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13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 3 ADMINISTRACION DEL ESTADO MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL SUBDIRECCION GESTION RECAUDATORIA CADIZ El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación, de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.3 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E. 29/06/94), según la redacción dada al mismo por el artículo 5.seis de la ley 52/2003, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E. 11/12/03), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 9 (Reclamación acumulada de deuda) y 10 (Reclamación de deuda por derivación de responsabilidad): a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso. b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso. Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de los establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 55.2, 66 y 74 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (R.D. 1415/2004 de 11 de junio, B.O.E. 25/06/04), los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación. Se previene de que, en caso de no obrar así, se iniciará el procedimiento de apremio, mediante la emisión de la providencia de apremio, con aplicación de los recargos previstos en el artículo 27 de la mencionada ley y el artículo 10 de dicho Reglamento General. Contra el presente acto, y dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración correspondiente; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la duda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. En Cádiz, a 30 de noviembre de 2010. LA JEFA DE SECCION. Fdo: Isabel Querol Canteras. Régimen Tipo Identificador Razon social Direccion CP Poblacion TD Reclamacion Periodo Importe 0111 ........... 10 ..11002190081 ... COOPERATIVA TRANSPORTES .......................... CL SAN PABLO 14 ...................................... 11300 ....LINEA DE LA .............................. 03 . 11 2010 023935223 .......... 0807 0807 ............................. 52,60 0111 ........... 10 ..11002190081 ... COOPERATIVA TRANSPORTES .......................... CL SAN PABLO 14 ...................................... 11300 ....LINEA DE LA .............................. 03 . 11 2010 023935324 .......... 0907 0907 ............................. 44,28 0111 ........... 10 ..11003163216 ... ORGANIZACION NACIONAL DE ....................... PZ LUIS BRAILLE, S/N .............................. 11403 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 023941384 .......... 0208 0208 ............................. 63,61 0111 ........... 10 .. 11004108560 ... VIAJES MARSANS, S.A. ....................................... AV RAMON DE CARRANZA..................... 11006 ....CADIZ .......................................... 03 . 11 2010 023957956 .......... 0208 0208 ............................. 38,40 0111 ........... 10 .. 11004661258 ... ITURRI S.A. ............................................................ ZZ POL. IND. EL TROC .............................. 11510 ....PUERTO REAL ............................ 03 . 11 2010 023969070 .......... 0208 0208 ............................. 51,04 0111 ........... 10 ..11004856874 ... GOMEZ MORILLA ANTONIO.............................. CT NAL.340,KM.101,6 ................................ 11207 ....ALGECIRAS ................................ 02 . 11 2010 022621073 .......... 0610 0610 ........................... 943,75 0111 ........... 10 .. 11005298832 ... ORREQUIA GONZALEZ MANUEL..................... CL ALCALDE MANUEL DE ...................... 11011 ....CADIZ .......................................... 04 . 11 2010 000018154 .......... 0210 0210 ........................... 626,00 0111 ........... 10 .. 11007122432 ... HERMANOS VICARIO GIL, S. ............................. CL CORAL 11............................................... 11130 ....CHICLANA DE............................ 02 . 11 2010 024674342 .......... 0810 0810 ........................... 762,62 0111 ........... 10 .. 11007152441 ... FOTOSHERRY, S.L................................................. AV EJERCITO -LOCAL............................... 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 02 . 11 2010 025626659 .......... 0710 0710 ........................... 453,43 0111 ........... 10 ..11007165878 ... TRIAS PASTOR JOSE LUIS .................................. CL PASEO MARITIMO S/........................... 11010 ....CADIZ .......................................... 03 . 11 2010 024014035 .......... 0807 0807 ............................. 31,46 0111 ........... 10 ..11008265214 ... MARTINEZ MURGA RUIZ MIGU........................ CL MANUEL DIAZ DOMIN ....................... 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 03 . 11 2010 024654437 .......... 1207 1207 ............................. 90,94 0111 ........... 10 .. 11008722326 ... LLOYD'S REGISTER ESPA A, .............................. AV PUERTO 2 .............................................. 11006 ....CADIZ .......................................... 03 . 11 2010 024045963 .......... 1207 1207 ........................... 161,45 0111 ........... 10 ..11100476805 ... FIAMA REPRESENTACIONES,............................ CL MANUEL DE LA QUIN ........................ 11405 ....JEREZ DE LA .............................. 02 . 11 2010 025648887 .......... 0710 0710 ........................... 948,35 0111 ........... 10 ..11100764468 ... AGRUPACION DE INTERES EC .......................... CT CHIPIONA-SANLUCAR ....................... 11550 ....CHIPIONA.................................... 03 . 11 2010 024081935 .......... 0508 0508 ............................. 48,29 0111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................ 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 03 . 11 2010 024083349 .......... 0308 0308 ........................ 1.219,69 0111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................ 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 03 . 11 2010 024083450 .......... 0608 0608 ........................ 4.984,87 0111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................ 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 03 . 11 2010 024083551 .......... 0808 0808 ........................ 4.053,05 0111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................ 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 03 . 11 2010 024083652 .......... 0908 0908 ........................ 1.274,44 0111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................ 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 03 . 11 2010 024083248 .......... 1207 1207 ........................... 833,39 0111 ........... 10 ..11100835200 ... SURAUTO SHERRY, S.A....................................... CL CUATRO CAMINOS, S ......................... 11408 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024084056 .......... 0408 0408 ........................... 350,40 0111 ........... 10 ..11101319388 ... GOMEZ APOLINAR FRANCISCO....................... PS MARITIMO -BAHIA B .......................... 11500 ....VALDELAGRANA ...................... 02 . 11 2010 024676362 .......... 0810 0810 ........................... 945,91 0111 ........... 10 ..11101680817 ... RODRIGUEZ MARTINEZ FATIM ........................ CL ARBOLEDILLA 2 .................................. 11402 ....JEREZ DE LA .............................. 02 . 11 2010 025662227 .......... 0710 0710 ........................... 472,46 0111 ........... 10 ..11101754171 ... TRANSRUMA, S.L. ................................................ AV SEVILLA,PG.INDUST .......................... 11314 ....CAMPAMENTO .......................... 06 . 11 2010 026052550 .......... 0906 0906 ........................ 8.155,51 0111 ........... 10 ..11102413064 ... SEGURIDAD HERMANOS OROZC..................... AV ESPAÑA,POLIGONO R ........................ 11205 ....ALGECIRAS ................................ 03 ..11 2010 024118311 .......... 0108 0108 ........................ 1.503,82 0111 ........... 10 ..11102612320 ... SNACK VENTURES, S.A. ..................................... CT N-IV. CURTIDORES .............................. 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 03 . 11 2010 024122149 .......... 0908 0908 ............................. 84,01 0111 ........... 10 ..11103440961 ... ANDALUZA DE MONTAJES Y E......................... PG PARQUE EMPRESARIA....................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024141852 .......... 0108 0108 ............................. 85,25 0111 ........... 10 ..11103440961 ... ANDALUZA DE MONTAJES Y E......................... PG PARQUE EMPRESARIA....................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024141953 .......... 0308 0308 ........................... 222,77 0111 ........... 10 ..11103440961 ... ANDALUZA DE MONTAJES Y E......................... PG PARQUE EMPRESARIA....................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024142054 .......... 0408 0408 ............................. 40,00 0111 ........... 10 ..11103440961 ... ANDALUZA DE MONTAJES Y E......................... PG PARQUE EMPRESARIA....................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024570672 .......... 0908 1108 ........................... 726,32 0111 ........... 10 ..11103523615 ... HORMIGONES Y MINAS S.A............................... PG INDUSTRIAL EL POR .......................... 11408 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024144680 .......... 0508 0508 ........................... 254,61 0111 ........... 10 ..11103546146 ... C&C SELECCION INMOBILIAR ......................... CL ARROYUELO 3 ..................................... 11130 ....CHICLANA DE............................ 03 . 11 2010 024145488 .......... 0608 0608 ........................... 333,22 0111 ........... 10 ..11103727921 ... MULTIMEDIA MIEMBROS ASOC ....................... CL SAN PABLO 24 ...................................... 11300 ....LINEA DE LA .............................. 02 . 11 2010 022701909 .......... 0610 0610 ........................ 2.756,17 0111 ........... 10 ..11103732668 ... EMSISA, EMPRESA MUNICIPA ........................... CL DE LA PLAZA 9 ..................................... 11130 ....CHICLANA DE............................ 03 . 11 2010 024150441 .......... 1108 1108 ............................. 99,16 0111 ........... 10 ..11104019527 ... CARRASCO BENITEZ JOSE MA ......................... UR CIUDASOL 6 ......................................... 11400 ....JEREZ DE LA .............................. 02 . 11 2010 025689610 .......... 0710 0710 ........................ 1.048,44 0111 ........... 10 ..11104168663 ... ZURICH ESPA A COMPA IA D.............................. CL PLAZA DEL BANCO 1.......................... 11403 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024168427 .......... 0608 0608 ........................... 553,42 0111 ........... 10 ..11104691453 ... PERFIL BAHIA,S.L. ............................................... CL ITALIA PARC.B5-5 ................................ 11519 ....RIO SAN PEDR ........................... 03 ..11 2010 024181157 .......... 0108 0108 ............................. 43,76 0111 ........... 10 ..11104691453 ... PERFIL BAHIA,S.L. ............................................... CL ITALIA PARC.B5-5 ................................ 11519 ....RIO SAN PEDR ........................... 03 . 11 2010 024181258 .......... 0208 0208 ........................... 163,16 0111 ........... 10 ..11104984877 ... GARCIA ORTEGA SEBASTIAN ........................... ZZ PAGO ONDINO...................................... 11130 ....CHICLANA DE............................ 03 . 11 2010 024192675 .......... 0608 0608 ............................. 31,98 0111 ........... 10 ..11105318317 ... NICHOS DEL SUR, S.L. ......................................... CL PARQUE AVENIDA 2 ............................ 11405 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024204395 .......... 0308 0308 ............................. 32,57 0111 ........... 10 ..11106058143 ... MENHIR SERVICIO INTEGRAL .......................... CL MISERICORDIA 33 ............................... 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 02 . 11 2010 025726992 .......... 0710 0710 ........................... 447,66 0111 ........... 10 ..11106222134 ... SENDA ANIMACION SOCIOCUL........................ CL SAN DIONISIO 2 ................................... 11403 ....JEREZ DE LA .............................. 02 . 11 2010 024679089 .......... 0810 0810 ........................ 1.344,38 0111 ........... 10 ..11106309939 ... GRUPO M. JIMENEZ MA A, S .............................. CL ROSALIA CASTRO 2 ............................ 11520 ....ROTA ............................................ 03 . 11 2010 024246936 .......... 0308 0308 ............................. 90,79 0111 ........... 10 ..11106590532 ... KERNEL NETWORK S.L. ..................................... CL CARRETAS 1 ......................................... 11510 ....PUERTO REAL ............................ 02 . 11 2010 025739827 .......... 0710 0710 ........................... 208,91 0111 ........... 10 ..11106695010 ... SYGLA MEDICA, S.L. ........................................... CL MUÑOZ COBOS 8 ................................. 11201 ....ALGECIRAS ................................ 03 . 11 2010 024266033 .......... 1207 1207 ........................... 181,27 0111 ........... 10 ..11106795646 ... CENTER TELECOM Y SONIDOS ........................ ED JARDIN DEL INGLES .......................... 11405 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024570369 .......... 0608 1008 ............................. 61,16 0111 ........... 10 ..11107069064 ... CENTRAL DE FRANQUICIAS Y.......................... AV VIRGEN DE LA PALM ......................... 11204 ....ALGECIRAS ................................ 03 . 11 2010 024281894 .......... 0708 0708 ............................. 44,10 0111 ........... 10 ..11107144139 ... SISTEMAS INDUSTRIALIZADO ......................... CL ING.FELIX SANCHO............................ 11500 ....PUERTO DE SA ........................... 03 . 11 2010 024287049 .......... 1108 1108 ........................ 2.712,14 0111 ........... 10 ..11107181121.... GOMEZ PEREZ FRANCISCO............................... CL CANOVAS DEL CASTI ......................... 11004 ....CADIZ .......................................... 03 . 11 2010 024288059 .......... 0208 0208 ........................... 133,98 0111 ........... 10 ..11107232550 ... SERGESUR MANTENIMIENTOS, ....................... CL MIMOSAS 50 ......................................... 11205 ....ALGECIRAS ................................ 03 . 11 2010 024289776 .......... 0108 0108 ........................... 619,10 0111 ........... 10 ..11107232550 ... SERGESUR MANTENIMIENTOS, ....................... CL MIMOSAS 50 ......................................... 11205 ....ALGECIRAS ................................ 03 . 11 2010 024289675 .......... 1207 1207 ........................... 619,10 0111 ........... 10 ..11107258216 ... SAN ROQUE SPORTS AND LEI ........................... CL CARLOS I, S/N....................................... 11310 ....SOTOGRANDE ........................... 03 . 11 2010 024290685 .......... 0807 0807 ............................. 88,63 0111 ........... 10 ..11107373606 ... LIMPIBOR, S.L. ...................................................... UR DOÑA CASILDA,LOCA ....................... 11204 ....ALGECIRAS ................................ 02 . 11 2010 024679796 .......... 0810 0810 ........................... 972,76 0111 ........... 10 ..11107389972 ... ARIDOS JERBA S.L. .............................................. CL PATRICIO GARVEY 2 ........................... 11402 ....JEREZ DE LA .............................. 02 . 11 2010 025757409 .......... 0710 0710 ........................... 868,02 0111 ........... 10 ..11107503847 ... CLAUDIO SERNA CALVO CONS ........................ CL PICADUEÑA BAJA 20 .......................... 11408 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024304025 .......... 0808 0808 ........................... 140,39 0111 ........... 10 ..11107552347 ... IGNACIO DE LA PIEDAD MEN ........................... PG ZABAL BAJO -NAVE- .......................... 11300 ....LINEA DE LA .............................. 04 . 11 2009 000148218 .......... 1109 1109 ........................... 626,00 0111 ........... 10 ..11107583467 ... TECNITEC BAHIA S.L. ......................................... UR CIUDAD JARDIN SAN......................... 11406 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024308671 .......... 0308 0308 ........................... 411,73 0111 ........... 10 ..11107583467 ... TECNITEC BAHIA S.L. ......................................... UR CIUDAD JARDIN SAN......................... 11406 ....JEREZ DE LA .............................. 04 . 11 2010 000016639 .......... 1209 1209 ........................... 626,00 0111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ........................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024316957 .......... 0408 0408 ............................. 85,45 0111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ........................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024317058 .......... 0508 0508 ............................. 85,58 0111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ........................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024317159 .......... 0608 0608 ........................... 548,51 0111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ........................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024317260 .......... 0708 0708 ............................. 42,96 0111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ........................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024317361 .......... 0808 0808 ............................. 84,26 0111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ........................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024317462 .......... 1008 1008 ........................... 130,38 0111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ........................... 11407 ....JEREZ DE LA .............................. 03 . 11 2010 024317563 .......... 1108 1108 ............................111,05

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 … · de deuda sin y con presentación de documentos), 9 (Reclamación acumulada de deuda) y 10 (Reclamación de deuda por derivación

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13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 3

ADMINISTRACION DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIONTESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION PROVINCIALSUBDIRECCION GESTION RECAUDATORIA

CADIZ El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación, de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.3 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E. 29/06/94), según la redacción dada al mismo por el artículo 5.seis de la ley 52/2003, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E. 11/12/03), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 9 (Reclamación acumulada de deuda) y 10 (Reclamación de deuda por derivación de responsabilidad): a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso. b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, en su caso. Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de los establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 55.2, 66 y 74 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (R.D. 1415/2004 de 11 de junio, B.O.E. 25/06/04), los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación. Se previene de que, en caso de no obrar así, se iniciará el procedimiento de apremio, mediante la emisión de la providencia de apremio, con aplicación de los recargos previstos en el artículo 27 de la mencionada ley y el artículo 10 de dicho Reglamento General. Contra el presente acto, y dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada ante la Administración correspondiente; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la duda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. En Cádiz, a 30 de noviembre de 2010. LA JEFA DE SECCION. Fdo: Isabel Querol Canteras.Régimen Tipo Identificador Razon social Direccion CP Poblacion TD Reclamacion Periodo Importe0111 ........... 10 ..11002190081 ... COOPERATIVA TRANSPORTES .......................... CL SAN PABLO 14 ......................................11300 ....LINEA DE LA ..............................03 . 11 2010 023935223 .......... 0807 0807 ............................. 52,600111 ........... 10 ..11002190081 ... COOPERATIVA TRANSPORTES .......................... CL SAN PABLO 14 ......................................11300 ....LINEA DE LA ..............................03 . 11 2010 023935324 .......... 0907 0907 ............................. 44,280111 ........... 10 ..11003163216 ... ORGANIZACION NACIONAL DE ....................... PZ LUIS BRAILLE, S/N ..............................11403 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 023941384 .......... 0208 0208 ............................. 63,610111 ........... 10 ..11004108560 ... VIAJES MARSANS, S.A. ....................................... AV RAMON DE CARRANZA .....................11006 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 023957956 .......... 0208 0208 ............................. 38,400111 ........... 10 ..11004661258 ... ITURRI S.A. ............................................................ ZZ POL. IND. EL TROC ..............................11510 ....PUERTO REAL ............................03 . 11 2010 023969070 .......... 0208 0208 ............................. 51,040111 ........... 10 ..11004856874 ... GOMEZ MORILLA ANTONIO.............................. CT NAL.340,KM.101,6 ................................11207 ....ALGECIRAS ................................02 . 11 2010 022621073 .......... 0610 0610 ........................... 943,750111 ........... 10 ..11005298832 ... ORREQUIA GONZALEZ MANUEL ..................... CL ALCALDE MANUEL DE ......................11011 ....CADIZ ..........................................04 . 11 2010 000018154 .......... 0210 0210 ........................... 626,000111 ........... 10 ..11007122432 ... HERMANOS VICARIO GIL, S. ............................. CL CORAL 11 ...............................................11130 ....CHICLANA DE ............................02 . 11 2010 024674342 .......... 0810 0810 ........................... 762,620111 ........... 10 ..11007152441 ... FOTOSHERRY, S.L. ................................................ AV EJERCITO -LOCAL ...............................11500 ....PUERTO DE SA ...........................02 . 11 2010 025626659 .......... 0710 0710 ........................... 453,430111 ........... 10 ..11007165878 ... TRIAS PASTOR JOSE LUIS .................................. CL PASEO MARITIMO S/ ...........................11010 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024014035 .......... 0807 0807 ............................. 31,460111 ........... 10 ..11008265214 ... MARTINEZ MURGA RUIZ MIGU ........................ CL MANUEL DIAZ DOMIN .......................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024654437 .......... 1207 1207 ............................. 90,940111 ........... 10 ..11008722326 ... LLOYD'S REGISTER ESPA A, .............................. AV PUERTO 2 ..............................................11006 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024045963 .......... 1207 1207 ........................... 161,450111 ........... 10 ..11100476805 ... FIAMA REPRESENTACIONES, ............................ CL MANUEL DE LA QUIN ........................11405 ....JEREZ DE LA ..............................02 . 11 2010 025648887 .......... 0710 0710 ........................... 948,350111 ........... 10 ..11100764468 ... AGRUPACION DE INTERES EC .......................... CT CHIPIONA-SANLUCAR .......................11550 ....CHIPIONA....................................03 . 11 2010 024081935 .......... 0508 0508 ............................. 48,290111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024083349 .......... 0308 0308 ........................ 1.219,690111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024083450 .......... 0608 0608 ........................ 4.984,870111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024083551 .......... 0808 0808 ........................ 4.053,050111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024083652 .......... 0908 0908 ........................ 1.274,440111 ........... 10 ..11100799834 ... REYDOSA S.L. ....................................................... PG IND.PALMAR -ED. A ............................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024083248 .......... 1207 1207 ........................... 833,390111 ........... 10 ..11100835200 ... SURAUTO SHERRY, S.A. ...................................... CL CUATRO CAMINOS, S .........................11408 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024084056 .......... 0408 0408 ........................... 350,400111 ........... 10 ..11101319388 ... GOMEZ APOLINAR FRANCISCO ....................... PS MARITIMO -BAHIA B ..........................11500 ....VALDELAGRANA ......................02 . 11 2010 024676362 .......... 0810 0810 ........................... 945,910111 ........... 10 ..11101680817 ... RODRIGUEZ MARTINEZ FATIM ........................ CL ARBOLEDILLA 2 ..................................11402 ....JEREZ DE LA ..............................02 . 11 2010 025662227 .......... 0710 0710 ........................... 472,460111 ........... 10 ..11101754171 ... TRANSRUMA, S.L. ................................................ AV SEVILLA,PG.INDUST ..........................11314 ....CAMPAMENTO ..........................06 . 11 2010 026052550 .......... 0906 0906 ........................ 8.155,510111 ........... 10 ..11102413064 ... SEGURIDAD HERMANOS OROZC ..................... AV ESPAÑA,POLIGONO R ........................11205 ....ALGECIRAS ................................03 ..11 2010 024118311 .......... 0108 0108 ........................ 1.503,820111 ........... 10 ..11102612320 ... SNACK VENTURES, S.A. ..................................... CT N-IV. CURTIDORES ..............................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024122149 .......... 0908 0908 ............................. 84,010111 ........... 10 ..11103440961 ... ANDALUZA DE MONTAJES Y E ......................... PG PARQUE EMPRESARIA .......................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024141852 .......... 0108 0108 ............................. 85,250111 ........... 10 ..11103440961 ... ANDALUZA DE MONTAJES Y E ......................... PG PARQUE EMPRESARIA .......................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024141953 .......... 0308 0308 ........................... 222,770111 ........... 10 ..11103440961 ... ANDALUZA DE MONTAJES Y E ......................... PG PARQUE EMPRESARIA .......................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024142054 .......... 0408 0408 ............................. 40,000111 ........... 10 ..11103440961 ... ANDALUZA DE MONTAJES Y E ......................... PG PARQUE EMPRESARIA .......................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024570672 .......... 0908 1108 ........................... 726,320111 ........... 10 ..11103523615 ... HORMIGONES Y MINAS S.A ............................... PG INDUSTRIAL EL POR ..........................11408 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024144680 .......... 0508 0508 ........................... 254,610111 ........... 10 ..11103546146 ... C&C SELECCION INMOBILIAR ......................... CL ARROYUELO 3 .....................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024145488 .......... 0608 0608 ........................... 333,220111 ........... 10 ..11103727921 ... MULTIMEDIA MIEMBROS ASOC ....................... CL SAN PABLO 24 ......................................11300 ....LINEA DE LA ..............................02 . 11 2010 022701909 .......... 0610 0610 ........................ 2.756,170111 ........... 10 ..11103732668 ... EMSISA, EMPRESA MUNICIPA ........................... CL DE LA PLAZA 9 .....................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024150441 .......... 1108 1108 ............................. 99,160111 ........... 10 ..11104019527 ... CARRASCO BENITEZ JOSE MA ......................... UR CIUDASOL 6 .........................................11400 ....JEREZ DE LA ..............................02 . 11 2010 025689610 .......... 0710 0710 ........................ 1.048,440111 ........... 10 ..11104168663 ... ZURICH ESPA A COMPA IA D .............................. CL PLAZA DEL BANCO 1 ..........................11403 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024168427 .......... 0608 0608 ........................... 553,420111 ........... 10 ..11104691453 ... PERFIL BAHIA,S.L. ............................................... CL ITALIA PARC.B5-5 ................................11519 ....RIO SAN PEDR ...........................03 ..11 2010 024181157 .......... 0108 0108 ............................. 43,760111 ........... 10 ..11104691453 ... PERFIL BAHIA,S.L. ............................................... CL ITALIA PARC.B5-5 ................................11519 ....RIO SAN PEDR ...........................03 . 11 2010 024181258 .......... 0208 0208 ........................... 163,160111 ........... 10 ..11104984877 ... GARCIA ORTEGA SEBASTIAN ........................... ZZ PAGO ONDINO ......................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024192675 .......... 0608 0608 ............................. 31,980111 ........... 10 ..11105318317 ... NICHOS DEL SUR, S.L. ......................................... CL PARQUE AVENIDA 2 ............................11405 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024204395 .......... 0308 0308 ............................. 32,570111 ........... 10 ..11106058143 ... MENHIR SERVICIO INTEGRAL .......................... CL MISERICORDIA 33 ...............................11500 ....PUERTO DE SA ...........................02 . 11 2010 025726992 .......... 0710 0710 ........................... 447,660111 ........... 10 ..11106222134 ... SENDA ANIMACION SOCIOCUL ........................ CL SAN DIONISIO 2 ...................................11403 ....JEREZ DE LA ..............................02 . 11 2010 024679089 .......... 0810 0810 ........................ 1.344,380111 ........... 10 ..11106309939 ... GRUPO M. JIMENEZ MA A, S .............................. CL ROSALIA CASTRO 2 ............................11520 ....ROTA ............................................03 . 11 2010 024246936 .......... 0308 0308 ............................. 90,790111 ........... 10 ..11106590532 ... KERNEL NETWORK S.L. ..................................... CL CARRETAS 1 .........................................11510 ....PUERTO REAL ............................02 . 11 2010 025739827 .......... 0710 0710 ........................... 208,910111 ........... 10 ..11106695010 ... SYGLA MEDICA, S.L. ........................................... CL MUÑOZ COBOS 8 .................................11201 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024266033 .......... 1207 1207 ........................... 181,270111 ........... 10 ..11106795646 ... CENTER TELECOM Y SONIDOS ........................ ED JARDIN DEL INGLES ..........................11405 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024570369 .......... 0608 1008 ............................. 61,160111 ........... 10 ..11107069064 ... CENTRAL DE FRANQUICIAS Y .......................... AV VIRGEN DE LA PALM .........................11204 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024281894 .......... 0708 0708 ............................. 44,100111 ........... 10 ..11107144139 ... SISTEMAS INDUSTRIALIZADO ......................... CL ING.FELIX SANCHO ............................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024287049 .......... 1108 1108 ........................ 2.712,140111 ........... 10 ..11107181121 .... GOMEZ PEREZ FRANCISCO ............................... CL CANOVAS DEL CASTI .........................11004 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024288059 .......... 0208 0208 ........................... 133,980111 ........... 10 ..11107232550 ... SERGESUR MANTENIMIENTOS, ....................... CL MIMOSAS 50 .........................................11205 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024289776 .......... 0108 0108 ........................... 619,100111 ........... 10 ..11107232550 ... SERGESUR MANTENIMIENTOS, ....................... CL MIMOSAS 50 .........................................11205 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024289675 .......... 1207 1207 ........................... 619,100111 ........... 10 ..11107258216 ... SAN ROQUE SPORTS AND LEI ........................... CL CARLOS I, S/N.......................................11310 ....SOTOGRANDE ...........................03 . 11 2010 024290685 .......... 0807 0807 ............................. 88,630111 ........... 10 ..11107373606 ... LIMPIBOR, S.L. ...................................................... UR DOÑA CASILDA,LOCA .......................11204 ....ALGECIRAS ................................02 . 11 2010 024679796 .......... 0810 0810 ........................... 972,760111 ........... 10 ..11107389972 ... ARIDOS JERBA S.L. .............................................. CL PATRICIO GARVEY 2 ...........................11402 ....JEREZ DE LA ..............................02 . 11 2010 025757409 .......... 0710 0710 ........................... 868,020111 ........... 10 ..11107503847 ... CLAUDIO SERNA CALVO CONS ........................ CL PICADUEÑA BAJA 20 ..........................11408 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024304025 .......... 0808 0808 ........................... 140,390111 ........... 10 ..11107552347 ... IGNACIO DE LA PIEDAD MEN ........................... PG ZABAL BAJO -NAVE- ..........................11300 ....LINEA DE LA ..............................04 . 11 2009 000148218 .......... 1109 1109 ........................... 626,000111 ........... 10 ..11107583467 ... TECNITEC BAHIA S.L. ......................................... UR CIUDAD JARDIN SAN.........................11406 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024308671 .......... 0308 0308 ........................... 411,730111 ........... 10 ..11107583467 ... TECNITEC BAHIA S.L. ......................................... UR CIUDAD JARDIN SAN.........................11406 ....JEREZ DE LA ..............................04 . 11 2010 000016639 .......... 1209 1209 ........................... 626,000111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ...........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024316957 .......... 0408 0408 ............................. 85,450111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ...........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024317058 .......... 0508 0508 ............................. 85,580111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ...........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024317159 .......... 0608 0608 ........................... 548,510111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ...........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024317260 .......... 0708 0708 ............................. 42,960111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ...........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024317361 .......... 0808 0808 ............................. 84,260111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ...........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024317462 .......... 1008 1008 ........................... 130,380111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ...........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024317563 .......... 1108 1108 ............................111,05

Página 4 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 13 de diciembre de 2010

Régimen Tipo Identificador Razon social Direccion CP Poblacion TD Reclamacion Periodo Importe0111 ........... 10 ..11107769181 ... CERRAJERIA GENERAL CALSA ........................ PG INDUSTRIAL SANTA ...........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024316856 .......... 1207 1207 ............................. 73,070111 ........... 10 ..11107992079 ... MUEBLES HISPANO LUSOS, S ........................... LG CAÑADA DEL LOBO 1 ........................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024325142 .......... 0708 0708 ............................. 27,480111 ........... 10 ..11108060888 ... QUINTEC ALGECIRAS, S.L. ................................ UR TORREALMIRANTE 1 .........................11203 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024328374 .......... 1008 1008 ........................... 297,910111 ........... 10 ..11108210129 ... ALCAZAR EXCAVACIONES Y F ......................... PQ EMPRESARIAL CL NE .........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024339185 .......... 0108 0108 ........................ 1.151,720111 ........... 10 ..11108239936 ... INMOBILIARIAS QUATRO PRO ......................... CL PORVERA 34 ..........................................11403 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 026013851 .......... 0708 0708 ........................... 854,820111 ........... 10 ..11108239936 ... INMOBILIARIAS QUATRO PRO ......................... CL PORVERA 34 ..........................................11403 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 026013952 .......... 0808 0808 ........................... 883,320111 ........... 10 ..11108307937 ... PRIMERA CONSTITUCION INV.......................... CL REAL 3 ....................................................11300 ....LINEA DE LA ..............................02 . 11 2010 022789310 .......... 0610 0610 ........................... 777,910111 ........... 10 ..11108355326 ... CALDERON REGALOS FLOR S. ......................... CL DOÑA BLANCA 15 ...............................11402 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024346158 .......... 0508 0508 ........................ 2.525,170111 ........... 10 ..11108374928 ... EXCAVACIONES Y DERRIBOS ........................... PG IND.PORTAL CL CAM ..........................11408 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024346562 .......... 1008 1008 ............................. 59,640111 ........... 10 ..11108374928 ... EXCAVACIONES Y DERRIBOS ........................... PG IND.PORTAL CL CAM ..........................11408 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024346663 .......... 1108 1108 ........................ 1.095,970111 ........... 10 ..11108671281 ... UTE ATOCHA DAMA DE CADIZ ......................... CL DAMA DE CADIZ 3 ..............................11008 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024356969 .......... 1207 1207 ........................... 435,420111 ........... 10 ..11108756561 ... SAREYCO 2004 S.L. .............................................. CL EINSTEIN PARCELA ............................11407 ....JEREZ DE LA ..............................02 . 11 2010 025792670 .......... 0710 0710 ........................ 1.801,270111 ........... 10 ..11108756561 ... SAREYCO 2004 S.L. .............................................. CL EINSTEIN PARCELA ............................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024361922 .......... 1008 1008 ........................ 1.433,940111 ........... 10 ..11108756561 ... SAREYCO 2004 S.L. .............................................. CL EINSTEIN PARCELA ............................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024361821 .......... 1207 1207 ........................... 576,940111 ........... 10 ..11108792230 ... ASOC.DE FAMILIARES Y ENF ............................ CL ALAMEDA MORENO DE .....................11100 ....SAN FERNANDO ........................03 . 11 2010 024363538 .......... 0208 0208 ........................... 437,400111 ........... 10 ..11108819512 ... REYES ROMERO MIGUEL ANGE ....................... CL VISTA ALEGRE 24 ................................11401 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024364649 .......... 1008 1008 ............................. 27,490111 ........... 10 ..11108856793 ... CONSTRUCCIONES HNOS DIAZ ....................... CL PS.DELICIAS EDF.T ..............................11405 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024367881 .......... 0108 0108 ............................. 37,800111 ........... 10 ..11108856793 ... CONSTRUCCIONES HNOS DIAZ ....................... CL PS.DELICIAS EDF.T ..............................11405 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024367982 .......... 0208 0208 ............................. 19,580111 ........... 10 ..11108900041 ... ANDAMIOS JEREZ, S.L. ....................................... CL CONSTITUCIÓN 5 ................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024369703 .......... 0108 0108 ........................... 293,860111 ........... 10 ..11108900041 ... ANDAMIOS JEREZ, S.L. ....................................... CL CONSTITUCIÓN 5 ................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024369804 .......... 0208 0208 ........................... 479,080111 ........... 10 ..11108900041 ... ANDAMIOS JEREZ, S.L. ....................................... CL CONSTITUCIÓN 5 ................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024370107 .......... 0608 0608 ........................ 1.087,300111 ........... 10 ..11108900041 ... ANDAMIOS JEREZ, S.L. ....................................... CL CONSTITUCIÓN 5 ................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024370208 .......... 0708 0708 ........................... 741,120111 ........... 10 ..11108900041 ... ANDAMIOS JEREZ, S.L. ....................................... CL CONSTITUCIÓN 5 ................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024370309 .......... 0808 0808 ............................111,470111 ........... 10 ..11108975520 ... LUDIEMO, S.L. ....................................................... CT ALGECIRAS-JEREZ,K ..........................11370 ....BARRIOS LOS.............................03 . 11 2010 024375561 .......... 1206 1206 ........................... 254,740111 ........... 10 ..11108978752 ... GLOBAL SERVICES HOMES & ........................... ZZ PUERTO DE PORTIVO .........................11310 ....PUERTO SOTOG .........................03 . 11 2010 024375763 .......... 0607 0607 ............................. 31,160111 ........... 10 ..11109082523 ... CONSTRUCCIONES EDISAN S. .......................... AV EUROPA PAC.M4 PPU ..........................11405 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024378288 .......... 0608 0608 ........................ 1.065,230111 ........... 10 ..11109105761 ... COMUNICACIONES TESATTE, ........................... AV ANA DE VIYA 17 ...................................11009 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024379807 .......... 0108 0108 ........................ 2.616,470111 ........... 10 ..11109105761 ... COMUNICACIONES TESATTE, ........................... AV ANA DE VIYA 17 ...................................11009 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024379908 .......... 0208 0208 ........................ 2.447,660111 ........... 10 ..11109105761 ... COMUNICACIONES TESATTE, ........................... AV ANA DE VIYA 17 ...................................11009 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024380009 .......... 0308 0308 ........................ 1.603,640111 ........... 10 ..11109105761 ... COMUNICACIONES TESATTE, ........................... AV ANA DE VIYA 17 ...................................11009 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024379706 .......... 1207 1207 ........................ 2.616,470111 ........... 10 ..11109111421 .... ALCANTARA TEJEDOR MATIAS ....................... UR RINCOMAR 2 ........................................11204 ....ALGECIRAS ................................02 ..11 2010 022811235 .......... 0610 0610 ........................... 228,310111 ........... 10 ..11109121727 ... ACTIVIDADES DE LIMPIEZA ............................. AV VIRGEN CARMEN 29...........................11201 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024382332 .......... 0208 0208 ........................... 805,210111 ........... 10 ..11109121727 ... ACTIVIDADES DE LIMPIEZA ............................. AV VIRGEN CARMEN 29...........................11201 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024382433 .......... 0408 0408 ........................... 209,660111 ........... 10 ..11109121727 ... ACTIVIDADES DE LIMPIEZA ............................. AV VIRGEN CARMEN 29...........................11201 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024382534 .......... 0508 0508 ........................ 1.155,420111 ........... 10 ..11109121727 ... ACTIVIDADES DE LIMPIEZA ............................. AV VIRGEN CARMEN 29...........................11201 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024382635 .......... 0608 0608 ............................. 50,280111 ........... 10 ..11109121727 ... ACTIVIDADES DE LIMPIEZA ............................. AV VIRGEN CARMEN 29...........................11201 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024382736 .......... 0808 0808 ............................. 64,300111 ........... 10 ..11109121727 ... ACTIVIDADES DE LIMPIEZA ............................. AV VIRGEN CARMEN 29...........................11201 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024382837 .......... 0908 0908 ............................. 46,850111 ........... 10 ..11109121727 ... ACTIVIDADES DE LIMPIEZA ............................. AV VIRGEN CARMEN 29...........................11201 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024382938 .......... 1008 1008 ........................... 190,400111 ........... 10 ..11109121727 ... ACTIVIDADES DE LIMPIEZA ............................. AV VIRGEN CARMEN 29...........................11201 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024383039 .......... 1108 1108 ........................... 939,940111 ........... 10 ..11109355537 ... HIERROS DIAZAM SUR S.L. ............................... CL RIBERA DEL MUELLE .........................11510 ....PUERTO REAL ............................02 . 11 2010 025807424 .......... 0710 0710 ........................ 2.157,900111 ........... 10 ..11109413333 ... AIRESUR 2005 S.L. ................................................ AV JUAN CARLOS I LOC ..........................11130 ....CHICLANA DE ............................02 . 11 2010 025809141 .......... 0710 0710 ........................... 948,350111 ........... 10 ..11109426063 ... IN MONOVILLAS S.L. .......................................... CL LA YEDRA RONDA MU .......................11408 ....JEREZ DE LA ..............................02 . 11 2010 025809747 .......... 0710 0710 ........................... 946,960111 ........... 10 ..11109489317 ... CONSTRUCCIONES GALLAR 2, ......................... AV DE LA INDUSTRIA 9 ............................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024397688 .......... 1008 1008 ........................... 820,930111 ........... 10 ..11109680485 ... MAIRANDU, S.L. ................................................... CL MARQUES DE LA VIC .........................11100 ....SAN FERNANDO ........................02 . 11 2010 024681416 .......... 0810 0810 ............................. 69,610111 ........... 10 ..11109722117 .... TECNICA, COMERCIO Y SERV ........................... CT MADRID - CADIZ KM ..........................11407 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024412240 .......... 0108 0108 ........................... 241,920111 ........... 10 ..11109754853 ... EUROMONTAJES DEL SUR S.L .......................... CL RONDA DEL TROBAL .........................11592 ....NUEVA JARILL ...........................03 . 11 2010 024413149 .......... 0408 0408 ............................. 27,290111 ........... 10 ..11109780721 ... ALUMINIOS SANCHEZ Y UCED ........................ CL DORADA 9 .............................................11311 ....PUEBLO NUEVO ........................03 . 11 2010 024414260 .......... 0308 0308 ........................ 1.237,360111 ........... 10 ..11109839628 ... EVOLUTION HOUSE, S.L. .................................... CL LAS PALMERAS -ALC .........................11300 ....LINEA DE LA ..............................03 . 11 2010 024419718 .......... 0707 0707 ........................... 940,900111 ........... 10 ..11110010992 .... HERRERA MARCHAN ISABEL ........................... CL BEATO DIEGO DE CA ..........................11600 ....UBRIQUE .....................................04 . 11 2010 000003909 .......... 1109 1109 ...................... 12.502,000111 ........... 10 ..11110010992 .... HERRERA MARCHAN ISABEL ........................... CL BEATO DIEGO DE CA ..........................11600 ....UBRIQUE .....................................04 . 11 2010 000003808 .......... 1109 1109 ........................ 1.252,000111 ........... 10 ..11110048378 .... CERVECERIA Y MONTADITOS .......................... AV DESCUBRIMIENTOS, ..........................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024432650 .......... 0308 0308 ............................. 40,300111 ........... 10 ..11110048378 .... CERVECERIA Y MONTADITOS .......................... AV DESCUBRIMIENTOS, ..........................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024432549 .......... 1207 1207 ............................. 38,270111 ........... 10 ..11110105972 .... OPTIMA DE SERVICIOS Y MA ............................ CL ALFAREROS. POLG. .............................11130 ....CHICLANA DE ............................02 . 11 2010 025828036 .......... 0710 0710 ........................ 2.866,670111 ........... 10 ..11110142045 .... SANCHEZ RODRIGUEZ RAFAEL ....................... CL AGUILA ..................................................11550 ....CHIPIONA....................................02 . 11 2010 025829753 .......... 0610 0610 ........................... 168,000111 ........... 10 ..11110142045 .... SANCHEZ RODRIGUEZ RAFAEL ....................... CL AGUILA ..................................................11550 ....CHIPIONA....................................02 . 11 2010 025829854 .......... 0610 0610 ........................... 108,280111 ........... 10 ..11110186303 .... HOSTELERIA O GROVE, S.L. .............................. UR LOS GALLOS 116 .................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024437502 .......... 0308 0308 ............................. 27,790111 ........... 10 ..11110261576 .... CALVENTE HERRERA MARIA R ........................ CL BRASIL 2 ................................................11010 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024442148 .......... 1207 1207 ............................. 34,480111 ........... 10 ..11110320786 .... GRUPO 7 SC ........................................................... AV DE LA MUSICA 23 ................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024445178 .......... 1108 1108 ........................... 122,120111 ........... 10 ..11110321291 .... INSOLA SERVICIOS GENERAL .......................... AV CAYETANO DEL TORO .......................11010 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024445481 .......... 0108 0108 ........................... 588,000111 ........... 10 ..11110321291 .... INSOLA SERVICIOS GENERAL .......................... AV CAYETANO DEL TORO .......................11010 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024445582 .......... 0208 0208 ........................... 172,990111 ........... 10 ..11110321291 .... INSOLA SERVICIOS GENERAL .......................... AV CAYETANO DEL TORO .......................11010 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024445683 .......... 0308 0308 ........................... 432,000111 ........... 10 ..11110321291 .... INSOLA SERVICIOS GENERAL .......................... AV CAYETANO DEL TORO .......................11010 ....CADIZ ..........................................03 . 11 2010 024445380 .......... 1207 1207 ........................... 199,610111 ........... 10 ..11110403440 .... DUCAY LOPEZ JESUS MARIA ............................ CL PESCADERIA EDF.LO ..........................11540 ....SANLUCAR DE...........................03 . 11 2010 024451040 .......... 0808 0808 ........................... 133,870111 ........... 10 ..11110408288 .... GESTION Y PROMOCION DE P ........................... CL RUIZ MARCET 10 .................................11100 ....SAN FERNANDO ........................03 . 11 2010 024451242 .......... 1207 1207 ............................. 62,640111 ........... 10 ..11110411726 .... ROBREDO TRES 2005 S.L. ................................... PG PROXINAVE CAMINO .........................11405 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024451545 .......... 0508 0508 ........................... 326,690111 ........... 10 ..11110445270 .... RAFAEL CARDONA OLIVER S. .......................... PG EL TORNO NAVE B P ...........................11130 ....CHICLANA DE ............................02 . 11 2010 025838746 .......... 0710 0710 ............................. 52,280111 ........... 10 ..11110462650 .... BARRAMODU S.L. ................................................ ZZ CTRA ARCOS JEREZ ............................11630 ....ARCOS DE LA .............................02 . 11 2010 025839150 .......... 0710 0710 ........................... 442,930111 ........... 10 ..11110608958 .... GLOBAL DE BEBIDAS S.L................................... PG INDUSTRIAL EL POR ..........................11408 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024463770 .......... 1008 1008 ............................. 30,120111 ........... 10 ..11110619466 .... URB EL HUESO AZUL, S.L.U .............................. RL ALEGAMAR ..........................................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024464982 .......... 0208 0208 ............................. 55,540111 ........... 10 ..11110715658 .... BESAN CIMENTACIONES S.L. ............................ CL REGINO MARTINEZ 3 .........................11201 ....ALGECIRAS ................................02 . 11 2010 025847436 .......... 0710 0710 ........................ 2.188,910111 ........... 10 ..11111086480 .... SANCHEZ RODRIGUEZ DANIEL ....................... AV EUROPA 15 ............................................11405 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024483877 .......... 1207 1207 ............................. 32,050111 ........... 10 ..11111121947 .... CONSTRUCCIONES MARTENA A ...................... UR EL BOSQUE - AVENI............................11205 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024485291 .......... 0208 0208 ............................. 58,960111 ........... 10 ..11111230061 .... GRUPO KICAP S.L. ................................................ AV MEJIXO EDF.PARQUE .........................11405 ....JEREZ DE LA ..............................03 . 11 2010 024490749 .......... 0308 0308 ........................... 780,700111 ........... 10 ..11111246330 .... DESARROLLOS NOVA URBE XX ....................... CL DR. MARAÑON 8 ..................................11500 ....PUERTO DE SA ...........................02 . 11 2010 025865927 .......... 0710 0710 ........................... 972,250111 ........... 10 ..11111246330 .... DESARROLLOS NOVA URBE XX ....................... CL DR. MARAÑON 8 ..................................11500 ....PUERTO DE SA ...........................03 . 11 2010 024491355 .......... 1108 1108 ........................ 1.069,520111 ........... 10 ..11111405267 .... LISTAN MONTERO MANUEL ............................. AV BLAS INFANTE 27 ................................11201 ....ALGECIRAS ................................03 ..11 2010 024497116 .......... 0608 0608 ........................... 444,790111 ........... 10 ..11111421637 .... DIAZ CUBELO SANDRA ...................................... AV ESPAÑA 6 ...............................................11205 ....ALGECIRAS ................................03 . 11 2010 024497722 .......... 0308 0308 ........................... 125,900111 ........... 10 ..11111615738 .... RAMOS LOPEZ MARIA DOLORE ....................... CL LARGA 20 ..............................................11130 ....CHICLANA DE ............................04 . 11 2010 000008353 .......... 0110 0110 ........................... 626,000111 ........... 10 ..11111694247 .... SIMONS CHICLANA 2008, S. ............................... CR DE LA BARROSA .................................11130 ....CHICLANA DE ............................02 . 11 2010 024683335 .......... 0810 0810 ........................... 915,400111 ........... 10 ..11111712132 .... PROINMODECOR S.L. .......................................... CL AVILA 12 ................................................11401 ....JEREZ DE LA ..............................02 ..11 2010 025884115 .......... 0710 0710 ........................... 906,070111 ........... 10 ..11111759925 .... LOPEZ DUE AS ROSARIO .................................... CL NEWTON PARQUE EMP ......................11407 ....JEREZ DE LA ..............................04 . 11 2010 000015730 .......... 1109 1109 ........................... 626,000111 ........... 10 ..11112215926 .... GAPICA HOSTELERIA, S.L. ................................. PP VICTORIA EUGENIA ............................11207 ....ALGECIRAS ................................02 . 11 2010 024684143 .......... 0810 0810 ........................... 324,820111 ........... 10 ..11112250884 .... GONZALEZ SERRANO MARIA D ....................... CL OCA 75 ....................................................11130 ....CHICLANA DE ............................02 . 11 2010 025907555 .......... 0710 0710 ........................ 2.123,090111 ........... 10 ..11112323737 .... TORRES LUQUE JUAN ANTONI ......................... CL SAN MIGUEL 7 .....................................11004 ....CADIZ ..........................................02 ..11 2010 025911595 .......... 0710 0710 ........................... 179,080111 ........... 10 ..11112395273 .... AVILA SANCHEZ MARIA ANA ........................... UR LOS GALLOS EDIF.C ...........................11130 ....CHICLANA DE ............................02 . 11 2010 025915942 .......... 0710 0710 ........................... 457,700111 ........... 10 ..11112450847 .... LOPEZ IGLESIAS JUAN MANU .......................... CL RAFAEL ALBERTI 12 ...........................11204 ....ALGECIRAS ................................02 . 11 2010 022939153 .......... 0610 0610 ........................... 244,190111 ........... 10 ..11112757510 .... AMAYA HEREDIA MIGUEL ................................. BD VALLESEQUILLO 2 .............................11401 ....JEREZ DE LA ..............................02 . 11 2010 025937766 .......... 0710 0710 ............................. 94,810111 ........... 10 ..11113039517 .... IMPERGADES C.B. ................................................ CL REGIMIENTO DE INF ..........................11002 ....CADIZ ..........................................02 . 11 2010 025959186 .......... 0710 0710 ........................... 551,660111 ........... 10 ..11113174105 .... ROMAN GARCIA SARA ....................................... PZ CIUDASOL .............................................11406 ....JEREZ DE LA ..............................02 . 11 2010 025969593 .......... 0710 0710 ........................... 447,660111 ........... 10 ..11113188754 .... ESCAMEZ MORALES SOLEDAD ....................... UR NUEVAS COLINAS ..............................11205 ....ALGECIRAS ................................02 . 11 2010 025971213 .......... 0710 0710 ........................... 945,910811 ........... 10 ..11108954100 ... GADIFRES S.L. ...................................................... LG MUELLE DE LEVANTE .......................11006 ....CADIZ ..........................................02 . 11 2010 025797219 .......... 0710 0710 ........................ 1.025,260811 ........... 10 ..11109534177 ... GOMEZ SANDUVETE JESUS .............................. CL MARGARITAS 13 ..................................11130 ....CHICLANA DE ............................03 . 11 2010 024399005 .......... 0108 0108 ........................ 4.251,462300........... 10 ..11112204408 .... AXA SEGUROS GENERALES S. ......................... AV ANA DE VIYA 5 .....................................11009 ....CADIZ ..........................................08 . 11 2010 026031635 .......... 0909 1009 ........................... 311,572300........... 10 ..11112204408 .... AXA SEGUROS GENERALES S. ......................... AV ANA DE VIYA 5 .....................................11009 ....CADIZ ..........................................08 . 11 2010 026031736 .......... 1008 1208 ........................ 1.661,622300........... 07 ..110031481109 . GARCIA JURADO JUAN ....................................... CL PINAR DE LA VILLA ............................11550 ....CHIPIONA....................................08 . 11 2010 026017992 .......... 0110 0510 ........................... 150,752300........... 07 ..111021129021 .. TORREJON DOMINGUEZ MARIO ...................... CL ANDALUCIA 195...................................11203 ....ALGECIRAS ................................08 . 11 2010 026043557 .......... 0109 0510 ........................ 5.721,142300........... 07 ..111067263938 . LARA ROMERO MARIA CRISTI ......................... AV BRUSELAS ............................................11205 ....ALGECIRAS ................................08 . 11 2010 026018194 .......... 0509 1209 ........................... 452,562300........... 07 ..140068724695 . SERRANO PESSOA RAQUEL .............................. CL ROMERO DE TORRES .........................11405 ....JEREZ DE LA ..............................08 . 11 2010 024659790 .......... 0510 0610 ........................... 121,872300........... 07 ..470031036949 . FERNANDEZ LORENZO DOMING ..................... CL CL SAN MARCOS 147 ..........................11100 ....SAN FERNANDO ........................08 . 11 2010 026017891 .......... 0409 0510 ........................ 4.719,12

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13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 5

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIONTESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 1102ALGECIRAS

EDICTO La Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social de la Unidad número 11 02 02 de Algeciras (Cádiz). HAGO SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto , mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados podrán comparecer ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en el plazo de DIEZ DIAS, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial de la Provincia” para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes , excepto festivos en la localidad. Se indica que la Unidad de Recaudación Ejecutiva 1102 está situada en Algeciras, Paseo de la Conferencia 13-15. Teléfono nº: 956571920, Fax nº: 956571465. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Algeciras, 30 de noviembre de 2010. La Recaudadora Ejecutiva. Fdo.: Mª Luz Romero Torán EXPEDIENTE NUMERO DOCUMENTO NOMBRE DEUDOR INTERESADO DOMICILIO ACTO ADMINISTRATIVO: DILIGENCIA DE EMBARGO MERCANTIL (TVA 303)11021000269072 ..................................... 110230310016008808 ................ FRANCISCO MORA LACIDA Y OTRO, C.B. ...................................... CL.JUAN RAMON JIMENEZ, 6. ...................................................................... ALGECIRAS11021000258867 ..................................... 110230310015906552 ................ IGNACIO VILLAVERDE ALGECIRAS, S.L. ....................................... CL.JUAN MORRISON, 33, 2ºA. ....................................................................... ALGECIRAS11021000227040 ..................................... 110230310015743470 ................ GONZALEZ BENITEZ FRANCISCO.................................................... CL.FEDERICO GARCIA LORCA, 5 9ºD......................................................... ALGECIRAS11021000247652 ..................................... 110230310015848150 ................ LAS PALOMAS 2002, S.L. ..................................................................... CL.LAS HUERTAS, 27. ..................................................................................... ALGECIRAS11021000231181 ..................................... 110230310015787324 ................ ZAIDI LASRI MINA ............................................................................... AVDA. AMERICA ..................................................URB.MONTEPALOMA, 8 ALGECIRAS11021000280085 ..................................... 110230310016073573 ................ RUIZ MARTOS DAVID .......................................................................... CL. GALLITO BAJO D. ..................................................................................... ALGECIRAS11021000224010 ..................................... 110230310015671429 ................ WINBERG & MARTIN, S.L. .................................................................. URB.MONTEPALOMA,102 .............................................................................. ALGECIRAS11021000230474 ..................................... 110230310015786314 ................ PEÑA PEREZ JOSE Mª ........................................................................... ZZ. MUELLE PESQUERO, 35 .......................................................................... ALGECIRAS11021000185917 ..................................... 110230310015104280 ................ SANCHEZ ROMERO SALVADOR........................................................ PASEO DEL MAR, 22 – 1 – 2 ........................................................................SOTOGRANDE11021000170355 ..................................... 110230310015075988 ................ JIMENEZ ROMAN MARTIN ................................................................. CL. CERVANTES, 13. .....................................................................................LOS BARRIOS11021000285543 ..................................... 110230310016079839 ................ GARCIA TORRENTE WENCESLAO.................................................... CL. CLAVEL, 7. ................................................................LA LINEA DE LA CONCEPCION11020800447759 ..................................... 110230310013531870 ................ REINA RODRIGUEZ DIEGO ................................................................ CL. LOS ALGARROBOS, 20. ........................................................................LOS BARRIOSACTO ADMINISTRATIVO: REQUERIMIENTO DE BIENES (TVA 218)11020600189845 ..................................... 110221810017035186 ................ COM.PROP.RESIDENCIAL MIRASIERRA .......................................... LG.SECTOR SB.1...................................................................SAN BERNABE ALGECIRAS11020600320692 ..................................... 110221810017035287 ................ BISMELAH, S.L. ..................................................................................... CL. EMILIO SANTACANA, 7, 2, A. ................................................................. ALGECIRAS11020700041847 ..................................... 110221810015719323 ................ GRUPO INMOBILIARIO ALBORAN, S.L. .......................................... CL.BUEN AIRE, 34. ........................................................................................... ALGECIRAS

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MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIONTESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACION 1104EL PUERTO DE SANTA MARIA

El Puerto de Santa María a 26 noviembre 2010 Refª: Dirección Asunto: Alta y Baja de oficio. LA ADMINISTRACIÓN DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1104 DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA por medio del presente edicto, HACE SABER QUE: Por la presente notifica a la empresa REVESTIMIENTOS HERMOSUR S.L. que de acuerdo con lo establecido en los artículos 29 y 54 y siguientes del Real Decreto 84/1996 de 26 de enero (BOE de 27/02/1996) y conforme con los datos existentes en esta Tesorería General de la Seguridad social y a propuesta de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social , ha acordado anular de oficio el periodo en situación de alta comprendido entre el 28/10/2008 y 26/08/2009 al trabajador por cuenta ajena JOSÉ MANUEL ROMERO PEDROTE en el código de cuenta de cotización 11111457811 de esa empresa. Esta notificación se practica al amparo de lo establecido en el artículo 59.4 de la referida Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), al haber resultado el interesado des-conocido o intentada la notificación de este trámite de audiencia sin que se hubiese podido practi-car. Contra la presente Resolución podrá interponer Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su noti-ficación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 27). Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que caiga resolu-ción expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 43.2 de la citada Ley 30/1992, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la misma Ley. LA DIRECTORA DE LA ADMINISTRACION Fdo. Elisa Beltrán Blázquez

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MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIONINSPECCION PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

CADIZ De conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por ignorarse en el momento actual los respectivos domicilios de los interesados o no haberse notificado al interesado y haber caducado en lista, los expedientes que a continuación se relacionan, quedan notificados por este conducto, haciéndoles saber sus derechos y obligaciones que en cada clase se mencionan:EXPTE. Nº EMPRESA DOMICILIO IMPORTE SANCIONACTAS DE INFRACCION Y OBSTRUCCION114952/10 ......... PIHER PROMOCIONES CONSTRUC. Y REFORMAS SL ......C/SAN RAFAEL Nº 22.-11100-SAN FERNANDO ..........................................................................................................12000,00120814/10 ........ TORRES GONZALEZ JUAN M. ................................................AVDA. REINA SOFIA EDIF. SALINAS CLUB 7.-11520-ROTA ........................................................................................626,00131423/10 ........ CASTAÑOS RODRIGUEZ JUAN ANTONIO ............................PASEO JUSTO SAN SALVADOR Nº 1-1º IZQD.-11206-ALGECIRAS ...........................................................................1878,00136978/10 ........ LOPEZ FOPIANI MANUEL........................................................C/MARQUEZ DE LA ENSENADA 11-4º A.-11008-CADIZ .................................. EXTINCION PRESTACION DESEMPLEO140618/10 ........ RODRIGUEZ FERNANDEZ ANTONIO ....................................URB. ALMADRABA 3 PUERTA 47.-11393-ZAHARA DE LOS ATUNES ......................................................................6251,00140719/10 ........ RODRIGUEZ FERNANDEZ ANTONIO ....................................URB. ALMADRABA 3 PUERTA 47.-11393-ZAHARA DE LOS ATUNES ......................................................................6251,00147082/10 ........ ROMERO GORDILLO TERESA ................................................C/DIOSA AFRODITA 23-BAJO A.-11540-SANLUCAR BDA. .............................. EXTINCION PRESTACION DESEMPLEO Se advierte a la empresa o trabajador que, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 17.1 del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/98, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio), podrá presentar escrito de alegaciones en el plazo de QUINCE DIAS HABILES contados desde el siguiente al de notificación de la presente Acta, acompañado de la prueba que estime pertinente, dirigido al órgano competente para resolver el expediente Sr. JEFE DE LA INSPECCION PROV. DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Dicho escrito será presentado en c/ACACIAS Nº 2 de Cádiz. En el supuesto de no formalizarse escrito de alegaciones, la tramitación del procedimiento continuará hasta su resolución definitiva, sin perjuicio del trámite de audiencia, que se entenderá cumplimentado en todo caso cuando en la resolución no sean tenidos en cuenta hechos distintos de los reseñados en el Acta.ACTAS DE LIQUIDACION8034495/10 ...... PROYECTOS CONSTRUC. Y MONTAJES SA .........................C/VALLS DE ANDORRA 23.-08930-SANT ADRIA DE BESOS (BARCELONA) ..........................................................1581,408034596/10 ...... PROYECTOS CONSTRUC. Y MONTAJES SA .........................C/VALLS DE ANDORRA 23.-08930-SANT ADRIA DE BESOS (BARCELONA) ..........................................................2551,068034600/10 ...... PROYECTOS CONSTRUC. Y MONTAJES SA .........................C/VALLS DE ANDORRA 23.-08930-SANT ADRIA DE BESOS (BARCELONA) ..........................................................1438,39

Página 6 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 13 de diciembre de 2010

8047128/10 ...... URBANIZAC. Y EXCAVAC. ANDALUCIA SLU......................POLG.L IND. NAVESTRELLA Nº 10 PTA. C.-11405-JEREZ FRA. .................................................................................1277,978048037/10 ...... FUERZA SOLAR INSTALAC. Y SERVICIOS SL .....................URB. LOS GALLOS LOCAL 116 S/Nº.-11130-CHICLANA DE LA FRONTERA ..........................................................5041,088050663/10 ...... PROYECTOS CONSTRUC. Y MONTAJES SA .........................C/VALLS DE ANDORRA 23.-08930-SANT ADRIA DE BESOS (BARCELONA) ..........................................................4092,288051976/10 ...... VIPER SEGURIDAD SL .............................................................C/MIMOSAS 50-BAJO A.-11205-ALGECIRAS ................................................................................................................2094,408052986/10 ...... MONJERCOL SL .........................................................................GLORIETA VILANOVA I LA GELTRU Nº 1.-04740-ROQUETAS DE MAR ..................................................................3920,68 Las anteriores Actas tienen el carácter de liquidación provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Se hace expresa advertencia de que, en el término de QUINCE DIAS HABILES, a contar desde la fecha de notificación de la presente Acta, podrá formularse escrito de alegaciones ante el Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social c/Acacias 2, 11007-Cádiz, conforme a lo dispuesto en el precepto antes citado y en el artículo 33.1 del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real decreto 928/98 de 14 de mayo (BOE 3 de junio). Caso de formular alegaciones, tendrá derecho a vista y audiencia por plazo de diez dias. EL INGRESO del importe de la deuda figurada en la presente Acta de liquidación en el indicado plazo de 15 dias supondrá su conversión en liquidación efinitiva (art. 33.1 antes citada).ACTAS DE INFRACCION CONJUNTA CON LIQUIDACION86660/10 .......... PROYECTOS CONSTRUC. Y MONTAJES SA .........................C/VALLS DE ANDORRA 23.-08930-SANT ADRIA DE BESOS (BARCELONA) ............................................................626,0086862/10 .......... PROYECTOS CONSTRUC. Y MONTAJES SA .........................C/VALLS DE ANDORRA 23.-08930-SANT ADRIA DE BESOS (BARCELONA) ............................................................626,0086963/10 .......... PROYECTOS CONSTRUC. Y MONTAJES SA .........................C/VALLS DE ANDORRA 23.-08930-SANT ADRIA DE BESOS (BARCELONA) ............................................................626,00127783/10 ........ PROYECTOS CONSTRUC. Y MONTAJES SA .........................C/VALLS DE ANDORRA 23.-08930-SANT ADRIA DE BESOS (BARCELONA) ............................................................626,00131928/10 ........ VIPER SEGURIDAD SL .............................................................C/MIMOSAS 50-BAJO A.-11205-ALGECIRAS ................................................................................................................6251,00133241/10 ........ MONJERCOL SL .........................................................................GLORIETA VILANOVA I LA GELTRU Nº 1.-04740-ROQUETAS DE MAR ....................................................................626,00 Se advierte a la empresa que en el término de QUINCE DIAS HABILES desde el siguiente al de la notificación de este documento puede presentar escrito de alegaciones ante el Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social c/Acacias 2, 11007-Cádiz, acompañado de la prueba que estime pertinente, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 31.5 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción dada por el art. 29 de la Ley 42/94 de 30 de diciembre y disposición adicional quinta de la Ley 42/97 de 14 de noviembre y el art. 34.1 del R.D. 928/98 de 14 de mayo (BOE de 3 de junio).COPIA DE TRABAJADORES DE ACTAS DE LIQUIDACION8054202/10 ...... MOLINA BERNAL Mª DE LOS SANTOS .................................C/CAMPILLOS Nº 26.-11130-CHICLANA DE LA FRA. ............................................................................................................ -- Las anteriores Actas tienen el carácter de liquidación provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 del Texto Refundido de la ley General de la Seguridad Social. Se hace expresa advertencia al trabajador de que, en el término de QUINCE DIAS HABILES, a contar desde la fecha de notificación de las Actas, podrá formularse escrito de alegaciones ante el Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sito en c/Acacias, 2 de Cádiz, en el caso de que no esté conforme con los periodos y bases de cotización recogidas en el Acta o con la procedencia de la liquidación, conforme a lo dispuesto en el precepto antes citado y en el art. 33.1 del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/98 de 14 de Mayo (BOE de 3 de junio).119194/10 ......... TERRAZOS Y MARMOLES LINENSES SA .............................C/AVELLANEDA S/Nº.-11300-LA LINEA.........................................................................................................................2046,00124854/10 ........ PEREZ DIAZ RAFAEL ................................................................C/JESUS NAZARENO Nº 15.-11130-CHICLANA FRA. ...................................................................................................2046,00136473/10 ........ CATERING GALERAS REALES SL ..........................................PL. GALERAS REALES Nº 3.-11500-EL PTO.STA.Mª .....................................................................................................1250,00137281/10 ........ FRANQUICIAS NEPTUNO SL ...................................................C/DOCTOR LOPEZ FONT 14.-18004-GRANADA ...........................................................................................................2046,00 Se advierte a la empresa que, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 17.1 del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/98 de 14 de mayo (BOE de 3 de junio), podrá presentar escrito de alegaciones en el plazo de QUINCE DIAS HABILES contados desde el siguiente al de notificacion de la presente Acta, acompañado de la prueba que estime pertinente, dirigido al órgano competente para resolver ILTMO. SR. DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO. Dicho escrito será presentado en la Plaza Asdrubal s/n de Cádiz. Lo que se hace público para su conocimiento y efectos. Cádiz, 29 de Noviembre 2.010 LA JEFA DE LA INSPECCION PROV DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Fdo.: Josefa Galindo Sánchez

Nº 58.459_________________________________________________________

SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN CADIZEDICTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de los trámites acordados en los expedientes sancionadores que se indican, incoados a los interesados que asimismo se relacionan, tras no haberse podido practicar la notificación intentada en los últimos domicilios de ellos conocidos. Los correspondientes expedientes se encuentran, para su conocimiento íntegro, en la Dependencia de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno de Cádiz, C/ Acacias, 2- 4º, de 09,00 h. a 14,00 h. días laborables de lunes a viernes. Se les concede un plazo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto, para presentar alegaciones, documentos o informaciones que estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenden valerse. Transcurrido dicho plazo se continuará el procedimiento reglamentario dándose por concluido el citado trámite.Trámite Interesado Nº identificación Nº ExpedienteAcuerdo de Inicio .............. Jose Javier López Dominguez .................75.968.181-D .............468/09/R1 Cádiz, a 30 de noviembre de 2010. EL SECRETARIO GENERAL Fdo.: Francisco Calero Rodriguez

Nº 58.462___________________

SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN CADIZEDICTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, incoados a los interesados que asimismo se relacionan, tras no haberse podido practicar la notificación intentada en los últimos domicilios de ellos conocidos. Dichas resoluciones no agotan la vía administrativa y contra ellas cabe interponer recurso de alzada ante la Exma. Sra. Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Las referidas resoluciones, junto con sus correspondientes expedientes, se encuentran para su conocimiento íntegro, durante el indicado plazo, en la Dependencia de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno de Cádiz, C/ Acacias, 2-4º, de 09,00 h. a 14,00 h. días laborables de lunes a viernes.

Interesado Nº identificación Nº ExpedienteDavid Odero Aguilar ................................................52.337.162-H ....................................... 18/09/R1María del Carmen Hernández Rodríguez ................. 31.317.549-J ....................................... 18/09/R1 Cádiz, a 02 de diciembre de 2010. EL SECRETARIO GRAL. Fdo.: Francisco Calero Rodriguez Nº 58.469

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MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIONTESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACION 1103JEREZ DE LA FRONTERA

HACE SABER: Que por la presente notifica a la empresa GESTORA DE FONTANERIA SEL SUR S.L. que de acuerdo con lo establecido en los artículos 29 y 54 y siguientes del Real Decreto 84/1996 de 26 de enero (B.O.E. de 27/02/1996) y conforme con los datos existentes en esta Tesorería General de la Seguridad Social y a propuesta de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, ha acordado tramitar de oficio el alta con fecha real y efectos 25-11-2008 y la baja con fecha real y de efectos 19-05-2009 del trabajador 110078120426 MANUEL RINCON MEDINA y alta con fecha real y efectos 25-11-2008 y baja con fecha real y efectos 08-02-2009 del trabajador 111001272919 JOSE MARIA ALCAIDE SANCHEZ, en el Régimen General de la Seguridad Social, en el código de cuenta de cotización 11106517881 de esa empresa. Contra esta resolución podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 27). Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que caiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 43.2 de la citada Ley 30/92, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la misma Ley. El director de la administración, Fdo.: Rafael Mª Ortiz Sánchez-Pobre

Nº 58.488___________________

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIONTESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACION 1103JEREZ DE LA FRONTERA

HACE SABER: Que por la presente notifica a la empresa HOTEL GUADALETE SA que de acuerdo con lo establecido en los artículos 29 y 54 y

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 7

siguientes del Real Decreto 84/1996 de 26 de enero (B.O.E. de 27/02/1996) y conforme con los datos existentes en esta Tesorería General de la Seguridad Social y a propuesta de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, ha acordado tramitar de oficio el alta con fecha real y efectos 10-09-2007 y la baja con fecha real y de efectos 09-10-2007 en la Seguridad Social, del trabajador por cuenta ajena del Régimen General 110040180894 MANUEL PINA ENRIQUEZ, en el código de cuenta de cotización 11008633208 de esa empresa. Contra esta resolución podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del día 27). Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que caiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 43.2 de la citada Ley 30/92, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la misma Ley. El director de la administración, Fdo.: Rafael Mª Ortiz Sánchez-Pobre

Nº 58.489___________________

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIONINSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION PROVINCIALCADIZ

EDICTO SOBRE COMUNICACIÓN REFERENTE AL EXPEDIENTE DE RECARGO DE PRESTACIONES POR FALTA DE MEDIDAS DE

SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Por no haber sido posible por ningún otro medio la notificación a la empresa, se comunica a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, que: En la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Cádiz, se ha iniciado el expediente de recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, cuyos extremos fundamentales son los siguientes:Expediente nº: ...........................................................................................................................2009/114Trabajador: ..........................................................................................................JOSÉ PIÑA CASTROEmpresa/s: .......................................................................................FERRACON LOS BARRIOS, S.L.C.C.C.: .............................................................................................................................11/1100556/54 Por el siguiente motivo: No haber recibido la empresa el escrito de iniciación Se establece un plazo de 15 días, a contar desde el momento de la publicación de este acuerdo, para que el trabajador comparezca ante la sección de Procedimientos Especiales de I.T. de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sita en Avda. Juan Carlos I, s/n, Estadio Carranza, Edif. Preferencia, s/n, 11012 CADIZ, y pueda retirar copia íntegra del escrito que aquí se extracta. Transcurrido dicho plazo sin haberse retirado la copia de la comunicación, se entenderá notificada la misma a todos los efectos. Cádiz, a veinticuatro de noviembre de dos mil diez La directora provincial Mª Angustias Soria de la Cruz

Nº 58.490___________________

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIONSERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

CADIZREMISIÓN DE COMUNICACION REQUIRIENDO DOCUMENTACIÓN

SOBRE SOLICITUD DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92

Por esta Dirección Provincial se han dictado Comunicaciones de requerimiento de documentación en solicitud de prestación por desempleo de los interesados que se relacionan, a los que se ha intentado la notificación sin haberse podido practicar. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de quince días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Cádiz. Si transcurrido dicho plazo no aportase la documentación requerida, se procederá al archivo de su solicitud de expediente, previa resolución, sin perjuicio de que pueda instar posteriormente la tramitación de la prestación, acompañando la preceptiva documentación, siempre que su derecho no hubiera prescrito. Cádiz, 10 de noviembre de 2010. EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE PRESTACIONES. Firma Delegada del Director Provincial. RELACIÓN DE COMUNICACIONES REQUERIMIENTO DOCUMENTACIÓN SOBRE SOLICITUD DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92. FECHA FECHAD.N.I APELLIDOS Y NOMBRE TIPO SOLICITUD SOLICITUD COMUNICACIÓN31.826.939.. MEDINA SÁNCHEZ, CATALINA ..................... ASISTENCIAL ..................03/05/2010 ................12/05/20103.433.537.... KHALID DALIL .................................................. ASISTENCIAL ..................06/05/2010 ................18/05/20106.534.204.... SANAE EL FAKIR .............................................. ASISTENCIAL ..................21/05/2010 ................16/06/201024.767.836.. SÁNCHEZ MARMOLEJO, JOSÉ....................... CONTRIBUTIVA...............26/08/2010 ................27/09/20105.898.731.... YOUSSEF HARCHNI ......................................... ASISTENCIAL ..................22/01/2010 ................17/03/20103.189.767.... LAARBI ADAIR .................................................. ASISTENCIAL ..................29/10/2009 ................06/05/201075.899.014.. SIERRA LÓPEZ, JUAN ...................................... CONTRIBUTIVA...............11/06/2010 ................30/07/201075.746.830.. BERENGUER ESPADA, ANTONIO .................. ASISTENCIAL ..................04/08/2010 ................11/08/201075.876.306.. GONZÁLEZ LIÑÁN, JUAN MANUEL ............. ASISTENCIAL ..................22/06/2010 ................03/08/2010

FECHA FECHAD.N.I APELLIDOS Y NOMBRE TIPO SOLICITUD SOLICITUD COMUNICACIÓN75.896.767.. MOYA HEREDIA, ROCÍO VANESSA ............... ASISTENCIAL ..................31/05/2010 ................11/06/201075.881.026.. ALONSO NÚÑEZ, FCO. MANUEL .................. ASISTENCIAL ..................31/05/2010 ................17/06/20108.125.844.... RACHID LAKHAL ............................................. ASISTENCIAL ..................17/05/2010 ................11/08/201023.776.304.. NARANJO VICTORIA, LINA ............................ ASISTENCIAL ..................08/09/2009 ................09/08/20109.704.810.... ZARACHO DE FRANCO, SARA ....................... ASISTENCIAL ..................29/04/2010 ................29/06/201031.822.902.. MARCHANTE MELERO, CATALINA .............. CONTRIBUTIVA...............30/06/2009 ................31/09/201075.897.875.. EXPÓSITO VÁZQUEZ, ANTONIO DANIEL ... ASISTENCIAL ..................28/04/2010 ................17/08/201031.849.563.. CALDERÓN GIL, ANTONIO ............................. ASISTENCIAL ..................05/05/2010 ................18/05/201031.211.111 .. AGUIRREGOMEZCORTA SERDIO, BEGOÑA ASISTENCIAL ..................10/08/2010 ................01/10/201075.771.565.. GÓMEZ SUNICO, ENRIQUE ............................ CONTRIBUTIVA...............20/01/2010 ................15/10/201052.925.957.. MANZANO GÓMEZ, FRANCISCO LUIS ........ CONTRIBUTIVA...............06/04/2010 ................07/08/201074.931.185.. GUERRERO RUBIALES, MARÍA JOSÉ ........... ASISTENCIAL ..................26/08/2010 ................06/09/201031.676.114 .. FERNÁNDEZ DÍAZ, JUAN PEDRO ................. ASISTENCIAL ..................12/04/2010 ................25/05/201031.731.384.. RUIZ FERNÁNDEZ, MARÍA ÁNGELES.......... CONTRIBUTIVA...............11/02/2009 ................20/05/201031.721.145.. MARTÍNEZ MÁRQUEZ, FRANCISCO ............ ASISTENCIAL ..................05/07/2010 ................16/07/20107.578.557.... SCHMIDT UWE SIEGFRIED............................. ASISTENCIAL ..................29/04/2010 ................19/05/201032.043.240.. SANZ TRIVIÑO, CRISTINA .............................. ASISTENCIAL ..................28/06/2010 ................22/07/201015.431.567.. ORELLANA OROZCO, GABRIEL .................... CONTRIBUTIVA...............31/05/2010 ................27/07/20104.753.671.... JAM WARD MARK ANDREW .......................... ASISTENCIAL ..................03/08/2010 ................10/08/2010903.384....... FRANCÉS ANN MANITO .................................. CONTRIBUTIVA...............03/05/2010 ................29/05/201075.961.768.. RIVERA LUPIÓN, VÍCTOR MANUEL ............. ASISTENCIAL ..................11/06/2010 ................05/07/201075.953.842.. LLAVES CÓZAR, JOSÉ ROBERTO .................. ASISTENCIAL ..................21/04/2010 ................11/09/201075.960.378.. GALÁN MARTÍN, MARÍA BIANCA ................ ASISTENCIAL ..................10/06/2010 ................10/08/201032.038.293.. JUÁREZ PRIOR, MARIANO ............................. ASISTENCIAL ..................07/05/2010 ................09/08/20101.924.702.... MEHTA, PAUL .................................................... ASISTENCIAL ..................08/04/2010 ................03/08/201034.006.655.. CUEVAS MACÍAS, JOSÉ ANTONIO ................ CONTRIBUTIVA...............23/03/2010 ................04/06/201045.380.163.. MORA RAMÓN, JOHNNY JAVIER .................. CONTRITIVA ....................18/08/2008 ................27/07/201052.924.309.. SÁNCHEZ SERRANO, ANTONIO .................... ASISTENCIAL ..................30/09/2010 ................25/08/201032.854.975.. CASTAÑEDA GUTIÉRREZ, MERCEDES ........ ASISTENCIAL ..................13/04/2010 ................17/05/201075.774.526.. MARISCAL FONCUBIERTA, DANIEL ............ ASISTENCIAL ..................09/07/2010 ................09/09/201052.552.976.. GONZÁLEZ TERESA, MARÍA BLANCA ........ CONTRIBUTIVA...............02/08/2010 ................21/09/2010

Nº 58.491

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ

AREA DE HACIENDA, RECAUDACION Y PATRIMONIOSERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACION

Y GESTION TRIBUTARIAOFICINA DE SAN FERNANDO

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTOS DE IDENTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO A INFRACTORES A LOS

QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA(ARTS. 59.4 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Don José Manuel Maura Domenech, Jefe de la Oficina de Recaudación de San Fernando. HACE SABER: Que el Instructor del procedimiento ha emitido edicto para notificar a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan que han sido denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de San Fernando:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosSF281070646203 .Aguabahía SLL .......................................................... B72027659 ..6729DZK .......RGC 159 .......80 .......0 De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.1 bis y 81.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, dispone como titular del vehículo denunciado, de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contados a partir de la publicación del presente edicto, para identificar al conductor responsable de la presunta infracción indicando el NOMBRE, DOMICILIO Y DNI y presentar copia de la autorización administrativa que habilite a la persona identificada para conducir en España. Este documento se sustituirá por la copia del contrato de arrendamiento suscrito, si se tratase de empresas de alquiler sin conductor. Dicho escrito deberá ser dirigido al Sr. Delegado General de Seguridad Ciudadana y presentado en el Registro General del Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz), sito en C/ Isaac Peral, 13, indicando el Nº DE EXPEDIENTE. EL INCUMPLIMIENTO DE DICHA OBLIGACIÓN DARÁ LUGAR A LA APERTURA DE UN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR NO PROCEDER A TAL IDENTIFICACIÓN Y SE LE SANCIONARÁ COMO AUTOR DE INFRACCIÓN MUY GRAVE CON UNA MULTA EQUIVALENTE AL DOBLE O EL TRIPLE, SEGÚN SU GRAVEDAD, DE LA PREVISTA PARA LA INFRACCIÓN ORIGINARIA (ARTÍCULO 67.2 RDL 339/1990). BONIFICACIÓN: Si la infracción no llevase aparejada pérdida de puntos, se podrá realizar el pago, durante VEINTE DÍAS NATURALES desde la publicación del presente edicto, beneficiándose de la reducción del 50% de la cuantía de la multa. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones y la firmeza de la sanción en vía administrativa, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL 339/1990). San Fernando, a dos de diciembre de 2010

Nº 58.206___________________

AREA DE HACIENDA, RECAUDACION Y PATRIMONIOSERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACION

Y GESTION TRIBUTARIAOFICINA DE SAN FERNANDO

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO A INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA

(ARTS. 59.4 Y 61 DE LA LEY 30/92) Don José Manuel Maura Domenech, Jefe de la Oficina de Recaudación de San Fernando.

Página 8 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 13 de diciembre de 2010

HACE SABER: Que el Instructor del procedimiento ha emitido edicto para notificar a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan que han sido denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de San Fernando:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosSF276120024203 .Acosta Bueno, Miguel ...............................................31403146G ..CA4811BK ....RGC 94 .........80 .......0SF2401690 ...........Acuña Pedrosa, Sonia ...................................................48895922 ..3530DHR .......RGC 94 .........80 .......0SF2401541 ...........Adame Domínguez, Mario ........................................ 30999368Z ..6827GKH.......RGC 94 .........80 .......0SF73018 ...............Adame Domínguez, Mario ........................................ 30999368Z ..6827GKH.......RGC 94 .........80 .......0SF782979 .............Aldea Martín Consuegra Carlos ................................ 70565977E ..0509BXZ .......RGC 94 .......200 .......0SF72427 ...............Aldea Martín, Consuegra Carlos ............................... 70565977E ..0509BXZ .......RGC 94 .........80 .......0SF801769 .............Alfaro Acosta, Oscar ................................................. 48978566C ..CA4176BS .....RGC 94 .........80 .......0SF70841 ...............Almazo Torrejón, Antonio ......................................... 75812338Z ..C2992BSG .....RGC 118 .....200 .......3SF2491815 ...........Alonso Garcia, Luis Juan .......................................... 31653797R ..CA0153AW ...RGC 94 .........80 .......0SF2492024 ...........Alvarado Herrera, José Manuel ................................ 31216154W ..5478CVK .......RGC 94 .........80 .......0SF2401662 ...........Alvarez Vela, Pedro Ignacio .........................................48965488 ..9132FPR ........RGC 94 .........80 .......0SF811841 .............Amador Rodríguez, Antonio .....................................45037408G ..9059DBB .......RGC 94 .........80 .......0SF799108 .............Andrade Rodríguez, Moisés .........................................48970904 ..3306GSD .......RGC 94 .........80 .......0SF70774 ...............Andreu Martínez, María del Carmen............................31218329 ..7822GBT .......RGC 94 .......200 .......0SF72118 ...............Anelo Picardo, Daniel ..................................................48971454 ..7858DJP .........RGC 154 .......80 .......0SF70132 ...............Beardo Ternero, Manuel Jesús .................................. 75779439M ..2245FTN ........RGC 146 .....200 .......4SF73298 ...............Beato Herrera, Angel Manuel ....................................34045164N ..CA0559BM ...RGC 57 .......200 .......4SF72020 ...............Belizón Melero, Julio ................................................ 48979845B ..CA6758BF .....RGC 94 .......200 .......0SF72306 ...............Belizón Melero, Julio ................................................ 48979845B ..CA6758BF .....RGC 94 .........80 .......0SF811129 .............Belizón Melero, Julio ................................................ 48979845B ..CA6758BF .....RGC 94 .......200 .......0SF2445139 ...........Benitez Ramírez, Verónica .........................................48904528L ..CA4868BG ....RGC 94 .........80 .......0SF811555 .............Bernal Ballesteros, Ismael ......................................... 75776880E ..6580FXV .......RGC 94 .......200 .......0SF2401773 ...........Bernal Chica, Manuel ...................................................31392696 ..1711BBG .......RGC 94 .........80 .......0SF2475348 ...........Bernal Chica, Manuel ...................................................31392696 ..1711BBG .......RGC 94 .........80 .......0SF2445109 ...........Bernal Parodi, José Luis ............................................ 31196284G ..5005FTS ........RGC 94 .........80 .......0SF72618 ...............Betancor Moran, Juan A ...............................................42646789 ..3082FCT ........RGC 154 .......80 .......0SF2491945 ...........Betancor Moran, Juan A ...............................................42646789 ..3082FCT ........RGC 94 .........80 .......0SF2491738 ...........Boyko , Yulia ............................................................ X7077281C ..M2569WB .....RGC 94 .........80 .......0SF70458 ...............Brea Sabao, Jesús .........................................................75767559 ..CA4246BL .....RGC 94 .......200 .......0SF73838 ...............Busati Amiama, Pedro ................................................ 31156480J ..6765FWX ......RGC 94 .........80 .......0SF71741 ...............Cabaña Vázquez, Juan ................................................48970013T ..SE7846DT .....RGC 94 .........80 .......0SF2401658 ...........Camacho Romero, Alicia........................................... 34049168Z ..CA0069BK ....RGC 94 .........80 .......0SF2491908 ...........Castañeda López, José ...............................................48970098Q ..2090GRD .......RGC 94 .........80 .......0SF808897 .............Castellón Vázquez, Manuel Enríquez ........................ 48904361J ..9548BKB .......RGC 167 .....200 .......0SF813760 .............Castillo Castilla, José.................................................... 31191823 ..0551BPJ .........RGC 94 .........80 .......0SF72336 ...............Castillo De, La Torre Carlos ......................................00102843X ..M1219UW .....RGC 94 .........80 .......0SF2401686 ...........Castillo Torres, Francisca ...........................................44055986S ..CA3031AY ....RGC 94 .........80 .......0SF2445115 ...........Castillo Torres, Francisca ...........................................44055986S ..CA3031AY ....RGC 94 .........80 .......0SF2491775 ...........Castillo Torres, Francisca ...........................................44055986S ..CA3031AY ....RGC 94 .........80 .......0SF2491784 ...........Castillo Torres, Francisca ...........................................44055986S ..CA3031AY ....RGC 94 .........80 .......0SF811298 .............Castrillo de Guzmán, Manuel .......................................50014663 ..2114BKJ ........RGC 94 .........80 .......0SF2438860 ...........Check Control SL ...................................................... B11313418 ..1451DMP .......RGC 94 .........80 .......0SF71754 ...............Cifuentes Gallardo, Francisco ......................................31367227 ..9913CXK .......RGC 94 .........80 .......0SF73640 ...............Conde Espada, Manuel .................................................75767224 ..9667BXP........RGC 94 .........80 .......0SF2438850 ...........Conspromosur Bahía SL ............................................ B11348968 ..CA8675BS .....RGC 94 .........80 .......0SF2492048 ...........Conspromosur Bahía SL ............................................ B11348968 ..CA8675BS .....RGC 94 .........80 .......0SF811491 .............Copero Sánchez, Eduardo ............................................75771224 ..6425GLY........RGC 94 .........80 .......0SF2475052 ...........Cortes Fernández, Adoración .....................................21160106Z ..5820CSX .......RGC 94 .........80 .......0SF784871 .............Cortes Fernández, Carmen ......................................... 38484809J ..5837BMC ......RGC 94 .......200 .......0SF2491995 ...........Cortijo El Bretón SL .................................................. B11554664 ..6461CXG .......RGC 94 .........80 .......0SF813494 .............Cotorruelo Sánchez, Manuel Ignacio ........................... 31246118 ..2946CYS .......RGC 94 .........80 .......0SF811821 .............Curbelo Noda, María de los Angeles ............................42653657 ..7173BVZ .......RGC 94 .........80 .......0SF2475226 ...........Danesi María, Paola.................................................. Y0894154C ..6719GXC .......RGC 94 .........80 .......0SF73753 ...............De Azcarate Bang, Tomas .........................................41978943X ..3874GTL........RGC 152 .......80 .......0SF70664 ...............De Fez García Ana María .......................................... 51370534B ..7819BWN ......RGC 94 .........80 .......0SF71144 ...............De la Cruz López, M del Carmen .................................32857164 ..2196GDX.......RGC 94 .........80 .......0SF70835 ...............De Ory Cristelly, Jesús .............................................. 31239498R ..0454CNC .......RGC 94 .........80 .......0SF2445058 ...........Delgado Carrion, María .............................................52926546G ..CA4346AV ....RGC 94 .........80 .......0SF2475263 ...........Delgado Pérez, Manuel ..............................................48966180P ..CA8139BF .....RGC 94 .........80 .......0SF786897 .............Díaz Galán, Alicia ........................................................48895351 ..3702DZC .......RGC 91 .......200 .......0SF799313 .............Díaz Galán, Alicia ........................................................48895351 ..3702DZC .......RGC 94 .........80 .......0SF72730 ...............Domínguez Nieto, Cristina ...........................................48899764 ..1503FNN .......RGC 94 .......200 .......0SF786921 .............El Maimouni, Driss ...................................................X0870204E ..7256BLY ........RGC 159 .......80 .......0SF71292 ...............Escalón Romero, María de Bella ..................................31384925 ..0001CND .......RGC 91 .......200 .......0SF808727 .............Estefania Torres, Manuel ..............................................48897983 ..0722CJB ........RGC 94 .........80 .......0SF72469 ...............Faura Cano, Abelardo Fermín ......................................32864832 ..7007DDP .......RGC 94 .........80 .......0SF803872 .............Fernández Calvo, María Engracia ................................32847742 ..4049DWV ......RGC 94 .......200 .......0SF73877 ...............Fernández Muñoz, Juan Antonio ................................ 48904223J ..C6100BPY .....RGC 118 .....200 .......3SF2428339 ...........Fernández Pacios, José Luis ...................................... 31375579Z ..9016GML ......RGC 94 .........80 .......0SF73455 ...............Fernández Romero, Placido Rafael ..............................32863204 ..5187DNB .......RGC 94 .........80 .......0SF2401681 ...........Flethes Rengifo, María del Mar.................................31252234H ..8705CLS ........RGC 94 .........80 .......0SF2475215 ...........Flethes Rengifo, María del Mar.................................31252234H ..8705CLS ........RGC 94 .........80 .......0SF805249 .............Flores Saenz, José .......................................................31149774T ..5828BYT .......RGC 94 .........80 .......0SF72476 ...............Foncubierta Franzon, Juan........................................ 48966542W ..1548DLC .......RGC 94 .........80 .......0SF813812 .............Fructuoso Pascual E Hijos SL ................................... B11217486 ..2352BDF .......RGC 94 .........80 .......0SF281185006179 .Gallardo Marquez, Francisco José ...............................31260965 ..8976DHR .......RGC 94 .........80 .......0SF2492047 ...........Gallego Morales, Antonio ............................................48896455 ..0059GSK .......RGC 94 .........80 .......0SF70763 ...............Gallego Noche, Roque............................................... 32861333Z ..0510CFD .......RGC 152 .......80 .......0SF2438871 ...........Galnoc Famil y Promotores SL ................................. B72046527 ..2308FMT .......RGC 94 .........80 .......0SF2491918 ...........Galnoc Famil y Promotores SL ................................. B72046527 ..2308FMT .......RGC 94 .........80 .......0SF2492042 ...........García de Lago Benavente, Ignacio...........................31223367Q ..VI4313S .........RGC 94 .........80 .......0SF759739 .............García Figueiro López, Elías .....................................09801416N ..0175GVG.......RGC 94 .........80 .......0SF73398 ...............García Guerrero, Francisco José................................ 75771726C ..CA0000AV ....RGC 94 .........80 .......0SF71736 ...............García Gutiérrez, Patricio ..........................................44679954Q ..6557DVK.......RGC 91 .......200 .......0SF810915 .............García López, José Antonio ..........................................32855868 ..CA3032AX ....RGC 94 .........80 .......0SF2445145 ...........García Morales, Agustín ...............................................31219923 ..9836CWF.......RGC 94 .........80 .......0SF2445158 ...........García Sánchez, Carlos ............................................. 31263974M ..6666DRX .......RGC 94 .........80 .......0SF758309 .............García Suárez, Antonio ..............................................28490403G ..7805GFR .......RGC 154 .......80 .......0SF72485 ...............Garrido Alfaro, Francisco Javier ............................... 52929280R ..8020FFH ........RGC 94 .........80 .......0SF2491823 ...........Garrido Bernet, Belén ................................................45105134H ..CE7186G .......RGC 94 .........80 .......0SF72013 ...............Genil Sánchez, Antonio ................................................32857285 ..8831DJM .......RGC 94 .........80 .......0SF2438842 ...........Gil Sánchez, Josefa .......................................................48970523 ..3260CKN .......RGC 94 .........80 .......0SF71774 ...............Gómez Marquez, Roberto ............................................78968809 ..0838FZR ........RGC 94 .........80 .......0SF73560 ...............González Barroso, Antonio .......................................31485224H ..5885CDX .......RGC 94 .........80 .......0SF2491772 ...........González Caballero, Sigifredo......................................28499536 ..5397DNJ ........RGC 94 .........80 .......0SF811548 .............González Chaves, Isabel ............................................... 31143661 ..4439BTR .......RGC 94 .........80 .......0SF2491765 ...........González Librero, Antonio ...........................................28562812 ..6519FLW .......RGC 94 .........80 .......0SF74261 ...............González Librero, Antonio ...........................................28562812 ..6519FLW .......RGC 94 .........80 .......0SF279105559111 .González Martín, María Carmen ............................... 28602916R ..1997GPN .......RGC 152 .......80 .......0SF2491937 ...........González Miranda Saenz de Tejada, Blanc ..................51057612 ..8753CVR .......RGC 94 .........80 .......0SF276112150203 .González Sánchez, Mercedes .....................................31403035P ..8985DPR .......RGC 94 .........80 .......0SF2475346 ...........Guevara García, Sara ................................................ 48977214W ..0290GGH.......RGC 94 .........80 .......0SF2491754 ...........Herrera Pérez, Juan Antonio .........................................32854603 ..CA5742BH ....RGC 94 .........80 .......0

Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosSF2474811 ...........Hidalgo Pérez, Julián ................................................. 24255366A ..0457GVV .......RGC 94 .........80 .......0SF811169 ............. Iglesias Pereiras, Manuel ..............................................32862752 ..0879CYM ......RGC 94 .........80 .......0SF812934 ............. Ioan , Cristina ........................................................... X5037678B ..CA1866AY ....RGC 94 .........80 .......0SF2428424 ........... Izquierdo Grandal, M Consolación ...........................31263490G ..8471GLN .......RGC 94 .........80 .......0SF2475275 ........... Jaén Belizón, José María ........................................... 75811736X ..6070FSS.........RGC 94 .........80 .......0SF2491757 ...........Kerdoudi, Badre ....................................................... X5747674C ..4772BBP ........RGC 94 .........80 .......0SF74484 ...............Khalfi, Ahmed........................................................... X0589760V ..4065CBT .......RGC 94 .........80 .......0SF2445132 ...........Leiva Sánchez, Salvador ........................................... 31697861C ..CA9755AV ....RGC 94 .........80 .......0SF809093 .............Linares Martínez, Francisco .........................................31363388 ..1384GXR .......RGC 121 .....200 .......0SF2401679 ...........Lopes Concalves, Carlos Augusto ............................ X7396925X ..7806DZB .......RGC 94 .........80 .......0SF2475228 ...........López Juarez, José ..................................................... 48501997B ..4933CFB ........RGC 94 .........80 .......0SF2475234 ...........López Juárez, José ..................................................... 48501997B ..4933CFB ........RGC 94 .........80 .......0SF74291 ...............Magallanes Fernández, José Francisco.........................13763347 ..3798GVR .......RGC 94 .........80 .......0SF72318 ...............Maine Ramírez, Antonio ..............................................32858403 ..1792CZZ ........RGC 94 .........80 .......0SF72484 ...............Marian Ion, Stefan ..................................................... X8407571J ..5582CVX .......RGC 94 .........80 .......0SF794967 .............Marin Velilla, Ruben Gregorio .....................................51988431 ..0062CTG .......RGC 94 .........80 .......0SF802680 .............Marquez Torrejón, Juan Antonio .................................. 48901196 ..6660FZN ........RGC 94 .........80 .......0SF2475360 ...........Martínez Alfaro, José Antonio ....................................32862983P ..0932CZC .......RGC 94 .........80 .......0SF2491843 ...........Martínez Caro, Aurora del Rocío .................................75770599 ..1360FJM ........RGC 94 .........80 .......0SF73161 ...............Martínez Gómez, David ............................................ 73525408C ..1444CKS .......RGC 91 .......200 .......0SF799396 .............Melero Leal, Susana María...........................................31400216 ..7417CXW ......RGC 94 .........80 .......0SF2491890 ...........Melero Muñoz, Mateo ................................................32851057L ..CA1996BC ....RGC 94 .........80 .......0SF2491927 ...........Meridional Urbana SL ............................................... B11444759 ..2043CZX .......RGC 94 .........80 .......0SF71146 ...............Montes Blanca, María Isabel ........................................30506607 ..CA7676BL .....RGC 171 .......80 .......0SF2401810 ...........Montoya Salguero, Manuel ..........................................45273631 ..CA2479BL .....RGC 94 .........80 .......0SF2492031 ...........Moreno Morales, María del Carmen ..........................31186888S ..9677DKL .......RGC 94 .........80 .......0SF2475260 ...........Moreno Ruiz, Alfredo José ........................................ 28455139E ..3009FLG ........RGC 94 .........80 .......0SF2492064 ...........Morugan González, Francisco Javier ........................ 28390858A ..8137BKW ......RGC 94 .........80 .......0SF804585 .............Nieto Marta, Rocío .................................................... 26809389Z ..0707GPH .......RGC 154 .....200 .......0SF780363 .............Nuñez Alvarez, Jorge .................................................75819532D ..1037GDM ......RGC 94 .........80 .......0SF70772 ...............Nuñez Sánchez, Daniel Jesús ....................................49075661D ..6156BFY........RGC 56 .......200 .......4SF70480 ...............Nuño Pérez, Felipe ....................................................31246869N ..0393FJY .........RGC 94 .......200 .......0SF2491764 ...........Orce Santaella, Alfonso .............................................31386339X ..CA6598BS .....RGC 94 .........80 .......0SF2401804 ...........Ortega Navas, Ana Cristina ........................................ 44032501J ..8133BRF ........RGC 94 .........80 .......0SF70133 ...............Pacheco Toscano, Francisco Javier ..............................18170428 ..8986GKF .......RGC 65 .......200 .......4SF72483 ...............Padellaro Bognanni, Luca .........................................X1907335Z ..1170CCN .......RGC 94 .........80 .......0SF72123 ...............Palacios Iglesias, José Luis....................................... 75816193M ..5109CJP .........RGC 94 .........80 .......0SF810506 .............Paredes Godoy, Pedro ................................................X5590878S ..CA0469BJ .....RGC 94 .........80 .......0SF70481 ...............Parrilla Lorenzo, Guillermo........................................31261830T ..8794GTF ........RGC 94 .........80 .......0SF2401799 ...........Peral Roman, Juan Carlos...........................................31239769L ..7428DJB ........RGC 94 .........80 .......0SF813508 .............Peralta Rivero, Agustín .................................................31386814 ..CA8974AP .....RGC 94 .........80 .......0SF72420 ...............Peralta Rivero, Agustín .................................................31386814 ..CA8974AP .....RGC 94 .........80 .......0SF808789 .............Pérez Díaz, M José .......................................................44025429 ..2218FVB .......RGC 94 .........80 .......0SF74284 ...............Periñan Martínez, Manuel ..........................................32855845T ..3385BTW ......RGC 117 .....200 .......0SF72125 ...............Pinturas Sánchez Peralta SL ...................................... B11432291 ..3191FSV ........RGC 94 .......200 .......0SF2491917 ...........Pryagasa SL ............................................................... B11773256 ..CA8697BS .....RGC 94 .........80 .......0SF809029 .............Rafael Molina SA ......................................................A14050439 ..2806FLG ........RGC 94 .......200 .......0SF276115555203 .Ramírez Aguera, Cristóbal ...........................................48975656 ..M5669PN.......RGC 94 .........80 .......0SF2491760 ...........Ramos Carmona, Francisco ....................................... 31172826Y ..1321FBC ........RGC 94 .........80 .......0SF2445122 ...........Rendon Trujillo, Joaquín ..............................................31232360 ..8636FYN .......RGC 94 .........80 .......0SF797505 .............Rengel Ortega, Juan Antonio ........................................32854326 ..1210BTW ......RGC 154 .....200 .......0SF2475292 ...........Reparaciones de Automóviles Carreras SL ............... B41609710 ..SE4518DW ....RGC 94 .........80 .......0SF2491980 ...........Revuelta Fernández, Natalia ...................................... 48974538V ..SE0372DV .....RGC 94 .........80 .......0SF803720 .............Reynaldo Gil, Norberto ............................................. 52928986Y ..2977DYS .......RGC 94 .......200 .......0SF72457 ...............Risoto Mazanares, Alberto ........................................27273013G ..CA8823BS .....RGC 94 .........80 .......0SF2475216 ...........Rivera Bergillo, Carlos ..............................................31706938N ..2987BXL .......RGC 94 .........80 .......0SF72403 ...............Robledo Blanco, Alejandro ...................................... 32863072M ..2564CXG .......RGC 94 .........80 .......0SF804422 .............Rodríguez Armenia, Josefa ...........................................31242939 ..9300BGR .......RGC 94 .......200 .......0SF811241 .............Rodríguez Benfeld, Ricardo Roberto ...........................25701718 ..CA7531BD ....RGC 94 .........80 .......0SF2428422 ...........Rodríguez Chacon, José Manuel ...............................31635313D ..CA0043AV ....RGC 94 .........80 .......0SF74546 ...............Rodríguez Luna, Juan José ...........................................31407914 ..1069CXS .......RGC 94 .........80 .......0SF2438862 ...........Rodríguez Torrejón, Francisco .....................................31399453 ..4877GNT .......RGC 94 .........80 .......0SF807875 .............Rojas García, Pedro José ........................................... 44043407V ..7971FGF ........RGC 94 .........80 .......0SF803949 .............Roldan Camacho, Yolanda ........................................70045201N ..5263GTR .......RGC 151 .....200 .......4SF2491914 ...........Roman López, Adoración A E ....................................17844358S ..6656CBS ........RGC 94 .........80 .......0SF2428439 ...........Romero Garrido, Moisés ..............................................75746007 ..4768CZS ........RGC 94 .........80 .......0SF71771 ...............Roque Rocabado, Miguel ......................................... X6843401G ..SE3082DS .....RGC 94 .........80 .......0SF799361 .............Rosales Barrada, Juan Manuel ..................................76084861X ..8257BCB .......RGC 159 .......80 .......0SF2491862 ...........Roteña de Deportes y Ocio SL ...................................B11411089 ..M2797XG ......RGC 94 .........80 .......0SF803757 .............Rubio Cía, Juan José.....................................................32860134 ..CA2023BS .....RGC 146 .....200 .......4SF72407 ...............Rueda López, Fernando ................................................75818917 ..CA3357BN ....RGC 94 .........80 .......0SF2428400 ...........Ruiz Fernández, Santiago ...........................................46407774F ..1845FMZ .......RGC 94 .........80 .......0SF2445124 ...........Ruiz Morales, Manuel ..................................................75757776 ..3971BCW ......RGC 94 .........80 .......0SF2445129 ...........Ruiz Panes, Manuel ......................................................31383283 ..9507DVS .......RGC 94 .........80 .......0SF2491822 ...........Ruiz Pastor, Francisco Javier ..................................... 32044333C ..5034CYN .......RGC 94 .........80 .......0SF72793 ...............Ruiz Riveiro, Javier .................................................. 48904304W ..9002FLB ........RGC 154 .......80 .......0SF807820 .............Sánchez Arroyo, María Del Mar ............................... 44041091R ..CA9077BB ....RGC 94 .......200 .......0SF2401665 ...........Sánchez de la Campa Picón, Juan ...............................32849559 ..4120BYZ .......RGC 94 .........80 .......0SF2475258 ...........Sánchez de la Campa Picón, Juan ................................32849559 ..4120BYZ .......RGC 94 .........80 .......0SF2475221 ...........Sánchez Galeano, Manuela ..........................................32863283 ..3248DVD.......RGC 94 .........80 .......0SF72650 ...............Sánchez Garrido López, Estefano ............................. 75132353R ..GR2819AD ....RGC 94 .........80 .......0SF276091508203 .Sánchez López, Naomi ..............................................48974485X ..5560DGN.......RGC 94 .........80 .......0SF798484 .............Sánchez Mayo, Mauricio ..............................................31781236 ..7148DKM ......RGC 154 .....200 .......0SF2401774 ...........Sánchez Moreno, Pedro ................................................31376672 ..5216CZS ........RGC 94 .........80 .......0SF801010 .............Santana Rodríguez, Maximiliano ............................. 31372807W ..8461CRP ........RGC 94 .........80 .......0SF2417004 ...........Saso Aldama, Alberto ...................................................16558848 ..1593GFD .......RGC 94 .........80 .......0SF2475096 ...........Schilian Pérez, Ivan ....................................................00825443L ..0227CNY .......RGC 94 .........80 .......0SF809694 .............Seijo Loaiza, Manuela ............................................... 44025654C ..7478GMG ......RGC 121 .....200 .......0SF2474787 ...........Semi SA Sdad Española Montajes Industr ................A28018083 ..3503GXG.......RGC 94 .........80 .......0SF2444966 ...........Serrano Ramírez, Antonio .........................................27391119M ..1926DJN ........RGC 94 .........80 .......0SF2491857 ...........Sirviente Santana, José Alberto ..................................48968886T ..2097DLC .......RGC 94 .........80 .......0SF2475229 ...........Southern Vistamares SL ............................................ B11764412 ..3768DXF .......RGC 94 .........80 .......0SF2401746 ...........Tarifa Brotons, Luisa ..................................................31220081L ..0980CZY .......RGC 94 .........80 .......0SF71402 ...............Teijeiro Vázquez, Sara ............................................... 49560509V ..3882BCF ........RGC 91 .......200 .......0SF2445119 ...........Toledo García, José María ........................................ 31231452M ..CA9737BB ....RGC 94 .........80 .......0SF2474793 ...........Torregrosa Matarin, José María ................................. 21509279R ..5562GVG.......RGC 94 .........80 .......0SF2475353 ...........Tupapel Export SL ..................................................... B14856918 ..0973DWG ......RGC 94 .........80 .......0SF73205 ...............Urbaneja Nogales, Juan José ..................................... 13133270V ..6617GST ........RGC 91 .......200 .......0SF73201 ...............Urrea Gilabert, Lara...................................................46409134X ..3200DLF ........RGC 94 .........80 .......0SF2475326 ...........Vargas Oliva, Antonio................................................... 75810113 ..6365CPC ........RGC 94 .........80 .......0SF2445110 ...........Vasco Rent SL ........................................................... B20370037 ..SS3044AU .....RGC 94 .........80 .......0SF73573 ...............Vázquez Bable, Ana Candelaria ................................44046674H ..0660FHJ.........RGC 94 .......200 .......0SF2444880 ...........Vázquez Nuñez, María Luz ..........................................20174848 ..6045DXN.......RGC 94 .........80 .......0SF72638 ...............Velázquez Algeciras SL ............................................. B11326923 ..5497GPD .......RGC 94 .......200 .......0SF71392 ...............Vendramni Lemes, Helio ...........................................72757796X ..0758BPJ .........RGC 94 .........80 .......0SF811472 .............Villalba Portillo, Fernando ...........................................32857830 ..8128GNS .......RGC 94 .......200 .......0SF756554 .............Vozmediano Gil, Cesar .............................................. 05923561A ..1416GTG .......RGC 154 .....200 .......0

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 9

De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.1 bis y 81.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, dispone como titular del vehículo denunciado, de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contados a partir de la publicación del presente edicto, para identificar al conductor responsable de la presunta infracción indicando el NOMBRE, DOMICILIO Y DNI y presentar copia de la autorización administrativa que habilite a la persona identificada para conducir en España. Este documento se sustituirá por la copia del contrato de arrendamiento suscrito, si se tratase de empresas de alquiler sin conductor. En el caso de que el titular, arrendatario o conductor habitual no indicase quien es el conductor responsable de la infracción, se entenderá que asume la responsabilidad de la infracción en los supuestos señalados en el artículo 69 RDL 339/1990. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la apertura de un expediente sancionador por no proceder a tal identificación y se le sancionará como autor de infracción muy grave con una multa equivalente al doble o el triple, según su gravedad, de la prevista para la infracción originaria 8Artículo 67.2 RDL 339/1990). Asimismo se les informa de que tiene un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto para presentar alegaciones, y proponer las pruebas que estime oportunas para su defensa dirigidas al Sr. Delegado General de Seguridad Ciudadana, en el Registro General del Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz), sito en C/Isaac Peral, 13, indicando el Nº DE EXPEDIENTE. BONIFICACIÓN: Durante VEINTE DÍAS NATURALES desde la publicación del presente edicto, se podrá beneficiar de la reducción del 50% de la cuantía de la multa. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones, la firmeza de la sanción en vía administrativa y la detracción de puntos, en su caso, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL339/1990). De no efectuar alegaciones ni hacer ni abonar el importe de la multa en el plazo indicado en la denuncia, si se trata de las infracciones contenidas en el artículo 81.5 RDL339/1990, surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, es decir, se tendrá por concluido el expediente sin necesidad de dictar resolución expresa y se podrá ejecutar la sanción transcurridos TREINTA DÍAS NATURALES desde la notificación de esta denuncia. Para el resto de infracciones, se dictará resolución expresa que, una vez notificada, podrá ser ejecutada a partir del día siguiente al de dicha notificación (Artículo 82.1 RDL 339/1990). En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es San Fernando, a dos de diciembre de 2010 Nº 58.207

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO A INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA

(ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92) Don José Manuel Maura Domenech, Jefe de la Oficina de Recaudación de San Fernando. HACE SABER: Que la Secretaria General del Ayuntamiento de San Fernando ha emitido edicto para notificar que ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosSF63534 ...............Barroso Gutiérrez, Juan Manuel ...................................48966734 ..9469FKZ ........OMC 8 ..........60 .......0SF2490706 ...........De Kluyver, Ariane Simone ...................................... X0307482H ..M9574PD.......OMC 28 ........24 .......0SF2490846 ...........Dura Benitez, María Yolanda .......................................45075391 ..8508CLS ........OMC 28 ........40 .......0SF2416124 ...........Euroextintores F M SL .............................................. B11383270 ..6472CVJ ........LSV 72 ........301 .......0SF714479 ............. Inés García-Polavieja, José Luis................................ 50261174X ..M2273WL......OMC 28 ........60 .......0SF60112 ...............Sánchez Díaz, José María .............................................29755993 ..6903BRV .......OMC 8 ..........60 .......0 Estas sanciones deberán hacerse efectivas hasta los 15 DÍAS HÁBILES siguientes a su firmeza. Para ello deberá dirigirse a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago, advirtiéndole que, transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto, en el Registro General del Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz), sito en la calle Isaac Peral, 13. Asimismo podrán interponer RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados a partir el día siguiente al de la publicación de este Edicto, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente a sus intereses.Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es San Fernando, a dos de diciembre de 2010 Nº 58.208

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO A INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA

(ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92) Don José Manuel Maura Domenech, Jefe de la Oficina de Recaudación de

San Fernando. HACE SABER: Que la Secretaria General del Ayuntamiento de San Fernando ha emitido edicto para notificar que ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosSF73812 ...............Fernández Bernal, María Luisa ..................................31366242S ..C1870BKC ....RGC 94 .........80 .......0SF741021 ............. Iglesias Muras, Alfonso .............................................35423190Q ..1546CVJ ........RGC 155 .....200 .......0SF73004 ...............Luins González, Ricardo ........................................... 48973324E ..3312CYS .......RGC 94 .........80 .......0SF70313 ...............Montiel Molina, María Rábida .....................................32850863 ..5444GSM.......OMC 61 ......200 .......0SF2438215 ...........Sebucar Automoción SL ............................................ B14797617 ..0973DWG ......LSV 9bis .......80 .......0 Estas sanciones deberán hacerse efectivas en su importe pendiente de pago, dentro de los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación de la presente resolución. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago, advirtiéndole que, transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con los recargos e intereses legales correspondientes (Artículos 82.1 y 90 RDL 339/1990). Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 RDL 339/1990 y 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que dictó el acto, en el Registro General del Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz), sito en C/Isaac Peral, 13, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto. La interposición del Recuso de Reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. (Art. 82 RDL 339/1990.) Asimismo podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que deba entenderse desestimado el recurso de reposición. Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, de acuerdo con los artículos 8, 14.1 regla 2º y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá formular cualquier recurso que estime oportuno. En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es San Fernando, a dos de diciembre de 2010

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(ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92) Don José Manuel Maura Domenech, Jefe de la Oficina de Recaudación de San Fernando. HACE SABER: Que la Secretaria General del Ayuntamiento de San Fernando ha emitido edicto para notificar que ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosSF633528 .............González Montero, Antonio .........................................31388864 ..2090FMS .......RGC 143 .....130 .......4 Estas sanciones, deberán hacerse efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a la publicación de la presente resolución. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria y solicitar el documento de pago. Transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con los recargos e intereses legales correspondientes. Contra la presente Resolución, podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante los Tribunales de dicha Jurisdicción, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8,14.1 regla 2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es San Fernando, a dos de diciembre de 2010

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Y GESTION TRIBUTARIAEDICTO DE NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTOS DE

IDENTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO A INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA

(ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92) Doña María Luz Rodríguez Serrano, como Instructora de los expedientes sancionadores de tráfico vial urbano cuya tramitación haya sido delegada en el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz. HACE SABER: Que los sujetos pasivos que a continuación se relacionan, figuran como denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano del municipio de El Puerto de Santa María.

Página 10 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 13 de diciembre de 2010

Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosEP806180 .............Meridia Occidental SL ............................................... B60966314 ..0218BJS .........RGC 154 .....200 .......0 De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.1 bis y 81.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, dispone como titular del vehículo denunciado, de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contados a partir de la publicación del presente edicto, para identificar al conductor responsable de la presunta infracción indicando el NOMBRE, DOMICILIO Y DNI y presentar copia de la autorización administrativa que habilite a la persona identificada para conducir en España. Este documento se sustituirá por la copia del contrato de arrendamiento suscrito, si se tratase de empresas de alquiler sin conductor. Dicho escrito deberá ser dirigido al Sr. Vicepresidente Tercero de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y presentarlo en la oficina del SPRyGT de El Puerto de Santa María, sita en Avda. Virgen de los Milagros nº 39, indicando el nº de expediente. EL INCUMPLIMIENTO DE DICHA OBLIGACIÓN DARÁ LUGAR A LA APERTURA DE UN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR NO PROCEDER A TAL IDENTIFICACIÓN Y SE LE SANCIONARÁ COMO AUTOR DE INFRACCIÓN MUY GRAVE CON UNA MULTA EQUIVALENTE AL DOBLE O EL TRIPLE, SEGÚN SU GRAVEDAD, DE LA PREVISTA PARA LA INFRACCIÓN ORIGINARIA (ARTÍCULO 67.2 RDL 339/1990). BONIFICACIÓN: Si la infracción no llevase aparejada pérdida de puntos, se podrá realizar el pago, durante VEINTE DÍAS NATURALES desde la publicación del presente edicto, beneficiándose de la reducción del 50% de la cuantía de la multa. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones y la firmeza de la sanción en vía administrativa, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL 339/1990). El Puerto de Santa María, a dos de diciembre de 2010

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Y GESTION TRIBUTARIAEDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO A

INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña María Luz Rodríguez Serrano, como Instructora de los expedientes sancionadores de tráfico vial urbano cuya tramitación haya sido delegada en el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz. HACE SABER: Que los sujetos pasivos que a continuación se relacionan, figuran como denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano del municipio de El Puerto de Santa María:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosEP003284 .............Assahli , Fatih ........................................................... X5769516N ..1855CPB ........RGC 91 .......200 .......0EP003326 .............Beato Nucete, Isabel .................................................. 34006833E ..1824BJC ........RGC 154 .....200 .......0EP003289 .............Benaul Bueno, Araceli ...............................................31294304K ..4244FFY ........RGC 94 .......200 .......0EP003852 .............Benitez Alonso, Alejandro Cristian ...........................28801391D ..7145DZM ......RGC 94 .......200 .......0EP811539 .............Bermudez Montoya, Diego ........................................19900114P ..2190DYZ .......RGC 154 .....200 .......0EP003191 .............Camacho Galan, M Josefa ..........................................31326911Z ..5130FWB.......RGC 94 .........80 .......0EP002577 .............Capitán Capitán, Margarita........................................ 44962671V ..6139DRV .......RGC 91 .......200 .......0EP001903 .............Caruncho Barro, Carlos José ..................................... 42870571C ..GR4307AM ...RGC 91 .......200 .......0EP808273 .............Delgado Rolandi, Carlos ...........................................31822197H ..M5957UF.......RGC 154 .......80 .......0EP003642 .............Enciso Fernández, Danuxia María .................................9280993 ..3941GVR .......RGC 94 .......200 .......0EP002919 .............Escalera Figaredo, Francisco Javier ..........................51659001N ..7517GNY .......RGC 94 .........80 .......0EP002994 .............Ferre Coll, Juan Ramón .............................................35122108G ..CA6337BD ....RGC 154 .....200 .......0EP811035 .............Ferreira Vargas, Teresa .............................................. 31179562A ..9928GVH.......RGC 152 .....200 .......0EP000052 .............Galán Dorado, Pablo ..................................................49048282T ..1448GWD ......RGC 91 .......200 .......0EP812953 .............Galán Martín, Rosa María ......................................... 34004441E ..1329DJC ........RGC 94 .......200 .......0EP002439 .............García Mandillo, Antonio José .................................. 45047387R ..M6259UL ......RGC 94 .........80 .......0EP000488 .............García Mejias, Manuel .................................................31625443 ..0865DNN.......RGC 91 .......200 .......0EP002283 .............García Peréz, Sara ..................................................... 45638699Y ..0548BHC .......RGC 91 .......200 .......0EP000132 .............García Sánchez, José Antonio ......................................44961376 ..9415BKB .......RGC 94 .........80 .......0EP001742 .............Gómez Herrera, Francisco José ................................. 31338490R ..CA7974BJ .....RGC 91 .......200 .......0EP003537 .............González Jiménez, Antonio ........................................ 31318285J ..MA1130BV ...RGC 94 .........80 .......0EP003804 .............González Rivero, Dionisio .........................................44966456F ..6921BVG .......RGC 152 .....200 .......0EP002482 .............Harrington Robin, Alexander ................................... X0558834A ..7269CGT .......RGC 94 .......200 .......0EP002727 ............. Intevian SL en Constitución ...................................... B91447920 ..9729DLR .......RGC 94 .......200 .......0EP002493 ............. Jimenez Verano, Luz.................................................. 44961911Q ..7662DHL .......RGC 94 .......200 .......0EP001574 .............La Negrilla Automoción SL ...................................... B91698779 ..1521FKL ........RGC 94 .........80 .......0EP002433 .............Llama Romero, Lucía .................................................75798976S ..1063FWM ......RGC 94 .........80 .......0EP002941 .............López López, Daniel .................................................32086559H ..C7025BVH ....RGC 94 .......200 .......0EP002491 .............María Díaz, Francisco Javier .....................................50845512X ..1579GDP .......RGC 94 .......200 .......0EP003329 .............Martínez del Río, Francisco ...................................... 75695794B ..CA2125BM ...RGC 154 .....200 .......0EP002554 .............Martínez Rodríguez, María Linarejos ....................... 34007216Z ..0144BGW ......RGC 94 .......200 .......0EP002939 .............Montero Fernández, María Isabel............................... 34005881J ..C6945BVB ....RGC 94 .......200 .......0EP001747 .............Morales Pardo, María de la O.......................................31661492 ..9228BGN .......RGC 94 .......200 .......0EP002752 .............Morilla Díaz, Rocío ....................................................45325471S ..4488CRS ........RGC 117 .....200 .......3EP003505 .............Navarro Jaén, Angeles ..................................................31605470 ..6059CJR ........RGC 94 .......200 .......0EP002449 .............Ojeda Espinar, Francisco Javier .................................45382120S ..C4933BVD ....RGC 118 .....200 .......3EP805761 .............Osbordiel SL .............................................................. B92520006 ..9148FCJ .........RGC 94 .........80 .......0EP001947 .............Parias González, Alvaro Ignacio .............................. 27301554W ..5672GTH .......RGC 171 .......80 .......0EP003815 .............Parro Aguilar, María Angustias ....................................24352651 ..9668FVK .......RGC 94 .........80 .......0EP001871 .............Peralta Vallejo, Rocío ................................................ 75799648C ..2206GMY ......RGC 94 .......200 .......0EP813519 .............Pérez Rodríguez, Fernanda ...........................................28504639 ..3544FNY .......RGC 94 .......200 .......0EP003531 .............Pérez Sánchez, Juan Manuel ..................................... 31309765A ..0297GWX ......RGC 94 .......200 .......0EP002753 .............Prado López Spinola, María Pilar ..............................31428151P ..3347GGZ .......RGC 129 .....200 .......0EP003287 .............Promociones Ocellaris SL ......................................... B72032980 ..1174DVV .......RGC 94 .......200 .......0EP799366 .............Pulido Avila, Jesús ......................................................28629748S ..6319CVR .......RGC 91 .........80 .......0EP278132434539 .Químicas G R SC ....................................................... J92754159 ..9172GRY .......RGC 94 .........80 .......0EP002537 .............Rojas Alvarez, M del Carmen ...................................28434061N ..0695CLZ ........RGC 94 .......200 .......0EP003468 .............Romero Aragundy, José Jorge .................................. X3800118N ..C8644BRN ....RGC 118 .....200 .......3EP001561 .............Romero Salado, Sotero Pedro.................................... 27312718B ..1788GXF .......RGC 91 .......200 .......0EP002552 .............Ruiz Badanelli Berriozabal, Paula ................................31664644 ..5387DJX ........RGC 94 .......200 .......0EP003196 .............Solano Martín, Verónica ............................................28803887K ..9871FZW .......RGC 94 .........80 .......0EP003241 .............Soto González, Carmen .............................................31490184X ..C8388BKC ....RGC 94 .......200 .......0

Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosEP003834 .............Tejada Callealta, Belén del Carmen ..........................44965639H ..CA0493BH ....RGC 94 .........80 .......0EP002539 .............Vallejo Gallego, Rosario ............................................ 31188227C ..2398BVN .......RGC 94 .......200 .......0EP002653 .............Velázquez de la Rimada, Manuel ..............................31294338D ..C4067BNX ....RGC 91 .......200 .......0EP000515 .............Vera Beas, Antonio Pablo .......................................... 44025824Y ..6126DTW ......RGC 94 .......200 .......0EP002407 .............Verano Rosso, María José.......................................... 34006460V ..9927GHC .......RGC 94 .........80 .......0EP808129 .............Vilches Carballo, Antonio ..........................................24042329S ..4679BWR ......RGC 94 .........80 .......0 De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.1 bis y 81.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, dispone como titular del vehículo denunciado, de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contados a partir de la publicación del presente edicto, para identificar al conductor responsable de la presunta infracción indicando el NOMBRE, DOMICILIO Y DNI y presentar copia de la autorización administrativa que habilite a la persona identificada para conducir en España. Este documento se sustituirá por la copia del contrato de arrendamiento suscrito, si se tratase de empresas de alquiler sin conductor. En el caso de que el titular, arrendatario o conductor habitual no indicase quien es el conductor responsable de la infracción, se entenderá que asume la responsabilidad de la infracción en los supuestos señalados en el artículo 69 RDL 339/1990. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la apertura de un expediente sancionador por no proceder a tal identificación y se le sancionará como autor de infracción muy grave con una multa equivalente al doble o el triple, según su gravedad, de la prevista para la infracción originaria Artículo 67.2 RDL 339/1990). Asimismo se les informa de que tiene un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto para presentar alegaciones y proponer las pruebas que estime oportunas para su defensa dirigidas al Sr. Vicepresidente Tercero de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, y presentarlo en la oficina del SPRyGT de El Puerto de Santa María, sita en Avda. Virgen de los Milagros nº 39, indicando el Nº DE EXPEDIENTE. BONIFICACIÓN: Durante VEINTE DÍAS NATURALES desde la publicación del presente edicto, se podrá beneficiar de la reducción del 50% de la cuantía de la multa. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones, la firmeza de la sanción en vía administrativa y la detracción de puntos, en su caso, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL339/1990). De no efectuar alegaciones ni hacer ni abonar el importe de la multa en el plazo indicado en la denuncia, si se trata de las infracciones contenidas en el artículo 81.5 RDL339/1990, surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, es decir, se tendrá por concluido el expediente sin necesidad de dictar resolución expresa y se podrá ejecutar la sanción transcurridos TREINTA DÍAS NATURALES desde la notificación de esta denuncia. Para el resto de infracciones, se dictará resolución expresa que, una vez notificada, podrá ser ejecutada a partir del día siguiente al de dicha notificación (Artículo 82.1 RDL 339/1990). En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es El Puerto de Santa María, a dos de diciembre de 2010

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Y GESTION TRIBUTARIAEDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO A

INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña Marta Álvarez-Requejo Pérez, como Vicesecretaria General de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz HACE SABER: Que sobre los sujetos pasivos que a continuación se relacionan ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de El Puerto de Santa María:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosEP001256 .............Benitez Ortega, Pedro ................................................ 44027652V ..6432GNG.......RGC 94 .......200 .......0EP002593 .............Pina Sánchez Arjona, Angel Gonzalo ....................... 50074179M ..6967GND.......RGC 94 .......200 .......0 Estas sanciones deberán hacerse efectivas en su importe pendiente de pago, dentro de los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación de la presente resolución. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago, advirtiéndole que, transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con los recargos e intereses legales correspondientes (Artículos 82.1 y 90 RDL 339/1990). Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 RDL 339/1990 y 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que dictó el acto y presentarlo en la oficina del SPRyGT de El Puerto de Santa María, sita en Avda. Virgen de los Milagros nº 39, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto. La interposición del Recuso de Reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. (Art. 82 RDL 339/1990). Asimismo podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que deba entenderse desestimado el recurso de reposición. Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, de acuerdo con los artículos 8, 14.1 regla 2º y 46 de la

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 11

Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá formular cualquier recurso que estime oportuno. En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es El Puerto de Santa María, a dos de diciembre de 2010

Nº 58.248___________________

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Y GESTION TRIBUTARIAEDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO A

INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña María Luz Rodríguez Serrano, Instructora de los expedientes de sanciones de tráfico vial urbano del municipio de LA LINEA DE LA CONCEPCION. HACE SABER: Que los sujetos pasivos que a continuación se relacionan, figuran como denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de La Línea de la Concepción:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosLL3017256 ...........Aguilar Rios, Jose ..................................................... 08922507W ..8444DKS .......RGC 94 .........80 .......0LL11843 ...............Almajanu , Florin....................................................... X8615583J ..M3511SG .......RGC 91 .......200 .......0LL3037749 ...........Alonso Nieto, Maria Aida.............................................31841555 ..5243GMN ......RGC 94 .........80 .......0LL3037830 ...........Amian Ocon, Javier ................................................... 52226382Y ..3943DKN.......RGC 94 .........80 .......0LL3017175 ...........Autos Aragon Paz Y Lopez ....................................... B92172634 ..4180FJC .........RGC 94 .........80 .......0LL41216 ...............Bobalikova Adriana, ................................................ X3125789C ..CA0169BK ....RGC 94 .........80 .......0LL42654 ...............Brisur 2005 SL ........................................................... B11804663 ..9918DGL .......RGC 94 .......200 .......0LL3017230 ...........Caba Sanchez, Ana Maria.............................................31843235 ..5100FTY ........RGC 94 .........80 .......0LL3037798 ...........Caballero Martin, Diego .............................................23336957F ..GR4796AV ....RGC 94 .........80 .......0LL3017326 ...........Cabeza Carrasco, Maria Cristina ...............................32049452X ..3477CSL ........RGC 94 .........80 .......0LL3070535 ...........Carrillo Alcon, Gema.................................................. 32060380J ..2986GHS .......RGC 94 .........80 .......0LL3037803 ...........Chafrar , Hicham ...................................................... X2219748H ..7291CDM ......RGC 94 .........80 .......0LL46114 ...............Diez Garcia, Pedro Maria .......................................... 22710674Z ..4679GWY ......RGC 94 .........80 .......0LL45539 ...............Dimitrov Alexsi, Stefanov ........................................ X5708390C ..M4061JF ........RGC 117 .....200 .......3LL45007 ...............Flores Marin, Vicente ................................................31983735G ..6179CSS ........RGC 144 .....200 .......0LL42658 ...............Gallo Palomeque, Jose Antonio ....................................31735733 ..MA1451CL ....RGC 94 .......200 .......0LL37430 ...............Gamez Benitez, Francisca ..........................................32043826L ..5392BLN .......RGC 94 .........80 .......0LL3037762 ...........Garcia Gutierrez, Macarena Vanessa ......................... 31854127R ..2925DWM .....RGC 94 .........80 .......0LL3017202 ...........Garcia Ruiz, Cristina ................................................. 79022957V ..7540GBL .......RGC 94 .........80 .......0LL3017053 ...........Gas Marine Control SL .............................................. B11522604 ..5318GVZ .......RGC 94 .........80 .......0LL41668 ...............Gerena Gonzalez, Antonio Raul .................................75883643L ..0817FCG .......RGC 94 .........80 .......0LL3070523 ...........Gonzalez Moreno, Luis Alejandro .............................32045194F ..2975CDL .......RGC 94 .........80 .......0LL41495 ...............Gonzalez Navarrete, Francisca ..................................32022567N ..7060BNP........RGC 94 .........80 .......0LL3050693 ...........Guerrero Mateos, Patricio .........................................31870972X ..CA5214BT .....RGC 94 .........80 .......0LL3070516 ...........Gutierrez Ruiz, Hortensio ..........................................75954917Q ..3714BSL ........RGC 94 .........80 .......0LL41829 ...............Heredia Santiago, Rafael ........................................... 75903108A ..MA3783CW ..RGC 117 .....200 .......0LL41697 ...............Lara Sanchez, Juan Miguel.........................................32025886L ..CA8524AX ....RGC 154 .......80 .......0LL3070531 ...........Larque Dominguez, Lucia Del Pilar .......................... 31841175K ..7515BFK .......RGC 94 .........80 .......0LL3050685 ...........Lee Deborah, Brenda ................................................ X0791091Y ..MA1716DB ...RGC 94 .........80 .......0LL3017104 ...........Leon Trujillo, Ismael ..................................................75899686P ..4185FYM.......RGC 94 .........80 .......0LL3017156 ...........Leon Trujillo, Ismael ..................................................75899686P ..4185FYM.......RGC 94 .........80 .......0LL3050694 ...........Leon Trujillo, Ismael ..................................................75899686P ..4185FYM.......RGC 94 .........80 .......0LL3017055 ...........Lima Ruiz, Salvador ..................................................27345284D ..4056DLJ ........RGC 94 .........80 .......0LL3017068 ...........Lima Ruiz, Salvador ..................................................27345284D ..4056DLJ ........RGC 94 .........80 .......0LL37105 ...............Lincoln John, Thurston ............................................. X4251409C ..9308DJC ........RGC 91 .......200 .......0LL46914 ...............Loboda , Katarzyna ................................................... X7857020J ..PO1071AS .....RGC 94 .........80 .......0LL45849 ...............Malanda Madrazo, Oscar Manuel ............................ 20215001W ..5934CGL .......RGC 18 .......200 .......3LL3060008 ...........Marbella House Managementgest Inmobiliar SL ...... B92084334 ..5519DLK .......RGC 94 .........80 .......0LL3017291 ...........Morales Jimenez, Francisco Javier ............................ 32032853V ..9697FZP ........RGC 94 .........80 .......0LL3016868 ...........Motek Style SL .......................................................... B92772060 ..8094BCH .......RGC 94 .........80 .......0LL3017219 ...........Motek Style SL .......................................................... B92772060 ..8094BCH .......RGC 94 .........80 .......0LL3017243 ...........Motek Style SL .......................................................... B92772060 ..8094BCH .......RGC 94 .........80 .......0LL3060007 ...........Palacin Pla, Ivan ........................................................ 31837997V ..CA4022AN ....RGC 94 .........80 .......0LL3017133 ...........Perales Corrales, Jose Manuel .................................. 08675947W ..CA6834BK ....RGC 94 .........80 .......0LL3037812 ...........Perez Castro, Cristobal .................................................31792636 ..T2094AX .......RGC 94 .........80 .......0LL3037768 ...........Perez Paredes, Ana Patricia ........................................32034630T ..CA2451BN ....RGC 94 .........80 .......0LL37432 ...............Promotec Campo De Gibraltar SL ............................. B11548237 ..3509FVM.......RGC 94 .........80 .......0LL3017296 ...........Ramirez Zuluaga, Jorge Ivan .....................................X2846395F ..ML9679C.......RGC 94 .........80 .......0LL3037755 ...........Redford William, James M ........................................X5854059F ..6882BNP........RGC 94 .........80 .......0LL3037778 ...........Roda Ricardo, Daniel ............................................... X7689745V ..0742CSC ........RGC 94 .........80 .......0LL3017084 ...........Rubio Muñoz, Catherine ..............................................46413662 ..4577FNS ........RGC 94 .........80 .......0LL41707 ...............Saginver SA ............................................................... A11085198 ..8336BZG .......RGC 94 .......200 .......0LL3017348 ...........Santiago Egea, Manuel ............................................. 74690228M ..5520DFX .......RGC 94 .........80 .......0LL45710 ...............Sidhu Kiranjit, Singh ...................................................X7001658 ..9104DHD.......RGC 171 .......80 .......0LL3050677 ...........Steven Berrow, Neil .................................................. Y0477253V ..MA3478CF ....RGC 94 .........80 .......0LL3017115 ...........Tikhonova , Ekaterina ............................................... X5309271C ..0685FXX .......RGC 94 .........80 .......0LL3037737 ...........Van Eyk Jara, Maria Isabel ........................................ 75896676B ..3719GNZ .......RGC 94 .........80 .......0LL3037673 ...........Wyganowski Witold, Tadeusz .................................. 09292048W ..MA5570BF ....RGC 94 .........80 .......0LL3070334 ...........Wyganowski Witold, Tadeusz .................................. 09292048W ..MA5570BF ....RGC 94 .........80 .......0LL3070353 ...........Wyganowski Witold, Tadeusz .................................. 09292048W ..MA5570BF ....RGC 94 .........80 .......0LL3070366 ...........Wyganowski Witold, Tadeusz .................................. 09292048W ..MA5570BF ....RGC 94 .........80 .......0LL3016884 ...........Wyganowski Witold, Tadeusz .................................. 09292048W ..MA5570BF ....RGC 94 .........80 .......0LL3016888 ...........Wyganowski Witold, Tadeusz .................................. 09292048W ..MA5570BF ....RGC 94 .........80 .......0LL3016917 ...........Wyganowski Witold, Tadeusz .................................. 09292048W ..MA5570BF ....RGC 94 .........80 .......0LL3037728 ...........Wyganowski Witold, Tadeusz .................................. 09292048W ..MA5570BF ....RGC 94 .........80 .......0 De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.1 bis y 81.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, dispone como titular del vehículo denunciado, de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contados a partir de la publicación del presente edicto, para identificar al conductor responsable de la presunta infracción indicando el NOMBRE, DOMICILIO Y DNI y presentar copia de la autorización administrativa que habilite a la persona identificada para conducir en España. Este documento se sustituirá por la copia del contrato de arrendamiento suscrito, si se tratase de empresas de alquiler sin conductor. En el caso de que el titular, arrendatario o conductor habitual no indicase quien es el conductor responsable de la infracción, se entenderá que asume la responsabilidad de la infracción en los supuestos señalados en el artículo 69 RDL

339/1990. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la apertura de un expediente sancionador por no proceder a tal identificación y se le sancionará como autor de infracción muy grave con una multa equivalente al doble o el triple, según su gravedad, de la prevista para la infracción originaria 8Artículo 67.2 RDL 339/1990). Asimismo se les informa de que tiene un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto para presentar alegaciones, y proponer las pruebas que estime oportunas para su defensa dirigidas al Sr. Vicepresidente Tercero de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, en en la Delegación de Hacienda, Negociado de Sanciones, sita en La Línea de la Concepción, Avenida España nº 1, indicando el Nº DE EXPEDIENTE. BONIFICACIÓN: Durante VEINTE DÍAS NATURALES desde la publicación del presente edicto, se podrá beneficiar de la reducción del 50% de la cuantía de la multa. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones, la firmeza de la sanción en vía administrativa y la detracción de puntos, en su caso, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL339/1990). De no efectuar alegaciones ni hacer ni abonar el importe de la multa en el plazo indicado en la denuncia, si se trata de las infracciones contenidas en el artículo 81.5 RDL339/1990, surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, es decir, se tendrá por concluido el expediente sin necesidad de dictar resolución expresa y se podrá ejecutar la sanción transcurridos TREINTA DÍAS NATURALES desde la notificación de esta denuncia. Para el resto de infracciones, se dictará resolución expresa que, una vez notificada, podrá ser ejecutada a partir del día siguiente al de dicha notificación (Artículo 82.1 RDL 339/1990). En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es La Línea de la Concepción, a veintinueve de noviembre de 2010

Nº 58.251___________________

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INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña María Luz Rodríguez Serrano, Instructora de los expedientes de sanciones de tráfico vial urbano del municipio de LA LINEA DE LA CONCEPCION. HACE SABER: Que los sujetos pasivos que a continuación se relacionan, figuran como denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de La Línea de la Concepción:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosLL37047 ...............Andainfor De Telecomunicaciones SL ...................... B92297126 ..5106FSN ........LSV 9bis .....600 .......0LL20827 ...............Autocares Navarcon SL ............................................. B18648394 ..7358FYK .......LSV 9bis .....160 .......0LL3037242 ........... Inversiones Patrim Camojan SL ................................ B92298652 ..6853FRH .......LSV 9bis .....120 .......0 Se les informa que tienen un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto para presentar alegaciones, y proponer las pruebas que estime oportunas para su defensa dirigidas al Sr. Vicepresidente Tercero de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, en en la Delegación de Hacienda, Negociado de Sanciones, sita en La Línea de la Concepción, Avenida España nº 1, indicando el Nº DE EXPEDIENTE. Para realizar el abono de la denuncia se deberá dirigir, dentro de los VEINTE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación de la presente resolución, a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones y la firmeza de la sanción en vía administrativa, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL 339/1990). El abono con la bonificación del 50 por ciento, no es aplicable a las infracciones comprendidas en los artículos 65.5 h), 65.5 j) y 65.6 del RDL 339/1990. (Art. 79 RDL 339/1990). De no formular alegaciones ni hacer efectivo el importe de la denuncia propuesta antes de la fecha límite indicada, se dictará resolución sancionadora, que pondrá fin a la vía administrativa y se podrá ejecutar desde el día siguiente a aquel en que se notifique al interesado. Art. 82 RDL 339/1990. La Línea de la Concepción, a veintinueve de noviembre de 2010

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INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña Marta Álvarez- Requejo Pérez, como Vicesecretaria General de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz. HACE SABER: Que sobre los sujetos pasivos que a continuación se relacionan ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de La Línea de la Concepción:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosLL3073685 ...........Aguado Pacheco, Jose Manuel .................................. 53691157A ..1997CRW ......RGC 94 .........60 .......0LL10739 ...............Blanco Carrasco, Maria Del Carmen......................... 27376727B ..8178DWM .....RGC 18 .......150 .......3

Página 12 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 13 de diciembre de 2010

Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosLL3037186 ...........Carpio Lazo, Antonia....................................................31646340 ..9864FSY ........RGC 94 .........60 .......0LL20808 ...............Ellis Shari, Louise .....................................................X7055177L ..MA7363DC ...RGC 94 .........90 .......0LL14417 ...............Garcia Gonzalez, Maria Del Carmen ........................ 75968677E ..7173CXY .......RGC 117 .....150 .......3LL12310 ...............Molina Gutierrez, Jose Luis ...................................... 31999611X ..9478DPX .......RGC 94 .........90 .......0LL10996 ...............Piñero Gonzalez, David ..............................................31686004P ..4581CLR .......RGC 94 .........90 .......0LL09839 ...............Piñero Gonzalez, David ..............................................31686004P ..4581CLR .......RGC 94 .........90 .......0LL3015750 ...........Raimundo Vazquez, Jose Jesus .....................................45425610 ..6020GMZ ......RGC 94 .........60 .......0LL3015974 ...........Reyero Perea, Cristina ................................................00537870S ..7697GTX .......RGC 94 .........60 .......0LL17586 ...............Romero Dorado, Jorge ............................................... 32035406V ..5408GHC .......RGC 18 .......150 .......3LL3016022 ...........Valderrama Jurado, Jose Salvador ............................. 25025588R ..M8960TC.......RGC 94 .........60 .......0LL3037215 ...........Viagas Garrido, Pilar ................................................. 32020578R ..7008GRX .......RGC 94 .........60 .......0 Estas sanciones deberán hacerse efectivas hasta los 15 DÍAS HÁBILES siguientes a su firmeza. Para ello se deberá dirigir a cualquier Oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, y solicitar el documento de pago, advirtiéndole que, transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que dictó el acto en la Delegación de Hacienda, Negociado de Sanciones, sita en La Línea de la Concepción, Avenida España nº 1, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto. Asimismo podrán interponer RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados a partir el día siguiente al de la publicación de este Edicto, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente a sus intereses. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es La Línea de la Concepción, a veintinueve de noviembre de 2010

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Y GESTION TRIBUTARIAEDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO A

INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña Marta Álvarez-Requejo Pérez, como Vicesecretaria General de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz HACE SABER: Que sobre los sujetos pasivos que a continuación se relacionan ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de La Línea de la Concepción:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosLL3015271 ...........A S V Operaciones SL ............................................... B92279728 ..9891BRT ........LSV 9bis .....120 .......0LL3073495 ...........A S V Operaciones SL ............................................... B92279728 ..9891BRT ........LSV 9bis .....120 .......0LL14144 ...............Algol Inversora SL .................................................... B62726112 ..B3386VP........LSV 9bis .....120 .......0LL20692 ...............Amprotelefonia SL En Constitucion ......................... B91644815 ..9744GHY .......LSV 9bis .....120 .......0LL41209 ...............Amuedo De La Torre, Juan Jose ................................31692040H ..1811DFF ........RGC 154 .......80 .......0LL3015613 ...........Autos Aragon Paz Y Lopez ....................................... B92172634 ..4180FJC .........LSV 9bis .....120 .......0LL19246 ...............Cafeteria Comedor El Patio SL ................................. B11448909 ..2295DHD.......LSV 9bis .....180 .......0LL3037067 ...........Europa On Line SL .................................................... B11414976 ..8421BXR .......LSV 9bis .....120 .......0LL42080 ...............Fernandez Beltran, Antonio ........................................31964844L ..6162BZN .......RGC 94 .........80 .......0LL37954 ...............Garcia Falcon, Manuel ...............................................27317613F ..SE9321CU .....RGC 117 .....200 .......3LL21962 ...............Marchena Gonzalez, Jonathan ......................................75958004 ..6681DMF.......RGC 94 .......200 .......0LL46711 ...............Ortigosa Vargas, Miguel Angel ................................. 32043974Y ..7300BCY .......RGC 94 .......200 .......0LL41426 ...............Petruska , Marek ....................................................... X9537388R ..MA5639CM...RGC 129 .....200 .......0LL12615 ...............Quickmotor Madrid, SL ............................................ B83705947 ..M9869ZB.......LSV 9bis .....120 .......0LL15181 ...............S Y C Sistemas Automaticos SL ................................ B11286184 ..5869GCK .......LSV 9bis .....180 .......0LL46957 ...............Sanchez Alejandro, Antonio ..................................... 42632066W ..3113FYD .......RGC 18 .......200 .......3LL15771 ...............Sanickel Management SL .......................................... B47571278 ..0067FFP .........LSV 9bis .....180 .......0 Estas sanciones deberán hacerse efectivas en su importe pendiente de pago, dentro de los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación de la presente resolución. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago, advirtiéndole que, transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con los recargos e intereses legales correspondientes (Artículos 82.1 y 90 RDL 339/1990). Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 RDL 339/1990 y 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que dictó el acto, en la Delegación de Hacienda, Negociado de Sanciones, sita en La Línea de la Concepción, Avenida España nº 1, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto. La interposición del Recuso de Reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. (Art. 82 RDL 339/1990.) Asimismo podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que deba entenderse desestimado el recurso de reposición. Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, de acuerdo con los artículos 8, 14.1 regla 2º y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá formular cualquier recurso que estime oportuno. En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es La Línea de la Concepción, a veintinueve de noviembre de 2010

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Y GESTION TRIBUTARIAEDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO A

INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña Marta Álvarez- Requejo Pérez, como Vicesecretaria General de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz. HACE SABER: Que sobre los sujetos pasivos que a continuación se relacionan ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de La Línea de la Concepción:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosLL14183 ...............Ballesteros Rodriguez, Rosario ..................................32004270T ..2850DMH ......RGC 94 .........90 .......0LL10753 ...............Castro Borrallo, David............................................... 75958518Y ..3881BDB .......RGC 94 .........90 .......0LL11156 ...............Cruz Sanz, Jose .......................................................... 31975971Z ..MA0240BD ...RGC 94 .........90 .......0LL15198 ...............España Beneroso, Jose...............................................31832662H ..0680GSK .......RGC 94 .........90 .......0LL19205 ...............Fuentes Soto, Rafael .................................................. 31721298C ..9681FJL .........RGC 18 .......150 .......3LL20394 ...............Galvez Mena, Javier ...................................................75960260T ..1954GDP .......RGC 117 .....150 .......3LL21439 ...............Gomez Jimenez, Laura ...............................................32052647P ..MA1703DB ...RGC 154 .......60 .......0LL12001 ............... Ibañez Janeiro, Iban Andres ..................................... 75955964M ..CA4067BP .....RGC 18 .......150 .......3LL13468 ...............Moreno Rojas, Andres ................................................76963482P ..9778DBF .......RGC 117 .....150 .......3LL14833 ...............Moreno Rojas, Andres ................................................76963482P ..9778DBF .......RGC 18 .......150 .......3LL15410 ...............Navarrete Heredia, Antonia ........................................31991275T ..CA2248AW ...RGC 94 .........90 .......0LL18401 ...............Rodriguez Escarcena, Adaly ......................................75961077N ..0361BGT .......RGC 18 .......150 .......3LL15911 ...............Sanchez Villanueva, Antonio ..................................... 31658157Z ..1272GCD .......RGC 117 .....150 .......3LL11245 ...............Trujillo Villar, Rafael .................................................32050619G ..CA3655AW ...RGC 94 .........90 .......0LL06550 ...............Zarza Herrera, Laura ................................................. 39139922V ..CA0171BG ....RGC 3 .........300 .......0 Estas sanciones, deberán hacerse efectivas dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a la publicación de la presente resolución. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria y solicitar el documento de pago. Transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con los recargos e intereses legales correspondientes. Contra la presente Resolución, podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante los Tribunales de dicha Jurisdicción, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8,14.1 regla 2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es La Línea de la Concepción, a veintinueve de noviembre de 2010

Nº 58.262___________________

AREA DE HACIENDA, RECAUDACION Y PATRIMONIOSERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACION

Y GESTION TRIBUTARIAEDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO A

INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña María Luz Rodríguez Serrano, como Instructora de los expedientes sancionadores de tráfico vial urbano cuya tramitación haya sido delegada en el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz. HACE SABER: Que los sujetos pasivos que a continuación se relacionan, figuran como denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de Medina Sidonia:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosME2203225..........Alvarez Naves, Carlos ............................................... 10569193A ..3997GTN .......RGC 94 .........80 .......0ME2203666..........Caravaca Benitez, Juan Manuel ...................................31253072 ..4471FTL ........RGC 94 .........80 .......0ME2203297..........Chacón Nogueras, Francisco .....................................28701882K ..8657GLN .......RGC 94 .........80 .......0ME2203631..........Gil Escribano, Miguel Angel .................................... 47067527M ..AB3863U .......RGC 94 .........80 .......0ME2203767..........Peninsular de Vástagos SL ........................................ B41828401 ..7968BZH .......RGC 94 .........80 .......0ME2202945..........Pérez Marzano, Jose Antonio .................................... 20197001B ..3499GJJ .........RGC 94 .........80 .......0ME2203642..........Propagen SL .............................................................. B73330169 ..4985DST ........RGC 94 .........80 .......0 De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.1 bis y 81.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, dispone como titular del vehículo denunciado, de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contados a partir de la publicación del presente edicto, para identificar al conductor responsable de la presunta infracción indicando el NOMBRE, DOMICILIO Y DNI y presentar copia de la autorización administrativa que habilite a la persona identificada para conducir en España. Este documento se sustituirá por la copia del contrato de arrendamiento suscrito, si se tratase de empresas de alquiler sin conductor. En el caso de que el titular, arrendatario o conductor habitual no indicase quien es el conductor responsable de la infracción, se entenderá que asume la responsabilidad de la infracción en los supuestos señalados en el artículo 69 RDL 339/1990. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la apertura de un expediente sancionador por no proceder a tal identificación y se le sancionará como autor de infracción muy grave con una multa equivalente al doble o el triple, según su gravedad, de la prevista para la infracción originaria Artículo 67.2 RDL 339/1990). Asimismo se les informa de que tiene un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto para presentar alegaciones, y proponer las pruebas que estime oportunas para su defensa dirigidas al Sr. Vicepresidente Tercero de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, en el Registro General del Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz), sito en Plaza de España nº1, indicando el Nº DE EXPEDIENTE. BONIFICACIÓN: Durante VEINTE DÍAS NATURALES desde la publicación del presente edicto, se podrá beneficiar de la reducción del 50% de la cuantía de la multa. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones, la firmeza de la sanción en vía administrativa y la

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 13

detracción de puntos, en su caso, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL339/1990). De no efectuar alegaciones ni hacer ni abonar el importe de la multa en el plazo indicado en la denuncia, si se trata de las infracciones contenidas en el artículo 81.5 RDL339/1990, surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, es decir, se tendrá por concluido el expediente sin necesidad de dictar resolución expresa y se podrá ejecutar la sanción transcurridos TREINTA DÍAS NATURALES desde la notificación de esta denuncia. Para el resto de infracciones, se dictará resolución expresa que, una vez notificada, podrá ser ejecutada a partir del día siguiente al de dicha notificación (Artículo 82.1 RDL 339/1990). En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es Medina Sidonia, a veintinueve de noviembre de 2010

Nº 58.267___________________

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Y GESTION TRIBUTARIAEDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO A

INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña Marta Álvarez-Requejo Pérez, como Vicesecretaria General de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz. HACE SABER: Que sobre los sujetos pasivos que a continuación se relacionan ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de Medina Sidonia:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosME005359............Santos Pacheco, Raquel .............................................44042463Q ..7326BMK ......RGC 152 .......60 .......0 Estas sanciones deberán hacerse efectivas hasta los 15 DÍAS HÁBILES siguientes a su firmeza. Para ello deberá dirigirse a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago, advirtiéndole que, transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto, en el Registro General del Ayuntamiento de Medina-Sidonia (Cádiz), sito en Plaza de España 1, indicando el nº de expediente. Asimismo podrán interponer RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados a partir el día siguiente al de la publicación de este Edicto, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente a sus intereses. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es Medina Sidonia, a veintinueve de noviembre de 2010

Nº 58.269___________________

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Y GESTION TRIBUTARIAEDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO A

INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA (ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Doña Marta Álvarez-Requejo Pérez, como Vicesecretaria General de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz HACE SABER: Que sobre los sujetos pasivos que a continuación se relacionan ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de Benalup-Casas Viejas:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Importe PBE04072 ..............Productos Inmob de la Costa Del Sol SL .................. B83772251 ..9095FLL ........LSV 9BIS ....180 .......0BE04308 ..............Venta Correro SA ....................................................... A11558657 ..8104CSY........LSV 9BIS ....120 .......0 Estas sanciones deberán hacerse efectivas en su importe pendiente de pago, dentro de los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación de la presente resolución. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago, advirtiéndole que, transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con los recargos e intereses legales correspondientes (Artículos 82.1 y 90 RDL 339/1990). Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 RDL 339/1990 y 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que dictó el acto, dirigido a: El Vicepresidente Tercero de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, y presentado en el Registro General del Ayuntamiento, sito en c/Cantera s/n - 11190 (Benalup - Casas Viejas), indicando el Nº DE EXPEDIENTE, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto. La interposición del Recuso de Reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. (Art. 82 RDL 339/1990.) Asimismo podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a

aquél en que deba entenderse desestimado el recurso de reposición. Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, de acuerdo con los artículos 8, 14.1 regla 2º y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá formular cualquier recurso que estime oportuno. En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es Benalup-Casas Viejas, a veintinueve de noviembre de 2010

Nº 58.324___________________

AREA DE HACIENDA, RECAUDACION Y PATRIMONIOSERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACION

Y GESTION TRIBUTARIAZONA DE CHIPIONA. OFICINA DE ROTA

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTOS DE IDENTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO A INFRACTORES A LOS

QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA(ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92)

Don MANUEL PEREZ SOTO, Jefe de la Oficina de Recaudación de ROTA. ZONA DE CHIPIONA. HACE SABER: Que el Instructor del procedimiento ha emitido edicto para notificar a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan que han sido denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de Rota:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosRO74216 ..............Kantrila SL ................................................................ B06254528 ..5432FVW ......RGC 171 .......80 .......0RO74222 ..............Lupo Sistraur SL ........................................................ B11677937 ..5840FMX.......RGC 171 .......80 .......0 De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.1 bis y 81.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, dispone como titular del vehículo denunciado, de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contados a partir de la publicación del presente edicto, para identificar al conductor responsable de la presunta infracción indicando el NOMBRE, DOMICILIO Y DNI y presentar copia de la autorización administrativa que habilite a la persona identificada para conducir en España. Este documento se sustituirá por la copia del contrato de arrendamiento suscrito, si se tratase de empresas de alquiler sin conductor. Dicho escrito deberá ser dirigido a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en el Registro General del Ayuntamiento de Rota, sito en Plaza España s/n, indicando el Nº DE EXPEDIENTE. EL INCUMPLIMIENTO DE DICHA OBLIGACIÓN DARÁ LUGAR A LA APERTURA DE UN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR NO PROCEDER A TAL IDENTIFICACIÓN Y SE LE SANCIONARÁ COMO AUTOR DE INFRACCIÓN MUY GRAVE CON UNA MULTA EQUIVALENTE AL DOBLE O EL TRIPLE, SEGÚN SU GRAVEDAD, DE LA PREVISTA PARA LA INFRACCIÓN ORIGINARIA (ARTÍCULO 67.2 RDL 339/1990).BONIFICACIÓN: Si la infracción no llevase aparejada pérdida de puntos, se podrá realizar el pago, durante VEINTE DÍAS NATURALES desde la publicación del presente edicto, beneficiándose de la reducción del 50% de la cuantía de la multa. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones y la firmeza de la sanción en vía administrativa, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL 339/1990). Rota, a uno de diciembre de 2010.

Nº 58.334___________________

AREA DE HACIENDA, RECAUDACION Y PATRIMONIOSERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACION

Y GESTION TRIBUTARIAZONA DE CHIPIONA. OFICINA DE ROTA

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO A INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA

(ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92) Don MANUEL PEREZ SOTO, Jefe de la Oficina de Recaudación de ROTA. ZONA DE CHIPIONA. HACE SABER: Que el Instructor del procedimiento ha emitido edicto para notificar a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan que han sido denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de Rota:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosROZ304304..........Afina Pentor Av SA ...................................................A79191656 ..5728GFS ........RGC 94 .........80 .......0RO71448 ..............Afisur SL .................................................................... B06123889 ..M7175ON ......RGC 91 .........80 .......0RO76934 ..............Aguera Carmona, Miguel ...........................................30436306S ..9274GNG.......RGC 94 .........80 .......0RO74111 ..............Aguilar Ortiz, Candido .................................................31626014 ..CA1088BJ .....RGC 94 .......200 .......0RO74488 ..............Alcon Cruz, Luis ....................................................... 79193852E ..1719CKH .......RGC 94 .......200 .......0RO73812 ..............Alcon Guerrero, Catalina..............................................28261235 ..8385CKL .......RGC 94 .........80 .......0RO74180 ..............Alutef SL ................................................................... B41194440 ..3276DPB .......RGC 94 .........80 .......0RO73702 ..............Alvarez Farelo, Laura ...................................................48908317 ..3317FBG .......RGC 91 .........80 .......0ROZ304805..........Amo Gonzalez, Urria Ismael ...................................... 13305858J ..MA5846CM...RGC 94 .........80 .......0ROZ304697..........Aparicio Fraga, Maria Milagrosa .................................52329979 ..8766GNH.......RGC 94 .........80 .......0RO74501 ..............Aparicio Jimenez, Francisco Javier ..............................32064674 ..0831DGF .......RGC 94 .......200 .......0RO71144 ..............Ardila Gueto, Maria Jose ..............................................25107863 ..4385DKJ ........RGC 94 .........80 .......0RO71073 ..............Ardila Gueto, Maria Jose ..............................................25107863 ..4385DKJ ........RGC 91 .......200 .......0RO72659 ..............Ardila Gueto, Maria Jose ..............................................25107863 ..4385DKJ ........RGC 94 .........80 .......0RO74151 ..............Arnaiz Becerra, David ...............................................28769359Q ..0782FVJ.........RGC 94 .........80 .......0ROZ304802..........Artesanias Mendivil SL ............................................. B62578471 ..9407BVN .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304115 ..........Asencio Macias, Laura ............................................. 48879188W ..1131FPW .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304647..........Astorga Leiro, Sandra ................................................ 53688957B ..2966DRB .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304011 ..........Barba Gomez, Antonio ............................................. 79253198M ..8901BTM.......RGC 94 .........80 .......0

Página 14 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 13 de diciembre de 2010

Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosRO70065 ..............Barba Roldan, Jesus....................................................52314044S ..1912GKT .......RGC 154 .....200 .......0RO72444 ..............Bautista Gomez, Joaquin ..............................................28472282 ..9358CVS .......RGC 154 .....200 .......0RO74551 ..............Becerra Bueno, Manuel Jesus.................................... 15413047B ..8233BGD .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304662..........Becerra Ortiz, Jose..................................................... 80005471V ..3779GSH .......RGC 94 .........80 .......0RO72755 ..............Benitez Dominguez, Jose .............................................31678546 ..B2715WY ......RGC 94 .......200 .......0ROZ304370..........Benitez Fraisse, Martina Carmen ..............................30971678Q ..6867FYL ........RGC 94 .........80 .......0RO73448 ..............Blanco Fernandez, Luis Angel ...................................32879220F ..9235GGT .......RGC 94 .......200 .......0RO70111 ..............Brabo Rosales, Guadalupe Geovanna .........................X4817767 ..1846DHS .......RGC 94 .......200 .......0ROZ304696..........Brea Romero, Angel .....................................................31602874 ..9780BKJ ........RGC 94 .........80 .......0RO72777 ..............Cabezudo Dura, Ana ..................................................52994994G ..4675GNF .......RGC 94 .......200 .......0RO74667 ..............Caceres Ruiz, Antonio ............................................... 28863870C ..SE3605BY .....RGC 94 .........80 .......0ROZ304334..........Calderon Acedos, Cristina ......................................... 46935388R ..9758DGL .......RGC 94 .........80 .......0RO74070 ..............Calderon Caceres, Domingo ...................................... 76224751Z ..6038BFV .......RGC 94 .........80 .......0RO74824 ..............Calleja Cervantes, Ana Ma ........................................24852919Q ..1294FHS ........RGC 94 .........80 .......0RO73867 ..............Calvo Gonzalez, Joaquin Miguel .................................52324820 ..4072BRC .......RGC 94 .......200 .......0ROZ305205..........Candel Lopez, De Sa Jose ............................................27296441 ..8925CVF .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304630..........Cara Cara, Martin Luis .............................................. 34850097Z ..3709CVV .......RGC 94 .........80 .......0RO74016 ..............Caraballo Merino, Maria ..............................................31332973 ..9822BXJ ........RGC 94 .........80 .......0RO74871 ..............Carpinteria Reyes SL ................................................. B11266418 ..8113CXK .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303804..........Carrasco Martin, Jose ...................................................31566089 ..9812DLF ........RGC 94 .........80 .......0RO71620 ..............Carrascosa Garcia, Ma Del Carmen ..........................27315644Q ..SE5259DV .....RGC 91 .........80 .......0RO74063 ..............Chacon Benitez, Lidia ...............................................32059445K ..6489GDL .......RGC 94 .........80 .......0RO74764 ..............Chamorro Salas, Isabel Maria ................................... 31721275C ..5226GGL .......RGC 94 .........80 .......0RO74425 ..............Cirugeda Parejo, Javier .............................................. 28908384Y ..2641DTF ........RGC 94 .......200 .......0RO76931 ..............Clemente Jimenez, Ana Maria .................................. 28343086W ..9952CZR .......RGC 94 .........80 .......0RO74888 ..............Cobaleda Proyectos De Inversion SL ........................ B84578202 ..1047DWG ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304724..........Colina Arreba, Armando ............................................13135902G ..8548DTH .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304069..........Collazos Chamorro, Jose Joaquin..............................50170692X ..1630GMB ......RGC 94 .........80 .......0ROZ305034..........Comercio Exterior Auxiliar SA .................................A28635233 ..3091GMJ .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304519..........Consoltur Turismo Y Ocio SL ................................... B72034598 ..0981GLR .......RGC 94 .........80 .......0RO71828 ..............Construcciones Hermanos Aguero SL ....................... B91022087 ..8216FLD ........RGC 94 .......200 .......0ROZ304041..........Copro Sistemas SL .................................................... B13303987 ..0886GJD ........RGC 94 .........80 .......0RO76695 ..............Corcoles Urban, Josefa ...............................................04614796F ..3272BJX ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304706..........Coto Pichaco, Jose Carlos ............................................31713221 ..1018BSP ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304565..........Cristobal Gonzalez, Alfonso ...................................... 75793611D ..0961CWV ......RGC 94 .........80 .......0RO75000 ..............Cruz Cruz, Francisca ................................................ 25320636M ..4441DGB .......RGC 94 .........80 .......0RO74665 ..............Dañino Gonzalez, Mercedes .........................................31652029 ..CA6616BT .....RGC 91 .......200 .......0ROZ304545..........De Arcos Rus, Maria Jose ..........................................28702099P ..6394DLD .......RGC 94 .........80 .......0RO72564 ..............De Los Santos Calvo, Nativ ....................................... 28872304J ..7495CKL .......RGC 171 .......80 .......0RO75186 ..............De Simon Milans Del Bosch, L ................................. 05363318V ..0938CJH ........RGC 91 .......200 .......0RO73910 ..............De Villemandy De La Mesniere, Pat .........................X6199899L ..6295GVG.......RGC 94 .......200 .......0ROZ304699..........Del Hierro, Fernandez Pedro ..................................... 50086020R ..4963CNN .......RGC 94 .........80 .......0ROZ305001..........Diaz Sanjuan, Jose Luis ............................................. 08919466C ..4748CSG .......RGC 94 .........80 .......0RO74090 ..............Diez Del, Rio Marta .....................................................31709181 ..0269CRH .......RGC 94 .........80 .......0RO74037 ..............Diez Martinez, Apolinar ............................................ 13031247E ..2945BWD ......RGC 154 .......80 .......0ROZ304657..........Dominguez Gonzalez, Pedro ..................................... 31658606A ..9582DNH.......RGC 94 .........80 .......0RO74799 ..............Doncaster SA .............................................................A78931243 ..2608FSR ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304627..........El Kattat, Abou El Kassem ...................................... X2870241W ..CA2884BG ....RGC 94 .........80 .......0ROZ304745..........Escobar Garcia, Juan Francisco ....................................28451714 ..0251BSR ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304679..........Esteban Santibañez, Luis Antonio ..............................07448228T ..5898FNN .......RGC 94 .........80 .......0RO70409 ..............Feijoo Gonzalez, Cristobal .........................................44134466L ..3108DPV .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304522..........Fernandez Alonso, Luis Miguel ................................51886791X ..5337DSR .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303789..........Fernandez Alvarez, Antonio .......................................31410739F ..CA7116AL .....RGC 94 .........80 .......0ROZ304364..........Fernandez Caparroz, Jesus ........................................ 28913071R ..9456DRW ......RGC 94 .........80 .......0RO74887 ..............Fernandez Fernandez, Virgilio ................................. 13547534M ..SE9154CY .....RGC 94 .........80 .......0ROZ304770..........Fernandez Jimenez, Rosa Maria ................................ 28640465Z ..4822FTY ........RGC 94 .........80 .......0RO75185 ..............Fernandez Lopez, Tomas ...........................................28564471N ..9755FMF .......RGC 94 .........80 .......0RO74069 ..............Fernandez Perea, Mario ..............................................31709287S ..5460DZG .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303990..........Fomento De Gestion Hispania Consultores SL ......... B81931198 ..6014DTY .......RGC 94 .........80 .......0RO75163 ..............Fontaneria Real SL .................................................... B11720612 ..1550BYZ .......RGC 94 .........80 .......0RO71758 ..............Franco Diaz, Gabriel ..................................................75764461T ..7909FBZ ........RGC 171 .......80 .......0RO73530 ..............Fuentes Almadana, Antonio........................................31327825P ..2018DVK.......RGC 94 .........80 .......0ROZ303946..........Fuentes Ramos, Remedios.........................................52310951G ..GC3538BV ....RGC 94 .........80 .......0RO74586 ..............Fuentes Zayas, Rocio.................................................45650688N ..6606BFG .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304542..........Galeano Hergueta, Javier Maria .................................08793812S ..BA1460AB ....RGC 94 .........80 .......0ROZ303958..........Galindo Aguero, Rafael .............................................53013848K ..M4042SJ ........RGC 94 .........80 .......0RO73642 ..............Galindo Rey, Gerardo Manuel ...................................52193887X ..5221DJD ........RGC 91 .........80 .......0RO74734 ..............Gallo Padilla, Abrahan Antonio .................................32059290G ..6184DVT .......RGC 94 .........80 .......0RO73864 ..............Garcia Abarquero, Berta ............................................ 12773141E ..3407FGP ........RGC 94 .......200 .......0ROZ305031..........Garcia Brea, Angel David.............................................28812817 ..0789FLP ........RGC 94 .........80 .......0RO73832 ..............Garcia Cornejo, Enrique ............................................75737008D ..3294FZX ........RGC 171 .......80 .......0ROZ304447..........Garcia Garcia, Marco Antonio ................................. 28605542M ..1270DTC .......RGC 94 .........80 .......0RO73980 ..............Garcia Jimenez, Dolores Del Rocio .............................48894968 ..8776GKM ......RGC 94 .........80 .......0ROZ303497..........Garcia Manjaron Toyos, Juan Manuel .......................34051930Q ..4499FKG .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304200..........Garcia Manzano, Alejandro ..........................................28746657 ..SE5854DL .....RGC 94 .........80 .......0ROZ303892..........Garcia Ortiz, Juana ..................................................... 31553483J ..2746BXD .......RGC 94 .........80 .......0RO73407 ..............Garcia Pacheco, Gilberto .............................................. 52311736 ..CA0498BN ....RGC 94 .........80 .......0RO73804 ..............Garcia Rodriguez, Roberto .........................................12746010P ..1526CJD ........RGC 94 .........80 .......0RO73523 ..............Garcia Romero, Fernando .........................................31724571G ..8557GBS .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304990..........Garcia Vazquez, Rosa Maria .....................................28342665H ..3665FZH ........RGC 94 .........80 .......0RO76937 ..............Gestion De Proyectos Inmobiliarios Alcores 2007 SL B91643577 .9112GRN .......RGC 94 .........80 .......0RO75203 ..............Gomez Fraga, Ma Dolores ........................................ 27899162R ..3234DZW ......RGC 91 .........80 .......0RO75292 ..............Gomez Fraga, Ma Dolores ........................................ 27899162R ..3234DZW ......RGC 171 .......80 .......0RO71601 ..............Gomez Jimenez, Maria Reyes ....................................28495581F ..6802GMC ......RGC 94 .........80 .......0RO73648 ..............Gomez Maldonado, Socorro .......................................52311659E ..3280GTY .......RGC 91 .........80 .......0RO72790 ..............Gonzalez Bernal, Antonio Jesus ................................ 44576067C ..3766FSB ........RGC 94 .........80 .......0ROZ303799..........Gonzalez Castellanos, Joaquin ...................................31333735F ..CA5112BP .....RGC 94 .........80 .......0RO75284 ..............Gonzalez Dueñas, Ana...............................................52663144K ..8452BSJ .........RGC 94 .........80 .......0RO76211 ..............Gonzalez Lara, Maria Carmen ...................................24730447L ..3196BTY .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304986..........Gonzalez Navarro, Maria Lourdes .............................15934492T ..1271BNX .......RGC 94 .........80 .......0RO74428 ..............Gonzalez Oca, Maria Del Carmen............................. 32854098R ..CA2740BF .....RGC 94 .........80 .......0RO74437 ..............Gonzalez Peña, Luis .................................................. 44778239E ..6500BJV ........RGC 94 .......200 .......0ROZ304733..........Gonzalez Rocha, Victor Manuel ................................74929743K ..0365CYW ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304395..........Gonzalez Ruiz, Jonathan ..............................................48888196 ..6550BSW .......RGC 94 .........80 .......0RO72626 ..............Gonzalez Tejera, David ................................................28759052 ..9389BSF ........RGC 94 .........80 .......0RO72546 ..............Grupo Empresarial Intereurpeo SA ...........................A79152914 ..5923BFD .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304752..........Guerra Gonzalez, Gregorio ....................................... 52269941A ..3872GWV ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304612..........Guerra Gonzalez, Gregorio ....................................... 52269941A ..3872GWV ......RGC 94 .........80 .......0RO74517 ..............Guerrero Olivero, Rosa ..............................................31622056T ..8668DMJ .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304208..........Guerrero Quesada, Jorge ..............................................34003436 ..8678GSM.......RGC 94 .........80 .......0RO74687 ..............Guillen Galan, Juan Miguel ..........................................31629897 ..1391BNH .......RGC 94 .........80 .......0RO73935 ..............Guillen Galan, Juan Miguel ..........................................31629897 ..7685BKW ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304138..........Guinaldo Galan, Dolores ...........................................31638453K ..CA7890BS .....RGC 94 .........80 .......0ROZ304705..........Gutdent SL ................................................................. B82488248 ..8113FPX ........RGC 94 .........80 .......0RO71536 ..............Gutierrez Herrera, Emilio .............................................28872545 ..3923BBM ......RGC 94 .........80 .......0

Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosROZ304300..........Gutierrez Perez, Antonia M .......................................29780412N ..6512BJM .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304518..........Hermoso Garcia, Hugo ............................................. 05267577W ..9838DGD.......RGC 94 .........80 .......0RO74885 ..............Hurtado Araujo, Juan ....................................................30243531 ..8077CCK .......RGC 94 .........80 .......0RO74438 .............. Ibañez Vidal, Carmelo ............................................... 52326742V ..8442FFF.........RGC 94 .........80 .......0ROZ304446.......... Imbert Francois, Philippe ......................................... X1993311Q ..3118GMT.......RGC 94 .........80 .......0ROZ304356.......... Itaca Asoc Defensa Naturaleza Medio Ambiente ......G29565579 ..2403FHC .......RGC 94 .........80 .......0RO74542 .............. Izquierdo Sanchez, Antonia ..........................................52310958 ..8178DYG.......RGC 94 .........80 .......0RO73725 .............. Izquierdo Valdera, Sergio ...........................................52317356S ..9601GWF ......RGC 91 .........80 .......0RO74427 .............. Jimenez Bernal, Sonia ............................................... 52314923C ..4595FFC ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304971.......... Jimenez Garcia, Ester ...................................................78970293 ..1778DJN ........RGC 94 .........80 .......0RO74982 .............. Jimenez Harana, Maria Rosa ........................................31655926 ..7482CJH ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304075.......... Jimenez Lopez, Estanislao......................................... 31331284V ..0902DWN ......RGC 94 .........80 .......0RO74452 .............. Jimenez Santana, Juan Antonio ................................ 34258919M ..9243DGG.......RGC 94 .........80 .......0RO72766 .............. Julia Olaeta, Javier Fco.................................................28620717 ..4269CBB .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304575..........Koch Felipe, Patrick .....................................................75785340 ..8853DRM ......RGC 94 .........80 .......0RO74093 ..............Laffargue Ep, Soler Isabelle Jea ............................... X5960438B ..3585FYF ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304773..........Lagomazzini Manga, Juan .........................................75847624H ..5761FVK .......RGC 94 .........80 .......0RO74602 ..............Lance Christopher, M .................................................. FA348655 ..3283GHP .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304616..........Lara Del, Rosal Maria Del Ca ...................................28889987D ..1444FDL ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304778..........Lastra Terry, Pedro.....................................................31299062H ..2038FWB.......RGC 94 .........80 .......0ROZ304055..........Lema Garcia, Julio..................................................... 32773686C ..5973GMR ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304693..........Lopez Bernal, Sebastian ............................................ 28576535R ..CA7752BC ....RGC 94 .........80 .......0ROZ304090..........Lopez Diaz, Jose Ramon ..............................................28478086 ..9608CXS .......RGC 94 .........80 .......0RO70270 ..............Lopez Gago, Antonio Jesus ..........................................31678694 ..5083DYN.......RGC 94 .........80 .......0RO74432 ..............Lopez Giraldez, Joaquin .................................................7530802 ..M4285YW .....RGC 94 .........80 .......0RO71075 ..............Lopez Medina, Beatriz Sabelly .................................X2476930Z ..3838CMZ.......RGC 91 .......200 .......0RO73765 ..............Lopez Pernia, Macarena ............................................45658690X ..1901DMX ......RGC 171 .......80 .......0ROZ304425..........Lopez Salado, M Auxiliadora ................................... 34046281W ..3937FKX .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304241..........Lopez Sanchez, Concepcion .......................................28566364L ..7273FCK .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304953..........Lopez Sanchez, Leopoldo ......................................... 28781875C ..1887DYB .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304993..........Lopez Soto, Jose Luis ................................................ 75417390E ..0865BWK ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304959..........Losa Cruces, Francisco Antonio ................................28861031X ..5313FKN .......RGC 94 .........80 .......0RO72568 ..............Lozano Marin, Maria Carmen ................................... 52322701R ..4268DNS .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304548..........Lozano Rodriguez, Bibiana ..........................................31704986 ..3260DSC .......RGC 94 .........80 .......0RO76124 ..............Macias De La Rosa, Maria Marg...............................05366169Q ..9858BNF .......RGC 94 .........80 .......0RO76921 ..............Macrina Pein, Andres Gerardo .................................. 53589196R ..2116BYJ ........RGC 94 .........80 .......0RO75211 ..............Madero Garfias, Rocio..................................................75151559 ..1226CXD .......RGC 94 .......200 .......0ROZ304283..........Majuelos Martos, Adamo ...........................................31858488S ..3327BMD ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304977..........Majuelos Martos, Adamo ...........................................31858488S ..3327BMD ......RGC 94 .........80 .......0RO73942 ..............Manso Dopico, Ruben Mariano ...................................53580348 ..7862CDM ......RGC 94 .......200 .......0ROZ304195..........Mantaras Menchen, Jose Miguel ..................................31663920 ..9966DJV ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304366..........Mantecon Vargas, Juan Antonio .................................28669906S ..SE9940DF .....RGC 94 .........80 .......0RO69486 ..............Marin Garcia, Maria Eugenia .....................................52338532P ..1658BGN .......RGC 94 .........80 .......0RO74928 ..............Market Leader Hispania SL ....................................... B82339433 ..9772CWJ .......RGC 94 .......200 .......0ROZ303835..........Marquez Bermejo, Pedro ............................................31534617F ..3458BTW ......RGC 94 .........80 .......0RO71555 ..............Martin Caballero, Inmaculada ...................................52286263H ..9560CTY .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303474..........Martin Caceres, Roberto ...............................................31668131 ..CA5950BD ....RGC 94 .........80 .......0ROZ304312..........Martin Gomez, Enrique ................................................50536438 ..9218GNT .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304244..........Martin Lopez, Ramon ................................................ 05919373R ..2201CYK .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304128..........Martin Perez, Javier ................................................... 31730705C ..0957FNP ........RGC 94 .........80 .......0RO71696 ..............Martinez Acosta, Gustavo ........................................ X7319670N ..8593FKT ........RGC 171 .......80 .......0ROZ304906..........Martinez Garcia, Ignacio ............................................27475800T ..3640GLB .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304079..........Martinez Infante, Maria Pilar .....................................31326203L ..5057CKM ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304459..........Martinez Niño, David ................................................52333439K ..8547BFY........RGC 94 .........80 .......0RO70674 ..............Martino Curiel, Enrique Alexis .................................28730468H ..9386GSC .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304331..........Martos Pascual, Juan Antonio ....................................28861021T ..4459DRL .......RGC 94 .........80 .......0RO73936 ..............Mateo Yañez, Cristina................................................72087921X ..7067GHT .......RGC 94 .........80 .......0RO73952 ..............Mateos De La Calle, Consuelo .....................................31498224 ..4971BDZ .......RGC 94 .........80 .......0RO76694 ..............Mesa Amado, Ramon ...................................................32643022 ..8053CLK .......RGC 94 .........80 .......0RO74094 ..............Miralpeix Alonso, Sergio ........................................... 13137992R ..1939DKB .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303834..........Moerman Frank, Lucien ............................................X3339392E ..8415CML .......RGC 94 .........80 .......0RO71772 ..............Molina Diaz, Maria Del Carmen ................................28882074P ..2681FZZ ........RGC 94 .......200 .......0ROZ304437..........Montajes Electricos Lopez Diaz SL .......................... B41477548 ..4574GJT ........RGC 94 .........80 .......0RO75091 ..............Montesdeoca Vasconez, Luis Eduardo ..................... X5272308H ..MU4379BK ...RGC 94 .........80 .......0RO76917 ..............Mora Leyton, Luis Manuel De ..................................31631093K ..CA4831BM ...RGC 94 .........80 .......0RO74700 ..............Morales Santias, Javier ..............................................21472973N ..2376DGJ ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304233..........Morato Gonzalez, M Inmaculada ..............................46675919H ..5913GRN .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304840..........Moreno Ramos, Alicia ...............................................28758666H ..5211GDF .......RGC 94 .........80 .......0RO70195 ..............Moreno Romero, Miguel ........................................... 08672170C ..6919GVN.......RGC 94 .........80 .......0RO76563 ..............Moreno Vedia, Vicente ..............................................31328663H ..3054BZD .......RGC 94 .........80 .......0RO76247 ..............Muñoz Valderas, Manuel ........................................... 31609354V ..1749GSB .......RGC 94 .........80 .......0RO75094 ..............Murga Alvarez, Ma Josefa ..........................................77533468P ..3131FHF ........RGC 94 .........80 .......0RO76938 ..............Murga Alvarez, Ma Josefa ..........................................77533468P ..3131FHF ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304985..........Navarro Moreno, Jose Raul ...................................... X3640320H ..1690CLK .......RGC 94 .........80 .......0RO74552 ..............Niño Lopez, Antonio Jose ............................................52314976 ..5250GJD ........RGC 94 .........80 .......0ROZ303809..........Ntra Sra De La Amargura Sdad Coop Andaluza ........F11467198 ..CA3790BL .....RGC 94 .........80 .......0ROZ303833..........Oancea , Florin ......................................................... X9390231K ..5173CWP .......RGC 94 .........80 .......0RO72530 ..............Ojeda Mena, Yolanda ................................................44956571N ..4413FDK .......RGC 91 .........80 .......0ROZ304140..........Olivares Garcia, Miriam .............................................51985884L ..7503GSL ........RGC 94 .........80 .......0RO74800 ..............Orive Rubio, Maria Angeles ......................................32544090X ..0435GND.......RGC 94 .........80 .......0RO75297 ..............Ors Lozano, Alejandro Jose ........................................48881126P ..6161CMM .....RGC 94 .......200 .......0RO74415 ..............Ortega Quintanilla, Maria Aranzazu.............................31334598 ..7508FSR ........RGC 94 .........80 .......0RO73413 ..............Ortiz Romero, Maria Del Mar ................................... 28621355V ..9585FGT ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304690..........Ortiz Seijas, Maria ..................................................... 01186159A ..6328FDL ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304161..........Osborne Osborne, Santiago ..........................................44960746 ..7687DKM ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304730..........Paez Fernandez, Jose ................................................. 24778808B ..1225GCW ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304031..........Paez Fernandez, Jose ................................................. 24778808B ..1225GCW ......RGC 94 .........80 .......0ROZ303793..........Pajuelo Liaño, Maria Belen ..........................................31689418 ..4561FMM ......RGC 94 .........80 .......0RO70064 ..............Palacios Jimenez, Alvaro Andres ............................. X4078165N ..M8216VF.......RGC 91 .........80 .......0RO73446 ..............Palacios Jimenez, Alvaro Andres ............................. X4078165N ..M8216VF.......RGC 94 .......200 .......0RO74964 ..............Palo Tiburcio, Jesus ...................................................80076881N ..4663DCC .......RGC 94 .......200 .......0ROZ304905..........Palomares Bustos, Diego ........................................... 05679364C ..7306FCZ ........RGC 94 .........80 .......0RO75156 ..............Panal Carrasco, Ana Maria ........................................75789196X ..7343DDV .......RGC 94 .......200 .......0RO74654 ..............Parra Galan, Ricardo ................................................ 48480552W ..4996FNZ ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304568..........Parra Gonzalez, Raul .................................................50187093N ..9315DHV .......RGC 94 .........80 .......0RO75561 ..............Parra Mateo, Loida .................................................... 32083364C ..CA5780BL .....RGC 94 .......200 .......0ROZ304980..........Pecellin Gil, Sheila Maria..........................................28486321Q ..7563CTZ ........RGC 94 .........80 .......0RO71548 ..............Pera De La Vara, Ignacio Te ......................................28602657H ..4126DWR ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304020..........Perez Barroso, Francisco ............................................28347347P ..6784CXR .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304235..........Perez Bernal, Alvaro ..................................................28754564X ..2080CLW .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303875..........Perez Blanco, Rocio .................................................. 52336172V ..2966DMP .......RGC 94 .........80 .......0RO74106 ..............Perez Enriquez, Maria Del Valle ..................................31662280 ..4039DVR .......RGC 94 .......200 .......0ROZ304865..........Perez Fernandez, Jose Antonio .................................. 31596198V ..4376BLM.......RGC 94 .........80 .......0ROZ303813..........Perez Garcia, Francisco Javier ...................................31649357T ..9563BHR .......RGC 94 .........80 .......0RO76954 ..............Perez Jofre De Ville, Federico ...................................47020680D ..9540GTY .......RGC 94 .........80 .......0

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 15

Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosRO73632 ..............Perez Mateos, Jesus ................................................... 31654138C ..2748CGB .......RGC 94 .........80 .......0ROZ305202..........Perez Medina, Adoracion ......................................... 23692857M ..4436BZF ........RGC 94 .........80 .......0RO72753 ..............Perez Patino, Gonzalo ............................................... 30661253E ..6125DMS.......RGC 94 .........80 .......0ROZ304416..........Perez Rosa, Jose ...........................................................31599675 ..7535CWB ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304610..........Pineda Bascon, Barbara .............................................14316989H ..4659DDP .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303773..........Placencia Porrero, Alberto ......................................... 05369525Z ..M3747ZU ......RGC 94 .........80 .......0RO76697 ..............Plata Rodriguez, Jose Alejandro ...................................31681441 ..2054FTG ........RGC 94 .........80 .......0RO71275 ..............Ponce Trujillo, Francisco ...........................................20062412H ..8448FBH .......RGC 94 .........80 .......0RO76572 ..............Porrua Avila, Alfonso ...................................................31694258 ..3901CKF .......RGC 94 .........80 .......0RO74208 ..............Postigo Perez, Jose Manuel .......................................28874296G ..9407GBC .......RGC 171 .......80 .......0RO73795 ..............Prado Molina, Ma Montserrat ................................... 05390429B ..M4973ZN ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304744..........Prado Rey, Baltar Teresa........................................... 16032293M ..9257GLN .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303938..........Prieto Garcia, Jesus ......................................................27315443 ..6749CXL .......RGC 94 .........80 .......0RO71450 ..............Prieto Isla, M Concepcion ..........................................09677549T ..H5702W .........RGC 91 .........80 .......0ROZ305022..........Promociones Y Construcciones Hugo 2005 SLU...... B11820685 ..0252FHS ........RGC 94 .........80 .......0RO76696 ..............Quesada Cuevas, Jose .................................................31332279T ..3648DCG .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304766..........Quintero Rodriguez, Daniel....................................... 48887925E ..CA9575BJ .....RGC 94 .........80 .......0ROZ304839..........Quiros Robles, Moises..................................................31656560 ..5286BCJ ........RGC 94 .........80 .......0RO75018 ..............Racionero Mayo, Ramon ...........................................03088472D ..7365CPS ........RGC 154 .......80 .......0RO74765 ..............Ramirez Garrido, Rosario .............................................31629949 ..1091BGF .......RGC 94 .........80 .......0RO71852 ..............Ramos Grande, Enrique Javier .................................. 11794066B ..M2612VS.......RGC 94 .........80 .......0ROZ304891..........Ramos Millan, Antonio ................................................31219934 ..1557DGC .......RGC 94 .........80 .......0RO74545 ..............Ramos Rivera, Francisco De Paula .......................... 14327001W ..5266FSG ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304595..........Raposo Vidal, Jose ..................................................... 31314733A ..7193CCP ........RGC 94 .........80 .......0RO74514 ..............Recondo Eceiza, Jose Maria ......................................15931966G ..6622GFH .......RGC 171 .......80 .......0RO75334 ..............Recreativos J Rivadulla e Hijos SL ........................... B11441961 ..CA6761BM ...RGC 91 .......200 .......0RO73710 ..............Reguera Lopez, De Soria Fernando..............................75407328 ..0704DXN.......RGC 91 .........80 .......0ROZ303761..........Representaciones Obregon CB .................................. E82597394 ..0493FNR .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303751..........Rey Vaño, Francisco De Asis .....................................51089976F ..8015CWL ......RGC 94 .........80 .......0RO75028 ..............Rincon Bea, Ignacio ...................................................32086119S ..9212FFB ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304869..........Rivas Muñoz, Miguel Angel...................................... 47007475Y ..0625DGG.......RGC 94 .........80 .......0RO72421 ..............Roa Caraballo, Cecilia ............................................... 31327164Z ..7219CDP........RGC 94 .........80 .......0RO73845 ..............Rodrigo Rodriguez, Jose Ignacio ...............................16017622P ..4037CWJ .......RGC 94 .........80 .......0RO75440 ..............Rodriguez Bajera, Juan Manuel .................................75852290S ..CA9293AZ ....RGC 91 .........80 .......0RO74820 ..............Rodriguez Bajera, Juan Manuel .................................75852290S ..CA9293AZ ....RGC 94 .......200 .......0RO69481 ..............Rodriguez Flores, Jose Antono ................................... 28623145J ..0718DVM ......RGC 154 .....200 .......0RO74026 ..............Rodriguez Herrera, Miguel Angel ................................52333544 ..CA2207BL .....RGC 94 .........80 .......0ROZ304669..........Rodriguez Ramon, Miguel Fernando ........................12372877G ..9388FFX ........RGC 94 .........80 .......0RO70393 ..............Rodriguez Rodriguez, Maria Teresa .............................23477090 ..CA8652BJ .....RGC 94 .......200 .......0RO71492 ..............Rodriguez Rubio, Julian ............................................31997894H ..7849FRJ .........RGC 94 .........80 .......0RO77030 ..............Rodriguez Salvatierra, Edgar Manuel ............................3851965 ..CA4468AN ....RGC 94 .......200 .......0ROZ304756..........Rojas Vera, Juan Francisco ........................................ 25104430E ..7534FBM .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304785..........Rojas Vera, Juan Francisco ........................................ 25104430E ..7534FBM .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304157..........Rojas Vera, Juan Francisco ........................................ 25104430E ..7534FBM .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304870..........Rojas Vera, Juan Francisco ........................................ 25104430E ..7534FBM .......RGC 94 .........80 .......0RO74773 ..............Rojo Serrano, Maria Angeles .......................................52320091 ..7732BDN .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303787..........Roman Bazan, Miguel ................................................31591140L ..6024DDM ......RGC 94 .........80 .......0ROZ304387..........Romera Llorente, Jesus .............................................00797633Q ..4227FWR.......RGC 94 .........80 .......0RO75114 ..............Romero Borrego, Rocio............................................. 48879933B ..1592FBB ........RGC 94 .........80 .......0ROZ304479..........Romero Gonzalez, Rafael .......................................... 31513361A ..0423CPJ .........RGC 94 .........80 .......0ROZ304929..........Romero Rios, Manuel ...................................................31614843 ..CA2251BG ....RGC 94 .........80 .......0RO72437 ..............Romero Torres, Inmaculada ...................................... 28792648Y ..8650DNB .......RGC 91 .......200 .......0ROZ304790..........Rosendo Gonzalez, Juan Antonio ...............................52277352P ..0544FHL ........RGC 94 .........80 .......0RO72666 ..............Rotlan Business ......................................................... B97975908 ..4099GWR ......RGC 94 .......200 .......0ROZ303900..........Rua Gomez, Ana Maria ..............................................31738896T ..6015DFD .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303985..........Ruffino Moreno, Daniel............................................. 05677774V ..4242GVM ......RGC 94 .........80 .......0RO74967 ..............Ruiz Fernandez, Rafael ................................................28863085 ..7693DLZ .......RGC 94 .......200 .......0RO72842 ..............Salas Briceño, Leonard Enrique ............................... X8350125K ..5179GNR .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304703..........Salas Mejias, Francisco Javier ......................................31845874 ..5856DLJ ........RGC 94 .........80 .......0RO73896 ..............Salguero Gutierrez, Arturo ........................................28487959K ..8141DND.......RGC 171 .......80 .......0RO73806 ..............Samadi Samadi, Hanan ...............................................53479148P ..0425DND.......RGC 94 .........80 .......0RO74033 ..............Sanchez Alcedo, Ildefonso .........................................48886369F ..4047FLJ .........RGC 171 .......80 .......0RO74823 ..............Sanchez Cepeda, Ivan Allinson ................................ X8149058C ..8107CFZ ........RGC 94 .......200 .......0RO74108 ..............Sanchez Franco, Yolanda ...........................................46406221H ..B7762WT ......RGC 94 .......200 .......0RO75227 ..............Sanchez Garcia, Isabel................................................76106509S ..3461CNK .......RGC 94 .........80 .......0RO75134 ..............Sanchez Ramos, Maria Del Carmen ...........................31613381L ..SE3714DC .....RGC 159 .....200 .......0ROZ304435..........Sanjuan Chia, Rafael .................................................. 75341136J ..SE0485DG .....RGC 94 .........80 .......0RO73635 ..............Santacruz Morales, Raquel Nelly ..............................45476789Q ..7318CXR .......RGC 94 .........80 .......0RO72578 ..............Santiago Ortiz, Juan.................................................. 28447690W ..8329CMS .......RGC 94 .......200 .......0RO74955 ..............Santos Vera, Eva Maria ..............................................52299937F ..7404BWF.......RGC 94 .........80 .......0ROZ304609..........Sanz Jodra, Jesus ........................................................51438852L ..1122GFT ........RGC 94 .........80 .......0RO74098 ..............Seoane Fernandez, Rosa Maria .................................28730390D ..9991DWK ......RGC 94 .......200 .......0RO74509 ..............Serrano Ramos, Antonio ...............................................31313666 ..0926BRX .......RGC 94 .........80 .......0RO73774 ..............Sevilla Pinto, Maria Carmen ...................................... 50289973J ..4333GKP .......RGC 94 .......200 .......0RO76558 ..............Sibajas Vega, Jose Luis .................................................31658455 ..4817CZH .......RGC 91 .......200 .......0ROZ304265..........Sierra Benayas, Beatriz ..............................................11843113E ..4519FGX .......RGC 94 .........80 .......0RO71491 ..............Siglo Veintiuno A Color SL ....................................... B91091330 ..4647DBZ .......RGC 94 .........80 .......0RO75351 ..............Silva Merchante, Francisco Manuel .............................45658229 ..SE3375DV .....RGC 94 .......200 .......0RO73820 ..............Sistemas De Logisticas Ma C S SL ........................... B11853561 ..8912GCS .......RGC 94 .......200 .......0RO74600 ..............Sociedad Familiar Deestaciones De Servicios S ....... B91291575 ..4453CSD .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304165..........Solis Lomeña, Jose Antonio ..................................... 27346059W ..6832FMD.......RGC 94 .........80 .......0RO73900 ..............Solum Factor Urbano SL ........................................... B91265371 ..6051FDZ ........RGC 94 .........80 .......0RO74998 ..............Sousa Hidalgo, Maria Del Rocio ............................... 45659348R ..9551FGR .......RGC 94 .......200 .......0RO70374 ..............Suarez Jimenez, Manuel ...............................................32071727 ..7483BFB ........RGC 94 .......200 .......0RO71553 ..............Suarez Pozo, Eva ..........................................................52692134 ..4368BXV .......RGC 94 .........80 .......0RO74771 ..............Suarez Ruiz, Maria Del Mar ...................................... 47005191E ..M7111WN .....RGC 94 .........80 .......0RO76074 ..............Technical Means For Const ....................................... B91804658 ..2614GVR .......RGC 94 .........80 .......0ROZ303891..........Temblador Puerto, Lisardo ........................................31705360K ..CA5184AX ....RGC 94 .........80 .......0RO70299 ..............Tinoco Alvarez, Victor Hugo .................................... X8492306Q ..C4756BSF .....RGC 91 .......200 .......0ROZ304859..........Torres Acemel, Francisco Javier ...................................28905384 ..4098BSL ........RGC 94 .........80 .......0RO74826 ..............Toscano Contreras, Magola .......................................53589227D ..7238FVZ ........RGC 94 .........80 .......0RO71317 ..............Triano Mora, Jorge Antonio ...................................... 52691499V ..SE1156CY .....RGC 94 .........80 .......0ROZ303458..........Utrera Pavon, Severiano ............................................ 74239503B ..3651CBL........RGC 94 .........80 .......0ROZ303966..........Utrera Pavon, Severiano ............................................ 74239503B ..3651CBL........RGC 94 .........80 .......0ROZ304177..........Van Bruggen, Bruggen Assien ................................. X5976049M ..9713DJM .......RGC 94 .........80 .......0RO74674 ..............Vargas Monge, Jose ......................................................31607969 ..1483FNB .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304547..........Vargas Ramos, Francisco Miguel .............................. 43115291C ..4182DJP .........RGC 94 .........80 .......0ROZ304045..........Vazquez Garcia, Joaquin Alberto .................................25098699 ..2928CTM.......RGC 94 .........80 .......0RO73646 ..............Vazquez Toro, Jesus Maria ...........................................75869308 ..5679CTH .......RGC 91 .........80 .......0RO71856 ..............Verrall , John Elliot .................................................... X2367219J ..3067DSD .......RGC 94 .........80 .......0RO74748 ..............Vetalengua SL ............................................................ B91176685 ..0579FHB .......RGC 94 .........80 .......0ROZ304935..........Viajes Robison SL ..................................................... B91229963 ..0501FMH.......RGC 94 .........80 .......0ROZ304216..........Viajes Robison SL ..................................................... B91229963 ..0501FMH.......RGC 94 .........80 .......0RO74444 ..............Vidal Galvez, Juan ..................................................... 28577057V ..0494GRR .......RGC 94 .........80 .......0RO74462 ..............Villaverde Vargas, Isaac ............................................32059578Q ..CA6045BL .....RGC 91 .........80 .......0

Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosRO74463 ..............Villaverde Vargas, Javier ..............................................31705591 ..8728DWS ......RGC 91 .........80 .......0ROZ304997..........Vital Robles, Manuel Ignacio .....................................52332506P ..1080BYF .......RGC 94 .........80 .......0RO71755 ..............Wok Jerez SL ............................................................. B72031503 ..7882FFZ ........RGC 94 .......200 .......0ROZ304604..........Zuñiga Lopez, Rosario .............................................. 31657188B ..8098CKX .......RGC 94 .........80 .......0 De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.1 bis y 81.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, dispone como titular del vehículo denunciado, de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contados a partir de la publicación del presente edicto, para identificar al conductor responsable de la presunta infracción indicando el NOMBRE, DOMICILIO Y DNI y presentar copia de la autorización administrativa que habilite a la persona identificada para conducir en España. Este documento se sustituirá por la copia del contrato de arrendamiento suscrito, si se tratase de empresas de alquiler sin conductor. En el caso de que el titular, arrendatario o conductor habitual no indicase quien es el conductor responsable de la infracción, se entenderá que asume la responsabilidad de la infracción en los supuestos señalados en el artículo 69 RDL 339/1990. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la apertura de un expediente sancionador por no proceder a tal identificación y se le sancionará como autor de infracción muy grave con una multa equivalente al doble o el triple, según su gravedad, de la prevista para la infracción originaria 8Artículo 67.2 RDL 339/1990). Asimismo se les informa de que tiene un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto para presentar alegaciones, y proponer las pruebas que estime oportunas para su defensa dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en el Registro General del Ayuntamiento de Rota, sito en Plaza España s/n, indicando el Nº DE EXPEDIENTE. BONIFICACIÓN: Durante VEINTE DÍAS NATURALES desde la publicación del presente edicto, se podrá beneficiar de la reducción del 50% de la cuantía de la multa. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones, la firmeza de la sanción en vía administrativa y la detracción de puntos, en su caso, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL339/1990). De no efectuar alegaciones ni hacer ni abonar el importe de la multa en el plazo indicado en la denuncia, si se trata de las infracciones contenidas en el artículo 81.5 RDL339/1990, surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, es decir, se tendrá por concluido el expediente sin necesidad de dictar resolución expresa y se podrá ejecutar la sanción transcurridos TREINTA DÍAS NATURALES desde la notificación de esta denuncia. Para el resto de infracciones, se dictará resolución expresa que, una vez notificada, podrá ser ejecutada a partir del día siguiente al de dicha notificación (Artículo 82.1 RDL 339/1990). En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es Rota, a uno de diciembre de 2010

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AREA DE HACIENDA, RECAUDACION Y PATRIMONIOSERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACION

Y GESTION TRIBUTARIAZONA DE CHIPIONA. OFICINA DE ROTA

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DENUNCIAS DE TRÁFICO A INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA

(ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92) Don MANUEL PEREZ SOTO, Jefe de la Oficina de Recaudación de ROTA. ZONA DE CHIPIONA. HACE SABER: Que el Instructor del procedimiento ha emitido edicto para notificar a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan que han sido denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de Rota:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosRO76379 ..............Tecnica De Riegos Y Fertilizantes SA ....................... A11603933 ..9798GFW ......LSV 9bis .....160 .......0RO76970 ..............Tecnica De Riegos Y Fertilizantes SA ....................... A11603933 ..9798GFW ......LSV 9bis .....160 .......0 Se les informa que tienen un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto para presentar alegaciones, y proponer las pruebas que estime oportunas para su defensa dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en el Registro General del Ayuntamiento de Rota, sito en Plaza España s/n, indicando el Nº DE EXPEDIENTE. Para realizar el abono de la denuncia se deberá dirigir, dentro de los VEINTE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación de la presente resolución, a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago. El pago implica la renuncia a formular alegaciones y la firmeza de la sanción en vía administrativa, desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago (Artículo 80 RDL 339/1990). El abono con la bonificación del 50 por ciento, no es aplicable a las infracciones comprendidas en los artículos 65.5 h), 65.5 j) y 65.6 del RDL 339/1990. (Art. 79 RDL 339/1990). De no formular alegaciones ni hacer efectivo el importe de la denuncia propuesta antes de la fecha límite indicada, se dictará resolución sancionadora, que pondrá fin a la vía administrativa y se podrá ejecutar desde el día siguiente a aquel en que se notifique al interesado. Art. 82 RDL 339/1990. Rota, a uno de diciembre de 2010

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Página 16 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 13 de diciembre de 2010

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Y GESTION TRIBUTARIAZONA DE CHIPIONA. OFICINA DE ROTA

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SANCIONES DE TRÁFICO A INFRACTORES A LOS QUE NO HA SIDO POSIBLE EFECTUÁRSELA

(ARTS. 59.5 Y 61 DE LA LEY 30/92) Don MANUEL PEREZ SOTO, Jefe de la Oficina de Recaudación de ROTA. ZONA DE CHIPIONA. HACE SABER: Que el Secretario General del Ayuntamiento de Rota, ha emitido edicto para notificar que ha recaído resolución sancionadora por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan:Expte Nombre DNI Matrícula N Infringida Imp PtosRO77154 ..............Alvarez Guirado, Jose Maria ..................................... 28812099E ..6148DDP .......RGC 94 .........80 .......0RO70771 ..............Benitez Mateos, Alfonso ...........................................34033742K ..SE3455DH .....RGC 94 .......200 .......0RO74857 ..............Borreguero Alvarez, Sergio ..........................................34008400 ..1078BPN .......RGC 94 .........80 .......0RO73412 ..............Casais Alonso, Noelia .................................................71889543F ..9103GTG .......RGC 94 .........80 .......0RO75533 ..............Cornejo Fernandez, Juan Antonio ................................31593273 ..3968DLV .......RGC 94 .......200 .......0RO73658 ..............Fuentes Caballero, M Consolacion.............................52312012F ..0630BWC ......RGC 94 .......200 .......0RO67477 ..............Golosinas Alba SL ..................................................... B11462710 ..8215BSG .......LSV 9bis .....450 .......0RO64956 ..............Molino San Jeronimo SL ........................................... B11717519 ..5628GLV .......LSV 9bis .....450 .......0RO76101 ..............Periñan Tamariz Martel, Luis .....................................44038510L ..9014DPT ........RGC 91 .........80 .......0RO70081 ..............Pico Borrero, Gloria ................................................. 28812447W ..0644FCW .......RGC 94 .......200 .......0RO69892 ..............Pineda Navarro, Manuel .............................................44604513S ..8173GPJ.........RGC 94 .........80 .......0RO69758 ..............Salguero Dominguez, Maria Del Carmen ..................52337282T ..CA4959BB ....RGC 94 .......200 .......0 Estas sanciones deberán hacerse efectivas en su importe pendiente de pago, dentro de los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación de la presente resolución. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del SPRyGT de la Excma.

Diputación Provincial de Cádiz y solicitar el documento de pago, advirtiéndole que, transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con los recargos e intereses legales correspondientes (Artículos 82.1 y 90 RDL 339/1990). Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82 RDL 339/1990 y 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen Local, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que dictó el acto, en el Registro General del Ayuntamiento de Rota, sito en Plaza España s/n, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto. La interposición del Recuso de Reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. (Art. 82 RDL 339/1990.) Asimismo podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que deba entenderse desestimado el recurso de reposición. Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, de acuerdo con los artículos 8, 14.1 regla 2º y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá formular cualquier recurso que estime oportuno. En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es Rota, a uno de diciembre de 2010

Nº 58.350

ADMINISTRACION LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO El Delegado General de Seguridad Ciudadana mediante Decreto de fecha 11/11/2010, ha adoptado la siguiente resolución al objeto de que se proceda a publicar anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del ultimo domicilio conocido de los infractores, con el texto que a continuación se menciona, al objeto de proceder a la notificación de determinados actos en los expedientes administrativos cuyos datos se adjuntan en el anexo que el presente incorpora: ANUNCIO En este Excmo. Ayuntamiento de San Fernando, se sigue procedimiento sancionador, derivado de denuncias formuladas por los agentes de la Policia Local, como consecuencia de infracciones a las siguientes normas: Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía (en adelante Ley 7/2006) / Ley Orgánica 1/92, de 21 de Febrero sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (en adelante Ley 1/92) / Real Decreto 137/1993 de 29 de Enero Reglamento de Armas (en adelante R.D 137/1993) contra los denunciados que en Anexo al presente se detallan. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E 2825, de 27 de noviembre de 1.992), se notifica a las personas físicas y jurídicas que figuran en el anexo del presente Edicto, los siguientes actos administrativos según proceda: Providencia Iniciación de Expediente Sancionador / Propuesta de resolución/Resolución sancionadora que en éste se citan y que se encuentran en el Negociado Administrativo de la Jefatura de la Policía Local de este Excmo. Ayuntamiento de San Fernando. Las notificaciones se efectúan mediante el presente Anuncio ya que no se ha podido realizar personalmente, bien porque se desconoce el domicilio actual de los interesados o bien ausencia de éstos en el momento de la notificación, y una vez efectuadas comprobaciones en aras a intentar la notificación personal a los interesados con los medios que esta administración dispone a su alcance. Dependiendo de cual sea el acto administrativo que se indica en el anexo que se adjunta para cada denunciado, se le notifica las alegaciones/recursos que podrán interponer:1.- Providencia de inciación de expediente / Propuesta de Resolución: Se concede un plazo de QUINCE DÍAS, contados a partir del siguiente al de la esta publicación, dentro del cual podrá realizar las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estime oportuno, de conformidad con lo dispuesto en el art. 84 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, considerándose la iniciación propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del R.D 1398/1993, caso de no alegar en el plazo concedido para ello.2.- Resolución sancionadora: Si la resolución sancionadora no agota la via administrativa serán de aplicación los recursos que más abajo se mencionan, caso de que la agote solo serán de aplicación los recursos mencionados en los apartados 2º y 3º :1º.- Potestativo-Reposición ante esta Alcaldía-Presidencia en el plazo de UN MES, desde esta notificación (artº 116.1 de la Ley 4/99 de Modificación de la Ley 30/92 de 26 de noviembre).2º.- Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Cádiz [será Juzgado competente o Tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio (Regla SEGUNDA de las contenidas en el art. 14.1)], conforme a lo dispuesto en el art. 109. a), de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de R. J. de las A. P. y del P. A. C. y Art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.3º.- Cualquier otro que crea conveniente. (art. 58.2 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, Reguladora del R. J. de las A. P. y del P. A. C.). La interposición del recurso no suspende la exacción municipal, si está pendiente de pago, continuándose con el procedimiento de exacción por vía ejecutiva si la denuncia no fuese abonada en periodo voluntario, con lo que podrá verse incrementado con el recargo del 20% por apremio. FORMA DE PAGO: La sanción podrá ser abonada:1.- Directamente en efectivo en las Oficinas de la Tesorería Municipal del Excmo. Ayuntamiento de San Fernando, sita en Avda. San Juan Bosco, nº 46-A 11.100 San Fernando (Cádiz)2.- Mediante giro postal dirigido a la dirección antes mencionada, haciendo constar en el epígrafe TEXTO, la fecha de la denuncia, el número del expediente y el nombre del denunciado. San Fernando a viernes, 11 de noviembre de 2010. LA SECRETARIA GENERAL. LA OFICIAL MAYOR (Decreto 06/07/07), Fdo.: Mª del Pilar Núñez de Prado Loscertales.Ejercicio/ Fecha Fecha del Acto ArtículoExpediente D.N.I Denunciado denuncia Administrativo Acto Administrativo Norma Infringido Importe2.010.... 1.140 ...........01654913V ......EL GHOULIMI SAID ........................................... 12/02/10 ................ 23/02/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros LUIS MILENA 6 1 5C E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.141 ...........49559626P ....... JUAN MANUEL TORRADO JIMENEZ ............. 13/02/10 ................ 23/02/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 1/92 Protección Seguridad Ciudadana ....................Art. 146.1 ...........................Hasta 300 euros VIENTO DEL SUR 2 E/E2.010.... 1.144 ...........48975978P .......ALEJANDRO PINO PEÑA .................................. 13/02/10 ................ 14/07/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 1/92 Protección Seguridad Ciudadana ....................Art.25. 1 ........... Desde 300,51 hasta 601,01 CONSTITUCION 7 3 5F E/E2.010.... 1.239 ...........75819941G ......DANIEL CRUZADO GUERRERO...................... 19/02/10 ................ 04/03/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006 , de 24 de Octubre, sobre ............................Art. 8.1 ...........................................60 euros COFRADIA DEL HUERTO 6 2B E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.328 ...........49072378S .......FRANCISCO JESUS LARIAS OCAÑA .............. 20/02/10 ................ 04/03/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006 , de 24 de Octubre, sobre ............................Art. 8.1 ...........................................60 euros NAZARET 9 3 I E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.414 ...........49072398N ......MANUEL GARCIA MANZANO ......................... 06/03/10 ................ 10/03/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.561 ...........48901812V ......ANTONIA ROSALES BARROSO....................... 17/03/10 ................ 24/03/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros PATRONA 37 1 B E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.566 ...........49072231Y.......FRANCISCO JOSE SAAVEDRA GOMEZ ......... 17/03/10 ................ 24/03/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006 , de 24 de Octubre, sobre ............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros CARRACA 2 B I E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.574 ...........48.966.179 .......FRANCISCO JOSE DELGADO PEREZ ............. 10/03/10 ................ 24/03/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros BENJAMIN LOPEZ 23 6 B E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.795 ...........75815965F .......CLARO ALFARO JOAQUIN ............................... 19/03/10 ................ 19/04/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros SAN MARCOS 163 1 C E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 17

Ejercicio/ Fecha Fecha del Acto ArtículoExpediente D.N.I Denunciado denuncia Administrativo Acto Administrativo Norma Infringido Importe2.010.... 1.818 ...........48.966.179 .......DELGADO PEREZ FCO. JOSE ........................... 23/03/10 ................ 19/4/140 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros BENJAMIN LOPEZ 23 6 B E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.819 ...........31.400.053 .......HOMBRE DE COLLANTES MANUEL ............. 23/03/10 ................ 19/04/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros JOSE MARIA PEREDA 6 B y E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.852 ...........49561519S ....... IBÁÑEZ RUANO JUAN J.................................... 30/03/10 ................ 19/04/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros SAN BRUNO 31 4 D E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.857 ...........48.966.179 .......DELGADO PEREZ FCO. JOSE ........................... 29/03/10 ................ 19/04/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros BENJAMIN LOPEZ 23 6 B E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.858 ...........48975874L .......ANTÚNEZ FALCÓN JOSÉ LUIS........................ 27/03/10 ................ 19/04/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros PINTOR JOSÉ MARTÍNEZ PEPIÑO 1 1 C E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.882 ...........52925788M ......GARCES JAEN VICENTE................................... 03/04/10 ................ 19/04/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... EY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ................................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros MILONGAS 4 2 4 C E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.125 ...........32.847.873 .......ANTONIO J. SARMIENTO QUINTERO ............ 28/04/10 ................ 20/05/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros PALACIO VALDES 2, 3 A E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.148 ...........0000000T .........RAZVAN CALUSARU .........................................11/05/10 ................ 20/05/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros RODRIGUEZ DE ARIAS 8 D E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.151 ...........49070712M ......AROCA OTERO FCO. JAVIER ........................... 09/05/10 ................ 20/05/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros PROFESOR ANTONIO RAMOS 22 - 1 D E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.388 ...........016554913V ....SAID EL GHOULIMI ........................................... 24/05/10 ................ 04/06/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros LUIS MILENA 6 1 5 C E/E Potestades Administrativas en materia de PPOcioT2.010.... 2.389 ...........32.851.868 .......SANCHEZ GOMEZ JESUS ................................. 24/05/10 ................ 04/06/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros CENTURIA ISLA DE LEON 9 2 A E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.569 ...........01654913V .....SAID EL GHOULMI ............................................ 01/06/10 ................ 22/06/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros LUIS MILENA 6 1 5 C E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.570 ...........48897535H ......LEPIANI MARQUEZ DAVID ...................................6/610 ................ 22/06/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros VELARDE 15 A E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.576 ...........76.086.299 .......ALFARO BUSTO ADRIAN ................................. 01/06/10 ................ 22/06/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros REAL 12 3 D E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.594 ...........76650308W ......GÓMEZ VINAZA CRISTHIAN........................... 31/05/10 ................ 22/06/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros PINTOR HERNÁNDEZ HOMEDES 12, 2 D E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.702 ...........75.810.897 .......TORRES MORA JUAN CARLOS ........................11/06/10 ................ 06/07/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 1/92 Protección Seguridad Ciudadana ....................Art. 8.1 ..............................Hasta 300 euros NEPTUNO 6 BJ C E/E2.010.... 2.852 ...........48.966.179 .......DELGADO PEREZ FRANCISCO JOSE ............. 22/06/10 ................ 06/07/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art.8.1 ...............................Hasta 300 euros BENJAMIN LOPEZ 23 6 B E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.009.... 5.189 ...........48904960Z .......MARCO ANTONIO BENITEZ GARZON ...........27/11/09 ................ 03/03/10 .......... Resolución Sancionadora ...................................... LEY 1/92 Protección Seguridad Ciudadana ....................Art. 25.1 .......................................302 euros PEREZ GALDOS 45 1 E/E2.010....... 105 ...........48979939J ........ JOSE MANUEL RIVAS OTERO ......................... 23/12/09 ................ 17/05/10 .......... ResoluciónSancionadora ....................................... LEY 7/2006 de 24 de Octubre sobre ...............................Art. 8.1 ...........................................60 euros REAL 244 4B E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010....... 107 ...........48975157S ....... JOSE LUIS BEJARANO PUMAREJO ................ 23/12/09 ................ 22/03/10 .......... Resolución Sancionadora ...................................... LEY 7/2006 de 24 de Octubre sobre ...............................Art. 8.1 ...........................................60 euros SANTIAGO 13 E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.312 ...........12645109P .......CRISTIAN FLORIN DUMBRAVA ...................... 22/02/10 ................ 02/06/10 .......... Resolución Sancionadora ...................................... LEY 7/2006, de 24 deOctubre, sobre ..............................Art. 8.1 ...........................................60 euros RODRIGUEZ ARIAS 8K E/E Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.314 ...........X5037639H......GHEORGHE TUDOR .......................................... 22/02/10 ................ 17/05/10 .......... Resolución Sancionadora ...................................... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art. 8.1 ...........................................60 euros GRAVINA 6 E/E PotestadesAdministrativas en materia de Ocio2.010.... 2.150 ...........X8335612K......MUTCU MARIAM ................................................11/05/10 ................ 03/09/10 .......... Resolución Sancionadora ...................................... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art. 8.1 ...........................................60 euros RGUEZ DE ARIAS, 8 D E/E PotestadesAdministrativas en materia de Ocio2.009.... 5.359 ...........53681110F .......FLORENTINO PARDO VARGAS ....................... 10/12/09 ................ 19/08/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 1/92 Protección Seguridad Ciudadana ....................Art. 25.1 ........Desde 300,51 a 601,01 euros VEREDA SAN RAFAEL C.P. 41500. ALCALÁ DE GUADAIRA (SEVILLA)2.010....... 256 ...........48972221T .......RICARDO AZCANO RAMOS ............................ 15/01/10 ................ 14/07/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 1/92 Protección Seguridad Ciudadana ....................Art. 25.1 ........Desde 300,51 a 601,01 euros LOS CANASTEROS 4. CHICLANA DE LA FRONTERA 111302.010.... 2.830 ...........32783292N ......FERNANDEZ NOVO FERNANDO A. ............... 25/06/10 ................ 02/07/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros TULIPANES 13 5 D. 15008 LA CORUÑA Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.862 ...........79061764T .......SANCHEZ RODRIGUEZ MARIO ...................... 23/06/10 ................ 06/07/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre ...........................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros HELIODORO RGUEZ LOPEZ 32 4 1 B. 35005 STA. CRUZ DE TENERIFE Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.864 ...........44064476H ......MONTERO AGUILAR BRIAN ........................... 18/06/10 ................ 06/07/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre sobre ............................Art. 8.12 .............................Hasta 300 euros CARRIL DEL CARBONERO. 11130 CHICLANA Potestades Administrativas en materia de Ocio2010........ 586 ...........15444772L .......VICTOR MANUEL GARCIA ASENCIO ............ 03/02/10 ................ 14/07/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 1/92 Protección Seguridad Ciudadana ....................Art. 25.1 ........Desde 300,51 a 601,01 euros ALAMOS BLANCO 1. BENALUP 11190 (CADIZ)2.010.... 1.139 ...........27331408W ...... JOSE MANUEL BECERRA JIMENEZ ............... 13/02/10 ................ 23/02/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre sobre ............................Art. 8.1 ..........................................60 euros BOQUERON 75. ALCALÁ DE HENARES 28803 (MADRID) Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 1.154 ...........28843845M ......MIGUEL ANGEL DEL VALLE BANDE ............. 14/02/10 ................ 14/07/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 1/92 Protección Seguridad Ciudadana ....................Art. 25.1 ........Desde 300,51 a 601,01 euros PARQUE ATLANTICO 6 6 4 41008 SEVILLA2.010.... 2.122 ...........70733506L .......LOZANO CRESPO PEDRO ANTONIO.............. 05/05/10 ................ 20/05/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre sobre ............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros FRANCISCO ELIPE 15. 13200 CIUDAD REAL Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 3.229 ...........X5644632H......TANGARIFE JIMENEZ JAIRO ........................... 25/07/10 ................ 31/08/10 .......... Providencia iniciacion expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre sobre ............................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros VITERBO 1 3 C. 41010 SEVILLA Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.837 ...........44046797A .......PEREZ SAEZ DE LA TORRE JESUS ................. 25/06/10 ................ 02/07/10 .......... Providencia iniciación expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre sobre ............................Art. 8.3 ...............................Hasta 300 euros SOR CRISTINA LOPEZ GARCIA6, 1º - 1. 11011 CADIZ Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 2.989 ...........76088864B .......SAEZ MOLLA ELIZ............................................. 08/07/10 ................ 26/07/10 .......... Providencia iniciación expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre sobre ............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros NEPTUNO 6 5 D. 11011 CADIZ Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 3.222 ...........44.042.791 .......SEGURA SANCHEZ SANTIAGO....................... 18/07/10 ................ 31/08/10 .......... Providencia iniciación expte. Sancionador ........... R. D.137/1993 Reglamento Armas y ...............................Art. 146 ..............................Hasta 300 euros EDUARDO BENOT 8 3 A. 11012 CADIZ Ley 1/92 Protección Seguriad Ciudadana2.010.... 2.840 ...........31264576D ......CASTILLO CARDENAS BLAS ...........................11/06/10 ................ 06/07/10 .......... Providencia iniciación expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre sobre ............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros ENCINA 22, 2 D. 11510 PUERTO REAL Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010.... 3.383 ...........44965949y .......GARCIA FERNANDEZ IGNACIO ..................... 17/07/10 ................ 31/08/10 .......... Providencia iniciación expte. Sancionador ........... LEY 7/2006, de 24 de Octubre sobre ..............................Art. 8.1 ...............................Hasta 300 euros POBLADO NAVAL ZONA XI 2513 1 D. 11500 PTO. SANTA MARIA - CADIZ Potestades Administrativas en materia de Ocio2.010....... 364 ...........76647899P .......CANDELA MARCHENA GUERRERO .............. 24/01/10 ................ 19/03/10 .......... Resolucion Sancionadora ...................................... LEY 7/2006, de 24 de Octubre, sobre .............................Art. 8.1 ...........................................60 euros CAYETANO DEL TORO. CADIZ 11010 PotestadesAdministrativas en materia de Ocio2.010.... 1.242 ...........75817428k .......DAVID RIVERA GUTIERREZ ............................ 20/02/10 ................ 17/05/10 .......... Resolución Sancionadora ...................................... LEY 7/2006 , de 24 de Octubre,sobre ...........................Art. 8.1 ...........................................60 euros POLO NORTE 19. CHICLANA DE LA FRA. 11130. (CADIZ) Potestades Administrativas en materia de Ocio

Nº 56.067_________________________________________________________

AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOSEDICTO

Por esta Alcaldía se ha emitido el Decreto del tenor literal siguiente: “DECRETO DE ALCALDÍA Nº 3005/2010, de 26 de noviembre, sobre delegación de atribuciones específicas.- En virtud de lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, de Bases de Régimen Local y artículos 43 a 45 y 114 a 118 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, DISPONGO: Primero.- COMPETENCIAS GENERALES DELEGADAS.1º. Por delegación de la Alcaldía corresponderá a la concejala no miembro de la Junta de Gobierno Local la siguiente competencia general que desarrollará en el ámbito de las materias propias de su Área, sin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganos o servicios municipales: Guadalupe Martín Rojas. Delegación de Régimen Interior.

2º. La delegación general de competencias a favor de la citada Concejala, comportará, la dirección y gestión de los asuntos y propuesta de resolución o acuerdos, quedando la competencia para resolver en la Alcaldía o en el Pleno, según proceda, quienes a su vez podrán delegar en la Junta de Gobierno Local. Segundo.- Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de ésta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o Concejal. Tercero.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a la Concejala afectada, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía. En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento del Concejal delegado, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, la competencia delegada, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos

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ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido. Cuarto.- Notificar esta resolución al Concejal afectado, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de los tres días siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación. Quinto.- De la presente Resolución se le dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Lo Decreta y firma el Sr. Alcalde, D. Juan Andrés Montedeoca Márquez, en el lugar y fecha arriba indicados, todo lo cual, como Secretario General Accidental, CERTIFICO. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Fdo.: Juan A. Montedeoca Márquez. EL SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL. Fdo.: Francisco J. Fuentes Rodriguez. Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Los Barrios a 26 de Noviembre de 2010. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Fdo.: Juan A. Montedeoca Márquez.

Nº 57.803___________________

AYUNTAMIENTO DE CADIZANUNCIO DE PUBLICACIÓN DE BASES REGULADORAS Y

CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE 2 PLAZAS DE INSPECTOR OEP 2009 Y 2010 – AYUNTAMIENTO DE CADIZ

Por la presente se hace público el Decreto dictado por el Tte. Alcalde Delegado de Personal de fecha 23 de noviembre de 2010, aprobando las Bases Reguladoras y la convocatoria de 2 plazas de Inspector, pertenecientes a la plantilla de Funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento de Cádiz e incluidas en las O.E.P. de los años 2009 y 2010.Nº Denominación Sistema de acceso2.................................Inspector ..................................................................................Promoción interna BASES DE SELECCIÓN DE INSPECTORES DE LA POLICÍA LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ- O.E.P. 2009 Y 2010 - 1.- NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS A CUBRIR Y SISTEMA SELECTIVO ELEGIDO.1.1) Es objeto de las presentes bases la regulación del proceso de provisión en propiedad, por el sistema de selección de promoción interna, de 2 plazas de Inspectores de la Policía Local, incluidas en la plantilla de funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Cádiz, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, y encuadradas, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo A, Subgrupo A2 y dotadas con los haberes correspondientes a dicho Grupo; correspondientes a la Oferta de Empleo Público de esta Corporación para el año 2009 y para 2010 dotadas con los haberes pertenecientes a dicho grupo.1.2) Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 13/2001, de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local. 2.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR O CUMPLIR LOS/LAS ASPIRANTES. Para tomar parte en el proceso selectivo por promoción interna, los/las aspirantes habrán de reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en la categoría de Subinspector en los Cuerpos de la Policía Local, computándose a estos efectos el tiempo en que se haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.b) No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo que sea por causa de embarazo.b) Tener la titulación de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o equivalente.c) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.2.2) Con independencia del turno por el que se acceda, estos requisitos deberán reunirse antes de que termine el último día de presentación de solicitudes y acreditarse documentalmente antes de realizar el Curso de Capacitación, en su caso, y ello sin perjuicio de la obligatoriedad de presentar la documentación exigida en la base tercera en el momento de presentar las solicitudes.

3.- SOLICITUDES Y DOCUMENTOS A PRESENTAR.3.1) Los/as aspirantes presentarán solicitud ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento , sito en Plaza S. Juan de Dios, s/n, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.3.2) La solicitud deberá dirigirse a la Excma. Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Cádiz, bastando que el/la aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la base 2ª, referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes. A la citada solicitud se acompañarán los siguientes documentos:- Fotocopia del D.N.I. o, en su caso, del documento oficial de renovación del mismo.- Informe del servicio de personal de la Corporación acreditativo del cumplimiento de los requisitos a que hace referencia los apartados a) y c) de la base 2.1.A).- Fotocopia de los documentos que el/la aspirante pretenda que se valoren de acuerdo con el baremo contenido en la base 6ª. Dichos documentos han de ser relacionados en la solicitud de solicitud. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes. Con carácter general, cuando lo que se exija sea una fotocopia, no es preciso que la/s misma/s esté/n compulsada/s, sin perjuicio de que el Tribunal en el supuesto de que apreciase algún tipo de irregularidad pueda exigir el documento original, debiendo en todo caso, presentarse los originales para su compulsa por aquellos/las aspirantes que hubiesen sido propuestos/as para su nombramiento como funcionarios/as de carrera.3.3) También podrán presentarse las solicitudes en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.3.4) Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado/a. 4.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.4.1) Terminado el período de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará Resolución, declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as. Dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, indicará, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanación. En cualquier caso, las citadas listas han de ponerse de manifiesto en la página web municipal en la dirección www.cadiz.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento (Pza. S. Juan de Dios). En el supuesto de no existir aspirantes excluidos se prescindirá de este trámite. En el plazo de subsanación no se pueden alegar méritos no alegados con la solicitud inicial. La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos, a efectos de posibles impugnaciones o recursos.4.2) Transcurrido, en su caso, el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios. En el supuesto de que ningún/a aspirante, provisionalmente excluido/a, haya presentado, en el plazo correspondiente, documentación alguna para la subsanación de errores, se elevará, transcurrido el plazo de subsanación, automáticamente a definitiva la lista provisional. 5.- TRIBUNAL. El Tribunal Calificador, que tendrá la Categoría Segunda, de conformidad con el Art. 30 del RD 462/2002, de 24 de Mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio está integrado por los siguientes miembros:Presidente/a: Un/a funcionario/a de carrera titular y otro suplente designados por el órgano competente de la Corporación.Vocales: Cuatros Vocales, que reúnan la condición de ser funcionarios/as de carrera, designados por el órgano competente de la Corporación.Secretario: El Secretario de la Corporación como titular y, como suplente, el Vicesecretario, con voz y sin voto. Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para la categoría de la plaza convocada. La composición nominativa del Tribunal se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de lo establecido en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/92.5.2) Le corresponde al Tribunal dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.5.3) El Tribunal actuará válidamente cuando concurran el presidente, el secretario y dos vocales, pudiendo acudir, indistintamente, a cada sesión el titular o bien su suplente.5.4) El Tribunal podrá contar con asesores técnicos, con voz y sin voto, para todas o algunas de las pruebas.5.5) Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el Art. 28 de la Ley 30/92 o se hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria. A tal efecto, el Presidente del Tribunal exigirá a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incurso/a en las circunstancias previstas, sin perjuicio de que de oficio deba el/la afectado/a notificarlo al organismo al que representa.5.6) Podrá cualquier interesado/a promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias. Contra la resolución del órgano competente acordando o denegando la recusación no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que proceda contra el acto que termine el procedimiento.5.7) Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las Bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.5.8) Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las presentes Bases, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal.5.9) Contra los actos del Tribunal y sus actos de trámite que impidan continuar el

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procedimiento o produzcan indefensión se podrá formular recurso de alzada en el plazo de un mes desde que se haga público el acuerdo o propuesta de resolución que se pretenda impugnar, de conformidad con el art. 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN6.1) El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición y constará de dos fases:B.1) Primera fase: Concurso, consistente en la valoración de méritos conforme al siguiente baremo:V.A.1. Titulaciones académicas:• V.A.1.1. Doctor: 2,00 puntos.• V.A.1.2. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1,50 puntos.• V.A.1.3. Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado superior en criminología o Experto universitario en criminología o equivalente: 1,00 punto.• V.A.1.4. Bachiller, Técnico superior en formación profesional, acceso a la universidad o equivalente: 0,50 puntos.No se valorará la titulación requerida para el acceso a la categoría a la que se aspira, salvo que se posea más de una. Tampoco se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones necesarias o las que se hubieran empleado como vía de acceso para la obtención de una titulación superior ya valorada.A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismosPuntuación máxima del apartado V.A.1: 4,00 puntos.V.A.2. Antigüedad:• V.A.2.1. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o superior a la que se aspira: 0,20 puntos.• V.A.2.2. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que se aspira: 0,10 puntos.• V.A.2.3. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos.• V.A.2.4. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.Puntuación máxima del apartado V.A.2.: 4,00 puntos.V.A.3. Formación y docencia:V.A.3.1. Formación:Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del Acuerdo de Formación Continúa de las Administraciones Públicas, serán valorados, cada uno, como a continuación se establece:• V.A.3.1.1. Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.• V.A.3.1.2. Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.• V.A.3.1.3. Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.• V.A.3.1.4. Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.• V.A.3.1.5. Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.Los cursos en los que solamente se haya obtenido «asistencia» se valorarán con la tercera parte.No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado V.A.1 de la presente Orden, ni la superación de asignaturas de los mismos.V.A.3.2. Docencia, ponencias y publicaciones.• La impartición de cursos de formación, comprendidos en el apartado V.A.3.1., dirigidos al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de:Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho número, si se han impartido en cursos distintos.Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación, o dirección de curso, sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.• Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20 puntos, en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un máximo de: 1,00 punto.Puntuación máxima del apartado V.A.3: 4,00 puntos.V.A.4. Otros méritos:• V.A.4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía, según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:Medalla de Oro: 3 puntos.Medalla de Plata: 2 puntos.Cruz con distintivo verde: 1 punto.Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.• V.A.4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos.• V.A.4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.• V.A.4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno (máximo 4 felicitaciones), cada una: 0,25 puntos.Puntuación máxima del apartado V.A.4: 4,00 puntos.En ningún caso, la valoración de los méritos podrá ser superior al 45% de la puntuación

máxima prevista en la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición, sirviendo exclusivamente para establecer el orden de prelación de los aspirantes.La fase de concurso será previa a la de oposición, y a tal efecto antes de la celebración del primer ejercicio se reunirá el Tribunal procediendo a valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. El escrito resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso. Dicho escrito se publicará en la página web municipal en la dirección www.cadiz.es y en el Tablón de Anuncios de la Corporación (Pl. San Juan de Dios) con anterioridad a la realización del primer ejercicio.B.2) Segunda fase: Oposición, consistente en la superación de una prueba de conocimientos, compuesta por dos partes: la primera, la contestación por escrito de uno o varios temas propuestos por el Tribunal de entre las materia de las que figuran en el temario que se indica en el Anexo I, sin que tengan que coincidir necesariamente con epígrafes o temas completos de los relacionados, y la segunda, en la resolución por escrito de un supuesto práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos en las contestaciones y, otros cinco, en la resolución práctica. La calificación final, será la suma de ambas divididas por dos. Para su realización se dispondrá de tres horas, como mínimo. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.2. La realización del primer ejercicio de la Oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución a la que hace referencia la Base 4ª, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48 horas en la página web municipal en la dirección www.cadiz.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Cádiz (Pza. S. Juan de Dios) . Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles. La actuación de los Opositores se iniciará por orden alfabético a partir del/la primero/a de la letra “J”, de conformidad con la Resolución de 26 de Enero de 2010, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública (BOE nº 31, de 5 de febrero de 2010). De acuerdo con dicha Resolución en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience con la letra «J», el orden de actuación se iniciará con aquellos cuyo primer apellido comience con la letra «K», y así sucesivamente. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos/as de la Oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los/as Opositores/as para que acrediten su personalidad, debiendo acudir provistos del D.N.I. o, en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.Aplicación de la fase de concurso: finalizada la fase de oposición los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición, y en ningún caso podrá superar el 45% de la puntuación máxima de la fase de oposición.Si sumadas las puntuaciones de ambas fases existiesen empate entre los/as aspirantes, se resolverá a favor de quien haya obtenido mas puntos en la fase de oposición. 7.- RELACIÓN DE APROBADOS. Terminadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento (Pza. S. Juan de Dios) y en la página web www.cadiz.es, la relación de aprobados/as por orden de puntuación, elevando al órgano correspondiente del municipio, propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo. Los/as aspirantes que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de No Aptos/as, a todos los efectos. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. Los aspirantes a la categoría de Inspector durante la realización del curso de Capacitación, tendrán la consideración de funcionarios en prácticas, con los derechos y deberes inherentes.Transcurrido el plazo de presentación de documentos previsto en la Base Octava, el Órgano competente nombrará funcionarios en prácticas a los aprobados en el proceso selectivo, quedando en esta situación durante la realización del Curso de Capacitación. La no-incorporación o el abandono del curso de Capacitación, sólo podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias, debidamente justificadas y apreciadas por el Alcalde, debiendo el interesado incorporarse al primer curso que se celebre, una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso. La no incorporación o el abandono de estos cursos, por causa que se considere injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición y la necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias. Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente que, de no superar, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición y la necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias. Estarán exentos de realizar el curso de Capacitación, quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o en las Escuelas Concertadas. En el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de la fase de oposición. 8- CALIFICACION DEFINITIVA, NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN.-8.1. Aspirantes que no estén exentos de la realización del Curso de Capacitación.-Finalizado el curso, la Escuela de Policía enviará un informe al Ayuntamiento sobre

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las aptitudes del/a alumno/a, para su valoración en la resolución definitiva de la convocatorias. El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso selectivo, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas selectivas y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al Órgano municipal competente, para su nombramiento como funcionario de carrera de las plazas convocadas. El plazo para tomar posesión será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la Resolución. De no tomarse posesión en el plazo requerido, sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.8.2. Aspirantes que estén exentos de efectuar el Curso de Capacitación.- Presentada la documentación exigida en la Base Novena y efectuado el nombramiento en la categoría de Inspector del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, deberán tomar posesión de la plaza en el plazo de 30 días naturales a contardesde el día siguiente al del nombramiento. De no tomarse posesión en el plazo requerido, sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.8.3. El escalafonamiento de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en las pruebas superadas en el correspondiente procedimiento de selección y, en su caso, en el posterior curso selectivo realizado. 9.- PRESENTACION DE DOCUMENTOS.-9.1) Los/as aspirantes aprobados/as dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados/as para presentar en el Servicio de Personal de esta Corporación, los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en la Base 2ª.9.2) Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.9.3) Quienes ostenten la condición de funcionarios/as públicos/as, estarán dispensados/as de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válida la presentación de la Certificación del Organismo o Entidad de la que dependen, acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.9.4) Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las Bases de la Convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 10.- BASE FINAL.- Estas Bases y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/92, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. ANEXO I. TEMARIO :1. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.2. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.3. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.4. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.5. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La comisión de gobierno. Otros órganos municipales.6. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación. Bienes, actividades y servicios públicos en la esfera local.7. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.8. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.9. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.10. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Disposiciones Generales. Principios básicos de actuación. Disposiciones estatutarias comunes. Régimen disciplinario.11. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.12. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía. La uniformidad de la Policía Local. La homogeneización de medios técnicos.13. La selección, formación, promoción y movilidad de las Policías Locales de Andalucía.14. Régimen disciplinario de la Policía Local. Régimen de incompatibilidades. Segunda actividad. Retribuciones.15. La Policía Local como instituto armado de naturaleza civil. Legislación aplicable sobre armamento. El uso de armas de fuego.16. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa I: consumo, abastos, mercados. Venta ambulante.17. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa II: Espectáculos públicos y actividades recreativas y establecimientos públicos.

18. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa III: Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental.19. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.20. Los Planes de Emergencia. Coordinación de todas las Administraciones. Actuación policial.21. Concepto y contenido del Derecho Penal. Principios que lo informan. Principio de legalidad. Principio de irretroactividad y sus excepciones.22. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.23. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de ejecución del delito.24. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.25. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.26. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas27. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.28. Delitos contra la salud pública. Tráfico de drogas.29. Delitos relativos a la ordenación del territorio y a la protección del Patrimonio Histórico y del Medio Ambiente.30. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.31. Las penas. Concepto, clases: privativas de libertad, privativas de derecho y multa. Clasificación por su gravedad: graves, menos graves y leves.32. La Policía Local como Policía Judicial. Legislación y funciones. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.33. Entrada y registro en lugar cerrado. Intervención de las comunicaciones telefónicas. Intervención de las comunicaciones postales. Uso de la información obtenida por estos medios.34. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada al detenido. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de “Habeas Corpus”.35. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.36. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.37. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores.38. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.39. Licencias de conducción: sus clases. Intervención, suspensión y revocación.40. Transporte de mercancías peligrosas por carretera. Normativa legal. Intervención en caso de accidente.41. La inspección técnica de vehículos. Transporte escolar: normativa vigente. El tacógrafo: definición y uso.42. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.43. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.44. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Doctrina constitucional. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.45. Técnicas de tráfico I: ordenación y regulación del tráfico rodado. Conceptos básicos: densidad, intensidad, capacidad y velocidad. Señalización de las vías.46. Técnicas de tráfico II: Características de las señales de tráfico. Instalación de semáforos. El estacionamiento de vehículos. Concepto y problemática. Ordenación del estacionamiento. Circulación peatonal.47. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitudes, valores, prejuicios y estereotipos. Formación de actitudes y relación con la conducta. Actitud policial ante la sociedad intercultural.48. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.49. Situaciones de crisis o desastres. Efectos y reacciones ante estas situaciones.50. El mando: concepto, estilos, cualidades, rasgos y reglas; características del mando: funciones, estilos, metodología; relación con subordinados; técnicas de dirección y reuniones.51. Toma de decisiones: proceso, deberes hacia la organización y relación con los subordinados; poder y autoridad.52. Técnicas de dirección de personal: concepto, funciones y responsabilidad. Planificación. Organización, distribución, ejecución y control del trabajo policial. Reuniones de grupo. Formación, reciclaje y perfeccionamiento profesional de los miembros del equipo.53. Calidad en los Cuerpos de Policía Local. ANEXO II: SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS DATOS DE LA CONVOCATORIA

Plaza a la que aspira: Fecha convocatoria:

Sistema de acceso: - Libre - Promoción Interna

DATOS DEL/A ASPIRANTE1º Apellido: 2º Apellido: Nombre: D.N.I.: Fecha de nacimiento: Domicilio (Calle, plaza, número, piso): Municipio: C. Postal: Provincia: Teléfonos de contacto: Correo electrónico:

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DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ADJUNTARSE A LA INSTANCIA:1.-Fotocopia del DNI o documento de renovación.2.-Resguardo abono derechos de examen, exceptuando los supuestos establecidos en las bases reguladoras.3.-Fotocopia del título exigido en las bases reguladoras o del resguardo de solicitud.4.-Certificado de Secretaría General (solo para los de promoción interna)5.-Certificación de minusvalía y compatibilidad, y solicitud de adaptación de medios y tiempo. (sólo para la reserva a minusvalía).6.-Cuando el sistema selectivo sea concurso-oposición o concurso de méritos: Fotocopias de los documentos a valorar en la fase de concurso y que se relacionan:6.1.- …………………………. 6.9.- ……………………………….6.2.-………………………….. 6.10.-……………………………….6.3.-………………………….. 6.11.-……………………………….6.4.-………………………….. 6.12.-……………………………….6.5.-………………………….. 6.13.- ………………………………6.6.-………………………….. 6.14.- ………………………………6.7.-………………………….. 6.15.- ………………………………6.8.-………………………….. 6.16.- ……………………………… El abajo firmante solicita ser admitido en las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en las bases de la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente cuantos datos se especifican en ellas.

………………, a ……… de………………….. de 20 ……FIRMA

EXCMA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE CÁDIZNº 57.913

___________________

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DÑA. Mª. DOLORES LARRÁN OYA, SECRTEARIA GENERAL DEL EXCMO. E ILTMO. AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO (CÁDIZ).- CERTIFICO: Que en el borrador del acta de la sesión ordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, el día 26 de noviembre de 2010, en 1ª convocatoria, se adoptó el acuerdo, entre otros, cuyo tenor literal es el siguiente: PUNTO NÚMERO CIENTO SETENTA Y TRES.- CONCESIÓN DE LA MEDALLA DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO A LA DEVOTA Y VENERABLE HERMANDAD Y ESCLAVITUD DE SAN JOSÉ, PATRÓN DE SAN FERNANDO.- I. Por resolución de la Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de octubre de 2010, se acordó iniciar expediente para la concesión de la Medalla de la Ciudad de San Fernando a la Devota y Venerable Hermandad y Esclavitud de San José, patrón de San Fernando; dada de la histórica vinculación con el Ayuntamiento isleño que propició el Voto entre los Cabildos Municipal y Eclesiástico en 1800 y su imperecedera protección como Patrón de la Ciudad desde 1802. En cumplimiento de lo dispuesto en el Título Segundo del Reglamento de Honores y Distinciones de este Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de San Fernando, en la instrucción de expediente se ha publicado Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP de Cádiz núm. 206, de 28 de octubre de 2010) e insertado anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, procediéndose a la apertura de un periodo de información pública por plazo de quince días. Asimismo, se han solicitado y recabado datos, referencias, antecedentes e informes con el fin de efectuar una función informativa sobre los méritos y aportaciones de la presunta Corporación agraciada, obrando en el expediente los siguen: 1.- Informe suscrito por D. Alberto Devesa García, Director de la Banda Municipal de San Fernando, a través de la Gerencia de la Fundación Municipal de Cultura, destacando la inestimable colaboración de la Hermandad con la esta agrupación musical, en el concierto monográfico sobre la figura de Germán Álvarez Beigbeder, así como la colaboración de ambas en el trabajo discográfico realizado por la Banda Municipal en 2008 titulado “Al Santo Patrón”. 2.- Informe aportado por D. Fernando Mósig Pérez, Licenciado en Geografía e Historia, en el que desarrolla a lo largo de doce folios los antecedentes históricos; el patronato municipal; el patronato principal y el Voto y el cumplimiento histórico del acuerdo hasta llegar a la actualidad. 3.- Relación de expedientes que obran en el archivo parroquial de la Mayor de San Pedro y San Pablo, suscrito por el Rvdo. Padre D. Jesús Guerrero Amores, párroco de ésta, entre los que se citan los que a continuación se indican:- Patente de culto de la Asociación Josefina del año 1885.- Cédula de agregación a la Asociación Espiritual de Devotos del Patriarca San José del año 1902.- Escrito de la Secretaría de Cámara del Obispado de Cádiz del año 1902, solicitando inscripción en el Registro Civil de la Provincia.- Escrito del Mayordomo de la Hermandad (recibo) al Albaceas de María de Lara por ciento veinte reales de vellón del año 1834.- Escrito solicitando al Sr. Obispo el traslado de la imagen al actual altar en esta Parroquia del año 1839. II. La devoción a San José en San Fernando nace con la propia configuración del Municipio como ciudad independiente de Cádiz ya que, en 1766, recién constituido el Cabildo Municipal y según palabras del historiador Fernando Mosig “ansiosa por buscar identidades propias, entre ellas un protector distinto de los venerados por la ciudad matriz. (…)”. Su histórica protección a la Ciudad en el maremoto de 1755, evitó que la población del Arsenal y los isleños, sufrieran devastadoras consecuencias, conmemoración celebrada por la Hermandad en 2005 al cumplirse el doscientos cincuenta aniversario de la catástrofe, trasladando la imagen de San José de la iglesia del Arsenal para presidir junto al actual Patrón la Función del Voto. Así como la devoción hacia

este Santo extendida por la Orden del Carmen, son las dos argumentos esenciales por los que se vinculan como principales causas en la importancia de San José dentro la religiosidad popular isleña. En principio, el Santo Patriarca queda como patrón menor, ya que la Iglesia Diocesana del momento, quiso mantener el patronazgo de los Santos Mártires Servando y Germán, con arreglo a la tradición que sostenía que habían sufrido martirio en el cerro de su denominación, dentro de los límites del Término Municipal. La epidemia de fiebre amarilla de 1800, la protección solicitada por el Ayuntamiento y respaldada por el pueblo a San José para el fin de dichos males y el benigno fin de la misma, es lo que justificó el Voto que los Cabildos municipal y eclesiástico juraron cumplir, destacando la celebración de una Solemne Función de Iglesia en la Festividad de los Desposorios, 26 de noviembre, conforme al anterior calendario litúrgico con asistencia de ambos Capitulares, culto que la Hermandad celebra en la actualidad, el primer domingo de Adviento. Respecto a la imagen titular, las últimas investigaciones atribuyen su autoría al círculo de escultores del Arsenal de la Carraca en la segunda mitad del siglo XVIII, concretamente al imaginero Cirartegui Saralegui, teniendo en cuenta el extraordinario parecido con otras imágenes de este escultor sí documentadas: el Cristo Yacente del Santo Entierro o el Cristo de la Expiración de la Iglesia de San Francisco. Esa histórica custodia y guarda de San José sobre San Fernando y los isleños, justificó elevar de nuevo suplicatorio a la Santa Sede para que el Patriarca fuera considerado Patrón canónico principal, en esta ocasión con el respaldo del clero isleño. De esta forma, el Breve Pontificio del Papa Pío VII, en 1802 responde afirmativamente a la petición de 1800 realizada por el Municipio, quedando San José como Patrón Principal y los Santos Mártires como co-patronos. En cuanto a la fundación de la Devota y Venerable Hermandad y Esclavitud de San José, se cita el 27 de diciembre de 1788, en el capítulo quinto de sus primeras constituciones: “se erigió esta Congregación siguiendo el modelo de la Esclavitud de San José de la Iglesia del Rosario de Cádiz y de la de Madrid”. Y posteriormente, fue aprobada por el obispo D. José Escalzo y Miguel, el 28 de abril de 1789. Desde entonces y hasta nuestros días, casi doscientos diez años después la concurrencia de Capitulares municipales, ha sido imperecedera -en mayor o menor cantidad- tanto a la Función del Voto, en el mes de noviembre; como a la solemnidad de San José, el 19 de marzo. Festividad ésta, que el propio Ayuntamiento costeó y patrocinó junto a los gastos de la Función Votiva, participando los hermanos e isleños durante décadas en esta especial celebración. Actualmente, tras la renovación de los Estatutos la Hermandad entre los principales cultos externos organiza la procesión de alabanza con la imagen de San José el día 1 de mayo, festividad de San José Obrero. Y recientemente, con el apoyo del Ayuntamiento y el Consejo Local de Hermandades y Cofradías, el Arciprestazgo autoriza la incorporación de la imagen del Patrón a la procesión cívico-religiosa en la solemnidad del Corpus Christi, acompañando al Santísimo Sacramento. El culto a San José y a la Inmaculada Concepción de María han ido siempre paralelos. Así, el 8 de diciembre de 1870, es cuando el mismo Pontífice que definió el Dogma concepcionista, Pío IX, nombró igualmente a San José Patriarca de la Iglesia Universal, lo cual refuerza la indisoluble unidad y alianza para la Hermandad del culto a la Virgen y a su esposo San José; y así lo vienen realizando junto a la una importante labor benéfico-asistencial como se desprende de su participación en Cáritas parroquial; colaboración con el Hogar de Federico Ozanam; Pan Nuestro y Campañas de recogida de ropa de Madre Coraje o participación en el proyecto “Un niño, un juguete” durante la Navidad. Por último, la Hermandad ha designado como hermano honorario al Seminario Diocesano San Bartolomé de Cádiz, resaltando el patronazgo de San José sobre los seminaristas. III. La Comisión de Honores y Distinciones del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento, conforme a lo previsto en el artículo 9 del Reglamento, dictaminó en fecha 16 de noviembre de 2010 favorablemente la propuesta formulada por el instructor del expediente para la concesión de la distinción honorífica a la Hermandad de San José, considerando acreditada su vinculación histórica con el Cabildo Municipal desde hace más de doscientos años. Asimismo, la precitada Comisión toma en consideración su labor benéfico-asistencial, cultual y cultural desarrollada tras su reorganización. Vista la resolución de la Alcaldía-presidencia de fecha 16 de noviembre de 2010, acordando la elevación al Pleno del Ayuntamiento de la propuesta formulada por la Comisión de Honores; y conforme al procedimiento regulado en el vigente Reglamento de Honores y Distinciones de este Ayuntamiento, se eleva al Excmo. Ayuntamiento Pleno, previo dictamen de la Comisión Informativa de Presidencia, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO: Conceder la Medalla de la Ciudad de San Fernando a la Devota y Venerable Hermandad y Esclavitud de San José, dada de la histórica vinculación con el Ayuntamiento isleño que propició el Voto entre los Cabildos Municipal y Eclesiástico en 1800 y su imperecedera protección como Patrón de la Ciudad desde 1802. SEGUNDO: La distinción que se otorga a la Devota y Venerable Hermandad y Esclavitud de San José, patrón de San Fernando, se estima como el más adecuado y merecido reconocimiento a sus méritos, entre los que destacan la labor benéfico-asistencial, cultual y cultural desarrollada tras su reorganización. TERCERO: Se hará entrega a la presunta Corporación agraciada de la distinción, elaborada en la forma prevista en el artículo 19 del vigente Reglamento de Honores y Distinciones en sesión pública solemne con asistencia de la Corporación Municipal, el día 28 de noviembre, a las 13,30 horas, en la Iglesia Mayor Parroquial de San Pedro y San Pablo, sede canónica de la Hermandad. CUARTO: El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. Un extracto del mismo deberá reflejarse en el Libro Registro de las Distinciones Honoríficas de este Ayuntamiento. Y para que conste y surta efectos, con la advertencia del artº 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (R.D. 2568/86, de 28 de noviembre) y a reserva de los términos que resulten de la aprobación de este borrador de acta, expido la presente orden y con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, en San Fernando a veintiséis de noviembre de dos mil diez. Vº. Bº. EL ALCALDE. Fdo.: Manuel Mª de Bernardo Foncubierta.

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AYUNTAMIENTO DE GRAZALEMAANUNCIO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 28.10.2010, aprobó, por unanimidad de sus miembros presentes, el “Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los Funcionarios del Ayuntamiento de Grazalema” aprobado por la Mesa de Negociación y con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 38.6 del la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público se procede acto seguido a publicar íntegramente el contenido del citado acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia para general conocimiento: ACUERDO REGULADOR DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE LOS FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE GRAZALEMA: CAPITULO I – ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTICULO 1.- ÁMBITO FUNCIONAL. El presente acuerdo, tiene por objeto establecer y regular las condiciones laborales de los funcionarios que prestan servicio en el Excmo. Ayuntamiento de Grazalema. ARTÍCULO 2.- ÁMBITO TEMPORAL, DENUNCIA Y PRÓRROGA. Este acuerdo tendrá vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 31 de diciembre de 2012. Llevada a cabo la denuncia, las partes firmantes comenzarán las negociaciones del próximo acuerdo al inicio del último trimestre de su vigencia. No obstante, denunciado en forma y hasta que entre en vigor el nuevo que le sustituya, será de aplicación en su totalidad el presente Acuerdo. El Acuerdo se entenderá prorrogado en su totalidad de año a año, a partir del día siguiente a su vencimiento por tácita reconducción, si no mediase denuncia de cualquiera de las partes con tres meses de antelación a la fecha de su vencimiento normal o de cualquiera de sus prórrogas, mediante escrito dirigido a la otra parte. ARTÍCULO 3.- ÁMBITO PERSONAL. Quedará afectado por la totalidad del articulado del presente acuerdo todo el personal funcionario que presta servicio en el Excmo. Ayuntamiento de Grazalema. ARTÍCULO 4.- ÁMBITO TERRITORIAL. Territorialmente este acuerdo será de aplicación al ámbito propio del Excmo. Ayuntamiento de Grazalema. CAPITULO II – ORGANIZACIÓN. ARTÍCULO 5.- PRINCIPIOS GENERALES. La organización práctica del trabajo, corresponde al Ayuntamiento con sujeción a este Acuerdo y a la legislación vigente. Se realizará mediante la negociación entre el Ayuntamiento y la representación legal del personal de la misma, resolviéndose en caso de disconformidad por la Autoridad laboral competente, o mediador designado por común acuerdo entre las partes. ARTÍCULO 6.- RACIONALIZACIÓN DEL TRABAJO. La racionalización del trabajo, tendrá las finalidades siguientes:a) Simplificación del trabajo y mejora de métodos y procesos.b) Determinación de la plantilla de personal con arreglo a los principios de racionalidad, economía y eficiencia.c) Establecimiento de la relación de puestos de trabajo, como instrumento técnico de racionalización y ordenación del personal.d) Vigilancia y control del absentismo. A fin de satisfacer de manera ágil, eficaz y eficiente las demandas de la sociedad en relación con los servicios públicos de la Administración, las partes se comprometen a mejorar la calidad de aquellos. Para la consecución de una mayor fluidez en las relaciones de la Administración con los administrados, así como una mejora en la calidad de los servicios públicos, las partes consideran conveniente adoptar medidas tendentes a:a) Facilitar información personalizada al ciudadano.b) Motivar y formar al personal que se relaciona directamente con el ciudadano.c) Agilizar y simplificar los procesos administrativos. ARTÍCULO 7.- PLANTILLA DE PERSONAL. El Excmo. Ayuntamiento de Grazalema aprobará anualmente, a través del presupuesto la plantilla de personal de la Corporación cuyo contenido se deberá ajustar a los requisitos legales que, estando establecidos para dicho documento, sean de aplicación en cada momento. ARTÍCULO 8.- RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. Es función de la Relación de Puestos de Trabajo la racionalización y ordenación del personal, la determinación de los efectivos reales de personal de acuerdo con las necesidades de la organización y de los servicios, trazando previsiones para su evolución futura, así como precisar los requisitos exigidos para el desempeño de los puestos de trabajo, su clasificación y valoración. Corresponde al Pleno del Ayuntamiento, previa negociación con la representación del personal, la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo y sus posibles modificaciones. Los puestos de trabajo figurarán en una relación en la que aparecerá cada uno de ellos individualmente, haciéndose constar como mínimo las siguientes circunstancias:a) Denominación o categoría.b) Características esenciales.c) Área, servicio, departamento o centro directivo en que orgánicamente esté integrado.d) Adscripción del puesto a personal laboral en atención a la naturaleza de su contenido.e) Requisitos exigidos para su desempeño, tales como titulación académica o formación específica necesarias para el correcto desempeño del mismo, así como en su caso los grupos, escalas, subescalas o categorías de personal a quienes se reservan.f) Forma de provisión por concurso o libre designación.g) Indicación de si se trata o no de puesto singularizado.h) Nivel de complemento de destino.i) Factores valorados.j) Contenido y descripción de funciones del puesto de trabajo.k) Puntos correspondientes al complemento específico. ARTÍCULO 9.- OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO. Las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria, que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes mediante la promoción interna respetando los límites máximos legalmente establecidos, serán objeto de Oferta de empleo público. La Oferta de empleo público será aprobada anualmente por la Corporación

Local, reservará un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad. La Oferta de empleo público deberá desarrollarse en un plazo improrrogable de tres años. Las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, deberán incluirse en la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio en que se produce su nombramiento y, si no fuera posible, en la siguiente salvo que se decida su amortización. ARTÍCULO 10.- CLASIFICACIÓN DE EMPLEADOS PÚBLICOS. Los empleados públicos que prestan servicio en el Excmo. Ayuntamiento de Grazalema, se clasifican en:FUNCIONARIOS DE CARRERA: Aquellos empleados que, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a esta Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.FUNCIONARIOS INTERINOS: Aquellos empleados que por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera.b) La sustitución transitoria de los titulares.c) La ejecución de programas de carácter temporal.d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.PERSONAL LABORAL: Aquellos empleados que en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, prestan servicios retribuidos por esta Administración Pública. En función de la duración del contrato éste podrá ser fijo, por tiempo indefinido o temporal.PERSONAL EVENTUAL: Aquellos empleados que en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin. Desde el punto de vista funcional el personal del Ayuntamiento se estructura en escalas y estas, a su vez en subescalas. Esta clasificación se detallará en la R.P.T. que elaborará la Corporación Local una vez firmado este Acuerdo. CAPITULO III – INCOMPATIBILIDADES. ARTÍCULO 11.- INCOMPATIBILIDADES. Como norma general de aplicación a todos los puestos de trabajo, se estará a lo previsto en la legislación vigente, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 598/85 sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración del Estado y la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. CAPITULO IV.- JORNADA LABORAL, VACACIONES Y PERMISOS. ARTÍCULO 12.- JORNADA LABORAL.1. La jornada laboral en el Ayuntamiento de Grazalema, se ajustará a lo recogido en la Resolución de 20 de diciembre de 2005, dictada por la Secretaría General de la Administración Pública en la cual se dictan instrucciones sobre la jornada y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración General del Estado. La distribución de la jornada y la fijación de los horarios del personal, se realizará a través del calendario laboral que será negociado anualmente entre la Entidad Local y los representantes de los trabajadores.2. Con carácter general la jornada de trabajo se desarrollará preferentemente de lunes a viernes, a excepción de los puestos cuyas características obliguen a realizar una jornada de trabajo diferente. 3. El descanso semanal será con carácter general de 2 días ininterrumpidos, preferentemente sábado y domingo. En el caso del personal a turnos, se adecuará a las necesidades del servicio con acuerdo entre la Entidad Local y los representantes de los trabajadores.4. Durante la jornada de trabajo se disfrutará de una pausa por un periodo de treinta minutos, que se computará como trabajo efectivo. Esta interrupción no podrá afectar a la prestación de los servicios.5. Del 16 de junio al 15 de septiembre, ambos inclusive, se establece una jornada intensiva de trabajo, que se desarrollará entre las ocho y las quince horas, el horario durante este periodo se reflejará en el calendario laboral acordado entre la Entidad Local y los representantes de los trabajadores. En Grazalema el martes, después de la fiesta del Toro y el martes, después de la Feria se comenzará la jornada de trabajo a las 10:00 h de la mañana. En Benamahoma al día siguiente de finalizar la fiesta de Moros y Cristianos, se iniciará la jornada de trabajo a las 10:00 h de la mañana. La reducción de jornada en cómputo anual que se produzca se recuperará tal y como establezca el calendario laboral. ARTÍCULO 13.- VACACIONES1. .Las vacaciones anuales retribuidas del personal serán de un mes natural o de veintidós días hábiles anuales por año completo de servicio o en forma proporcional al tiempo de servicios efectivos, y se disfrutarán por los empleados públicos de forma obligatoria dentro del año natural y hasta el quince de enero del año siguiente, en períodos mínimos de cinco días hábiles consecutivos, siempre que los correspondientes períodos vacacionales sean compatibles con las necesidades del servicio. Los empleados públicos tienen derecho a un día hábil adicional al cumplir quince años de servicio, añadiéndose uno más al cumplirse veinte años, veinticinco años y treinta años o mas, hasta un total de 26 días hábiles. Este derecho se hará efectivo a partir del año natural siguiente al cumplimiento de la antigüedad referenciada. 2. Anualmente y dentro de la primera quincena de marzo, se fijará entre la Corporación y los representantes del personal el correspondiente plan de vacaciones anual. Como regla general, los empleados públicos podrán disfrutar su periodo vacacional entre el 1 de enero y el 30 de noviembre, durante el mes de diciembre no se concederán vacaciones debido a las necesidades de la Entidad Local, salvo acuerdo expreso con

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el Ayuntamiento. Se procurará que las vacaciones del personal con hijos coincida con el periodo de vacaciones escolares. En caso de discrepancias con el periodo disfrutado, tendrán preferencia aquellas personas que tengan mayor antigüedad en el Servicio o en la Unidad a que pertenezcan, si bien no podrá coincidir dos años consecutivos con igual fecha o periodo de disfrute de vacaciones. Si algún trabajador tuviera a cargo un familiar disminuido físico o psíquico tendrá máxima preferencia para elegir el periodo vacacional.En la elaboración de los cuadros de vacaciones se tendrá en cuenta el hecho de que ambos cónyuges presten servicio en la Entidad Local. ARTÍCULO 14.- PERMISOS RETRIBUIDOS. Se reconocen los siguientes permisos a los empleados públicos que prestan servicio en la Entidad Local.a. Por matrimonio o inscripción como pareja de hecho en el correspondiente registro público, se otorgará un permiso de quince días.b. Por accidente grave, enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de cónyuge o persona con quien conviva en análoga relación de afectividad a la conyugal o de familiares dentro del primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, cuatro días hábiles cuando el suceso se produce en la misma localidad y cinco si cualquiera de los eventos ocurriera fuera de la localidad de residencia del personal. Cuando los afectados fueran familiares dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de tres días si el suceso se produce en la misma localidad o de cuatro si se produjera en localidad distinta. El disfrute de este permiso podrá ejercitarse bien de forma ininterrumpida desde el inicio del hecho causante, o bien alternativamente dentro de la duración del mismo, siempre y cuando, en este último supuesto, lo permitan las necesidades del servicio.c. En caso de enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de 9 años, 3 días. Este permiso será incompatible con el regulado en el apartado anterior.d. Por traslado de domicilio: cuando el traslado se produzca en la misma localidad: un día; si el traslado tuviera lugar a otra localidad: dos días, si perteneciera a la misma provincia y cuatro días, si perteneciera a provincia distinta.e. Los empleado públicos que acrediten su colaboración con alguna ONG, debidamente inscrita en el registro correspondiente, podrán disfrutar de un período de permiso no retribuido de hasta seis meses de duración. Este permiso podrá ser ampliado por otro período igual previa autorización.f. Por asuntos particulares, hasta un máximo de seis días al año no acumulables a las vacaciones anuales. Hasta dos días más no acumulables a las vacaciones anuales ni a los seis días anteriores. Hasta tres meses cada dos años, sin derecho a retribución.g. Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal.h. Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media hora al inicio y al final de la jornada o, en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. Este derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos trabajen.Igualmente la funcionaria podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente. Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.i. Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, y evaluación en Centros Oficiales durante los días de su celebración.j. Por asistencia a cursos de selección, de formación y perfeccionamiento, por la duración de los mismos.k. Por estudios sobre materias directamente relacionadas con la Función Pública, por la duración de los mismos.l. Para preparación de exámenes, en el caso de cursar estudios oficiales y siempre que se hayan matriculado del curso completo y acudan a los exámenes de todas las asignaturas, hasta diez días. En otro caso, sólo podrá disfrutar de un día hábil por cada asignatura a la que se presenten a examen, con un máximo de diez.m. Para realizar funciones sindicales de carácter permanente: si tiene la finalidad de realizar funciones relacionadas con la Administración en las estructuras del propio sindicato, por el tiempo que dure la designación. Si las funciones a realizar se desarrollan en el propio Centro de trabajo o son de representación del personal, por el tiempo que dure la designación o elección.n. Para realizar actividades de formación sindical o funciones sindicales o representativas, no especificadas en las leyes, con carácter ocasional, por el tiempo indispensable para las mismas.o. Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo, por el tiempo indispensable. En este caso, deberá preavisarse al Ayuntamiento con antelación suficiente y presentarse justificación de la necesidad de su realización durante la jornada de trabajo.p. Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, el empleado público tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo de dos horas diarias percibiendo las retribuciones íntegras. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional de sus retribuciones.q. Por razones de guarda legal, quien tenga a su cuidado directo algún menor de nueve años o a un disminuido físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de jornada de un tercio o de la mitad de la misma, percibiendo un 80 ó 60 por ciento, respectivamente, de la totalidad de sus retribuciones tanto básicas como complementarias, con inclusión de los trienios. Igual porcentaje se aplicará a las pagas extraordinarias en el caso de que el personal funcionario hubiese prestado, en su caso, una jornada de trabajo reducida en los períodos anteriores de devengo de las citadas pagas. Se otorgará el mismo derecho a quien precise encargarse del cuidado directo del cónyuge o persona con quien conviva en análoga relación de afectividad a la conyugal, o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

Además de los días de libre disposición, los trabajadores tendrán derecho al disfrute de dos días adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo. Permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia de género. En todo caso se concederán los siguientes permisos con las correspondientes condiciones mínimas:a. Permiso por parto: tendrá una duración de veinte semanas ininterrumpidas. Este permiso se ampliará en dos semanas más en el supuesto de discapacidad del hijo y, por cada hijo a partir del segundo, en los supuestos de parto múltiple. El permiso se distribuirá a opción de la trabajadora siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento de la madre, el otro progenitor podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste de permiso. No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que ambos progenitores trabajen, la madre, al iniciarse el periodo de descanso por maternidad, podrá optar por que el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del periodo de descanso posterior al parto, bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. El otro progenitor podrá seguir disfrutando del permiso de maternidad inicialmente cedido, aunque en el momento previsto para la reincorporación de la madre al trabajo ésta se encuentre en situación de incapacidad temporal. En los casos de disfrute simultáneo de periodos de descanso, la suma de los mismos no podrá exceder de las dieciséis semanas o de las que correspondan en caso de discapacidad del hijo o de parto múltiple. Este permiso podrá disfrutarse a jornada completa o a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan, y en los términos que reglamentariamente se determinen. En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, este permiso se ampliará en tantos días como el neonato se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales. Durante el disfrute de este permiso se podrá participar en los cursos de formación que convoque la Administración.b. Permiso por adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple: tendrá una duración de veinte semanas ininterrumpidas. Este permiso se ampliará en dos semanas más en el supuesto de discapacidad del menor adoptado o acogido y por cada hijo, a partir del segundo, en los supuestos de adopción o acogimiento múltiple. El cómputo del plazo se contará a elección del trabajador, a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o a partir de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sin que en ningún caso un mismo menor pueda dar derecho a varios periodos de disfrute de este permiso. En el caso de que ambos progenitores trabajen, el permiso se distribuirá a opción de los interesados, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o sucesiva, siempre en periodos ininterrumpidos. En los casos de disfrute simultáneo de periodos de descanso, la suma de los mismos no podrá exceder de las dieciséis semanas o de las que correspondan en caso de adopción o acogimiento múltiple y de discapacidad del menor adoptado o acogido. Este permiso podrá disfrutarse a jornada completa o a tiempo parcial, cuando las necesidades de servicio lo permitan, y en los términos que reglamentariamente se determine. Si fuera necesario el desplazamiento previo de los progenitores al país de origen del adoptado, en los casos de adopción o acogimiento internacional, se tendrá derecho, además, a un permiso de hasta tres meses de duración, percibiendo durante este periodo exclusivamente las retribuciones básicas. Con independencia del permiso de hasta dos meses previsto en el párrafo anterior y para el supuesto contemplado en dicho párrafo, el permiso por adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución judicial por la que se constituya la adopción o la decisión administrativa o judicial de acogimiento. Durante el disfrute de este permiso se podrá participar en los cursos de formación que convoque la Administración. Los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, previstos en este artículo serán los que así se establezcan en el Código Civil o en las Leyes civiles de la Comunidad Autónoma Andaluza que los regule, debiendo tener el acogimiento simple una duración no inferior a un año.c. Permiso de paternidad por el nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo: tendrá una duración de quince días, a disfrutar por el padre o el otro progenitor a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción. Este permiso es independiente del disfrute compartido de los permisos contemplados en los apartados a y b. En los casos previstos en los apartados a, b, y c el tiempo transcurrido durante el disfrute de estos permisos se computará como de servicio efectivo a todos los efectos, garantizándose la plenitud de derechos económicos de la trabajadora y, en su caso, del otro progenitor trabajador, durante todo el periodo de duración del permiso, y, en su caso, durante los periodos posteriores al disfrute de este, si de acuerdo con la normativa aplicable, el derecho a percibir algún concepto retributivo se determina en función del periodo de disfrute del permiso. Los trabajadores que hayan hecho uso del permiso por parto o maternidad, paternidad y adopción o acogimiento tendrán derecho, una vez finalizado el periodo de permiso, a reintegrarse a su puesto de trabajo en términos y condiciones que no les resulten menos favorables al disfrute del permiso, así como a beneficiarse de cualquier mejora en las condiciones de trabajo a las que hubieran podido tener derecho durante su ausencia.d. Permiso por razón de violencia de género sobre la mujer trabajadora: las faltas de asistencia de las trabajadoras víctimas de violencia de género, totales o parciales, tendrán la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así

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lo determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda. Asimismo, las trabajadoras víctimas de violencia sobre la mujer, para hacer efectiva su protección o su derecho de asistencia social integral, tendrán derecho a la reducción de la jornada con disminución proporcional de la retribución, o la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que sean aplicables, en los términos que para estos supuestos establezca la Administración Pública competente en casa caso. CAPITULO V.- SITUACIONES ADMINISTRATIVAS. ARTÍCULO 15.- SITUACIONES ADMINISTRATIVAS. Los funcionarios de carrera que prestan servicio en esta Entidad Local se hallarán en alguna de las situaciones administrativas reguladas en la normativa vigente sobre esta materia, Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública y el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. CAPITULO VI. – RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES. ARTÍCULO 16.- NORMAS GENERALES. Las retribuciones de los funcionarios de carrera se clasifican en básicas y complementarias. Las retribuciones básicas son las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, y por su antigüedad en el mismo. Dentro de ellas están comprendidas los componentes de sueldo y trienios de las pagas extraordinarias. Las retribuciones complementarias son las que retribuyen las características de los puestos de trabajo, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el funcionario. ARTICULO 17.-LIQUIDACIÓN Y PAGO. La liquidación de los salarios se efectuará por meses naturales a través del recibo oficial de salario vigente en el momento actual. El pago de los salarios se realizará como máximo en los cinco primeros días del mes siguiente al mes devengado. En caso de imposibilidad, la Corporación deberá notificarlo a los representantes legales del personal con la antelación suficiente. En el recibo del pago del salario, deberán figurar todos los conceptos devengados. ARTICULO 18.-SUELDO.. Dependerá del subgrupo o grupo al que pertenezca el trabajador. Su cuantía será la fijada anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. ARTICULO 19.-TRIENIOS. Consisten en una cantidad, que será igual para cada Subgrupo o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, por cada tres años de servicio. Su cuantía se establece anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Cada trienio, se consolidará en relación con la categoría profesional que ostente el trabajador en la fecha de su cumplimiento. El efecto del trienio se producirá a partir del mes en que se cumpla. ARTICULO 20.-PAGAS EXTRAORDINARIAS. Las pagas extraordinarias serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, a excepción de las referidas al grado de interés, iniciativa o esfuerzo con que el funcionario desempeña su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos y las derivadas servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo. ARTICULO 21.-COMPLEMENTO DE DESTINO. Dentro de los límites máximo y mínimo señalados, el Pleno de la Corporación asignará nivel a cada puesto de trabajo atendiendo a criterios de especialización, responsabilidad, competencia y mando, así como a la complejidad territorial y funcional de los servicios en que esté situado el puesto. Su cuantía será fijada anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. ARTICULO 22.-COMPLEMENTO ESPECÍFICO. Está destinado a retribuir las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad, responsabilidad, peligrosidad o penosidad. En ningún caso podrá asignarse más de un complemento específico a cada puesto de trabajo, aunque al fijarlo podrán tomarse en consideración conjuntamente dos o más de las condiciones particulares mencionadas que puedan concurrir en un puesto de trabajo. El establecimiento o modificación del complemento específico exigirá, con carácter previo, que la Corporación Local efectúe una valoración del puesto de trabajo. La cantidad global destinada a la asignación de complementos específicos figurará en el presupuesto y no podrá exceder del límite máximo legal. ARTICULO 23.-COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD. Está destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés e iniciativa con que el empleado público desempeña su trabajo. La apreciación de la productividad deberá realizarse en función de circunstancias objetivas relacionadas directamente con el desempeño del puesto de trabajo y objetivos asignados al mismo. En ningún caso las cuantías asignadas por complemento de productividad durante un período de tiempo originarán ningún tipo de derecho individual respecto a las valoraciones o apreciaciones correspondientes a períodos sucesivos. Corresponde al Pleno de cada Corporación determinar en el presupuesto la cantidad global destinada a la asignación de complemento de productividad dentro de los límites máximos legales. Corresponde al Alcalde la distribución de dicha cuantía entre los diferentes programas o áreas y la asignación individual del complemento de productividad, con sujeción a los criterios que en su caso haya establecido el Pleno. ARTÍCULO 24.- GRATIFICACIONES. Su abono responderá a servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada habitual, en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo. Corresponde al Pleno de cada Corporación determinar en el presupuesto la cantidad global destinada a la asignación de gratificaciones a los funcionarios dentro de los límites máximos legales.

Corresponde al Alcalde la asignación individual con sujeción a los criterios que, en cada caso, haya establecido el Pleno ARTÍCULO 25.- INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO. Se percibirán conforme a lo recogido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. CAPITULO VII.- DERECHOS SOCIALES. ARTÍCULO 26.- ENFERMEDAD Y ACCIDENTE. Se aplicará lo establecido en la Ley 26/2009 de 23 de diciembre. El trabajador de cumplir con su obligación de comunicar la situación de incapacidad temporal mediante la presentación del correspondiente parte de baja, dentro de los tres días siguientes a la fecha de expedición del documento. De la misma forma el empleado público, entregará en el plazo de tres días desde su expedición los partes de confirmación mientras dure la incapacidad temporal, así como el parte de alta en las 24 horas siguientes. Todos los plazos señalados serán de obligado cumplimiento. Previo aviso, el trabajador podrá ausentarse de su puesto de trabajo durante la jornada laboral por el tiempo necesario para recibir asistencia médica. Esta ausencia debe acreditarse con la aportación de un justificante expedido por el facultativo que lo atendió, en este documento a petición del empleado público, se reflejará el tiempo de permanencia en la consulta. En ningún caso se autorizará la ausencia del puesto de trabajo por motivo médico si el horario normal de asistencia del facultativo, permite asistir fuera de la jornada laboral. ARTÍCULO 27. - SEGURO DE VIDA, ACCIDENTE Y RESPONSABILIDAD CIVIL. El Ayuntamiento concertará un seguro colectivo a favor de los empleados públicos o personas designadas por ellos. Se facilitará copia de la póliza a los representantes de los trabajadores. La Entidad Local contratará un seguro que proteja la posible responsabilidad civil de los empleados públicos derivada del ejercicio de sus funciones. De la póliza se dará copia a los representantes de los trabajadores. ARTÍCULO 28. - ANTICIPOS MENSUALES. El personal adscrito a este convenio, podrá solicitar antes del día 10 de cada mes un anticipo de su sueldo mensual por una cuantía no superior a 300.00.- Euros durante toda la vigencia de este convenio.No obstante, los casos especiales serán estudiados por la Corporación y los representantes de los trabajadores. CAPITULO VIII.- DERECHOS PROFESIONALES. ARTÍCULO 29. - FORMACIÓN DEL EMPLEADO PÚBLICO. La Corporación Local, de acuerdo con los representantes de los trabajadores, concertará con otras entidades el Plan de Formación de la Entidad Local. Los cursos impartidos, tendrán dos niveles distintos.a) Los que por su naturaleza se dirijan a la formación permanente del personal en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades encomendadas en el puesto de trabajo, cuyo resultado se hará constar en el expediente personal del trabajador y se tendrá en cuenta junto con otros posibles cursos realizados, la actitud y demás valoraciones objetivas, para la promoción de los distintos puestos de trabajo.b) Las conducentes a dotar al personal de un conocimiento mínimo profesional que haga viable la posibilidad de una formación adecuada para poder alcanzar una categoría superior profesional dentro de la plantilla. El trabajador que esté interesado en realizar un curso, deberá solicitarlo con una antelación de 15 días por escrito en modelo oficial acompañado del programa del curso. La Entidad Local una vez recibida la solicitud, consultará con los representantes de los trabajadores y decidirá si procede o no la autorización para asistir al curso solicitado, su decisión deberá basarse en la necesidad formativa del solicitante, la relación entre las tareas del puesto de trabajo del peticionario y el curso y por último, en las necesidades del servicio. En caso de autorizarse la asistencia al curso, esta será sin menoscabo de su remuneración, en el supuesto de que este coincida con su jornada laboral. En el caso que existan cursos organizados por centros no dependientes del Ayuntamiento, el trabajador previa autorización de la Dirección podrá asistir a los mismos con derecho a la reducción indispensable de su jornada laboral, sin merma alguna de sus retribuciones. ARTÍCULO 30. - PROMOCIÓN Y TRASLADO. La Corporación facilitará la promoción interna consistente en el ascenso desde Cuerpos o Escalas de un Grupo de titulación a otro inmediato superior o en el acceso a Cuerpos o Escalas del mismo Grupo de titulación. La promoción interna se efectuará mediante el sistema de oposición o concurso-oposición, con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Para participar en pruebas de promoción interna los empleados públicos deben tener una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación y poseer la titulación y el resto de los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al Cuerpo o Escala en el que aspiran a ingresar. En las convocatorias podrá establecerse la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento se haya acreditado suficientemente en las de ingreso al Cuerpo o Escala de origen. ARTÍCULO 31.- ASISTENCIA JURÍDICA. La Corporación garantiza asistencia jurídica gratuita al personal que la precisara, por causas de conflictos derivados de la prestación del servicio, siempre que la pretensión no se dirija contra la Corporación. CAPITULO IX - SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. ARTÍCULO 32.- SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Las partes firmantes de este texto consideran esencial desarrollar e implantar una política en materia de Seguridad y Salud encaminada a prevenir las posibles causas de accidentes laborales y enfermedades profesionales, considerando la prevención como una actuación única, indiferenciada y coordinada que debe llegar a todos los empleados públicos sin distinción del régimen jurídico que rija su relación de servicio (R.D. 1488/98 de 10 de Julio de Adaptación de la Legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración Pública). Es fundamental en la implantación de los planes preventivos, la participación mayoritaria de los trabajadores de todos los niveles jerárquicos de la Entidad Local, para conseguir un sistema organizativo de Seguridad Integrada (Art. 16.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales).

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Para conseguir los objetivos marcados en la política preventiva se ha de realizar el siguiente planteamiento programático:• Designación de los Delegados de Prevención entre los representantes del personal.• Constitución del Comité de Seguridad y Salud. (C.S.S.)• Formación en materia de Seguridad y Salud de los miembros del C.S.S.• Evaluación y valoración continúa de los Riesgos Laborales.• Dictaminar medidas preventivas encaminadas a evitar cualquier riesgo no tolerable, disminuir los mismos.• Formación del personal por secciones y/o departamentos.• Elaboración y distribución de manuales en los que se recomienden procedimientos operativos y hábitos preventivos correctos. ARTÍCULO 33.- DELEGADOS DE PREVENCIÓN.1.- Los Delegados de Prevención son los representantes de los empleados públicos con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales. Serán designados por y entre los representantes del personal.2. Los Delegados de Prevención contarán, en el ejercicio de sus funciones, con las garantías inherentes a su condición representativa. ARTÍCULO 34.- COMPETENCIAS Y FACULTADES DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN.1.- Son competencias de los Delegados de Prevención:a. Colaborar con la Entidad Local en la mejora de la acción preventiva.b. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.c. Ser consultados, con carácter previo a su ejecución, acerca de lo siguiente:• La planificación y la organización del trabajo en el Ayuntamiento y la introducción de nuevas tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivadas de la elección de los equipos, la determinación y la adecuación de las condiciones de trabajo y el impacto de los factores ambientales en el trabajo.• La organización y desarrollo de las actividades de protección de la salud y prevención de los riesgos profesionales en el Ayuntamiento, incluida la designación de los trabajadores encargados de dichas actividades o el recurso a un servicio de prevención externo.• La designación de los trabajadores encargados de las medidas de emergencia.• Los procedimientos de información y documentación a que se refieren los artículos 18, apartado 1 y 23, apartado 1, de la Ley 31/1995.• El proyecto y la organización de la formación en materia preventiva.• Cualquier otra acción que pueda tener efectos sustanciales sobre la seguridad y la salud de los trabajadores.d. Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.2.- En el ejercicio de las competencias atribuidas a los Delegados de Prevención, éstos estarán facultados para:a) Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio ambiente de trabajo, así como, a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones que realicen en los centros de trabajo para comprobar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, pudiendo formular ante ellos las observaciones que estimen oportunas.b) Tener acceso, con las limitaciones previstas en el apartado 4 del artículo 22 de la Ley 31/1995, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones. Cuando la información esté sujeta a las limitaciones reseñadas, sólo podrá ser suministrada de manera que se garantice el respeto de la confidencialidad.c) Ser informados por el Ayuntamiento sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores una vez que aquél hubiese tenido conocimiento de ellos, pudiendo presentarse, aún fuera de su jornada laboral, en el lugar de los hechos para conocer las circunstancias de los mismos.d) Recibir de la Entidad Local las informaciones obtenidas procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de protección y prevención en la empresa, así como de los organismos competentes para la seguridad y la salud de los trabajadores.e) Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo, pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los trabajadores, de manera que no se altere el normal desarrollo del proceso productivo.f) Recabar de la Corporación Local la adopción de medidas de carácter preventivo y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al Ayuntamiento, así como al Comité de Seguridad y Salud para su discusión en el mismo.g) Proponer al órgano de representación de los trabajadores la adopción del acuerdo de paralización de actividades a que se refiere el apartado 3 del artículo 21de la Ley 31/1995.3.- Los informes que deban emitir los Delegados de Prevención deberán elaborarse en un plazo de quince días, o en el tiempo imprescindible cuando se trate de adoptar medidas dirigidas a prevenir riesgos inminentes. Transcurrido el plazo sin haberse emitido el informe, el Ayuntamiento podrá poner en práctica su decisión.4.- La decisión negativa del Ayuntamiento a la adopción de las medidas propuestas por el Delegado de Prevención deberá ser motivada. ARTÍCULO 35.- GARANTÍAS Y SIGILO PROFESIONAL DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN.1.- Los Delegados de Prevención en su condición de representantes de los trabajadores tendrán las mismas garantías que estos. El tiempo utilizado por los Delegados de Prevención para el desempeño de las funciones será considerado como de ejercicio de funciones de representación a efectos de la utilización del crédito de horas mensuales retribuidas. No obstante lo anterior, será considerado en todo caso como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al citado crédito horario, el correspondiente a las reuniones del Comité de Seguridad y Salud y a cualesquiera otras convocadas por el Ayuntamiento en materia de prevención de riesgos, así como el destinado a las visitas.2.- El Ayuntamiento deberá proporcionar a los Delegados de Prevención los medios

y la formación en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones. La formación se deberá facilitar por el Ayuntamiento por sus propios medios o mediante concierto con organismos o entidades especializadas en la materia y deberá adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos, repitiéndose periódicamente si fuera necesario. El tiempo dedicado a la formación será considerado como tiempo de trabajo a todos los efectos y su coste no podrá recaer en ningún caso sobre los Delegados de Prevención.3.- A los Delegados de Prevención deberán atender al sigilo profesional debido respecto de las informaciones a que tuviesen acceso como consecuencia de su actuación en el Ayuntamiento. ARTÍCULO 36.- COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD.1. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos.2. El Comité estará formado por los 3 Delegados de Prevención, y por la Corporación Local en número igual al de los Delegados de Prevención. 3. A las reuniones del Comité de Seguridad y Salud asistirá un Secretario y participarán, con voz pero sin voto, los Delegados Sindicales y los responsables técnicos de la prevención en la empresa que no estén incluidos en la composición a la que se refiere el párrafo anterior. En las mismas condiciones podrán participar trabajadores de la empresa que cuenten con una especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones que se debatan en este órgano y técnicos en prevención ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite alguna de las representaciones en el Comité. El Comité de Seguridad y Salud se reunirá trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las representaciones en el mismo, en cuyo caso será en el plazo más breve posible. EL Secretario del Comité será el encargado de convocar a las partes para las reuniones, lo hará con al menos cinco días hábiles de antelación, citando los asuntos a tratar. Cualquiera de las partes podrá introducir los asuntos que estime conveniente, siempre que los comunique al Secretario con una antelación mínima de 48 horas. De cada reunión, el Secretario levantará acta que será rubricada por todos los miembros del Comité asistentes.4. El tiempo empleado en las reuniones del Comité de Seguridad y Salud. y en cualquier otra actividad realizada por el mismo, será considerado en todo caso como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al crédito horario sindical.5. El Comité establecerá un protocolo de funcionamiento que establecerá todo lo no recogido en este Acuerdo. ARTÍCULO 37.- COMPETENCIAS Y FACULTADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD.1. El Comité de Seguridad y Salud tendrá las siguientes competencias:a) Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos de la empresa. A tal efecto, en su seno se debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la prevención de riesgos, la elección de la modalidad organizativa de la empresa y, en su caso, la gestión realizada por las entidades especializadas con las que la empresa hubiera concertado la realización de actividades preventivas; los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención a que se refiere y proyecto y organización de la formación en materia preventiva.b) Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.2. En el ejercicio de sus competencias, el Comité de Seguridad y Salud estará facultado para:a) Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro de trabajo, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas.b) Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso.c) Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas.d) Conocer e informar la memoria y programación anual de servicios de prevención. ARTÍCULO 38.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS.1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del Ayuntamiento.2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones de la Entidad Local, deberán en particular:a. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.b. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el Ayuntamiento, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.c. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.d. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.e. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.f. Cooperar con el Ayuntamiento para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

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3. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario. ARTÍCULO 39.- VIGILANCIA DE LA SALUD. El Ayuntamiento garantizará a todos los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. No obstante esta vigilancia solo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. Solo se exceptuarán de este carácter voluntario, cuando los reconocimientos sean imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud, es decir, evaluar si existe enfermedad profesional, o para evaluar si el estado de salud puede constituir un riesgo para él mismo o para terceros o cuando esté establecido reglamentariamente (reglamento sobre el plomo, amianto, ruido, etc.). En todos estos casos, se solicitará informe previo a los representantes de los empleados. Las valoraciones médicas serán confidenciales y comunicadas a los empleados. A ellas solo tendrán acceso el personal médico y las autoridades sanitarias. No podrán ser facilitadas al empresario salvo con consentimiento expreso del trabajador. El empresario y los órganos de prevención, serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos médicos en relación con la aptitud del empleado para el desempleo de su actividad o con la necesidad de modificar las medidas preventivas. CAPITULO X.- COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN. ARTÍCULO 40.- DERECHOS SINDICALES. Las personas afiliadas a una central sindical podrán realizar reuniones, previa notificación al Ayuntamiento, recaudar cuotas y distribuir información sindical fuera de las horas de trabajo y sin perjuicio de la actividad normal del Ayuntamiento. Toda persona podrá ser electora y elegida para ostentar cargos sindicales, siempre que reúna los requisitos previstos en la normativa vigente. ARTÍCULO 41.- DELEGADO DE PERSONAL.1.- Es competencia del Delegado de Personal, la defensa de los intereses generales y específicos de los trabajadores de la entidad Local y, en particular, la negociación de sus condiciones saláriales, sociales y sindicales, así como el control de todos y cada uno de sus órganos o subcomisiones delegadas.2.- El Delegado de Personal tiene las siguientes competencias:Recibir información, sobre la política de personal, así como sobre los datos referentes a la evolución de las retribuciones, evolución probable del empleo en el ámbito correspondiente y programas de mejora del rendimiento.Emitir informe, a solicitud del Ayuntamiento, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones e implantación o revisión de sus sistemas de organización y métodos de trabajo.Ser informados de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves.Tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo, así como en el régimen de vacaciones y permisos.Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales, Seguridad Social y empleo y ejercer, en su caso, las acciones legales oportunas ante los organismos competentes.Colaborar con la Administración correspondiente para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad.Informar a sus representados en todos los temas y cuestiones a que se refieren éste artículo. ARTÍCULO 42.- GARANTÍAS DE LOS REPRESENTANTES SINDICALES. El Delegado de Personal como representante legal de los funcionarios, dispondrán en el ejercicio de su función representativa de las siguientes garantías y derechos:1. El acceso y libre circulación por las dependencias de su unidad electoral, sin que se entorpezca el normal funcionamiento de las correspondientes unidades administrativas, dentro de los horarios habituales de trabajo y con excepción de las zonas que se reserven de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.2. La distribución libre de las publicaciones que se refieran a cuestiones profesionales y sindicales.3. La audiencia en los expedientes disciplinarios a que pudieran ser sometidos sus miembros durante el tiempo de su mandato y durante el año inmediatamente posterior, sin perjuicio de la audiencia al interesado regulada en el procedimiento sancionador.4. No ser trasladados ni sancionados por causas relacionadas con el ejercicio de su mandato representativo, ni durante la vigencia del mismo, ni en el año siguiente a su extinción, exceptuando la extinción que tenga lugar por revocación o dimisión.5. No podrá ser discriminado en su formación ni en su promoción económica o profesional por razón del desempeño de su representación.6. Disponer de un número de 21 horas mensuales sin disminución de sus retribuciones, durante su jornada laboral para ejercer las funciones de representatividad del cargo. Quedan fuera de este cómputo las horas empleadas en reuniones convocadas a petición del Ayuntamiento, así como aquellas empleadas en período de negociación. 7. Quienes siendo representantes del personal tengan mandato en organizaciones sindicales de ámbito comarcal, provincial, regional o nacional, podrán disponer de un número de horas para atender dicha representación y, en todo caso, por el tiempo necesario fijado en la convocatoria de las actividades para las que sean citados oficialmente.8. Ningún integrante de dicha representación podrá sufrir traslado de su centro por razones de su actividad sindical.9. Cuando a juicio del Ayuntamiento haya de realizarse un traslado, cambio de turno por necesidad del servicio, que afecte a una persona con representación sindical, ésta, salvada su voluntariedad, será la última en ser trasladada, cambiada de turno.10. Aquellas personas elegidas para el desempeño de cargos sindicales comarcales, provinciales, autonómicos o estatales tendrán derecho a la excedencia forzosa, o a la situación equivalente en el ámbito de la función pública con reserva del puesto de trabajo y a que se le compute la antigüedad mientras dure el ejercicio de su cargo representativo, debiendo reincorporarse a su puesto de trabajo dentro del mes siguiente a la fecha del cese.11. Se facilitará a la Representación del personal, los locales y medios necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

12. Se dispondrá en todos los centros de trabajo de tablones de anuncios sindicales, de dimensiones suficientes y en lugares visibles. Su puesta en práctica será llevada a cabo por las personas responsables de cada dependencia, de acuerdo con la Representación del personal. Cada uno de los miembros de la Junta de Personal y ésta como órgano colegiado observarán sigilo profesional en todo lo referente a los asuntos en que la Administración señale expresamente el carácter reservado, aún después de expirar su mandato. En todo caso, ningún documento reservado entregado por el Ayuntamiento podrá ser utilizado fuera del estricto ámbito de la Administración para fines distintos de los que motivaron su entrega. ARTICULO 43.-OBLIGACIONES SINDICALES. La representación legal de los trabajadores se obliga expresamente a:a) Cumplir o respetar lo pactado y lo negociado con la Entidad Local.b) Desarrollar labores de estudio, trabajo y asistencia a la acción sindical de los funcionarios.c) Notificar a la empresa cualquier cambio que se produzca en el ámbito de sus órganos de representación. CAPITULO XII.- SEGUIMIENTO Y CONTROL. ARTÍCULO 44.- COMISIÓN PARITARIA.- Las partes acuerdan constituir una Comisión Paritaria, integrada por un representante de la Entidad Local y el Delegado de Personal. Esta Comisión, tendrá como misión velar por el fiel cumplimiento, desarrollo e interpretación de lo establecido en este Acuerdo y constituye el Órgano básico de su administración y vigilancia, siendo su alcance temporal el mismo que el del Acuerdo, quedando prorrogadas sus competencias en el supuesto de que así también lo quede el texto. La Comisión habrá de reunirse por convocatoria fundada de cualquiera de las partes, que deberán requerirlo con al menos 5 días hábiles de antelación. El Secretario convocará a la Comisión, debiendo contener la citación el orden del día, lugar fecha y hora de reunión. Será preceptivo que conozca los conflictos colectivos que pudieran plantearse por la aplicación y/o interpretación del contenido del texto. Los conflictos individuales, si así lo deciden los interesados, podrán también ser tratados en el seno de la Comisión. Los escritos dirigidos a la misma, deberán presentarse en el Registro General de Entrada de esta Corporación y, contendrán cuantas cuestiones estimen oportunas en orden a que sean resueltas por la Comisión en el seno de sus competencias. Los acuerdos adoptados por la Comisión Paritaria, tendrán la misma validez y efectos que los establecidos en el Convenio Colectivo”. En Grazalema (Cádiz), a 25 de Noviembre de 2010. LA ALCALDESA – PRESIDENTA. Fdo. María José Lara Mateos.

Nº 57.960___________________

AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIAANUNCIO

DÑA. PATRICIA YBARRA LALOR, TENIENTE DE ALCALDE-DELEGADA DEL AREA DE URBANISMO, al amparo de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régimen Local, he resuelto dictar con esta fecha el siguiente DECRETO: En relación con la Ordenanza sobre Procedimiento Simplificado para el ejercicio de determinadas actividades de servicios aprobada definitivamente por el Pleno de la Corporación de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 3 de junio de 2010 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 134 de 15 de julio de 2010 y conforme se recoge en su Disposición Adicional, en uso de las atribuciones que me fueron delegadas por el Sr. Alcalde Presidente mediante Resolución nº 11.422 de fecha 10 de Agosto de 2009, HE RESUELTO: 1º.- Modificar el Anexo de Modelo de Comunicación Previa y Declaración Responsable para la apertura de actividades acogidas a Procedimiento Simplificado. 2º.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Web Municipal, así como el Anexo modificado (REV1 NOV2010) que entrará en vigor a los quince (15) días hábiles de la publicación completa de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. El Puerto de Santa María a 26 de Noviembre de 2.010. LA TTE. ALCALDE DELEGADA DEL ÁREA DE URBANISMO. Fdo.: PATRICIA YBARRA LALOR. ANEXO MODELO DE COMUNICACIÓN PREVIA Y DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA APERTURA DE ACTIVIDADES ACOGIDAS A PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO 1. DATOS DEL COMUNICANTED. o Dña. o Razón Social ......................................................., con NIF O CIF ...................................... y domicilio en .........................................................................................................................................localidad ....................................................................., provincia ....................................................., código postal .........................., teléfono/s .............................................................................................Representado en su caso por:D. o Dña. o Razón Social ......................................................., con NIF O CIF ...................................... y domicilio en .........................................................................................................................................localidad ....................................................................., provincia ....................................................., código postal .........................., teléfono/s ............................................................................................. 2. DATOS PARA NOTIFICACIONESEl lugar y medio preferente a efectos de NOTIFICACIONES (art. 59 de la Ley 30/1992 de 26 de diciembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero) es:Domicilio ……………………………………………...………………….……….., localidad ……………………...………………………….……..……., provincia ……………..…....……., código postal ………..……..….…., medio ………………...…........……... nº fax ………..……….…….. 3. EXPONEQue pretende ejercer la actividad de .......................................................................................................en la ubicación ........................................................................................................................................en un establecimiento de ..................... m2, ubicado en (márquese lo que proceda):

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□ Un edificio exclusivo para esa actividad □ Un edificio destinado además a otros usos: □ residencial □ actividades económicas (comercio, industria, oficinas, …) □ dotacional (educativo, deportivo, sanitario, …) □ infraestructuras □ otros: especificar ....................................... 4. DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, a tenor de lo anterior y al amparo de la libertad de establecimientos y libre prestación de servicios, determinada en la Ley 17/2.009 de 23 de Noviembre, sobre el libre acceso a las actividades y servicios y su ejercicio:- Que se encuentra de alta, a efectos fiscales, en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores,

para la actividad que pretende ejercer (MOD 036, 037 u 840).- Que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para el ejercicio de la actividad.- Que el estado físico actual del establecimiento es consecuencia de (marcar lo que proceda y rellenar

TODOS los campos): □ Licencia urbanística para la realización de obras mayores consistentes en .................................................................................................................................................................................,según proyecto del técnico ........................................................................................................., tituladocomo ......................................, con visado Nº ....................................., de fecha ............................ otorgada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha .................................. y que terminadas las obras se entregó el correspondiente certificado final de obra. Solamente en el caso de que se hubiera requerido en el acuerdo de concesión de la licencia, indicar fecha de licencia de ocupación o utilización del establecimiento, obtenida mediante decreto de la Tenencia del Alcaldía del Área de Urbanismo: ..................................... □ Licencia urbanística para la realización de obras menores consistentes en ...................................................................................................................................................., autorizadas mediante decreto de la Tenencia del Alcaldía del Área de Urbanismo de fecha ............................., y se cuenta con Certificado Técnico sobre la adecuación del estado del local a los requisitos de la actividad que se va a ejercer, con memoria descriptiva de la actividad y planos suscrito por el técnico ............................................., titulado como ........................., con visado Nº ........................ de fecha ................................, y que contiene justificación del cumplimiento de:

- Cumplimiento de la normativa urbanística vigente- Código Técnico de la Edificación- Normativa específica de la actividad.- Decreto 293/2.009 por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para

la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.

- Normativa del sector eléctrico de Baja Tensión- Normativa de Protección contra Incendios- Normativa Fiscal

□ No se han realizado obras, y se cuenta con Certificado Técnico sobre la adecuación del estado del local a los requisitos de la actividad que se va a ejercer, con memoria descriptiva de la actividad y planos suscrito por el técnico ......................................., titulado como ........................, convisado Nº ........................ de fecha ........................, y que contiene justificación del cumplimiento de:

- Cumplimiento de la normativa urbanística vigente- Código Técnico de la Edificación- Normativa específica de la actividad.- Decreto 293/2.009 por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para

la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.

- Normativa del sector eléctrico de Baja TensIón- Normativa de Protección contra Incendios- Normativa Fiscal- Que dispone de la documentación que así lo acredita- Que se compromete a mantener su cumplimiento mientras dure el ejercicio de la actividad.- Que se compromete a mantener contrato de mantenimiento de instalaciones de protección

contra incendios con empresa autorizada mientras dure el ejercicio de la actividad.- Que se compromete a poner en conocimiento del Servicio Andaluz de Salud el inicio

del ejercicio de la actividad, a los efectos que procedan en función de las características de la misma

5. DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA (TODA OBLIGATORIA)- DNI o documentación acreditativa de la representación (en caso que corresponda).- Justificante del abono de la autoliquidación de la Tasa conforme a lo establecido en la Ordenanza

Fiscal nº10 del Ayuntamiento- Fotografías del estado actual del local (como mínimo 2, de al menos 11x18 cm, una del exterior donde

se vea el acceso, y otra general del interior)- Declaración responsable de producción de residuos, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 34 y

35 de la Ordenanza Municipal de Residuos Urbanos y Limpieza Pública. 6. DOCUMENTACIÓN AL RESPECTO QUE OBRA EN LA ADMINISTRACIÓN ACTUANTEDe conformidad con lo previsto en los artículos 35.f de la Ley 30/92 de 26 de noviembre y 6.2.b de la Ley 11/2.007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, la siguiente documentación obra en esa Administración, (márquese lo que proceda): □ Licencia de Obra Mayor □ Licencia de Obra Menor □ Licencia de Ocupación o Utilización □ Otras: especificar

..................................................................................................................................... .....................................................................................................................................

7. COMUNICAQue de conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/2.009 de 23 de Noviembre se comunica con carácter previo la apertura del establecimiento para el ejercicio de la actividad, con efectos del día de la fecha y declara bajo su responsabilidad que son ciertos cuantos datos y documentos han sido expuestos en la presente comunicación. 8. OBSERVACIONES....................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

El Puerto de Santa María a ....................... de ....................... de 2.01....

Fdo ....................................................

Sr. Alcalde presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de El Puerto de Santa María.

A RELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN:ACEPTADO: TÉCNICO SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS .................................. FECHA Y FIRMA: ..................................................................................................OBSERVACIONES:

Nº 58.022___________________

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERAEDICTO

Expediente. ADM-URB-RUINAO-2010/3. El 4º Teniente de Alcaldesa, Delegado de Urbanismo ha emitido con fecha de hoy resolución del siguiente tenor literal: “Instruido expediente de oficio de declaración de situación legal de ruina urbanística de las construcciones situadas en el inmueble situado en la CL SOL, Nº 42, (11402), JEREZ DE LA FRONTERA, cuyos titulares registrales son D. PEDRO ALFREDO LAGOS AGUILAR Y Dª. SILVIA, D. TOMAS ELVIRO, Dª MARIA DEL CARMEN Y Dª. MARIA SOLEDAD CONTRERAS RUIZ, y visto el informe emitido por los Servicios Técnicos de esta Delegación en el que se considera que el estado del inmueble se ajusta a los supuestos de situación legal de ruina urbanística contemplado el art. 157 de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, al ser el coste de las reparaciones necesarias para devolverle la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales, superior al 50% del contenido normal del deber de conservación. Inscripción.- Fincas registrales números 48.949, 48.951, 48.953 y 48.955, tomo 1.824, folios 86 a 94, del Registro de la Propiedad nº 3 de los de esta Ciudad. Cargas.- Las inscritas en el Registro de la Propiedad. El acuerdo de incoación del expediente fue notificado individualmente a los titulares registrales del inmueble, y mediante Edicto publicado en el B.O.P. de Cádiz, así como al resto de interesados, dándoles un plazo de audiencia de quince días, sin que se hayan presentado alegaciones, a tenor de lo dispuesto en el Art. 84 de la Ley 30/1.992 de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la ley 4/99. Por todo ello, y con base en las facultades legales que me son conferidas por delegación de la Alcaldía-Presidencia, mediante Resolución de 16 de octubre de 2009 (Publicado en el BOP de 21.01.10), y la obligación impuesta a los propietarios en el art. 157 de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante L.O.U.A.), por el presente DECRETO: 1º.- Declarar el inmueble situado en la CL SOL, Nº 42, (11402), JEREZ DE LA FRONTERA, en situación legal de ruina urbanística, por aplicación del art. 157 de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, al ser el coste de las reparaciones necesarias para devolverle la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales, superior al 50% del contenido normal del deber de conservación. 2º.- Incluir de oficio la citada finca en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, finca nº 452, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 157.5 de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía. 3º.- Que por la propiedad se adopten las siguientes medidas urgentes, necesarias para mantener la seguridad del inmueble, de conformidad con la obligación prevista en el artículo 157.3.B) b) de la L.O.U.A.: - Mantenimiento del cierre de la finca para evitar que puedan acceder terceras personas a su interior. Conceder a los propietarios de la finca el PLAZO DE UN AÑO, a contar desde la notificación del presente acuerdo, para que soliciten la licencia de obras correspondiente. Transcurrido el citado plazo sin que los propietarios hayan solicitado la licencia o acrediten causas de imposibilidad para la obtención de la misma, determinará la colocación del inmueble en situación de ejecución por sustitución, salvo que se acuerde la expropiación. 5º.- Comunicar mediante certificación el presente acuerdo al Registro de la Propiedad nº 3 para su anotación según es preceptivo. Lo que mando y firmo en la Ciudad de Jerez de la Frontera, a 12 de noviembre de 2010. El 4º Teniente de Alcaldesa, Delegado de Urbanismo, firmado y rubricado. Ante mí: El Secretario General, firmado y rubricado.” RECURSOS: 1) Reposición: con carácter potestativo, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación. Se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su presentación sin notificarse su resolución (art. 116 y 117 de la Ley 30/1992, modificados por la Ley 4/1999). 2) Contencioso-Administrativo: en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jerez de la Frontera, a tenor de lo establecido en los Arts. 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de Julio. En caso de utilizarse el anterior Recurso de Reposición, no podrá interponer el Contencioso Administrativo hasta que aquél sea resuelto, y siempre dentro de los plazos siguiente: en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución expresa del Recurso de Reposición. En el plazo de seis meses, si en el plazo de un mes desde la interposición del Recurso de Reposición, no recibió notificación de la resolución expresa del mismo 3) Cualquier otro que estime conveniente. Lo que le comunico para su conocimiento." En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley de 30/92 Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999), se inserta el presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y se hace público en el tablón de anuncio de este Ayuntamiento durante el

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plazo de QUINCE DIAS HABILES, para que sirva de notificación personal en legal forma a los propietarios Dª. CARIDAD RODRIGUEZ PONCE, D. PEDRO ALFREDO LAGOS AGUILAR Y Dª. SILVIA, D. TOMAS ELVIRO, Dª MARIA DEL CARMEN Y Dª. MARIA SOLEDAD CONTRERAS RUIZ, que se hallan en ignorado paradero, así como a sus posibles herederos, y a cualquier otra persona que tenga la calidad de interesada en el procedimiento. Jerez de la Frontera, a 12 de noviembre de 2010. LA ALCALDESA, (Por delegación efectuada en R.A. de 16.10.09, Séptimo.14). El 4º Teniente de Alcaldesa, Delegado de Urbanismo. Fdo.: Juan Pedro Crisol Gil. PUBLIQUESE: EL SECRETARIO. GENERAL. Firmado.

Nº 58.066___________________

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERAEDICTO

Aprobada inicialmente por el Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 25 de noviembre de 2010, la modificación de la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS, se somete al trámite de información pública y audiencia a los interesados, durante el plazo de 30 días a contar desde el siguiente a la publicación de este Edicto en el B.O. de la Provincia. El expediente se encuentra en la Secretaría General, donde podrá examinarse para presentar cuantas reclamaciones y sugerencias se estimen oportunas, dándose por aprobada definitivamente si durante el plazo concedido no se presenta reclamación o sugerencia alguna. Lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento del art. 49.b) de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, de 2 de abril. Jerez de la Frontera, 30 de noviembre de 2010. LA ALCALDESA, (Por delegación efectuada en R.A.de 16-10-09) El 1er. Tte. de Alcaldesa, Delegado de Presidencia. Fdo.: Casto Sánchez Mellado. PUBLIQUESE: EL SECRETARIO GENERAL. Firmado.

Nº 58.067___________________

AYUNTAMIENTO DE JIMENA DE LA FRONTERAEDICTO

En sesión ordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día 18 de noviembre de 2010, se adoptó entre otros, acuerdo relativo a aprobar inicialmente el documento para la modificación puntual de las NNSS de Planeamiento de Jimena de la Frontera para la creación de un sector de suelo urbanizable sectorizado de uso residencial, en el polígono 12, parcela 88 de Jimena de la Frontera. El expediente se encuentra en la Secretaría General del Ayuntamiento, sito en C/ Sevilla nº 61 de Jimena de la Frontera, pudiéndose presentar cuantas alegaciones y reclamaciones se considere oportunas, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a la publicación del presente edicto en el BOP de Cádiz. En Jimena de la Frontera a 1 de diciembre de 2010. EL ALCALDE. Fdo.: Pascual L. Collado Saraiva.

Nº 58.068___________________

AYUNTAMIENTO DE PRADO DEL REYANUNCIO

Don Fernando Pérez Castillo, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Prado del Rey: Por el Pleno de la Corporación en sesión Ordinaria celebrada el pasado día 27 de noviembre de 2010 fue aprobada inicialmente la Ordenanza de Circulación de Prado del Rey. Dicho expediente ha sido sometido a información pública, en el tablón de anuncios municipal por el plazo de treinta días a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz de fecha 11 de octubre de 2010 y numero 194 de acuerdo a lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Durante el plazo señalado no se han producido reclamaciones o alegaciones algunas al mismo, por lo que de conformidad con el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases del Régimen Local, ha quedado definitivamente aprobada la citada Ordenanza Municipal de ha de considerarse aprobado definitivamente, procediéndose en consecuencia, a la publicación íntegra de la misma en el «Boletín Oficial» de la provincia, entrando en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la LRBRL. Contra la aprobación definitiva de la presente Ordenanza cabe interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la fecha en que se produzca la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de la provincia de Cádiz, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Lo que se hace público para general conocimiento, insertándose a continuación el texto íntegro de la Ordenanza. Prado del Rey, 25 de noviembre de 2010. El Alcalde. Fdo. Fernando Pérez Castillo. ORDENANZA MUNICIPAL DE CIRCULACIÓN TÍTULO PRELIMINAR DEL OBJETO Y AMBITO DE APLICACION Art. 1. Competencia: La presente Ordenanza se dicta en ejercicio de las competencias atribuidas a los Municipios en materia de ordenación del tráfico de personas y vehículos en las vías urbanas por la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y por la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Art. 2. Objeto. Es objeto de la presente Ordenanza la regulación de los

usos de las vías urbanas y travesías de acuerdo con las fórmulas de cooperación o delegación con otras Administraciones, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integración social. Art. 3. Ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación de esta Ordenanza obligará a los titulares y usuarios/as de las vías y terrenos públicos urbanos y en los interurbanos, cuya competencia hubiera sido cedida al Ayuntamiento, aptos para la circulación, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios/as. Se entenderá por usuario/a de la vía a peatones, conductores, ciclistas y cualquier otra persona que realice sobre la vía o utilice la misma para el desarrollo de actividades de naturaleza diversa, que precisarán para su ejercicio de autorización municipal. TÍTULO PRIMERO DE LA CIRCULACION URBANA CAPÍTULO I: NORMAS GENERALES Art. 4. 1.- Los/las usuarios/as de las vías están obligados a comportarse de manera que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes. Los peatones circularán por las aceras, de forma que no obstruyan o dificulten la circulación por ellas de otros viandantes, circulando como norma general por la de la derecha. Con respecto al sentido de su marcha, Para cruzar las calzadas utilizarán los pasos señalizados y, en los lugares que carezcan de éstos, lo harán por los extremos de las manzanas, perpendicularmente a la calzada, cerciorándose antes de la no proximidad de algún vehículo. 2.- Se prohíbe llevar abiertas las puertas del vehículo, abrirlas antes de su completa inmovilización y abrirlas o apearse del mismo sin haberse cerciorado previamente de que ello no implica peligro o entorpecimiento para otros usuarios, especialmente cuando se refiere a conductores de bicicletas.3.- Las bicicletas estarán dotadas de los elementos reflectantes debidamente homologados que reglamentariamente se determinen y que deberán poseer estos vehículos de acuerdo a dicha normativa. Cuando sea obligatorio el uso de alumbrado, los conductores de bicicletas además llevarán colocada alguna prenda, todo ello de acuerdo con la Ley 18/2009 artículos. 65.3 y 65.4 e), estableciendo que cuando se circule en bicicletas, deberá hacerse uso del alumbrado y prendas reflectantes. Se prohíbe expresamente a los conductores de bicicletas, motocicletas o ciclomotores arrancar o circular con el vehículo apoyando una sola rueda en la calzada. Asimismo, se prohíbe a los usuarios de ciclomotores, bicicletas, patines, monopatines o artefactos similares agarrarse a vehículos en marcha. 4.- Las bicicletas circularán por los carriles especialmente reservados, respetando la preferencia de paso de los peatones que los crucen. De circular por la calzada por no haber vial reservado, lo efectuarán por el carril de la derecha, salvo que tengan que realizar un giro próximo a la izquierda. 5.- Cuando los ciclistas circulen en grupo por las vías urbanas deberán respetar individualmente la señalización semafórica que les afecte.6.- No podrán circular las bicicletas por aquellas vías urbanas, que carezcan de arcén, en las que se permita una velocidad superior a los 50 kms. por hora. Art. 5. 1.- La realización de obras, retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización, instalaciones de señalización de obras o hacerlo incorrectamente, colocación de contenedores, mobiliario urbano o cualquier otro elemento u objeto de forma permanente o provisional en las vías objeto de esta Ordenanza necesitará la previa autorización municipal y se regirán por lo dispuesto en esta norma y en las leyes de aplicación general. Las mismas normas serán aplicables a la interrupción de las obras, así como el incumplimiento de actividades industriales que afecten de manera directa a la seguridad vial en razón de las circunstancias o características especiales del tráfico que podrá llevarse a efecto a petición de la autoridad municipal.2.- No podrán circular por las vías objeto de esta Ordenanza los vehículos con niveles de emisión de ruido superiores a los reglamentariamente establecidos; así como tampoco emitiendo gases o humos en valores superiores a los límites establecidos y en los supuestos de haber sido objeto de una reforma de importancia no autorizada. Todos los conductores de vehículos quedan obligados a colaborar en las pruebas reglamentarias de detección que permitan comprobar las posibles deficiencias indicadas.3.- Cuando se aprecie que un vehículo produce un sonido anormalmente exagerado se procederá a inmovilizarlo y en virtud de lo que disponen los apartados 3 y 4 del citado artículo 32 del Decreto 326/2003, se depositará en el lugar habilitado al efecto y se formulará la correspondiente denuncia por circular con escape libre, informando al conductor del vehículo que deberá personarse en la correspondiente dependencia municipal al siguiente día laborable, excluyendo los sábados, para que por el mecánico municipal se confirme la existencia de la infracción. Caso de acreditarse la misma se procederá por el interesado a depositar la fianza prevista en la vigente Ordenanza Municipal de Circulación (OMC), presentando así mismo un certificado de Tesorería de no tener débitos a la Hacienda Municipal en fase ejecutiva para poder recoger su vehículo y subsanar la anomalía en la forma y plazo establecidos en la presente OMC, sufragando los gastos correspondientes a la inmovilización Supuesto de no quedar acreditada la infracción se procederá a la entrega del vehículo sin coste alguno para el interesado y se procederá a emitir el correspondiente informe para proponer se decrete el sobreseimiento del expediente sancionador incoado en razón de la denuncia formulada.4.- En relación con actividades ruidosas en la vía pública como hacer funcionar, entre otros, equipos musicales y altavoces independientes o dentro de vehículos que por su intensidad o persistencia generen molestias a los vecinos que, a juicio de la Policía Local, resulten

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inadmisibles se procederá, caso de tratarse la primera vez que se aprecia la infracción, a la identificación del conductor del vehículo y se le informará que ha de cesar tales molestias, previéndole que en una ulterior ocasión será denunciado ante la Autoridad De detectarse nuevamente la infracción procederá a formular la pertinente denuncia y será advertido el responsable de que la reincidencia conllevará la inmovilización del vehículo. Caso de reincidir e independientemente de formular la correspondiente denuncia se procederá a la inmediata inmovilización del vehículo en lugar habilitado para ello mediante el correspondiente aparato inmovilizador, entregando copia del acta que se levante al efecto al interesado. En el supuesto de darse las circunstancias previstas en los apartados 12) y 13) del artículo 62 de la Ordenanza Municipal de Circulación (OMC) se procederá conforme a ella a la retirada y depósito del vehículo en el Almacén municipal. El informe junto con el acta se remitirá a la Alcaldía-Presidencia al siguiente día laborable, excluyendo los sábados, para que, si procede, se ordene la incoación del correspondiente expediente sancionador. Art. 6. Se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía o sus inmediaciones objetos que puedan entorpecer u obstaculizar la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlo peligroso, producir incendios o accidentes o deteriorar aquella o sus instalaciones, o producir en la misma o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar. Art. 7. 1.- El límite máximo de velocidad de marcha autorizado en las vías del casco urbano reguladas por la presente Ordenanza es de 50 kms. por hora sin perjuicio de que la autoridad municipal, vistas sus características peculiares, pueda establecer en ciertas vías límites inferiores. Todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, las propias condiciones físicas y psíquicas, las características y estado de la vía, así como las del vehículo y las de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación y, en general, todas aquellas circunstancias en cada momento concurrentes, a fin de adecuar la velocidad del vehículo de manera que siempre pueda detener la marcha del mismo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo. 2.- Se podrá circular por debajo de los límites mínimos de velocidad en los casos de transportes y vehículos especiales, o cuando las circunstancias del tráfico impidan el mantenimiento de una velocidad superior a la mínima sin riesgo para la circulación, así como en los supuestos de protección o acompañamiento a otros vehículos, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan. En las zonas peatonales y en calles de un solo carril o de gran aglomeración de personas, los vehículos no podrán sobrepasar la velocidad de 10 kms. por hora. Art. 8. 1.- Los/las conductores/as de vehículos deberán ajustarse en el desarrollo de la conducción a las normas establecidas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y sus Reglamentos de desarrollo.2.- Queda prohibido conducir todo tipo de vehículos utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores y cualquier otro medio o sistema de comunicación, ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares. Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas.3.-Los conductores y ocupantes de los vehículos están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, cascos y demás elementos de protección y dispositivos de seguridad en las condiciones y con las excepciones que, en su caso, se determinen reglamentariamente. Los conductores profesionales cuando presten servicio público a terceros no se considerarán responsables del incumplimiento de esta norma por parte de los ocupantes del vehículo. En todo caso, queda prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros del vehículo salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Asimismo, queda prohibido circular con niños menores de tres años situados en los asientos traseros del vehículo, salvo que utilicen para ello un sistema de sujeción homologado adaptado a su talla y a su peso con las excepciones que se establezcan reglamentariamente.4. Queda prohibido circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas con o sin sidecar, por cualquier clase de vía. 4.- Queda prohibida la instalación de radar en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. No constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico. CAPÍTULO II: DE LA SEÑALIZACION Art. 9. 1.- La señalización de las vías urbanas corresponde a la autoridad municipal. La Alcaldía o el/la Concejal Delegado/a, ordenará la colocación, retirada y sustitución de las señales que en cada caso proceda.2.- Todos los usuarios de las vías objeto de esta Ordenanza están obligados a obedecer las señales de la circulación que establezcan una obligación o una prohibición y a adaptar su comportamiento al mensaje del resto de las señales reglamentarias que se encuentren en las vías por las que circulan. A estos efectos, cuando la señal imponga una obligación de detención, no podrá reanudar su marcha el conductor del vehículo así detenido hasta haber cumplido la finalidad que la señal establece. Art. 10. La instalación, retirada, traslado o modificación de la señalización requerirá la previa autorización municipal. La autorización determinará la ubicación, modelo y dimensiones de las señales a implantar. El Ayuntamiento procederá a la retirada inmediata de toda aquella señalización que no esté debidamente autorizada o no cumpla las normas en vigor, y esto tanto en lo concerniente a las señales no reglamentarias como si es incorrecta la forma, colocación o diseño de la señal.

Se prohíbe asimismo modificar el contenido de las señales o colocar sobre ellas o al lado de éstas, placas, carteles, marquesinas, anuncios, marcas u otros objetos que puedan inducir a confusión, reducir su visibilidad o eficacia, deslumbrar a los usuarios de la vía o distraer su atención. Art. 11. 1.- Las señales de tráfico preceptivas instaladas en las entradas de los núcleos de población, regirán para todo el núcleo, salvo señalización específica para un tramo de calle.2.- Las señales instaladas en las entradas de las zonas peatonales y demás áreas de circulación restringida o de estacionamiento limitado, rigen en general para la totalidad del viario interior del perímetro. Art. 12. El orden de prioridad entre los distintos tipos de señales es el siguiente:Señales y órdenes de los Agentes encargados de la vigilancia del tráfico.Señalización circunstancial que modifique el régimen de utilización normal de la vía pública.Semáforos.Señales verticales de circulación.Marcas viales. En el supuesto de que las prescripciones indicadas por diferentes señales parezcan estar en contradicción entre sí, prevalecerá la prioritaria, según el orden a que se refiere el apartado anterior, o la más restrictiva si se trata de señales del mismo tipo. Art. 13. La Autoridad Municipal, en casos de emergencia o bien por la celebración de actos deportivos, culturales o de cualquier otra naturaleza, susceptibles de producir grandes concentraciones de personas o vehículos, podrá modificar temporalmente la ordenación del tráfico existente y adoptar, en su caso, todas las medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad de las personas y vehículos y una mayor fluidez en la circulación. CAPÍTULO III: DE LA PARADA Y ESTACIONAMIENTO Sección 1ª. De la parada Art. 14. Se entiende por parada toda inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, sin que el conductor pueda abandonarlo. No se considerará parada la detención accidental o momentánea por necesidad de la circulación. Art. 15. La parada deberá efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los/las usuarios/as de la vía, cuidando especialmente la colocación del mismo. En todo caso, la parada tendrá que hacerse arrimando el coche a la acera de la derecha según el sentido de la marcha, aunque en vías de un solo sentido de circulación también se podrá hacer a la izquierda. Los/las pasajeros/as tendrán que bajar por el lado correspondiente a la acera. La persona conductora, si tiene que bajar, podrá hacerlo por el otro lado, siempre que previamente se asegure que puede efectuarlo sin ningún tipo de peligro. Art. 16. En todas las zonas y vías públicas, la parada se efectuará en los puntos donde menos dificultades se produzcan en la circulación. Se exceptúan los casos en que los pasajeros sean personas enfermas o impedidas, o se trate de servicios públicos de urgencia o de camiones del servicio de limpieza o recogida de basuras. En las calles urbanizadas sin acera, se dejará una distancia mínima de un metro desde la fachada más próxima. Art. 17. Los auto-taxi y vehículos de gran turismo pararán en la forma y lugares que determine la Ordenanza Reguladora del Servicio y en su defecto, con sujeción estricta a las normas que con carácter general se establecen en la presente Ordenanza para las paradas. Art. 18. Los autobuses, tanto de líneas urbanas como interurbanas, únicamente podrán dejar y tomar viajeros/as en las paradas expresamente determinadas o señalizadas por la Autoridad Municipal. Art. 19. La Autoridad Municipal podrá requerir a los titulares de centros docentes que tengan servicio de transporte escolar para que propongan itinerarios para la recogida de alumnos. Una vez aprobados estos, dicha Autoridad podrá fijar paradas dentro de cada ruta quedando prohibida la recogida de alumnos fuera de dichas paradas. Art. 20. Se prohíben las paradas en los casos y lugares siguientes:a) En los lugares prohibidos reglamentariamente o señalizados por discos o pintura.b) Cuando produzcan obstrucción o perturbación grave en la circulación de peatones o vehículos.c) En doble fila.d) Sobre los refugios, isletas, medianas, zonas de protección y demás elementos canalizadores del tráfico.e) Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de entrada o salida de vehículos y personas. Así como cuando se encuentre señalizado el acceso de vehículos con el correspondiente vado.f) Zonas señalizadas para uso exclusivo de personas con discapacidad, sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones. A menos de 5 metros de una esquina, cruce o bifurcación salvo que la parada se pueda realizar en chaflanes o fuera de estos sin constituir obstáculo o causar peligro para la circulación.h) En los puentes, pasos a nivel, túneles, pasos inferiores y debajo de los pasos elevados, salvo señalización en contrario.i) En los lugares donde la detención impida la visión de señales de tráfico a los/as conductores/as a que estas vayan dirigidas.j) En la proximidad de curvas o cambios de rasantes cuando la visibilidad sea insuficiente para que los demás vehículos los puedan rebasar sin peligro al que esté detenido.k) En las paradas debidamente señalizadas para vehículos de servicio público, organismos oficiales y servicios de urgencia.l) En los carriles reservados a la circulación o al servicio de determinados/as usuarios/as como autobuses de transporte público de pasajeros o taxis.m) En los rebajes de la acera para el paso de personas de movilidad reducida.n) En los pasos o carriles reservados exclusivamente para el uso de ciclistas.ñ) En las vías públicas declaradas de atención preferente por Resolución Municipal, salvo que la parada se pueda realizar en los chaflanes.

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o) Cuando se obstaculicen los accesos y salidas de emergencia debidamente señalizadas pertenecientes a colegios, edificios, locales o recintos destinados a espectáculos o actos públicos, en las horas de celebración de los mismos.p) En medio de la calzada, aún en el supuesto caso de que la anchura de la misma lo permita, salvo que esté expresamente autorizado.q) Cuando se impida a otros vehículos un giro obligatorio o permitido. Sección 2ª: Del estacionamiento Art. 21. Se entiende por estacionamiento toda inmovilización de un vehículo cuya duración exceda de dos minutos, siempre que no esté motivada por imperativo de la circulación o por el cumplimiento de cualquier requisito reglamentario. Art. 22. El estacionamiento deberá efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía cuidando especialmente la colocación del mismo situándolo lo más cerca posible del borde de la calzada según el sentido de la marcha, y el evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor. A tal objeto los/as conductores/as tendrán que tomar las precauciones adecuadas y suficientes y serán responsables de las infracciones que se puedan llegar a producir como consecuencia de un cambio de situación del vehículo al ponerse en marcha espontáneamente o por la acción de terceros, salvo que en este último caso haya existido violencia manifiesta. El estacionamiento se efectuará de forma que permita a los demás usuarios la mejor utilización del restante espacio libre. Los municipios a través de Ordenanza Municipal, podrán regular el estacionamiento a los vehículo de dos ruedas y ciclomotores de dos ruedas sobre las aceras y paseos siempre que no se perjudique ni se entorpezca el tránsito de los peatones por ella, atendiendo a las necesidades de aquellos que puedan portar algún objeto voluminoso y, especialmente, las de aquellas personas que pudieran contar con alguna discapacidad. Art. 23. Los vehículos se podrán estacionar en fila, en batería y en semibatería. Se denomina estacionamiento en fila o cordón, aquel en que los vehículos están situados unos detrás de otros y de forma paralela al bordillo de la acera. Se denomina estacionamiento en batería, aquel en que los vehículos están situados unos al costado de otros y de forma perpendicular al bordillo de la acera. Se denomina estacionamiento en semibatería, aquel en que los vehículos están situados unos al costado de otros y oblicuamente al bordillo de la acera. Como norma general el estacionamiento se hará siempre en fila. La excepción a esta norma, se tendrá que señalizar expresamente. En los estacionamientos con señalización en el pavimento, los vehículos se colocarán dentro del perímetro marcado. Art. 24. En las vías de doble sentido de circulación, el estacionamiento cuando no estuviera prohibido, se efectuará en el lado derecho del sentido de la marcha. En las vías de un solo sentido de circulación y siempre que no exista señal en contrario el estacionamiento se efectuará en ambos lados de la calzada siempre que se deje una anchura para la circulación no inferior a tres metros. Art. 25. Las personas conductoras deberán estacionar los vehículos tan cerca del bordillo como sea posible, dejando un espacio no superior a 20 centímetros entre el bordillo de la acera y la superficie exterior de las ruedas del vehículo para poder permitir la limpieza de esta parte de la calzada. Art. 26. La Autoridad Municipal podrá fijar zonas en la vía pública para estacionamiento o para utilización como terminales de línea de autobuses tanto de servicio urbano como interurbano, de no existir para éstos últimos, estación de autobuses. Los vehículos destinados al transporte de viajeros o de mercancías de cualquier naturaleza no podrán estacionar en las vías públicas a partir de la hora que la Autoridad Municipal determine mediante la correspondiente Resolución Municipal. Los vehículos destinados al transporte de viajeros o de mercancías con Masa Máxima Autorizada (M.M.A.) superior a 3.500 kgs. no podrán estacionar en las vías públicas urbanas salvo en los lugares expresamente autorizados por la Administración Municipal. Art. 27. El Ayuntamiento podrá establecer medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos. Art. 28. La Autoridad municipal podrá establecer y señalizar zonas para la realización de las operaciones de carga y descarga. En tal supuesto, queda prohibido efectuar dichas operaciones dentro de un radio de acción de 50 metros a partir de la zona reservada.1) Podrán hacer uso de las reservas de estacionamiento para carga y descarga cualquier vehículo, siempre que esté destinado al transporte de mercancías o que sin estarlo el conductor permanezca en su interior, que esté realizando operaciones de carga y descarga, mientras duren las operaciones y sin superar el tiempo máximo de 30 minutos 1, excepto casos justificados en que se ajustará al tiempo estrictamente necesario. 2) El Ayuntamiento atendiendo a circunstancias de situación, proximidad a zonas de estacionamiento regulado y con limitación horaria, o frecuencia de uso, podrá establecer regulaciones específicas para la realización de operaciones de carga y descarga.3) Durante la construcción de edificaciones de nueva planta los/las solicitantes de las licencias de obras deberán acreditar que disponen de un espacio en el interior de las obras destinado al estacionamiento de carga y descarga. Cuando ello fuera posible, las zonas de reserva de estacionamiento por obra se concederán a instancia motivada del peticionario quien deberá acreditar, mediante el oportuno informe técnico, la imposibilidad de reservar el espacio referido en el apartado anterior. La Autoridad Municipal a la vista de la documentación aprobada, determinará sobre la procedencia de su concesión o sobre los condicionamientos de la que se autorice. La carga y descarga en situaciones o para servicios especiales (combustible, mudanzas, operaciones esporádicas y excepcionales) deberá ser objeto de regulación por resolución de la Alcaldía. En las autorizaciones que se concedan se hará constar la finalidad, situación, extensión, fechas y horarios así como la Masa Máxima Autorizada (M.M.A.) de los vehículos. Art. 29. Queda prohibido el estacionamiento en los casos y lugares siguientes:a) En los lugares donde lo prohíban las señales correspondientes.

b) Donde esté prohibida la parada.c) En doble fila en cualquier supuesto.d) En las zonas señalizadas como reserva de carga y descarga de mercancías, en los días y horas en que esté en vigor la reserva; excepto si se trata de personas con movilidad reducida, debidamente identificados y por el tiempo máximo de 30 minutos3.e) En las zonas reservadas para estacionamiento de vehículos de servicio público, organismos oficiales, entidades y asociaciones debidamente autorizadas, delegaciones diplomáticas y servicios de urgencia o policía.f) Delante de los accesos de edificios destinados a espectáculos o actos públicos, en las horas de celebración de los mismos ya que con ello se resta facilidad a la salida masiva de personas en caso de emergencia.f) En las calles de doble sentido de circulación en las cuales la anchura de la calzada sólo permita el paso de dos columnas de vehículos.g) Cuando se obstaculice la utilización normal del paso a inmuebles por vehículos o personas.h) Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para personas de movilidad reducida.i) En condiciones que dificulten la salida de otros vehículos estacionados reglamentariamente.j) En los vados, total o parcialmente.k) En los carriles reservados a la circulación de determinadas categorías de vehículos.ll) En los lugares reservados exclusivamente para parada de determinadas categorías de vehículos.l) En los lugares señalizados temporalmente por obras, actos públicos o manifestaciones deportivas.m) En los lugares habilitados por la Autoridad Municipal como de estacionamiento con limitación horaria, sin colocar el distintivo que lo autoriza.n) En los lugares habilitados por la Autoridad Municipal como de estacionamiento con limitación horaria, cuando colocando el distintivo que lo autoriza se mantenga estacionado el vehículo en exceso sobre el tiempo máximo permitido por la Ordenanza reguladora de esta clase de estacionamientos.ñ) Delante de los lugares reservados para contenedores del Servicio Municipal de Limpieza.3 Cada Ayuntamiento regulará el tiempo que considere adecuado en función de las características del tráfico, las circunstancias de sus municipios, etc .o) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.p) En zonas señalizadas para uso exclusivo de personas de movilidad reducida.q) En las vías públicas, los remolques separados del vehículo motor.r) En las calles urbanizadas sin aceras. s) Fuera de los límites del perímetro marcado en los estacionamientos autorizados t) En la calzada, de manera diferente a la determinada en el artículo 23. u) En las glorietas.w) En la vía pública destinado a su venta, alquiler, fines publicitarios o venta ambulante no autorizadas, así como las reparaciones no puntuales de vehículos.x) En la vía pública realizando acampada, una caravana, autocaravana o similar utilizada como lugar habitable.y) Estacionar un vehículo durante un periodo superior a diez días en el mismo lugar. CAPÍTULO IV: DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO REGULADO Art. 30. Objeto: El servicio de ordenación y regulación de aparcamiento es un servicio público local que pretende la regulación de los espacios de aparcamiento en superficies disponibles en la ciudad, fijando los tiempos máximos de permanencia para lograr una rotación de vehículos que permita optimizar el uso de un bien escaso cual es el de Dominio Público dedicado a tal fin. Art. 31. Tipología de usos y usuarios/as:1) Régimen General: usuarios/as que mediante el abono de las tarifas establecidas en la Ordenanza correspondiente podrán estacionar en las zonas delimitadas a tal fin, con un límite máximo permitido de dos horas. Los títulos habilitantes serán los comprobantes de pago y del tiempo de estacionamiento y serán prepagados en las máquinas expendedoras mediante monedas, tarjeta mecánica, monedero o cualquier otro medio establecido por el Ayuntamiento. Las Tarifas serán de treinta minutos mínimo y dos horas máximo, si bien se admite un "exceso" de treinta minutos pospagado, de acuerdo a lo previsto en el art. 37. La persona conductora del vehículo deberá colocar el título habilitante en la parte interna del parabrisas, de manera que sea totalmente visible desde el exterior.2) Régimen General de Corta Duración: las calles delimitadas a este fin se regirán por los mismos criterios del apartado anterior, salvo el tiempo máximo de estacionamiento, que será de una hora.3) Régimen de Residentes: tienen la condición de Residentes las personas físicas, excluyéndose las jurídicas en todo caso, usuarias del servicio que tengan su domicilio y que de hecho vivan conforme al Padrón Municipal dentro del perímetro del sector que para este régimen se establezca en esta Ordenanza, y sean titular o conductor/a habitual del vehículo para el que se solicita el distintivo. Los/las residentes pierden tal condición en los demás sectores distintos al suyo. Por razones de política de tráfico, la Autoridad Municipal podrá establecer zonas en las que los residentes tengan el mismo tratamiento que los no residentes o en las que se les limite el tiempo de estacionamiento. 3.1) Los/las residentes tendrán derecho a la obtención de una tarjeta que los acredite como tales, con vigencia hasta el 31 de Diciembre de cada año, para lo que deberán presentar la oportuna instancia en el Registro General del Ayuntamiento en plazo que se publicará al efecto, debiendo acompañar la siguiente documentación:a) Fotocopia del DNI.b) Fotocopia del Permiso de Circulación.c) Fotocopia de último recibo pagado del seguro del vehículo.d) Fotocopia de la ficha técnica y de la Inspección Técnica del Vehículo.3.2) Las personas interesadas en obtener esta tarjeta deberán estar al corriente del pago del último recibo devengado del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y

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no tener pendiente en vía ejecutiva multas de tráfico aprobadas por Resolución firme de su Alcaldía.3.3) Una vez hechas las debidas comprobaciones, se expedirá la Tarjeta por las dependencias municipales que se designen al efecto, previo abono del precio público establecido en la correspondiente Ordenanza Reguladora. Los/las residentes en su sector deberán llevar en lugar visible, en el parabrisas, la tarjeta del año en curso, que les habilita para estacionar sin límite de tiempo, en las calles señalizadas como reservadas para residentes. El Ayuntamiento se reserva el derecho de exigir cualquier otra prueba documental o de realizar de oficio cuantas comprobaciones considere necesarias para contrastar la veracidad de los datos aportados por las personas interesadas para la obtención de la Tarjeta.3.4) Se concederá una sola tarjeta por habitante.3.5) La persona titular de la Tarjeta es responsable de la utilización de la misma. En caso de pérdida, podrá obtener una nueva previa declaración jurada de pérdida.3.6) En el supuesto de variación de las condiciones expresadas en la solicitud, como cambio de domicilio o cambio de vehículo, la persona interesada deberá solicitar nuevo distintivo y previas las comprobaciones oportunas, por el Ayuntamiento se procederá a su emisión, debiendo el/la solicitante hacer entrega en las oficinas municipales de la Tarjeta de aparcamiento de que venía disfrutando con anterioridad.3.7) Si de las comprobaciones practicadas resultara que por la persona titular del distintivo de aparcamiento se ha venido realizando un uso fraudulento del mismo o que los datos aportados para la obtención de la autorización han sido falseados, se iniciará expediente para la retirada del distintivo, sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente sancionador. Si de las actuaciones practicadas se desprendieron indicios de ilícito penal, se remitirán las actuaciones al órgano competente. La anulación del distintivo por esta causa no dará derecho a reembolso de la cantidad abonado para su obtención. Art. 32. Quedan excluidos de la limitación de la duración del estacionamiento y no sujetos al pago de la tasa los vehículos siguientes:1. Las motocicletas, ciclos, ciclomotores y bicicletas.2. Los estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad3. Los auto-taxis, cuando su conductor esté presente.4. Los de propiedad de Organismos del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias y Municipios debidamente identificados, durante la prestación de los servicios de su competencia.5. Los de representaciones diplomáticas acreditadas en España, externamente identificados con matrícula diplomática y a condición de reciprocidad.6. Los destinados a la asistencia sanitaria que pertenezcan a la Seguridad Social, Samur o Cruz Roja Española y las ambulancias.7. Los de propiedad de disminuidos físicos, cuando estén en posesión y exhiban la autorización correspondiente mediante la tarjeta oficial.8. Los utilizados por el personal municipal, aún siendo de propiedad privada, en acto de servicio, debidamente autorizados.9. Los residentes quedan excluidos de la limitación de la duración del estacionamiento, pero sujetos al pago de la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal correspondiente, cuando el estacionamiento se produzca en el barrio de su residencia autorizado el distintivo que a tal efecto posean, excepto en las zonas 0/0. Art. 33. Señalización:1) Zona de Régimen General: se delimitará la zona mediante señales verticales específicas y horizontales de color azul.2) Sector de Régimen General de Corta Duración: la señalización será igual que la del Régimen General, con indicación expresa de que el tiempo límite máximo es de una hora.3) Sector de Régimen de Residentes: se delimitarán las calles mediante señales verticales específicas y horizontales de color verde. Art. 34. Título Habilitante: A los efectos de obtención de título habilitante para estacionamiento de uso general, se instalarán en la vía pública máquinas expendedoras en número suficiente. Las máquinas expendedoras deberán ser seleccionadas por el Ayuntamiento y los tickets deberán indicar, día, mes, año, hora y minutos máximos autorizados de estacionamiento y cantidad abonada. La Alcaldía, cuando se den circunstancias que así lo aconsejen en atención a los intereses municipales, podrá implantar otros sistemas de control de horario. Art. 35. El Servicio estará en actividad en días laborables y en las calles que se indiquen por acuerdo municipal, con el siguiente horario: De lunes a viernes:- de 09,00 a 14.00 horas.- de 17,00 a 20.00 horas. Sábados:- de 09,00 a 14.00 horas. Por Resolución del Pleno Municipal podrá modificarse o ampliarse el citado horario. Art. 36. Tasa: El Régimen de tarifas y sus modificaciones, las disposiciones relativas a sujetos obligados y exentos del pago, etc. se regirán por lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de la Tasa correspondiente. Art. 37. Título habilitante pospagado: Si el vehículo no ha sobrepasado en treinta minutos el tiempo de estacionamiento permitido indicado en el título habilitante, el/la usuario/a podrá obtener un segundo ticket de "exceso" en el que constará su hora de expedición. Este plazo de exceso que se pospaga nunca podrá superar el límite máximo de estacionamiento de dos horas en Régimen General y de una hora en Régimen de corta duración previstos en esta Ordenanza. Art. 38. Infracciones:1) Se consideran infracciones del Servicio Público de Ordenación y Regulación de Aparcamiento durante el horario de actividad del mismo:a) El estacionamiento efectuado sin título habilitante o con título habilitante no válido.b) El estacionamiento efectuado con título habilitante por tiempo superior al señalado en el mismo, con la salvedad establecida en anteriores apartados.

c) El estacionamiento efectuado sin tarjeta de residente en las calles reservadas a tal fin.d) El estacionamiento efectuado con tarjeta de residente en sector distinto al de su residencia.e) El permanecer estacionado más de dos horas en una misma calle de la zona general y más de una hora en sector de régimen general de corta duración, durante las horas de actividad del servicio.2) Con independencia de las facultades que ostentan los Agentes de la Policía Local, con carácter general, en materia de infracciones a la presente Ordenanza, aquellas referidas a los apartados de este artículo, serán denunciadas por los Vigilantes del Servicio en calidad de “Colaboradores” de la Autoridad. Art. 39. Tramitación: El Ayuntamiento, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 7 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 13/1982 de 7 de abril, deberá adoptar las medidas necesarias para la concesión de la tarjeta de aparcamiento para personas discapacitadas con problemas graves de movilidad y para la efectividad de los derechos que de la misma se derivan, teniendo en cuenta la Recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre la creación de una tarjeta de estacionamiento para disminuidos físicos y la legislación sectorial de cada Comunidad Autónoma. Los Municipios expedirán la tarjeta de aparcamiento especial para disminuidos físicos según el modelo determinado reglamentariamente, y tendrán validez para todo el territorio nacional. Dichas tarjetas permitirán al titular de vehículo autorizado estacionar en los lugares especialmente reservados para personas con movilidad reducida, salvo en las que estén destinadas a un vehículo determinado, zonas de estacionamiento regulado y zonas de carga y descarga. Las tarjetas expedidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta disposición normativa podrán seguir usándose hasta su sustitución. TÍTULO SEGUNDO DE LAS ACTIVIDADES EN LA VIA PÚBLICA CARGA Y DESCARGA Art. 40. Las labores de Carga y Descarga se realizarán en vehículos dedicados al transporte de mercancías, o aquellos que estén debidamente autorizados para ello, dentro de las zonas reservadas a tal efecto, y durante el horario establecido y reflejado en las señalizaciones correspondientes. En cuanto al peso y medida de los vehículos de transporte que realicen operaciones de carga y descarga se ajustarán a lo dispuesto por la vigente Ordenanza. No obstante, por la Alcaldía podrán limitarse en función de la capacidad de determinadas vías de la ciudad. Art. 41. Se habilitará una tarjeta para vehículos autorizados al transporte y que por sus características (menos de 2.000 Kg.) no tienen posibilidad de obtener la tarjeta correspondiente. Los vehículos habrán de tener características comerciales y/o de transporte mixto, de dos asientos, cuya actividad en todo o en parte se desarrolle en su término municipal. Para la concesión de dicha tarjeta deberán de aportarse los siguientes documentos:a) Particulares:- Permiso de circulación del vehículo.- I.T.V. en vigor.- Impuesto Municipal de Circulación del vehículo, si se abona en otro Municipio.- Seguro en vigor del vehículo.b) Comercios o Empresas:- Permiso de Circulación del vehículo.- I.T.V. en vigor del vehículo.- Impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica, si es de otro Municipio.- Seguro en vigor del vehículo. Art. 42. La Carga y Descarga de mercancías se realizará:a) Preferentemente en el interior de los locales comerciales e industriales, siempre que reúnan las condiciones adecuadas, cuando las características de acceso de los viales lo permita.b) En las zonas reservadas para este fin, dentro del horario reflejado en la señalización correspondiente. Únicamente se permitirá la Carga y Descarga fuera de las zonas reservadas, en los días, horas y lugares que se autoricen especialmente. Art. 43. La Alcaldía podrá dictar disposiciones que versen sobre las siguientes materias:a) Señalización de zonas reservadas para Carga y Descarga, en las que será de aplicación el Régimen Especial de los Estacionamientos Regulados y con horario limitado.b) Delimitación de las zonas de Carga y Descarga.c) Delimitación de peso y dimensiones de los vehículos para determinadas vías de la ciudad.d) Horario permitido para realizar las operaciones de Carga y Descarga, en relación con la problemática propia en las diferentes vías y barrios de la ciudad.e) Servicios especiales para realizar operaciones de Carga y Descarga, con expresión de días, horas y lugares.f) Autorizaciones especiales para:- Camiones de 12 Toneladas y media o más- Vehículos que transporten mercancías peligrosas- Otras Art. 44. Los camiones de transporte superior a 12 y media o más toneladas podrán descargar exclusivamente en:a) Intercambiadores de mercancías o lugar destinado por el Ayuntamiento para ello.b) En el interior de locales comerciales e industriales, siempre que reúnan las condiciones adecuadas y utilizando trayectos previamente autorizados por la Autoridad Municipal. Autorización especial para aquellos casos específicos en los que no puedan acogerse a lo anterior. Art. 45. Las mercancías, los materiales o las cosas que sean objeto de la Carga y Descarga no se dejarán en la vía pública, sino que se trasladarán directamente del inmueble al vehículo o viceversa, salvo en casos excepcionales que deberán ser

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expresamente autorizados y contar con la preceptiva Licencia para la ocupación de la Vía Pública, atendiendo en todo caso a las condiciones que determina la presente Ordenanza sobre realización y balizamiento de obras en vía pública. Art. 46. Las operaciones de Carga y Descarga tendrán que realizarse con las debidas precauciones para evitar ruidos innecesarios, y con la obligación de dejar limpia la vía pública. Art. 47. Las mercancías se cargarán y descargarán por el lado del vehículo más cercano a la acera, utilizando los medios necesarios y personal suficiente para agilizar la operación, procurando no dificultar la circulación, tanto de peatones como de vehículos. En caso de existir peligro para peatones o vehículos mientras se realice la Carga y Descarga se deberá señalizar debidamente. Art. 48. No podrán permanecer estacionados, en las zonas habilitadas para Carga y Descarga, vehículos que no estén realizando dicha actividad. Art. 49. Las operaciones deberán efectuarse con personal suficiente para terminarlas lo más rápidamente posible, siendo el límite de tiempo autorizado para cada operación, con carácter general, de 30 minutos. Excepcionalmente se podrá autorizar un período mayor de tiempo previa solicitud debidamente justificada y para una operación en concreto. Art. 50. Para facilitar el control del tiempo máximo en la realización de cada operación de carga y descarga que se establezca en el artículo anterior, será obligatoria la exhibición de la hora de inicio de la operación, que se colocará en el parabrisas de tal forma que quede totalmente visible. A tal efecto, el Ayuntamiento podrá instalar máquinas expendedoras de tickets con la hora de inicio de aparcamiento en Carga y Descarga. En caso de no existir dichas máquinas, la hora de inicio del aparcamiento se colocará por el usuario, debiendo reflejar, en cualquier caso, dicha hora. Transcurrido el tiempo autorizado de 30 minutos, no podrá encontrarse estacionado en zona de Carga y Descarga ningún vehículo cerrado sin conductor, que no realice operaciones propias del aparcamiento. Se considerará, a todos los efectos, como no autorizado, pudiendo incluso ser retirado por grúa, con independencia de las sanciones que corresponda. TÍTULO TERCERO DE LAS AUTORIZACIONES PARA ENTRADA Y SALIDA DE VEHICULOS (VADOS) Art. 51: Está sujeto a Autorización Municipal el acceso de vehículos al interior de inmuebles cuando sea necesario cruzar aceras u otros bienes de dominio y uso público o que suponga un uso privativo o una especial restricción del uso que corresponda a todos los ciudadanos respecto a todos bienes o impida el estacionamiento o parada de otros vehículos en el frente por el que se realiza el acceso. Art. 52. Obligaciones del titular del Vado: Al titular del vado o la comunidad de propietarios correspondiente, le serán de aplicación las siguientes obligaciones: La limpieza de los accesos al inmueble de grasa, aceites u otros elementos producidos como consecuencia de la entrada y salida de vehículos. Colocar la señal de vado permanente en zona visible de la puerta de entrada o salida del inmueble, preferentemente en el lateral derecho o en su defecto, en la zona central superior de la fachada de la puerta. Excepcionalmente, en aquellos inmuebles con accesos de largo recorrido, se permitirá que se coloque en barra vertical. A la adquisición de la señal de vado aprobada por el Ayuntamiento. Será considerado infracción grave la no instalación de los dispositivos de alerta al conductor en los garajes o aparcamientos en los términos legal y reglamentariamente previstos. Art. 53: La autorización de entrada de vehículos será concedida por la Alcaldía o Concejal-Delegado correspondiente a propuesta de los servicios correspondientes. La solicitud de autorización de entrada de vehículos podrá ser solicitada por los propietarios y los poseedores legítimos de los inmuebles a los que se haya de permitir el acceso, así como los promotores o contratistas en el supuesto de obras. Art. 54: El expediente de concesión de entrada de vehículos podrá iniciarse de oficio o previa petición de los interesados y ha de acompañarse de la siguiente documentación:- Plano de situación a escala 1:2.000 de la cartografía municipal.- Plano de la fachada del inmueble con acotaciones expresas de la entrada solicitada a escala 1:50.- Plano de planta y número de plazas existentes por planta.- Fotografía de la fachada del inmueble.- Licencia de obras y primera ocupación cuando en ellos conste expresamente zona o reserva de aparcamiento.- Licencia de habilitación del local para garaje (cuando requiera obra).- Licencia de modificación de uso (cuando no requiera obra).- Licencia de apertura:- Cuando en ella conste expresamente zona de aparcamiento. Cuando aunque no conste expresamente se otorgue para el desarrollo de actividad de taller de reparación de vehículos, de venta o alquiler o exposición de vehículos, lavado y engrase de vehículos, inspección de vehículos y estaciones de servicio. Cuando los documentos exigidos sean de los expedidos por la Administración actuante, podrá suplirse su aportación cuando así lo haga constar el interesado y facilite los datos necesarios para la localización y verificación de su existencia por la Administración y se otorgarán tras la comprobación de los documentos presentados y emitidos los informes favorables por los Servicios correspondientes. Art. 55: Las entradas de vehículos pueden ser de los siguientes tipos:A.- PERMANENTES:- Garajes privados o de comunidades de propietarios con más de tres vehículos y una superficie mínima de 36 metros cuadrados.- Garaje público con capacidad superior a 10 plazas y talleres con cabida superior a 10 vehículos, siempre y cuando acrediten que prestan servicios permanentes de urgencia.- Garajes destinados a vivienda unifamiliar.- Edificios o instalaciones de equipamientos comunitarios de carácter sanitario,

hospitales y ambulatorios.- Gasolineras, estaciones de servicio, venta de carburantes.- Aparcamientos de promoción pública.- Edificios destinados a organismos oficiales, cuando la naturaleza del mismo lo exija.B.- LABORAL:Se otorga a las siguientes actividades:- Talleres con capacidad inferior a 10 vehículos o que aun teniendo una capacidad superior, no justifiquen que prestan servicio permanente de urgencia.- Obras de construcción, derribo, reforma y reparación de edificios.- Almacenes de actividades comerciales.- Concesionarios de automóviles, compraventa de vehículos usados y alquiler sin conductor.- Otras actividades de características análogas. El horario laboral, se establece con carácter general de 9´30 a 20´30 horas, con excepción de los domingos y festivos.C.- NOCTURNOS:Se otorgará vado nocturno en los siguientes casos:- Los garajes destinados a comunidades de propietarios o propietarios individuales en los que la capacidad del local sea inferior a cuatro vehículos.- A los garajes de comunidad con capacidad del local superior a 10 vehículos en los casos en que esta modalidad de vado sea solicitada. El horario en que se autoriza es de 21'00 a 9'00 horas durante todos los días de la semana. La Administración podrá iniciar de oficio la concesión de vado en aquellos casos en que conozca el ejercicio de un particular del derecho que le otorga una Licencia Municipal para la actividad de garaje, en cuyo caso, comprobada la existencia de dicho acto administrativo y previa notificación al titular de la licencia, se procederá a su otorgamiento y alta en los Padrones Municipales afectados momento a partir del cual el titular quedará sujeto a cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ordenanza sustantiva y fiscal. Art. 56. Señalización:Están constituidas por dos tipos de señalización:A.-VERTICAL: Instalación en la puerta, fachada o construcción de un disco de prohibición de estacionamiento ajustado al modelo oficial que podrá ser facilitado por el Ayuntamiento previo abono de las tasas correspondientes en las que constará:- El nº de identificación otorgado por el Ayuntamiento.- Los metros de reserva autorizada.- La denominación del vado:* Permanente.* Laboral.* Nocturno. Debiendo constar en estos dos últimos casos, el horario.- La vigencia del vado en que debe constar el año en curso.B.- HORIZONTAL: Consiste en una franja amarilla de longitud correspondiente a la del ancho de la entrada pintada en el bordillo o en la calzada junto al bordillo. No se permitirá en ningún caso colocar rampas ocupando la calzada.En el supuesto de que el interesado necesite realizar alguna obra de adaptación del vado deberá pedir el correspondiente permiso de obra. Los gastos que ocasione la señalización descrita, así como las obras necesarias serán a cuenta del solicitante, que vendrá obligado a mantener la señalización tanto vertical como horizontal en las debidas condiciones. Art. 57. Los desperfectos ocasionados en aceras con motivo del uso especial que comporta la entrada y salida de vehículos con ocasión del vado concedido, será responsabilidad de los titulares, quienes vendrán obligados a su reparación a requerimiento de la autoridad competente y dentro del plazo que al efecto se otorgue y cuyo incumplimiento dará lugar a la ejecución forzosa en los términos regulados en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Art. 58. El Ayuntamiento podrá suspender por razones del tráfico, obras en vía pública u otras circunstancias extraordinarias los efectos de la autorización con carácter temporal. Art. 59. Las autorizaciones podrán ser revocadas por el órgano que las dictó en los siguientes casos:- Por ser destinadas a fines distintos para los que fueron otorgadas.- Por haber desaparecido las causas o circunstancias que dieron lugar a su otorgamiento.- Por no abonar el precio público anual correspondiente.- Por incumplir las condiciones relativas a los horarios o carecer de la señalización adecuada.- Por causas motivadas relativas al tráfico o circunstancias de la vía pública. La revocación dará lugar a la obligación del titular de retirar la señalización, reparar el bordillo de la acera a su estado inicial y entregar la placa identificativa en el Ayuntamiento. Art. 60. Cuando se solicite la baja o anulación de la autorización de entrada de vehículos que se venía disfrutando por dejar de usar el local como aparcamiento, se deberá suprimir toda la señalización indicativa de la existencia de la entrada, reparación del bordillo de la acera al estado inicial y entrega de la placa en los Servicios Municipales correspondientes, así como la acreditación de la imposibilidad material de poder acceder con un vehículo al interior de la antigua zona de estacionamiento. Previa comprobación del cumplimiento de estos requisitos por los Servicios Municipales correspondientes, se procederá a la concesión de la baja solicitada. TÍTULO CUARTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES CAPÍTULO I: INMOVILIZACIÓN DEL VEHÍCULO Art. 61. 1.- La policía local podrá inmovilizar los vehículos que se encuentren en los siguientes supuestos:a) El vehículo carezca de autorización administrativa para circular, bien por no haberla

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obtenido o porque haya sido objeto de anulación, declarada su pérdida de vigencia.b) El vehículo presente deficiencias que constituyan un riesgo especialmente grave para la seguridad vial.c) El conductor o el pasajero no hagan uso del casco de protección, en los casos en que fuera obligatorio.d) Tenga lugar la negativa a efectuar las pruebas a que se refiere el artículo 12.2 y 3 (pruebas para la obtención de la alcoholemia, del consumo de psicotrópicos, estupefacientes, estimulantes o sustancias análogas) o éstas arrojen un resultado positivo.e) El vehículo carezca de seguro obligatorio. f) Se observe un exceso en los tiempos de conducción o una minoración en los tiempos de descanso que sean superiores al 50 por ciento de los tiempos establecidos reglamentariamente, salvo que el conductor sea sustituido por otro.g) Se produzca una ocupación excesiva del vehículo que suponga aumentar en un 50 por ciento el número de plazas autorizadas, excluida la del conductor.h) El vehículo supere los niveles de gases, humos y ruido permitidos reglamentariamente según el tipo de vehículo.i) Existan indicios racionales que pongan de manifiesto la posible manipulación en los instrumentos de control.j) Se detecte que el vehículo está dotado de mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los Agentes de Tráfico y de los medios de control a través de captación de imágenes. Y en cualquier otra circunstancia que legalmente se establezca. La inmovilización se levantará en el momento en que cese la causa que la motivó. En los supuestos previstos en el apartado 1, párrafos h), i) y j) la inmovilización sólo se levantará en el supuesto de que, trasladado el vehículo a un taller designado por el Agente de la Autoridad, se certifique por aquél la desaparición del sistema o manipulación detectada o ya no se superen los niveles permitidos.2.- La inmovilización del vehículo se producirá en el lugar señalado por los Agentes de la Autoridad. A estos efectos, el Agente podrá indicar al conductor del vehículo que continúe circulando hasta el lugar designado.3. -Los gastos que se originen como consecuencia de la inmovilización del vehículo serán por cuenta del titular, del arrendatario a largo plazo o del conductor habitual, según el caso, que deberá abonarlos como requisito previo a levantar tal medida, sin perjuicio del derecho de defensa que le asiste y de la posibilidad de repercutirlos sobre la persona responsable que haya dado lugar a que la Administración adopte dicha medida. En los supuestos previstos en el apartado 1, párrafos h), i) y j), los gastos de la inspección correrán de cuenta del denunciado, si se acredita la infracción.4.- Cuando, inmovilizado el vehículo, resulte problemática su permanencia en el mismo lugar, se acordará la retirada, depósito y tratamiento residual del vehículo, en su caso, en las mismas condiciones y efectos establecidos en los artículos 85 y 86.5.- Si el vehículo inmovilizado fuese utilizado en régimen de arrendamiento, la inmovilización del vehículo se sustituirá por la prohibición de uso del vehículo por el infractor, en los términos recogidos en el artículo 87.6.- Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el Agente denunciante fijará provisionalmente la cuantía de la multa y, de no depositarse su importe, el conductor deberá trasladar el vehículo e inmovilizarlo en el lugar indicado por el Agente denunciante. El depósito podrá efectuarse mediante tarjeta de crédito, o en metálico en euros y, en todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en cuanto a la posibilidad de reducción del 50 por ciento de la multa inicialmente fijada. CAPÍTULO II: RETIRADA DE LA VÍA Y TRATAMIENTO RESIDUAL DE VEHICULOS Art. 62.1.- La Policía Local podrá ordenar la retirada de un vehículo de la vía pública y su traslado al depósito municipal de vehículos, cuando se encuentre estacionado en algunas de las siguientes circunstancias:a) Siempre que constituya peligro, cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones o deteriore algún servicio o patrimonio público.b) En caso de accidente que impida continuar su marcha.c) Cuando, procediendo legalmente la inmovilización del vehículo, no hubiere lugar adecuado para practicarla sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas.d) Cuando, inmovilizado un vehículo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84, no cesasen las causas que motivaron la inmovilización.e) Cuando un vehículo permanezca estacionado en lugares habilitados por la autoridad municipal como zonas de aparcamiento reservado para el uso de personas con discapacidad sin colocar el distintivo que lo autoriza. f) Cuando un vehículo permanezca estacionado en los carriles o partes de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios y en las zonas reservadas a la carga y descarga.g) Cuando un vehículo permanezca estacionado en lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza, o cuando se rebase el triple del tiempo abonado conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal.2.- Salvo en los casos de sustracción u otras formas de utilización del vehículo en contra de la voluntad de su titular, debidamente justificadas, los gastos que se originen como consecuencia de la retirada a la que se refiere el apartado anterior, serán por cuenta del titular, del arrendatario o del conductor habitual, según el caso, que deberá abonarlos como requisito previo a la devolución del vehículo, sin perjuicio del derecho de recurso que le asiste y de la posibilidad de repercutirlos sobre el responsable del accidente, del abandono del vehículo o de la infracción que haya dado lugar a la retirada.3.- La Administración deberá comunicar la retirada y depósito del vehículo al titular en el plazo de 24 horas. La comunicación se efectuará a través de la dirección electrónica vial, si el titular dispusiese de ella. Art. 63. Se considerará que un vehículo se encuentra estacionado originando una situación de peligro para el resto de peatones y conductores cuando se efectúe:1) En las curvas o cambios de rasantes.2) En las intersecciones de calles y sus proximidades, produciendo una disminución de la visibilidad.3) En los lugares en los que se impida la visibilidad de las señales de circulación.

4) De manera que sobresalga del vértice de la esquina de la acera, obligando al resto de conductores a variar su trayectoria, o dificultando el giro de los vehículos.5) Cuando se obstaculice la salida de emergencia de los locales destinados a espectáculos públicos y entretenimiento durante las horas de apertura de los mismos.6) En la calzada, fuera de los lugares permitidos.7) En las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico.8) En zonas excluidas al tráfico rodado.Art. 64. Se entenderá que el vehículo se encuentra estacionado en lugar que perturba la circulación de peatones y vehículos en los siguientes casos:1) Cuando esté prohibida la parada.2) Cuando no permita el paso de otros vehículos.3) Cuando obstaculice la salida o acceso a un inmueble a través del vado.4) Cuando se impida la incorporación a la circulación de otro vehículo correctamente estacionado.5) Cuando se encuentre estacionado en doble fila sin conductor.6) Cuando invada carriles o parte de las vías reservadas exclusivamente para la circulación o para el servicio de los demás usuarios.7) Cuando se encuentre estacionado en los pasos de peatones y de disminuidos físicos y en los pasos para ciclistas o en sus proximidades.8) Cuando se encuentre estacionado en la acera, en islas peatonales y demás zonas reservadas a los peatones. En vías de atención preferente. En zonas reservadas a disminuidos físicos. Art. 65. El estacionamiento obstaculizará el funcionamiento de un servicio público cuando tenga lugar:1) En las paradas reservadas a los vehículos de transporte público.2) En los carriles reservados a la circulación de vehículos de transporte público.3) En las zonas reservadas para la colocación de contenedores de residuos sólidos urbanos u otro tipo de mobiliario urbano. En las salidas reservadas a servicios de urgencia y seguridad. En las zonas de carga y descarga, sin autorización. Art. 66. Se entenderá que el estacionamiento origina pérdida o deterioro del patrimonio público cuando se efectúe en jardines, setos, zonas arboladas, fuentes y otras partes de la vía destinadas al ornato y decoro de la ciudad. Art. 67. La Autoridad Municipal podrá presumir razonablemente que un vehículo se encuentra en situación de abandono en los siguientes casos:1.- Cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículo haya sido depositado tras su retirada de la vía pública por la autoridad competente.2.- Cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matriculación. En este caso, tendrá el tratamiento de residuo sólido urbano de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente. En el supuesto contemplado en el apartado 1) y en aquellos vehículos que, aun teniendo signos de abandono, mantengan la placa de matriculación o dispongan de cualquier signo o marca visible que permita la identificación de su titular, se requerirá a éste, una vez transcurridos los correspondientes plazos para que en el plazo de quince días retire el vehículo del depósito, con la advertencia de que en caso contrario, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento. La administración competente en materia de gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación:a. Cuando hayan transcurridos más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones.b. Cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presenta desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula.c. Cuando recogido un vehículo como consecuencia de avería o accidente del mismo en un recinto privado su titular no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses. El Alcalde o autoridad correspondiente por delegación, podrán acordar la sustitución de las destrucción del vehículo por su adjudicación a los servicios de vigilancia y control de tráfico, respectivamente en cada ámbito. Art. 68. Los vehículos que ocupen una plaza de estacionamiento con horario limitado podrán ser retirados en cualquiera de las circunstancias siguientes:1) Cuando el usuario no haya abonado previamente el distintivo de autorización. A estos efectos, la Autoridad Municipal podrá presumir que no se ha abonado dicho distintivo cuando éste no se encuentre colocado de forma visible en el parabrisas del automóvil.2) Cuando el tiempo de ocupación de la plaza exceda en el doble del abonado por el usuario del vehículo. Art. 69. Aun cuando se encuentren correctamente estacionados, la Autoridad Municipal podrá retirar los vehículos de la vía pública en las situaciones siguientes:1) Cuando estén aparcados en lugares en los que esté previsto la realización de un acto público debidamente autorizado.2) Cuando estén estacionados en zonas donde se prevea la realización de labores de limpieza, reparación o señalización de la vía pública.3) En casos de emergencia. El Ayuntamiento deberá advertir, con la antelación suficiente las referidas circunstancias mediante la colocación de los avisos necesarios. Una vez retirados, los vehículos serán conducidos al lugar de depósito autorizado más próximo, lo cual se pondrá en conocimiento de sus titulares. Art. 70. Salvo las excepciones legalmente previstas, los gastos que se originen como consecuencia de la retirada del vehículo y su estancia en el Depósito Municipal serán por cuenta del titular, que tendrá que pagarlos o garantizar el pago como requisito previo a la devolución del vehículo, sin perjuicio del derecho de interposición de recurso que le asiste. Por otro lado, la retirada del vehículo sólo podrá hacerla el titular o persona autorizada.

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Art. 71. La retirada del vehículo se suspenderá inmediatamente, si el conductor comparece antes que la grúa haya iniciado su marcha con el vehículo enganchado, y toma las medidas necesarias para hacer cesar la situación irregular en la que se encontraba. Art. 72. Serán retirados inmediatamente de la vía pública por la Autoridad Municipal todos aquellos objetos que se encuentren en la misma y no haya persona alguna que se haga responsable de los mismos, los cuales serán trasladados al Depósito Municipal. De igual forma se actuará en el caso de que el objeto entorpezca el tráfico de peatones o de vehículos, así como si su propietario se negara a retirarlo de inmediato.2. Tratamiento residual del vehículo. La Administración competente en materia de gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de vehículos para su posterior destrucción y descontaminación:a) Cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones.b) Cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula.c) Cuando recogido un vehículo como consecuencia de avería o accidente del mismo en un recinto privado su titular no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses. Con anterioridad a la orden de traslado del vehículo, la Administración requerirá al titular del mismo advirtiéndole que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento. TÍTULO QUINTO DE LA RESPONSABILIDADArt. 73. 1.- La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta Ley recaerá directamente en el autor del hecho en que consista la infracción. No obstante:a) El conductor de una motocicleta, de un ciclomotor, de un vehículo de tres o cuatro ruedas no carrozados o de cualquier otro vehículo para el que se exija el uso de casco por conductor y pasajero será responsable por la no utilización del casco de protección por el pasajero, así como por transportar pasajeros que no cuenten con la edad mínima exigida. Asimismo, el conductor del vehículo será responsable por la no utilización de los sistemas de retención infantil, con la excepción prevista en el art. 11.4 del texto articulado L.S.V. cuando se trate de conductores profesionales.b)Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponda a un menor de 18 años, responderán solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden, en razón al incumplimiento de la obligación impuesta a éstos que conlleva un deber de prevenir la infracción administrativa que se impute a los menores. La responsabilidad solidaria quedará referida estrictamente a la pecuniaria derivada de la multa impuesta. c) En los supuestos en que no tenga lugar la detención del vehículo y éste tuviese designado un conductor habitual, la responsabilidad por la infracción recaerá en éste, salvo en el supuesto de que acreditase que era otro el conductor o la sustracción del vehículo.d) En los supuestos en que no tenga lugar la detención del vehículo y éste no tuviese designado un conductor habitual, será responsable el conductor identificado por el titular o el arrendatario a largo plazo, de acuerdo con las obligaciones impuestas en el artículo 9 bis.e)En las empresas de arrendamiento de vehículos a corto plazo será responsable el arrendatario del vehículo. En caso de que éste manifestara no ser el conductor, o fuese persona jurídica, le corresponderán las obligaciones que para el titular establece el artículo 9 bis. La misma responsabilidad alcanzará a los titulares de los talleres mecánicos o establecimientos de compraventa de vehículos por las infracciones cometidas con los vehículos mientras se encuentren allí depositados.f).El titular o arrendatario a largo plazo, en el supuesto en que constase en el Registro de Vehículos será en todo caso responsable por las infracciones relativas a la documentación del vehículo, las relativas al estado de conservación, cuando las deficiencias afecten a las condiciones de seguridad del vehículo y por las derivadas del incumplimiento de las normas relativas a reconocimientos periódicos. Para ello, deberá facilitar a la Administración la identificación del conductor del vehículo en el momento de ser cometida la infracción. Los datos facilitados deben incluir el nº de permiso o licencia de conducción que permita la identificación en el Registro de Conductores e Infractores. Si el conductor no figura en el Registro de Conductores e Infractores, el titular deberá disponer de copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España y facilitarla a Administración cuando le sea requerida. Si el titular fuese una empresa de alquiler de vehículos sin conductor, la copia de la autorización administrativa podrá sustituirse por la copia del contrato de arrendamiento.g) El titular o el arrendatario, en el supuesto de que constase en el Registro de Vehículos, será responsable de las infracciones por estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable del hecho.2ª- El titular podrá comunicar al Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico en conductor habitual del mismo en los términos que se determinen por Orden del Ministro del Interior y conforme a lo dispuesto en el apartado 1.bis del Anexo I. En este supuesto, el titular quedará exonerado de las obligaciones anteriores, que se trasladarán al conductor habitual.3.El titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción, debidamente requerido para ello, tiene el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción. Si incumpliere esta obligación en el trámite procedimental oportuno sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el art. 65.5.J). En los mismos términos responderán las personas especificadas en el párrafo anterior cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquellos identifiquen, por causa imputable a ellos. Las empresas de alquiler sin conductor a corto plazo, acreditarán el

cumplimiento de la obligación legal de identificar al conductor responsable de la infracción mediante la remisión, al órgano instructor correspondiente, de un duplicado o copia del contrato de arrendamiento donde quede acreditado el concepto de conductor de la persona que figure en el contrato.4. La responsabilidad por el ejercicio profesional a que se refieren las autorizaciones del art. 5.C) en materia de enseñanza de la conducción y de aptitudes psicofísicas de los conductores se determinará reglamentariamente.5.El fabricante del vehículo y el de sus componentes serán, en todo caso, responsables por las infracciones relativas a las condiciones de su construcción que afecten a su seguridad, así como de que la fabricación se ajuste a tipos homologados. TÍTULO SEXTO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Art. 74. Será competencia de la Alcaldía-Presidencia, y por su delegación del Concejal/a en quien pudiera delegar, la imposición de las sanciones por infracción a los preceptos contenidos en la presente Ordenanza. Asimismo los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de sus competencias sancionadoras mediante convenios o encomiendas de gestión o a través de cualesquiera otros instrumentos de colaboración previstos en la legislación de procedimiento administrativo común. Art. 75. Las denuncias de los Agentes de la Policía Local o guardia urbana, cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la circulación vial darán fe, salvo prueba en contrario, de los hechos denunciados y de la identidad de quienes los hubieran cometido, así como en su caso de la notificación de la denuncia, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciados pruebas que sean posibles sobre los hechos de la denuncia y sin perjuicio, asimismo, de las pruebas que en su defensa puedan aportar o designar los denunciados. Art. 76. Los vigilantes de las zonas de estacionamiento limitado vendrán obligados a denunciar las infracciones generales de estacionamiento que observen y las referidas a la normativa específica que regula dichas zonas. Asimismo, cualquier persona podrá formular denuncia de las infracciones a los preceptos de la presente Ordenanza que pudiera observar. En ambos casos, la denuncia no tendrá presunción de veracidad. Art. 77. En las denuncias que se formulen, tanto a requerimiento como de oficio, deberá constar necesariamente: La identificación del vehículo con el que se hubiera cometido la presunta infracción. La identidad del conductor, si ésta fuera conocida. Una descripción sucinta del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora de la supuesta infracción. Nombre, y domicilio del denunciante, datos éstos que podrán ser sustituidos por su número de identificación profesional cuando la denuncia haya sido formulada por un agente de la Policía Local en el ejercicio de sus funciones, o un Agente controlador de la ORA o vigilante de la zona, ambos también en el ejercicio de sus funciones. En las denuncias que los Agentes de la Autoridad notifiquen en el acto al denunciado deberá constar, además, a efectos de lo dispuesto en artículo 73.2 de la L.S.V.:A. La infracción presuntamente cometida, la sanción que pudiera corresponder y el nº de puntos cuya pérdida lleve aparejada la infracción, conforme a los dispuesto en la Ley 18/2009, de 23 de noviembre (LSV).B. El órgano competente para imponer la sanción y la norma que le atribuye tal competencia.C. Si el denunciado procede al abono de la sanción en el acto deberá señalarse la cantidad abonada así como las consecuencias establecidas en el artículo 80 de la L.S.V.D. En el caso de que no se proceda al abono en el acto de la sanción, deberá indicarse que dicha denuncia inicia el procedimiento sancionador y que dispone de una plazo de 20 días naturales para efectuar el pago, con la reducción y las consecuencias establecidas en artículo 80 relativas al procedimiento sancionador abreviado, o para formular las alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes. En este caso, se indicarán los lugares, oficinas o dependencias donde puede presentarlas.E. Si en el plazo señalado en el párrafo anterior no se hubiesen formulado alegaciones y no se hubiese abonado la multa, se indicará que el procedimiento se tendrá por concluido el día siguiente a la finalización de dicho plazo, conforme se establece en el artículo 81.5F. El domicilio que, en su caso, indique el interesado a efectos de notificaciones. Este domicilio no se tendrá en cuenta si el denunciado tuviese asignada una Dirección Electrónica Vial, ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 28.4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. Art. 78. En las denuncias de carácter obligatorio, el agente denunciante extenderá la denuncia por triplicado, entregando un ejemplar al presunto infractor, remitiendo otro ejemplar al órgano instructor del expediente y conservando el tercero en su poder. El boletín de denuncia será firmado por el agente denunciante y el denunciado, sin que la firma de éste último suponga aceptación de los hechos que se le imputan. En el supuesto de que el denunciado se negase a firmar, el Agente denunciante hará constar esta circunstancia en el boletín de denuncia, haciendo constar si se le entrega copia del boletín. Art. 79. Las denuncias de carácter voluntario podrán formularse ante el Agente de la Policía Local encargado de la vigilancia o regulación del tráfico que se encuentre más próximo al lugar de los hechos o mediante escrito dirigido a la Alcaldía-Presidencia. Cuando la denuncia se formulase ante los agentes de la Policía Local, éstos extenderán el correspondiente boletín de denuncia en el que harán constar si pudieron comprobar personalmente la presunta infracción denunciada, así como si pudieron notificarla. Art. 80. Recibida la denuncia en el Ayuntamiento, el órgano instructor examinará y comprobará el cumplimiento de los requisitos legales establecidos, impulsando, en su caso, su ulterior tramitación. Art. 81. Como norma general, las denuncias de carácter obligatorio formuladas por los Agentes de la Policía Local encargados de la vigilancia del tráfico, o

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Guardia Urbana, se notificarán en el acto a los denunciados, haciendo constar los datos que señala el artículo 77 así como que con ellas quedan incoados los correspondientes expedientes, y que disponen de un plazo de quince días para que aleguen cuanto estimen conveniente y propongan las pruebas que crean pertinentes. La omisión de cualquiera de estos requisitos en la denuncia impediría entender iniciado un procedimiento sancionador de tráfico aunque se haya identificado en el acto al infractor, debiendo adoptarse acto o acuerdo de incoación por el órgano competente y notificarse posteriormente al interesado. Por razones justificadas, que deberán constar en el propio boletín de denuncia podrán notificarse las mismas con posterioridad. Las denuncias formuladas por los Agentes de la Policía Local sin parar a los denunciados no serán válidas, a menos que consten en las mismas las causas concretas y específicas por las que no fue posible detener el vehículo. Será causa legal que justifique la notificación de la denuncia en momento posterior, el hecho de formularse la misma: a) en circunstancias en que la detección del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden. b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.c) Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágines que permitan la identificación del vehículo. Art. 82. 1. Las Administraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico notificarán las denuncias que no se entreguen en el acto y las demás notificaciones a que dé lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial.En el caso de que el denunciado no la tuviese, la notificación se efectuará en el domicilio que expresamente hubiese indicado para el procedimiento, y en su defecto, en el domicilio que figure en los Registros de la Dirección General de Tráfico.2. El sistema de notificación en la Dirección Electrónica Vial permitirá acreditar la fecha y hora en que se produzca la puesta a disposición del denunciado del acto objeto de notificación, así como el acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales. Si existiendo constancia de la recepción de la notificación en la Dirección Electrónica Vial, transcurrieran diez días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que aquélla ha sido rechazada, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso. El rechazo se hará constar en el expediente sancionador, especificándose las circunstancias del intento de notificación, y se tendrá por efectuado el trámite, continuándose el procedimiento. 3. Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se anotará esta circunstancia en el expediente sancionador, junto con el día y la hora en que se intentó, y se practicará de nuevo dentro de los tres días siguientes. Si tampoco fuera posible la entrega, se dará por cumplido el trámite, procediéndose a la publicación en el Tablón de Edictos de Sanciones de Tráfico (TESTRA). Si estando el interesado en el domicilio rechazase la notificación, se hará constar en el expediente sancionador, especificándose las circunstancias del intento de notificación, teniéndose por efectuado el trámite y continuándose el procedimiento. Si el resultado de la notificación es que el interesado es desconocido en el domicilio al cual se dirigió la misma, la Administración procederá a la publicación en el Tablón de Edictos de Sanciones de Tráfico (TESTRA).B).Notificaciones en el Tablón Edictos de Sanciones de Tráfico (TESTRA).1. Las notificaciones que no puedan efectuarse en la Dirección Electrónica Vial o en el domicilio indicado, se practicarán en el Tablón Edictos de Sanciones de Tráfico (TESTRA). Transcurrido el período de veinte días naturales desde que la notificación se hubiese publicado en el TESTRA se entenderá que ésta ha sido practicada, dándose por cumplido dicho trámite y continuándose con el procedimiento.2. El Tablón Edictos de Sanciones de Tráfico será gestionado por la Dirección General de Tráfico. La práctica de la notificación en el mismo se efectuará en los términos que se determinen por Orden del Ministro del Interior. Art. 83. Los expedientes sancionadores serán instruidos por los órganos competentes del Ayuntamiento salvo delegación de competencia regulada en el artículo 74, quienes dispondrán la notificación de las denuncias si no lo hubiera hecho el agente denunciante, concediendo un plazo de veinte días naturales para realizar el pago voluntario con reducción de la sanción, formule alegaciones y proponga las prácticas de las pruebas de las que estime oportunas. Si efectúa el pago de la multa en las condiciones indicadas en el párrafo anterior, se seguirá el procedimiento sancionador abreviado. Si las alegaciones formuladas aportasen datos nuevos o distintos de los constatados por el Agente denunciante, y siempre que se estime necesario por el instructor, se dará traslado de aquellas al Agente para que informe en el plazo de 15 días naturales. En todo caso, el instructor podrá acordar que se practiquen las pruebas que estime pertinentes para la averiguación y calificación de los hechos y para la determinación de las posibles responsabilidades. La denegación de la práctica de las pruebas deberá ser motivada, dejando constancia en el expediente sancionador. Art. 84. Clases de Procedimientos sancionadores.1. Notificada la denuncia, el denunciado dispondrá de un plazo de veinte días naturales para realizar el pago voluntario con reducción de la sanción de multa, o para formular las alegaciones y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas.Si efectúa el pago de la multa en las condiciones indicadas en el párrafo anterior, se seguirá el procedimiento sancionador abreviado y, en caso de no hacerlo, el procedimiento sancionador ordinario.2. El procedimiento sancionador abreviado no será de aplicación a las infracciones previstas en el artículo 65, apartados 5. h), j) y 6.

3. El incumplimiento de la obligación de asegurar el vehículo que se establece en el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, podrá sancionarse conforme a uno de los dos procedimientos sancionadores que se establecen en esta Ley.4. Además de en los registros, oficinas y dependencias previstos en el apartado cuarto del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, las alegaciones, escritos y recursos que se deriven de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico podrán presentarse en los registros, oficinas y dependencias expresamente designados en la correspondiente denuncia o resolución sancionadora. Cuando se presenten en los registros, oficinas o dependencias no designados expresamente, éstos los remitirán a los órganos competentes en materia de tráfico a la mayor brevedad posible. Art. 85. Procedimiento sancionador abreviado. Una vez realizado el pago voluntario de la multa, ya sea en el acto de entrega de la denuncia o dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación, se tendrá por concluido el procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:a) La reducción del 50 por ciento del importe de la sanción de multa.b) La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas.a. La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago. b. d) El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.e) El plazo para interponer el recurso contencioso- administrativo se iniciará el día siguiente a aquél en que tenga lugar el pago.f) La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago, produciendo plenos efectos desde el día siguiente.g) La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos. Art. 86. Procedimiento sancionador ordinario.1. Notificada la denuncia, el interesado dispondrá de un plazo de veinte días naturales para formular las alegaciones que tenga por conveniente y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas.2. En el supuesto de que no se hubiese producido la detención del vehículo, el titular, el arrendatario a largo plazo o el conductor habitual, en su caso, dispondrán de un plazo de quince días naturales para identificar al conductor responsable de la infracción contra el que se iniciará el procedimiento sancionador. Esta identificación se efectuará por medios telemáticos si la notificación se hubiese efectuado a través de la Dirección Electrónica Vial.3. Si las alegaciones formuladas aportasen datos nuevos o distintos de los constatados por el Agente denunciante, y siempre que se estime necesario por el instructor, se dará traslado de aquéllas al Agente para que informe en el plazo de quince días naturales.En todo caso, el instructor podrá acordar que se practiquen las pruebas que estime pertinentes para la averiguación y calificación de los hechos y para la determinación de las posibles responsabilidades. La denegación de la práctica de las pruebas deberá ser motivada, dejando constancia en el expediente sancionador.4. Concluida la instrucción del procedimiento, el órgano instructor elevará propuesta de resolución al órgano competente para sancionar para que dicte la resolución que proceda. Únicamente se dará traslado de la propuesta al interesado, para que pueda formular nuevas alegaciones en el plazo de quince días naturales, si figuran en el procedimiento o se hubiesen tenido en cuenta en la resolución otros hechos u otras alegaciones y pruebas diferentes a las aducidas por el interesado.5. Si el denunciado no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de veinte días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia, esta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia. Lo dispuesto anteriormente será de aplicación únicamente cuando se trate de:a) Infracciones leves.b) Infracciones graves que no detraigan puntos.c) Infracciones graves y muy graves cuya notificación se efectuase en el acto de la denuncia. La terminación del procedimiento pone fin a la vía administrativa y la sanción se podrá ejecutar desde el día siguiente al transcurso de los treinta días antes indicados. Art. 87. Recursos en el procedimiento sancionador ordinario.1. La resolución sancionadora pondrá fin a la vía administrativa y la sanción se podrá ejecutar desde el día siguiente a aquél en que se notifique al interesado, produciendo plenos efectos, o, en su caso, una vez haya transcurrido el plazo indicado en el último apartado del artículo anterior.2. Contra las resoluciones sancionadoras, podrá interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación. El recurso se interpondrá ante el órgano que dictó la resolución sancionadora, que será el competente para resolverlo.3. La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto.4. No se tendrán en cuenta en la resolución del recurso hechos, documentos y alegaciones del recurrente que pudieran haber sido aportados en el procedimiento originario.5. El recurso de reposición regulado en este artículo se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.6. Contra las resoluciones sancionadoras dictadas por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas que tengan transferidas competencias ejecutivas en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, así como por las dictadas por los Alcaldes,

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en el caso de las Entidades Locales, se estará a lo establecido en los anteriores apartados respetando la competencia sancionadora prevista en su normativa específica. Si a petición del interesado deben practicarse pruebas que impliquen gastos que no deba soportar la Administración, ésta podrá exigir el anticipo de los mismos a reserva de la liquidación definitiva que se llevará a efecto una vez practicada la prueba, uniendo los comprobantes que acrediten la realidad y cuantía de los gastos efectuados. Art. 88. Prescripción y caducidad.1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta Ley será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves. El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido.2. La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio y se practique con otras Administraciones, Instituciones u Organismos. También se interrumpe por la notificación efectuada de acuerdo con los artículos 77, 78 y 82. El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.3. Si no se hubiera producido la resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de cualquier interesado o de oficio por el órgano competente para dictar resolución. Cuando la paralización del procedimiento se hubiera producido a causa del conocimiento de los hechos por la jurisdicción penal, el plazo de caducidad se suspenderá y, una vez haya adquirido firmeza la resolución judicial, se reanudará el cómputo del plazo de caducidad por el tiempo que restaba en el momento de acordar la suspensión.4. El plazo de prescripción de las sanciones consistentes en multa pecuniaria será de cuatro años y, el de las demás sanciones, será de un año, computados desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza en vía administrativa la sanción. El cómputo y la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las sanciones consistentes en multa pecuniaria se regirán por lo dispuesto en la Ley General Tributaria. Art. 89. En el supuesto de que exista delegación de competencias, contra las resoluciones del Concejal/a Delegado/a, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Alcalde-Presidente. Las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa serán recurribles en la jurisdicción contencioso-administrativa. Art. 90. 1. Las infracciones que pudieran cometerse contra lo dispuesto en la presente Ordenanza serán sancionadas con las multas previstas en la Ley 18/2009: las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros, las graves con multa de 200 euros y las muy con multa de 500 euros.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, en la imposición de sanciones deberá tenerse en cuenta que:a) La multa por la infracción prevista en el artículo 65.5.j) de la Ley 18/2009 será el doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o muy grave.b) La infracción recogida en el artículo 65.5.h) 2009 de la Ley 18/2009 se sancionará con multa de 6.000 euros.c) Las infracciones recogidas en el artículo 65.6 de la Ley 18/2009 (se sancionarán con multa de entre 3.000 y 20.000 euros.3. En el supuesto de infracciones que impliquen detracción de puntos, el Agente denunciante tomará nota de los datos del permiso de conducción y los remitirá al órgano sancionador competente que, cuando la sanción sea firme, los comunicará juntamente con la sanción y la detracción de puntos correspondiente al Registro de Conductores e Infractores.4. Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el Agente denunciante fijará provisionalmente la cuantía de la multa y, de no depositarse su importe, el conductor deberá trasladar el vehículo e inmovilizarlo en el lugar indicado por el Agente denunciante. El depósito podrá efectuarse mediante tarjeta de crédito, o en metálico en euros y, en todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 85 respecto a la posibilidad de reducción del 50 por ciento de la multa inicialmente fijada. Art. 91. Las sanciones de multa podrán hacerse efectivas con una reducción del 50 por ciento sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado correctamente en el boletín de denuncia por el agente o, en su defecto, en la notificación posterior de dicha denuncia realizada por el instructor del expediente, siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la citada notificación. El abono anticipado con la reducción anteriormente señalada, implicará las consecuencias establecidas en el art. 85 relativo al procedimiento sancionador abreviado. Art. 92. Las multas deberán hacerse efectivas a los órganos de recaudación de la administración gestora, directamente o a través de entidades bancarias o de crédito concertadas, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que sean definitivas en la vía administrativa voluntaria. Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado el ingreso, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. DISPOSICIÓN ADICIONAL En lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en la Ley 18/2009 de 23 de noviembre, Ley 19/2001, de 19 de diciembre, Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, Real Decreto 13/1992, de 17 de enero, Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre y demás disposiciones legales vigentes de carácter internacional suscritas por España, de la Comunidad Europea, Estatales y Autonómicas que resulten en cada momento de aplicación.

ANEXO ICUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTÍCULO 2:USUARIOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €1..............2 .........1 ....... 5A .... L ....... Comportarse de forma que se entorpece indebidamente la circulación. (Deberá indicarse detalladamente el comportamiento y/o el tipo de peligro causado). ............................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 3: CONDUCTORESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €2..............3 .........1 ....... 5A .. MG..... Conducir de forma manifiestamente temeraria. (Describir con detalle la conducta merecedora del calificativo de temeraria). .............................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 2503..............3 .........1 ....... 5B ....G ...... Conducir de forma negligente creando una situación de riesgo o peligro para sí mismo, los demás ocupantes del vehículo o al resto de usuarios de la vía. (Deberá detallarse, de modo sucinto y claro, la conducta y el riesgo o peligro que implica). .................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 1004..............3 .........1 ....... 5C ....G ...... Conducir sin la diligencia, precaución y no distracción necesarios para evitar todo daño propio o ajeno. (Deberá detallarse la conducta). .........................................................................................................200 ..................- ....................... 100 ARTÍCULO 4: ACTIVIDADES QUE AFECTAN A LA SEGURIDAD DE LA CIRCULACIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €5..............4 .........2 ....... 5A ....G ...... Arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que hagan peligrosa la libre circulación, parada o estacionamiento o deteriore aquella o sus instalaciones. .......................................................... (Deberá indicarse el objeto o materia que cause el peligro o deterioro). .................................................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 1006..............4 .........2 ....... 5B .... L ....... Arrojar, depositar o abandonar sobre la vía o en sus inmediaciones objetos o materias que puedan entorpecer la circulación, la parada o el estacionamiento. .......................................................... (Deberá indicarse el objeto o materia que cause el entorpecimiento). .......................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 407..............4 .........3 ....... 5A .... L ....... Instalar en vias o terrenos algún aparato, instalación o construcción aunque sea con carácter provisional o temporal, que pueda entorpecer la circulación. (Deberá indicarse el aparato, instalación o construcción instalada)...........................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 408..............4 .........3 ....... 5B .... L ....... Realizar actuaciones, rodajes, encuestas o ensayos, que aunque sean con carácter provisional o temporal, pueda entorpecer la circulación. (Detallar los hechos). .....................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 5: SEÑALIZACIÓN DE OBSTÁCULOS O PELIGROSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €9..............5 .........1 ....... 5A .... L ....... Crear obstáculo o peligro en la vía sin hacerlo desaparecer lo antes posible. (Deberá indicarse el obstáculo o peligro existente). ........................................................................................................................80 ..................- ......................... 4010............5 .........1 ....... 5B .... L ....... No adoptar las medidas necesarias para advertir a los demás usuarios la existencia de un obstáculo o peligro creado en la vía por el propio denunciado. ...................................................................................80 ..................- ......................... 4011 ............5 .........3 ....... 5A .... L ....... Crear obstáculo o peligro en la vía sin señalizarlo de forma eficaz (tanto de día como de noche). (Deberá indicarse la señalización indicada o la falta de la misma). ................................................................80 ..................- ......................... 4012............5 .........6 ....... 5A .... L ....... Detener, parar o estacionar los vehículos destinados a los servicios de urgencia, asistencia mecánica o de conservación de carreteras en lugar distinto del fijado por los agentes de la autoridad responsable del tráfico. ........80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 6: PREVENCIÓN DE INCENDIOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €13............6 .........1 ....... 5A ....G ...... Arrojar a la vía o sus inmediaciones cualquier objeto que puedan producir incendios. (Deberá detallarse el objeto arrojado). ...........................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 10014............6 .........1 ....... 5B ....G ...... Arrojar a la vía o sus inmediaciones cualquier objeto que puedan producir accidentes de circulación. (Deberá detallarse el objeto arrojado)....................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100ARTÍCULO 7: EMISIONES DE PERTURBACIONES Y CONTAMINANTESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €15............7 .........1 ....... 1A .... L ....... Circular con un vehículo con nivel de emisión de ruido superior a los límites establecidos reglamentariamente. Especificarse origen del ruido. .................................................................................................80 ..................- ......................... 4016............7 .........1 ....... 1B .... L ....... Circular con un vehículo con nivel de emisión de gases o humos superior al límite establecido en la Ordenanza Municipal. ................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4017............7 .........1 ....... 1C .... L ....... Negarse a colaborar en las pruebas de detección de niveles de ruido. .......................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 9: TRANSPORTE DE PERSONASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €18............9 .........1 ....... 5A .... L ....... La ocupación excesiva del vehículo que suponga aumentar el nº de plazas autorizadas en una cantidad inferior al 50 por ciento, excluída la del condutor, salvo que se trate de autobuses urbanos. ...............80 ..................- ......................... 4019............9 .........1 ....... 5B ....G ...... La ocupación excesiva del vehículo que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el nº de plazas autorizadas, excluída la del condutor. (No aplicable a conductores de autobuses urbanos ni interurbanos). ......................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 10020............9 .........1 ....... 5C .... L ....... Carecer el vehículo de servicio público o autobús de las placas interiores en las que conste el número máximo de plazas autorizadas. ................................................................................................................80 ..................- ......................... 4021............9 .........1 .......5D .... L ....... Transportar personas en el vehículo reseñado sobrepasando, entre viajeros y equipaje, la masa máxima autorizada para el mismo. .....................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 10: EMPLAZAMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DE PERSONASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €22...........10 ........1 ....... 1A .... L ....... Transportar personas en un vehículo en emplazamiento distinto al destinado y acondicionado para ellas. ..............................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4023...........10 ........2 ....... 5A .... L ....... Viajar personas en un vehículo destinado al transporte de mercancías o cosas en el lugar reservado a la carga, incumpliendo las condiciones que se establecen en las disposiciones que regulan la materia. .80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 11: TRANSPORTE COLECTIVO DE PERSONASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €24...........11.........1 ....... 1A .... L ....... No parar lo más cerca posible del borde derecho de la calzada el conductor de un transporte colectivo de personas. .............................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4025...........11.........1 .......1D .... L ....... Realizar actos el conductor de un transporte colectivo de personas que le puedan distraer durante la marcha. .......................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4026...........11.........1 ....... 1E..... L ....... No velar el conductor de un transporte colectivo de personas, por la seguridad de los viajeros en las subidas y bajadas . ......................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4027...........11.........2 ....... 1A .... L ....... Desatender un viajero las instrucciones que, sobre el servicio, den el conductor o el encargado de un vehículo destinado al servicio público de transporte colectivo de personas. ............................................80 ..................- ......................... 4028...........11.........2 ....... 1B .... L ....... Llevar materiales y objetos peligrosos en condiciones distintas de las establecidas en la regulación especifica sobre la materia. ..........................................................................................................................80 ..................- ......................... 40

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ARTÍCULO 12: NORMAS RELATIVAS A CICLOS, CICLOMOTORES Y MOTOCICLETASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €29...........12 ........1 ....... 5A .... L ....... Circular 2 personas en un ciclo o ciclomotor construido para una sola o una sola en condiciones distintas a las reglamentarias. (Especificar el incumplimiento). ......................................................................80 ..................- ......................... 4030...........12 ........2 ....... 5A .... L ....... Circular 2 personas en el vehículo reseñado en condiciones distintas a las reglamentarias. (Especificar el incumplimiento). ................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4031...........12 ........2 ....... 5B ....G ...... Circular en ciclomotor o motocicleta llevando como pasajero a un menor de 12 años en condiciones distintas a las reglamentarias. (Deben tenerse en cuenta las excepciones reglamentarias para mayores de 7 años). .............................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 10032...........12 ........4 ....... 5A .... L ....... Circular el vehículo reseñado arrastrando un remolque en condiciones distintas a las reglamentarias. (Especificar el incumplimiento). ...............................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 13: DIMENSIONES DEL VEHÍCULO Y SU CARGACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €33...........13 ........1 ....... 1A ....G ...... Circular con un vehículo cuya longitud y/o anchura, incluida la carga, excede de los limites reglamentarios establecidos en las normas reguladoras de vehículos o para la vía por la que circula. Especificar longitud, anchura o

ambos. .............................................................................................................................................................................................................................................................................................. 200 ..................- ....................... 10034...........13 ........2 ....... 1A ....G ...... Circular con un vehículo cuya carga indivisible rebasa la longitud, anchura o altura reglamentaria sin autorización especial. .............................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 14: DISPOSICIÓN DE LA CARGACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €35...........14 .......1A ...... 5A ....G ...... Circular con el vehículo reseñado cuya carga esté mal acondicionada o con peligro de caída total o parcial, desplazarse de manera peligrosa o comprometer la estabilidad del vehículo, sin disponer de los accesorios que garanticen la adecuada

protección o acondicionamiento de la carga transportada. ( Especificar las consecuencias de tal incumplimiento). ..............................................................................................................................................200 ..................- ....................... 10036...........14 .......1C ...... 5B .... L ....... Circular con el vehículo reseñado cuya carga transportada produce ruido, polvo o molestias para los demás usuarios. .........................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4037...........14 .......1D ...... 5C .... L ....... Circular con el vehículo reseñado cuya carga transportada oculta los dispositivos de señalización luminosa, alumbrado, placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales del conductor. ............80 ..................- ......................... 4038...........14 ........2 ....... 5A .... L ....... Circular con un vehículo sin cubrir, total y eficazmente, las materias transportadas que producen polvo o pueden caer. (Especificar si el vehículo dispone o no de lona o dispositivo similar). .......................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 15: DIMENSIONES DE LA CARGACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €39...........15 ........1 ....... 5A .... L ....... Circular con el vehículo reseñado cuya carga sobresale de la proyección en planta del mismo. ..............................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4040...........15 ........5 ....... 5A .... L ....... Circular con un vehículo transportando una carga que sobresale de su proyección en planta, sin adoptar las debidas precauciones para evitar todo daño o peligro a los demás usuarios de la vía....................80 ..................- ......................... 4041...........15 ........6 ....... 5A .... L ....... No señalizar reglamentariamente la carga que sobresale de la proyección en planta del vehículo reseñado. ...........................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4042...........15 ........6 ....... 5B .... L ....... Circular con un vehículo, entre la puesta y salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyen sensiblemente la visibilidad sin señalizar la carga de la forma establecida reglamentariamente. (Deberán indicarse

las condiciones existentes). ........................................................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4043...........15 ........7 ....... 5A .... L ....... No señalizar reglamentariamente la carga que sobresale lateralmente del gálibo del vehículo reseñado. (Indicar si la señal correspondiente se encuentra o no activada). ..........................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 16: OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €44...........16 ........ -........ 5A .... L ....... Realizar operaciones de carga o descarga en la vía pudiendo hacerlo fuera de la misma. ........................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4045...........16 ........ -........ 1B .... L ....... Realizar en la vía operaciones de carga y descarga ocasionando peligro o perturbaciones graves al tránsito de otros usuarios. .............................................................................................................................80 ..................- ......................... 4046...........16 ........A ....... 1A .... L ....... Realizar en la vía operaciones de carga y descarga sin respetar las disposiciones sobre parada y estacionamiento. ................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4047...........16 ........A ....... 1B .... L ....... Realizar en la vía dentro de poblado operaciones de carga y descarga sin respetar las disposiciones de las Autoridades Municipales. ..................................................................................................................80 ..................- ......................... 4048...........16 ........B ....... 1A .... L ....... Realizar en la vía operaciones de carga y descarga sin hacerlo por el lado del vehículo más próximo al borde de la calzada. ................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4049...........16 ........C ....... 1A .... L ....... Realizar en la vía operaciones de carga y descarga sin los medios suficientes para conseguir la máxima celeridad. ...............................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4050...........16 ........C ....... 1B .... L ....... Realizar en la vía operaciones de carga y descarga produciendo ruidos o molestias innecesarias. ...........................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4051...........16 ........C ....... 1C .... L ....... Realizar en la vía operaciones de carga y descarga, depositando la mercancía en la calzada, arcén o zona peatonal. .............................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 17: CONTROL DE ANIMALESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €52...........17 ........1 ....... 1A .... L ....... No adoptar las precauciones necesarias el conductor de un animal (o animales) al aproximarse a niños, ancianos, invidentes o personas impedidas. ..........................................................................................80 ..................- ......................... 4053...........17 ........2 ....... 5A .... L ....... Llevar corriendo por la vía, caballerías, ganados o vehículos de carga de tracción animal, en las inmediaciones de otros de la misma especie. ...................................................................................................80 ..................- ......................... 4054...........17 ........2 ....... 1B .... L ....... Llevar corriendo por la vía, caballerías, ganados o vehículos de carga de tracción animal, en las inmediaciones de personas que van a pié. (Deberán concretarse los hechos). .................................................80 ..................- ......................... 4055...........17 ........2 ....... 5B .... L ....... Abandonar la conducción de caballerías, ganados o vehículos de tracción animal, dejándolos marchar libremente por el camino o detenerse en él. (Deberá indicarse el animal o vehículo de que se trate). ..80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 18: OTRAS OBLIGACIONES DEL CONDUCTORCLAVE ART APTD OP INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €56...........18 ........1 ....... 5A .... L ....... Conducir el vehículo reseñado sin mantener la propia libertad de movimientos. (Deberán indicarse los hechos en que se concreta la infracción)................................................................................................80 ..................- ......................... 4057...........18 ........1 ....... 5B .... L ....... Conducir el vehículo reseñado sin mantener el campo necesario de visión. (Deberán indicarse los hechos en que se concreta la infracción). ......................................................................................................80 ..................- ......................... 4058...........18 ........1 ....... 5C .... L ....... Conducir el vehículo reseñado sin mantener la atención permanente a la conducción. (Deberán indicarse los hechos en que se concreta la infracción). .....................................................................................80 ..................- ......................... 4059...........18 ........1 .......5D .... L ....... Conducir un vehículo sin mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros. (Deberán concretarse los hechos). ..........................................................................................................80 ..................- ......................... 4060...........18 ........1 ....... 5E..... L ....... Conducir un vehículo sin cuidar la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no interfieran en la conducción. (Deberán indicarse los hechos en que se concreta la infracción). ..............................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 4061...........18 ........1 ....... 5F .....G ...... Circular con el vehículo reseñado utilizando el conductor dispositivos visuales incompatibles con la atención permanente a la conducción. (Deberá especificarse el dispositivo utilizado). ..........................200 ................. 3 ....................... 10062...........18 ........2 ....... 5A ....G ...... Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. ................................................................................................................................................................200 ................. 3 ....................... 10063...........18 ........2 ....... 5B ....G ...... Utilizar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación que requiera intervención del conductor. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar

reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado. .............................................................................................................................................................................................................................200 ................. 3 ....................... 100ARTÍCULO 19: VISIBILIDAD DEL VEHÍCULOCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €64...........19 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular con el vehículo reseñado cuya superficie acristalada no permita a su conductor la visibilidad diáfana de la vía por la colocación de láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados. (Se sancionará al titular). ..........................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 10065...........19 ........2 ....... 5A ....G ...... Colocar en un vehículo vidrios tintados o coloreados no homologados. (Se sancionará al titular). ........................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 20: TASAS DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADOCLAVE ART. APTD OP INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €66...........20 ........1 ....... 5A .. MG..... Circular el conductor del vehículo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a la reglamentariamente establecida de 0,25 miligramos por litro, sobrepasando los 0.50 mg/l. (Para conductores en general, pruebas siempre con etilómetros homologados). La referencia sancionadora es la de la tasa menor con etilómetro homologado. Primera prueba: … Segunda prueba: .......................................................................................................................................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 25067...........20 ........1 ....... 5B .. MG..... Circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0.50 gramos por mil c.c. que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando 1.00 gr/l. (Para conductores en general). La referencia sancionadora es la de la tasa menor con etilómetro

homologado ..............................................................................................................................................................................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 25068...........20 ........1 ....... 5C .. MG..... Circular el conductor del vehículo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a la reglamentariamente establecida de 0,15 miligramos por litro, sobrepasando los 0.30 mg/l. ( Para profesionales, de servicio de urgencia, mercancías

peligrosas, transportes especiales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad). La referencia sancionadora es la de la tasa menor con etilómetro homologado. Primera prueba:...Segunda prueba:... .......................................................................................................................................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 25069...........20 ........1 .......5D .. MG..... Circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0.30 gramos por mil c.c, que es la reglamentariamente establecida, sobrepasando los 0.60 gr/l. (Para conductores profesionales, de servicio de urgencia, noveles, mercancías peligrosas

o transportes especiales). La referencia sancionadora es la de la tasa menor con etilómetro homologado .............................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 25070...........20 ........1 ....... 5E... MG..... Circular el conductor del vehículo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro, que es la reglamentariamente establecida. Primera prueba: … Segunda prueba: (Para conductores en general, pruebas siempre con etilómetros homologados). La referencia sancionadora es la de la tasa menor con etilómetro homologado. .......................................................................500 ................. 4 ....................... 25071...........20 ........1 ....... 5F ... MG..... Circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0.50 gramos por 1000 c.c., que es la reglamentariamente establecida. (Para conductores en general, pruebas siempre con etilómetros homologados). La referencia sancionadora es la de

la tasa menor con etilómetro homologado. ..............................................................................................................................................................................................................................................................500 ................. 4 ....................... 25072...........20 ........1 .......5G .. MG..... Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.15 miligramos por litro, que es la reglamentariamente establecida. (Para conductores profesionales, de servicio de urgencia, mercancías peligrosas o transportes especiales,

noveles y pruebas siempre con etilómetros homologados). La referencia sancionadora es la de la tasa menor con etilómetro homologado ........................................................................................................500 ................. 4 ....................... 25073...........20 ........1 .......5H .. MG..... Circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0.30 gramos por 1000 c.c., que es la reglamentariamente establecida. (Para conductores profesionales, noveles, de servicio de urgencia, mercancías peligrosas o transportes especiales).

La referencia sancionadora es la de la tasa menor con etilómetro homologado ......................................................................................................................................................................................................500 ................. 4 ....................... 250ARTÍCULO 21: INVESTIGACIÓN DE ALCOHOLEMIA. PERSONAS OBLIGADASCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €74...........21 ........1 ....... 5A .. MG..... Incumplir la obligación de someterse a las pruebas reglamentarias establecidas para la comprobación del grado de intoxicación por alcohol. (Especificar si el conductor presenta o no síntomas evidentes de estar bajo la influencia de bebidas

alcohólicas, a los posibles efectos penales o si ha existido infracción o si se trata de un control preventivo). .......................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 25075...........21 ........1 ....... 5B .. MG..... No someterse a las pruebas de detección de las posibles intoxicaciones por alcohol estando implicado en un accidente de circulación. (Especificar si el conductor, en su caso, presenta o no síntomas evidentes de estar baja la influencia de

bebidas alcohólicas, a los posibles efectos penales). ...............................................................................................................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 27: CONDUCCIÓN BAJO LOS EFECTOS DE ESTUPEFACIENTES O SUSTANCIAS ANÁLOGASCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €76...........27 ........1 ....... 5A .. MG..... Conducir un vehículo o bicicleta bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos bajo cuyo efecto de altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro. (Especificar las

condiciones y los síntomas del denunciado). (No detrae puntos las infracciones cometidas con bicicleta). ...........................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 25077...........27 ........1 ....... 5B .. MG..... Conducir un vehículo o bicicleta habiendo ingerido o incorporado a su organismo medicamentos u otras sustancias análogas, bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro. (Especificar las condiciones y los síntomas del denunciado). (No detrae puntos las infracciones cometidas con bicicleta). .................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 28: PRUEBAS PARA LA DETECCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y SIMILARES.CLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €78...........28 .......1b ...... 5A .. MG..... Incumplir el conductor del vehículo, la obligación de someterse a las pruebas de detección de estupefacientes, psicotrópicos estimulantes y otras sustancias análogas. (No detrae puntos las infracciones cometidas con bicicleta). ..................................................................................................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 29: SENTIDO DE LA CIRCULACIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €79...........29 ........1 ....... 5A ....G ...... No circular por la vía lo más cerca posible del borde derecho de la calzada dejando completamente libre la mitad de la calzada que corresponda a los que puedan circular en sentido contrario ...................200 ........................................... 10080...........29 ........1 ....... 5B ....G ...... No circular por la vía en un cambio de rasante o curva de reducida visibilidad dejando completamente libre la mitad de la calzada que corresponda a los que puedan circular en sentido contrario. ............200 ................... ....................... 10081...........29 ........2 ....... 5A .. MG..... Circular por la izquierda en una vía de doble sentido de circulación, en sentido contrario al estipulado. ..............................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 25082...........29 ........1 ....... 5C ....G ...... Circular por una vía de doble sentido de circulación sin arrimarse lo más posible al borde derecho de la calzada para mantener la separación lateral suficiente que permita cruzarse con seguridad con otro vehículo. 200 ..................- ....................... 100

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ARTÍCULO 30: UTILIZACIÓN DE CARRILES EN CALZADA CON DOBLE SENTIDOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €83...........30 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular con el vehículo automóvil reseñado por el arcén no existiendo razones de emergencia. ..........................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 10084...........30 ........1 ....... 5B ....G ...... Circular por el arcén con el vehículo especial reseñado de MMA superior a 3.500 kg, no existiendo razones de emergencia. .............................................................................................................................200 ..................- ....................... 10085...........30 ......1-A ..... 5C .. MG..... Circular por el carril situado más a la izquierda en sentido contrario al estipulado en una calzada de doble sentido de circulación y dos carriles separados o no por marcas viales. ........................................500 ................. 6 ....................... 25086...........30 ......1-B .....5D .. MG..... Circular por el carril situado más a la izquierda en sentido contrario al estipulado en una calzada de doble sentido de circulación y tres carriles separados por marcas viales. ................................................500 ................. 6 ....................... 25087...........30 ......1-B ..... 5E.....G ...... Circular por el carril central de una calzada con doble sentido de circulación y tres carriles separados por marcas longitudinales discontinuas, sin deberse a un adelantamiento ni a un cambio de dirección a la izquierda. ..........200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 33: CALZADAS CON MÁS DE UN CARRIL RESERVADO PARA EL MISMO SENTIDO DE LA MARCHACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €88...........33 ........1 ....... 1A .... L ....... Circular con el vehículo reseñado por calzada de poblado con al menos dos carriles para el mismo sentido, delimitado por marcas longitudinales, cambiando de carril sin motivo justificado........................80 ..................- ......................... 4089...........33 ........1 ....... 1B .... L ....... Circular con el vehículo especial de P.M.A. superior a 3.500 kg. por calzada de poblado con al menos dos carriles para el mismo sentido, delimitado por marcas longitudinales, cambiando de carril sin motivo

justificado. ......................................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 35: UTILIZACIÓN DE CARRILLES RESERVADOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €90...........35 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular por un carril de alta ocupación (VAO) con un número de ocupantes, incluido el conductor, inferior al establecido. ...............................................................................................................................200 ..................- ....................... 10091...........35 ........2 ....... 5A ....G ...... Circular con el vehículo reseñado no autorizado por un carril de alta ocupación (VAO). .......................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 10092...........35 ........2 ....... 5B .. MG..... Circular con el vehículo reseñado por un carril de alta ocupación (VAO) en sentido contrario al establecido. .....................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 36. UTILIZACIÓN DE LOS ARCENESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €93...........36 ........1 ....... 5A ....G ...... No circular por el arcén transitable de su derecha el conductor del vehículo reseñado estando obligado a utilizarlo. ...........................................................................................................................................200 ..................- ....................... 10094...........36 ........2 ....... 5A ....G ...... Circular en posición paralela con otro vehículo, teniendo ambos prohibida dicha forma de circular. ....................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100VEHÍCULOS AUTORIZADOS para utilización de carriles VAO (Vehículos de alta ocupación): motocicletas, turismos, vehículos mixtos.Independientemente del número de ocupantes si tienen señal V-15 (discapacitado), autobuses incluso articulados con MMA superior a 3.500 kg, los vehículos de urgencia y los de mantenimiento de la vía.Tienen prohibida su utilización el resto de los vehículos y conjuntos de vehículos, incluso turismos con remolque, así como los ciclos y ciclomotores.ARTÍCULO 37. ORDENACIÓN ESPECIAL DEL TRÁFICOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €95...........37 ........1 ....... 5A .. MG..... Circular sin autorización por una vía contraviniendo la ordenación determinada por la autoridad competente por razones de fluidez o seguridad de la circulación. .................................................................500 ..................- ....................... 25096...........37 ........1 ....... 5B ....G ...... Circular con el vehículo reseñado por una vía cerrada al tráfico o por uno de sus tramos, vulnerando la prohibición total o parcial de acceso al mismo por parte de la Autoridad competente, por razones de fluidez o seguridad de la circulación,

careciendo de la autorización especial correspondiente. .........................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 10097...........37 ........1 ....... 5C .. MG..... Circular por el carril o arcén de una vía en sentido contrario al ordenado por la Autoridad competente por razones de seguridad o fluidez en la circulación.............................................................................500 ................. 6 ....................... 25098...........37 ........2 ....... 5A .... L ....... Circular por una vía contraviniendo la restricción o limitación de la circulación a determinados vehículos, ordenada por la Autoridad competente para evitar el entorpecimiento de aquella y garantizar su fluidez. ....80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 39: LIMITACIONES A LA CIRCULACIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €99...........39 ........4 ....... 5A ....G ...... Circular contraviniendo las restricciones temporales a la circulación impuestas por los Agentes encargados de la vigilancia del tráfico para lograr una mayor fluidez y seguridad en la circulación. ...........200 ................. 4 ....................... 100100.........39 ........5 ....... 5A .. MG..... Circular con el vehículo reseñado dentro de los itinerarios y plazos objeto de las restricciones impuestas por la Autoridad competente, careciendo de la autorización especial correspondiente. ...................500 ..................- ....................... 250ARTÍCULO 40: CARRILES REVERSIBLESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €101.........40 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular por un carril reversible sin llevar encendido el alumbrado de cruce..........................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100102.........40 ........2 ....... 5A .. MG..... Circular por un carril reversible en sentido contrario al estipulado. (Válido para cualquier carril reversible excepto VAO). ................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 41:CARRILES HABILITADOS EN SENTIDO CONTRARIO AL HABITUALCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €103.........41 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular por un carril habilitado para la circulación en sentido contrario al habitual con un vehículo no autorizado reglamentariamente. ...........................................................................................................200 ..................- ....................... 100104.........41 ........1 ....... 5B ....G ...... Circular en sentido contrario al estipulado en una calzada en la que la Autoridad competente de la regulación del tráfico haya habilitado carriles para su utilización en sentido contrario al habitual. ( Se denunciarán por este concepto, tanto

a los que circulando por el carril habilitando invaden el contiguo en sentido contrario, como los que circulando por éste invaden el habilitado). ..............................................................................................200 ..................- ....................... 100105.........41 ........1 ....... 5C ....G ...... Circular por un carril habilitado para la circulación en sentido contrario al habitual sin llevar encendido el alumbrado de cruce. .......................................................................................................................200 ..................- ....................... 100106.........41 ........1 .......5D ....G ...... Circular por un carril destinado al sentido normal de la circulación, contiguo al habilitado para la circulación en sentido contrario, sin llevar encendido el alumbrado de cruce.............................................200 ..................- ....................... 100107.........41 ........1 ....... 5E.....G ...... Desplazarse lateralmente a un carril contiguo destinado al sentido normal de la circulación desde otro carril habilitado para la circulación en sentido contrario al habitual. ...................................................200 ..................- ....................... 100108.........41 ........1 ....... 5F .....G ...... Desplazarse lateralmente a un carril contiguo destinado al sentido contrario al habitual de la circulación desde otro carril habilitado para la circulación al sentido normal. ....................................................200 ..................- ....................... 100109.........41 ........1 .......5G ....G ...... Circular alterando los elementos de balizamiento permanentes o móviles de un carril destinado al uso contrario al habitual. .............................................................................................................................200 ..................- ....................... 200ARTÍCULO 42: CARRILES ADICIONALES A LA CIRCULACIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €110 .........42 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular por un carril adicional de circulación sin llevar encendido el alumbrado de cruce. ..................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100111 .........42 ........1 ....... 5B ....G ...... Desplazarse lateralmente a un carril destinado al sentido normal de la circulación desde un carril adicional, invadiendo el sentido contrario. ...................................................................................................200 ..................- ....................... 100112 .........42 ........1 ....... 5C ....G ...... Desplazarse lateralmente desde un carril de sentido normal de circulación a un carril adicional, invadiendo el sentido contrario. ......................................................................................................................200 ..................- ....................... 100113 .........42 ........1 .......5D .. MG..... Circular por un carril adicional en sentido contrario al establecido. ........................................................................................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 250114 .........42 ........1 ....... 5E.....G ...... Circular por un carril adicional de circulación alterando sus elementos de balizamiento. ......................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 43: REFUGIOS, ISLETAS O DISPOSITIVOS DE GUÍACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €115 .........43 ........1 ....... 5A .. MG..... Circular en sentido contrario al estipulado en una vía de doble sentido de circulación donde existe un refugio, una isleta o un dispositivo de guía. ..........................................................................................500 ................. 6 ....................... 250116 .........43 ........2 ....... 5A .. MG..... Circular por una plaza, glorieta o encuentro de vías en sentido contrario al estipulado. .........................................................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 44: UTILIZACIÓN DE LAS CALZADASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €117 .........44 ........1 ....... 5A .. MG..... Circular en sentido contrario al estipulado en una vía dividida en una calzadas por medianas, separadores o dispositivos análogos. ..................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 46: MODERACIÓN DE LA VELOCIDADCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €118 .........46 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular con el vehículo reseñado sin moderar la velocidad o detenerse si fuera preciso cuando las circunstancias lo exigen. (Deberán indicarse tales circunstancias) ............................................................200 ..................- ....................... 100Según el artículo 46 del RGC, son circunstancias que especialmente exigen moderar la velocidad y, si fuera preciso detener el vehículo, las siguientes:Cuando hay peatones en la parte de la vía utilizada o pueda racionalmente preverse su irrupción en la misma.Al aproximarse a ciclos circulando, o en proximidades de vías de uso exclusivo de ciclos.Al aproximarse a un paso para peatones no regulado por semáforo o Agente.Al acercarse a mercado, centros docentes o lugares en que sea previsible la presencia de niños.Cuando haya animales en la parte de la vía utilizada o pueda racionalmente preverse su irrupción en la misma.En tramo con edificios de inmediato acceso a la parte de la vía utilizada.Al aproximarse a un autobús en situación de parada.Al circular por pavimento deslizante.Cuando pueda salpicarse o proyectarse agua, gravilla, u otras materias a los demás usuarios de la vía.Al aproximarse a un paso a nivel.Al aproximarse a una glorieta o a una intersección en la que no tiene preferencia de paso.Al aproximarse a un lugar de reducida visibilidad o de estrechamiento.En el cruce con otro vehículo, cuando las circunstancias de la vía, de los vehículos o las meteorológicas o ambientales no permitan hacerlo con seguridad.En caso de deslumbramiento.En caso de niebla densa, lluvia, nevada o nubes de polvo o humo.ARTÍCULO 49: VELOCIDADES MÍNIMASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €119 .........49 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular a una velocidad anormalmente reducida, sin causa justificada, entorpeciendo la marcha de otro vehículo. .............................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 50: LÍMITES DE VELOCIDAD EN VÍAS URBANAS Y TRAVESÍASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €120.........50 ........1 ....... 1A .... L ....... Circular a ….Km/h, estando limitada la velocidad a.... Km/h. Cuando la velocidad a la que se circula supere hasta en 20 km/h el limite máximo permitido en la vía. CUADRO ANEXO ..............................80 ..................- ......................... 40121.........50 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular a ….Km/h, estando limitada la velocidad a ..... Km/h. Cuando la velocidad a la que se circula supere entre en 21 y 30 km/h el límite máximo permitido en la vía. CUADRO ANEXO .................300 ................. 2 ....................... 150122.........50 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular a.….Km/h, estando limitada la velocidad a ..... Km/h. Cuando la velocidad a la que se circula supere entre en 31 y 40 km/h el límite máximo permitido en la vía. CUADRO ANEXO ..................400 ................. 4 ....................... 200123.........50 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular a ….Km/h, estando limitada la velocidad a ..... Km/h. Cuando la velocidad a la que se circula supere entre en 41 y 50 km/h el límite máximo permitido en la vía. CUADRO ANEXO ..................500 ................. 6 ....................... 250124.........50 ........1 ....... 5B .. MG..... Circular a ….Km/h, estando limitada la velocidad a ....Km/h. Cuando la velocidad a la que se circula supere desde 51 km/h en adelante el limite máximo permitido en la vía. CUADRO ANEXO .............600 ................. 6 ....................... 300ARTÍCULO 52. VELOCIDADES PREVALENTESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €125.........52 ........1 ....... 2A ....G ...... Circular a ….Km/h, estando limitada la velocidad a 50Km/h. Límite de velocidad genérico en vía urbana. .....................................................................................................................................VER CUADRO ..................- ... VER CUADRO GRAVE GRAVE126.........52 ........1 ....... 2B .. MG..... Circular a ….Km/h, estando limitada la velocidad a 50Km/h. Límite de velocidad genérico en vía urbana. .......................................................................................................................... VER CUADRO MUY ..................- ... VER CUADRO GRAVE MUY GRAVE127.........52 ........2 ....... 5A ....G ...... Circular sin llevar visible en la parte posterior del vehículo la señal reglamentaria de limitación de velocidad (V-4) (Vehículos especiales y conjuntos de vehículos, o vehículos en régimen de transporte especial y para determinados conductores

en razón de sus circunstancias personales). .............................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100

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ARTÍCULO 53. REDUCCIÓN DE LA VELOCIDADCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €128.........53 ........1 ....... 5A ....G ...... Reducir considerablemente la velocidad sin advertirlo previamente. ......................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100129.........53 ........1 ....... 5B ....G ...... Reducir bruscamente la velocidad con riesgo de colisión para los vehículos que le siguen....................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 54. DISTANCIA ENTRE VEHÍCULOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €130.........54 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular detrás de otro vehículo sin dejar espacio libre que le permita detenerse, sin colisionar, en caso de frenada brusca del que le precede. ..................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100131.........54 ........2 ....... 5A ....G ...... Circular detrás de otro vehículo sin señalar el propósito de adelantarlo con una separación que no permite ser a su vez adelantado con seguridad. ...........................................................................................200 ..................- ....................... 100132.........54 ........2 ....... 2C ....G ...... Circular con el vehículo o conjunto de vehículo de más de 10 metros de longitud total detrás de otro, sin señalizar su propósito de adelantarlo, manteniendo una separación inferior a 50 metros................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 55. COMPETICIONESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €133.........55 ........2 ....... 1A .. MG..... Celebrar o participar en una competición o carrera entre vehículos sin autorización..............................................................................................................................................................................................500 ..................- ....................... 250134.........55 ........1 ....... 5A .. MG..... Celebrar una prueba deportiva competitiva sin autorización. ..................................................................................................................................................................................................................................500 ..................- ....................... 250135.........55 ........1 ....... 5B .. MG..... Realizar una marcha ciclista sin autorización. .........................................................................................................................................................................................................................................................500 ..................- ....................... 250136.........55 ........2 ....... 5A .. MG..... Entablar una competición de velocidad en la vía pública o de uso público sin estar debidamente acotada la misma por la autoridad competente. .............................................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 56. PRIORIDAD EN INTERSECCIONES SEÑALIZADAS CLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €137.........56 ........1 ....... 5A ....G ...... No ceder el paso en intersección señalizada, obligando al conductor de otro vehículo que circula con prioridad a maniobrar bruscamente. (Especificar la regulación o señalización existente). ....................200 ................. 4 ....................... 100ARTÍCULO 57. PRIORIDAD EN INTERSECCIONES SIN SEÑALIZARCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €138.........57 ........1 ....... 5A ....G ...... No ceder el paso en una intersección a un vehículo que se aproxima por su derecha, obligando a su conductor a maniobrar bruscamente. ........................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100139.........57 ......1-B ..... 5B ....G ...... No respetar la prioridad de paso de un vehículo que circula por raíles ...................................................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100140.........57 ......1-C ..... 5C ....G ...... Acceder a una glorieta sin ceder el paso a un vehículo que circula por la misma. ..................................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100ARTÍCULO 58. PRIORIDAD EN INTERSECCIONES SIN SEÑALIZARCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €141.........58 ........1 ....... 5A ....G ...... No mostrar con suficiente antelación, por su forma de circular y especialmente con la reducción paulatina de la velocidad, que va a ceder el paso en una intersección. ..........................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 59. DETENCIÓN DEL VEHÍCULO EN LAS INTERSECCIONESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €142.........59 ........1 ....... 5A ....G ...... Entrar con el vehículo reseñado en una intersección, quedando detenido de forma que impide u obstruye la circulación transversal. .................................................................................................................200 ..................- ....................... 100143.........59 ........1 ....... 5B ....G ...... Entrar con el vehículo reseñado en un paso de peatones o ciclistas, quedando detenido de forma que impide u obstruye la circulación de los peatones o ciclistas. ..................................................................200 ..................- ....................... 100144.........59 ........1 ....... 5C ....G ...... Entrar con el vehículo reseñado en un paso de ciclistas, quedando detenido de forma que impide u obstruye la circulación transversal. ............................................................................................................200 ..................- ....................... 100145.........59 ........2 ....... 5A ....G ...... Tener detenido el vehículo en intersección regulada por semáforo, obstaculizando la circulación, y no salir de aquella los antes posible, pudiendo hacerlo. ............................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 60. PRIORIDAD EN TRAMOS EN OBRAS Y ESTRECHAMIENTOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €146.........60 ........1 ....... 5A ....G ...... No respetar la prioridad de paso de otro vehículo que ha entrado primero en un tramo estrecho no señalizado al efecto .....................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100147.........60 ........4 ....... 5A ....G ...... No colocarse detrás de otro vehículo que se encuentra detenido, esperando para pasar, ante una obra de reparación de la vía, intentando superar la misma sin seguir al vehículo que tiene delante. .............200 ..................- ....................... 100148.........60 ........5 ....... 5A ....G ...... No seguir las indicaciones del personal destinado a regular el paso en tramos en obras.........................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 61. PRIORIDAD EN PASOS POR PUENTES U OBRAS DE PASO SEÑALIZADOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €149.........61 ........ -........ 1A ....G ...... No respetar la prioridad de paso en un estrechamiento de la calzada señalizado al efecto. ....................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100150.........61 ........1 ....... 5A ....G ...... No respetar para dejar paso a otro vehículo que tiene preferencia indicada por señal, en un estrechamiento de la calzada cuya anchura no permite el cruce de vehículos. ......................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 62. ORDEN DE PREFERENCIA EN AUSENCIA DE SEÑALIZACIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €151.........62 ........1 ....... 5A ....G ...... No respetar el orden de preferencia entre distintos tipos de vehículos, cuando uno de ellos tenga que dar marcha atrás, en ausencia de señalización. (Deberá indicarse los tipos de vehículos implicados). .............................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 63. PRIORIDAD EN TRAMOS DE GRAN PENDIENTECLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €152.........63 ........1 ....... 5A ....G ...... No respetar la prioridad de paso al vehículo que circula en sentido ascendente, en un tramo de gran pendiente y estrecho, no señalizado al efecto. ..........................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 64. NORMAS GENERALES Y PRIORIDAD DE PASO DE CICLISTAS CLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €153.........64 ........ -........ 5A ....G ...... No respetar la prioridad de paso establecida de los conductores respecto de peatones y animales, cuando se cortan sus trayectorias. .................................................................................................................200 ..................- ....................... 100154.........64 ........ -........ 5B ....G ...... No respetar la prioridad de paso para ciclistas, con riesgo para éstos. ....................................................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100155.........64 ........ -........ 5C ....G ...... No respetar la prioridad de paso de los ciclistas. (Sólo para supuestos en los que el agente perciba ausencia de riesgo inmediato para peatones- indicar el motivo de la prioridad). .......................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 65. PRIORIDAD DE LOS PEATONES SOBRE LOS CONDUCTORESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €156.........65 ........ -........ 5A ....G ...... No respetar la prioridad de paso de los peatones, con riesgo para éstos. .................................................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100157.........65 ........ -........ 5B ....G ...... No respetar la prioridad de paso de los peatones. (Sólo para supuestos en los que el agente perciba ausencia de riesgo inmediato para peatones). ............................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 66. PRIORIDAD DE PASO DE LOS ANIMALESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €158.........66 ........ -........ 1A ....G ...... No respetar la prioridad de paso de los animales. (Indicar el motivo). ....................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 67. VEHÍCULOS PRIORITARIOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €159.........67 ........2 ....... 1A .... L ....... Hacer uso del régimen especial de prioridad de paso el conductor de un vehículo destinado a servicios de urgencia sin hallarse en servicio urgente. ..........................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 68. CONDUCTORES DE VEHÍCULOS PRIORITARIOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €160.........68 ........1 ....... 5A ....G ...... Conducir un vehículo prioritario, en servicio urgente, sin adoptar las precauciones precisas para no poner en peligro a los demás usuarios. (Deberá indicarse sucintamente la maniobra realizada y peligro creado). ...............................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100161.........68 ........2 ....... 5A ....G ...... Conducir un vehículo prioritario en servicio urgente sin advertir su presencia mediante la utilización de las señales luminosas y acústicas reglamentariamente establecidas. .................................................200 ..................- ....................... 100162.........68 ........2 ....... 5B ....G ...... Conducir un vehículo prioritario utilizando señales acústicas especiales de manera innecesaria, bastando el uso aislado de la señal luminosa. ..................................................................................................200 ..................- ....................... 100163.........68 ........1 ....... 1B ....G ...... No situarse en el lugar señalado por los agentes de la autoridad. (En relación con el art. 5 del presente Reglamento). .........................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 69. COMPORTAMIENTO DE LOS DEMÁS CONDUCTORES RESPECTO DE LOS VEHÍCULOS PRIORITARIOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €164.........69 ........ -........ 5A ....G ...... No facilitar el paso a un vehículo prioritario que circula en servicio de urgencia, después de percibir las señales que anuncian su proximidad. .................................................................................................200 ..................- ....................... 100165.........69 ........ -........ 5B ....G ...... No detener el vehículo reseñado con las debidas precauciones en el lado derecho, cuando un vehículo policial manifiesta su presencia reglamentariamente.(Si concurrieran circunstancias que permitieran calificar la conducta de negligente

o temeraria se denunciaría por el art. 3 del presente Reglamento). .........................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 70. VEHÍCULOS NO PRIORITARIOS EN SERVICIO DE URGENCIACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €166.........70 ........2 ....... 1A .... L ....... No facilitar el paso a un vehículo no prioritario en servicio de urgencia. ..................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40167.........70 ........3 ....... 1A ....G ...... No justificar el conductor de un vehículo no prioritario en servicio de urgencia las circunstancias especialmente graves existentes para ello.....................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 71. VEHICULOS Y TRANSPORTES ESPECIALES: NORMAS DE CIRCULACIÓN Y SEÑALIZACIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €168.........71 ........1 ....... 5A .... L ....... Circular un vehículo especial realizando tareas para las que está destinado en función de sus características técnicas, fuera de la zona donde se llevan a cabo dichos trabajos. ................................................80 ..................- ......................... 40169.........71 ........3 ....... 5A ....G ...... No utilizar el conductor de un vehículo espacial o en régimen de transporte especial la señalización luminosa V-2 o aquellas luces reglamentariamente exigibles en caso de avería de aquella, circulando por una vía de uso público a una

velocidad que no supere los 40 km/h. ......................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTICULO 72. OBLIGACIONES DE LOS CONDUCTORES QUE SE INCORPOREN A LA CIRCULACIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €170.........72 ........1 ....... 5A ....G ...... Incorporarse a la circulación el conductor de un vehículo, no cediendo el paso a otros vehículos. ........................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100171.........72 ........1 ....... 5B ....G ...... Incorporarse a la circulación a la circulación el conductor, no cediendo el paso a otro vehículo, existiendo peligro para otros usuarios. ............................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100172.........72 ........1 ....... 5C ....G ...... Incorporarse a la circulación en una vía el conductor de un vehículo procedente de las vías de acceso, de sus zonas de servicio o de una propiedad colindante a aquella, sin advertirlo con las señales obligatorias para estos casos, no cediendo

el paso a otros vehículos. .........................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100173.........72 ........1 .......5D ....G ...... Incorporarse a la circulación en una vía el conductor de un vehículo procedente de las vías de acceso, de sus zonas de servicio o de una propiedad colindante a aquella, sin advertirlo con las señales obligatorias para estos casos con peligro

para otros usuarios. ...................................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100174.........72 ........2 ....... 5A ....G ...... Incorporarse a la circulación en una vía de uso público el conductor de un vehículo procedente de un camino exclusivamente privado, sin advertirlo con las señales obligatorias para estos casos, no cediendo el paso a otros

vehículos. ......................................................................................................................................................................................................................................................................................... 200 ..................- ....................... 100175.........72 ........2 ....... 5B ....G ...... Incorporarse a la circulación en una vía de uso público el conductor de un vehículo procedente de un camino exclusivamente privado, sin advertirlo con las señales obligatorias para estos casos, con peligro para otros

usuarios. ..................................................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100ARTÍCULO 73. OBLIGACIÓN DE LOS DEMÁS CONDUCTORES DE FACILITAR LA INCORPORACIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €176.........73 ........1 ....... 5A .... L ....... No facilitar la incorporación a la circulación de otro vehículo. .................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40177.........73 ........1 ....... 1B .... L ....... No facilitar la incorporación a la circulación de un vehículo de transporte colectivo de viajeros desde una parada señalizada. .............................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 74. NORMAS GENERALES SOBRE CAMBIOS DE DIRECCIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €178.........74 ........1 ....... 5A ....G ...... Efectuar un cambio de dirección sin advertirlo con suficiente antelación a los conductores de los vehículos que circulan detrás del suyo. .........................................................................................................200 ..................- ....................... 100179.........74 ........1 ....... 5B ....G ...... Efectuar un cambio de dirección a la izquierda con peligro para los vehículos que se acercan en sentido contrario. ............................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100180.........74 ........1 ....... 5C ....G ...... Efectuar un cambio de dirección a la izquierda sin visibilidad. (Deberá indicarse la falta de visibilidad). ............................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100181.........74 ........2 ....... 5A ....G ...... Cambiar de carril sin respetar la prioridad del que circula por el carril que se pretende ocupar. ............................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100

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ARTÍCULO 75. EJECUCIÓN DE LA MANIOBRA DE CAMBIO DE DIRECCIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €182.........75 ........1 ....... 5A ....G ...... No advertir la maniobra de cambio de dirección con las señales ópticas. ...............................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100183.........75 ........1 ....... 5B ....G ...... Efectuar un cambio de dirección sin colocar el vehículo en el lugar adecuado con la necesaria antelación y en el menor espacio y tiempo posibles.. ........................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 76. SUPUESTOS ESPECIALES DE CAMBIO DE DIRECCIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €184.........76 ........1 ....... 5A ....G ...... No adoptar el conductor las precauciones necesarias para evitar todo peligro al realizar un cambio de dirección.................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100185.........76 ........2 ....... 5A ....G ...... Efectuar un cambio de dirección a la izquierda sin dejar a la izquierda el centro de la intersección. .....................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 78. MANIOBRA DE CAMBIO DE SENTIDOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €186.........78 ........1 ....... 5A ....G ...... Efectuar el cambio de sentido de marcha sin advertir a otros usuarios dicha maniobra. .........................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100187.........78 ........1 ....... 5B ....G ...... Realizar la maniobra de cambio de sentido de marcha poniendo en peligro a los demás usuarios de la vía...........................................................................................................................................................200 ................. 3 ....................... 100188.........78 ........1 ....... 5C ....G ...... Realizar un cambio de sentido de la marcha obstaculizando a otros usuarios de la vía (deberá indicarse en que consiste el obstáculo creado) ..................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 79. SUPUESTOS ESPECIALES DE CAMBIO DE SENTIDOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €189.........79 ........1 ....... 5A ....G ...... Efectuar un cambio de sentido de la marcha en lugar prohibido. ............................................................................................................................................................................................................................200 ................. 3 ....................... 100ARTÍCULO 80: NORMAS GENERALES SOBRE LA MARCHA ATRÁSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €190.........80 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular hacia atrás pudiendo evitarlo con otra maniobra........................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100191.........80 ........2 ....... 5A ....G ...... Circular hacia atrás un recorrido superior a quince metros para efectuar la maniobra de la que es complementaria. ............................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100192.........80 ........2 ....... 5B ....G ...... Circular hacia atrás invadiendo un cruce de vías para efectuar la maniobra de la que es complementaria. . ..........................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100193.........80 ........4 ....... 5A .. MG..... Circular en sentido contrario al estipulado haciéndolo marcha atrás en un tramo largo de la vía.. .........................................................................................................................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 81. EJECUCIÓN DE LA MANIOBRA DE MARCHA ATRÁSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €194.........81 ........ -........ 2A ....G ...... No advertir la maniobra de marcha atrás con la señalización reglamentaria. ..........................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100195.........81 ........ -........ 2B ....G ...... Efectuar la maniobra de marcha atrás sin adoptar las precauciones necesarias para no causar peligro a los demás usuarios de la vía. .................................................................................................................200 ..................- ....................... 100196.........81 ........3 ....... 5A ....G ...... No efectuar la maniobra de marcha atrás, con la máxima precaución. (Deberá indicarse en que consistió su falta de precaución). .....................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 82. EXCEPCIONES AL ADELANTAMIENTO POR LA IZQUIERDACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €197.........82 ........3 ....... 1A ....G ...... Adelantar en poblado por la derecha, en calzada de más de un carril para el mismo sentido, con peligro para los demás usuario. (Especificar el peligro causado). ..................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 83. ADELANTAMIENTO EN CALZADAS DE VARIOS CARRILES CLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €198.........83 ........1 ....... 5A ....G ...... Adelantar a un vehículo en la calzada de varios carriles en el mismo sentido de la circulación, permaneciendo en el carril utilizado entorpeciendo a otros vehículos que circulan detrás más velozmente. ...200 ..................- ....................... 100199.........83 ........2 ....... 5A ....G ...... Adelantar a un vehículo cambiando de carril cuando la densidad de circulación es tal que los vehículos ocupan toda la anchura de la calzada. .................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 84. OBLIGACIONES DEL QUE ADELANTA ANTES DE INICIAR LA MANIOBRACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €200.........84 ........1 ....... 5A ....G ...... Efectuar un adelantamiento, que requiere un desplazamiento lateral, sin advertirlo con la suficiente antelación. .................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100201.........84 ........1 ....... 5B ....G ...... Efectuar un adelantamiento sin que exista espacio libre suficiente en el carril que se utiliza para la maniobra, con peligro para quienes circulan en sentido contrario. ............................................................200 ................. 4 ....................... 100202.........84 ........1 ....... 5C ....G ...... Efectuar un adelantamiento sin que exista espacio libre suficiente en el carril que se utiliza para la maniobra, entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario. ............................................................200 ................. 4 ....................... 100203.........84 ........1 .......5D ....G ...... Adelantar a varios vehículos no existiendo espacio entre ellos que le permita, si fuese necesario, desviarse hacia el lado derecho sin peligro. ..................................................................................................200 ..................- ....................... 100204.........84 ........2 ....... 5A ....G ...... Adelantar a un vehículo que se ha desplazado lateralmente para adelantar a otro o ha indicado propósito de adelantar, invadiendo para ello la parte de la calzada reservada a la circulación en sentido contrario. .......200 ..................- ....................... 100205.........84 ........3 ....... 5A ....G ...... Adelantar cuando otro conductor que le sigue ha iniciado la maniobra de adelantamiento. ...................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100206.........84 ........3 ....... 5B ....G ...... Adelantar sin disponer de espacio suficiente para reintegrarse a su carril al terminar el adelantamiento. ..............................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 85. EJECUCIÓN DE LA MANIOBRA DE ADELANTAMIENTOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €207.........85 ........1 ....... 5A ....G ...... Adelantar sin llevar durante la ejecución de la maniobra una velocidad notoriamente superior a la del vehículo adelantado (deberá indicarse el tiempo o el recorrido efectuado). .........................................200 ..................- ....................... 100208.........85 ........1 ....... 5B ....G ...... Adelantar a otro vehículo sin dejar entre ambos una separación lateral suficiente para realizar con seguridad dicha maniobra. ...........................................................................................................................200 ..................- ....................... 100209.........85 ........2 ....... 5B ....G ...... Desistir del adelantamiento y regresar de nuevo a su carril sin advertirlo a los que le siguen con las señales preceptivas. ...................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100210.........85 ........3 ....... 5C ....G ...... Adelantar sin reintegrarse a su carril lo antes posible y de modo gradual, obligando al usuario adelantado a modificar su trayectoria o velocidad. ............................................................................................200 ..................- ....................... 100211 .........85 ........3 .......5D ....G ...... Adelantar reintegrándose a su carril sin advertirlo con las señales preceptivas.......................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100212.........85 ........4 ....... 5B ....G ...... Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario. ...............................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100ARTÍCULO 86. OBLIGACIONES DEL CONDUCTOR ADELANTADOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €213.........86 ........1 ....... 5A ....G ...... No ceñirse al borde derecho de la calzada al ser advertido por el conductor que le sigue del propósito de adelantar a su vehículo. .....................................................................................................................200 ..................- ....................... 100214.........86 ........1 ....... 5B ....G ...... No indicar mediante la señal reglamentaria al vehículo que quiere adelantarle la posibilidad de realizarlo con seguridad, cuando no sea posible ceñirse por completo al borde derecho ................................200 ..................- ....................... 100215.........86 ........2 ....... 5A ....G ...... Aumentar la velocidad cuando va a ser adelantado. ................................................................................................................................................................................................................................................200 ..... 0 puntos ....................... 100216.........86 ........2 ....... 5B ....G ...... Efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento cuando va a ser adelantado. (Deberá indicarse sucintamente las maniobras efectuadas). .................................................................................200 ..... 0 puntos ....................... 100217.........86 ........2 ....... 5C ....G ...... No disminuir la velocidad cuando va a ser adelantado, una vez iniciado el adelantamiento, al producirse una situación de peligro. ...................................................................................................................200 ..................- ....................... 100218.........86 ........3 ....... 5A ....G ...... No facilitar el adelantamiento el conductor del vehículo reseñado cuando las circunstancias no permiten ser adelantado con facilidad y sin peligro. (Deberán indicarse las circunstancias concurrentes). ...............................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 87. PROHIBICIONES DE ADELANTAMIENTOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €219.........87 ......1-A ..... 5A ....G ...... Adelantar en curva de visibilidad reducida invadiendo la zona reservada al sentido contrario...............................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100220.........87 ......1-A ..... 5B ....G ...... Adelantar sin que la visibilidad disponible sea suficiente, invadiendo la zona reservada al sentido contrario. .....................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100221.........87 ......1-A ..... 5C ....G ...... Adelantar en lugar o circunstancia de visibilidad reducida, invadiendo la zona reservada al sentido contrario. (Deberá indicarse sucintamente la causa de la insuficiente visibilidad)....................................200 ................. 4 ....................... 100222.........87 ......1-A .....5D ....G ...... Adelantar detrás de un vehículo que realiza la misma maniobra y que impide, por sus dimensiones, la visibilidad de la parte delantera de la vía. .............................................................................................200 ..................- ....................... 100223.........87 ......1-B ..... 5E.....G ...... Adelantar en un paso de peatones señalizado. .........................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100224.........87 ......1-C .....5G ....G ...... Adelantar en intersección o sus proximidades. (Deberá denunciarse cuando no concurran las excepciones que lo permiten). .............................................................................................................................200 ..................- ....................... 100225.........87 ......1-B ..... 5F .....G ...... Adelantar en una intersección con vía para ciclistas. ...............................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100226.........87 ......1-D .....5H ....G ...... Adelantar en un túnel o tramo de vía afectado por la señal “Túnel” (S-5), en el que sólo se disponga de un carril para el sentido de la circulación del vehículo que pretende adelantar. .................................200 ................. 4 ....................... 100227.........87 ......1-D ......5I .....G ...... Adelantar en paso inferior en el que sólo se disponga de un carril para el sentido de circulación del vehículo que pretende adelantar. ...............................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 88. SUPUESTOS ESPECIALES DE ADELANTAMIENTO: VEHÍCULOS INMOVILIZADOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €228.........88 ........1 ....... 5A ....G ...... Rebasar a un vehículo inmovilizado por causas ajenas al trafico, ocupando la parte de la calzada destinada al sentido contrario en tramo en que esta prohibido adelantar, ocasionando peligro. (No se denunciarán adelantamientos a bicicletas,

ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, salvo que exista riesgo). .......................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100229.........88 ........1 ....... 5B ....G ...... Adelantar al conductor del vehículo, peatón o animal reseñado sin cerciorarse de poder realizar dicha maniobra sin peligro, creando una situación de riesgo, habida cuenta la velocidad a la que circulaba aquel. ......200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 89. SUPUESTOS ESPECIALES DE ADELANTAMIENTO: OBSTÁCULOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €230.........89 ........1 ....... 1A ....G ...... Rebasar un obstáculo ocupando para ello el sentido contrario, ocasionando peligro. (Especificar el peligro ocasionado). ...................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 90. LUGARES EN QUE DEBE EFECTUARSE LA PARADA Y EL ESTACIONAMIENTO EN VÍAS URBANASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €231.........90 ........2 ....... 1A .... L ....... Parar el vehículo separado del borde derecho de la calzada. .....................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40232.........90 ........2 ....... 1B .... L ....... Estacionar el vehículo separado del borde de la calzada. ..........................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40233.........90 ........2 .......1D .... L ....... Estacionar en la vía pública realizando acampada una caravana, autocaravana o similar utilizada como lugar habitable dentro del término municipal. ......................................................................................80 ..................- ......................... 40234.........90 ........2 ....... 1E..... L ....... Estacionar un vehículo en la vía pública realizando reparaciones no puntuales de vehículos. .................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 91. MODO Y FORMA DE EFECTUAR LA PARADA Y EL ESTACIONAMIENTOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €235.........91 ........1 ....... 5A .... L ....... Parar el vehículo obstaculizando la circulación o creando peligro para otros usuarios. (Especificar el hecho). .......................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40236.........91 ........1 ....... 5B .... L ....... Estacionar el vehículo obstaculizando la circulación o creando peligro para otros usuarios. (Especificar el hecho)................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40237.........91 ........2 ....... 5A ....G ...... Parar un vehículo de tal forma que impide la incorporación a la circulación de otro vehículo debidamente parado o estacionado. ......................................................................................................................200 ..................- ....................... 100238.........91 ........2 ....... 5B ....G ...... Parar un vehículo cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales o de vehículos en un vado señalizado correctamente. .................................200 ..................- ....................... 100239.........91 ........2 ....... 5C ....G ...... Estacionar un vehículo cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales o de vehículo en un vado señalizado correctamente. ..........................200 ..................- ....................... 100240.........91 ........2 .......5D ....G ...... Parar un vehículo obstaculizando la utilización normal de los pasos rebajados para discapacitados físicos. .........................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100241.........91 ........2 ....... 5E.....G ...... Estacionar un vehículo obstaculizando la utilización normal de los pasos para personas con movilidad reducida. ...............................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100242.........91 ........2 ....... 5F .....G ...... Parar un vehículo en mediana, separador, isleta u otro elemento de canalización del tráfico. ................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100243.........91 ........2 .......5G ....G ...... Estacionar un vehículo en zona reservada a carga y descarga durante las horas de utilización ..............................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100244.........91 ........2 .......5H ....G ...... Estacionar en doble fila sin conductor. .....................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100245.........91 ........2 ........5I .....G ...... Estacionar en zona destinada para parada o estacionamiento de uso exclusivo para el transporte público urbano. ...............................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100246.........91 ........2 ........5J .....G ...... Estacionar siempre que constituya peligro o cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos, peatones o animales o al funcionamiento de algún servicio público o deteriore el patrimonio público y también cuando pueda presumirse

racionalmente su abandono en la vía. ......................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 92. COLOCACIÓN DEL VEHÍCULO EN LA PARADA Y EL ESTACIONAMIENTOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €247.........92 ........1 ....... 1A .... L ....... Parar el vehículo sin situarlo paralelamente al borde de la calzada. ..........................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40248.........92 ........1 ....... 1B .... L ....... Estacionar el vehículo sin situarlo paralelamente al borde de la calzada...................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 41

CLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €249.........92 ........1 ....... 1C .... L ....... Estacionar un vehículo en la vía pública destinado a su venta, alquiler, fines publicitarios o venta ambulante no autorizada. ...............................................................................................................................80 ..................- ......................... 40250.........92 ........2 ....... 5A .... L ....... Estacionar un vehículo de forma que no permite la mejor utilización del restante espacio disponible. ....................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40251.........92 ........3 ....... 5A .... L ....... Abandonar el puesto de conductor del vehículo sin tomar las medidas reglamentarias que eviten que se ponga en movimiento. ..........................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 94. LUGARES PROHIBIDOS PARA LA PARADA CLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €252.........94 ......1-A ..... 5A ....G ...... Parar en un cruce de visibilidad reducida, o en sus proximidades ...........................................................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100253.........94 ......1-A ..... 5B ....G ...... Parar en una zona de visibilidad reducida o proximidades: (indicar si se trata de curva, cambio de rasante de visibilidad reducida o sus proximidades). ..................................................................................200 ............. NO ....................... 100254.........94 ......1-A ..... 5C ....G ...... Parar en un túnel, paso inferior o tramo de vía afectado por la señal “TUNEL” (S-5). ..........................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100255.........94 ......1-A .....5D ....G ...... Parar en un paso inferior. .........................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100256.........94 ......1-B ..... 5E.....G ...... Parar en un paso a nivel. ..........................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100257.........94 ......1-B ..... 5F .....G ...... Parar en un paso para ciclistas. ................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100258.........94 ......1-B .....5G ....G ...... Parar en un paso para peatones. ...............................................................................................................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100259.........94 ........1 ....... 1C .... L ....... Parar en un paso destinado a la circulación transversal de otros usuarios. ................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40260.........94 ......1-C .....5H .... L ....... Parar en carril o parte de la vía reservado exclusivamente a otros usuarios. (Indicar el uso previsto para dicha parte de la vía). ............................................................................................................................80 ..................- ......................... 40261.........94 ......1-C ......5I .....G ...... Parar en un carril o parte de la vía reservada exclusivamente para el servicio de determinados usuarios. .............................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100262.........94 ......1-D .....5K ....G ...... Parar en la intersección indicada o en sus proximidades dificultando el giro de otros vehículos. ...........................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100263.........94 ...... 1-E ..... 5L .....G ...... Parar sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecer su circulación. ...................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100264.........94 ...... 1-F .....5M ....G ...... Parar en el lugar indicado impidiendo la visibilidad de la señalización a otros usuarios a quienes afecte. .............................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100265.........94 ...... 1-F .....5N ....G ...... Parar en lugar indicado, obligando a otros usuarios a realizar maniobras antirreglamentarias (deberá indicarse la maniobra realizada). .............................................................................................................200 ..................- ....................... 100266.........94 .......1H ......5O ....G ...... Parar en carril destinado destinado al uso exclusivo de transporte público urbano .................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100267.........94 .......1-I ......5Q ....G ...... Parar en zona destinada para la parada o estacionamiento de uso exclusivo para el transporte público urbano. ...................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100268.........94 ......1-H ..... 5P .....G ...... Parar en carriles reservados para bicicletas. .............................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100269.........94 .......1-J ...... 5R ....G ...... Parar en zona señalizada para uso exclusivo de minusválidos.................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100270.........94 .......1-J ...... 5S .....G ...... Parar en zona señalizada como paso para peatones .................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 94. LUGARES PROHIBIDOS PARA EL ESTACIONAMIENTOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €271.........94 ......2-A ..... 5A ....G ...... Estacionar en cruce de visibilidad reducida o en sus proximidades ........................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100272.........94 ......2-A ..... 5B ....G ...... Estacionar en una curva, cambio de rasante de visibilidad reducida, o en sus proximidades. ................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100273.........94 ......2-A ..... 5C ....G ...... Estacionar en un túnel o tramo de vía afectado por la señal “TUNEL” (S-5). ........................................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100274.........94 ......2-A .....5D ....G ...... Estacionar en un paso inferior. ................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100275.........94 ......2-A ..... 5E.....G ...... Estacionar en un paso a nivel. ..................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100276.........94 .......2A ...... 5F .....G ...... Estacionar en un paso para ciclistas. ........................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100277.........94 ......2-A .....5G .... L ....... Estacionar en un carril o parte de la vía reservado exclusivamente para la circulación ............................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40278.........94 ........2 ....... 5C ....G ...... Estacionar un vehículo cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales o de vehículos. ....................................................................................200 ..................- ....................... 100279.........94 ......2-A .....5G .... L ....... Estacionar en un carril o parte la vía reservado exclusivamente para la circulación. ................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40280.........94 ......2-A .....5H .... L ....... Estacionar en carril o parte de la vía reservado exclusivamente a otros usuarios. (Indicar el uso previsto para dicha parte de la vía). ...................................................................................................................80 ..................- ......................... 40281.........94 ......2-A ......5J .....G ...... Estacionar en la intersección indicada o en sus proximidades dificultando el giro de otros vehículos. ..................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100282.........94 ......2-A .....5K ....G ...... Estacionar sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecer su circulación. ..........................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100283.........94 ......2-A ..... 5L .....G ...... Estacionar en el lugar indicado impidiendo la visibilidad de la señalización a otros usuarios a quienes afecte. ...................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100284.........94 ......2-A .....5M ....G ...... Estacionar en lugar indicado, obligando a otros usuarios a realizar maniobras antirreglamentarias (deberá indicarse la maniobra realizada)......................................................................................................200 ..................- ....................... 100285.........94 ......2-A .....5Ñ ....G ...... Estacionar en los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano. ............................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100286.........94 ......2-A .....5O ....G ...... Estacionar en carriles reservados para bicicletas. ....................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100287.........94 ......2-A ..... 5P .....G ...... Estacionar en zona destinada para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano. ...............................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100288.........94 ......2-A .....5Q ....G ...... Estacionar en zona señalizada para uso exclusivo de minusválidos. .......................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100289.........94 ......2-A ..... 5R ....G ...... Estacionar en zona señalizada como paso para peatones. ........................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100290.........94 ......2-B ..... 5S ..... L ....... Estacionar en lugar habilitado como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza. ......................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40291.........94 ......2-B ..... 5T..... L ....... Estacionar en lugar habilitado como estacionamiento con limitación horaria con exceso sobre el tiempo máximo permitido por la Ordenanza Municipal. (Deberá indicarse el tiempo). .................................80 ..................- ......................... 40558.........94 ......2-B .....5U .... L ....... El estacionamiento efectuado con título habilitante por tiempo superior al señalado en el mismo ...........................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40292.........94 ......2-C .....5U .... L ....... Estacionar en zona señalizada para carga y descarga.................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40293.........94 ......2-D .....5V ....G ...... Estacionar en zona señalizada para uso exclusivo de minusválidos ........................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100294.........94 ...... 2-E .....5X ....G ...... Estacionar sobre la acera, paseo o zona destinada al paso de peatones. (Indicar lo que corresponda). ...................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100295.........94 ...... 2-F .....5Y .... L ....... Estacionar delante de un vado señalizado correctamente. .........................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40296.........94 ......2-G ..... 5Z.....G ...... Estacionar en doble fila. ...........................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100297.........94 ........2 ....... 1F .....G ...... Estacionar en la intersección indicada generando peligro por falta de visibilidad. .................................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100298.........94 ........2 .......1K ....G ...... Estacionar en lugar prohibido por la autoridad competente en zona urbana. (Indíquese características del lugar y su señalización). ...................................................................................................................200 ..................- ....................... 100299.........94 ........2 .......2M .... L ....... Estacionar en un paso destinado a la circulación transversal de otros usuarios. ........................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40300.........94 ........2 .......2N .... L ....... Estacionar donde lo prohíba la señal. Indicar señal de prohibición). .........................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40301.........94 ........2 .......2Ñ ....G ...... Estacionar donde lo prohíba la señal. (Indicar la señal de prohibición). .................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 95. PASOS A NIVEL Y PUENTES MÓVILESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €302.........95 ........2 ....... 2A .... L ....... Cruzar un paso a nivel cerrado o con la barrera en movimiento. ...............................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40302.........95 ........2 ....... 1B .... L ....... Cruzar un puente móvil cerrado o con la barrera en movimiento. .............................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40304.........95 ........2 ....... 5A ....G ...... No detenerse al llegar a un paso a nivel o puente móvil que se encuentre cerrado o con barrera en movimiento. .................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 98. USO OBLIGATORIO DEL ALUMBRADOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €305.........98 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular con el vehículo reseñado entre el ocaso y la salida del sol emitiendo luz un solo proyector del mismo. ..................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100306.........98 ........1 ....... 5B ....G ...... Circular con el vehículo reseñado por un túnel, paso inferior o tramo de vía afectado por la señal Túnel (S-5) emitiendo luz un solo proyector del mismo. ............................................................................200 ..................- ....................... 100307.........98 ........3 ....... 5A .... L ....... Circular una bicicleta sin alumbrado reglamentario o sin llevas colocada ninguna prenda reflectante, en la forma reglamentariamente establecida. ...........................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 99. ALUMBRADO DE POSICIÓN Y DE GÁLIBOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €308.........99 ........1 ....... 1A ....G ...... Circular con el vehículo reseñado sin ningún tipo de alumbrado en situación de falta o disminución de visibilidad. ..........................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100309.........99 ........1 ....... 1B ....G ...... Circular con el vehículo reseñado sin llevar encendido el alumbrado de gálibo estando obligado a ello. ..............................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100310.........99 ........1 ....... 5A ....G ...... Circular con el vehículo reseñado entre el ocaso y la salida del sol sin llevar encendidas las luces de posición. ...................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100311 .........99 ........1 ....... 5B ....G ...... Circular con el vehículo reseñado por un túnel, paso inferior o tramo de vía afectado por la señal “Túnel” (S-5) sin llevar encendidas las luces de posición. ...........................................................................200 ..................- ....................... 100312.........99 ........1 ....... 5C ....G ...... Circular con el vehículo reseñado entre el ocaso y la salida del sol, por túnel, paso inferior o tramo de vía afectado por la señal “Túnel” (S-5) sin llevar encendidas las luces de gálibo................................200 ..................- ....................... 100313.........99 ........1 ....... 1C ....G ...... Circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario. ...............................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 100. ALUMBRADO DE LARGO ALCANCE O CARRETERA CLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €314........100 .......1 ....... 5B ....G ...... Circular con el vehículo de motor a más de 40 Km/h, en túnel o tramo de la vía afectado por la señal de túnel, insuficientemente iluminado sin llevar encendido el alumbrado de carretera o cruce, de acuerdo con lo previsto

reglamentariamente. .................................................................................................................................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100315........100 ......2 ....... 5A ....G ...... Utilizar la luz de largo alcance o carretera estando el vehículo parado o estacionado. ...........................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100316........100 .......2 ....... 5B .... L ....... Utilizar en forma de destellos la luz de carretera y la de cruce para fines distintos a los previstos reglamentariamente. .........................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40317........100 .......4 ....... 5A ....G ...... Circular con el alumbrado de largo alcance o carretera produciendo deslumbramiento a los demás usuarios de la vía. ........................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 101. ALUMBRADO DE CORTO ALCANCE O DE CRUCECLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €318........101 .......1 ....... 3C ....G ...... Circular con el vehículo reseñado (vehículo a motor o ciclomotor), por vía urbana suficientemente iluminada, entre el ocaso y la salida del sol, sin llevar encendido al alumbrado de corto alcance o de cruce. ..........200 ............. NO ....................... 100319........101 .......1 ....... 5B .... L ....... Circular con una bicicleta por una vía urbana suficientemente iluminada, entre el ocaso y la salida del sol, sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o de cruce. ......................................................80 ..................- ......................... 40320........101 .......1 ....... 5C ....G ...... Circular con el vehículo de motor por un túnel (o un tramo de la vía afectado por la señal de túnel), suficientemente iluminado, sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o de cruce. ..................200 ............. NO ....................... 100321........101 .......3 ....... 5A ....G ...... Circular con el alumbrado de corto alcance o de cruce produciendo deslumbramiento. .........................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100ARTÍCULO 102. ALUMBRADO DE CORTO ALCANCE O DE CRUCECLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €322........102 .......1 ....... 5A ....G ...... No sustituir el alumbrado de carretera por el de cruce, produciendo deslumbramiento a otros usuarios. ...............................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100ARTÍCULO 103. ALUMBRADO DE PLACA DE MATRÍCULACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €323........103 .......1 ....... 5A ....G ...... No llevar iluminada la placa posterior de matrícula siendo obligatoria la utilización de alumbrado. .....................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 104. USO DEL ALUMBRADO DURANTE EL DÍACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €324........104 .......1 ....... 5A ....G ...... Circular durante el día con una motocicleta sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o cruce. .............................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100325........104 .......1 ....... 5B ....G ...... Circular durante el día con el vehículo reseñado por un carril reversible o adicional circunstancial, sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o cruce. .....................................................................200 ..................- ....................... 100326........104 .......1 ....... 5C ....G ...... Circular durante el día con el vehículo reseñado por un carril habilitado para circular en sentido contrario al normalmente utilizado en la calzada donde se encuentre situado en los supuestos contemplados reglamentariamente, sin llevar

encendido el alumbrado de corto alcance o cruce. ...................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100

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ARTÍCULO 105. USO DEL ALUMBRADO DURANTE EL DÍACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €327........105 .......1 ....... 1A ....G ...... No tener encendidas las luces de posición de un vehículo inmovilizado, estando obligado a ello..........................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100328........105 ......1 ....... 5A ....G ...... Parar o estacionar el vehículo entre la puesta y la salida del sol en la calzada de una travesía insuficientemente iluminada, sin tener encendidas las luces de posición o estacionamiento. .............................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 106. SUPUESTOS ESPECIALES DE ALUMBRADO: CONDICIONES QUE DISMINUYEN LAVISIBILIDADCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €329........106 .......1 ....... 5A ....G ...... Conducir el vehículo reseñado circulando en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad sin llevar encendidas las luces de posición. (Especificar las condiciones concretas). ...................................................................................................................................................................................................................................................................200 ............. NO ....................... 100330........106 .......1 ....... 5B ....G ...... Conducir el vehículo reseñado circulando en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad sin llevar encendidas las luces de gálibo. (Especificar las condiciones concretas). ...................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100331........106 .......2 ....... 5A ....G ...... No utilizar la luz delantera o trasera de niebla ni la de corto o largo alcance existiendo condiciones que disminuyen sensiblemente la visibilidad. (Deberán indicarse las condiciones existentes). ...............200 ..................- ....................... 100332........106 .......2 ....... 5B ....G ...... Llevar encendida la luz delantera antiniebla sin existir condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad u otros supuestos admitidos reglamentariamente. ...............200 ..................- ....................... 100333........106 .......2 ....... 5C ....G ...... Llevar encendida la luz de niebla trasera sin existir condiciones meteorológicas o ambientales especialmente desfavorables. ............................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 108. OBLIGACIONES GENERALES DE ADVERTIR LAS MANIOBRASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €334........108 .......1 ....... 5A ....G ...... No advertir el conductor del vehículo objeto de la denuncia al resto de los usuarios de la vía las maniobras efectuadas con el mismo con ningún tipo de señales ópticas........................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 109. ADVERTENCIAS ÓPTICASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €335........109 .......1 ....... 5A .... L ....... No señalizar con antelación suficiente la realización de una maniobra. (Indicar la maniobra). ................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40336........109 .......2 ....... 5A .... L ....... Mantener la advertencia luminosa después de finalizar la maniobra. (Indicar la señalización luminosa que mantenía en funcionamiento). ..........................................................................................................80 ..................- ......................... 40337........109 .......2 ....... 5C ....G ...... No utilizar la luz de emergencia para señalizar la presencia de un vehículo inmovilizado en la vía reseñada. (Indicar la maniobra). ..................................................................................................................200 ..................- ....................... 100338........109 .......2 .......5D ....G ...... No señalizar con la luz de emergencia la presencia de un vehículo inmovilizado cuando la visibilidad está sensiblemente disminuida. (Indicar el lugar o condiciones existentes). ........................................200 ..................- ....................... 100339........109 .......2 ....... 5E.....G ...... No señalizar la presencia de un vehículo inmovilizado para realizar una parada o estacionamiento. .....................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 110. ADVERTENCIAS ACÚSTICASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €340........110........2 ....... 5A .... L ....... Usar las señales acústicas sin motivo reglamentariamente establecido. ....................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 113. ADVERTENCIAS DE OTROS VEHÍCULOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €341........113........ -........ 5A ....G ...... No advertir la presencia del vehículo reseñado con la señal luminosa especial V-2 o con el alumbrado específicamente determinado para tal vehículo. ...................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 114. PUERTASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €342........114........1 ....... 5A .... L ....... Circular llevando abiertas las puertas del vehículo reseñado. ....................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40343........114........1 ....... 5B .... L ....... Abrir las puertas del vehículo reseñado antes de su completa inmovilización. .........................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40344........114........1 ....... 5C .... L ....... Abrir las puertas del vehículo reseñado o apearse del mismo sin asegurarse previamente de que ello no implica peligro o entorpecimiento para otros usuarios. ........................................................................80 ..................- ......................... 40345........114........1 .......1D .... L ....... Abrir las puertas del vehículo sin asegurarse previamente de la presencia de conductores de bicicletas. ................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 115. APAGADO DEL MOTORCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €346........115........2 ....... 1A .... L ....... Permanecer detenido en un túnel o lugar cerrado, más de dos minutos y no interrumpir el funcionamiento del motor. ..........................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40347........115........3 ....... 1A .... L ....... Cargar combustible en el depósito del vehículo reseñado sin el motor parado. ........................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40348........115........3 ....... 1B .... L ....... Cargar combustible en el depósito del vehículo reseñado sin las luces apagadas. ....................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40349........115........3 ....... 1C .... L ....... Cargar combustible en el depósito del vehículo reseñado sin el sistema eléctrico apagado. (Indicar si es la radio u otro aparato). ........................................................................................................................80 ..................- ......................... 40350........115........3 .......1D .... L ....... Cargar combustible en el depósito del vehículo reseñado sin el dispositivo emisor de radiación electromagnética apagado. (Indicar si se trata de teléfono móvil u otro dispositivo). .......................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 117. CINTURONES DE SEGURIDAD U OTROS SISTEMAS DE RETENCION HOMOLOGADOSCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €351........117........1 ....... 5A ....G ...... No utilizar el conductor del vehículo el cinturón de seguridad o sistema de retención homologado, correctamente abrochado............................................................................................................................200 ................. 3 ....................... 100352........117........1 ....... 5B ....G ...... No utilizar un pasajero del vehículo mayor de 12 años y con altura superior a 135 cm., el cinturón de seguridad o sistema de retención homologado, correctamente abrochado. (Especificar el supuesto cuando se trate de no utilizar adecuadamente el cinturón). (Se denunciará al pasajero o al conductor si el pasajero fuera menor de edad). .................................................................200 ..................- ....................... 100353........117........2 ....... 5A ....G ...... Circular un menor de 12 años y con una altura inferior a 135 cm., en el asiento delantero sin utilizar un dispositivo de sujeción homologado al efecto, correctamente abrochado. (Se denunciará al conductor del vehículo). ..............................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100354........117........2 ....... 5B ....G ...... Circular una persona de estatura igual o inferior a 135 cm. de altura en el asiento trasero del vehículo, sin utilizar ni dispositivo de retención homologado al efecto adaptado a su talla y peso. (Se denunciará al conductor en caso de que el pasajero sea menor de edad). .........................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100355........117........2 ....... 5C ....G ...... Circular con una persona de estatura igual o superior a 135 cm. e inferior a 150 cm. en el asiento trasero del vehículo, sin utilizar sistema de retención homologado adaptado a su talla y peso, o cinturón de seguridad, correctamente abrochado.

(Se denunciará al conductor en caso de que el pasajero sea menor de edad). .........................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100356........117........2 .......5D ....G ...... Circular con un menor de 3 años, utilizando un dispositivo de retención orientado hacia atrás sin haber desactivado el airbag frontal instalado en el asiento del pasajero correspondiente. (Se denunciará al conductor del vehículo) ...............................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100357........117........2 ....... 5E.....G ...... Circular con un menor de 3 años en un vehículo, sin utilizar un sistema de sujeción homologado adaptado a su talla y peso correctamente abrochado. (Se denunciará al conductor del vehículo) ................200 ..................- ....................... 100358........117........2 .......2H ....G ...... Circular en el asiento trasero del vehículo una persona mayor de edad sin utilizar ni dispositivo de sujeción homologado a su talla y a su peso ni el cinturón de seguridad. (Se denunciará al pasajero). ......200 ..................- ....................... 100359........117........4 ....... 5A ....G ...... Circular con un menor de 3 años en un vehículo, que no está provisto de dispositivos de seguridad. ....................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100360........117........4 ....... 5B ....G ...... Circular con un niño mayor de tres años que no alcanza los 135 cm de estatura no ocupando el correspondiente asiento trasero en el vehículo objeto de la denuncia. (Describir circunstancias concretas de los hechos denunciados). ...........................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 118. CASCOS Y OTROS ELEMENTOS DE PROTECCIÓN CLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €361........118........1 ....... 5A ....G ...... No utilizar adecuadamente el conductor el casco de protección homologado o certificado. (Especificar en el supuesto de que se trate de no utilizar adecuadamente el casco). ...............................................200 ................. 3 ....................... 100362........118........1 ....... 5B ....G ...... No utilizar el pasajero el casco de protección homologado o certificado. (Especificar en el supuesto de que se trate de no utilizar adecuadamente el casco). (En este caso se denunciará al conductor) ................................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTICULO 120. TIEMPOS DE CONDUCCIÓNCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €363........120 .......1 ....... 5A .. MG..... Conducir el vehículo reseñado con un exceso de más del 50 por 100 en los tiempos de conducción establecidos en la legislación sobre transportes terrestres .........................................................................500 ................. 6 ....................... 250364........120 .......1 ....... 5B .. MG..... Conducir el vehículo reseñado con una minoración en más del 50 por 100 en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transportes terrestres. ...................................................................500 ................. 6 ....................... 250ARTÍCULO 121. CIRCULACIÓN POR ZONAS PEATONALESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €365........121 .......4 ....... 1A .... L ....... Circular por zona peatonal utilizando monopatín, patines o aparato similar. ............................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40366........121 ......4 ....... 1B .... L ....... Circular por zona peatonal utilizando monopatín, patines o aparato similar siendo arrastrado por otro vehículo. (Especificar el vehículo que lo arrastra). ..................................................................................80 ..................- ......................... 40367........121 ......4 ....... 1C .... L ....... Circular por la acera utilizando monopatín, patines o aparato similar a velocidad superior al paso de una persona. ...............................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40368........121 .......1 ....... 5A .... L ....... Transitar un peatón por el arcén, existiendo zona peatonal practicable. (Especificar el hecho). ...............................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40369........121 .......1 ....... 5B .... L ....... Transitar el peatón por la calzada entorpeciendo innecesariamente la circulación o existiendo zona peatonal practicable. (Especificar el hecho). ..............................................................................................80 ..................- ......................... 40370........121 .......5 ....... 5A ....G ...... Circular con el vehículo reseñado por la acera o zona peatonal. (Especificar la zona de que ese trate). .................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 122. CIRCULACIÓN DE PEATONESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €371........122 ......7 ....... 1A .... L ....... No despejar el peatón la calzada al apercibirse de las señales ópticas y acústicas de los vehículos prioritarios ......................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 124. PEATONES: CRUCE DE CALZADASCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €372........124 .......1 ....... 1A .... L ....... Atravesar la calzada fuera del paso de peatones existentes. ......................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40373........124 .......1 ....... 1B .... L ....... Invadir la calzada mientras la señal del Agente permite el paso de vehículos. ..........................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40374........124 .......3 ....... 1A .... L ....... Atravesar la calzada entorpeciendo la circulación. ....................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40375........124 .......4 ....... 1A .... L ....... Atravesar una plaza o glorieta por la calzada sin rodearla. ........................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 127. CIRCULACIÓN DE ANIMALES: NORMAS ESPECIALESCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €376........127 .......1 ....... 1A .... L ....... Ir conduciendo un animal de tiro, carga o silla, o cabezas de ganado una persona menor de dieciocho años. (Indicar únicamente el animal o animales de que se trate). ............................................................80 ..................- ......................... 40377........127 .......1 ....... 5A .... L ....... Conducir un animal de tiro, carga o silla, o cabezas de ganado invadiendo la zona peatonal. (Indicar únicamente el animal o animales y la zona de que se trate). .....................................................................80 ..................- ......................... 40378........127 .....1-B ..... 1C .... L ....... No conducir animales de tiro, carga o silla, o cabezas de ganado por el arcén del lado derecho de la calzada. (Indicar únicamente el animal o animales de que se trate) ...........................................................80 ..................- ......................... 40379........127 .....1-C .....1D .... L ....... Conducir animales en manada o rebaño sin llevarlos al paso. (Indicar únicamente el animal o animales de que se trate)......................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40380........127 .....1-C ..... 1E..... L ....... Conducir animales en manada o rebaño ocupando más de la mitad derecha de la calzada. (Indicar los animales de que se trate). .........................................................................................................................80 ..................- ......................... 40381........127 .....1-D .....1G .... L ....... Atravesar la vía con un animal de tiro, carga o silla, o cabezas de ganado por un lugar que no reúne las condiciones necesarias de seguridad y pasos autorizados y señalizados al efecto. (Indicar los animales de que se trate y las condiciones del lugar). ............................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40382........127 ..... 1-E .....1H .... L ....... Circular de noche con un animal de tiro, carga o silla, o cabezas de ganado por una vía insuficientemente iluminada, sin llevar en el lado mas próximo al centro de la calzada las luces necesarias. (Indica el animal o animales de que se trate). ...........................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40383........127 ..... 1-E ......1I ..... L ....... Circular de noche con un animal de tiro, carga o silla, o cabezas de ganado por una vía bajo condiciones que diminuyen la visibilidad, sin llevar en el lado más próximo al centro de la calzada las luces necesarias. (Indicar el animal o animales

de que se trate y las condiciones existentes). .............................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40384........127 ..... 1-F ......1J ..... L ....... No ceder el paso, el conductor de n animal aislado, en rebaño o en manada, a los vehículos que tengan preferencia. (Indicar únicamente el animal o animales de que se trate). ...............................................80 ..................- ......................... 40385........127 .......2 ....... 5A .... L ....... Dejar animales sin custodia en la vía o en sus inmediaciones, existiendo la posibilidad de que aquellos puedan invadir la misma. (Indicar el animal o animales de que se trate). .............................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 129. ACCIDENTES: COMPORTAMIENTOCLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €386........129 .......2 ....... 5A ....G ...... Detener el vehículo creando un nuevo peligro para la circulación, estando implicado en un accidente de circulación..........................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100387........129 .......2 ....... 5B ....G ...... No colaborar con la Autoridad o sus Agentes estando implicado en un accidente de circulación, asi como no facilitarles la identidad ni los datos del vehículo solicitados por los afectados en un accidente de circulación, estando implicado

en el mismo. (Indicar en qué consiste la falta de colaboración). .............................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100

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ARTÍCULO 130.INMOVILIZACIÓN DEL VEHÍCULO Y CAÍDA DE SU CARGACLAVE ART APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €388........130 .......1 ....... 5A .... L ....... Obstaculizar la calzada con el vehículo o su carga por causa de accidente o avería o en caso de caída de la carga y no señalizarlo convenientemente. (Deberá indicarse la señalización empleada). ............................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40389........130 .......1 ....... 5B .... L ....... Obstaculizar la calzada con el vehículo o su carga por causa de accidente o avería y no adoptar las medidas necesarias para que sea retirado en el menor tiempo posible. (Deberá indicarse las medidas no adoptadas en su caso). ..........................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40390........130 .......2 ....... 5A .... L ....... No procurar la colocación del vehículo o su carga en el lugar donde cause menor obstáculo a la circulación, tras haber quedado el mismo inmovilizado en la calzada o haber caído su carga sobre la misma. 80 ................- ......................... 40391........130 .......3 ....... 5A .... L ....... No emplear, o no emplearlos adecuadamente, los dispositivos de preseñalización de peligro reglamentarios para advertir la circunstancia de la inmovilización del vehículo o caída de su carga. ...................80 ..................- ......................... 40392........130 .......5 ....... 5A .... L ....... Remolcar a un vehículo averiado no estando específicamente destinado a ese fin. ...................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTICULO 132. OBEDIENCIA DE LAS SEÑALESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €393........132 .......1 ....... 5C .... L ....... Reanudar la marcha el conductor de un vehículo detenido en cumplimiento de una señal se obligación, sin haber cumplido la prescripción que dicha señal establece. (Clarificar circunstancias de la infracción).................................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 139. OBRASCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €394........139 .......3 ....... 5A .. MG..... No comunicar a la autoridad responsable del tráfico la realización de obras en la vía pública antes de su inicio. ...............................................................................................................................................3000 ..................- ........................NO395........139 .......4 ....... 5A .. MG..... Incumplir las instrucciones dictadas por la autoridad responsable de la gestión del tráfico, con ocasión de la realización y señalización de obras en la vía pública. (Especificar el incumplimiento detectado). ............................................................................................................................................................................................................................................................3000 ..................- ........................NOARTICULO 140. SEÑALIZACION DE LAS OBRASCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €396........140 ....... -........ 5A .... L ....... No señalizar reglamentariamente las obras que dificultan la circulación vial tanto de día como de noche. (Especificar el incumplimiento detectado). (Será sancionada la empresa adjudicataria). ..................80 ..................- ......................... 40397........140 ....... -........ 5B .... L ....... No balizar luminosamente las obras realizadas en la vía durante las horas nocturnas. (Será sancionada la empresa adjudicataria). .......................................................................................................................80 ..................- ......................... 40398........140 ....... -........ 5C .... L ....... No balizar luminosamente las obras realizadas en la vía cuando las condiciones meteorológicas o ambientales lo exijan. (Será sancionada la empresa adjudicataria). ..............................................................80 ..................- ......................... 40ARTICULO 141. OBJETO Y TIPO DE SEÑALESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €399........141 ....... -........ 5A .... L ....... Realizar obras o actividades en la vía no utilizando los elementos y dispositivos de señalización, balizamiento y defensa incluidos en la regulación básica establecida por los Ministerios de Fomento e Interior. (Será sancionada la empresa

adjudicataria). .............................................................................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 142: RETIRADA, SUSTITUCIÓN Y ALTERACIÓN DE SEÑALES: Obligaciones relativas a la señalizaciónCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €400........142 .......1 ....... 5A .... L ....... No obedecer la orden de retirada, y en su caso, sustitución por la que sea adecuada, de las señales de circulación antirreglamentariamente instaladas, que hayan perdido su objeto, o deterioradas. (Indicar las razones por las que no era correcta

su instalación). ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40401........142 .......2 ....... 5A .. MG..... Instalar, retirar, trasladar, ocultar, modificar o deteriorar la señalización de una vía sin permiso ni causa justificada. .......................................................... (Indicar la señal o señales instaladas, retiradas, trasladadas, ocultadas o modificadas). .......................................................................................................................................................................................3000 ..................- ........................NO402........142 .......3 .......5D .. MG..... Colocar sobre las señales o en sus inmediaciones placas, marcas, carteles u otros objetos que puedan inducir a confusión. (Indicar los elementos colocados y la señal afectada). ........................................3000 ..................- ........................NO403........142 .......3 ....... 5E... MG..... Colocar sobre la señal o en sus inmediaciones placas, carteles, marcas y otros objetos que puedan reducir su visibilidad o su eficacia. (Deberá indicarse el objeto colocado) ..............................................3000 ..................- ........................NO404........142 .......3 ....... 5F ... MG..... Colocar sobre las señales o en sus inmediaciones placas, marcas, carteles u otros objetos que puedan deslumbrar a los usuarios de la vía o distraer su atención. (Indicar los elementos colocados y la señal afectada)............................................................................................................................................................................................................................................3000 ..................- ........................NOARTÍCULO 143. SEÑALES DE LOS AGENTES DE CIRCULACIONCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €405........143 .......1 ....... 5A ....G ...... No respetar las señales de los Agentes de la autoridad que regulan la circulación, (Deberá describirse sucintamente la señal desobedecida). ....................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100406........143 .......1 ....... 5B .... L ....... No obedecer las órdenes de los Agentes de la autoridad que regulan la circulación. (Deberá describirse sucintamente la orden desobedecida). ...................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 144. SEÑALES CIRCUNSTANCIALES Y DE BALIZAMIENTOCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €407........144 .......1 ....... 5A ....G ...... No respetar las instrucciones de obligado cumplimiento inscritas en un panel de mensaje variable. (Especificar la instrucción incumplida). .....................................................................................................200 ..................- ....................... 100408........144 .......2 ....... 5A ....G ...... No respetar la prohibición de paso establecida mediante señal de balizamiento. (Deberá indicarse el tipo de señal no respetada). ......................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 145. SEMÁFOROS RESERVADOS PARA PEATONESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €409........145 ....... -........ 5A ....G ...... No respetar el peatón la luz roja de un semáforo. ....................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 146. SEMÁFOROS CIRCULARES PARA VEHÍCULOSCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €410........146 ....... -........ 5A ....G ...... No respetar el conductor de un vehículo la luz roja no intermitente de un semáforo. .............................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100411 ........146 .......3 ....... 2A .... L ....... No detenerse el conductor de un vehículo ante la luz amarilla no intermitente de un semáforo, pudiendo hacerlo, en condiciones de seguridad suficientes. ...............................................................................80 ..................- ......................... 40412........146 ....... -........ 5B ....G ...... No respetar el conductor del vehículo el sentido y dirección ordenados cuando se enciende la flecha verde sobre fondo circular negro de un semáforo....................................................................................200 ..................- ....................... 100413........146 ....... -........1D .... L ....... Avanzar, siguiendo la indicación de la flecha verde de un semáforo, no dejando pasar a los vehículos que circulan por el carril que se incorpora. ..............................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 147. SEMÁFOROS CUADRADOS PARA VEHICULOS O DE CARRILCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €414........147 ......5A ....... 4 ......G ...... Circular por un carril incumpliendo la obligación de detenerse ante la luz roja de un semáforo circular. ..............................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100415........147 ......5B ....... 4 ......G ...... Circular por un carril incumpliendo la obligación de detenerse indicada en una señal de detención obligatoria o ceda el paso ............................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 148. SEMÁFOROS RESERVADOSCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €416........148 .......2 ....... 1A ....G ...... No detenerse el conductor de línea regular, ante un semáforo con una franja blanca horizontal iluminada sobre fondo circular negro. ...............................................................................................................200 ..................- ....................... 100417........148 .......2 ....... 1B .... L ....... No detenerse el conductor de un semáforo con franja blanca horizontal iluminada sobre fondo circular negro. ...................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40418........148 .......2 ....... 1C .... L ....... No detenerse el conductor del vehículo cuyo carril está especialmente reservado ante un semáforo con franja blanca horizontal iluminada sobre fondo circular negro. ............................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 151. SEÑALES DE PRIORIDADCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €419........151 .......2 ....... 5A ....G ...... No detenerse en el lugar prescrito por la señal de Ceda el Paso. (R-1). ..................................................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100420........151 .......2 ....... 5B ....G ...... No detenerse en el lugar prescrito por la señal de “STOP”. (R-2) ...........................................................................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100ARTÍCULO 152. SEÑALES DE PROHIBICIÓN DE ENTRADACLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €421........152 ....... -........ 2A ....G ...... No obedecer una señal de circulación prohibida para toda clase de vehículo en ambos sentidos. (R-100) ............................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100422........152 ....... -........ 2B .... L ....... No obedecer una señal de entrada prohibida para toda clase de vehículos. (R101) ..................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40423........152 ....... -........ 5C .... L ....... No obedecer una señal se entrada prohibida a vehículos de motor. (R-102) .............................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40424........152 ....... -........5D .... L ....... No obedecer una señal de entrada prohibida (deberá indicarse a qué vehículos o usuarios se refiere la señal). .......................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 153: SEÑALES DE RESTRICCIÓN DE PASOCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €425........153 ....... -........ 5A .... L ....... No obedecer una señal de restricción de paso. (Indicar la señal de desobediencia). .................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 154. OTRAS SEÑALES DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓNCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €426........154 ....... -........ 5A ....G ...... No obedecer una señal de prohibición o restricción. (Deberá indicarse la señal desobedecida). ............................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100427........154 ....... -........ 5B .... L ....... No obedecer una señal de prohibición o restricción. (Deberá indicarse la señal desobedecida). ..............................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 155. SEÑALES DE OBLIGACIÓNCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €428........155 ....... -........ 5A ....G ...... No obedecer una señal de obligación. (Deberá indicarse la señal desobedecida)....................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100429........155 ....... -........ 5B .... L ....... No obedecer una señal de obligación. (Deberá indicarse la señal desobedecida)......................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 159. SEÑALES DE INDICACIONES GENERALESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €430........159 ....... -........ 5A ....G ...... No respetar la señal de limitación relativa a la clase de vehículo para el cual está reservado el estacionamiento en ese lugar. (S-17) ..................................................................................................................200 ..................- ....................... 100431........159 ....... -........ 5B .... L ....... No respetar la señal de limitación relativa a la clase de vehículo para el cual está reservado el estacionamiento en ese lugar. (S-17) ....................................................................................................................80 ..................- ......................... 40432........159 ....... -........ 1B .... L ....... No obedecer la señal de limitación del tiempo de estacionamiento. (Deberá indicarse el tiempo limitado por la señal y el empleado realmente). ................................................................................................80 ..................- ......................... 40433........159 ....... -........ 5C .... L ....... No respetar la señal de parada y estacionamiento reservado para Taxis. (S-18).......................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40434........159 ....... -........5D .... L ....... No respetar la señal de lugar reservado para parada de autobuses. (S-19) ................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40435........159 ....... -........ 5E..... L ....... No respetar las precauciones requeridas por la proximidad de establecimientos médicos. (S-23) ............................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40436........159 ....... -........ 1E..... L ....... No obedecer la señal de calle residencial. (Indicar la maniobra que supuso la infracción). ......................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 160. SEÑALES DE CARRILESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €437........160 ....... -........ 5A ....G ...... Circular por un carril reservado para autobuses. ......................................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100438........160 ....... -........ 5B ....G ...... Circular por un carril reservado para bicicletas o vía ciclista. .................................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100439........160 ....... -........ 5C .... L ....... Incumplir la obligación establecida por una señal de carril. (Deberá indicarse el hecho en que se concreta la infracción). ....................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 167. MARCAS BLANCAS LONGITUDINALESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €440........167 ....... -........ 5A ....G ...... No respetar una marca longitudinal continua, sin causa justificada. ........................................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100441........167 .......-- ....... 5B ....G ...... Circular sobre una marca longitudinal discontinua, sin causa justificada. ...............................................................................................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 168. MARCAS TRANSVERSALESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €442........168 ....... -........ 5A ....G ...... No respetar una marca vial transversal continua, sin causa justificada. (Indicar la razón de la existencia de la marca). ........................................................................................................................................200 ..................- ....................... 100

Página 44 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 13 de diciembre de 2010

ARTÍCULO 169. SEÑALES HORIZONTALES DE CIRCULACIONCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €443........169 ....... -........ 5A ....G ...... No ceder el paso a otros vehículos en el lugar prescrito por una señal horizontal de CEDA EL PASO .................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100444........169 ....... -........ 5B ....G ...... No detenerse en el lugar prescrito por una señal horizontal de detención obligatoria o “STOP”. ..........................................................................................................................................................................200 ................. 4 ....................... 100445........169 .......D ....... 1A .... L ....... No obedecer la obligación impuesta por una flecha de selección de carriles. ...........................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 170. OTRAS MARCAS E INSCRIPCIONES DE COLOR BLANCOCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €446........170 ....... -........ 5A ....G ...... Circular por un carril o zona reservada para determinados vehículos señalizada como tal (deberán especificarse las circunstancias concurrentes en el hecho denunciado). .....................................................200 ..................- ....................... 100447........170 .......-- ....... 1A .... L ....... No respetar las marcas de estacionamiento. (Precisar el hecho). ...............................................................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40448........170 .......G ....... 1A .... L ....... Entrar en zona excluida de la circulación (cebreado) enmarcada por una línea continua, sin razón justificada. ......................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40ARTÍCULO 171. MARCAS DE OTROS COLORESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €449........171 ....... -........ 5A .... L ....... No respetar la indicación de una marca vial amarilla. (Indíquese la marca correspondiente). ..................................................................................................................................................................................80 ..................- ......................... 40NOVEDADES EN MATERIA DE LÍMITES DE VELOCIDADEl artículo 65.4 en los apartados a) y b) del Proyecto de Ley hacen referencia al ANEXO IV donde se recogen las siguientes modificaciones con respecto a la regulación anterior:1. 65.4 B) Se considera infracción grave “Circular en un tramo a velocidad media superior a los límites establecidos reglamentariamente, de acuerdo con lo recogido en el ANEXO IV”.2.Pasa a considerarse infracción grave el no respetar los límites de velocidad en un solo KM/H. Antes sobrepasar el límite hasta en 10 km/h estaba exento de sanción económica.3. Pasa a tener detracción de puntos el sobrepasar el límite en 21 km/h. Antes la detracción de puntos se aplicaba al sobrepasar el límite en 30 km/h.INFRACCIONES DE VELOCIDAD: GRADUACIÓN DE SANCIONES-LIMITACION DE VELOCIDADLIMITE 30 KM/H 40 KM/H 50 KM/H 60 KM/H MULTA PUNTOS BONIFICACIÓNExceso Velo. .............. GRAVE ........................ De 31 a 50 ...........................De 41 a 60 .......................... De 51 a 70 ........................ De 61 a 90 ............................... 100 .............sin puntos .....................................50 De 51 a 60 ...........................De 61 a 70 .......................... De 71 a 80 ........................ De 91 a 110 ............................. 300 ....................2 ..........................................150 De 61 a 70 ...........................De 71 a 80 .......................... De 81 a 90 ........................ De 111 a 120............................ 400 ....................4 ..........................................200 De 71 a 80 ...........................De 81 a 90 .......................... De 91 a 100 ...................... De 121 a 130 ........................... 500 ....................6 ..........................................250 MUY GRAVE ............. 81 en adelante ......................91 en adelante .................... 101 en adelante ................. 131 en adelante ........................ 600 ....................6 ..........................................300ARTÍCULO 9. OBLIGACIONES DEL TITULAR DEL VEHÍCULO Y DEL CONDUCTOR HABITUALLEY DE SEGURIDAD VIALCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €450..........9 .........1 ....... 5A .. MG..... El incumplimiento por el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción de la obligación de identificar verazmente al conductor responsable de dicha infracción, cuando sean debidamente requeridos para ello en el

plazo establecido. En el supuesto de las empresas de alquiler de vehículos sin conductor la obligación de identificar se ajustará a las previsiones al respecto del artículo 9 bis de la Ley 18/2009. ....................... DOBLE ..................- ............................ - INFRACCION ORIGINAL451..........9 .........1 ....... 5B .. MG..... El incumplimiento por el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción de la obligación de identificar verazmente al conductor responsable de dicha infracción, cuando sean debidamente requeridos para ello en el

plazo establecido. En el supuesto de las empresas de alquiler de vehículos sin conductor la obligación de identificar se ajustará a las previsiones al respecto del artículo 9 bis de la Ley 18/2009. .......................TRIPLE ..................- ............................ - INFRACCION ORIGINAL GRAVE O MUY GRAVE452..........9 .........1 ....... 5C ....G ...... Incumplir la obligación el titular, arrendatario a largo plazo, o el conductor habitual, de impedir que el vehículo sea conducido por quien nunca hubiere obtenido el permiso o la licencia de conducción correspondiente. ..........200 ..................- ....................... 100453..........9 .........2 ....... 5A ....G ...... Circular con un vehículo cuyas placas de matrícula presentan obstáculos que impiden o dificultan su lectura e identificación ............................................................................................................................200 ..................- ....................... 100ARTÍCULO 65. CUADRO GENERAL DE INFRACCIONESCLAVE ART. APTD OPC INF HECHO DENUNCIADO MULTA € PUNTOS BONIF. 50 % €454.........65 ........5 ............... MG..... La participación o colaboración en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. ...................................500 ................. 6 ....................... 250455.........65 ........5 ....... 5A .. MG..... Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. .............6000 ................. 6 ..........SIN BONIF456.........65 ........6 ....... 5A .. MG..... Instalar inhibidores de radar en los vehículos, o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. (Deberá concretarse el mecanismo o sistema). .....................................................................................................................................................................................................................................................3000 ..................- ......... SIN BONIF.457.........65 ........6 ........A ... MG..... Realizar obras en la vía pública sin autorización ...................................................................................................................................................................................................................................................3000 ..................- ..........SIN BONIF458.........65 ........6 ........B ... MG..... No instalar la señalización de obras o hacerlo incorrectamente, poniendo en grave riesgo la seguridad vial. ......................................................................................................................................................3000 ..................- ......... SIN BONIF.459.........65 ........6 ........C ... MG..... Incumplir las normas reglamentariamente establecidas, que regulan actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad......................................................................................................3000 ..................- ..........SIN BONIF460.........65 .......4Y ................G ...... No instalar los dispositivos de alerta al conductor en los garajes o aparcamientos en los términos legal y reglamentariamente previstos. ..........................................................................................................200 ..................- ....................... 100

Nº 58.186_________________________________________________________

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERAEDICTO

El 4º Teniente de Alcaldesa, Delegado de Urbanismo ha emitido con fecha de hoy resolución del siguiente tenor literal: “Visto el informe emitido por los Servicios Técnicos de esta Delegación, según el cual se ha comprobado que por la propiedad del inmueble sito en la CL RENDONA, Nº 22, (11403), JEREZ DE LA FRONTERA, Dª. FRANCISCA SALADO GARCIA Y Dª. MARIA GARCIA MORENO, no se ha cumplido con las obras ordenadas mediante Resolución de fecha 11/02/2009, esto es: “Estudio pormenorizado del estado de la cimentación donde se ha producido el hundimiento de la solería realizado por técnico competente donde se describa las posibles patologías de la misma. Reparación de grietas y fisuras de los muros y particiones. Tratamiento de los muros y particiones que tengan humedades por capilaridad. Picado, enfoscado y pintado de los muros y particiones que estén abofados y con pérdida de revestimiento sectorizado. Limpieza de vegetación existente en la cubierta e impermeabilización de la misma.", ni consta que se haya solicitado ni obtenido licencia de edificación o rehabilitación sobre el inmueble, por lo que se concluye que la situación de la finca se ajusta al supuesto de incumplimiento del deber de conservación contemplado en el art. 158. 2 c) de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía.(L.O.U.A.) Por todo ello, y con base en las facultades legales que me son conferidas por delegación de la Alcaldía-Presidencia, mediante Resolución de 16 de octubre de 2009 (Publicado en el BOP de 21.01.10), y la obligación impuesta a los propietarios en el art. 155 de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante L.O.U.A.), por el presente DECRETO: Primero.- Incoar expediente de declaración de incumplimiento del deber de conservación del inmueble situado en la CL RENDONA, Nº 22, (11403), JEREZ DE LA FRONTERA de esta Ciudad para proceder a la inclusión del mismo en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, habilitando a la Delegación de Urbanismo para requerir a la propiedad del inmueble, para que en el PLAZO DE UN AÑO a contar desde el acuerdo de declaración de incumplimiento e inclusión de la finca en el citado Registro Municipal, dé cumplimiento al deber de conservación sobre el inmueble. El mero transcurso de éste último plazo sin que el propietario haya comunicado a esta Delegación de Urbanismo el comienzo de las obras o acredite las causas de imposibilidad de la obtención de la licencia necesaria, determinará la colocación de la finca en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución, de conformidad con lo establecido en el artículo 158.2 c) de la L.O.U.A., o la expropiación del inmueble. Segundo.- Dar audiencia a los interesados, previa la adopción de la oportuna resolución, y a tenor de lo dispuesto en el Art. 84 de la Ley 30/1.992 de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la ley 4/99, poner de manifiesto dicho expediente en esta Delegación Municipal de Urbanismo, por el plazo de QUINCE DIAS, a fin de que se alegue y se presenten los documentos y justificaciones que estime pertinentes. Lo que mando y firmo en la Ciudad de Jerez de la Frontera, a 18 de noviembre de 2010. El 4º Teniente de Alcaldesa, Delegado de Urbanismo, firmado y rubricado. Ante mí: El Secretario General, firmado y rubricado.” En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley de 30/92 Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999), se inserta el presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y se hace público en el tablón de anuncio de este Ayuntamiento durante el plazo de QUINCE DIAS HABILES, para que sirva de notificación personal en legal forma a los propietarios Dª. FRANCISCA SALADO GARCIA Y Dª. MARIA GARCIA MORENO, que se hallan en ignorado paradero, así como a sus posibles herederos, y a cualquier otra persona que tenga la calidad de interesada en el procedimiento. Jerez de la Frontera, a 18 de noviembre de 2010. LA ALCALDESA, (Por delegación efectuada en R.A. de 16.10.09, Séptimo.14) El 4º Teniente de Alcaldesa, Delegado de Urbanismo Juan Pedro Crisol Gil. PUBLIQUESE: EL SECRETARIO GENERAL

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AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE LOS GAZULESANUNCIO

Por acuerdo de pleno ordinario de fecha 1 de diciembre de 2.010, se aprueba inicialmente la Modificación Puntual nº. 20 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Alcalá de los Gazules propuesta por el Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules, siendo su objeto de mejorar y potenciar las dotaciones en la zona conocida como “Santo Domingo”, en la actual UE-2C situada en Suelo Urbano No Consolidado, la redelimitación y ajuste a la realidad de la actual UE-2C para garantizar el desarrollo de la misma, con traspaso de edificabilidades, así como la creación de una bolsa de Suelo Urbanizable con uso predominante residencial, colindante al actual perímetro del Suelo Urbano, frente a la zona conocida como “Las Peñas”. . De conformidad con lo aludido en los artículos 32 y 39 de la L.O.U.A. 7/02, durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, se hallará el expediente a disposición de todo aquel que quiera examinarlo en la Secretaría General del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. Por todo ello, durante el mencionado periodo de información pública podrán

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 45

presentarse cuantas alegaciones se estimen convenientes en el Registro General de la Corporación de 8.00 a 14.00. En Alcalá de los Gazules a 2 de diciembre de 2.010. EL ALCALDE. Fdo. D. Arsenio Cordero Domínguez.

Nº 58.674___________________

AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE LOS GAZULESANUNCIO

Transcurrido el plazo de exposición pública que determina el artículo 177.2 del RD legislativo 2/2.004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley Reguladora de haciendas locales en relación con el artículo 169 del mismo texto legal, queda aprobada definitivamente la primera modificación de crédito extraordinario del Presupuesto Gral para el ejercicio 2.010. ALTAS EN EL PRESUPUESTO164.609.00.................Terminación del tanatorio municipal ............................................. 582.743,00 €330.609.01.................Construcción de edificio sociocultural .......................................... 725.971,40 €338.609.02.................Urbanización y ampliación del Recinto ferial ............................ 1.206.922,23 € Monte Ortega y Construcción Caseta Municipal155.131.23.................Personal temporal urbanismo ........................................................... 87.048,37 €155.160......................S.S. Urbanismo ................................................................................ 30.466,93 €155.221.01.................Suministro Urbanismo ..................................................................... 73.799,90 €161.131.24.................Personal temporal abastecimiento aguas ......................................... 72.485,74 €161.160......................S.S. abastecimiento aguas ................................................................ 25.370,01 €161.221.01.................Suministro aguas .............................................................................. 66.844,42 €165.131.25.................Personal temporal alumbrado público ............................................. 42.527,41 €165.160......................S.S. Alumbrado público ................................................................... 14.884,59 €165.221.01.................Suministro alumbrado público ......................................................... 70.936,00 € FINANCIACION913.00........................Préstamo a largo plazo con entidades fuera S.P. ......................... 3.000.000,00 € Alcalá de los Gazules, a 1 de diciembre de 2.010. EL ALCALDE

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AYUNTAMIENTO DE ALCALA DE LOS GAZULESANUNCIO

Aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 1 de diciembre de 2010, la Ordenanza Fiscal Reguladora del Servicio de Grúa, se abre un periodo de información pública por plazo de 30 días, contados a partir de la inserción de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento en la Secretaria de este Ayuntamiento y formular las alegaciones que estimen pertinentes. Alcalá de los Gazules, a 2 de diciembre de 2010. EL ALCALDE Fdo.: Arsenio Cordero Domínguez

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ADMINISTRACION DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2CADIZEDICTO

Procedimiento: Social Ordinario 535/2010. Negociado: YM. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 1101244S20100001478. De: D/Da. FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION. Contra: D/Da. ABELARDO SOLANO CONSTRUCCIONES y SERVICIOS S.L. D/Da. CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE CADIZ HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 535/2010 se ha acordado citar a ABELARDO SOLANO CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 1 DE FEBRERO DE 2.011 A LAS 9.55 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en EDIFICIO ESTADIO CARRANZA, FONDO SUR. 3ª PLANTA, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora. la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a ABELARDO SOLANO CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En CADIZ, a veinticuatro de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.477___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2CADIZEDICTO

Procedimiento: Social Ordinario 531/2010. Negociado: YM. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 1101244S20100001470. De: D/Da. FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION. Contra: D/Dª KUAN CONCRE S.L. D/Dª CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, SECRETARIO/A

JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE CADIZ HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 531/2010 se ha acordado citar a KUAN CONCRE S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 1 DE FEBRERO DE 2.011 A LAS 9.40 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso. que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en EDIFICIO ESTADIO CARRANZA FONDO SUR, 3ª PLANTA, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora. la referida parte realice prueba de INTERROGATORIO JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a KUAN CONCRE S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y para su colocación en el tablón de anuncios. En CADIZ, a veinticuatro de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.478___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2CADIZEDICTO

Procedimiento: Social Ordinario 541/2010. Negociado: YM. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 1101244S20100001501. De: D/Dª PEDRO LOPEZ RAMIREZ. Contra: D/Dª MANTENIMIENTO Y SERVICIOS LOS LEBREROS S.L D/Dª CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE CADIZ HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 541/2010 se ha acordado citar a MANTENIMIENTO y SERVICIOS LOS LEBREROS S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 2 DE FEBRERO DE 2.011 A LAS 9.40 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en EDIFICIO ESTADIO CARRANZA, FONDO SUR, 3ª PLANTA, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada dc asistencia. Igualmente, se cita al representante legal para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de INTERROGATORIO JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a MANTENIMIENTO y SERVICIOS LOS LEBREROS S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y para su colocación en el tablón de anuncios. En Cádiz, a veinticuatro de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.479___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO D/Dª JOSÉ MANUEL SEOANE SEPULVEDA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 160/2009 a instancia de la parte actora D/Dª JESUS BERNAL MATEO contra MATERIALES PORTUENSES, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 14 de Julio de 2010 del tenor literal siguiente: DECRETO Dª ROSARIO MARISCAL RUIZ, SECRETARIO JUDICIAL por SUSTITUCIÓN DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. UNO DE JEREZ DE LA FRONTERA. En Jerez de la Frontera, a catorce de julio de dos mil diez. Presentado el anterior escrito por la Ltda. Dª Florinda López Richarte, en nombre del ejecutante D. Jesús Bernal Mateo, únase, y HECHOS PRIMERO.- En la presente ejecución núm. 160/2009. seguida en este Juzgado en materia de Ejecución de títulos judiciales, se dictó Auto en fecha 5 de Junio de 2009 decretando el embargo de bienes y derechos de la parte ejecutada en cuantía suficiente a cubrir el principal de 15.451,62 euros, más 2317 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. SEGUNDO.- Se ha practicado, sin pleno resultado. diligencia de embargo, desconociéndose, tras las gestiones y averiguaciones oportunas. la existencia de bienes suficientes de la parte demandada sobre los que trabar embargo. habiéndose dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial el 7 de Junio de 2010. RAZONAMIENTOS JURÍDICOS Unico.- Disponen los artículos 248 y 274 de la Ley de Procedimiento Laboral que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo se practicarán las averiguaciones procedentes y, de ser infructuosas, tras oir al Fondo de Garantía Salarial, se dictará Auto declarando la insolvencia total o parcial del ejecutado, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional hasta que se conozcan bienes del ejecutado o se realicen los bienes embargados. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Página 46 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 13 de diciembre de 2010

PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: Declarar al ejecutado MATERIALES PORTUENSES, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA y UN EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (15451.62 €) de principal más DOS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE EUROS (2317 €) que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento. sin perjuicio de su ulterior tasación. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros. debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto nº 1255000064016009, utilizando para ello el modelo oficial debiendo indicar en el campo "Concepto" que se trata de un recurso seguido del código "31" y "Social-Revisión", de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846420005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social nº ... indique nº de juzgado.... de ... .indique ciudad ... , y en "Observaciones" se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código "30" y "Social-Reposición". Si no manifiestan alegación alguna se procederá al ARCHIVO provisional de las actuaciones. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. Y para que sirva de notificación al demandado MATERIALES PORTUENSES, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Jerez de la Frontera, a diecinueve de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.483___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO D/Dª JOSÉ MANUEL SEOANE SEPÚLVEDA, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 43/2010 a instancia de la parte actora D/Dª MARIA ISABEL PACHECO ATIENZA contra MAGAMA HOSTELEROS S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 12/11/10 del tenor literal siguiente: DECRETO Secretario Judicial D/Dª JOSÉ MANUEL SEOANE SEPÚLVEDA En Jerez de la Frontera, a doce de noviembre de dos mil diez ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre las partes. de una como ejecutante D/Dª MARIA ISABEL PACHECO ATlENZA y de otra como ejecutada/s MAGAMA HOSTELEROS S.L., se dictó el 9 de Febrero de 2010 resolución judicial despachando ejecución para cubrir un total de 1927,73 euros. SEGUNDO.- Se ha practicado sin pleno resultado diligencia de embargo. desconociéndose tras las necesarias averiguaciones practicadas la existencia de bienes suficientes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial. FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.- Dispone el Art 274.1 y 2 de la LPL que previamente a la declaración de insolvencia. si el Fondo de Garantía Salarial no hubiere sido llamado con anterioridad. el Secretario Judicial le dará audiencia. por un plazo máximo de quince días, para que pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes del deudor principal que le consten. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a) Declarar al/los ejecutado/s MAGAMA HOSTELEROS S.L. en situación de INSOLVENCIA TOTAL que se entenderá a todos los efectos como provisional b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente. arto 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto. incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado. las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación al demandado MAGAMA HOSTELEROS S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA. con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Jerez de la Frontera. a doce de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.486___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO D/Dª JOSÉ MANUEL SEOANE SEPÚLVEDA, Secretario/a del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA. En los Autos número 224/2010, a instancia de RODRIGO RAMON GARCIA GARCIA, JUAN JIMENEZ CORONA, ILDEFONSO RUIZ GALAN, BERNARDO MARIANO SUMARIVA RANDO y JOSE RAMON SANCHEZ NUÑEZ contra GRUPO AUTONOMO DE AMBULANCIAS, S.C.A y DIGAMAR SERVICIOS. S.L., en la que se ha dictado Decreto del tenor literal siguiente: DECRETO Secretario Judicial D/Da JOSÉ MANUEL SEOANE SEPÚLVEDA En Jerez de la Frontera, a veinticinco de noviembre de dos mil diez ANTECEDENTES DE HECHO ÚNICO.- Practicada la liquidación de intereses con fecha 15 de Septiembre de 2010 se dio vista a las partes en legal forma, y ha transcurrido el plazo concedido sin que la misma se haya impugnado. FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el arto 244 de la LEC, procede aprobar la tasación de costas practicada, que asciende a la cuantía de CATORCE MIL QUINIENTOS CATORCE EUROS CON TREINTA CENTIMOS Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: APROBAR LA LIQUIDACIÓN DE INTERESES practicada en fecha 15 de Septiembre de 2010 por importe de CATORCE MIL QUINIENTOS CATORCE EUROS CON TREINTA CENTIMOS euros, a cuyo pago ha sido condenada la parte GRUPO AUTONOMO DE AMBULANCIAS, S.C.A y DIGAMAR SERVICIOS, S.L. solidaria solo respecto a la suma de SIETE MIL OCHENTA y SEIS EUROS CON SEIS CENTIMOS. En caso de ser abonada a través de este órgano deberá ser ingresada en la cuenta de consignaciones 0030/1846/42/0005001274, procedimiento 1255/0000/64/ 0224/10 MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 186 y 187 de la LPL). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público dc la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE JEREZ DE LA FRONTERA, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO AUTONOMO DE AMBULANCIAS, S.C.A, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto. Dado en Jerez de la Frontera, a veinticinco de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.922___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO Procedimiento: Social Ordinario 1401/2008. Negociado: ___. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 1102044S20080002721. De: D/Dª. JOSE PRADO IGLESIAS. Contra: D/Dª. FOGASA, CONSTRUCCIONES JOVIDA S.L. y INMOBILIARIA CENTROSUR S.L. D/Dª. ROSARIO MARISCAL RUIZ, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1401/2008 se ha acordado citar a CONSTRUCCIONES JOVIDA S.L. y INMOBILIARIA CENTROSUR S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 12/01/2011 A LAS 10.15 HORAS. para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Av. Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

13 de diciembre de 2010 B.O.P. DE CADIZ NUM. 235 Página 47

Y para que sirva de citación a CONSTRUCCIONES JOVIDA S.L. y INMOBILIARIA CENTROSUR S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Jerez de la Frontera, a veinticinco de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.925___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO Procedimiento: Social Ordinario 1463/2008. Negociado: ___. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 1102044S20080002849. De: D/Dª. DIEGO GARCIA PUCH. Contra: D/Dª. FOGASA y CONSTRUCCIONES REDESAN S.L. D/Dª. ROSARIO MARISCAL RUIZ, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1463/2008 se ha acordado citar a CONSTRUCCIONES REDESAN S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 03/02/2011 A LAS 10.00 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Av. Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a CONSTRUCCIONES REDESAN S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Jerez de la Frontera, a veinticinco de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.926___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO Procedimiento: Social Ordinario 1485/2008. Negociado: ___. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 1102044S20080002890. De: D/Dª. JOSE ALBERTO BOROBIA VILLA. Contra: D/Dª. FOGASA y LA SOLUCION PACADACLIMA S.L. D/Dª. ROSARIO MARISCAL RUIZ, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1485/2008 se ha acordado citar a LA SOLUCION PACADACLIMA S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 10/02/2011 A LAS 11.30 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Av. Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a LA SOLUCION PACADACLIMA S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Jerez de la Frontera, a veinticinco de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.927___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO. CÉDULA DE CITACIÓN En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA, en los autos número 1716/2008 seguidos a instancias de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra EXCAVACIONES BECASA S.A. sobre Social Ordinario, se ha acordado citar a EXCAVACIONES BECASA S.A. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 14-4-11 A LAS 10.30 H, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en Av. Álvaro Domecq. Edificio Alcazaba debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado. Y para que sirva de citación a EXCAVACIONES BECASA S.A. para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios. En Jerez de la Frontera, a veinticinco de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado. Nº 57.929

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO D/Dª MARÍA GADOR AGÜERO SÁNCHEZ, SECRETARIO/ A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ DE LA FRONTERA. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1255/2009 a instancia de la parte actora D/Da. MARIA DEL ROSARIO GIL TRUJILLO contra Nogasa Urbanizaciones, S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución, Sentencia de fecha 23/11/10, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: Fallo. Que estimando la demanda formulada por doña MARIA DEL ROSARIO GIL TRUJILLO, contra NOGASA URBANIZACIONES S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de 2.612,79 €, incrementados en el 10% correspondiente en concepto de intereses por mora, sin pronunciamiento para el Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en éste Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco BANESTO nº 4427 0000 65 1255 09, (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento), pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150'25 euros en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria (haciendo constar también el número de procedimiento) . Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. PUBLICACION.- Se procede a publicar la sentencia dictada por la SSª ILMA Dª MARIA SOLEDAD ORTEGA UGENA en el día de la fecha. Doy fe. Y para que sirva de notificación al demandado NOGASA URBANIZACIONES S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En JEREZ DE LA FRONTERA, a veinticuatro de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 57.931___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO EL/LA SECRETARIO/ A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ DE LA FRONTERA. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 1241/2009, sobre Social Ordinario, a instancia de RAFAEL CARRASCO AVILA contra SHERRY-ZAM REFORMAS y CONSTRUCCIONES S.L. y NACIONAL SUIZA COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., en la que con fecha 22-11-10 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente: SENTENCIA num. 386/10 En Jerez de la Frontera, a veintidós de noviembre del dos mil diez. Da MARIA SOLEDAD ORTEGA UGENA, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 3 de JEREZ DE LA FRONTERA, tras haber visto los presentes autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, seguidos a instancia de DON RAFAEL CARRASCO AVILA, contra SHERRY -ZAM REFORMAS y CONSTRUCCIONES, S. L.; NACIONAL SUIZA Compañía DE SEGUROS Y REASEGUROS. No compareció el FOGASA. EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA FALLO.- Que estimando la demanda formulada por DON RAFAEL CARRASCO AVILA contra SHERRY-ZAM REFORMAS Y CONSTRUCCIONES, S.L. y NACIONAL SUIZA Compañía DE SEGUROS Y REASEGUROS, debo condena a la empresa demandada a abonar 2.000 €, más 72'63 € de interés del año 09 y 71'45 € del 2010, siendo un total de 2.144'08 €. Se absuelve a Nacional Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros. Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en éste Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco BANESTO nº 4427 0000 65 1241 09, (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento), pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150'25 euros en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria (haciendo constar también el número de procedimiento) Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a SHERRY-ZAM REFORMAS y CONSTRUCCIONES S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le

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serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En JEREZ DE LA FRONTERA, a veintitrés de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL . Firmado.

Nº 57.934___________________

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO. CÉDULA DE CITACIÓN En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilmo. Sr/Sra. MARÍA SOLEDAD ORTEGA UGENA, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ DE LA FRONTERA, en los autos número 451/2010 seguidos a instancias de DOMINGO JESUS GONZALEZ ONATE, ROCIO MARTOS ALCONCHEL, MANUELA CAMPOS PARRADO y ROBERTO JESUS GONZALEZ CUENCA contra FONDO GARANTlA SALARIAL, BIAKORINVER S.L. y BIAKORINVER S.L. sobre Social Ordinario, se ha acordado citar a BIAKORINVER S.L. como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 5 DE MARZO DE 2012, A LAS 11:30 HORAS, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en AVENIDA ALCALDE ALVARO DOMECQ, Nº 1. EDIFICO ALCAZABAR debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado. Y para que sirva de citación a BIAKORINVER S.L. para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su colocación en el Tablón de Anuncios. En JEREZ DE LA FRONTERA, a veintitrés de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

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JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3JEREZ DE LA FRONTERA

EDICTO LA SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ DE LA FRONTERA. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 303/2010, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de D. CRISTOBAL AGUILAR VALLE contra SELYMSUR SERVICIOS INTEGRALES S.L., en la que con esta fecha se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente: AUTO. En JEREZ DE LA FRONTERA, a veintidós de noviembre de dos mil diez. Dada cuenta y; HECHOS PRIMERO.- En los autos de referencia, seguidos a instancia de D. CRISTOBAL AGUILAR VALLE, contra SELYMSUR SERVICIOS INTEGRALES S.L. se dictó resolución judicial en fecha 22 de septiembre de 2010, par la que se condenaba a la demandada al abono de las cantidades que se indican en la misma ...... PARTE DISPOSITIVA SSª Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en estas actuaciones con fecha 22 de septiembre de 2010, despachándose la misma a favor de la actora, contra la empresa SELYMSUR SERVICIOS INTEGRALES, S.L, por la cantidad de DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA y CUATRO EUROS CON VEINTINUEVE CENTIMOS (19.634,29 €) (que corresponden 10.933,65 a indemnización y S.700,64 a salarios de tramitación) en concepto de principal, más la de DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS (2.950 €) siguiéndose la vía de apremio sobre sus bienes derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes de las citadas cantidades ...... Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma la Iltma. Sra. Dña. MARÍA SOLEDAD ORTEGA UGENA, MAGlSTRADA-JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ DE LA FRONTERA. Doy fe. Firmado y rubricado." Y para que sirva de notificación en forma a SELYMSUR SERVICIOS INTEGRALES S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. Jerez de la Frontera a veintidos de noviembre de dos mil diez. LA SECRETARIA JUDICIAL. Firmado.

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JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1CADIZEDICTO

Procedimiento: 992/2009. EL SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE CADIZ. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución N° 231/2010, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de JOSEFA PECCI RUIZ contra ANOGA CADIZ S.L.U., en la que con fecha se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente: PARTE DISPOSITIVA SSª Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 4.371,11.-€, en concepto de principal, más la de 400,00.-€, calculadas para intereses, costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

SE DECLARAN EMBARGADOS como propiedad del ejecutado ANOGA CADIZ S.L.U. los bienes siguientes: - Saldos en cuentas corrientes o de cualquier tipo que ostente en CAJASOL BANCO SANTANDER S.A. y CAJAMADRID, librándose los oportunos despachos para su efectividad. Y para que sirva de notificación en forma a ANOGA CADIZ S.L.U., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en cl Boletín Oficial de la Provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. EL SECRETARIO JUDICIAL.

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JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3CADIZ EDICTO

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CADIZ. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 519/2010, sobre Despidos/ Ceses en general, a instancia de JUAN JOSE ORTIZ POMARES contra AQUATECNO BAHIA S.L, en la que con fecha se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: FALLO. Que, ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por JUAN JOSÉ ORTIZ POMARES frente a AQUATECNO BAHÍA S.L, se declara la IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO efectuado por este, condenándose a este a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, opte entre la READMISIÓN del trabajador o le abone una INDEMNIZACIÓN de cuarenta y cinco días de salario, por año de servicio (antigüedad desde el 18-1-10), prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades, y en todo caso le abone una suma equivalente a los SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR a razón de 42,90 euros diarios, desde el despido (con fecha de efectos de 25 de mayo de 2.010) hasta la notificación de esta sentencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación. Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme. y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de está resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Se advierte a la empresa condenada que, de hacer uso de tal derecho, al preparar el recurso, deberá presentar en esta Sala resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad, que reste por consignar, objeto de la condena, en la cuenta de "Depósitos y Consignaciones" de este Juzgado; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario de este Juzgado, que facilitará recibo al presentante y expedirá testimonio para su incorporación al rollo. Asimismo se advierte a la empresa demandada que, si recurre, deberá presentar resguardo acreditativo del depósito en la cantidad de 150 euros en dicha cuenta. Llévese esta resolución al Libro de Sentencias de este Juzgado y únase testimonio de la misma a los autos. Así por ésta mi Sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en forma a AQUATECNO BAHIA S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En CADIZ, a veinticinco de noviembre de dos mil diez. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. Firmado.

Nº 58.004

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