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Página 11844 Número 67 Lunes, 23 de marzo de 2015 ANEXO XI ASPECTOS FORMALES Y ESPECÍFICOS DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA Notas 1. El término “programación didáctica”, que figura en la presente convocatoria, en referencia al Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE del 2 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que hace referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo) y regula el régimen transitorio de acceso a la función pública docente a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, equivale a todos los efectos al término “programación docente”, fijado en la normativa relacionada en el anexo VII de la presente convocatoria. A) ASPECTOS FORMALES La programación, original y copia, de carácter personal, será elaborada de forma individual por el aspirante y tendrá, obligatoriamente, las siguientes características: - Extensión máxima de 70 páginas, incluyendo los anexos, materiales de apoyo y el índice, en tamaño UNE-A4. - Interlineado simple, por una sola cara. - Letra tipo Arial, con un tamaño mínimo de 12 puntos sin comprimir. - En la portada, de diseño libre, no incluida en las 70 páginas, se indicarán los datos de identificación del aspirante y la especialidad por la que se presenta. En el caso de la programación didáctica deberá expresarse la etapa educativa y curso/módulo a la que va dirigida y, en el programa de intervención, el ámbito de desarrollo del programa. - Índice del contenido de la programación/programa en el que además se relacione la secuencia numerada y título de las unidades didácticas, de trabajo o de actuación de que consta. - Se definirán, al menos, 12 unidades didácticas, de trabajo o de actuación, que habrán de figurar secuenciadas y numeradas en el índice de la programación. B) ASPECTOS ESPECÍFICOS En la programación didáctica que se refiera a la educación secundaria obligatoria o a enseñanzas de idioma de régimen especial, también habrá de NPE: A-230315-3644

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    ANEXO XI

    ASPECTOS FORMALES Y ESPECFICOS DE LA PROGRAMACIN DIDCTICA

    Notas

    1. El trmino programacin didctica, que figura en la presente convocatoria, en referencia al Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE del 2 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisicin de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que hace referencia la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, de Educacin (BOE de 4 de mayo) y regula el rgimen transitorio de acceso a la funcin pblica docente a que se refiere la disposicin transitoria decimosptima de la citada ley, equivale a todos los efectos al trmino programacin docente, fijado en la normativa relacionada en el anexo VII de la presente convocatoria.

    A) ASPECTOS FORMALES

    La programacin, original y copia, de carcter personal, ser elaborada de forma individual por el aspirante y tendr, obligatoriamente, las siguientes caractersticas:

    - Extensin mxima de 70 pginas, incluyendo los anexos, materiales de apoyo y el ndice, en tamao UNE-A4.

    - Interlineado simple, por una sola cara.- Letra tipo Arial, con un tamao mnimo de 12 puntos sin comprimir. - En la portada, de diseo libre, no incluida en las 70 pginas, se

    indicarn los datos de identificacin del aspirante y la especialidad por la que se presenta. En el caso de la programacin didctica deber expresarse la etapa educativa y curso/mdulo ala que va dirigida y, en el programa de intervencin, el mbito de desarrollo del programa.

    - ndice del contenido de la programacin/programa en el que adems se relacione la secuencia numerada y ttulo de las unidades didcticas, de trabajo o de actuacin de que consta.

    - Se definirn, al menos, 12 unidades didcticas, de trabajo o de actuacin, que habrn de figurar secuenciadas y numeradas en el ndice de la programacin.

    B) ASPECTOS ESPECFICOS

    En la programacin didctica que se refiera a la educacin secundaria obligatoria o a enseanzas de idioma de rgimen especial, tambin habr de

    NPE: A-230315-3644

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    concretarse el desarrollo que se prev, para el curso o nivel elegido, de las competencias bsicas (ESO) o de las competencias lingsticas (EOI) y su contribucin a la adquisicin de las mismas al finalizar el nivel elegido para la programacin.

    En las especialidades propias de la formacin profesional especfica correspondientes a los cuerpos de profesores de enseanza secundaria y profesores tcnicos de formacin profesional, la programacin didctica deberreferirse a los mdulos profesionales y, en su caso, se indicar la unidad ounidades de competencias asociadas al mismo, propias del perfil profesional del ciclo formativo que se trate. La programacin deber incorporar, adems de los aspectos generales de la programacin, segn el apartado 8.1.1.2 Parte B, las capacidades terminales especficas para el mdulo y aquellos contenidos y actividades que se consideren necesarios para una eficaz prevencin de los riesgos laborales, tanto en el desarrollo de la programacin como los derivados del ejercicio profesional correspondiente.

    En la especialidad de Orientacin Educativa, los aspirantes podrn optar por programar un rea, materia o asignatura en que tenga atribucin docente la especialidad, o bien desarrollar un programa de intervencin en un centro escolar o en un Equipo de Orientacin Educativa y Psicopedaggica, correspondiente al menos a uno de los mbitos prioritarios de intervencin psicopedaggica:

    - Apoyo al proceso de enseanza y aprendizaje.

    - Orientacin acadmica y profesional.

    - Apoyo al plan de accin tutorial.

    Para la especialidad de Orientacin Educativa, en el programa de intervencin habr de especificarse, al menos, objetivos, contenidos, actividades, procedimientos para el seguimiento y evaluacin del programa yorientaciones metodolgicas.

    En las especialidades de idiomas modernos, en los cuerpos de profesores de enseanza secundaria y de profesores de escuelas oficiales de idiomas, la programacin se redactar ntegramente en el idioma correspondiente.

    NPE: A-230315-3644