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DERECHO CONSTITUCIONAL Y DERECHO ADMINISTRATIVO

15 de abril

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DERECHO CONSTITUCIONAL Y

DERECHO ADMINISTRATIVO

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CONCEPTO DE CONSTITUCION

• Se entiende por constitución la norma encargada de regular el poder político. Es el encuadramiento jurídico del poder político.

• Fundamental en el Estado social y democrático de Derecho.

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SENTIDOS DEL CONCEPTO DE CONSTITUCION

• Sentido Material• Constitución formada por elementos

políticos, materiales que subyace al estado conformado como tal

 • Sentido Formal• Norma Jurídica que es la matriz del

ordenamiento considerada como tal.

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TIPOLOGIA DE LAS CONSTITUCIONES

En función a su estructura o forma de expresión. •Escrita: Plasmada en un texto •Consuetudinaria: Basada en usos y costumbres de naturaleza política. Convenciones.

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EN FUNCIÓN A SU RIGIDEZ.

• Rígidas.- Se establece un procedimiento especial para modificarla.

• Flexibles.- Se modifica como cualquier otra Ley.

• Constituciones pétreas

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EN FUNCIÓN A SU VIGENCIA REAL.

• Constituciones normativas.Aquellas que son observadas lealmente por los interesados.  

• Constituciones nominales.La Constitución contiene normas válidas jurídicamente, pero estas no cuadran con la realidad.

• Constituciones semánticas.

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EN FUNCIÓN AL SISTEMA DE GOBIERNO QUE REFIEREN.

• De tendencia presidencial

• De tendencia parlamentaria.

 

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UNA MODERNA COMPRENSIÓN DEL

CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN

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LA CONSTITUCIÓN ES UNA NORMA

• La Constitución vincula a los que poseen el poder estatal y a los destinatarios del mismo.

• Organiza• Limita. Poder Político• Justifica. 

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FUENTE DE DERECHO

• Fuente Formal.- Establece como se crea el derecho, como nacen las expresiones normativas. La constitución señala los órganos legítimos, su estructura, la competencia, el procedimiento que deben seguir,

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FUENTE DE DERECHO

• Fuente Material.- La constitución establece los parámetros o estándares sobre los cuales debe encuadrarse las normas. La constitución contiene principios y derechos que no pueden ser vulnerados.

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LA CONSTITUCIÓN TIENE UNA PROYECCIÓN ESPECIAL

La Constitución tiene una proyección especial respecto a las demás normas del ordenamiento.

La constitución, tiene vocación de permanencia. La ley, si bien debe durar lo más posible, puede ser modificada en cualquier momento.

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FUNCIÓN ARTICULADORA

• La carta magna es la base de la cual surgen todas las materias, los principios fundamentales de cada rama del Derecho.

• Las normas jurídicas deberán interpretarse en armonía con la Constitución.

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LA SUPREMACÍA DE LA

CONSTITUCIÓN Y SUS ALCANCES

• La constitución es la norma suprema.

• Ello genera, en primer lugar, la dificultad existente, en la mayoría de los casos, para modificar la carta. Explica también la existencia de cláusulas pétreas, expresas o no.

• Justifica su vocación de permanencia

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EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD

• Difuso.- Los jueces implican la Ley ante su contradicción con la Constitución.

• Concentrado.-Un órgano especial se encarga de declarar la inconstitucionalidad de una norma con rango de Ley.

 

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OTROS MECANISMOS

• Acciones de Garantía:

• El Derecho de insurgencia: • La no modificación por mecanismos distintos

a los establecidos por ella. La cláusula de salvaguarda.

 • Estado de excepción

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EL PODER CONSTITUYENTE

• Es el poder de crear una constitución.

• Proviene del pueblo

 

• El poder constituyente actúa en forma directa, permitiendo la conformación jurídica del Estado.

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EL PODER CONSTITUYENTE

• Tradicionalmente: Es poder soberano e ilimitado. Se justifica así mismo. La titularidad le corresponde al pueblo. Se ejerce sin encuadramiento jurídico.

• Actualmente: Se encuentra limitado por el Estado de Derecho y la pertenencia a una comunidad internacional.

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MODALIDADES

a) Original. Al pueblo

b) Derivado. A la asamblea o congreso constituyente. Forma mixta: el referéndum.

c) Reformador. Al congreso. Existencia de la Iniciativa.

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REFORMAS FORMALES Y NO FORMALES

• Reformas formales. Efectuadas conforme lo señala la Constitución.

• Informales o Tácitas. Caso de la mutación constitucional

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ORDEN CONSTITUCIONAL ECONOMICO Y DERECHO

ADMINISTRATIVO

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ECONOMIA SOCIAL DE MERCADO

• El mercado en combinación con la propiedad privada de los medios de producción constituye tanto la modalidad más eficiente de coordinación económica, como también una condición necesaria para garantizar la máxima libertad política

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• Implica el empleo del mercado y el sometimiento de la economía a sus leyes, permitiéndose la actuación del Estado para corregir distorsiones de tal manera que dicho mercado funcione eficientemente.

• El mercado es el más eficiente mecanismo para asignar los recursos existentes.

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LIMITACION A LA LIBERTAD DE EMPRESA

• El Artículo 59° de la Constitución señala que el Estado estimula la creación de riqueza, garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria.

 

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La libertad de empresa es el mecanismo a través del cual el ser humano hace efectiva su deseo de procurar satisfacer necesidades de los demás a través de la actividad empresarial y con un legítimo afán de lucro.

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 CONCEPTO DE REGULACIÓN ECONÓMICA.

• La regulación económica consiste en la orientación por parte de la Administración Pública en la cual se establece parámetros para la actuación de los agentes económicos.

• Su origen parte del interés general.

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• La regulación económica es en realidad una manifestación de la actividad limitativa de derechos de la Administración Pública.

• La regulación económica implica una limitación a la libertad de empresa, pero además puede limitar también propiedad o libertades contractuales

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FUNDAMENTOS

• En primer lugar, las externalidades constituyen otro mecanismo que distorsiona el funcionamiento del mercado, que consiste en la existencia de efectos no contratados en las transacciones que ocurren en el sistema

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FUNDAMENTOS

• Los costos de transacción provienen del uso del mercado y son los generados por los actores económicos para poderse poner de acuerdo.

• Para aplicar el concepto se emplea el Teorema de Coase, que permite relacionar estos costos con el mercado.

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FUNDAMENTOS

• Se señala que la existencia de monopolios naturales justificaría la existencia de regulación respecto de los mismos, en especial en el contexto de la prestación de servicios públicos.

• Los monopolios naturales son resultado del funcionamiento del mercado.

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FUNDAMENTOS

• Otra justificación se enmarca en el control de la competencia excesiva.

• Se señala que un exceso de competencia generaría quiebras y afectaría la actividad económica, en especial si es un servicio público.

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FUNDAMENTOS

• La información asimétrica implica el mayor conocimiento sobre el producto que los consumidores tienen respecto a los proveedores.

• Esta es una justificación para la proteccion al consumidor y no para la regulación económica.

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LIMITES A LA REGULACION ECONOMICA

• La regulación económica puede limitar indebidamente derechos fundamentales, en particular la libertad de empresa, pero también otros derechos fundamentales como el de propiedad o libre contratación.

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LIMITES A LA REGULACION ECONOMICA

La protección de los derechos fundamentales es el elemento básico del Estado de Derecho, dentro del cual se encuentra además el principio de preferencia por los derechos fundamentales.

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LIMITES A LA REGULACION ECONOMICA

•En primer término, un parámetro de especial importancia es la reserva de ley. La limitación a los derechos fundamentales debe estar señalada claramente por la Ley, como garantía de un comportamiento que no es arbitrario.

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LIMITES A LA REGULACION ECONOMICA

•La doctrina y la jurisprudencia admiten que la limitación de derechos fundamentales no puede vulnerar el contenido esencial de los derechos, sin el cual el mismo deja de ser tal.

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LIMITES A LA REGULACION ECONOMICA

•Asimismo, las limitaciones a derechos fundamentales deben de basarse en criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Ambos son criterios que deben analizarse en término de las necesidades del mercado

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PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

• La protección al consumidor al existencia de mecanismos para tutelar los derechos de los consumidores en sus relaciones en el mercado.

• La información asimétrica es una justificación fundamental de esta institución.

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DERECHO DE LA COMPETENCIA.

• Tienen por finalidad asegurar una libre y leal competencia.

• Opera en todo el mercado, de manera uniforme, y con posterioridad a la realización del conducta.

• Implica prácticas colusivas, abusivas y desleales.