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BREVE RESEÑ .... IUSTÓRIC .......
cionó por su no mbre, dado que Taney apoyó a los esclavistas del
sur; por consiguiente, Vallarta se refería más al célebre ministro john
Marshall , tanto así que se le dio el renombre de ft el Marshall mexicanoft .
lO'
CU:lndo Va ll3rta se posruló para Presidente de la Suprema Corte ,
pugnó por la modi ficación del artículo 79 constitucional, que finalmente
se modificó hasta 1882, para quitarle definit ivamente al Presidente de la
Suprema Corte la suplencia del Poder Ejecutivo.
Durante la dictadura porfirista no importó, como sí a juárez, lo
relativo a o torgar salarios dignos a los jueces para procurar su indepen
dencia, y w mbién, por qué no deci rlo, sancionarlos cuando incurrían
en faltas. La de Díaz fue una época de gran corrupción , yen el afio de
1879, se p resentó un serio conflicto entre el Poder judicia l de la Federa
ción y el Ejeclllivo, con mot ivo de la falta de pago de sueldos que sufría el
primero. ¡\'Iatías Romero, entonces secretario de Hacienda, se oponía a
pagar en términos de igualdad a los tres poderes y, bajo diversos p re
textos, no enlregab:l el sueldo de los empleados, jueces, magistrados y
ministros; incluso el Poder Judidal corri ó el peligro de caer en un paro
de labores.
Ent onces, se comentó que la intención de Porfirio Dí3Z era someter
y rebajar a la Suprema Con e. Va llana estaba :11 frem e del más Alto Tribu
nal, pero procuró no tomar parte activa en es tas disputas; po r lan to, no
sólo se desautorizó la in tervención de la Supren13 Corte en cuestiones
político electorales, sino que, incluso, se llegó a detener el pago de
sueldos y la entrega del p resupuesto, a fin de doblegar al Poder Judicial
para fren:n su independencia y sujetarlo a los d ictados del Jefe del
Ejecutivo.
lOS JAVIER MOCll-:ZUMA IlARRAGÁ)1
Alicer una magnifica obra de aquella época que editó la Suprema
Con e, me impresionó notablemente lo que nos refiere el gran libera l
Ignacio Altamirano sobre el caso de Ignacio Ramírez, entonces ministro
de la Corte, y qu ien al estar sumamente delicado de sa lud solicitó dos
semanas de licencia, y murió dlas después. Ignacio Ahamirano escribe
sobre este dramático acontecimiento:
.. . en la casa de aqllel ministro de la Refomla , de aquel representante
del pueblo, de aquel gm n ciudadano. reinaba una pobreza extrema tal.
que no hahía con q\lé hacer lo:, gastos mas urgentes, entre e llo:" e l
funeral; e l erario federa l se hallaba exhausto, y hacía varios meses que
no se podía pagar sueldo a los magistrados, esa era la sitll:1ción, las
pocas COS:1S de va lor que poseía la familia se habían sacrificado y no
quedaba nada.
Hago hincapié en que nos referimos a Ignacio Ramírcz, quien ocupó
la Secreta ría de Hacienda, y practicó una de las grandes vi rtudes juaris·
tas: la honeslidad.
El mismo José Marí:llglesias se negó :I litiga r en tiempos de Porfi rio
Díaz porque repudiaba la ilegitimidad de origen de su gobierno, y vivía
del producto de dos acciones con va lor de 200 pesos de la ¡\-linera de
Santa Eublia ; con esos m:lgros recursos sobrevivió con dignidad qu ien
también había sido secretario de Hacienda y encargado de la des~lJnorti ·
zac ión de los bienes de la iglesia , demostrando así sll gran patriotismo y
honest idad.
Ignacio L. Va llarta era un hombre recIO y, por consiguiente, se separa
del gobierno de Porfirio Dín, renuncia a la Suprema Corte de Justicia y
busca infructuosamente la Presidencia de la República en 1880. Dos años
después, le escribi ría a M~teo Muro: "G r~cias :l Dios que eslOy separado
BREVE RESEÑA HISTÓRICA ...
ya de un puesto en que estorbaba bastardas ambiciones y por cuyo
mot ivo tanto se me hostili zó" . Otra carta que dirigió a Juan !-lijar, el 24
de junio de 1886, es muy significa tiva puesto que aborda la cuestión
electoral , al manifestar:
Nadit: cree en el sllfragio aquí, nadie tOllla parte en él: el Gobierno ha
circulado ya sus listas de diputados, de senadores. de magistrados a
todos los e~ tado~ y contra estas liSias l:t lucha es imposihle. Aunque
alguna oposición empezaha a formarse en esta ca pital. queriéndo~e
o rganiza r un círculo que Irnoojara por cand idaturas independientes: hace
un mes que están en la cárcel algunos de los miembros de ese círcu lo y
lo~ demás andan huyendo o est:in escondidos. El paí~ \'e y ca lla en
medio de ese :.ilencio, tendremos uno:. podere~ manejahle:.. :.egún la
gráfica expresión de un ministro. Quién nos huhiera dicho allá en
nue:.tros entusiasmos juveniles que la democrnci:1 que formulaha nue:. tro
helio Ideal hahía de asumir lan pronto las formas que hoy revbten emre
no:.olros , .. ¡\'ale mas ni hablar de esto!. .. quien aquí vh'e y ve lo que
pasa , tiene que devora r amarguísimas decepciones.
Finalmente, el 1:; de agosto de 1886, En una misiva dirigida también
a ¡\olaleo Muro, Valbrta rebla:
Ejerzo l:t profe:.ión a m:b no poder, porque de ella como; pero h:¡n
llegado Jo~ trihuna les a lal grado de elllhajecimiento, de ignorancia, de
pro:.tilución que ~on muy alll:lfgo~ 10~ honornrio~ que hoy:.e ganan .. ,
e~ 1:10 mala que no:.e puede ni concehir como exj:.13; lan mala que no
tiene pr ... cedenle~ en nue:.tra hi:.tori:l y :lñade ... Si pudÍl::r.1 rctrogradM
\'einle :lño:. I;'n mi vida, \ 'er¡':b que no \'oh'eria hacer lo que en dio:. he
hecho, T::tl e~ mi modo de \'er el porvenir , E:.per:índolo, \'Í\'o en eMe
~ lIcio prl;':.ente de la manera m:f:. ablada po:.ihle,
Ante la necesidad de ca mbiar el estado de cosas que se padecían en
México, el iniciador de la Revolución Mexicana, Francisco 1. Madero,
'09
210 .JAVlER MOCTEZu.\IA BARRAGA..~
enví:l una carta a Fernando Iglesias Calderón, hijo de José María Igle
si:J.s, en donde le manifiesta que
Despertará de su largo sueño el puehlo mexicano, para rnoSlfarse tan
grande como en OHas épocas se ha mostrado, y para c\lnrir de gloria
como siempre que ha combatido por los grandiosos principios que
e ncierra la constitución de ;7, principios proclamados por b hrillante
pléyade que secundó :l Juárez y entre b cual descuella , se destaca con
leHas bril lantes, e l nomnre del padre de usted, (José 1-- laría Iglesia s),
Si bien la dictadura le había cerrado la posibil idad a la Sl.I p rem:1
Cort e de Justicia de intervenir en asuntos e lectorales, a l in icio de la lucha
revoluciona ria se mencionó la necesidad de que J I Ailo Tribuna l se le
diera , al menos, la fa cul tad de invest igar las vio lac iones al VOIO público.
Así, en los debates del Constituyente de 1917 gravitó esta problemática ,
el d iputado Rafa el Martínez Escobar manifestó que la Suprema Corte
d e Justic ia además de sus facul tades jurídica s tenía una función
esencia lmente pollliGl, no obstante que los ministros que la integraban
no debían tener un origen pa rt idista. Durante este debate, Martínez
Escobar se sustem ó en el proyecto de reformas a la Consti tución de José
Diego Fernández, de 191 4, que en esta ocasión comentamos, propuso
que la Suprema Corte tu viera la función de investigación cuando
ocurri eran violaciones al voto público, esta propuesta fue aprobada por
el Constituyente quedando plasmada en el art ícu lo 97. Nótese que este
art {culo otorga a nuestro Máximo Tribuna l atribuciones propias de una
autoridad invest igadora con el solo alcance de emiti r una recomendación
sin ca rácter resolutivo que puede ser aceptada o desechada por otra
:Iutoridad competente .
En su proyecto .losé Diego Fernández propuso que la elección del
Presidente de la Reptíblica se realizara en un so lo acto, por mayoría
BREVE !tESENA IIISTóRICA ...
absoluta de los votoS de los diputados, los senadores y tres representantes
de los Estados, a semejanza del sistema francés vigente en aquella época,
o sea una e lección indirecta. Lo interesante es que el Presidente de 13
Asamblea para elegir Presidente de la Repüblica, de acuerdo con su
proyecto, se ría el Presidente de la Suprema Corte de Justicia.
Por ot ra pane, José Diego Fernández sugirió se eswbleciera consti
tucionalmente que para ser Presidente, se requiriera no habe rse levan
tado en armas en contra de un gobie rno legítimo. Esto lo recomendó al
recordar la actuación de Porfirio Díaz. Más larde, el Constit uyen te de
19 17, retomó esta propuesla con e l fin de cerrar definitivamente el paso
al militarismo golpista , consignándolo e n la fracción VII de l anícu lo 82.
Este artícu lo dispone que ninguna persona que directa o indirectamente
hubiese contribuido o panicipado en una asonada conlra los poderes
legalmente conslituidos, pudiera se r Presidente de México; sin embargo,
dicho artículo fue modificado poste rio rmente a instancias de l general
Álva ro Obregón en 1927, debido al antecedente del magnic idio del
Pres ide nte Venustia no Ca rranza , resultado de l Pl3n de Agua Prieta.
II I
Como ya se ha mencionado, otro asunto de su lila importancia es
la suplencia presidencial. El artículo 8j, del proyecto de José Diego Fer
nández, p ropone la supresión de la Vicepresidencia. Respecto de la
suplencia de l Presidente, al principio de nuestra vida institucional se
establecía que el ganador de las e lecciones sería nombrado Pres idente y
el que obtuviera el segundo luga r en b contienda ocuparía la Vicepres i
dencia , y que e l Vicepresidente, a falta absoluta de l Presidente ocuparía
la Pres idencia de la Repüblica. Imagínense ustedes, el que resu ltara triun
fador en los comicios tendría nada menos que de Vicepresidente a su
contrincante más cercano; pensemos qué sucedería act ualmente si el
JAVI F.R ;\lOCTF.ZU;\lA UARRACÁ,,,
próximo 2 de julio el candidato que ocupe el segundo lugar obtuviera
la Vicepres idencia y, por tanto, la posibi lidad de suplir al Presidente en
sus fa ltas.
Mientras estu vo vigente, esta disposición provocó una serie de
golpes de Eswdo y un caos en México; así, José Diego Fernández prefirió
suprimir la Vicepresidencia en su proyecto.
Cuando Victoriano Huerta hace p risioneros al Presidente Francisco
1. Madero y al Vicepresidente .losé María Pino Suárez, este suceso llama a
una reflexión de que posiblemente Pino Suárez se equivocó, porque
siendo el Vicepresidente debió quizás haber salido previamente de la
Ciudad de México rumbo al norte para encontrarse con Venustiano
Carranza, ya la muerte del Presidente Francisco 1. Madero, José María
Pino Suárez hubiera asumido constitucionalmente la Presidencia de
¡"léxico; de ot ra manera, lo que sucedió es que ViClOriano Huerw ocupó
la Presidencia media nte una u surp~l(;ión revestida de " legalidad".
Pues bien, qué pasa entonces con la intervención de la Suprema
Corte de Justicia en las cuestiones po líticas, porque evidentemente era
inconveniente el que se involucrase en políti ca partidista , pero sí en el
control cons ti tucional, y en vigila r la sup remacía de la ConstilUción
en 1I1 ~l1eri a ele('loral. A lgunos casos son dignos de mencionar, como el
de José ¡"la r í~1 Truchuelo, quien fuer:l constitu yente y aspiraba legíti ma
mente a la gubernatura del Estado de Querétaro. Sin emlxlfgo, el 19 d e
ma yo de 1920 le negaron el regi stro de su candidatura; entonces,
interp uso un juicio conocido como "Amparo José Guerra Alvaraclo" ,
mismo que ganó y, por tanto, fue candidato, triunfó en la elección y
asumió la gubernatura. Pero es to iba di a me lr ~limente en con tra de las
BREVE RESEÑA HISTÓ RICA .••
tesis de Va llana, aún en boga. jasé Mana Truchuela, quien había ocupado
el cargo de minislro en la Suprema Corte de justicia , armó sus alegatos
de lal manera que conclut3 que su caso no se rerena a una cuestión política,
sino a una vio lación a sus garantías individua les.
113
En materia política, como ya lo comenté, el artículo 97 otorga la
facuhad a la Suprema Corte de investigar cuando haya violación al voto
público, y remitir el resu ltado de la misma a las autoridades compe
tentes, lo cual es muy cuestionable, pues desnaturali z.1 las funciones
esencia les de la Suprema Corte , más rnin después de la creación del
Tribunal Electo ral del Poder judicial de la Federación.
El artículo 97, como lo calificaron varios ministros, fue un semillero
de disco rdias y el ministro Olea y Leyva, así como el minislfo t" lanuel
Bart lett Bautista, intervinieron cuando se presentó el caso de León, Gua
najualo, en 1946. Manuel Bardell Bautista sostuvo que la Sup rema Corte
era un poder polít ico y debía imervenir en cuestiones polít icas cuando
se viola ra la ConstiLUción. En d ichas discusiones el art ículo 97 fue
bautiz:ldo como no rnil orrinco del derecho ". Las tesis de Vallart:1 tuvieron
gran innuencia durante toda esa época, tan to así que el ministro O lea y
Leyva decía que la Co rte tenía horror a la pol ít ica y se debía alejar de la
polÍl ica mi lilan te y pa rt id ista, excepto cuando se tratara de asumas que
llevaran hacia el perfeccionamiento del o rden social.
Como ya lo comenlé, con Benito j uárez se inició esta tendencia :1
favor de la intervención de la Sup rema Corte en cuestiones polílic3S; sin
embargo , co mo ya se abordó, no convenía al diclador Porfirio Díaz la
evolución de eSla Icsis y. posteriormente, en la época del part ido mayo
rit ario hasta 1996, ta mpoco se rev ivieron las lesis de josé Ma. Iglesias
JAVIER ~ 'OC-rEZU"1A UARRAGÁN
para no darle al Poder Judicial el lugar que merecía en beneficio de nues
tra democracia. Existía entonces la autocalificación electora l , mediante
la cua l los legisladores se ca lificaban a sí mismos; ni siquiera el Congreso
saliente lo hacía, sino la legislatura entrante. Había una au tént ica y de
plorable au tocalificación que atentaba contra los principios democráticos.
La entonces Comisión Federa l Electoral la integraban representantes de
los cuatro partidos políticos regist rados, así como dos represenlantes
del Congreso, el Presidente era el secretario de Gobernación. El control
pol ít ico lo ejercía la Secretaría de Gobernación, no obstante el país fue
evolucionando en forma positiva. Don Jesús Reyes Heroles reJliza una
consulta. pública en 1977 para abordar estos lemas y llevar a cabo una refor
ma política. En dichas consultas, el actual Presidente de la Suprema Corte,
don Mariano Azue la Gliitrón , dio su punlo de vis ta y dijo algo de la
mayor trascendencia: ~ hay que ascender la política al nivel de la justiciaM,
y proponía que se crea ran tribunales electora les que actuaran con impar
cialidad. Ayer (5 de abril de 2006), dijo también algo releva.nte: "la política.
ya. está supeditada al derecho y no el derecho a la política".
Así se reformó el artículo 60 de la Constitución en 1978, estable
ciéndose el recurso de reclamación , el que podría interponerse Jnte la
Suprcma Corte por quienes consideraran sus derechos eleclOrJles vulne
rados. El Máximo Tr ibunal cmitirla una opinión no vinculante.
Lo interesante es que este mismo sistema lo había propuesto preci
samente José Diego Fernández, en el libro que presentamos. El recurso
de reclamación implicaba la intervención de los Jueces de Distrito y
tuvo corta vida: se registraron so lamente ocho C3S0 S, y ninguno fue
aceptado por la Suprema Corte. Cabe mencionar que el Lic . .losé López
Port illo y Rojas, abuelo del Presidente López Portillo, fue defendido por
BKEVE ItESEÑA HLSTÓ KLCA ...
José Diego Fernández en un juicio po lítico a principios de siglo XX en el
Senado; la familia López Porti llo le tenía gratitud y quizá por ello se
rescató esta opinión de José Diego Fernández en la Reforma Política
impulsada por don Jesús Reyes Heroles.
Debido a la influencia de la posición de Vallarta, se llegó al extremo,
como lo hizo Miguel González Ave lar, de considerar los planteamientos
de José María Iglesias como "tesis diabólicas"; don Amonio Carrillo Flores
d ijo entonces algo de gran relieve: "la Corte debía in tervenir protegiendo
los derechos políticos de los mexicanos, que están ya reconocidos como
Derechos Humanos y en numerosos instrumentos internacionales votados
favorablememe po r nuestro país". Según Carrillo Flores, Vallarta d io una
respuesta justa a las tes is de incompetencia de origen , pero afi rmó que
"el péndu lo se fue demasiado lejos, pues nunca se cumplió su función
primaria y es indudable que la Corte, con independencia, con espíritu pru
dente, midiendo sus fuerzas -que es la regla de oro en la polít ica- p uede
contribui r en el futuro a fortalecer nuestras instituciones democráticas y
nuestro federalismoM• Y así sucedió, con la creación del 3crual T ribuna l
Electo ral del Poder Judicial de la Federación. Conslat:lInOs as! cómo en
los años 90 se va accediendo a la democracia plena , pues este idea l
pol ítico no se concrela repentinamente en ¡" léxico el 2 de julio de 2000,
ya que los mexicanos anleriormente inicia mos un progreso gradua l
reflejado en las d iferentes reformas a nuestras leyes electorales, p rinci
palmemc la de 1996. Un año después, el Part ido de b Revo lución Demo
cd tiGl ganó las elecciones en el Distrito Federal y en el afio 2000 el
Partido Acción Naciona l obtiene la Presidencia de la República. Nuestra
democracia es joven y para que progrese debidamente se requiere forta le
cer y respelar nuestras instituciones electora les, ya que la ciudadanía
goza de una sólida madurez políti ca.
21 S
l16 JAVIER MOCTEZU~lA IlARRAGÁ;'"
Ahora bien, las tesis que en su tiempo sostuvo Va llarta se ven
internacionalmente cuestionadas después de la Segunda Guerra Mundial
en Europa y en los Estados Unidos de América. La judicia lización de las
cuestiones políticas se hace cada vez más frecuente. Hay un caso en
Estados Unidos conocido como "Baker vs. Carr\ de 1962, en donde se
establece que la Suprema Corte Americana podía intervenir en cuestio
nes polít icas. Antes d icho tribunal había asumido el p rincipio de la
autolimitación, pero a partir de entonces, y lo vimos claramente en las
elecciones para Presidente de los Estados Unidos de América del año
2000, la Suprema Corte interviene como garante del o rden constil-ucional
en materia político-electoral.
Se advierte un gran avance en México después de haber sufrido
retrocesos en nuestra historia ; finalmente, a más de 200 años del na
cimiento de Benito juárez, contamos con un sistema democrático en
donde interviene el Poder judicial. Sin embargo, parece importante que
fina lmente se suprima del artículo 97 de la Consti tución , el p ::írrafo
que le otorga la facu ltad a la Suprema Corte para interveni r cuando se
viole el voto público, cuando se ponga en duda toda la elección de alguno
de los poderes, pues la Suprema Corte de justicia no es una instancia
investigado ra, y más aún cua ndo el Poder Judicial cuenta ya con un
Tribunal Electoral competente y eficaz.
Por su parte, en 1988, cuando CU:luhtémoc Cárdenas recurrió a la
Suprema Cone, con fundamento en el artículo 97, para que se investiga ra
lo conducente respecto a la controvert ida elección presidencial de aquel
año, el Máximo Tribunal rechazó tal peti ción.
Queda pendiente Ol ra disposición que considero debe reformarse
en nuestra Constitución: es el artícu lo 84 , relativo a la sustitu ción
BREVE RESEÑ .... HISTÓ RICA ...
p residencial , porque el mecanismo previsto en la Constitución es suma
menle complicado y en el presente inviable po lít icamenle con un
Congreso dividido.
1 17
La fórmu la que contiene la Consti¡-ución es poco pdctica, ya que
si se presenta la fa lta del Ejecutivo Federa l , podríamos tener un Presidente
provisional, sustituto, o interino, de acuerdo con cada supuesto. En fin ,
podría mos contar, incluso, en un año secuenciallnenle con tres Pre
sidemes de la República y lo d ramático es que no está previsto quién
debe asumir de inmediato la Presidencia de Méxi co. Esto es realmente
p reocupante y merece en el p róximo sexenio discutirse a conciencia y
resolverse definitivamente.
Todos los países del mundo contemplan la sustitución au tomática:
las naciones la tinoamericanas, en su mayoría, cuentan con la Vicepresi
dencia, como Argentina, Bolivia , Brasil , Colombia, Chile, Ecuador, Perú
y Venezuela , entre Otros. En Europa, Espaí'la contempla la Vicepresiden
cia como vari os países del Viejo Contineme, y desde luego los Estados
Unidos de América. La prelación en el caso de la sustitución presidencial
en muchos de ellos es la siguiente: el Vicep residente, el Presidente del
Senado, el Presidente de la Cámara de Diputados, y algunas naciones
también incl uyen al Presidente de la Suprema Corte de justicia.
En México, desde 19 17 a la fecha, s6lo Venusliano Carranza ha
sido asesinado siendo jefe del Ejecutivo, porque el genera l Álvaro Obre
gón era Presidenle electo cuando fue ultimado por León Toral. Afortll
nada mente, desde 1920 no hemos tenido el drama en México de que un
Presidente en funciones fa llezca por razones naturales, accidenlales o
bien por homicidio. Lamentablemente, no tenemos sa lida práctica al
problema de la suplencia presidencia l. En la época de juárez, como ya
JAVIER MCCTEZUMA UAKKAG,{¡'
he reiterado, se contaba con el Presidente de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación para suplir la fa lta de l Presidente de los Estados Unidos
l"lexicanos.
Deseo finalizar esta conferencia con la siguiente re tlexión: por
primera vez en la historia México vivió en el año 2000 una alternancia
de la Pres idencia de la República de un pa nido político a otro en forma
pacifica, manteniéndose la paz socia l, gr<lcias en gran medida a la actuación
del Poder Judicia l de la Federación que ha trabajado inlensamcnte para
da rl e gobernabilidad a México , interviniendo en aquellas cuestiones
políticas en donde existe una posible violación a la ConStilUción.
La Suprema Corte de Justicia ha retomado su estatura moral e
independencia y se ha const ituido en una valiosa instancia para solucio-
BREVE RESEÑ ... IllSTÓRIC ......
nar asuntos de o rden político ; sin embargo, es importante mencionar
que dentro de una normalidad democrática, lo anteri or debe ser la
excepción a la regla, porque acnlalmente casi todo confl icto o problemá
tica política tiende a judicializarse al remit irse dichos asuntos al Poder
Judicia l. Gracias a la acción responsable del Poder Judicial hoy goza mos
de una democracia dinám ica, en v irtud de que el espíri lu de don Benito
Juárez García campea en este Alto Tribunal del cual fue su digno Presidente.
Por su atención , muchas gracias.
¡\-Iéxico, D.F. , 6 de abri l de 2006
".
SEGUNDA PARTE
Exposición gráfico-documental "Vida, ley y justicia en la época
de Benito Juárez"
----------------- ------
Temática de la exposición gráfico-documental "Vida, ley y justicia en la época de Benito Juárez"
Para conmemorar el Bicentenario del natalicio de) Benemérito de
las Américas, don Benito Pablo Juárez García, se montó una expo
sición gráfico-docume nta l, e n e l vesllbulo de l edi ficio sede del Máximo
Tribun;:¡\, enfocada a compart ir los aspeclos mis destacados de la valiosa
aportación de .Ju::írez en mJleri:J de adminisl raci6n de justicia en México.
La se lección de d ocumentos d io cuc nta, en fo rma crono lógica,
de breves pasa jes de su niñez y de su formación p rofesiona l y se cenlró
en su Irayectoria política , desde la cual dejó un importante legado, que
contribuyó slIswncia lmente, a la formación del nuevo Estado Mexicano
y de sus instituciones.
INFANC IA DE J U,ÜlEZ
Nació en S:1n Pablo GuclalaO, Oaxaca, el 2 1 de marzo de 1806. Hijo de
Ma rcelino .Juárez y Brígida Ga rcía. Huérfano desde los l res años quedó
EXPOSICIÓN GRÁfICO-IXX:U.\IENTAL
al cuidado de sus abuelos paternos. Al morir éstos, el pequeño Benito
fue enviado a vivir con su tío Bernardino Juárez, quien le encomendó
las labo res de pastoreo, además de ensei'larl e a hablar y leer caste llano.
En diciembre de 18 18, por su deseo de estudiar y supera rse, BenilO
dejó su pequeño poblado para dirigirse a la ci udad de Oaxaca en
busca de su hermana María Josefa, que trabajaba en la casa de la fami lia
Maza Parada.
BenHo pronto encontró asi lo con don Antonio Sa lanueva, quien se
convinió en su padrino para que pudiera ingresar ::11 Semina rio de l:t
San ta Cru z, en Oaxaca, y así iniciar sus estudios p rimarios.
JuÁREz y SU FORMACIÓN PROFESIONAL
En el tall er de don Antonio Sa lanueva, Beni to Juárez se dedicó al oficio
que le enseñó su p rotector: encuadernar y empasta r libros, algunos de
los cuales leía con el permiso de su pad rino, Jo que lo impulsó a seguir
estudiando.
En 1821 , ingresó al Semina rio como alumno externo, pero se dio
cuen ta que la m:l1eria de teologta se le hacía incomp rensible por los
principios que manejaba )' que no iban :lcorde con sus nacientes ide:ls
l ibera les.
Es así que, en 1827, abandonó el Seminario y se inscribió en el
recién creado Instituto de Ciencias y Aries de O:lxaca, con el firme deseo
de estudiar jurisprudencia.
A los 28 años de edad, Benito Juárez sustentó su eX:1 lnen profesional
y recibió el títu lo de abogado an te el T ribuna l Superior de Justicia del
Estado, en enero de 1834 .
EXPOS1C16s GRÁflCQ.OOCUMENTAL
]lJÁREz, POLÍTICO LWERAL
Inició su carrera po lítica en 183 1, al ser electo Regidor del Ayuntamiento
de la ciudad de Oaxaca; años después, ocuparía los c:ngos de Dipuwdo
loca l ( 1833), Magistrado del Tribunal Superi or de Hacienda ( 1834), Juez
de lo Civil y de Hacienda ( 1841), Secretario de Gobierno ( 1844), Fiscal del
Tribunal Superio r de Justicia del Estado (184; ), Diplll ado Federal ( 1846),
Gobernador Interino del Estado (1847), Gobernado r Constitucional del
ESTado ( 849) y Rector del Instituto de Ciencias y Artes 0 8; 3).
Por sus ideas liberales, en 18; 3, fue desterrado a Nueva O rl eans,
donde trabajó como torcedo r de tabacos para subsisti r.
A su regreso a Méxi co , en 18; ; , se incorpo ró al gabinete del Presi
dente Juan Álvarez como Ministro de Justicia, desde donde impulsó la
promulgación de la l ey sobre Admi"istración deJltslicia y Orgánica de
los Tribunales de la Nación, del Distrito y Te,rilo rios, mejor conocida
como "Ley Ju:írez", que o rganizó el sistema de administración de justi cia
en el país.
J U,útEz, ADMINISTRADOR DE JUSTICIA
EllO de d iciembre de 18;7 lOmó posesión como Presidente de la Suprema
Corte de Justicia , ejerció el ca rgo po r poco tiempo debido al golpe de
estado de Ignacio Comonfort , por lo que asumi6 la Presidencia de la
República el 19 de enero de 1858, hasta su muerte en julio de 1872.
Con esta alta investidura enfrentó la guerra civil de 1859 a 186 1 y
expidió las Leyes de Reforma, combatió a los {·onservadores que apoya
ban a Félix Ma rIa Zu loaga y obtuvo el triunfo definitivo de la causa libera l
en Calpulalpan, lo que le permitiÓ regres~lr a la Ciudad de México.
n6 EX!'OS!C!ÓN GRÁI'! Co-OCX:U~IENTAI.
Juárez expidió la primera Ley de Amparo en noviembre de 186 1,
bajo la vigencia de la Constitución de 1857; la aportación de esta ley fue
regular el procedimiento del juicio de amparo contemplado en la Carta
Magna, dado que, al no estar reglamentado, el Máximo Tribunal tenía
que desahoga r muchas consul tas de los tribuna les y juzgados federa les
para indicar la forma de resolver los juicios.
La aplicación de esta ley fue muy restrigida en vlrlud de que al
poco tiempo de haber entrado en vigor comenzó la in tervención francesa.
Combatió al gobierno de Maximiliano de Habsburgo, quien apoya
do por los conservadores fue nombrado emperador de ¡\-Iéxico; el efímero
imperio terminó con el fusilamiento de Maximiliano en el Cerro de las
Campanas en la ciudad de Querétaro en 1867, restableciéndose la
República.
EI 20 de enero de 1869,.Jui rez expide una segunda Ley de Amparo,
que en su art iculado er:l más minuciosa y precisa que la primera; est::t
ley regu ló el principio de parte agwviada, la suspensión del acto recla
ll1:ldo y la rev isión de oficio por la Sup rema Corte de las sentencias de
Jueces de Distrit o .
En d iciembre de 1870, creó el Semanario Judicial de la Federa
ción, con el fin de evita r la dispersión y contradicción de las resolucio
nes. Al publica r las semencias definitivas pronunciadas por tos Tribunales
Federa les, no sólo se verifi caba su ex istencia, sino que se unificaban
crH erios en todos los Tribunales de la República. Desp ues de 136 años,
dich:l publicación contimÍ:l vigente por la utilidad que brinda a los ó rga
nos jurisdicc ionales y a los estudiosos del Derecho.
EXPOSICIÓN GRÁACO-O<X:UMENTAL m
Ju ÁREz, HOMBRE VISIONARIO
Por su visión reformadora, Benito .Iuárez es considerado como el dirigente
po lít ico que hizo posible el surgimiento y consolidación del sistema repu·
blicano que hoy nos rige.
Por la finneza de SllS convicciones republicanas, su capacidad de
estadista y la fu erza de su cadcler, Ju:írez fue capn de logra r el consenso
de los mexicanos en beneficio de una sociedad más equitativa.
Piezas expuestas
EXl'OSICIÓN GHÁ~lCo-D<XU~IENTAL 231
DOCUMENTOS
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..... -... ......-. l . E:r:ped/el/le Nlmil'O al jI/ido de $/!tliclÓII J' N/v/l<C/O lWrlO CO lllra Amado Lede$",a por l/O poder dlctam i l/ar dO/l Jaso! Mart"l, Litdl/ . Oax:lc:l.. 18 j6, Cas~ d~ 13 Cuhum Jun-dic3 ' MiniSlra M~ñ3 Crl~lln3 S:,hllor:"io de T3'lla~'o· (' 11 b dudad de O axaC"a . legajo 2$, CltlJoCdlem(' 1.
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1.. F..\'pedielll.' re/af".O (/1 J/llelo ,'erbn/ s.'S/lido CO II/m dUI/José.l larn'I/1!.Z M~",d ... :c yJrHé D :IIan'." ,110m/es SOOTl' /{¡bnco por ,mpedlllum/r> l Id IiCfmc",do S G/lzmtÍlI. O "x:,("'.I, 18j8, C3~1 (\(' la C ulll,raJuñdiC'd '.\linI511":1 María
Cn sll03 S"¡IIIOr-.iO de Tam:lyo' eo la dudad d .. 0 :1,,:,<:3. I{'sa jo 26, ~xped i ~ Ol e 9,
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m E.XPOSICIÓ;,¡ GR.\FICO-DOCU~IENTAL
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"¡m:be lldldo (1 ""o/vllll ua Delgmlo, b!ldm COn arreglo ,,/ (4r/(C lllo n de /(/ I'flllltl (/11 Comisos e" /,,,""tl de lo
(I"e prel'iellc e11:oniculol ~ 6 t t l! /(1 misma OaX3C1. , 1842. C~S:I dc la CuhuraJun'dlca ' Ministra Maria Cri stina Salmor:ln de Talllayo' <,n I~ ciudad dc Oa xaca, legajo 32. elC ped¡':~nle 7.
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l . "Ll'Y SOOR' i\dminislr.tción de Justi cia y org:fniC3 de los trihunal<"$ de la Nadón, dd Distrit o~' n'nitorios', [)"bl:ln, ~1:ln"e1 y José Mar;;. LOz:lno. LeS/slt/CÍdrl.!lex;cfIIm o Col~'Ccj(j., Com¡xt'ff' 11.: l(ls DisposiCÍQlIi!S IRg.slf< '
/Uns 1!.' p;..'(lulfls d"Wol 1" ¡u¡/"p;',,(ieucIfl de ItI R.'p,IW,ca. (J,'d .. "m/t' por los 11C.'IIcmdos M(m",'/ Oub/d" y Jos.! ,l/mlt,l.ozmlO. Edid6n Ofici31. Impr('n!a cid CO\n~rdo.
de O"bl:fn y Ch:in·l. M<'xico. 1877. Tomo \' 11
bl t'llUO 4/572.
Mini.iterio de JUIlicia.-El Es:cmo. Sr. pretident" ioteriUO.J6 h&¡lervido dirigirme el decroto que ligue:
El C. Juau A11'Orez, pre.idente interi· no, etc.
LRTSODm: AmlC'JSTRACJON DI ~ Y OU1lQCADC t.(lIn.m.~..u. "" tolo
lUo('J(l:<, llI.L DGT1I n'O Y "tU lUTOa/IC&.
EXPOSICiÓN GRÁFlCo.DOCU:lIE..'lTAl..
LA
S. t il COll5/11ftCMII (lo! ¡/In y ¡"S Le..ws di! Rular",,, 1'" M e.l"lco.
ES/lidio IlisuJrlco SociológICo. . _.~-_._ ............. -_.~.-
Ricardo G~rcl:1 Gr:lnados. T1lXlgra(ía Econ6mica. :II(' :o;lco. 1906 .
.IIIIDCrO .• _ ......... ..,4- ..... -.. ..... ~
6. IIWO/"ll/ 1'111111,,,,'/1/(/1";,1 del 0"""0 Omg/"t"SO Co"mt"clOnlll.
l'~nl:lt,'Ón TO\Jr. Imprt' nla d{' 1. Cumplido. M<'llIcQ. JSH. Tomo I'nnj{'ro.
1M lU tllU tmul:.l
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2:33
EXPOSICiÓN GRM ICO-OOCUMENTAI.
i'iUllZIIO &415 .
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_"ido dirigirme ,1 dlONlo quo .igue: 1::1 C. Benito J u.uu,ll1 .. ~id.:¡t4 eC.Q, li .
lucio .. 1 de los Estad~.,..U1l1dos ;\I M:w-.a. Il0l,'' MIo' luIbitent.u ».beJ.
Qu. el ea:tgr .. o d, la. L"'nioo h;" Icu<<lo ¡t, tieD decr.ll&f Illlifuiente
LEY ORGANIOA
lk ,,--dilfl;~ft~ d~ l~ 1'rib,,'IU'/'# rJ. .le. T'lmTario",fU,ui~ eIQTlla4It 100 tl4 /. c.,,.,,¡tu'*"IIfbo:t, para lN jUl'
do" di fJlU lIaDla d IUtlnl/4 101 d, ¡.¡ ",infUl.
8 . ACItI de S"S'Ól/ del primero de (lrciembn! ,le' /R H
SUI'f('UI.I Como do' l u~!kl" de b "' :,. ci6n. Archlo'o de MI"). l ibro 11.
7. "Ley Org:lnlCl reglarnent:l ria de los articul05 101 )' 10l de la Conslilucl6n" 118611. 1)\11.11 :1"1\, Manuel)' José María Lozano. Lt'gls/(,C/ó" ¡\k\"lcw /(I o CoIecciól/ Completa de las DisposiclOI/es LegullllUYU ,..J.pl.'lf/(f(¡$
,/"Id" 111 I rI¡/"plm,/" " cia ti" la N''/1,'blica, orrli!./tI'/lI por los l .cerlclI1,los J!,w "el DI.bld" )' ¡osi Mtm '" l.o;uwo. Edición Oficial. IlIl lJrenla del COlllerclo. de 1)ubl:fn)' Ch:i\'l."I. , ~l é:dco.
1878. Tomo IX.
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ExPOS]C]ÓN GRÁfolCO-DOCUME.' 'TAL l 35
DE REFOR.M A. _ ..... -----... -.... .. _.~-_ . .;;;"" _ .... -r ........ ....... .
L1C. .Bu.s Jost GOIEBIlEZ.
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MU 1C O. UlPU:ru. u .aL c;(I'I.1 ;=OlI.L!.o Ulol.o._··:_"-''''
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9. Le;ws d I' R,1or"", CoIoccuJ" dI! IlU t fispos /c ,o>les q" e se CO II (Ken CO/l 1'$/11 ' 1OIII IIr.I, /J11I1I1c;m IM d e$tle el (lIlO de
18 " tl 186R . f OI'll /(ul(l ) ' (lIIo/tu la /X)r el Lic . /JIas Jase G"II¿' TeZ, catetl rdlico dI! p rocedimie/llol j " l l/c /(l/el f! /I
1(. /l'a ( ;o .",1 escll ela de j lO r os/lrrul" IICÍo Ulas J05é G IIII.:' rrez, Im prcn, ~ de 1::1 Con5l lTuctonal. México, ]869. Tomo 111. Ap¡<nd lce sobr,., ~dm;n¡s lr.Jdón
de iUSTiC;3,
i"i 1l)fEM 6:iUi.
HMtO 20 tV, l M9.-JJillÜluio de J lUli c;a.-úy IIfy Íl':ro tOllfWwciow.lf fOlIre d I'( W,K> (le tl l"IJOro.
10 .• 1. ... 'Y Or¡,c:lnlí':l H'8bu , t'n'~r;:' d<." 1m; an{n,IOli 101 y 102 d,I ~ Const it ución' 11 8691
i\l in i ~tcri~ .10 Ju~ tici •• {".!ruedon r d· bliCIl._So:eclon I ~-E l C. prc~iden l Clde l. Rcpll.IoliCl\ ~ hu Mr,¡,lo dir igirme t I dtcIelo qUClli gU l':
I)"ulan. Mar",d ) .los" ;\!.lfia l Olano. Leglsla (i¡j" Mex/ctlllt' o CoIec(i¡j,/ CamiNe/a de 1M Drspo$li;/O/lL'S Legislfll im s t!.\"/A,tlidru (k$t/e la Jmlep.!mle/lCÍ" d ... 1" H,'p,ibloc" . ortl<!"'llla por IQS licflll c/mlos I/m", .. 1 J)"Wdll l ' j os.:· .1 ''''1(1 Loum o, I::dklón O nci :ol. ]lIIpl<"Ol:l <id C01llt"rcio. dt' l)"ul;in }' Ch:l\'e7.. ;\le)l.; ("O. 1878. Tomo '(
Iknilo Ju.rr., pn'~¡,I.nt. co".titncional d,lo. E. lI&,Ioe-UuidOl Moxieano.t, 1.u, h.bit.nwI, .. Uo:d :
Quo el O(lUgruo do la UaiOIl ha telliuo , blclI utc«tar lo Ii¡;uitnto:
Xl _gl'.:1O do 1. Union df'Creta la . j.
guionlo le,. oTnU:a do 101 .rtteul",101 1 10'2 do l. Con. ti tucioll.
E.XPOSICIÓ ;>, GRÁFICO-IX)CU~m;>.'TAl
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ll . Acm SI' sl!)"/d ll dd /6 de J""'O di!' 11'I6J SupR'm~ (;0"(" (1(. JUSllcia de I~ ¡..,adón. Mr hi\o de Arias, libro 47.
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11. /:·.l"lxulhmle rolfl/iI'O (1 /a CllllSli cnmlnal cOII/m S"$(III(I ( (J) f.t. S(lcmem, por collfmlxmdo de wb(lco Oax:lc;I . 18H. C:153 d .. la CultUr:lJurídlC':l ' Minis· Ir,¡ ~br(:1 Crlsl lna SahnorJn de T~ ma)'o' en b ciudad d .. O~"'I('~ , legajo } I . <-,,)!: ¡)<'(iíenl t· }4,
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EXJ'OSIC1Ó:-': GRÁF1C().DOCUMEI\'TAl
EL FORO.
-1) . El Foro, po!rld(lIco (lo!J"rlspnuIO!IICIII ) ' ll'Sls/(,cióll luls Ménd.,1., ,\1~n"t'l Sl1lceo )' Jo~ Lln~ rc.s (Jum a Direcli\'~ ), donlingo ¡Jfilllcro dtl junio de 187), TOmO l. Nlilllero 1, ,\1~'xlco,
---.... _ ...... _ .. _--_.
1 1 H Foro, Ho!,',sltl ti., d<'rt"Cbo 1 1t!8ulac'ÓI/ 0 ' '8(11,0 ,It! la OI~I<", Lkr,call(l (Ii! _l/108m/os ¡\nlonlo R~III <» PL"(lm"1.:I (Dlrft'lor), l'rinwro d(" agoslO dt.. 1918, 1'0 11101. ',imero 1. .\lt':rdco.
EL FORO Uf:IH Il tlUCRO f U'lSLH1U
OROtN MUltANA DE ABOGADOS,
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238 EXPOSICIÓN GRÁI'ICo.IX>CUMI:NTAI.
DIARIO D[ JURISPRUD[!(IA .tikb. r"">!'I· .... ,·, ...
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TO.'IU l. "'-~·""'~ _"' rA".
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15. Diario fI<!jwlspll/lfellcifl fll'l 01$11110 Y Tt!lTllo riO$ Ped<1l'illes . VICToriano I'illlcnlcl (Director). vi.·mes primero Ol' cm'ro de 1904, Tomo l . Nllnu,'ro l . M"<xlco.
:-. 1 '; \I ,\~ ,\JUO
.IIIJII'I \lllE 1. \ FEIlEIUClON.
- ..... -----"ltllIl "U~\ HJU: • . \U:S
16, St'lIItl ll",'io j lldu;wl d" 1" Pedi!n<cl611 . Colt'(:e.(J/I ti ... I(/s se/l / ¡]I/CUiS 1"-011" IIc iotlr'$ por los 7hlJllllt1/i!S I'ei/"m/I!S l' d.· petl¡melllos del .lfllIl$lerio !"ib/leQ
VlU. ~J"'J:lTHIIlU l'UIII.IOo.
I'rlnwr:1 t'I>O<"3.
-
E.Xf'OSICIÓN G RÁACo-OOCUMEl''TAl l39
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:,K1n :' 1'1 \ ¡o( r r.Olf[JflJ.\ I.I.\S
fll.,lU'~" • H · .... ~ . 17. SemmwriOj",licir,1 do! 1" Fo!,lo!rtlcidll COIIICcidll ,l o! las s,mlel/ cMs prolllllldmlllS /lor los 7~lb",,(lI¡'J ' :;:de",I/:$ .v tle po!dimellfos de' Min isterio Pliblico 5{ogllnda época.
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18. $o!",,,,wnojmlic io/ ,le 1(1 l';:dem c.(J" Col.-cci(JII tlo! ll1s So! .lIo!lIcills p romHlc i(lrllll por los n-Ibmwlt's Fed;:ml.·s I do! f!t',I"'''' II/ol (11'1 .L/i"iS/t·rlo P,i/Jllco Tercer .. époc3
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EXPOSICIÓN GRÁF1CO-DOCUMENTAL
19. Slmrtmar /a¡" lIic/a¡ dt! 1 .. Federtlc/611 . Colecci6n dt! las selllel/
ciflS JI' "O" /lIICirUl(lS por /os 'Jh/m""les Federa les J' de p.!diml'lIlOS del ,lfjll islerjo I'¡jblico.
CU:l rw l"poc:I.
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llllllln JIlI:1ll lE ~ fll!\alÍl. _ :.: rUM:n:." •• 1I&a
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lO. Sclll<llwriojudicial do! la FedemcuJII ColiXcHJII de las St'III,' II'UlS
1}I"fJ"'''lc j(/tI(/~ pQI" los Tribunales F"d""(,ks l ' II<! /Ndimell(os d,~1 ,11""sler/o (',¡bllco Quill1:1 epoca,
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