Colegios Públicos y de todas las Dependencias y Edificios Municipales existentes en Carboneras, que seguidamente y de forma no exhaustiva se relacionan y las que pudieran incorporarse durante la duración del contrato, bien por cambio de domicilio de dependencias, traslado de las mismas (se hace mención expresa del cambio de dependencias del Cuartel de la Policía Local, que presumiblemente se realizará durante la vigencia del presente contrato, dicho traslado, queda incluido en este contrato sin que ello suponga coste económico adicional al Ayuntamiento de Carboneras)…, conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas.

En relación a los centros educativos, en virtud de lo establecido en la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, la limpieza de estos edificios se seguirá prestando a cuenta del Ayuntamiento, hasta que la Junta de Andalucía desarrolle lo dispuesto en la Disposición Adicional decimoquinta de la citada Ley, momento a partir del cual se hará cargo la Comunidad Autónoma de los gastos derivados de los servicios de limpieza de estos centros escolares, lo que determinará un ajuste proporcional en el precio objeto del contrato que se firme con la empresa adjudicataria.

Página 1 de 36

Page 2: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.Las obligaciones que dimanan de este contrato deberán realizarse por la empresa adjudicataria a su riesgo y ventura, sin recibir otra contraprestación que el precio que resulte en la adjudicación correspondiente.

El contratista deberá prestar el servicio de limpieza en los Edificios, Instalaciones Municipales y Centros Escolares enumerados anteriormente y en todas y cada una de las dependencias existentes en dichos centros en el momento del contrato. En particular:

-Aulas, entrada, escaleras, pasillos, despachos y dependencias análogas. -Lavabos, vestuarios, aseos, baños y duchas. -Gimnasios, bibliotecas, laboratorios talleres, bares, salones de actos. -Patios interiores y exteriores de recreo, práctica de deportes y cualesquiera otros. -Y cualquier otra dependencia adscrita a los servicios de los edificios e instalaciones municipales (permanentes o temporales) así como en colegios y centros educativos cuya explotación no esté encomendada a un tercero.

El contratista quedará obligado igualmente a efectuar las limpiezas de carácter extraordinario que se precisen con motivo de la realización de obras de pequeñas reformas, pintura total o parcial del edificio o edificios que compongan el objeto del contrato así como cualquier actividad que se precise (actuaciones culturales, festivos, electorales, etc.)

Clasificación según CNAE:- Sección N. Actividades Administrativas y Servicios Auxiliares.- División 81. Servicios a edificios y actividades de jardinería.- Grupo 81.2. Actividades de limpieza.- Clase 81.21. Limpieza general de edificios.- Clase 81.22. Otras actividades de limpieza industrial y de edificios.

Códigos CPV:- 90910000-9. Servicios de limpieza.- 90911200-8. Servicios de limpieza de edificios.- 90911300-9. Servicios de limpieza de ventanas.- 90919000-2. Servicios de limpieza de oficinas, escuelas y equipo de oficina.

Códigos CPA:- 81.21.10 Servicios de limpieza general de edificios.- 81.22.11 Servicios de limpieza de ventanas.

El servicio está encuadrado dentro de la categoría 14 del anexo II del TRLCSP (Servicios de limpieza de edificios y servicios de administración de bienes raíces).

El presente contrato, sujeto a regulación armonizada y siendo susceptible de recurso especial en materia de contratación, se adjudicará mediante procedimiento abierto a la oferta que resulte económicamente más ventajosa para el Ayuntamiento sin atender exclusivamente al precio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 150 y 157 a 161 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP).

2.-NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.

Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirán por lo establecido en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y para lo no previsto en los mismos, será de aplicación el TRLCSP y el Real Decreto 1098/2001, de

Página 2 de 36

Page 3: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo; Ley 7/1985, de 2 de abril; por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y cuanta otra normativa resulte de aplicación.

El presente pliego, junto con el de Prescripciones Técnicas revestirá carácter contractual. En caso de discrepancia entre el presente Pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales prevalecerá el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas Particulares.

El órgano de contratación al que corresponde la competencia para este contrato es la Junta de Gobierno Local por delegación de la competencia mediante Decreto de Alcaldía de fecha 22 de junio de 2015, del que se dio cuenta al Pleno en sesión celebrada el 29 de junio de 2015.

3.-FINANCIACION DEL SERVICIO.

Existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento de este contrato durante el presente ejercicio económico en la siguiente aplicación presupuestaria de estado de Gastos:

A070.92000.22700 LIMPIEZA EDIFICIOS MUNICIPALES

Debiendo consignarse en futuros ejercicios el importe necesario para hacer frente a los pagos derivados del mismo.

4.-PRECIO.

El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo como precio ofertado por la empresa licitadora que resulte adjudicataria.

En cualquier caso se entenderá que en las ofertas que se presenten estarán incluidos todos los gastos que la empresa adjudicataria deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, transportes, dietas y desplazamientos, honorarios de personal técnico, comprobaciones y ensayos, tasas, visados, emisión de certificados y toda clase de tributos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

5.-PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (o Tipo de Licitación), VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. ANUALIDADES

Presupuesto Base de Licitación.-Teniendo en cuenta la duración establecida en la Cláusula 8 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el presupuesto base de licitación total asciende a la cantidad de OCHOCIENTOS VENTICINCO MIL Euros (825.000,00 €), que aplicado el 21% del IVA que asciende a la cantidad de CIENTO SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Euros (173.250,00 €), hace un total de NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (998.250,00 €).

Página 3 de 36

Page 4: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.Valor estimado del contrato.-De conformidad con lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP, y teniendo en cuenta lo establecido en la Cláusula 8 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, (teniendo en cuenta las posibles prórrogas (1+1+1)) el valor estimado del contrato asciende a la cantidad de UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (1.650.000,00 Euros) (IVA no incluido).

Anualidades.-

Dado que la duración del contrato se establece en 3 años, las anualidades se asignarán de la siguiente forma:

Anualidad Corriente año 2.017.- La parte proporcional correspondiente a los días restantes para finalizar el año 2017 desde el día de inicio efectivo del contrato por el Adjudicatario respecto de la cantidad de 249.372,00 euros (IVA Incluido) correspondientes a la partida presupuestaria del año 2017.

Anualidad 2.018.- 332.750,00 (IVA Incluido) Anualidad 2.019.- 332.750,00 (IVA Incluido) Anualidad 2.020 (Si fuese la de finalización del contrato ó anualidad de

finalización del contrato prorrogado).- La parte restante del contrato. Anualidad prorrogada.- 332.750,00 (IVA Incluido)

Las anualidades se ajustarán en relación a las anualidades expresadas anteriormente de forma proporcional respecto de la oferta económica del Adjudicatario.

6.-PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

Los servicios objeto de esta contratación correspondiente a cada anualidad se abonarán con carácter mensual por este Ayuntamiento, una vez realizado el servicio, previa la presentación de la correspondiente factura, visada y conformada por la persona responsable del control y supervisión del servicio y aprobada por esta Administración Municipal.

La presentación de las facturas por importe superior a 5.000 euros (impuestos incluidos) se realizará de forma individualizada a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de las Administración del Estado ( FACE ) disponible en la dirección: “ https://face.gob.es/ ”.

La presentación de facturas por dicha vía telemática tendrá los mismos efectos que los que se derivarían de la presentación de las mismas en el Registro Administración (todo ello de conformidad con lo prevenido por la Ley 25/2013 de 27 de Diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de las Facturas en el Sector Público). Los códigos DIR3 de éste Ayuntamiento, de acuerdo con su estructura organizativa,

Ayuntamiento de Carboneras Plaza del Castillo, 1,. 04140 Carboneras (Almería) Tfno. 950 454238 Fax: 950 130708 a efectos de su remisión son:

Código de la oficina contable: L01040329 Código del órgano gestor: L01040329 Código de la Unidad de tramitación: L01040329

7.-REVISIÓN DE PRECIOS.

No procede revisión de precios.

Página 4 de 36

Page 5: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

8.-DURACIÓN DEL CONTRATO.

El plazo de duración inicial del contrato será de tres años, desde la fecha que se consigne en el correspondiente documento administrativo en el que se formalice, prorrogable por anualidades (1+1+1); la prórroga se acordará por el órgano de contratación, deberá ser comunicada de forma expresa y será obligatoria para el contratista, salvo denuncia expresa por éste, con una antelación mínima de tres meses a su vencimiento. La duración total del contrato, incluidas sus posibles prórrogas (1+1+1), no puede exceder de seis años.

Se establece un periodo de prueba de tres meses desde el inicio del servicio, transcurridos los cuales podrá resolverse el contrato por defectuosa o insuficiente prestación del mismo. Transcurrido este periodo y en caso de ser superado se entenderá definitivo el contrato y por el plazo señalado en el párrafo anterior.

Transcurrido el plazo de vigencia, quedará automáticamente terminado el contrato, igualmente, finalizará el contrato si no existiese comunicación de prórroga ó se cumpla la sexta anualidad. No obstante, la empresa contratista estará obligada, en todo caso previa comunicación por este Ayuntamiento en tal sentido, a continuar con la ejecución de la prestación del servicio hasta que tras la celebración de un nuevo proceso de contratación, la nueva empresa adjudicataria se haga cargo del mismo.

Al finalizar el plazo contractual conforme al apartado anterior, el servicio revertirá al Ayuntamiento, debiendo el contratista entregar las instalaciones y maquinaria afecta al servicio (de conformidad con los términos de la propuesta, en el estado de conservación y de funcionamiento adecuados a su fin. A tal fin, con una antelación de dos meses a la finalización del contrato, la Alcaldía adoptará y ordenará las medidas necesarias a su cumplimiento. Ello sin perjuicio de lo establecido en este Pliego.

Las anualidades se distribuirán según la Cláusula 5.

9.-OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES. –

La empresa contratista está obligada al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, y de prevención de riesgos laborales.

No existirá relación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de Carboneras, por cuanto aquel queda expresamente sometido al poder discrecional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones resulten aplicables al caso. En ningún caso podrá la empresa contratista organizar las prestaciones objeto de contratación como una unidad productiva con sustantividad propia o como un centro de trabajo autónomo.

El personal que la empresa adjudicataria destine a la prestación de este servicio deberá estar dado de alta en la Seguridad Social y tener la cualificación necesaria para su realización. Con carácter trimestral la empresa contratista deberá presentar en el Servicio Municipal encargado del control de la ejecución del contrato certificado expedido por el órgano competente de estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social de ese

Página 5 de 36

Page 6: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.personal.

Igualmente la empresa adjudicataria deberá respetar las condiciones laborales, económicas y sociales reguladas en el Convenio Colectivo correspondiente al sector, así como aquellos otros acuerdos laborales, económicos y sociales que fuesen eficaces en virtud de las disposiciones del referido Convenio Colectivo.

Será la empresa contratista la que responda única y exclusivamente de cuanto pueda derivarse de los conflictos individuales y colectivos que mantenga con el personal a su servicio que desarrolle su actividad en el ámbito del presente contrato.

La empresa contratista designará una persona que actuará como su representante ante esta Administración.

Con carácter previo al inicio de la prestación objeto del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar listado de trabajadores que adscribirá a su ejecución, con el documento justificativo de su afiliación a la Seguridad Social. La misma obligación le incumbe en el caso de cambios en dicho personal durante la vigencia del contrato. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

La sanción que pudiera corresponder con motivo del incumplimiento por parte de la empresa contratista de dicha obligación se le repercutirá por esta Administración para que proceda a su abono, haciéndose efectiva en su caso mediante deducción de los pagos que el Ayuntamiento tenga pendientes de abonar a la empresa contratista, o si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, contra la garantía definitiva, todo ello sin perjuicio del expediente que por tal incumplimiento corresponda.

La empresa adjudicataria reconoce expresamente, mediante la suscripción del contrato, que el personal que actualmente realiza el servicio es suficiente para el desarrollo del mismo. Respecto a la subrogación del personal, se estará a lo dispuesto en la cláusula 32 del presente pliego.

Así, para el caso de que por la empresa adjudicataria se realizaran, durante el periodo de prestación del servicio, contrataciones de nuevo personal que no fueran por razón del mismo, estos nuevos trabajadores estarán vinculados laboralmente solo con ella, y en ningún caso con la Corporación contratante, así como tampoco a la finalización del periodo concesional, al tratarse de un servicio determinado que presta a su cargo independiente del Ayuntamiento.

A la extinción del presente contrato de servicios no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento.

10.-SUSTITUCIONES.

Las sustituciones de personal necesarias para mantener el servicio en las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas serán a cargo de la empresa adjudicataria. Las sustituciones deberán ser sometidas previamente a aprobación por el

Página 6 de 36

Page 7: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.Ayuntamiento de Carboneras.

Las sustituciones, lo serán de forma automática antes de 48 horas de la baja del trabajador que determine la necesidad de la sustitución.

11.-CAPACIDAD PARA CONTRATAR. –

Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten la correspondiente clasificación de empresa, y no estén afectadas por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del TRLCSP como prohibitivas para contratar.

Las referidas empresas deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.

Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias si las prestaciones del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.

La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escritura Pública hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante o apoderado único.

12.-GARANTÍA PROVISIONAL.

No se exige su constitución, de conformidad con lo establecido en el articulo 103 del TRLCSP.

13.-GARANTÍA DEFINITIVA.

La garantía definitiva será del 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, calculado en función a su plazo de duración inicial (tres años), y podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP.

La empresa licitadora que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la constitución de la garantía definitiva. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, procediéndose en ese caso de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 151.2 del TRLCSP.

La garantía definitiva será devuelta a la empresa adjudicataria, a la finalización de la vigencia del presente contrato, previa tramitación del oportuno expediente al efecto, a instancia de la empresa contratista, y emitido informe favorable acerca de la correcta ejecución del servicio por parte de los Servicios Técnicos Municipales que correspondan.

Página 7 de 36

Page 8: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.14.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN. –

14.1.- Requisitos.

Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares y su presentación supone la aceptación incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.

Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública.

Cada licitador únicamente podrá presentar una sola oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal.

La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.

Tampoco se considerarán las distintas ofertas que se formulen individualmente por sociedades pertenecientes a un mismo grupo.

14.2. Lugar y plazo de presentación.-El plazo de presentación de proposiciones, que se señalará en los anuncios de licitación que se publiquen en los Diarios Oficiales correspondientes y en el perfil de contratante de la página web municipal será, de cincuenta y dos días naturales contados a partir de la fecha del envió del anuncio de licitación al Diario Oficial de la Unión Europea. Las proposiciones se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos, hasta las 14:00 h. del día que se señale en los anuncios de licitación que se publiquen en los distintos Diarios Oficiales.

LUGAR: Los sobres se presentarán en la siguiente dirección:

Casa Consistorial/ Ayuntamiento de Carboneras.

En atención al Área de Secretaría/ Contratación.

Plaza Castillo, 1, 04140, de Carboneras (Almería)

En el Perfil del Contratante de la Corporación se podrá publicar, asimismo, cualquier otro dato e información referente a la actividad contractual. En todo caso, se publicará la adjudicación del contrato. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el art. 53 de la LCSP.

El acceso al Perfil del Contratante de la Corporación se realizará a través de las siguientes direcciones:

- La página web del Ayuntamiento de Carboneras:

http://www.ayuntamientocarboneras.es/perfil-del-contratante

Durante el indicado plazo y horario también podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha y hora de imposición del envio en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por FAX o correo electrónico, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. A estos efectos sólo se tendrán como válidamente presentadas aquellas proposiciones cuyo anuncio al Órgano de Contratación se realice al fax

Página 8 de 36

Page 9: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.o la dirección de correo electrónico que figuren en el anuncio de licitación; asimismo en la referida comunicación deberán figurar la denominación de la entidad licitante, CIF, dirección postal y teléfono y fax de contacto.

No obstante, transcurridos 10 días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.

El Registro General de Entrada de Documentos acreditará la recepción de la referida comunicación con indicación del día de su expedición y recepción, en el Libro de Registro correspondiente.

La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por la empresa del contenido de la totalidad de las cláusulas administrativas y técnicas sin salvedad alguna.

14.3. Formalidades.-Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la entidad licitante el título de la licitación. En cada uno de los sobres, denominados A, B y C se hará constar el contenido (en la forma que se indicará).

Toda la documentación se presentará en castellano, por lo que aquellos documentos que vengan redactados en otra lengua distinta a ésta deberán presentarse traducidos de forma oficial al castellano.

En ningún caso dentro de los sobres denominados "A" o "B" podrán incluirse referencias o anotaciones sobre aspectos que deban ser evaluados mediante fórmulas o de modo automático. El incumplimiento de este requisito supondrá la exclusión de la oferta.

A) Sobre "A", denominado “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”, expresará la inscripción de; "Documentación Administrativa para tomar parte en la licitación para la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS-2.017”, y contendrá la siguientes documentación:

1.-Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:

a) Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, y Escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional debidamente inscrito en el Registro público que corresponda, y D.N.I. de la persona que ostente la representación pública administrativa cuando el empresario fuera persona jurídica. Los documentos se entregaran mediante copia compulsada ó autenticada.

b) Poder declarado bastante al efecto por la Secretaría de este Ayuntamiento, cuando se actúe por representación. Deberá venir acompañado de declaración responsable de la empresa licitadora haciendo constar que el poder se encuentra plenamente vigente a fecha de la convocatoria. La declaración deberá realizarse conforme al modelo que figura en el anexo VII de este Pliego.

c) En caso de concurrir a la licitación varias empresas constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los

Página 9 de 36

Page 10: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración. (Anexo III y VIII)

La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea se acreditará mediante la inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en función de los diferentes contratos.

La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente u Oficina Consular del lugar en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, conforme a las formalidades exigidas por el artículo 10 del Reglamento General de Contrates de las Administraciones Públicas, de 12 de octubre de 2001.

2.-Declaración responsable de la empresa licitadora haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP y que está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, referida a la fecha de la convocatoria. Se adjunta modelo en el Anexo II y IV.

3.-Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a los Tribunales y Juzgados españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero judicial que pudiera corresponder a la empresa licitante.

4.-Certificado de clasificación de empresa, expedida por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, que para la presente licitación es la siguiente:

Grupo U -Subgrupo 1 -Categoría B)

Deberá venir acompañado de declaración responsable suscrita por la empresa licitadora haciendo constar que la clasificación se encuentra plenamente vigente a fecha de la convocatoria.

En el supuesto de que no se presente la clasificación, el licitador deberá aportar la siguiente documentación:

* Solvencia Técnica: Se presentaran los siguientes documentos:a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos

cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado, en servicios de igual o similar naturaleza

Página 10 de 36

Page 11: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación, si el contrato estuviera encuadrado en alguno de los establecidos en este reglamento, y en caso contrario la igualdad entre los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, será como mínimo el del valor estimado del presente contrato. Los certificados de buena ejecución de los servicios incluidos en la relación cuyo destinatario fue una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios.

b) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.

* Solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por la presentación de:

a) Volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos de cuatrocientos mil euros (400.000,00€).

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

5..-Declaración responsable de la empresa licitadora de adscribir los medios personales y materiales necesarios para la ejecución del contrato descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

6.- Justificante de la existencia ó compromiso de suscripción de póliza de seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros y de indemnización por riesgos profesionales por importe mínimo de 400.000,00 € y compromiso del ofertante de mantener el seguro en vigor hasta la finalización del período de garantía, o en su caso copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil ya suscrita, acompañada de copia del último recibo abonado acreditativo de la vigencia de la póliza.

7.-Declaración responsable de la empresa licitadora haciendo constar que la empresa dispone de una organización preventiva y está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa vigente de Prevención de Riesgos Laborales (Plan de prevención, formación e información, vigilancia de la salud,...), referida a la fecha de la convocatoria.

8.-Escrito firmado y sellado por la empresa licitadora, según el Anexo VI en el que conste la dirección de correo electrónico, el número de teléfono, fax y nombre y apellidos de la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos que sea preciso realizar durante el procedimiento licitatorio. Sobre la dirección de correo electrónico dada, se llevará a cabo la notificación electrónica de cualquier acto ( de trámite o definitivo) relacionado con el presente expediente, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos

9. -Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre (que deberá colocarse al inicio de los contenidos del sobre a modo de índice).

Página 11 de 36

Page 12: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.Todos los documentos relacionados anteriormente deberán ser presentados mediante originales o por fotocopias debidamente compulsadas.

La no presentación de los documentos relacionados en el punto 1 determinará la exclusión de la empresa licitadora.

B) Sobre "B", denominado “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”, incluirá la documentación relativa al criterio de adjudicación ponderable en función de un juicio de valor y expresará la inscripción de: "Documentación técnica para la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS-2.017”, y comprenderá los siguientes documentos que se presentarán en formato papel y también en formato digital (PDF y WORD):

1.- Programa de Trabajo: con memoria descriptiva y justificativa del proyecto de prestación del servicio de limpieza, que incluirá, como mínimo, los siguientes apartados:

1.1 Organización del servicio, incluyendo la relación de personal que adscribirá al servicio, número total de trabajadores, categorías y funciones por centros y dependencias, así como la justificación y cobertura de vacaciones (de acuerdo con relación de personal que figura en el Anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas). Se definirá la planificación del servicio, plan de emergencia, servicio de urgencias,…actuación en caso de necesidad urgente, ….

1.2 Relación detallada de maquinaria y vehículos que adscribirá al servicio, con detalle de su cuantía, destino, características físicas, marca, modelo y potencia.

1.3 Relación detallada de materiales y consumibles de limpieza, cuantos productos fungibles empleará para la realización de trabajos de limpieza.

1.4 Características básicas de los uniformes y equipos complementarios del personal.

1.5. Plan de limpieza adaptado a la oferta establecida por la empresa licitadora, atendiendo a la relación de edificios e instalaciones que figuran en el presente pliego (cláusula 1) y en el Anexo II del Pliego de Prescripciones Técnicas. Los licitadores, realizaran además una descripción de cada centro o dependencia de forma que quede acreditado el conocimiento del entorno de trabajo de cada uno de ellos, aportando reportaje fotográfico de cada centro (máximo de 6 fotografías por centro). Especificando este plan de limpieza por cada centro de trabajo indicando tareas de limpieza, frecuencias, programación de tareas, número de horas semanales, programación temporal (periodos de limpieza), número de operarios designados por centro, medios adscritos…. En la planificación, se realizará, por centro o dependencia, el cuadro de frecuencias diarias, semanales, quincenales, mensuales, bimensuales, trimestrales, semestrales y anuales de los distintos servicios, que en ningún caso podrá ser inferior al especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Se indicarán los medios humanos asignados a los trabajos de frecuencias iguales o superiores a una mensualidad (no podrán, ser los trabajadores subrogados, los cuales se responsabilizan de limpiezas diarias, semanales y quincenales)

1.6. Descripción de todas las operaciones de limpieza, especificando el método ó procedimiento a emplear, personal que haya de realizarlo y maquinaria, utillaje y material a utilizar.

En caso de discrepancias entre la propuesta presentada en formato papel y la presentada en formato digital prevalecerá lo que figure en la primera de ellas.

Página 12 de 36

Page 13: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

Solo se incluirá en este sobre la propuesta técnica referida al criterio para cuya valoración es preciso un juicio de valor. La inclusión en este sobre de cualquier aspecto de la oferta que sea evaluable de modo automático o mediante fórmulas, supondrá la exclusión de la oferta.

C) Sobre "C", denominado “proposición económica y mejoras”. Deberá tener la siguiente inscripción: "Proposición económica y mejoras para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento de Carboneras para la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS-2.017", y contendrá la proposición económica que se ajustará al modelo contenido en Anexo VI del presente Pliego, la cual deberá venir sin enmiendas, tachaduras ni raspaduras y debidamente firmada y sellada por la empresa licitadora, la falta de tal requisito conllevará el rechazo de la proposición presentada; la cantidad ofertada se expresará en número y letra, en caso de duda prevalecerá la escrita en letra sobre los números, indicando, como partida independiente, el importe del I.V.A.

En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

Cada empresa licitadora únicamente podrá presentar una sola proposición. La presentación de más de una proposición dará lugar a la exclusión del proceso de licitación.

Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.

Se incluirá igualmente en este sobre la relación de mejoras ofertadas sin cargo al contrato propuestas por la empresa licitadora conforme al criterio de adjudicación establecido en el apartado 15.3 del presente Pliego.

15.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

Los criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato serán los siguientes:

15.1.-Criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas matemáticas, hasta un máximo de 70 puntos, con el siguiente desglose:

15.1.1.- Oferta económica, hasta un máximo de 60 puntos. Se valorará con 60 puntos la oferta más baja de las recibidas y que cumpla todas las

condiciones del Pliego de Prescripciones Técnicas y no incurra en baja temeraria, valorándose las demás ofertas proporcionalmente a la relación entre el precio menor y el precio de éstas, de acuerdo con la siguiente expresión: V= 60 Pm/P

V = Valor de los puntos de la oferta. P= Precio de la oferta en Euros. Pm = Precio de la oferta más baja, en Euros. Para considerar desproporcionada o temeraria alguna proposición se estará a lo

dispuesto en el art. 85 del RGLCAP.

15.1.2.- Bolsa de horas de limpieza adicionales a las indicadas en el apartado 2.11 del Pliego de Prescripciones Técnicas sin cargo al contrato para trabajos extraordinarios,

Página 13 de 36

Page 14: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.hasta un máximo de 10 puntos. La puntuación se asignará de forma proporcional a la propuesta de bolsa de horas anuales, asignando la mayor puntuación a la mayor bolsa de horas ofertada y el resto de forma proporcional, mediante una regla de tres simple.

Las horas ofertadas lo serán de forma indistinta a la categoría profesional del personal que deba ejecutarla e incluirán todos los medios auxiliares, maquinaria, materiales etc . que sean necesarias para la realización de los trabajos demandados, los cuales tendrán relación siempre con el objeto del contrato.

El licitador, junto a la bolsa de horas ofertada, reflejará el coste unitario de la hora ofertada (IVA excluido), el cual se mantendrá durante la vigencia del contrato, incluida sus prórrogas, de forma que el Ayuntamiento de Carboneras, pueda contratar horas extraordinarias en caso de necesidad o urgencia, si esta bolsa de horas se hubiese agotado.

No se considerará la oferta de bolsa de horas que tenga un volumen ofertado de horas cuyo coste al precio unitario referido por el Licitador en su proposición económica, supere el 10% de su oferta económica (IVA Excluido), siendo puntuada esta oferta con cero puntos.

15.2.-Criterios dependientes de un juicio de valor,

Se valorará el Proyecto de Trabajo con la Memoria descriptiva y justificativa del proyecto de prestación del servicio, hasta un máximo de 25 puntos, repartidos de la siguiente forma:

# Organización del servicio. Punto 1.1 Sobre B. Valorado hasta un máximo de 6 puntos.

# Relación detallada de maquinaria y vehículos Punto 1.2 Sobre B. Valorado hasta un máximo de 1 punto.

# Relación detallada de materiales y consumibles de limpieza, Punto 1.3 Sobre B. Valorado hasta un máximo de 1 punto.

# Uniformidad y equipos del personal Punto 1.4 Sobre B. Valorado hasta un máximo de 2 puntos.

# Plan de limpieza Punto 1.5 Sobre B. Valorado hasta un máximo de 12 puntos.

# Descripción de todas las operaciones de limpieza, Punto 1.6 Sobre B. Valorado hasta un máximo de 3 puntos.

Quedarán excluidas del proceso de licitación aquellas empresas cuyas memorias impliquen una disminución de calidades, de servicios o del ámbito establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

La propuesta de adjudicación se realizará a favor de aquella oferta que mayor puntuación obtenga de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos.

15.3.- Mejoras sobre el Servicio,

Página 14 de 36

Page 15: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

Se valorará la ampliación de las prestaciones del servicio de limpieza por servicios extraordinarios al margen de las prestaciones previstas en el PPTP y de lo estipulado en el artículo 9 del Pliego de Prescripciones Técnicas con hasta un máximo de 5 puntos, repartidos de la siguiente forma:

Ampliación de servicios: 2 Puntos Se realizará descripción de los servicios ampliados no incluidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, indicando la justificación e idoneidad de dichos servicios y la asignación de personal y medios con que se efectuaran. Se reflejará en un cuadro, los centros en que se realizaran dichos servicios, la programación (cuándo se realizará, duración de realización del servicio…) Igualmente, se valorará el coste anual total del servicio ofertado y su coste unitario (coste de servicio realizado por centro), reflejando el % que cada servicio y el total de los ofertados supone respecto de su oferta económica (IVA no incluido).

NO se considerarán los servicios cuyo coste sea superior al 3% de la oferta económica del Licitador o que, en su conjunto superen el 10% de su oferta económica. Del mismo modo, no se consideraran los servicios ofertados que no tengan relación con el objeto del contrato o que el Ayuntamiento de Carboneras considere innecesarios o no justificados. En estos casos, se puntuará con cero puntos.

Este documento no podrá tener más de 10 páginas.

Incremento de número de horas semanales de operarias con destino a la limpieza de los colegios y Foro.- Hasta un máximo de 30 horas semanales: 3 Puntos

La puntuación se efectuará de forma lineal mediante regla de tres, dando la mayor puntuación al que ofrezca el máximo de horas. Se puntuará con cero puntos la oferta que supere dicho máximo.

En caso de producirse empate en la puntuación total, se atenderá a la oferta económica más ventajosa conforme al criterio 15.1.1 (precio).

16.-MESA DE CONTRATACIÓN.

La Mesa de Contratación estará integrada por:

Presidente: El Alcalde- Presidente o Concejal en quien delegue.Vocales: Un Concejal representante del Grupo Municipal G.I.C.A.R.Un Concejal representante del Grupo Municipal P.P.Un Concejal representante del Grupo Municipal P.S.O.E.Un Técnico Funcionario Municipal

Secretario: El Secretario Municipal.

La composición de la Mesa de Contratación se publicará en el Perfil de contratante de la página web del Ayuntamiento, en el que asimismo se anunciarán con la suficiente antelación las reuniones que en acto público celebre la misma.

17.-CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL Y APERTURA DE PROPOSICIONES .

Página 15 de 36

Page 16: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación, en acto no público, celebrado el quinto día hábil (excepto sábados) siguiente a la conclusión del plazo de presentación de proposiciones a las 12,00 horas, en el lugar que se fije para ello, procederá a la calificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores en el denominado Sobre "A".

Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días hábiles para que la empresa licitadora los subsane. A los referidos efectos se enviará la oportuna comunicación vía correo electrónico a las direcciones facilitadas por las empresas licitadoras en el documento señalado en el apartado 9 de la cláusula 14.3 de este Pliego, bastando como notificación del mismo el correspondiente resguardo del envió del correo electrónico.

Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.

Asimismo la falta de subsanación en plazo será motivo para la no admisión de la oferta.

Posteriormente, la Mesa de Contratación, en acto público, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en los sobres "A", indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión, y se procederá a la apertura de los Sobres “B" y entrega de la documentación contenida en el mismo al servicio técnico correspondiente encargado de su valoración.

Efectuada la valoración de dicha documentación, se convocará nueva reunión de la Mesa de Contratación para, en acto público, dar a conocer la ponderación asignada a los documentos sometidos a criterios de valoración dependiente de un juicio de valor (contenidas en los sobres “B”) y proceder a la apertura del sobre "C", remitiéndose todos los documentos a los servicios técnicos encargados de la valoración de los criterios cuantificables de forma automática, o en su caso procediendo a su valoración en el mismo acto.

Una vez emitidos los informes correspondientes en nueva reunión, en acto público, de la Mesa de Contratación o en la misma de apertura del sobre “C", si se ha procedido a su valoración en dicho acto, se dará cuenta de los mismos y se elevará la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación.

En dicho acto, la Mesa de Contratación invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes al de aquel acto y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, previo informe de la Mesa de Contratación, resolverá el procedimiento, con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas, en la adjudicación del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

18.-DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS A PRESENTAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA PROPUESTA. –

Página 16 de 36

Page 17: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

Antes de la adjudicación, y dentro del plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la empresa propuesta como adjudicataria, deberá presentar -por originales o copias compulsadas-la siguiente documentación:

-Documentación acreditativa de que la empresa está al corriente de sus obligaciones tributarias. La citada acreditación deberá realizarse mediante certificado de la AEAT.

- Certificación positiva, expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de esta Comunidad Autónoma.

-Documentación acreditativa de que la empresa está al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Municipal. La citada acreditación se realizará mediante certificado que será expedido de oficio por la Recaudación Municipal de Tributos.

-Documentación acreditativa de que la empresa está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. La citada acreditación deberá realizarse mediante certificado expedido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.

-Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato referida al ejercicio corriente, o del último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matricula del citado Impuesto.

En el supuesto de encontrarse en algunas de las exenciones establecidas en el artículo 82.1, apartados b), e) y f) del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá acreditarse tal circunstancia mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a 1.000.000,00 Euros respecto a los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 82.1 de la mencionada Ley con excepción de las personas físicas.

-Copia del contrato de Servicio de Prevención Ajeno en vigor suscrito por la empresa y acompañada de la documentación acreditativa de su vigencia.

-Documentación acreditativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido adscribir a la ejecución del contrato.

-Póliza de seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros por importe mínimo de 400.000,00 Euros, acompañada de copia del último recibo abonado acreditativo de la vigencia de la póliza.

Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

Página 17 de 36

Page 18: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.19.-ADJUDICACIÓN.–

El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el presente pliego, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.

El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante.

La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:

a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.

b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.

c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.

Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el art. 153 del TRLCSP.

En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.

La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 41 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, será de cinco días.

El plazo para proceder a la adjudicación será el siguiente, de conformidad con lo establecido en el art. 161 del TRLCSP:

Página 18 de 36

Page 19: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

* Cuando el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el del precio, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.

* Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones.

Estos plazos se ampliarán en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP.

De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.

Oferta con valores anormales o desproporcionados.Para considerar una oferta anormal o desproporcionada, deberá estarse a lo

dispuesto en el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y a lo establecido en la Cláusula 15 del presente Pliego de Cláusulas.

En este caso, deberá darse audiencia al interesado para su justificación, en los términos del art. 152 TRLCSP.

20.-DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 87.4 del Reglamento de la LCAP, adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que éstos se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones, así como la documentación del Sobre B presentada en formato papel, quedará a disposición de las empresas interesadas, que previa solicitud, podrán recoger la misma.

21.-FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

La Administración y la empresario contratista deberán formalizar el contrato del servicio en Documento Administrativo, no pudiendo efectuarse dicha formalización antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a las empresas licitadoras y candidatos.

El órgano de contratación requerirá a la empresa adjudicataria para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.

La empresa contratista, además del contrato, deberá firmar los Pliegos de Condiciones Jurídicas y Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas, adjuntos al mismo.

Página 19 de 36

Page 20: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

La formalización del contrato se publicará en el Perfil de contratante de la página web municipal, así como en el Boletín Oficial de la Provincia, debiendo producirse esta última en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha de la misma.

Previo a la formalización del contrato, el adjudicatario, entregará al Ayuntamiento de Carboneras en soporte papel (dos copias) y digital cd-rom ( dos ejemplares) y por cada centro, el Plan de Limpieza de cada centro ó dependencia, el cual, será contractual, si bien, por razones del servicio, este documento pude ser objeto de modificación o mejora previo acuerdo Ayuntamiento-Adjudicatario-Responsable del Centro. Las modificaciones, nunca pueden suponer una merma en el servicio o en lo estipulado en los Pliegos de la Licitación. Una copia de estos planes (papel + cd-rom) será entregada por el Ayuntamiento a los responsables de cada centro.

22.-RIESGO Y VENTURA.

El contrato se ejecutará a riesgo y ventura de la empresa contratista, con sujeción a lo establecido en el clausulado del contrato y en los Pliegos de Condiciones Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas. El Licitador, reconoce al tomar parte en esta Licitación, que conoce todos y cada uno de los centros y dependencias en las que realizará el trabajo, así como sus necesidades y circustancias.

El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.

El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

El contratista estará obligado a presentar un programa de trabajo, cuando así se especifique o se le demande y con el contenido que en el mismo se indique en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que será aprobado por el órgano de contratación ó responsable municipal del contrato.

El contratista no podrá sustituir al personal facultativo adscrito a la realización de los trabajos, sin la expresa autorización del responsable del contrato.

El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.

El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada al ente, organismo o entidad contratante o ajena a él.

La designación o no del responsable, y el ejercicio o no por el mismo de sus facultades, no eximirá al contratista de la correcta ejecución del objeto del contrato, salvo que las deficiencias sean debidas a orden directa del mismo.

El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración, ésta será la responsable, dentro de los límites señalados en las Leyes.

Será de cuenta del contratista adjudicatario indemnizar todos los danos y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución

Página 20 de 36

Page 21: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.del contrato, de acuerdo con lo previsto en el art. 214 del TRLCSP. Específicamente, de conformidad con el art. 305.2 del mismo texto legal, el contratista será responsable de las prestaciones y servicios que desarrolle, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros, de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. A tal fin, el contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, que cubran las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato.

En caso de siniestro no se abonara cantidad alguna al adjudicatario por parte del Seguro sin previo consentimiento del Ayuntamiento de Carboneras, propietario de los bienes contemplados en los Pliegos.

Este consentimiento se dará cuando se compruebe que los danos causados han sido convenientemente reparados.

El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, asi como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato.

El Contratista, se obliga a, una vez finalizado el contrato, y en caso de no haber aún adjudicatario del nuevo servicio, a mantener su oferta económica y servicios hasta la toma del servicio por el nuevo adjudicatario, no pudiendo exceder este plazo de seis meses, que serán abonados por mensualidades proporcionales a la oferta económica.

23.-CONTROL DEL SERVICIO:

El control y vigilancia del cumplimiento del contrato se llevará a cabo por personal del Servicio Técnico Municipal correspondiente.

Los servicios contratados estarán sometidos de forma permanente y constante al control e inspección del Ayuntamiento, que podrá realizar diariamente las revisiones de los trabajos realizados, del personal y material que estime oportunas, y en cualquier momento y lugar.

A estos efectos, la Inspección Técnica Municipal, tendrá acceso y le serán facilitados cuantos datos precise respecto a la organización y funcionamiento del mismo, informes estadísticos, títulos técnicos de personal, Libro de hojas de quejas y reclamaciones, etc.

La empresa contratista queda obligada a exhibir cuantos documentos sean necesarios para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones, en especial los relativos a Hacienda, Seguridad Social, pólizas de seguro, y, en general, a permitir todas aquellas actuaciones que vayan encaminadas a evitar responsabilidad subsidiaria de la Administración Municipal.

La Administración determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.

24.-INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES.

Las penalidades por incumplimientos en la prestación objeto del contrato se

Página 21 de 36

Page 22: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.impondrán por el órgano de contratación. Los expedientes correspondientes serán instruidos por el Servicio de Contratación.

En ningún caso podrá imponerse penalidad a la empresa contratista sin haber cumplido el trámite de audiencia previamente.

El plazo de audiencia no podrá ser inferior a diez días ni superior a quince. Los incumplimientos en los que puede incurrir la empresa adjudicataria, se tipificarán como leves, graves y muy graves.

Incumplimientos leves:

1.-La falta de colaboración con el Servicio Municipal correspondiente.

2.-La negativa a asistir a reuniones de coordinación.

3.-La tardanza injustificada en la prestación de los servicios.

4.-La imperfección no reiterada en la prestación de los servicios, (trabajos mal realizados, falta de puntualidad, trato incorrecto con los usuarios, etc.); se entenderá que es reiterada cuando lo sea por más de dos veces.

5.-La no prestación del servicio (trabajos no realizados) en una ocasión sin causa debidamente justificada.

6.-Cualquier otro incumplimiento de escasa entidad, cuando lo sea por una sola vez, incluyendo el incumplimiento de órdenes dadas en relación al servicio por el Responsable Municipal.

Los incumplimientos leves se penalizarán económicamente en una escala entre el 9,9% y el 1% del importe de la factura, IVA incluido, correspondiente a la última mensualidad abonada o que hubiese correspondido abonar, por cada incumplimiento.

Incumplimientos graves:

1.-La imperfección reiterada en la prestación de los servicios (trabajos mal realizados, falta de puntualidad, trato incorrecto con los usuarios, etc...).

2.-La interrupción, no justificada y por causa imputable a la empresa contratista, en la prestación de los servicios.

3.-El retraso en el inicio de los servicios dentro de los horarios previstos, cuando éste fuese reiterado.

4.-El incumplimiento de las obligaciones en materia socio-laboral y de seguridad y salud en el trabajo.

5.-La reiteración en la comisión de faltas leves no comprendidas en ninguno de los casos de los apartados anteriores.

6.-El incumplimiento por la empresa adjudicataria, por más de una vez, de cualquiera de las estipulaciones de este contrato.

7.-La falta de prestación del servicio (trabajos no realizados) durante dos ocasiones, sin causa justificada.

8.-Actos fraudulentos en la cuantificación de horas. Los incumplimientos graves se penalizarán económicamente en una escala entre el

14,9% y el 10% del importe de la factura, IVA incluido, correspondiente a la última

Página 22 de 36

Page 23: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.mensualidad abonada o que hubiese correspondido abonar, por cada incumplimiento.

Incumplimientos muy graves:

1.-No iniciar, por causa imputable a la empresa contratista, la prestación de los servicios en su debida fecha.

2.-La negligencia en el cumplimiento del servicio cuando implique o se deduzca racional y justificadamente como abandono del mismo.

3.-No mantener adscritos a la ejecución del contrato los medios personales o materiales propuestos para la prestación del servicio.

4.-El incumplimiento por la empresa adjudicataria por más de dos veces de cualquiera de las estipulaciones señaladas en el Pliego de Condiciones.

5.-No disponer de la póliza de seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de 400.000,00 Euros según lo requerido en este Pliego.

6.-La reiteración en la comisión de tres faltas graves de distinta naturaleza o dos faltas graves de similar naturaleza.

Los incumplimientos muy graves producirán la resolución del contrato y, en su caso, la reclamación de daños y perjuicios ocasionados. Igualmente, se incautará la garantía constituida.

Alternativamente, y ponderando las circunstancias y el daño producido, la resolución podrá sustituirse por una penalidad que no podrá ser superior al 25% ni inferior al 15% del importe de la factura correspondiente a la última mensualidad abonada o que hubiese correspondido abonar.

Para graduar la penalidad se tomarán en consideración las siguientes circunstancias:

-Daño producido. -Intencionalidad y reincidencia. -Perjuicio al interés público. -Perturbación en la prestación del servicio. -Cantidad económica.

Estas penalidades son independientes de la obligación de la empresa contratista de indemnizar al Ayuntamiento por los daños y perjuicios que su incumplimiento ocasione a esta Administración Municipal o a terceros con derecho a repetir contra el Ayuntamiento, incluidos como mínimo el pago de salarios, cotizaciones sociales o incluso coste de despidos que el Ayuntamiento tenga que realizar si existiese condena por cesión ilegal de trabajadores o por cualquier otro incumplimiento de la empresa contratista de sus obligaciones socio-laborales o tributarias. Igualmente será indemnizado el sobrecoste que, en caso de que por resolución judicial se determine el derecho a la subrogación del personal afecto al contrato en una nueva empresa adjudicataria haya de soportar directa o indirectamente el Ayuntamiento como consecuencia de la negociación por parte de la empresa contratista de incrementos retributivos a este personal por encima del convenio nacional del sector.

Página 23 de 36

Page 24: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

Las penalidades e indemnizaciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos correspondientes que el Ayuntamiento tenga pendientes de abonar a la empresa contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se harán efectivas contra la garantía definitiva y si ésta no alcanzase el montante de las mismas se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio.

25.-PRERROGATIVASDELA ADMINISTRACIÓN. –

El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en el TRLCSP.

La resolución de incidencias surgidas durante la ejecución del contrato por diferencias en la interpretación de lo convenido se tramitará conforme al procedimiento establecido en el artículo 97 del RGLCAP.

Los acuerdos que adopte el órgano de contratación relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, conforme establece el artículo 211,4 del TRLCSP.

26.-MODIFICACIÓNDELCONTRATO .–

El órgano de contratación solo podrá introducir modificaciones en el contrato por razones de interés público, justificándolo debidamente en el expediente, y siempre que sean debidas a necesidades nuevas o causas imprevistas, debiendo formalizarse las mismas según lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.

Cuando sea necesario introducir alguna modificación en el contrato, se redactará la oportuna propuesta integrada por los documentos que justifiquen, describan y valoren aquellas. La aprobación por el órgano de contratación requerirá la previa audiencia del contratista y la fiscalización del gasto correspondiente. Dichas modificaciones, caso de ser necesarias, se llevarán a cabo conforme a lo establecido en el artículo 219 del TRLCSP.

No se considerará modificación del contrato el supuesto de revisión de precios, por causa de transferencia de la obligación competencial, que se contempla en el apartado séptimo del presente pliego.

27.-CESIÓN DEL CONTRATO.

1.-La empresa adjudicataria no podrá ceder a terceros los derechos y obligaciones que dimanan de este contrato sin que haya sido adoptado el previo acuerdo, expreso y formal, del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras, a través del cual se autorice la transmisión de derechos y obligaciones, cuya omisión determinará la invalidez del negocio jurídico privado frente a la Corporación Municipal, sin perjuicio de los efectos civiles del mismo entre las partes interesadas.

2.-El Excmo. Ayuntamiento tendrá derecho a exigir de la empresa cesionaria propuesta, todas las garantías técnica y de solvencia financiera que se tuvieron en cuenta al formalizar el contrato originario, así como aquellas otras que estime necesarias para el buen

Página 24 de 36

Page 25: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.fin del servicio.

3.-Además, para que la empresa adjudicataria pueda ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.

4.-De acuerdo con el artículo 102.4 del TRLCSP, no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía definitiva prestada por la empresa cedente hasta que no se constituya formalmente la de la empresa cesionaria.

5.-La nueva empresa titular deberá asumir la gestión del servicio en su totalidad, contrayendo idénticas responsabilidades a las que recalan en la empresa contratista anterior.

28.-RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución enunciadas de los artículos 223 y 308 del TR LCSP, con los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del TRLCSP y 109 a 113 del RGLCAP.

29.-RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO .–

La empresa contratista será responsable de la calidad técnica de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

La empresa adjudicataria deberá tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por importe mínimo de 400.000,00 Euros.

El contratista para la prestación del servicio objeto del contrato queda sujeto al cumplimiento de las obligaciones que figuran en este Pliego, contrato que se suscriba, las que se deriven del régimen jurídico aplicable al servicio, así como a las que figuran seguidamente:

a) Disponer, a su exclusiva cuenta, de personal suficiente en número y debidamente cualificado para prestar el servicio. Es de la exclusiva responsabilidad del contratista cumplir con las normas vigentes sobre contratación laboral, derechos y deberes dimanantes de la misma, seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo. Dicho personal no mantendrá con este Ayuntamiento relación y/o dependencia de ningún tipo, tanto durante la vigencia del contrato, ni a su resolución.-

b) Mantener adecuadamente y reponer, cuando proceda, a su costa, el material, bienes consumibles, contenedores y demás bienes afectos a la prestación del servicio.

c) Será responsable de los daños que cause a personas y/o bienes como consecuencia de la prestación del servicio, indemnizando los daños que se produzcan, y salvo que deriven directamente de una orden expresa dada por el Ayuntamiento a través de sus órganos competentes.

d) Indemnizar al Ayuntamiento por el importe correspondiente al coste estimado de la prestación del servicio, incrementado en un 10 por 100, por el periodo que dejare de prestar el servicio, sea cual fuere la causa de ello (incluso en caso de huelga con incumplimiento de la prestación de Servicios Mínimos en el marco legalmente establecido).

Página 25 de 36

Page 26: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

e) El Ayuntamiento se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de las instalaciones, equipos y materiales empleados para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. La falta de conservación adecuada se considerará causa suficiente para la resolución de contrato.

f) Correr con los gastos de suministro y de limpieza vinculados al objeto del contrato.g) Deberá prestar el servicio con la continuidad señalada en este Pliego y de acuerdo con

las instrucciones que, en su caso, sean impartidas desde los órganos competentes del Ayuntamiento.

h) No enajenar bienes afectos al servicio que hubieren de revertir al Ayuntamiento a su término, ni gravarlos, salvo autorización expresa de éste.

i) Ejercer la prestación del servicio por sí de forma adecuada y correcta ofreciendo un adecuado nivel de servicio y calidad en los trabajos.

El adjudicatario está obligado a conservar en perfectas condiciones los locales, instalaciones, muebles, enseres y aparatos propiedad del Ayuntamiento que se ponen a su disposición, respondiendo de los daños que cause en todo tipo de bienes con ocasión de la prestación del servicio.

El contratista deberá comenzar a prestar el servicio de modo efectivo al día siguiente a la firma del contrato o en la fecha indicada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local ó por Resolución de Alcaldía – Concejal Delegado.. A tales efectos el Ayuntamiento quedará a disposición del contratista para la formalización del contrato con una antelación mínima de cinco días hábiles a la fecha de inicio.

En caso contrario, el Ayuntamiento podrá optar por la resolución unilateral del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el contratista, o bien por la imposición de sanciones, de conformidad con este Pliego.

Si el contratista incumpliere las obligaciones que le incumben de acuerdo con el presente Pliego, el Ayuntamiento queda facultado para exigir el cumplimiento de las mismas o declarar la rescisión del contrato, pudiendo acordar dicha rescisión aún después de haber optado por el cumplimiento cuando éste resultase imposible, y en todo caso quedará a salvo el derecho a exigir el resarcimiento de daños e indemnización de perjuicios ocasionados.

30.-GASTOS A CARGO DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA. –

Serán de cuenta de la empresa adjudicataria los siguientes gastos:

a) Los de anuncios que genere la licitación y los preparatorios y de formalización del contrato. El adjudicatario deberá acreditar en el momento de la firma del contrato haber abonado el importe correspondiente a la publicación en los Diarios Oficiales del correspondiente anuncio de licitación. Respecto del importe de publicación en los Diarios Oficiales del anuncio de formalización de contrato el adjudicatario queda obligado al pago del mismo, aceptando expresamente que se le detraiga de las certificaciones que se emitan como consecuencia de la ejecución del contrato la cantidad que corresponda por este concepto. El importe máximo de los gastos de publicidad para esta licitación se estima en 2.500,00 Euros.

b) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.

c) Asumir el pago del IVA, que se entenderá incluido dentro del precio de adjudicación.

Página 26 de 36

Page 27: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

d) Los de formalización pública del contrato, en su caso.

31.-RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN .–

En el presente expediente conforme a lo previsto en el artículo 40 del TRLCSP serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los anuncios de licitación, los pliegos y los demás documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; y los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores.

32.-SUBROGACIÓNDELPERSONAL.

La empresa adjudicataria, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Convenio Colectivo de la provincia de Almería para el Sector de Limpieza de Edificios y Locales publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería el día 19 de enero de 2017, estará en todo caso obligada a subrogarse en la contratación de los trabajadores/as de la empresa que anteriormente venía realizando el servicio objeto del presente contrato, siempre y cuando se dé alguno de los supuestos contemplados en el referido artículo. (Se une al Pliego de Prescripciones Técnicas como Anexo II la relación del personal que presta servicios en la contrata actual).

La subrogación por esta vía operada, es forma válida para los procedimientos y empresas implicadas en la gestión indirecta de prestación de servicios, no siendo aplicable a este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.4 del TRLCSP en el supuesto de que este decidiese por cualquier motivo recuperar la gestión directa del mismo, quedando, en consecuencia, exonerado el Ayuntamiento de cualquier tipo de responsabilidad que pudiera haber contraído la empresa contratista.

El contratista adjudicatario deberá de cumplir con las obligaciones derivadas de lo dispuesto por la normativa laboral en materia de Subrogación del personal que viene prestando el servicio, para lo cuál se adjunta anexo 4º con la información relativa al personal a subrogar ( art. 120 TRLCSP).

El Ayuntamiento no tendrá ninguna vinculación laboral ni relación contractual, responsabilidad, ni obligación de ningún tipo con el personal contratado por el adjudicatario para la prestación del servicio, por lo que a la extinción del presente contrato no asumirá ni estará obligado a subrogar a dicho personal.

Dicho personal en ningún caso se encontrará sometido a los Convenios Propios del Personal Laboral o funcionario del Ayuntamiento de Carboneras de conformidad con lo advertido con anterioridad.

33.-JURISDICCIÓN COMPETENTE.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de

Página 27 de 36

Page 28: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.los contratos serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía contencioso-Administrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción. El Licitador, acepta someterse a los tribunales de la ciudad de Almería.

34.-TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

Los datos aportados por las empresas licitadoras formarán parte de un fichero de datos de carácter personal responsabilidad del Ayuntamiento de Carboneras, con la finalidad de llevar a cabo la gestión de los trámites administrativos derivados de la presente licitación.

La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto de los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de finalizado el mismo, de conformidad con el art. 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección De Datos de Carácter Personal.

El contratista deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos están obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber de secreto, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.

El contratista y su personal durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del contrato, estarán sujetos al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad de las dependencias municipales en que se desarrolle su trabajo.

Si el contrato implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la LOPDCP, de conformidad con lo dispuesto en el TRLCSP

En Carboneras, a 5 de junio de 2017El Alcalde

Fdo: Salvador Hernández Hernández

Página 28 de 36

Page 29: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

ANEXO I

OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

Expediente :LIC/2017-2-LIMPIEZA DEPENDENCIAS SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERASObjeto del contrato: CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DENOMINADO SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIASY EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERASCódigo CPV: - 90910000-9. Servicios de limpieza.- 90911200-8. Servicios de limpieza de edificios.- 90911300-9. Servicios de limpieza de ventanas.- 90919000-2. Servicios de limpieza de oficinas, escuelas y equipo de oficina.

DATOS A INCLUIR EN LA FACTURA ELECTRÓNICA Centro contable (Oficina Contable): Ayuntamiento de Carboneras L01040329.Órgano de contratación (Órgano Gestor): Ayuntamiento de Carboneras L01040329.Órgano de destino (Unidad Tramitadora): Ayuntamiento de Carboneras L01040329.

Perfil de contratante: Plataforma de Contratación del Ayuntamiento de Carboneras: http://www.ayuntamientocarboneras.es/perfil-del-contratante

Presupuesto de licitación (IVA excluido) 825.000,00 €

IVA 173.250,00 €

Total 998.250,00 €

En letra: (IVA excluido)OCHOCIENTOS VENTICINCO MIL MIL EUROSValor estimado: coincide con el importe total Si/No: NO 1.650.000,00 euros

Anualidades (IVA incluido):

Anualidad Corriente año 2.017.- La parte proporcional correspondiente a los días restantes para finalizar el año 2017 desde el día de inicio efectivo del contrato por el Adjudicatario respecto de la cantidad de 249.372,00 euros (IVA Incluido) correspondientes a la partida presupuestaria del año 2017.

Anualidad 2.018.- 332.750,00 (IVA Incluido) Anualidad 2.019.- 332.750,00 (IVA Incluido) Anualidad 2.020 (Si fuese la de finalización del

contrato) ó anualidad de finalización del contrato prorrogado.- La parte restante del contrato.

Anualidad prorrogada.- 332.750,00 (IVA Incluido)

Revisión del Precio: No Fórmula/ Índice Oficial:Financiación con Fondos Europeos: No Tipo de Fondo: % de cofinanciación:

Programa de trabajo: NoPlazo de ejecución: TRES (3) AÑOS

Posibilidad de prórroga del contrato: Sí: X (1+1+1) años No:

Sujeto a regulación armonizada: Sí: X No:

Página 29 de 36

Page 30: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

Procedimiento de adjudicación: Abierto: X Restringido:

Tramitación del expediente: Ordinaria: X Urgente:

Aportación inicial de la documentación acreditativa de los requisitos previos del sobre A mediante declaración responsable de la persona licitadora: SI

Posibilidad de variantes o mejoras: No (SÓLO MEJORAS)Plazo máximo para efectuar la adjudicación: DOS meses

Único criterio de adjudicación: precio más bajo: Sí: No: X

Garantía Provisional: No

Garantía definitiva: CINCO (5 %) del importe de adjudicaciónAcreditación por medios electrónicos, informáticos o telemáticos: No

Plazo de garantía: El del contrato

Garantía definitiva mediante retención en el precio: No

Acreditación de la documentación previa a la adjudicación mediante medios electrónicos, Informáticos o telemáticos: Si

Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato: 2.500,00 €

Exigencia del requisito de acreditación de la solvencia (cláusula 14.3.4) del PCAP) Sí X No

Posibilidad de subcontratación: No

Aportación de DNI u otro documento identificativo oficial: Si

La persona licitadora cuya oferta haya sido considerada como la más ventajosa deberá presentar en soporte informático la documentación debidamente escaneada correspondiente a los sobres y en las condiciones que se relacionan a continuación: SI. En soporte DVD, copia en formato pdf y en formato editable (Word) de todos los documentos de su oferta técnica y de propuestas de mejoras.

Requisito de aportar una dirección de correo electrónico a efectos de comunicaciones: Si

PenalidadesPenalidades por cumplimiento defectuoso del contrato: Si. Según Pliego de Cláusulas AdministrativasImporte de la penalización en caso de retirada injustificada de la proposición: 3% del presupuesto de LicitaciónPenalidades por incumplimiento de las condiciones especiales u obligaciones esenciales de ejecución del contrato: Si. Según Pliego de Cláusulas Administrativas

Plazo presentación proposiciones: 52 días desde el envío de la publicación al DOCE

Página 30 de 36

Page 31: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

ANEXO II

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS

Dª./D...……………………………………………………………..……con Documento Nacional de Identidad nº……………………..actuando en nombre de la empresa………………………………………………………de la que actúa en calidad de ………………………………….(persona administradora única, solidaria o mancomunada o persona apoderada solidaria o mancomunada) según Escritura de constitución/poder/elevación a público de acuerdos sociales, Nº de protocolo ……….………..…otorgado por …………………………………….., con fecha……………………………en la ciudad de………………………

Declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano de contratación:

Que la empresa licitadora cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, aceptando y asumiendo los Pliegos de Cláusulas y prescripciones de la Licitación.

(Lugar, fecha y firma)

Página 31 de 36

Page 32: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

ANEXO III

DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL

Dª./D. ____________________, mayor de edad y con NIF núm. __________, en nombre propio o en representación de la empresa......................................................., con domicilio social en..................................... y NIF nº.................., en calidad de (1), bajo su personal responsabilidad.

Dª./D. ____________________, mayor de edad y con NIF núm. __________, en nombre propio o en representación de la empresa......................................................., con domicilio social en...................................., y NIF nº................... en calidad de (1), bajo su personal responsabilidad.

Se comprometen a constituir una unión temporal, de conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a efectos de participar en la licitación para la contratación del expediente (indicar expediente).

En el caso de resultar adjudicatarias se comprometen a formalizar en escritura pública la citada unión. La participación en la unión temporal, de cada miembro es la que sigue:

___________________ XX%.___________________ XX%.

Como persona representante de la citada unión se nombra a __________________________ (2)

(Lugar, fecha, firma) (FIRMA DE CADA MIEMBRO DE LA UTE).

(1) Apoderado/a, administrador/a único/a, administrador/a solidario/a, administrador/a mancomunado/a, etc.(2) Indicar cargo y empresa.

ANEXO IV

Página 32 de 36

Page 33: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR

Dª./D.con residencia enprovincia decalle nºsegún Documento Nacional de Identidad nºen nombre, propio o de la empresaque representa, declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato:

DECLARA- Tener plena capacidad de obrar y no estar incursa en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado, con la Comunidad Autónoma de Andalucía y con el Ayuntamiento de Carboneras) y con la Seguridad Social.

- En caso de ser adjudicatario, me comprometo a acreditar, previamente a la adjudicación ante el órgano de contratación la posesión y validez de los documentos acreditativos de todo lo anteriormente declarado..

(Lugar, fecha y firma)

De acuerdo con el artículo 73 del RDL 3/2011, esta declaración responsable será otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

ANEXO V

Página 33 de 36

Page 34: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CORREO ELECTRÓNICO

Dª./D. .……………………………………………………………..……con Documento Nacional de Identidad nº……………………..actuando en nombre de la empresa………………………………………………………de la que actúa en calidad de ………………………………….(persona administradora única, solidaria o mancomunada o persona apoderada solidaria o mancomunada) según Escritura de constitución/poder/elevación a público de acuerdos sociales, Nº de protocolo ……….………..…otorgado por …………………………………….., con fecha……………………………en la ciudad de………………………

Declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano de contratación:

Que consiente, admite y asume que la Administración le envíe comunicaciones, en los términos establecidos en este pliego, derivadas del presente procedimiento de contratación a través de la dirección de correo electrónico indicado a continuación: Correo electrónico: ………………………………………………Número de teléfono Móvil :……………………………………

(Lugar, fecha y firma)

Página 34 de 36

Page 35: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

ANEXO VI.- OFERTA ECONÓMICA

Don/Doña ............................................................................................................. ........................................................................... mayor de edad, con domicilio en . .......................................................................... , titular del DNI n°___, e n nombre propio (o en representación de......………………………………….. ........................................................................... , con domicilio en ……………., conforme acredito con Poder Bastante), conocida la licitación convocada por el Ayuntamiento de Carboneras para contratar, mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, el SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS, se compromete a la ejecución del citado servicio, con estricta sujeción a los Pliegos de Condiciones Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas, que declara conocer y, acepta en todos sus términos, en la cantidad de……………………………………………….(expresar en cifras y letras) I.V.A. Incluido, según el siguiente desglose:

• Importe coste del servicio: ……………………… € (IVA No incluido)

• I.V.A. al 21%: ……………………………… €

• Número de horas de limpieza adicionales a las indicadas en el apartado 2.11 del Pliego de Prescripciones Técnicas sin cargo al contrato ofertadas (independientes de las horas obligatorias indicadas en el apartado 2.10 del mismo Pliego): ………………….. horas. Precio Unitario Hora:………. Euros IVA Excluido

En………………………a…………………de…………………….de2017.

( firma y sello de la empresa licitadora)

ANEXO VII .- DECLARACIÓN RESPONSABLE

Página 35 de 36

Page 36: 1.-OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. objeto

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.Don/Doña_____________________________________, con D.N.I. núm.__________________, en representación de “_________________” con C.I.F. núm.________________, declara bajo su responsabilidad que sus facultades de representación, reflejadas en la escritura de _______________, otorgada el ____ de___________ de ___________ , ante el notario de ______ ________________________, Don __________________________________, bajo el número ________ de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de ________________, al tomo ________, libro ___________, folio __________, NO han sido modificadas o alteradas, encontrándose plenamente vigentes al día de la fecha. Lo que declara a los efectos de su participación en la licitación convocada por el Ayuntamiento de Carboneras (Almería), para la adjudicación del contrato del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y DE LAS DEPENDENCIAS Y EDIFICIOS MUNICIPALES DE CARBONERAS.

En Carboneras, a _____ de ___________ de 2017.

Fdo: ______________________________ D.N.I. núm.__________________

Página 36 de 36