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7/31/2019 1.16. RETRIBUCIÓN MENSUAL
http://slidepdf.com/reader/full/116-retribucion-mensual 1/2
1.16. RETRIBUCIÓN MENSUAL
Retribuciones según convenio colectivo.
Salario base: 1.090€
Antigüedad: 45€
Complemento de transporte: 50€
Anualmente tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias de sueldo base más las
antigüedad. Retención a cuenta de IRPF del 10%. Grupo de cotización 1. Nomina del mes de
noviembre.
SOLUCIÓN
BASE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES
a. BCC = Salario base + Complementos + Prorrateo pagas extraordinarias; BCC = 1.090 +
45 + 189,17 = 1.324´17€/mes
El complemento de transporte no cotiza por ser su importe menor que el IPREM (106,50€).
b. Comparación con base máxima y mínima.
Base máxima = 3.230´10€/mes.
Base mínima = 1.045´20€/mes.
El valor de la Base de Contingencias Comunes -1.324´17€- está comprendido entre la base
máxima y la base mínima, por lo que es válido.
c. Cuotas
Contingencias comunes = BCC*4´70% = 1.324´17*4´70% = 62´24€.
BASE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS PROFESIONALES
a. BCP = BCC + Horas extraordinarias.
En este caso no hay horas extraordinarias, por lo que BCP = BCC.
BCP = 1.324´17€/mes
b. Comparación de base máxima y mínima.
El resultado es el mismo que el apartado b. de la Base de Cotización de Contingencias
Comunes. 1.324´17€ es válido.
c. Cuotas
Desempleo = BCP*1,55%; Desempleo = 1.324´17*1,55% = 20`52€.
7/31/2019 1.16. RETRIBUCIÓN MENSUAL
http://slidepdf.com/reader/full/116-retribucion-mensual 2/2
Formación profesional = BCP*0´10%; Formación profesional = 1.324´17*0´10% = 1´32€.
En la cuota de desempleo multiplicamos por 1´55% ya que el carácter del contrato es
indefinido.
d.
Base del I.R.P.F.
B = SB + Complementos + Horas extraordinarias; B = 1.090 + 45 + 50 = 1.185€
Cuota = B*10% de retención; Cuota = 1.185x (10/100) = 118´50€.