7
"Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático" "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007 - 2016" MINISTERIO DE EDUCACIÓN ÁREA DE GESÓN INSTUCIONAL EQUIPO DE RACIONALICIÓN Unidad de Gestión Educativa Local N º 03 Breña, Jesús María, La Victoria, Lima Cercado, Lince, Magdalena del Mar, Pueblo Libre, San Isidro y San Miguel Resolución Direor N º ____ 0_9_4_4 _9 ___ -201UGEL 03 Lince, 11 NOV 2014 Visto, el expediente N º 082059 del 30 de octubre del 2013,el cual solicita Renovación de Convenio entre la UGEL 03 y la compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul, para la Dirección y administración de la Institución Educativa Técnico Productiva Parroquial gratuito "La Medalla Milagrosa" distrito del Cercado de Lima el que acompaña en Treinta y nueve (39) fo lios útiles; CONSIDERANDO: Que, es Política de la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local N º 03, suscribir convenios educativos con Instituciones Públicas y Privadas que ofrecen servicios educativos en los diferentes niveles educativos, dentro de la jurisdicción como lo indica los articulo74 º inciso "h" y 92 ° de la Ley de Educación 28044; Que, mediante expediente N º 082059 -13 la representante Legal, solicita la Renovación del Convenio Educativo, a fin de que la UGEL 03 siga prestando el apoyo necesario con personal docente y administrativo a la I.E a su cargo. El Área de Gestión Pedagógica, con Inrme N º 930-2013- UGEL.03/.AGP-EE, emite opinión Técnico favorable para la renovación del convenio en vista que cumple con todos los requisitos Técnicos Pedagógicos y Ambientes de acuerdo a las normas de funcionamiento. La Oficina de Asesoría Jurídica, según el informe N º 832- -014-/MINEDU/UGEL.03/-0D-OAJ, emite la Opinión Legal por la Renovación del Convenio entre la B GEL 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul, para la Dirección y ""/ dministración de la Institución Educativa Técnico Productiva Parroquial gratuito "La Medalla Milagrosa" El Área de Gestión Institucional (Planificación), mediante Informe N º 377-2014/DUGEL.03/AGI/PLAN, opina por la procedencia de la Renovación del Convenio Educativo, cuyo número de plazas es el aprobado en el Presupuesto Analítico de Persona y que permanecerá inalterable durante la vigencia del presente convenio. De conformidad con la Ley General de Educación N º 28044, y las facultades conferidas por la R.M.114-2001-ED.el Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa, Ley de Presupuesto N º 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.

11 NOV 2014 - UGEL 03 · SE RESUELVE: 1° APROBAR, la Renovación de Convenio, entre la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente

  • Upload
    others

  • View
    0

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: 11 NOV 2014 - UGEL 03 · SE RESUELVE: 1° APROBAR, la Renovación de Convenio, entre la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente

"Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007 - 2016"

MINISTERIO DE EDUCACIÓN ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL EQUIPO DE RACIONALIZACIÓN

Unidad de Gestión Educativa Local Nº

03

Breña, Jesús María, La Victoria, Lima Cercado, Lince, Magdalena del Mar, Pueblo Libre, San Isidro y San Miguel

Resolución Directora! Nº ____ 0_9_4_ 4_9 ___ -2014-UGEL 03

Lince, 11 NOV 2014 Visto, el expediente Nº 082059 del 30 de octubre del 2013,el

cual solicita Renovación de Convenio entre la UGEL 03 y la compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul, para la Dirección y administración de la Institución Educativa Técnico Productiva Parroquial gratuito "La Medalla Milagrosa" distrito del Cercado de Lima el que acompaña en Treinta y nueve (39) folios útiles;

CONSIDERANDO:

Que, es Política de la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03, suscribir convenios educativos con Instituciones Públicas y Privadas que ofrecen servicios educativos en los diferentes niveles educativos, dentro de la jurisdicción como lo indica los articulo74º inciso "h" y 92° de la Ley de Educación 28044;

Que, mediante expediente Nº 082059 -13 la representante Legal, solicita la Renovación del Convenio Educativo, a fin de que la UGEL 03 siga prestando el apoyo necesario con personal docente y administrativo a la I.E a su cargo.

El Área de Gestión Pedagógica, con Informe Nº 930-2013-UGEL.03/.AGP-EE, emite opinión Técnico favorable para la renovación del convenio en vista que cumple con todos los requisitos Técnicos Pedagógicos y Ambientes de acuerdo a las normas de funcionamiento.

La Oficina de Asesoría Jurídica, según el informe Nº 832--014-/MINEDU/UGEL.03/-0D-OAJ, emite la Opinión Legal por la Renovación del Convenio entre la

B. GEL 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul, para la Dirección y""\,:/..,_ __ �(J dministración de la Institución Educativa Técnico Productiva Parroquial gratuito "La Medalla

��.,� Milagrosa"

El Área de Gestión Institucional (Planificación), mediante Informe Nº377-2014/DUGEL.03/AGI/PLAN, opina por la procedencia de la Renovación del Convenio Educativo, cuyo número de plazas es el aprobado en el Presupuesto Analítico de Persona y que permanecerá inalterable durante la vigencia del presente convenio.

De conformidad con la Ley General de Educación Nº 28044, y las facultades conferidas por la R.M.114-2001-ED.el Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa, Ley de Presupuesto Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.

Page 2: 11 NOV 2014 - UGEL 03 · SE RESUELVE: 1° APROBAR, la Renovación de Convenio, entre la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente

SE RESUELVE:

1 ° APROBAR, la Renovación de Convenio, entre la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul, para la Dirección y administración de la Institución Educativa Técnico Productiva Parroquial gratuito "La Medalla Milagrosa" ubicado en Jr. Puno N º 1717- Lima Cercado, que consta de catorce (14) Cláusulas y forma parte de la presente Resolución, cuya vigencia será a partir del 02 de enero del 2014 hasta el 31 de diciembre del 2017.

2° DISPONER, que el equipo de Trámite Documentario entregue un Original a la entidad solicitante y dos ejemplares al Área de Gestión Institucional (01 ejemplar para secretaria y 01 ejemplar para el equipo de Planificación)para las acciones de su competencia.

3° ENCARGAR, a las Áreas de Gestión Pedagógica y

Gestión Institucional, velar por el fiel cumplimiento de las cláusulas del convenio y ejecutar las acciones de su competencia.

ístrese y Comuníquese.

1 EL GARCIA CORDOVA

Page 3: 11 NOV 2014 - UGEL 03 · SE RESUELVE: 1° APROBAR, la Renovación de Convenio, entre la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente

Unidaéí"de Gestt6n · Área de Gésti6n FAucaÚva Locai N ' lnstlt�nlll "Año de la Promoción de la Industria Responsable y del compromiso Climático"

RENOVACION DE CONVENIO EDUCATIVO ENTRE LA UNIDAD DE GESTION

EDUCATIVA LOCAL Nº 03 Y LA COMPANIA DE LAS HIJAS DE LA CARIDAD DE

SAN VICENTE DE PAUL EN EL PERU PARA LA DIRECCION Y ADMINISTRACION

DE LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICO PRODUCTIVA PARROQUIAL

GRATUITA "LA MEDALLA MILAGROSA"

Conste por el presente documento, el Convenio de Apoyo y Cooperación que celebran la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL Nº 03, con RUC Nº 20331304736, debidamente representado por el Lic. JOSE FIDEL, GARCÍA CÓRDOVA identificado con DNI Nº 03618194, designado mediante Resolución Ministerial Nº 440-2014-MINEDU del 19 de Setiembre de 2014, con domiciiio iegai en ia Av. Miiitar 2144 Distrito de Lince - Lima, a quien en adeiante se le denominará UGEL Nº 03 y de una parte la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paui, en ei Perú PARA LA DiRECCiON Y ADiviiNiSTRACiON DE LA i.E PARROQUIAL GRATUITA "LA MEDALLA MILAGROSA" debidamente representada por la �11p,:irinr� Prn\linr.i�I �n� Mlr.:I IFI IN4 J:'I n�tnn PFr.1-114�0Vlr.H irl,:intifir.�rf� �,:igi'm nNI Nº 06034285 y con domicilio legal en la Avda. Pérez Aranibar Nº 2402- Magdalena del Mar, que en adelante se denominará "LA COMPAÑIA". para !a Dirección y administración de !a IE Parroquial Gratuita "La Medalla Milagrosa" en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA.- DE LAS PARTES

1.1. LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL 03, es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional de Lima, y tiene como objetivo apoyar a las i11�tituvivm:::� t,1Úblive1� y IJ' ive1de1� d� �u ju, i�divviú11, d��e111 vHe111dv e1vtivide1d�� �duve1tive1� mediante la suscripción de Convenios.

1.2. LA COMPAÑIA, como entidad promotora tiene a su cargo la Dirección Administración de la Institución Educativa Técnico Productiva Parroquial Gratuita "La Medalla Milagrosa" asimismo brindar atención integral a las adolescentes, señoras y otros que vean conveniente en bien de la misión.

CLÁUSULA SEGUNDA.- ANTECEDENTES

2.1 LA UGEL 03, es un órgano desconcentrado de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropoiitana y proporciona ei soporte técnico, pedagógico, institucionai y administrativo a los centros y programas educativos de su ámbito, para asegurar un C!Oruil"in orl11f"!:ltiun f"'nn on11irl!:trlV'-"'1 W 1'-"1'-" V'W""'"'"""'' W' V VVI 1 """1""''W_,..'W•

2.2 LA COMPAÑIA, LA Compañía es propietaria del inmueble y tiene como principal objetivo que la IE Parroquial Gratuita" La Medalla Milagrosa" contribuya en la formación de Líderes, Transformadores capaces de construir una sociedad más justa y solidaria, brinda una formación cristiana sólida a toda la Comunidad Educativa a través del estudio y reflexión de los evangelios y del carisma institucional que permita vivir una identificación 'más plena en Cristo redentor y el Carisma Vicentino y que responda a las necesidades del mundo de hoy, fortalecer los valores éticos-morales para lograr una actitud crítica y reflexiva en padres de famma, maestros y estudiantes para que respondan con coherencias a las exigencias del mundo actual, contribuir a elevar el nivel de desempeño �· • I I ICl�.:>t1 v.:, y �.:>tudic:ant�.:> ..,a, Cl al\,c:II ILc:11 , ,iv�I�.:, c:l\,Cld� ••• ¡...,v.:, Y ..,. vf�.:,iv, 1c:al�.:,

ÁV. Miiitar Nft 2i44

Lince, Lima 14, Perú

T:511- 206-6689

www.ugel.03.go�

Page 4: 11 NOV 2014 - UGEL 03 · SE RESUELVE: 1° APROBAR, la Renovación de Convenio, entre la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente

PE i MingJerio<if ,eyo Pihmi:mii\11

º"Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático""

Competentes que respondan a la exigencias actuales, promover convenios con entidadesnacionales para crear calidad en el servicio que se ofrece de conformidad con losdispositivos legales vigentes, coordinado con las instancia orgánicas correspondientesde iglesias-Educación.

CLAUSULA TERCERA:BASES LEGAL

Los dispositivitos legales que sustentan el presente Convenio son:

3.1. Constitución Política del Perú 3.2. Ley Nº 27 444, Ley del Procedimiento Administrativo General 3.3. Ley Nº 28044, Ley General de Educación artº 7 4° inciso "h" y 92° suscribir convenios

educativos con Instituciones Públicas y Privadas que ofrecen servicios educativosen los diferentes niveles educativos.

3.4. Ley Nº 28411, Ley General del sistema Nacional de Presupuesto. 3.5. Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación. 3.6. Decreto supremo Nº 009-2006-ED,Aprueba el Reglamento de Instituciones

Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva. 3.7. Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, Aprueba el Reglamento de organización y

funciones del Ministerio de Educación y su modificatorias

CLAUSULA CUARTA: AMBITO DE APLICACIÓN

Las disposiciones el presente convenio serán de alcance a estudiantes de escasosrecursos económicos.

CLAUSULA QUINTA: OBJETO

Contribuir a eliminar la exclusión social y la desigualdad de oportunidades, formar agentemultiplicadores del cambio, basado en una educación en valores con una sólida formaciónhumana , científica y cristiana.

CLÁUSULA SEXTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

De acuerdo a sus competencias, ambas partes se comprometen a desarrollar lo siguiente:

��-�l1tt� LA UGEL 03, se compromete a: �$/ e">� f..w .. cin•,

'!:: �:' �}'Seguir proporcionando al personal docente y administrativo asignado en convenios ¿-;� "�1 anteriores, el mismo que pueden ser reajustados en la aprobación del presupuesto

",,,..;, Analítico del Personal asignado el siguiente:07 docentes de aula de 30 horas 01 oficinista de 40h.

f I\) 01 Trabajador de servicio de 40 h.

Av. Militar Nº 2144 Lince, Lima 14, Perú T:511-2066689

www.ugel.03.gob.pe

Page 5: 11 NOV 2014 - UGEL 03 · SE RESUELVE: 1° APROBAR, la Renovación de Convenio, entre la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente

Unidad de Gest:J6n Área de Gestión Ell,ocatlva Local � 03 Institucional

CLAUSULA NOVENA: MODIFICACION

"Año de la Promoción de la Industria Responsable y del compromiso Climático"

Cualquier modificación y/o interpretación de los términos y obligaciones contenidas en el presente convenio deberán ser realizadas mediante la correspondiente Adenda, (la cual deberá ser suscrita bajo la misma modalidad y formalidad de este documento) y que formará parte integrante del presente Convenio.

CLÁUSULA DECIMO:RESOLUCIÓN DE CONVENIO

El presente convenio podrá ser resuelto antes de su vencimiento en los siguientes casos:

En caso de existir de parte de los usuarios una serie de denuncias, reclamos, quejas y maltratos debidamente sustentados en la falta de atención a sus peticiones respecto a los servicios otorgados, la UGEL 03; se reserva el derecho de resolver el convenio o la decisión de no suscribir uno nuevo convenio.

El presente convenio podrá ser resuelto por incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente documento por cualquiera de las parte, para lo cual la parte afectada comunicará por escrito a la otra parte la decisión asumida en un plazo no menor de treinta (30) días calendario de anticipación, antes de !a labores educativas sin que ta! decisión genere pago de lucro cesante o cualquier otro tipo de pago o indemnización.

CLÁUSULA DECIMO PRIMERA:SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cualquier asunto no previsto expresamente en el presente convenio y/o cualquier discrepancia en su aplicación o interpretación, buscaran ser solucionadas mediante el entendimiento directo sobre la base de las reglas de la buena fe y común intención de las partes, procurando para tal efecto la máxima colaboración para la solución de las diferencias, en caso de no poder soiucionario de común acuerdo, ias partes podrán recurrir a ios medios aiiernaiivos de soiución de conflictos al través de los centro de conciliación, solo fracasado esos esfuerzos, recurrirán a ia vía jurisdiccionai.

CLÁUSULA DECIMO SEGUNDA.- COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES

Toda comunicación; aviso o notificación que se cursen las partes entre sí; surtirá efectos en los domicilios consignados en la parte introductoria del presente Convenio. Cualquier variación del mismo deberá ser puesta en conocimiento de la otra parte, con una anticipación de quince (15) días hábiles

0-:1r-:1 +nrln In nn nrt:n,i�+n on ol rnnuonin rinon l-:1� nnrm-:1� rlol �i�+om-:1 i11rírlirn n110 ro�11l+on 1 U.I U I.VUV IV I IV t"' V V'"""'"' '-'' 1 '"'' VVI IV'-"'""'' 1 ·�"'' "·""" I IVI 11 n ..... \.ol'-'1 '"'""""""''' n • .a J UI '""'"'·"'" '1""""' 1 \.,V U II.WI 1

aplicables o las disposiciones del código civil.

Av. Miiitar N!12i44 Lince, Lima 14, Perú T:511-206-6689

www.ugel.03.gob.pe

Page 6: 11 NOV 2014 - UGEL 03 · SE RESUELVE: 1° APROBAR, la Renovación de Convenio, entre la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente

Área deGesti6n lnstltudonal

LA CONGREGACION se compromete a:

"Año de la Promoción de la Industria Responsable y del compromiso Climático"

6.2 Impartir una educación de calidad acorde con los Programas Curriculares oficiales vigentes, dentro de! marco de !a Ley genera! de Educación, sus Reglamentos y la

normatividad, de acuerdo a la modalidad y nivel correspondiente. 6.3 noc::tin�r ovr.l115iu�monto p�r� lnc:: finoc:: no ,� lnc::tih ,r.iñn oti11r.�tiu�, !as plazas

presupuestadas que son asignadas por la UGEL 03, para cumplir con el proyecto Educativo en ei contexto de ia ernergencia educativa.

6.4 Brindar a los estudiantes una educación integral centrada en los valores reconocida paia tal fin poi la Iglesia Católica.

6.5 Brindar una axiología basada en los principios cristianos Mariano Vicentino 6.6 Mantener permanente coordinación con la Dirección de la UGEL 03 a través de su

representante. 6. 7 Supervisará y controlara ei desarroiio curricular, teniendo en cuenta ios objetivos de ia

Compañía en el campo educativo. 6.8 La Compañía se reserva el derecho de participar en la selección del personal, así

como solicitar el cambio del personal que no reúna las condiciones para el normal desempeño de sus funciones pedagógicas.

6.9 Proponer el contrato de personal (Directivo, docente y administrativo) en las plazas vacantes de acuerdo a las normas vigentes y cualquier movimiento y/o desplazamiento de personal titular se realizará de acuerdo a lo establecido en la Ley del Profesorado y su Reglamento.

CLÁUSULA SEPTIMA.- COORDINACIONES ENTRE LAS PARTES

7 .1 El presente convenio constituye una relación educativa y de apoyo mutuo mediante el cual la UGEL.03 proporciona personal docente y administrativo a LA COMPAÑIA y esta a su vez proporciona los servicios educativos.

7 .2 La jornada 1aoora1 ae1 personai asignado por LA UGEL 03 será estabiecida en ias normas vigentes para la forma educativa, y gozará de todos los beneficios estabiecidos en sus respectivas leyes de carrera.

7.3 LA UGEL.03, a través de sus áreas especializadas realizará la supervisión, ��,:i�nr�mi,:intn, AV!:lh 1!:lr.iñn y r.nntrnl ti,:i l!:1� !:lr.fü,iti!:ltiA� p,:in!:lgñgir.!:I� y !:ltimini�tr::dhr!:1�, en concordancia con la normativa vigente.

CLÁUSULA OCTAVA: PLAZOS

El presente Convenio tendrá vigencia en vías de regularización por dos (04) años, a partir 02 de Enero del 2014 hasta el 31 de diciembre del 2017, el cual podrá ser renovado por acuerdo entre las partes, previa evaluación.

ÁV. Miiitar NQ 2i44 Lince, Lima 14, Perú T:511-206-6689

www.ugel.03.gob.pe

Page 7: 11 NOV 2014 - UGEL 03 · SE RESUELVE: 1° APROBAR, la Renovación de Convenio, entre la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 03 y compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente

-Unid�&hacatwa

Área de Gestión ' Institucional

"Año de la Promoción de la Industria Responsable y del compromiso Climático"

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RENUNCIA A SUS DOMICILIOS

En los casos de tener que acudir al Poder Judicial, ambas partes renuncian al fuero de sus domicilios y se someten a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial de Lima, señalados como tales los indicados en la introducción del presente convenio, lugar de notificación judiciales yo extrajudiciales a que tuviere lugar

Unidad de Gestión Educativa Loca! Nº

03 de San Vicente de Pau!.

ÁV. Miiitar Ni! 2144 Lince, Lima 14, Perú T:511- 206-6689 www.ugel.03.gob.pe