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1.10. Retr Mensual Horas Extraordinarias

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7/31/2019 1.10. Retr Mensual Horas Extraordinarias

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10. RETRIBUCIÓN MENSUAL CON HORAS EXTRAORDINARIAS

Un trabajador indefinido a jornada completa presta servicios como arquitecto, desde abril de 2002,

con contrato indefinido a jornada completa. Siéndole aplicable el convenio colectivo del sector que

fija las siguientes retribuciones:

Salario base: 1.500€ 

Plus de idiomas: 400€ 

Plus de productividad: 500€ 

Tiene derecho a dos pagas extras que comprenden salario base más plus de idiomas.

En el mes ha realizado dos horas extras de fuerza mayor y tres horas estructurales, siendo el importe

de las horas extraordinarias 30’05€. 

El porcentaje de retención del IRPF asciende a un 16%.

a.  BASE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES

B.C.C. = Salario Base + Complementos + Prorrateo pagas extraordinarias = 1.500 + 400 + 500 + (2*1900)/12 =

1500 + 400 + 500 + 316,67 = 2.716,67€ 

Base máxima y mínima

2.716,67€ es válido pues está comprendido entre 3.230€ y 1.045,11€ 

Cuotas:

Contingencias comunes: 2.716,67*4,70% = 127,68€ 

b.  BASE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS PROFESIONALES

BCP = BCC + Horas extraordinarias; BCP = 2.716,67 + 150,25 = 2.866,92€  

Horas extraordinarias:

-  Fuerza mayor: 2h. Importe = 2*30,05€/h = 60,10 

-  Estructurales: 3h. Importe= 3* 30,05€/h = 90,15€ 

∑Horas extraordinarias = 150,25€ 

Cuotas:

Desempleo = BPC*1,55% = 44,37€ 

Formación profesional = BCP*0,10% = 2,867€ 

BASE DEL IRPF

B= SB + complementos + Horas extraordinarias = 1.500 + 900 + 150,25 = 2.550,25€ 

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Cuota I.R.P.F. = 2.550,25*16% = 408,04€ 

Empresa:Domicilio:C.I.F.:Cod. Cta. S.S.:

Trabajador:N.I.F.:N.º S.S.Categoría:Grupo de cotización:

Periodo de liquidación

I.DEVENGOS1.Percepciones salariales

Salario base 1.500

Complementos salarialesIdiomas 500

Productividad 400

Horas extraordinarias: Fuerza mayor y estructurales: 5*30,05 150,25€ Horas complementarias

Gratificaciones extraordinarias

Salario en especie2. Percepciones no salariales

Indemnizaciones o suplidos

Prestaciones a la Seguridad Social

Indemnizaciones por traslado, suspensiones o despidos

Otras percepciones no salariales

A.  TOTAL DEVENGADO: 2.550,25

II.DEDUCCIONES1.Aportaciones del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta

%

Contingenciascomunes 2.716,67 4,70 127,68

Desempleo 2.866,92 1,55 44,44

Formación profesional 0,10 2,87

Horas extraordinarias

Fuerza mayor 60,10 2 1,20

Otras 90,15 4,70 4,24

TOTAL APORTACIONES 180,43

2.Impuesto sobre la renta de las personas físicas 2.550,25 16 408,04

3.Anticipos

4.Valor de los productos recibidos en especie

5.Otras deducciones

B.  TOTAL A DEDUCIR: 588,47 LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B): 1.961,88

Firma y sello de la empresa

MADRID , a 31 de Enero de 2012

RECIBÍ 

III.DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASESUJETA A RETENCIÓN DEL I.R.P.F.1.Base de cotización de contingencias comunes

Remuneración mensual: BCC-PPE 2.400

Prorrata pagas extras 316,67

TOTAL (BCC) 2.716,672. Base de cotización por contingencias profesionales (AT y EP) y conceptos de recaudación conjunta(Desempleo, Formación profesional, Fondo de Garantía Salarial)

2.866,92

3. Base de cotización adicional por horas extras 150,254. Base sujeta a retención del IRPF 2.550,25