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106 Episodiar y Personajes del Poder Judicial de la Fedemcidn Establecidos en un departamento en Riversi- de Drive, cerca de la Universidad de Colum- bia, los hijos de la familia Rabasa se integraron a la vida escolar, mientras su patriarca estudia- ba en La Biblioteca Pública de Nueva York y en las universidades circunvecinas. Siguio su escritura para periódicos y revistas mexicanos, y preparó su último estudio juridico, ECJzcicio Constitucioncsl: Origenes, teoria y extevasiun (I 9 I 9), precedido por una nostalgica dedicatoria no únicamente para sus alumnos de la Escuela Libre de Derecho, donde había continuado sus clases de Derecho Constitucional, sino, en general

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106 Episodiar y Personajes del Poder Judicial de la Fedemcidn

Establecidos en un departamento en Riversi-

de Drive, cerca de la Universidad de Colum-

bia, los hijos de la familia Rabasa se integraron a la vida escolar, mientras su patriarca estudia-

ba en La Biblioteca Pública de Nueva York y en las universidades circunvecinas. Siguio su

escritura para periódicos y revistas mexicanos,

y preparó su último estudio juridico, ECJzcicio

Constitucioncsl: Origenes, teoria y extevasiun (I 9 I 9) ,

precedido por una nostalgica dedicatoria no

únicamente para sus alumnos de la Escuela Libre de Derecho, donde había continuado

sus clases de Derecho Constitucional, sino,

en general

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a los estudiantes de Derecho en las es-

cuelas mexicanas, no sólo por la simpa-

tía que hacia eIlos sentimos los que

alguna vez hemos compartido sus ta-

reas, no sólo porque los que estarnos

en declinación volvemos a ellos nues-

tras esperanzas de un mejor porvenir

para la patria común, sino porque, tra-

tándose de una institución fundamen-

tal que degenera de preocupaciones y

por intereses especiales, hay que enco-

mendar la reparación que restituya los

principios, las doctrinas y las leyes, a

los espíritus nuevos, libres y limpios,

aun no contaminados por el prejuicio,

ni sojuzgados por el afán de luc~o, ni

desmentidos por e1 duro servicio de la

vida práctica.

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108 Ep~sodios g Personujes del Poder Judzcial de Ia Federación

También escribió en la Urbe de Hierro Lca Evolucibn Histórica de México (1920), para explicar por igual a estadounidenses y euro- peos las condiciones sociales, políticas, his- tóricas y geográficas de nuestro país, al que el común de los habitantes de estas regiones veían con "prejuicios vulgares", "referencias mentirosas" y "suposiciones desfavorables, a que dan cuerpo los desórdenes del país".

La a'nfl~cenca'a de Emi6io Rabasa en 2s Constitucibn de 1917

Mientras vivía en Nueva York y sin estar al tanto de ello, algunos de sus lectores partici-

paban en el Congreso Constituyente de 19x6- 17. Manuel Herrera y Lasso ha hecho un

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exhaustivo repaso de todas las innovaciones que debe la Constitución de 1917 a Emilio Ra- basa: El cambio de1 titulo primero, "De los Derechos de1 Hombre", como aparecía en la Constitución de 1857, por el actual "De las Garantías Individuales"; una mejor redacción de los artículos lo, I r y 12; y la idea de fortalecer al Ejecutivo y aminorar la preponderancia concedida al Legislativo. A tal efecto se refor- mó el veto presidencial según el modelo es- tadounidense (art. 72 b), el sistema de juicio

político (art. 108) que sometía al voto de una simple mayoría de la Cámara de Diputados la

destitución del Presidente de la República; y se concedió a este ultimo la facultad de con-

vocar a1 Congreso o a una de las cámaras a periodos extraordinarios de sesiones (art. 89-

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IIO episodio^ y Personaje5 del PoderJudicial de la Federación

XI). Por otro lado, se terminó con los dos pe- riodos de actuación del Congreso, y en su lugar se introdujo un periodo único con una dura-

ción limite de cuatro meses. Emilio Rabasa había

advertido que la imposibilidad de disminuir Ios periodos ocasionaba una fecundidad legis- Iativa indeseable, y se convertía al Legislativo en un peligroso rival del Ejecutivo. Bajo la mis-

ma lógica, los Constituyentes de 1916-17 con-

juraron el peligro de que los diputados se ne-

garan a aprobar el presupuesto de egresos con

el fin de imposibilitar el gobierno del Presi- dente (art. 75). Asimismo, se estatuye e1 men-

saje escrito del Presidente de la República y se suprime la contestación del presidente del Congreso (art. 69).

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Emilio Rabasa ... I I I

Igualmente para darle mayor credibi- lidad al Poder Judicial, se introdujo la inarno- vilidad de los jueces (art. 96) y la actuación como Tribunal Pleno de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia para darle una unidad funcional (art. 94).

Se ampliaron las facultades de la Comi- sión Permanente, autorizándola a nombrar al gobernador provisional de un Estado sin po- deres y hasta a un suplente presidencial (art. 79); se legitiman las facultades extraordinarias del Ejecutivo para legislar en el caso de sus- pensión de garantías (art. 29); y se suprime la vicepresidencia.

Como también debía mejorarse el re- gimen democrático de los gobiernos estatales,

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11.2 Episodios y Personajes de( Poder JudiCIBI de k Fea'erartón

se fijó un número mínimo de diputados loca- les (art. 115-111, hoy rr6-11). Emilio Rabasa, aparte de sugerir las reformas antedichas, ade- Iantó la necesidad de un articulo como el 115 de la Constitución vigen te, según se lee en La Constitución y ku Dictadura:

El medio más llano, y qui'zri el único

de corregir el defecto de amplitud ili-

mitada del poder local, sería dar liber-

tad completa a la administración mu-

nicipal y extender sus atribuciones

constitucionaimente a cuanto requiera

el cuidado de la pequeña jurisdicción, de

suerte que pudiera recaudar los fondos

que cada una haya menester en vista

de sus necesidades y de sus recursos.

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Emilio Habasa .

De esta libertad surge el ~ey-~ovem-

ment, que tiene en el gobierno munici-

pal libre y responsable su mejor ma-

nifestación, y ella sirve para reducir en

los Estados norteamericanos la acción

del gobierno local a una estrechez que

lo imposibilita para crearse una autori-

dad que pudiera ser de algún modo

amenazadora.

Desafortunadamente, el artículo 14

constitucional, que con singular urgencia so- licito nuestro autor reformar para restringir

su alcance, no se modifico.

Sin embargo, basta repasar las dos se- siones del Congreso Constituyente del 20 de

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"4 Episodios y Personajes del Pnder Judicial dde la Federacibn

enero de 1917 para reconocer la presencia de Emilio Rabasa en nuestra Constitución vigente.

En ese entonces, el diputadoJosé María Truchuelo, responsabIe de la redacción de la mayor parte de los artículos sobre la estruc- tura del Poder Judicial, pidió la palabra para sugerir que los Ministros de la Suprema Corte fueran electos popularmente, y que su nume- ro fuera igual al de los estados de la federación. Para sostener estos argumentos, se lanzó en contra de Emilio Rabasa y Lcs Constitución y la Dictadura, "un libro reaccionario en muchos puntos", por haber apuntalado ideas contrarias

a las suyas, y sugerir que el Poder Judicial no

era un auténtico poder, sino una especie de departamento judiciaI. Para Truchuelo, esta

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Emilio R~basa . .. 117

última afirmación nacía de malinterpretar al barón de Montesquieu (1689-1755) y su obra capital El Espiritu de las Leyes (1748), porque

sólo ocurrió algo semejante

cuando cl monarca era dueño absoluto,

no s81o de la justicia, sino de la vida de

los hombres, 11, en consecuencia el de-

partamento dc justicia era verdadera-

rnentc una suprema concesión que

velaba el rigor absoluto. En esa época

es cuando debemos tomar al Poder Ju-

dicial como un dcpartarnento, como lo

ha sido en todas las dictaduras.

El diputado Fernando M. Lizardi, en uso de la palabra, se burló en seguida del licen-

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116 ip¿.íudios J Personujer del Poder Judil-ia/ de Iu Ftderaci6n

ciado Truchuelo, pues habia demostrado, más que otra cosa, "sus conocimientos en Rabasa", lo que desatri la risa de la mayoría de los presen- tes. Luego se negó rotundamente a la propues- t a de ampliar cl número de ministros, pues "las asambleas demasiado numerosas toman,

por regla general, un carácter político". Al con- cluir, se manifestó también en contra de la inamcivilidad judicial.

A Lizardi lo siguió en la tribuna el dipu- tado Alberto M. González, quien defendió algunas tesis de Emilio Rabasa, sin mencionar

su nombre, como las sugerencias para conver-

tir al amparo en un verdadero juicio constitu-

cional y poder disminuir el número de asuntos a conocer par la Suprema Corte. Quizá para

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evitar sospechas, intenta deslindarse, casi al final de su discurso, de nuestro autor:

N o es el hombre científico el niejor

magistrado; el mcjor magistrado es el

homhrc práctico, coiiocedor de la cien-

cia del derecho, que ha luchado, que

se ha acrisolado en esta lucha, que sabe

lo que es el mundo, que sabe lo que son

intereses, que sabe lo que cuesta ganar

un peso y lo que cuesta perderlo,. y cse

magistrado, efectivamente, será rnejnr

que todos los EmuIus del senor Rabaca.

Aunque estas palabras más parecen, en una segunda lectura, una apología que una re- tractación del pensamiento de Emilio Rabasa,

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11 X Episodios y Per~osujes del PuderJudici,d de ku Federación

pues dan antes la apariencia de describir su

trayectoria que de menospreciar sus ideas.

Después le toco el turno al diputado

Rafael Martínez de Escobar, quien explicó por qué no habian de tornarse en cuenta las ideas de Rabasa en el dictamen sobre el Poder Judicial:

Se afirmo aquí en esta tribuna alguna

vez por un selecto abogado, por un

hombre quc demostró alta inteiectuali-

dad, que el PoderJudicial no es poder;

pero seguramente este letrado se entu-

siasmó a1 hacer t an erriinea afirmaciiin

con la lectura de esas páginas de que nos

hablaba el licenciado Truchuelo; se-

guramente se obsesionó con la lectura

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de esas páginas que se encuentran en

"La Consticucion y la Dictadura", que

estoy seguro todos los abogados de esta

Cámara conocen, libro escrito por Ra-

basa, hombre indiscutiblemente inteli-

gente y de vastisima cultura; pero, se-

ñores diputados, todos vosotros sabéis

perfectamente bien quién es política-

mente su autor; un hombre de la dic-

tadura, y un libro es algo así como el

hijo del cerebro que lo crea, como un

pedazo del espíritu de aquel hombre,

como un destello de su manera de sen-

tir, como un haz de rayos de su manera

de pensar. "La Constitución y la Dicta-

dura", de Emilio Rabasa, cs Emilio

Rabasa mismo. Si vosotros votáis por

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Epi~odios y Perso #ajes de[ Poder Judicial de la Federuci#n

el dictamen de la comisión, debéis sa-

ber de una vez por todas que estáis vo-

tanda por los pensamientos, por las

ideas políticas estampadas en ese libro

por su autor, el licenciado Emilio Ra-

basa, aquel que fue representante de

Victoriano Huerta ... si vosotros votáis

por el dictamen de la comisión, no

obstante que Ia comisión está integrada

por hombres cuya gran intelectualidad

yo reconozco, pero que en este mo-

mento están obsesionados por la lectu-

ra de ese libro, esto es, por ese hombre

que aunque quiera hacer limpias, puras

y patrióticas sus ideas, es esta una tarea

más que imposible puesto que ese hom-

bre sólo obedeció servilmente a las

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Emilio Rabasa ...

dictaduras autócratas, y nunca podrán

ser sus ideas democráticas ni ideas libe-

rales, porque él ha vivido únicamente

en la tiranía, porque ha respirado sólo

el autocratismo. Sefiores diputados:

en el fondo es la teoría de Emilio Raba-

sa bajo su manifestación más intensa,

aunque en detalle no lo sea, la teoría

que allí en el dictamen de la comisión

se condensa y se estampa. Decir que el

Poder Judicial no es un poder, no es

decir nada.

La sesión continuó al anochecer del mismo 2 0 de enero. El diputado Paulino Ma- chorro Narvaez, saIi8 a defender tímidamente

a Emilio Rabasa y a mofarse del innecesario

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Episodios y I'erronajes del Poder Judiciul de la Fedemción

recordatorio del pensamiento de Montes- quieu, echándoles en cara a los opositores de nuestro autor -aunque sólo mencione a Tru- chuelo- que el odio hacia su persona no les

había permitido concentrarse en el tema del debate:

El sefior Truchuelo nos ha traído aquí

una ciencia de hace zoo años ... una

ciencia de gran pduca empolvada y

crinolina, vestida a la Pompadour ... No

se ha concretado a esto, sino que toda-

vía a esa marquesa del siglo XVIII la

ha hecho montar en Rocinante y le ha

dado un Ianzón para que combata con-

tra los molinos de viento, y el señor

Truchuelo se ha forjado un molino de

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Emilio Rabasa ...

viento y ha ido arremetiendo heroica-

mente contra él. Ha presentado a Emi-

lio Rabasa y ha ido con toda furia contra

Rabasa, pero no ha ido contra el dicta-

men. De hecho, Rabasa no ha tenido

que ver en la comisión. Quizá haya in-

fluido, pero yo, pueden ustedes creer

que por mi parte, lo confieso a ustedes,

hace muchos años leí esa obra y no la he

recordado en estos días. Yo tengo ob-

servaciones enteramente propias que

me ha dado el estudio, Ia historia en

general y no precisamente Xa lectura de

determinado libro.

Curiosamente, aunque Mac horro Nar- vaez presume haber llegado a sus conclusiones

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"4 Episodios y Personujes del Poder Judiciul de la Federdcihn

independientemente de los escritos de Emilio Rabasa, las propuestas de ambos fueron idén- ticas. En suma, cuando los diputados constitu- yentes estaban en contra de las ideas de nues-

tro autor, lo seiíalaban por nombre y por el título de su libro; pero cuando se apoyaban en ellas, simplemente se oIvidaban de darle cré-

dito, o lo hacían sólo entre líneas.

El regreso a México

Un aiío antes de regresar a la ciudad de México, en agosto de 19x9, Emilio Rabasa se enteró de la muerte de su hija menor, Ruth, en un hos- pi tal capitalino. En noviembre viajo a Europa

con su hija Concepción. A fines de mayo de 1920, después del magnicidio de Venustiano

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Emilio RnBusa ... r 2 i

Carranza, regreso con su familia a la rnetro- poli. Ya el 25 de mayo, se presentó ante la Junta Directiva de la Escuela Libre de Derecho, en la que nunca dejó de ser titular, siendo susti- tuido durante su estancia en Nueva York por Manuel María Dávalos. También regresó a co- laborar al despacho que abrió junto con el Lic. Gurría Urgell, en el primer piso del número 54 de la calle de Uruguay A manera de bien- venida, se le nombró Académico correspon- diente de las Reales Academias de la Lengua Española y de la de Jurisprudencia, miembro de la Barra Mexicana de Abogados, del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados, de la Aca- demia de Derecho y Jurisprudencia, y otras más.

Continuó su colaboración en periódicos como Excélsior y revistas jurídicas y de ciencias

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1.26 Epirridior y I'ersonujes del Poder Judiciul de IQ Adertación

sociales como El Foro, Revz'staJurida'cc~ de Id Es- cuela Libre de Derecho, Revista Generul de Dere- cho y Jurisprudencdcs y Revista de Ciencias Sociales. En el primer Congreso Jurídico Na- cional, celebrado del 14 de septiembre al xz de octubre de 1921, propuso una "Reforma a la Constitución Política de la República, con el fin de organizar la Suprema Corte deJusticia como tribunal que pueda garantizar la rapidez de sus resoluciones y cumplir las funciones téc-

nicas que la Constitución le encomienda".

Aunque en su época estas propuestas de Rabasa fueron muy bien aceptadas, nuestro autor vivió lo suficiente no para ver que se hi-

cieran realidad, sino, tristemente, que se diera marcha atrás a su propuesta de que la Suprema

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Emilio Rubusu ... 127

Corte de Justicia funcionara siempre como Tribunal Pleno, por la reforma de 20 de agosto

de 1928 al articulo 94, que dispuso que funcio- naria "en Tribunal Pleno o dividida en tres Sa- las, de cinco ministros cada una". El trabajo reza-

gado creció hasta ahogar las ideas para el de- sempeiio óptimo del Máximo Tribunal del país.

En un ensayo jurídico también de 1921

("Una invención electoral"), criticó el sistema introducido en la Constitución de 1917 (art.

76-V) para que el Senado designara goberna- dor en el caso de la desaparición de los poderes estatales:

Veámoslo en un ejemplo. El Presidente

de la Repiiblica envía una terna de can-

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Ep pisodios y Personajes del Poder Judicial de Ira Federación

didatos al Senado; treinta y cinco votos

favorecen a A , y quince a B; se repite

diez veces la votación con el mismo

resultado; la elección es imposible. La

acción de la minoría es, ciertamente

negativa; pero es ella la que prevalece

sobre la mayoría, porque su fuerza de

resistencia no deja en pie nada preexis-

tente, no sirve para sostener algo esta-

blecido, es la simpIe voluntad, el

capricho o el interés de los menos, so-

breponiéndose a la voluntad del mayor

número y dejando en pie la necesidad

que se trata de satisfacer. Por eso es que

una votación electoral que no IIega a

dos tercios no resuelve nada, en tanto

que la que es simplemente para aprobar

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o reprobar concluye la cuestiijn en la votación primera.

Abordó el tema de "La libertad de tra- bajo" en una conferencia leída el 23 de sep- tiembre de 1922, ante la Confederación de Cá- maras Industriales, donde destacó primero los aspectos positivos de la doctrina socialista que pretende el beneficio material y sicologico del trabajador, para enseguida criticar al "socia- lismo falsificado" que en lugar de buscar los nobles principios que predica, destruye con revoluciones el cimiento de la que pretende establecer, dando paso a la estructura de un sistema como el que promete eliminar.

Al año siguiente dictó en la Escuela Libre de Derecho una de sus conferencias más

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t,fo Episodios y Personajes del Poder Jsrdiciul de la Federacibn

recordadas, e n Ia que expuso sus ideas para una "Historia Sinóptica del Derecho Consti- tucional" que, de acuerdo con Serra Rojas, bien pudo ser el borrador de un tratado de Derecho Constitucional, que el tiempo sólo le permitió dejar en sus cimientos, pero que hubiera sido, según sus palabras iniciales, una magistral combinación y síntesis de su método (derecho, historia y evolucihn):

me es forzoso turnar los principios

capitales que han regido la organiza-

ción de los y limitarme a seguir

su curso en los siglos hasta Ilegar al

nuestro; así se alcanza un concepto ge-

neral, pero claro de Ia evolución poIi-

tica, como se adquiere el del sistema

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Emilio Rabasrl ... 13 1

hidrográfico de un país, con sólo seguir

las grandes corrientes, aunque se igno-

ra cómo los han enriquecido ni de dón-

de vienen, los afluentes que reunieron

el caudal en Ia hondura de la cuenca.

También para sus alumnos mandó tra-

ducir, si no es que él mismo lo hizo, los Ele- mentos de Ciencia Politica del doctor Stephen Leacock, donde se establece que la "Ciencia

Politica sería imposible sin la Historia", y asi- mismo que "la Historia perdería su principal

significación sin la Ciencia Politica".

A mediados de 1924, se rindió nuevo homenaje a Emilio Rabasa en el tercer Con- greso Jurídico Nacional, donde ofreció una

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132 Episodios y Personajes del Poder Judiciul de la Federación

conferencia seiíalando las virtudes y los de- fectos de los autores de las constituciones de 1824 y 1857, a quienes perdonó por sus buenas

intenciones propias de "idealistas equivoca-

dos"; no así a los autores de la Constitución de 1917, a quienes no les habían bastado casi

cien años de faIlidos experimentos consti-

tucionales para mejorar y aprender a hacer las cosas en su debida forma.

A sus 68 años, Emilio Rabasa había per- dido casi del todo la vista pero no las ganas de

vivir. Contrae matrimonio con María Luisa Massieu, hija de una familia que fue su vecina por afíos. Con ayuda de condiscípulos y alum- nos, que también leían para él, continuó sus

clases de Ciencia Política y Derecho Constitu-

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cional, que sobreviven gracias a la versión ta-

quigráfica de Juan José González Bustaman-

te, que se transcriben en la antología de Serra

Rojas. Aunque los ojos de Emilio Rabasa ha- cían el elogio de la sombra, su carácter, su sen-

tido del humor y su pensamiento continuaron

alumbrando a las nuevas generaciones. "Debe-

mos tomar los problemas jurídicos de frente,

con serenidad que raye en indiferencia cientí-

fica, con la falta de escrúpuIos meticulosos y la supresión del pudor con que el médico ma-

nosea el cadáver desnudo y abre las entrañas

en busca de una verdad útil para el hombre",

decía en su cátedra, dande además enseiiaba la tolerancia, cuyo secreto "no consiste en toIerar

las ideas que compartimos sino respetar las

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134 Episodios y Per~omjes del PoOrJfildiciaI de la Federación

que aborrecemos", y a nunca "pedir de favor lo que se puede exigir como un derecho".

Uia legado para la educación libre

El 26 de julio de 1925, para conmemorar el XIII aniversario de la fundación de la Escuela Libre de Derecho, Emilio Rabasa pronuncio un inol- vidable discurso en el Casino Español, que Fe- lipe Tena Ramírez, uno de sus mas renambra- dos discípulos, consideró la Carta Magna de la institución debido a la claridad con que expuso los fines de Ia Escuela, y también su filosofía e ideales pedagógicos. Como la Uni- versidad Nacional se había fundado por de- creto presidencia1 de 26 de mayo de 1910, y no alcanzaría su autonomía sino hasta el 10

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Emilio Rabusn ... '?F

de julio de r g z 9 , Emilio Rabasa declaro en el mencionado discurso que "la Universidad sin autonomía ... queda a merced de la política, su- jeta a las pasiones, a los intereses de partido, sacudida por las agitaciones del desorden y de la represión que se suceden sin cesar; cuando debiera ser, par naturaleza y aún por defini- ción una entidad neutral, serena como la ciencia que es su objeto". A trece arios de establecida, la Escuela Libre de Derecho había conseguido "la demostracion experimenta1 de que la auto- nomía de la ensefianza es posible, de que la escuela autónoma se sustrae no sólo a la polí- tica voluble, sino al desorden revolucionario y a las violencias desencadenadas". Aunque éstas no eran las únicas razones de su tan preciada independencia:

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Ep pisodios y Personajes dtl PoderjWicial de lo Federacidpr

La ensefianza que no tiene por base la

autonomía de la escuela no puede con-

tar con la plena libertad espiritual que

en maestros y discipuIos requiere la

leaItad del que da y la buena fe del que

recibe. Pero, en verdad, si todas las es-

cuelas profesionales de la Nación son

dependientes del Estado, y el Estado

tiene por órgano al Gobierno, ¿es posi-

ble la exposición en ellas de doctrinas

hostiles a las instituciones sobre las

cuales se asienta el Estado y se institu-

yó el Gobierno? ... Cotztéstense como se

quiera estas preguntas generales y

abstractas, lo cierto es que hay unaver-

dad concreta que se muestra en la

historia de nuestros institutos profe-

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Emilio Rubusu . . .

sionales: ningzín gobiertzo la ha consentido

taUnCd entre nosotros. Y este hecho nos

autoriza para afirmar que ninguno

habrá de consentirlo en el porvenir ... Es que el defecto es orgánico; es in-

hcrcnte a la naturaleza del gobierno

como maestro; es defecto necesario en

la fisiología de1 Estado educador ...

Mejores razones no podía ofrecer quien expuso por igual, en la misma oportunidad, las siguientes ideas sobre la enseñanza:

Ensefiar es alumbrar para que los ojos

vean y las inteligencias se regocijen; es

aIumbrar, pero no con la linterna sorda

que ilumina un punto y deja en mayor

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Epaodior y f i r ~ o n a j e ~ del Poder Judicial de la Federación

oscuridad el campo, sino encendiendo

auroras para el despertar de las inteli-

gencias dormidas; es presentarles bajo

la luz del día Ia naturaleza entera que

descubre todas sus formas a la mirada

y ofrece a la investigación todos sus

misterios; ensefiar es desvanecer la nie-

bla para mostrar nuevos horizontes y

levantar en el alma e1 afán inquieto de

alcanzarlas, de remontarlos y descubrir

desde su altura los horizontes de más

allá que estimularán su codicia y su osa-

día ante los enigmas; enseñar es romper

las ligaduras de las inteligencias y ani-

marlas a ejercitar sus fuerzas propias,

confiando en ellas y amándolas, como

el pájaro confía en sus alas y las ama,

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sumisas siervas de su albedrío y ga-

rantes seguros de su libertad. Sólo la

enseñanza así entendida puede llegar

a su más alto fin y a la exaltación del

hombre hasta la cumbre del espíritu;

sólo así puede excitar y encender y su-

blimar el afán irresistible de cono-

cimiento, que parece ser en el alma el

más poderoso imperativo, el afán que

hace a los viajeros de lo desconocido,

a los descubridores de estrelIas, a los

conquistadores de lo ignoto, a las vo-

luntades que marchan sin volver jamás

1a cara ...

Por lo tanto, la Escuela Libre de Dere- cho debía subsistir, pues a ello la obligaba "su

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14 0 Epsodior y Personajes del Poder Judicial de la Federacids

propia responsabilidad porque la sociedad le confió una tarea de aliento en que cifraba la seguridad de una transformación que reclama como libertad y como emancipación del espí- ritu". Emilio Rabasa intervendría aun en la obtención del decreto de validez oficia1 de los títulos concedidos por esta escuela. No siendo rector ni miembro de suJunta Directiva, de la que se separó, por motivos de salud, el 8 de abril de 1929, gestionó el decreto-concesión correspondiente, al amparo de la Ley Re- glamentaria de Escuelas Libres (23 de noviem- bre de 1929)~ consiguiéndolo al fin el 17 de enero de 1930, cuando dos ex alumnos funda- dores ocupaban la Presidencia de la República -Emilio Portes Gil- y la Secretaría de Educa- ción Piíblica -Ezequiel PadilIa-, y Rabasa

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había sido nombrado rector de la Escuela Li- bre de Derecho (de enero a abril de 1930). Otro egresado de sus aulas, Luis Mier y Terán, presento ante las autoridades escolares la ini- ciativa, dos meses antes de la muerte de nues- tro autor, de agregar a la Escuela el nombre de Emilio Rabasa. El intento fracasó, por con- travenir los ideaIes liberales de la institución. No ocurrió así con el legado educativo de Rabasa, pues la EscueIa Libre de Derecho esta próxima a cumplir su primer sigIo de existen- cia, en pleno vigor y leal a sus principios fundacionales.

La muerte y el komendje

Los últimos anos de su vida, Emilio Rabasa, con una salud cada vez mas frágil, los dedicó

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142 Episodios y Personajes del PoderJudicial de la Fedtracida

casi en exclusiva a la docencia, el periodismo y a su querida Escuela.

E1 22 de marzo de 1930, le envió una carta a Carlos Diaz Dufoo, escritor y poIitico que había pertenecido también al grupo de "los científicos, sugiriéndole que colaboraran en una historia de México durante el apogeo del Porfiriato, porque "la juventud actual no

nos conoce, esta equivocada; no somos lo que cree, ni conoce el pasado tal como fue. Hace falta destruir errores, rectificar hechos, ende- rezar juicios, hacer historia, en una palabra". El proyecto no se llevaría a cabo, porque el z~

de abril del mismo afio, a un mes de cumplir 74 anos, falleció Emilio Rabasavíctima de una

pulmonía fulminante, en compañia de su es-

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Emilio Rabasa . . . '43

posa e hijos, en su domicilio de Ia calle Duran- go número 249. '<Al morir estaba al alcance de su mano un rosario de Tziqueté que para éI siempre simbolizó el. aroma y grandeza de su tierra natal". Al día siguiente, partió el cortejo fúnebre de su residencia, a las cuatro de la tarde, hacia el Panteón Francés. Antes de darle el último adiós, Demetrio Sodi, de la Barra Mexicana de Abogados; Querido Moheno, a nombre del Estado de Chiapas; R. Martinez Carrillo, de la Escuela Libre de Derecho; yJosé Barros Sierra y Felipe Tena Ramírez, exalum- nos de la misma Escuela, por separado, leyeron elocuentes oraciones fiínebres a Ia memoria del maestro.

En su artículo periodístico "La muerte de Emilio Rabasa" (6 de mayo de 1930), Eduar-

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144 Episodios y Personujes del PoderJudicial de la Federacióti

do Pallares afirmó que la muerte de Emilio Rabasa marcaba el fin de un ciclo en la historia jurídico-política nacional, por haber concluido el periodo de los constitucionalistas-liberales. Tena Ramírez tuvo una opinión similar, afia- diendo que su obra no desaparecería de los cursos de Derecho Constitucional de toda Ia República, "no sólo por su valor intrínseco, sino también porque fue inspirador, en el as- pecto de la técnica jurídica, de la Constitución de 1917". El hecho de que no existan monu- mentos en su honor, salvo en su Chiapas natal, no debe preocuparnos, pues "el mejor disci- pulo de Rabasa no será aquel que permanezca en inmóvil y hierática admiración ante el maestro, sino el que busque superarlo con honor".

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Venustiano Carranza

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