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576157 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2016  El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza Nº 313.- Ratiican el Plan Local de Seguridad Ciudadana del distrito de San Juan de Lurigancho para el año 2016 576199 Ordenanza Nº 314.- Ordenanza que otorga beneicios tributarios - descuento social - en la jurisdicción de San Juan de Lurigancho 576199 Res. Nº 2262015GM/MDSJL.- Declaran la habilitación urbana de oicio de predio ubicado en el distrito 576200 SEPARATA ESPECIAL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res.Nº 0112016/SUNAT.- Modiican Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y los Directorios de Principales Contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque, Intendencias Regionales y Oicinas Zonales 576048 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Declaran de prioridad nacional el desarrollo económico y social del distrito de Challhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac DECRETO SUPREMO Nº 005-2016-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú, establece que son deberes primordiales del Estado, entre otros, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, conforme a la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo y coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; en especial, las referidas al desarrollo económico y social; Que, por su parte, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización establece que el poder Ejecutivo elabora y aprueba los planes nacionales y sectoriales de desarrollo, teniendo en cuenta la visión y orientaciones nacionales y los planes de desarrollo de nivel regional y local, que garanticen la estabilidad macroeconómica; Que, a su vez, la Octava Política de Estado del  Acuerdo Nacional establece que es objetivo del Estado propiciar la descentralización política, económica y administrativa, basado en la aplicación del principio de subsidiariedad y complementariedad entre los niveles de gobierno nacional, regional y local del Estado, con el n de fortalecer estos últimos y propiciar el crecimiento de sus economías; Que, de igual manera, la Trigésima Cuarta Política de Estado del Acuerdo Nacional establece que el Estado debe, entre otros aspectos, garantizar su accionar en clima de convivencia armónica, valorando la identidad y diversidad cultural, impulsando la formalización de las actividades económicas y respetando la institucionalidad democrática y el Estado de derecho; Que, asimismo, adecuar la aplicación de las políticas de educación, salud y otras pertinentes así como la capacitación de la población local, para favorecer la gestión y el aprovechamiento racional, diverso y productivo de los recursos del territorio, fortaleciendo el desarrollo descentralizado; de igual manera, fortalecer las capacidades de gestión territorial en los diferentes niveles de gobierno, así como las instancias de la gestión integrada del territorio que permitan establecer controles, incentivos y demás mecanismos que contribuyan a prevenir, reducir, adaptar o revertir los efectos negativos del cambio climático y a remediar o compensar cuando sea el caso, los efectos negativos sobre los ecosistemas derivados de la ocupación y usos del territorio; Que, al respecto, cabe señalar que el distrito de Challhuahuacho, de la provincia de Cotabambas, del departamento de Apurímac, es una zona con una importante historia en el país y sede de culturas ancestrales, con tradiciones, costumbres y formas de vida muy propias; herederos de los pueblos del intermedio tardío como los Huaris, Umasuyus, Kotaneras, Kutacpampas y Yanahuaras, de raigambre Quechua, Chanka e Inca; Que, la evidencia histórica se explica en la raíz etimológica de su nombre que deriva de las voces quechuas: Kutac y Pampa que quiere decir “lugar donde se muele”, en alusión a su rica y variada tradición minera; Que, actualmente, el distrito de Challhuahuacho se caracteriza por su crecimiento demográco, que, a su vez, ha dinamizado las migraciones, inuyendo sobre las modicaciones en la organización del territorio y deniendo estrategias productivas diversas, así como estableciendo redes de asentamientos poblacionales en la ciudad capital del distrito producto de la presencia de inversiones privadas de gran magnitud; Que, con fecha 28 de febrero de 2015, se instaló la Mesa de Desarrollo del distrito de Challhuahuacho en la zona de Molinopampa, con la participación de instituciones locales, provinciales, regionales, Gobierno Nacional, líderes comunales, dirigentes y representantes de la sociedad civil, conformándose 4 grupos de trabajo: Infraestructura Social y Productiva; Minería y Medio  Ambiente; Desarrollo Agropecuario y Responsabilidad Social; Que, dichos grupos de trabajo están orientados a la promoción de su desarrollo económico y social, a n de mejorar las condiciones de vida de la población e incentivar la participación activa de las autoridades locales y de la sociedad organizada; Que, cabe acotar que tal estrategia se enfocó en identicar e impulsar la puesta en marcha de las acciones, programas y proyectos a ejecutar por los sectores

1336912-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

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576157NORMAS LEGALESViernes 22 de enero de 2016

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE

SAN JUAN DE LURIGANCHO

Ordenanza Nordm 313- Rati983142ican el Plan Local de SeguridadCiudadana del distrito de San Juan de Lurigancho para el

antildeo 2016 576199

Ordenanza Nordm 314- Ordenanza que otorga bene983142iciostributarios - descuento social - en la jurisdiccioacuten de San

Juan de Lurigancho 576199

Res Nordm 2269830852015983085GMMDSJL- Declaran la habilitacioacuten

urbana de o983142icio de predio ubicado en el distrito 576200

SEPARATA ESPECIAL

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS

Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

ResNordm 0119830852016SUNAT- Modi983142ican Directorio de laIntendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y losDirectorios de Principales Contribuyentes de la IntendenciaLima Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque

Intendencias Regionales y O983142icinas Zonales 576048

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO

DE MINISTROS

Declaran de prioridad nacional el desarrolloeconoacutemico y social del distrito deChallhuahuacho provincia de Cotabambas

departamento de ApuriacutemacDECRETO SUPREMO

Nordm 005-2016-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA

CONSIDERANDO

Que el artiacuteculo 44 de la Constitucioacuten Poliacutetica del Peruacuteestablece que son deberes primordiales del Estado entreotros defender la soberaniacutea nacional garantizar la plenavigencia de los derechos humanos proteger a la poblacioacutende las amenazas contra su seguridad y promover elbienestar general que se fundamenta en la justicia y en el

desarrollo integral y equilibrado de la NacioacutenQue conforme a la Ley Nordm 29158 Ley Orgaacutenica delPoder Ejecutivo la Presidencia del Consejo de Ministroses el Ministerio responsable de la coordinacioacuten de laspoliacuteticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo ycoordina las relaciones con los demaacutes Poderes del Estadolos organismos constitucionales gobiernos regionalesgobiernos locales y la sociedad civil en especial lasreferidas al desarrollo econoacutemico y social

Que por su parte el numeral 181 del artiacuteculo 18 dela Ley Nordm 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacioacutenestablece que el poder Ejecutivo elabora y aprueba losplanes nacionales y sectoriales de desarrollo teniendo encuenta la visioacuten y orientaciones nacionales y los planesde desarrollo de nivel regional y local que garanticen laestabilidad macroeconoacutemica

Que a su vez la Octava Poliacutetica de Estado del Acuerdo Nacional establece que es objetivo del Estadopropiciar la descentralizacioacuten poliacutetica econoacutemica yadministrativa basado en la aplicacioacuten del principio desubsidiariedad y complementariedad entre los niveles degobierno nacional regional y local del Estado con el nde fortalecer estos uacuteltimos y propiciar el crecimiento desus economiacuteas

Que de igual manera la Trigeacutesima Cuarta Poliacuteticade Estado del Acuerdo Nacional establece que el Estadodebe entre otros aspectos garantizar su accionar entodos los aacutembitos geograacutecos bajo los principios desubsidiariedad y solidaridad con la nalidad de lograrun desarrollo humano integral equitativo y sostenible lavigencia de los derechos y la igualdad de oportunidades

en todo el territorio nacional asiacute como conciliar elcrecimiento econoacutemico y la competitividad con equidadsocial y la sostenibilidad ambiental articulando los usosdiversos del territorio seguacuten sus capacidades en un

clima de convivencia armoacutenica valorando la identidady diversidad cultural impulsando la formalizacioacuten de lasactividades econoacutemicas y respetando la institucionalidaddemocraacutetica y el Estado de derecho

Que asimismo adecuar la aplicacioacuten de las poliacuteticasde educacioacuten salud y otras pertinentes asiacute como lacapacitacioacuten de la poblacioacuten local para favorecerla gestioacuten y el aprovechamiento racional diverso yproductivo de los recursos del territorio fortaleciendo eldesarrollo descentralizado de igual manera fortalecerlas capacidades de gestioacuten territorial en los diferentesniveles de gobierno asiacute como las instancias de la gestioacutenintegrada del territorio que permitan establecer controlesincentivos y demaacutes mecanismos que contribuyan a

prevenir reducir adaptar o revertir los efectos negativosdel cambio climaacutetico y a remediar o compensar cuandosea el caso los efectos negativos sobre los ecosistemasderivados de la ocupacioacuten y usos del territorio

Que al respecto cabe sentildealar que el distrito deChallhuahuacho de la provincia de Cotabambasdel departamento de Apuriacutemac es una zona conuna importante historia en el paiacutes y sede de culturasancestrales con tradiciones costumbres y formasde vida muy propias herederos de los pueblos delintermedio tardiacuteo como los Huaris Umasuyus KotanerasKutacpampas y Yanahuaras de raigambre QuechuaChanka e Inca

Que la evidencia histoacuterica se explica en la raiacutezetimoloacutegica de su nombre que deriva de las voces

quechuas Kutac y Pampa que quiere decir ldquolugar dondese muelerdquo en alusioacuten a su rica y variada tradicioacuten mineraQue actualmente el distrito de Challhuahuacho se

caracteriza por su crecimiento demograacuteco que a suvez ha dinamizado las migraciones inuyendo sobrelas modicaciones en la organizacioacuten del territorio ydeniendo estrategias productivas diversas asiacute comoestableciendo redes de asentamientos poblacionales enla ciudad capital del distrito producto de la presencia deinversiones privadas de gran magnitud

Que con fecha 28 de febrero de 2015 se instaloacutela Mesa de Desarrollo del distrito de Challhuahuachoen la zona de Molinopampa con la participacioacuten deinstituciones locales provinciales regionales GobiernoNacional liacutederes comunales dirigentes y representantesde la sociedad civil conformaacutendose 4 grupos de trabajoInfraestructura Social y Productiva Mineriacutea y Medio

Ambiente Desarrollo Agropecuario y ResponsabilidadSocial

Que dichos grupos de trabajo estaacuten orientados ala promocioacuten de su desarrollo econoacutemico y social an de mejorar las condiciones de vida de la poblacioacutene incentivar la participacioacuten activa de las autoridadeslocales y de la sociedad organizada

Que cabe acotar que tal estrategia se enfocoacute enidenticar e impulsar la puesta en marcha de las accionesprogramas y proyectos a ejecutar por los sectorescomprendidos en la Mesa de Desarrollo

Que posteriormente mediante Acta de fecha 20de julio de 2015 representantes de las institucionessentildealadas precedentemente acordaron conformar un

Comiteacute de Seguimiento y Desarrollo Integral del distritode Challhuahuacho que se encargue de monitorear laimplementacioacuten de los acuerdos adoptados en la Mesade Desarrollo

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576158 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2016 El Peruano

Que por ello el distrito de Challhuahuacho requiereuna atencioacuten particular debido a los compromisosasumidos por el Poder Ejecutivo por lo que es necesarioestablecer un aacutembito de intervencioacuten directa y otro deinuencia con la nalidad de contribuir a la solucioacuten de la

problemaacutetica planteada en las distintas Mesas de Trabajocomo nueva estrategia siendo atendida medianteacciones que el gobierno nacional implemente parapromover el desarrollo en la zona y elevar su situacioacutensocioeconoacutemica con la nalidad de mejorar la calidad devida de dicha poblacioacuten

Que en dicho contexto se debe promover una poliacuteticade diaacutelogo y promocioacuten del desarrollo econoacutemico y socialdel distrito de Challhuahuacho provincia de Cotabambasdepartamento de Apuriacutemac que rearme y garanticeuna mayor presencia del Estado siendo necesaria ladeclaracioacuten de prioridad nacional su desarrollo econoacutemicoy social y

De conformidad a lo dispuesto por el numeral 8) delartiacuteculo 118deg de la Constitucioacuten Poliacutetica del Peruacute y la Ley

Nordm 29158 Ley Orgaacutenica del Poder EjecutivoCon el voto aprobatorio del Consejo de Ministros

DECRETA

Artiacuteculo 1- Declaracioacuten de Prioridad NacionalDeclaacuterese de prioridad nacional el desarrollo

econoacutemico y social del distrito de Challhuahuachoprovincia de Cotabambas departamento de Apuriacutemacpara lo cual las entidades del Estado deberaacuten implementaracciones de seguimiento fiacutesico nanciero orientado aconcretar la ejecucioacuten de las acciones programas yproyectos a los que se han comprometido mediante lasresoluciones ministeriales emanadas de cada sector

Artiacuteculo 2- FinanciamientoLa implementacioacuten del presente Decreto Supremose nancia con cargo al presupuesto institucional delas entidades involucradas sin demandar recursosadicionales al Tesoro Puacuteblico

Para tal efecto las entidades del Estado priorizaraacutensu presupuesto a n de atender los compromisosasumidos sujetos a su capacidad operativa ydisponibilidad presupuestaria asiacute como al cronograma deejecucioacuten de las respectivas intervenciones

Artiacuteculo 3- Normas ComplementariasLa Presidencia del Consejo de Ministros dispondraacute

lo necesario a n de articular con los distintos nivelesde gobierno los compromisos de inversioacuten puacuteblica asiacutecomo adecuar los instrumentos de gestioacuten y normascomplementarias para dar cumplimiento a lo establecidoen el presente Decreto Supremo

Artiacuteculo 4- RefrendoEl presente Decreto Supremo seraacute refrendado por

el Presidente del Consejo de Ministros el Ministro deEconomiacutea y Finanzas el Ministro de Interior el Ministro deEducacioacuten el Ministro de Salud el Ministro de Agriculturay Riego la Ministra de Energiacutea y Minas el Ministro deTransportes y Comunicaciones el Ministro de ViviendaConstruccioacuten y Saneamiento la Ministra de Desarrollo eInclusioacuten Social el Ministro del Ambiente y el Ministro deTrabajo y Promocioacuten del Empleo

Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los veintiuacutendiacuteas del mes de enero del antildeo dos mil dieciseacuteis

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente de la Repuacuteblica

PEDRO CATERIANO BELLIDOPresidente del Consejo de Ministros

JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

MANUEL PULGAR-VIDAL OTAacuteLORAMinistro del Ambiente

PAOLA BUSTAMANTE SUAacuteREZMinistra de Desarrollo e Inclusioacuten Social

PIERO GHEZZI SOLIacuteSMinistro de la ProduccioacutenEncargado del Despacho del Ministerio deEconomiacutea y Finanzas

JAIME SAAVEDRA CHANDUVIacuteMinistro de Educacioacuten

ROSA MARIacuteA ORTIZ RIacuteOSMinistra de Energiacutea y Minas

JOSEacute LUIS PEacuteREZ GUADALUPEMinistro del Interior

ANIacuteBAL VELAacuteSQUEZ VALDIVIAMinistro de Salud

DANIEL MAURATE ROMEROMinistro de Trabajo y Promocioacuten del Empleo

JOSEacute GALLARDO KUMinistro de Transportes y Comunicaciones

FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYAMinistro de Vivienda Construccioacuten y Saneamiento

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FE DE ERRATAS

Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Organismosconstitucionales autoacutenomos Organismos Puacuteblicos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que conformea la Ley Nordm 26889 y el Decreto Supremo Nordm 025-99-PCM para efecto de la publicacioacuten de Fe de Erratas de las

Normas Legales deberaacuten tener en cuenta lo siguiente

1 La solicitud de publicacioacuten de Fe de Erratas deberaacute presentarse dentro de los 8 (ocho) diacuteas uacutetiles siguientesa la publicacioacuten original En caso contrario la recticacioacuten soacutelo procederaacute mediante la expedicioacuten de otranorma de rango equivalente o superior

2 Soacutelo podraacute publicarse una uacutenica Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisardebidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicacioacuten de Fe de Erratas

3 La Fe de Erratas sentildealaraacute con precisioacuten el fragmento pertinente de la versioacuten publicada bajo el tiacutetulo ldquoDicerdquoy a continuacioacuten la versioacuten recticada del mismo fragmento bajo el tiacutetulo ldquoDebe Decirrdquo en tal sentido deexistir maacutes de un error material cada uno deberaacute seguir este orden antes de consignar el siguiente error arecticarse

4 El archivo se adjuntaraacute en un disquete cd rom o USB con su contenido en formato Word o eacuteste podraacute serremitido al correo electroacutenico normaslegaleseditoraperucompe

LA DIRECCIOacuteN

7252019 1336912-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

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576158 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2016 El Peruano

Que por ello el distrito de Challhuahuacho requiereuna atencioacuten particular debido a los compromisosasumidos por el Poder Ejecutivo por lo que es necesarioestablecer un aacutembito de intervencioacuten directa y otro deinuencia con la nalidad de contribuir a la solucioacuten de la

problemaacutetica planteada en las distintas Mesas de Trabajocomo nueva estrategia siendo atendida medianteacciones que el gobierno nacional implemente parapromover el desarrollo en la zona y elevar su situacioacutensocioeconoacutemica con la nalidad de mejorar la calidad devida de dicha poblacioacuten

Que en dicho contexto se debe promover una poliacuteticade diaacutelogo y promocioacuten del desarrollo econoacutemico y socialdel distrito de Challhuahuacho provincia de Cotabambasdepartamento de Apuriacutemac que rearme y garanticeuna mayor presencia del Estado siendo necesaria ladeclaracioacuten de prioridad nacional su desarrollo econoacutemicoy social y

De conformidad a lo dispuesto por el numeral 8) delartiacuteculo 118deg de la Constitucioacuten Poliacutetica del Peruacute y la Ley

Nordm 29158 Ley Orgaacutenica del Poder EjecutivoCon el voto aprobatorio del Consejo de Ministros

DECRETA

Artiacuteculo 1- Declaracioacuten de Prioridad NacionalDeclaacuterese de prioridad nacional el desarrollo

econoacutemico y social del distrito de Challhuahuachoprovincia de Cotabambas departamento de Apuriacutemacpara lo cual las entidades del Estado deberaacuten implementaracciones de seguimiento fiacutesico nanciero orientado aconcretar la ejecucioacuten de las acciones programas yproyectos a los que se han comprometido mediante lasresoluciones ministeriales emanadas de cada sector

Artiacuteculo 2- FinanciamientoLa implementacioacuten del presente Decreto Supremose nancia con cargo al presupuesto institucional delas entidades involucradas sin demandar recursosadicionales al Tesoro Puacuteblico

Para tal efecto las entidades del Estado priorizaraacutensu presupuesto a n de atender los compromisosasumidos sujetos a su capacidad operativa ydisponibilidad presupuestaria asiacute como al cronograma deejecucioacuten de las respectivas intervenciones

Artiacuteculo 3- Normas ComplementariasLa Presidencia del Consejo de Ministros dispondraacute

lo necesario a n de articular con los distintos nivelesde gobierno los compromisos de inversioacuten puacuteblica asiacutecomo adecuar los instrumentos de gestioacuten y normascomplementarias para dar cumplimiento a lo establecidoen el presente Decreto Supremo

Artiacuteculo 4- RefrendoEl presente Decreto Supremo seraacute refrendado por

el Presidente del Consejo de Ministros el Ministro deEconomiacutea y Finanzas el Ministro de Interior el Ministro deEducacioacuten el Ministro de Salud el Ministro de Agriculturay Riego la Ministra de Energiacutea y Minas el Ministro deTransportes y Comunicaciones el Ministro de ViviendaConstruccioacuten y Saneamiento la Ministra de Desarrollo eInclusioacuten Social el Ministro del Ambiente y el Ministro deTrabajo y Promocioacuten del Empleo

Dado en la Casa de Gobierno en Lima a los veintiuacutendiacuteas del mes de enero del antildeo dos mil dieciseacuteis

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente de la Repuacuteblica

PEDRO CATERIANO BELLIDOPresidente del Consejo de Ministros

JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

MANUEL PULGAR-VIDAL OTAacuteLORAMinistro del Ambiente

PAOLA BUSTAMANTE SUAacuteREZMinistra de Desarrollo e Inclusioacuten Social

PIERO GHEZZI SOLIacuteSMinistro de la ProduccioacutenEncargado del Despacho del Ministerio deEconomiacutea y Finanzas

JAIME SAAVEDRA CHANDUVIacuteMinistro de Educacioacuten

ROSA MARIacuteA ORTIZ RIacuteOSMinistra de Energiacutea y Minas

JOSEacute LUIS PEacuteREZ GUADALUPEMinistro del Interior

ANIacuteBAL VELAacuteSQUEZ VALDIVIAMinistro de Salud

DANIEL MAURATE ROMEROMinistro de Trabajo y Promocioacuten del Empleo

JOSEacute GALLARDO KUMinistro de Transportes y Comunicaciones

FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYAMinistro de Vivienda Construccioacuten y Saneamiento

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FE DE ERRATAS

Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Organismosconstitucionales autoacutenomos Organismos Puacuteblicos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que conformea la Ley Nordm 26889 y el Decreto Supremo Nordm 025-99-PCM para efecto de la publicacioacuten de Fe de Erratas de las

Normas Legales deberaacuten tener en cuenta lo siguiente

1 La solicitud de publicacioacuten de Fe de Erratas deberaacute presentarse dentro de los 8 (ocho) diacuteas uacutetiles siguientesa la publicacioacuten original En caso contrario la recticacioacuten soacutelo procederaacute mediante la expedicioacuten de otranorma de rango equivalente o superior

2 Soacutelo podraacute publicarse una uacutenica Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisardebidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicacioacuten de Fe de Erratas

3 La Fe de Erratas sentildealaraacute con precisioacuten el fragmento pertinente de la versioacuten publicada bajo el tiacutetulo ldquoDicerdquoy a continuacioacuten la versioacuten recticada del mismo fragmento bajo el tiacutetulo ldquoDebe Decirrdquo en tal sentido deexistir maacutes de un error material cada uno deberaacute seguir este orden antes de consignar el siguiente error arecticarse

4 El archivo se adjuntaraacute en un disquete cd rom o USB con su contenido en formato Word o eacuteste podraacute serremitido al correo electroacutenico normaslegaleseditoraperucompe

LA DIRECCIOacuteN