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7/31/2019 1.6. Retr. Mensual Conceptos Extras
http://slidepdf.com/reader/full/16-retr-mensual-conceptos-extras 1/3
6. RETRIBUCIÓN MENSUAL CON CONCEPTOS EXTRASALARIALES
Un trabajador con contrato indefinido y con la categoría profesional de Jefe Administrativo
es alta inicial en la empresa el 1 de enero de 2003.
Siéndole aplicable el Convenio colectivo del sector que establece para el presente año las
siguientes retribuciones mensuales.
Salario base: 1.550€
Antigüedad: 150€
Plus de desgaste de herramientas: 160€
Plus de transporte: 100€
El trabajador tiene derecho a dos pagas extras que comprenden el salario base y la
Antigüedad.
El porcentaje de retención del IRPF asciende a un 16%
SOLUCIÓN
BASE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES
a. BCC = Salario base + Complementos + Prorrateo pagas extraordinarias; BCC = 1.550 +
150 + 53,50 + (2 X 1.550 + 150)/12 = 2.036´84€/mes
El plus de desgaste de herramientas es superior que el valor del IPREM (106,50€ para el 2011),
por lo que cotiza. Plus herramientas = 160-106,50 = 53,50€.
El plus de transporte no cotiza al no ser su importe superior al del IPREM.
b. Comparación con base máxima y mínima.
Base máxima = 3.230´10€/mes.
Base mínima = 754´28€/mes.
El valor de la Base de Contingencias Comunes -2.036´84€- está comprendido entre la base
máxima y la base mínima, por lo que es válido.
c. CuotasContingencias comunes = BCC*4´70% = 2.036,84*4´70% = 95,731€
BASE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS PROFESIONALES
a. BCP = BCC + Horas extraordinarias.
En este caso no hay horas extraordinarias, por lo que BCP = BCC.
BCP = 2.036,84€/mes
b. Comparación de base máxima y mínima.
7/31/2019 1.6. Retr. Mensual Conceptos Extras
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El resultado es el mismo que el apartado b. de la Base de Cotización de Contingencias
Comunes. 2.036,84€ es válido.
c. Cuotas
Desempleo = BCP*1,55%; Desempleo = 2.036,83*1,55% = 31,570€
Formación profesional = BCP*0´10%; Formación profesional = 2.036,84*0´10% = 2,03683€
En la cuota de desempleo multiplicamos por 1´55% ya que el carácter del contrato es
indefinido.
d. Base del I.R.P.F.
B = SB + Complementos + Horas extraordinarias; B = 1.550 + 150 + 160 + 100 = 1.960€
Cuota = B*10% de retención; Cuota = 1.960x(16/100) = 313´60€.
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Empresa:Domicilio:C.I.F.:Cod. Cta. S.S.:
Trabajador:N.I.F.:N.º S.S.Categoría:Grupo de cotización:
Periodo de liquidaciónI.DEVENGOS
1.Percepciones salariales
Salario base 1.550Complementos salariales
Antiguedad 150
Horas extraordinarias:
Horas complementarias
Gratificaciones extraordinariasSalario en especie
2. Percepciones no salarialesPlus desgaste herramientasPlus transporte
160100
Indemnizaciones o suplidos
Prestaciones a la Seguridad Social
Indemnizaciones por traslado, suspensiones o despidos
Otras percepciones no salariales
A. TOTAL DEVENGADO: 1.960€
II.DEDUCCIONES
1.Aportaciones del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta
%
Contingencias comunes 4,70 95,731€
Desempleo 1,55 31,570€
Formación profesional 0,10 2,03683€
Horas extraordinarias
Fuerza mayor
Otras
TOTAL APORTACIONES
2.Impuesto sobre la renta de las personas físicas 1.960 16% 313,60€
3.Anticipos4.Valor de los productos recibidos en especie
5.Otras deducciones
B. TOTAL A DEDUCIR: 442,94€
LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B)= 1.517´06€
Firma y sello de la empresa
, a de de 20__
RECIBÍ
III.DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA Y DE LA BASE SUJETAA RETENCIÓN DEL I.R.P.F.
1.Base de cotización de contingencias comunes
Remuneración mensual: BCC-PPE 1.753,50
Prorrata pagas extras 283,33€
TOTAL (BCC) 2.036,83
2. Base de cotización por contingencias profesionales (AT y EP) yconceptos de recaudación conjunta (Desempleo, Formaciónprofesional, Fondo de Garantía Salarial)
2.036,83
3. Base de cotización adicional por horas extras No hay
4. Base sujeta a retención del IRPF 1.960