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Gestión Urbanística Arq. Alejandro Ruiz 12 Áreas Municipales encargadas del Desarrollo Urbano

12 Áreas Municipales encargadas del Desarrollo Urbano · 2016-04-20 · El Gobierno municipal aplica lo dispuesto en la legislación y reglamentación urbana y temas afines, así

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Gestión Urbanística Arq. Alejandro Ruiz

12

Áreas Municipales encargadas del Desarrollo Urbano

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El Gobierno municipal aplica lo dispuesto en la legislación y

reglamentación urbana y temas afines, así como en los

programas de desarrollo urbano. Tal aplicación va desde la

formalización y divulgación del marco normativo, el control de

procedimiento, la supervisión y fiscalización del cumplimiento, y

la aplicación o trámite de sanciones, todo ello en los términos

que disponga la respectiva legislación administrativa del

gobierno y sus manuales de operación.

(PPMUZR, 2014).

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Tesorería Municipal

Oficialía Mayor

Secretaría General

Seguridad Pública

Protección Civil

Bomberos

Alcoholes

Secretaría de Desarrollo Urbano / Administración Urbana / Ecología

Control Urbano

Obras Públicas

Servicios Públicos

Catastro

Secretaría de Administración y FinanzasSecretaría de Relaciones Exteriores

Direcciones de Desarrollo Social

COPLADEM

COTUCO

IMPLAN / IMIP

PRODEUR, IMPRODEUR, FIDUE

IMJUVER

INMUJER

IMDER

IMAC

DIF Municipal

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Tesorería Municipal

Oficialía Mayor

Secretaría General

Seguridad Pública

Protección Civil

Bomberos

Alcoholes

Secretaría de Desarrollo Urbano / Administración Urbana / Ecología

Control Urbano

Obras Públicas

Servicios Públicos

Catastro

Secretaría de Administración y FinanzasSecretaría de Relaciones Exteriores

Direcciones de Desarrollo Social

COPLADEM

COTUCO

IMPLAN / IMIP

PRODEUR, IMPRODEUR, FIDUE

IMJUVER

INMUJER

IMDER

IMAC

DIF Municipal

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Secretarías de Desarrollo Urbano

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Ejemplo 1: Secretaría de Administración Urbana (Playas de Rosarito).

A la Secretaria de Administración Urbana le corresponde el despacho

de los siguientes asuntos, de acuerdo con el ARTÍCULO 31.-

• Coordinar la articulación de los planes y programas estratégicos de

planeación urbana, reordenamiento, control urbano, catastro,

infraestructura urbana, urbanización y protección del medio

ambiente del Municipio, desde la perspectiva de un desarrollo

sustentable;

• Mantener actualizado un diagnóstico sobre las condiciones

ambientales del Municipio, fuentes de contaminación y de riesgo

ambiental, así como diseñar y gestionar la implementación de

políticas y estrategias que permitan al Ayuntamiento intervenir en la

gestión ambiental;

• Mantener actualizado un diagnóstico sobre el estado que guardan

los servicios públicos, vivienda e infraestructura urbana y el déficit de

los mismos;

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• Promover la ampliación de cobertura y la modernización tecnológica

y operativa de los servicios municipales adscritos al sector, así como

estimular programas para su desconcentración hacia las

delegaciones;

• Diseñar los mecanismos de coordinación para el desarrollo y

planeación del Municipio, con la participación que corresponda a la

Federación, municipios vecinos y entidades federativas, en términos

de las disposiciones aplicables;

• Promover e impulsar la realización de los planes y programas de

competencia del Instituto Municipal de Planeación;

• Coordinar las acciones de la administración pública municipal

centralizada, entidades descentralizadas y delegaciones del

Municipio en materia desarrollo urbano;

• Promover convenios de coordinación en materia de desarrollo

urbano, con enfoque regional y binacional;

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• Informar al Presidente, a través del Secretario de Administración y

Finanzas, de los programas, proyectos y estudios relativos a

seguridad, comunicación integral y educación viales;

• Para el cumplimiento de sus atribuciones la Secretaría de

Administración Urbana contará con las siguientes unidades

administrativas: Oficina del titular, Promotora del Desarrollo Urbano

de Rosarito, Dirección de Obras y Servicios Públicos, Dirección de

Control Urbano, Dirección de Planeación y Catastro;

• Las demás que expresamente le encomienden las leyes, reglamentos

y acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Presidente Municipal

(Reglamento interior de la SAU).

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Ejemplo 2: Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (Tijuana)

ARTICULO 4.- Para el ejercicio de sus funciones y atribuciones, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, coordinará las siguientes dependencias y entidades:

• Dirección de Administración Urbana;

• Dirección de Protección al Ambiente;

• Dirección de Servicios Públicos Municipales;

• Dirección de Obras e Infraestructura Urbana Municipal;

• Dirección de Catastro*

• Coordinación de Control Urbano y Ambiental;

• Coordinación Operativa;

• Dirección de Administración y Contabilidad;

• Fideicomiso Inmobiliario Municipal de Tijuana.

(Reglamento interior de la Secretaría).

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Dirección de Administración Urbana

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Dirección de Administración Urbana (DAU)

Subdirección de Control urbano

Dpto. Uso de Suelo

Dpto. Operatividad Mercantil

Dpto. Acciones de Urbanización

(Fraccionamientos)

Dpto. Acciones de Edificación

Dpto. Inspectores y verificadores

Coordinación de Delegaciones

Coordinación de Enlace para Promotores de

Vivienda

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Dirección de Protección al Ambiente

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ARTÍCULO 19.- La Dirección de Protección al Ambiente tendrá las

siguientes funciones y atribuciones:

• Realizar las acciones necesarias para proteger el ambiente,

preservar y restaurar el equilibrio ecológico, prevenir y controlar la

contaminación, contingencias ambientales y atender las

emergencias ecológicas dentro del Municipio;

• Prevenir y controlar la contaminación ambiental del suelo, agua y

atmósfera, generada por toda clase de fuentes emisoras, públicas o

privadas de competencia municipal;

• Autorizar o negar en su caso, las solicitudes de permisos para

descargas de aguas residuales, operar o en su caso, autorizar y

supervisar la operación y funcionamiento de los sistemas de

tratamiento de aguas residuales de competencia municipal;

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• Realizar acciones de inspección, verificación y vigilancia del

cumplimiento de las normas aplicables, adoptando las medidas de

seguridad necesarias y aplicando las sanciones correspondientes a

los infractores;

• Elaborar y aplicar las normas técnicas ecológicas de competencia

municipal;

• Determinar los criterios ecológicos aplicables a la formulación de

planes y programas municipales de desarrollo urbano y a la

ejecución de acciones de urbanización;

• Establecer, impulsar y operar programas de educación para

fomentar la protección del ambiente, y

• Las demás que expresamente le encomienden las Leyes,

Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento o le instruya elSecretario.

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Dirección de Protección al Ambiente

Subdirección de Protección al Ambiente

Dpto. Análisis Ambiental

Dpto. Regulación Ambiental

Dpto. Proyectos y Educación Ambiental

Dpto. Auditoría y Gestión Ambiental

Dpto. Verificación Vehicular

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Dirección de Servicios Públicos Municipales

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ARTÍCULO 29.- La Dirección de Servicios Públicos Municipales tendrá las

siguientes funciones y atribuciones:

• I. Prestar servicios públicos de limpia y recolección de residuos sólidos,

bajo un esquema de metropolización y desarrollo sustentable;

• II. Realizar el mantenimiento de parques, jardines, panteones y rastros;

• III. El mantenimiento y supervisión de los servicios relacionados con el

alumbrado público, señalización vial e ingeniería de tránsito;

• IV. Realizar mantenimiento a los bienes muebles e inmuebles del

gobierno municipal;

• V. Administrar el uso de la vía pública en lo relativo a los sitios exclusivos

de estacionamiento de vehículos;

• VI. Informar a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, sobre

necesidades futuras de recursos humanos y materiales, la para

atención del servicio de limpia y mantenimiento urbano de la ciudad,

por recepción de nuevos desarrollos habitacionales, y

• VII. Las demás que expresamente le encomiende las Leyes,

Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Secretario.

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Dirección de Servicios Públicos Municipales

Subdirección de Limpia

Limpieza de Vialidades

Recolección y Transferencia

Subdirección de Mantenimiento

Urbano

Forestación y Panteones

Alumbrado Público y Semáforos

Mantenimiento de maquinaria y equipo

Señalamiento vial

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Dirección de Obras e

Infraestructura Urbana Municipal

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ARTÍCULO 40.- La Dirección de Obras e Infraestructura Urbana tendrá las

siguientes funciones y atribuciones:

• La ejecución directa de las obras relacionadas con la competencia de

la Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología, así como la supervisión de

trabajos de obra pública contratadas por el Municipio con terceras

personas;

• La construcción y apertura de nuevas vías publicas, rectificación,

ampliación, prolongación y mejoramiento de las ya existentes, así como

las de seguridad relacionadas con el transito de vehículos, la

construcción de plazas, jardines, parques, campos deportivos, edificios

públicos, monumentos, patrimonio arquitectónico del Municipio y obras

de ornato;

• El mejoramiento, conservación y mantenimiento de vialidades del

Municipio;

• La planeación, construcción, mantenimiento, vigilancia y conservación

del sistema de canalización y conducción de aguas pluviales dentro del

Municipio;

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• La pavimentación, empedrado, banquetas, guarniciones,

alcantarillado y drenaje pluvial, de las vías públicas;

• Las construcciones necesarias para dotar al centro de población de

• alumbrado público o mejorar el ya existente;

• Las obras de electrificación necesarias para dotar al centro de

población del fluido eléctrico o mejorar las ya existentes;

• Diseñar y construir a través de una adecuada planeación, la

semaforización y señalización de calles y avenidas;

• Brindar asesoría y apoyo a otras Direcciones y Delegaciones

Municipales en la materia de su competencia;

• Cualquier otro tipo de obras y servicios tendientes a la integración y

mejoramiento urbano del Municipio; y

• Las demás que expresamente le encomienden las Leyes, los

Reglamentos, Acuerdos del Ayuntamiento o le instruya el Secretario.

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Dirección de Obras e Infraestructura Urbana Municipal

Subdirección de Construcción

Subdirección de Normatividad

Subdirección de Proyectos

Subdirección de Programas Estratégicos de Pavimentación

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Organismos Paramunicipales

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Promotoras de Desarrollo Urbano

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Ejemplo 1: Del Fideicomiso Inmobiliario de Tijuana

DEL SECTOR PARAMUNICIPAL Y SU VINCULACION CON LA SECRETARIA

ARTÍCULO 81.- La Secretaría de Desarrollo Urbano será cabeza de Sector

de las entidades que participan del Desarrollo Urbano de la Ciudad. Las

entidades sectorizadas en esta Secretaría tendrán las funciones y

atribuciones establecidas en su acuerdo de creación y en su Reglamento

interior y las demás que expresamente le encomienden las Leyes,

Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento, debiendo sin excepción

coordinarse con ésta y acatar las políticas y lineamientos que determine.

ARTICULO 82.- Para su funcionamiento, la Secretaría, se coordinará con el

Fideicomiso Inmobiliario Municipal de Tijuana, el cual tendrá por objetivo,

el establecer programas enfocados a fomentar y mejorar la vivienda

básica social, administrar la reserva territorial del Ayuntamiento, recibir

futuras aportaciones de bienes inmuebles para su desarrollo y

aprovechamiento, así como para su enajenación a diversos promotores,

tanto públicos como privados para la vivienda y el desarrollo urbano.

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Ejemplo 2: PRODEUR (Playas de Rosarito)

ARTÍCULO 2.- La PRODEUR promoverá la participación ciudadana en la

realización de los programas de urbanización y vivienda, su

autoconstrucción así como la explotación de fuentes de materiales para

la construcción, localizados en las regiones donde se desarrollen sus

programas, con adecuación a las características del medio.

ARTÍCULO 5.- Para la atención, estudio, planeación y resolución de los

asuntos de su competencia, la PRODEUR contará con las siguientes

unidades administrativas:

1. Dirección Generala. Departamento de contabilidad y presupuestos

b. Departamento de recursos humanos y materiales

2. Coordinación de obras y proyectosa. Departamento de estudios y proyectos

b. Departamento de supervisión y control de obras

c. Departamento de licitación de obra

3. Coordinación de ventas de inmuebles y recaudación

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Comité de Planeación

para el Desarrollo del Municipio

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Ejemplo: COPLADEM Ensenada.

Artículo 9.- La Asamblea Plenaria es el órgano superior del COPLADEM y

la integrarán todas aquellas personas, organizaciones, y asociaciones

señaladas por el acuerdo de creación, y que serán convocadas para

efectos de participación en los asuntos que interesan a la comunidad,

ejerciendo las siguientes atribuciones:

I.- Recoger las aspiraciones y demandas de la sociedad civil para que

sean sistematizadas y jerarquizadas al formularse el Plan Municipal de

Desarrollo; II.- Al iniciarse la gestión administrativa de cada

Ayuntamiento, debe conocer de su programa básico de gobierno

para dictaminar sobre su inclusión en el Plan Municipal de Desarrollo;

(…)

VIII.- Servir de órgano de consulta de los gobiernos federal, y municipal,

en materia de desarrollo económico y social del Municipio;

(…)

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Artículo 33.- Para la elaboración de los estudios, proyectos y propuestas

que compete realizar al COPLADEM, se constituirán Subcomités

Sectoriales.

Artículo 34.- Con el fin de integrar en forma democrática y permanente

a los sectores económicos y sociales en los procesos de la de la

Planeación Municipal, se establecen los siguientes subcomités

sectoriales:

I.- Administración Pública Municipal; II.- Asistencia Social y

Discapacitados; III.- Asuntos Indígenas; IV.- Atención a la Juventud; V.-

Comunicación Social; VI.- Cultura; VII.- Desarrollo Económico; VIII.-

Desarrollo Social; IX.- Desarrollo Urbano; X.- Desarrollo Rural; XI.- Deportes;

XII.- Ecología; XIII.- Educación; XIV.- Obra Pública Municipal XV.-

Protección Civil; XVI.- Salud; XVII.- Seguridad Pública; XVIII.- Servicios

Públicos; XIX.- Turismo.

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Instituto Municipal de Investigación y Planeación

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Estructura típica:

Son atribuciones del IMPLAN:

• Formular y proponer al Ayuntamiento políticas en materia de desarrollo

urbano mediante la elaboración de planes, programas y normas

técnica necesarias respecto de infraestructura urbana, vial, transporte,

equipamiento, servicios, para instrumentar la zonificación urbana, la

preservación, restauración ecológica y protección ambiental de los

centros de población,

• Formular y proponer políticas y normas específicas para utilización del

suelo y regularización de la tenencia de la tierra;

• Formular y proponer planes y programas para las reservas territoriales;

• Formular, evaluar y actualizar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano,

los Programas de Desarrollo Urbano de Centros de Población,

Programas Sectoriales y Programas Parciales, sometiéndolos a

consideración del Ayuntamiento para su revisión y aprobación;

• Realizar estudios y gestiones solicitadas por el Ayuntamiento respecto a

la planeación y proyectos urbanos;

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• Formular y actualizar el sistema normativo de desarrollo urbano;

• Crear, actualizar, administrar y mantener la operación del Sistema

Municipal de Información Geográfica;

• Realizar estudios e investigación de los fenómenos físicos, sociales,

económicos y urbanos del municipio;

• Elaborar, evaluar y aprobar los proyectos de infraestructura urbana, vial,

transporte, equipamiento y servicios, dando seguimiento a la ejecución

de los mismos;

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Dirección General IMPLAN/IMIP

Dpto. de Estudios y Proyectos

Dpto. de Planeación Urbana

Dpto. de Normatividad

Urbana

Dpto. de Sistemas de Información Geográfica

Dpto. de Planeación

Socioeconómica

Dpto. de Medio Ambiente

Dpto. de Coordinación

Administrativa

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