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LA JUSTICIA VUELVE A TUMBAR LAS SANCIONES IMPUESTAS A LOS SOCIOS DE AEA CON EL SISTEMA FOTO- ROJO NUEVOS ÉXITOS JURÍDICOS DE AEA ANULAN LA SANCIÓN A UN SOCIO DE AEA QUE LLEVABA INSTALADO UN DETECTOR DE RADAR AL NO ACREDITARSE SU USO VARAPALO JUDICIAL AL SERVEI CATALÀ DE TRÀNSIT 10.000 CONDUCTORES PODRÁN RECUPERAR SUS PUNTOS CADA AÑO AEAPress 1 Informativo del automóvil exclusivo para miembros de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS 166 - MARZO 2018 GRACIAS A AEA INFORME DE AEA ¿Merece la pena comprar un coche eléctrico? ÉXITO JURÍDICO EN MATERIA DE CONSUMO El perjudicado de un siniestro puede elegir libremente el taller donde reparar su vehículo IMPUESTO DE CIRCULACIÓN 2018 ¿Dónde están los paraísos fiscales? CONSULTORIO JURÍDICO ¿Están las aseguradoras obligadas a pagar un coche de alquiler mientras se repara mi coche? GARANTÍA DE LOS COCHES USADOS ¡Conozca cuáles son sus derechos! VÍCTIMAS DEL TRÁFICO Suben un 0,25 por ciento las indemnizaciones AEA CONSIGUE PARALIZAR EL COBRO DE COMISIONES POR PAGAR LA ORA CON EL MÓVIL ANULAN LA SANCIÓN A UN SOCIO DE AEA QUE LLEVABA INSTALADO UN DETECTOR DE RADAR AL NO ACREDITARSE SU USO VARAPALO JUDICIAL AL SERVEI CATALÀ DE TRÀNSIT Press Press AEA ha conseguido la primera sentencia en España que reconoce que Tráfico debe reintegrar los puntos detraídos si Hacienda anula una multa por estar mal notificada.

166 AEA 133 AEAaeaclub.org/wp-content/uploads/aeapress/166_aeapress.pdfA esos efectos, este Tribunal ha destaca-do la exigencia de procurar el emplaza-miento o citación personal de

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LA JUSTICIA VUELVE ATUMBAR LAS SANCIONES

IMPUESTAS A LOSSOCIOS DE AEA CONEL SISTEMA FOTO-ROJO

NUEVOS ÉXITOSJURÍDICOS DE AEA

ANULAN LA SANCIÓN A UNSOCIO DE AEA QUE LLEVABA

INSTALADO UN DETECTOR DE RADARAL NO ACREDITARSE SU USO

VARAPALO JUDICIAL ALSERVEI CATALÀ DE TRÀNSIT

10.000 CONDUCTORESPODRÁN RECUPERAR

SUS PUNTOS CADA AÑO

AEAPress 1

Informativo del automóvil exclusivo para miembros deAUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS

166 - MARZO 2018

GRACIAS A AEA

INFORME DE AEA¿Merece la pena comprar un coche eléctrico?

ÉXITO JURÍDICO EN MATERIA DE CONSUMOEl perjudicado de un siniestro puede elegirlibremente el taller donde reparar su vehículoIMPUESTO DE CIRCULACIÓN 2018

¿Dónde están los paraísos fiscales?CONSULTORIO JURÍDICO

¿Están las aseguradoras obligadas a pagar uncoche de alquiler mientras se repara mi coche? GARANTÍA DE LOS COCHES USADOS

¡Conozca cuáles son sus derechos!VÍCTIMAS DEL TRÁFICO

Suben un 0,25 por ciento las indemnizaciones

AEA CONSIGUEPARALIZAR EL COBRO

DE COMISIONESPOR PAGAR LA ORA

CON EL MÓVIL

ANULAN LA SANCIÓN A UNSOCIO DE AEA QUE LLEVABA

INSTALADO UN DETECTOR DE RADARAL NO ACREDITARSE SU USO

VARAPALO JUDICIAL ALSERVEI CATALÀ DE TRÀNSIT

PressPressAEA ha conseguido la primera sentencia en España quereconoce que Tráfico debe reintegrar los puntos detraídos

si Hacienda anula una multa por estar mal notificada.

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Una reciente sentenciadictada por el Juzgado delo Contencioso-administra-tivo nº 21 de Madrid hacondenado a la DGT a de-volver los puntos detraídosa un socio de Automovilis-tas Europeos Asociados(AEA) al que Hacienda ha-bía anulado previamenteuna multa por estar mal no-tificada. Además condena aTráfico al pago de las cos-tas judiciales.

Se trata de la primera sen-tencia que se produce enEspaña en este sentido y vaa permitir que cerca de10.000 conductores puedanrecuperar cada año los pun-tos que, tanto Tráfico comolos ayuntamientos, detraenindebidamente por multasmal tramitadas.

El caso ahora resuelto fa-vorablemente para el auto-

movilista -que fue asistidodesde el primer momentopor los letrados de AEA-se inició por una reclama-ción ante Hacienda porquela multa de 240 euros quese le reclamaba con recargo

nunca había llegado a suconocimiento.

En una primera instanciala Agencia Tributaria deMadrid (AEAT) denegó elrecurso argumentando que

Tráfico le había notificadola multa a través de una pu-blicación edictal en el Ta-blón de Sanciones de Tráfi-co (TESTRA), porque lanotificación postal había si-do devuelta por el serviciode correos “con la indica-ción de ausente en horasde reparto”. Sin embargo,la reclamación planteadaen segunda instancia anteel Tribunal económico-administrativo Regional deMadrid, sí fue aceptadaporque la notificación pos-tal fue dirigida a un domi-cilio que no era el indicadopor el interesado y, por tan-to, la notificación edictalno estaba justificada.

Tráfico sostiene queHacienda no tiene

facultades revisorasEn base a esa resolución

del TEAR se solicitó a la

Esta sentencia supone un impor-tantísimo precedente jurídico yaque a partir de este éxito jurídicoque hemos obtenido, si una mul-ta no está bien notificada nosólo hay que anular la parteeconómica de la sanción, sinotambién la “mochilita depuntos” que la acompaña,utilizando las palabras delseñor Pere Navarro, que fueel Director General de Trá-fico que puso en marchael carné por puntos.

AEAPress 2

GRACIAS A AEA

La “mochila de puntos”se tiene que devolver

10.000 CONDUCTORESPODRÁN RECUPERAR

SUS PUNTOS CADA AÑO

AEA ha conseguido la primera sentencia enEspaña que reconoce que Tráfico debe

reintegrar los puntos detraídos si Haciendaanula una multa por estar mal notificada.

Esta sentencia supone un importante precedentejurídico ya que a partir de ahora, si una multa no

está bien notificada hay que anular tanto lasanción económica como la detracción de puntos.

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AEAPress 3

INDEMNIZACIÓNPOR DAÑOS YPERJUICIOS

Si queda acreditadoque en el Registrode Conductores e In-fractores de la DGT semantiene ilegalmentela detracción de pun-tos por multas mal no-tificadas, la Adminis-tración tendrá que in-demnizar por ello a losciudadanos, a los quesomete injustamente aun peregrinaje de re-cursos para defendersus legítimos derechos.

Jefatura provincial de Trá-fico de Madrid la devolu-ción de los puntos, pero és-ta se negó argumentandoque la anulación de unamulta por parte de Hacien-da no puede significar de-jar sin efecto la detracciónde puntos al no tener “fa-cultades revisoras de lacompetencia sancionadoraen materia de tráfico” .

AEA reiteró la petición alno entender cómo se podíaanular la parte económicade una multa que no habíasido notificada y, por tanto,no había adquirido firme-za, pero se mantenía la de-tracción de puntos, peroTráfico ya no quiso contes-tar, y obligó al ciudadano aacudir a los tribunales.

Si una sanción no esfirme no pueden

detraerse los puntosAhora la resolución judi-

cial es clara y acoge ínte-gramente los argumentosplanteados desde el primermomento por los letradosde AEA , ordenando larestitución de los tres pun-tos detraídos al considerarque al haber anulado Ha-cienda una multa que re-clamaba con recargo porno haber sido correctamen-te notificada, “la sanciónno había adquirido firme-za y no debió anotarse enel Registro de Conducto-res e Infractores, ni tam-poco la detracción de pun-tos”.

En AEA queremos resaltar la importancia que es-ta sentencia va a tener en el ámbito penal y de laresponsabilidad patrimonial de las Administracio-nes públicas, ya que por no devolver los puntos delas multas que están mal notificadas, se estaría uti-lizando en perjuicio de los automovilistas un saldoirreal de puntos, que podría causar un daño irrepa-rable a miles de conductores al privarles injusta-mente de su derecho a conducir al declararles lapérdida de vigencia de su permiso por haber agota-do su saldo de puntos, o incluso imputarles delitosde seguridad vial.

¿QUÉ REPERCUSIÓNTIENE ESTA SENTENCIAEN EL ÁMBITO PENAL?

AEA recuerda, una vez más, que el Tri-bunal Constitucional ha reiterado en nu-merosas ocasiones que entre las garantíasdel derecho a la defensa que recoge el Art.24 de la Constitución están los derechosde defensa y a ser informado de la acusa-ción, cuyo ejercicio presupone que el ciu-dadano sea emplazado o le sean notifica-das debidamente las multas, pues sólo asípodrá disfrutar de una efectiva posibili-dad de defensa frente a la infracción quese le imputa.

A esos efectos, este Tribunal ha destaca-do la exigencia de procurar el emplaza-

miento o citación personal de los inte-resados, siempre que sea factible, porlo que el emplazamiento edictalconstituye un remedio último de

carácter supletorio y excepcional, yaque ningún ciudadano está obligado aleer a diario los boletines para ver sien ellos aparece su nombre.

¿Abusa la Administración del sistema denotificación a través de los boletines?

Consulte con AEA.Recuerde que laAsesoría Jurídica esun servicio gratuitopara Socios.

¿Está Ud.afectado?

91.559.49.40

[email protected]

He visto tunombre publicado

en el Boletín…

... PERO YO NOME DARÍA POR

ENTERADO

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Gracias a la denunciarealizada por Automovilis-tas Europeos Asociados(AEA), el Ayuntamiento deMadrid ha paralizado el co-bro de comisiones por pagarel Servicio de Estaciona-miento Regulado (SER) através del móvil.

En su denuncia, AEA ad-virtió que el cobro de estascomisiones podría constituiruna “exacción ilegal” al noestar previsto en la vigenteOrdenanza Fiscal regulado-ra de la “Tasa por Estacio-namiento de Vehículos enDeterminadas zonas de laCapital y de delimitación dela Zona de EstacionamientoRegulado” y advirtió que“su cobro no podía ser au-torizado por una simpleinstrucción de la Delegadadel Área de Gobierno deMedio Ambiente y Movili-dad, sino por el Pleno delAyuntamiento de Madridque tendría que aprobaruna modificación de laOrdenanza fiscal”.

Además, con esta denun-cia quisimos salir al paso delas informaciones facilita-

das a los usuarios de esteservicio que advertían quedesde el 26 de febrero seiba a aplicar una comisiónsobre el importe consumido“porque el contrato de ad-judicación suscrito con elAyuntamiento de Madrid lopermite”.

No hay costesadicionales acreditadosAEA rechazó de plano di-

cho planteamiento porque sibien en el pliego de pres-cripciones técnicas particu-lares que rigen en el contra-to integral de movilidad, ad-

judicado por el Ayunta-miento de Madrid en octu-bre de 2013, se prevé que“en el supuesto de pagospor otros medios electróni-cos (por ejemplo telefoníamóvil), si la operación con-llevara costes adicionales,éstos serán por cuenta delusuario”, las empresas con-cesionarias no habían acre-ditado mediante el corres-pondiente informe econó-mico la existencia de dichoscostes adicionales, diferen-tes y distintos a los que yasoportaban por tener habili-tado en los parquímetros el

pago a través de dispositi-vos electrónicos móviles.

AEA consigue paralizar el cobro decomisiones por pagar la ORA con el móvil

Las operadoras de las aplicaciones de móvil desde las que se pueden abonar los parquímetros en Madridtenían previsto cobrar, desde el pasado 26 de febrero, una comisión de un 10 por ciento.

Para proteger sus legítimos derechos de automovilista

Automovilistas Europeos AsociadosTel.: 91 559 49 40 www.aeaclub.org [email protected]

Frente a la administración, talleres de reparación, fabricantesde automóviles, aseguradoras, etc, o frente a cualquier persona oentidad que lesione los derechos de los automovilistas.

¡Invite a sus allegados a formar parte de AEA¡

Si en su ayunta-miento le cobran co-misiones por pagarimpuestos a travésdel móvil consultecon AEA la legalidadde la medida.

91.559.49.40

¿PAGA UD.COMISIONES?

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Desde que en 2006 seprohibiera la utilización delos detectores de radares yen 2009 el uso de inhibi-dores, la utilización de es-tos dispositivos de ayuda ala conducción ha sido ob-jeto de controversias jurí-dicas para determinar sison, o no, legales.

Las diferencias que exis-ten entre los distintos sis-temas que hay en el mer-cado son las siguientes:

AVISADORES No utilizan

el espacioradioeléctri-co para loca-

lizar un radar sino que sebasan en información está-tica introducida de ante-mano en el navegador.Son los únicos que sonlegales.

DETECTORESSi utilizan

el espacio ra-dioeléctricoe m i t i e n d ouna señal que

le es devuelta si localizaun radar activo, sin alterarsu funcionamiento ni anu-lar su señal.

INHIBIDORESEn este caso, el sistema

no solo detecta el radar si-no que anula su funciona-miento impidiendo que secapte la infracción.

El Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo nº 13de Barcelona ha estimado elrecurso promovido por losservicios jurídicos de Auto-movilistas Europeos Aso-ciados (AEA) en defensade uno de nuestros socios, yha anulado la sanción de200 € y la detracción de3 puntos que le impuso elServei Català de Trànsit por“utilizar mecanismos dedetección de radares o ci-nemómetros”.

Los hechos ahora juzgadosocurrieron en marzo de2016, cuando el conductorque circulaba con su turis-mo por la C-28, en Lleida,fue denunciado por losMossos d´Esquadra porque-según la versión del agentedenunciante- “en el vehícu-lo del recurrente se encon-traba instalado el aparatoStinger Vip”, indicando queel aparato estaba en funcio-namiento.

Trànsit hizo oídos sordosa las pruebas aportadasDesde el primero momen-

to, se recurrieron los hechosdenunciados y se aportó un

certificado de un laboratoriode ensayos que acreditabaque el aparato no era un de-tector de radar sino un dis-positivo de ayuda a la con-ducción, que no actuaba co-mo un inhibidor ni generabainterferencias en los siste-mas de vigilancia del tráficoy que además su encendidoy apagado era independien-te de la puesta en marchadel vehículo. Sin embargo,el agente denunciante se ra-tificó en su denuncia y elServei Català de Trànsitconfirmó la sanción.

El conductor puso el casoen manos de los serviciosjurídicos de AEA, para quedefendiéramos sus derechosante los tribunales frente auna sanción que considera-

ba injusta. Ahora la justiciale ha dado la razón.

Era un sistema de ayudaa la navegación

La sentencia consideraque: “No se realizaron ac-tuaciones por la (adminis-tración) demandada paracomprobar que el aparatodetectaba radares, en el lu-gar o en un taller, y portanto que se había cometi-do el hecho sancionado.Por tanto de las actuacio-nes queda acreditado queel recurrente llevaba insta-lado en su vehículo un dis-positivo Stinger Vip, perono resulta probado si elmismo servía al conductorpara detectar cinemóme-tros o únicamente servíacomo navegador”.

AVISADOR,DETECTOR,INHIBIDOR...

¿CUÁL ES LEGAL?

Un juzgado de Barcelona ha anulado la sanción impuesta a un Socio de AEA al considerar que la simpleinstalación de un detector de radar en el vehículo no constituye una infracción a la Ley de Seguridad Vial.

Anulan la sanción a un Socio de AEAque llevaba instalado un detector de

radar al no acreditarse su uso

VARAPALO JUDICIAL AL SERVEI CATALÀ DE TRÀNSIT

MULTAS INJUSTAS QUE REQUIERENASESORAMIENTO ESPECIALIZADO

AEA advierte que la seguridad vial no está reñidacon las garantías de los derechos de los ciudadanos porlo que le recomendamos que reciba un buen asesora-miento especializado por parte de expertos en derechode la circulación.

91.559.49.40 [email protected]

AEAPress 5

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AEAPress 6

¡CONOZCA CUÁLESSON SUS DERECHOS!

En la adquisición de unvehículo de segunda manohay que distinguir si el ven-dedor es un compraventa oun particular.

- Si hemos adquirido elvehículo a un compraventala garantía legal es de dosaños, pudiendo el vendedorreducir ese tiempo a solo unaño desde la entrega, de-biendo quedar reflejado porescrito.

- Si se ha comprado a unparticular, sólo existeel derecho de solicitar el sa-neamiento de vicios ocul-tos durante el plazo de 6meses.

Contratos decompraventas

con cláusulas nulasEsta garantía legal se ex-

tiende a todo el vehículo.Por ello, AutomovilistasEuropeos Asociados(AEA) quiere advertir queson nulas todas las cláusu-

las que restrinjan los dere-chos en estas compras, yaque, a veces, los compra-ventas pretenden garantizarsólo algunos elementosdel coche, o por un tiempoinferior al año, o por un nú-mero determinado de kilo-metraje.

Seguros de garantíasmecánicas

También, a veces, loscompraventas ofrecen con-

tratar garantías adicionalespara cubrir las averías quepudieran surgir en el vehí-culo. Estas garantías (o se-guros de garantía mecáni-ca), no eximen al profesio-nal vendedor de su obliga-ción de responder ante elcomprador por las faltas deconformidad que se mani-fiesten en el plazo legal es-tablecido, por lo que sucontratación no es necesa-ria.

Aunque la ley esta-blece una responsabi-lidad mínima de unaño a los vendedoresde coches usados,AEA recuerda que du-rante los seis primerosmeses se presume quelos fallos que surjan alcoche adquirido yaexistían cuando se ad-quirió (salvo que elvendedor demuestrelo contrario).

Por ello, si has com-prado un vehículousado a un compra-venta y estás discon-forme con su funcio-namiento ¡reclama deinmediato!

¡ATENCIÓNA LOS SEISPRIMEROS

MESES!

GARANTÍA DE LOS COCHES DE SEGUNDA MANO

AEA ofrece a sus socios un servicio de aten-ción legal gratuito para resolver conflictos enmateria de consumo por reparaciones defectuo-sas o abusivas o por la falta de la adecuadaatención sobre garantías de coches nuevos ousados.

Además, Ud. dispone de un servicio de tasa-ción del valor de su vehículo en el mercado deocasión.

¿TIENE PROBLEMAS CON LAGARANTÍA DE SU COCHE?

Son muchas las consultas que la Asesoría Jurídica de AEA recibe sobre la garantía delos coches de segunda mano: ¿A quien tengo que reclamar por el mal funcionamiento de

un vehículo usado?, ¿Qué cubre la garantía de un vehículo de segunda mano?,¿Cuál es el periodo de garantía? En AEA damos respuesta a todas estas preguntas.

91.559.49.40 [email protected]

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Una reciente sentenciadictada por el Juzgado dePrimera Instancia nº 4 deSant Boi de Llobregat(Barcelona) ha dado larazón a un socio de Auto-movilistas Europeos Aso-ciados (AEA) al reconocersu derecho a acudir al ta-ller que él elija librementepara la reparación de suvehículo.

Según se recoge en la sen-tencia, en junio de 2017,un camión asegurado enAllianz causó daños en elvehículo de nuestro asocia-do que estaba aparcadofrente a su domicilio. Comoperjudicado llevó el cochepara arreglar los daños a untaller de su confianza dondele dijeron que el coste de

la reparación ascendíaa 642,55 euros.

Sin embargo, la asegura-dora de nuestro socio, Se-guros Nuez, que había asu-mido inicialmente la repara-ción del siniestro por elconvenio que tenía con

Allianz, se negó a pagar elimporte íntegro de la re-paración del vehículo siésta no se realizaba en el ta-ller concertado que ellos leindicaban. Tan sólo le ofre-cieron asumir 266,40 euros,lo que, por supuesto, no fueaceptado por nuestro aso-ciado, obligándole a acudira los tribunales.

Ahora, la sentencia ha re-conocido el derecho delperjudicado a elegir libre-mente el taller donde lle-var a cabo la reparacióndel vehículo y ha condena-do a la aseguradora del con-ductor causante del daño(Allianz) a pagar el importeíntegro de la reparación delos daños causados en elvehículo (642,55 euros).

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Un juzgado de Barcelona hareconocido el derecho de un

socio de AEA a elegir el tallerdonde reparar su automóvil

tras un accidente.

El perjudicado de un siniestropuede elegir libremente el tallerdonde quiere reparar su coche

Su aseguradora se habíanegado a pagar el importe

íntegro de la reparación delvehículo si ésta no se realizaba

en un taller concertado.

Los accidentesleves crecieron

un 3,14% elaño pasado

En 2017, se produje-ron 1,91 millones deaccidentes leves de trá-fico en España, lo quesupone un incrementodel 3,14%. según losdatos de la AsociaciónEmpresarial del Seguro(Unespa). Se trata delmayor número de inci-dentes de circulaciónsin heridos registradodesde 2010.

Las comunidades au-tónomas más pobladasson las que anotan unamayor cantidad de ac-cidentes en términosabsolutos. Así, en An-dalucía se produjeron370.423 choques en2017; en Cataluñaotros 292.214; y en laComunidad de Madrid,269.517.

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AEAPress 8

Dos nuevas sentenciasdictadas por los Juzgadosde lo Contencioso-Admi-nistrativo nº 9 y 21 de Ma-drid, han puesto de nuevoen evidencia la falta de ga-rantías jurídicas que tiene elsistema “foto-rojo” utiliza-do por el Ayuntamiento deMadrid para captar las in-fracciones por no respetarla luz de los semáforos si-tuados en 44 interseccionesde la capital y han anuladolas multas de 200 € y lapérdida de 4 puntos im-puestas a dos Socios deAutomovilistas EuropeosAsociados (AEA) que su-puestamente rebasaron enrojo, en un caso, el semáfo-ro situado en la calle Me-néndez Pelayo, a la alturadel Hospital Niño Jesús, yen otro, el situado en el Pa-seo de la Castellana, 167.

Además el juzgado hacondenado en costas alAyuntamiento de Madrid enambos casos.

Estas son las dos primerassentencias dictadas en Ma-drid, después de que el Tri-bunal Supremo confirmara,por segunda vez, hace unassemanas, la ilegalidad delas sanciones impuestasmediante un sistema que noofrece ningún tipo de ga-rantías (Ver pag. 9).

Según los datos que mane-ja AEA, en 2017 se formu-laron 33.826 denuncias me-diante este sistema, que sibien supone una reduccióndel 35% sobre las sancionesimpuestas en 2016, con elactual equipo de gobiernomunicipal se han incremen-tado un 53% desde el 2015.

LA JUSTICIA VUELVE A ANULAR LASSANCIONES IMPUESTAS A LOS SOCIOS DEAEA MEDIANTE EL SISTEMA FOTO-ROJO

NUEVOS VARAPALOS JUDICIALES AL GOBIERNO DE CARMENA

SANCIÓNSaltarse un

semáforo en rojoes sancionado conmulta de 200 eurosy pérdida de4 puntos.

LOS 25 FOTO-ROJO QUE MÁS MULTAN DE MADRID(Datos enero a diciembre de 2017)

UBICACIÓN DENUNCIASAVDA. MEDITERRÁNEO, 32 1.921ALCALÁ - SAN ROMUALDO 1.532VÍA LUSITANA - PLAZA FERNÁNDEZ LADREDA 1.494GENERAL RICARDOS - Pº QUINCE DE MAYO 1.487AVDA. AMÉRICA - CARTAGENA 1.473CAMINO DEL BARRIAL - FDO. LÁZARO CARRETER 1.301FRANCISCO SILVELA, 62 1.240PASEO DE LA CASTELLANA, 167 1.169JOSE ABASCAL - SANTA ENGRACIA 1.146PASEO DE LA CASTELLANA, 105 1.122CTRA. CARABANCHEL A ARAVACA - VILLAVICIOSA 1.048CEA BERMÚDEZ - VALLEHERMOSO 1.023AVDA. DE LA PESETA - CTRA. BARRIO FORTUNA 859ALBERTO AGUILERA - BALTASAR GRACIÁN 843AVDA. FILIPINAS, 18 755AVDA. ILUSTRACIÓN - BETANZOS 754AVDA. ANDALUCÍA - ALCOCER 744AVDA. ANDALUCÍA - METRO SAN CRISTOBAL 731FRANCISCO PI Y MARGALL ESQ. ANA DE AUSTRIA 640JOAQUÍN COSTA - VELÁZQUEZ 623AVDA. POBLADOS EST. ALUCHE 545VENTISQUERO DE LA CONDESA, 42 507FUENTE CARRANTONA - HACIENDA DE PAVONES 502AVDA. MARQUÉS CORBERA - RICARDO ORTIZ 404SINESIO DELGADO - GTA. PIEDRAFITA DEL CEBRERO 398

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AEAPress 9

La Sala Tercera del Tribu-nal Supremo (TS) ha con-firmado la anulación deuna sanción de tráfico porinfracción grave, consisten-te en saltarse un semáforoen rojo en un paso de pea-tones, interpuesta en fun-ción de la imagen captadapor un dispositivo “foto-ro-jo” en el municipio de Ca-tarroja (Valencia).

En la sentencia, a la queha tenido acceso Automo-vilistas Europeos Asocia-dos (AEA), la Sala no ad-mite el recurso de casacióninterpuesto por el Ayunta-miento de Catarroja contrala sentencia de 9 denoviembre de 2014 del Juz-gado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Va-lencia, que decretaba la nu-lidad de las sancionesde 200 euros y retirada de4 puntos impuestas por estemunicipio a un automovi-lista que supuestamenterebasó un semáforo en ro-jo.

El ayuntamiento, pertene-ciente a la mancomunidadde L'Horta Sud de Valen-cia, recurrió la sentencia alconsiderar que su doctrinaera “errónea y gravementedañosa para el interés ge-neral” y le pidió que decla-rase que “los dispositivosconocidos como fotorrojosno están sometidos al con-trol metrológico del Esta-do por no existir Directi-vas o reglamentos comuni-

tarios ni normativa espa-ñola que impongan o exi-jan dicho control metroló-gico del Estado”.

Sin embargo, el TribunalSupremo ha inadmitido elrecurso planteado por elAyuntamiento de Catarrojaal considerar que “como sedesprende de la Ley, susometimiento a controlmetrológico no dependede que exista o no desarro-llo reglamentario o técnicopara ellos, sino que efecti-vamente cumplan las fun-ciones de contar, pesaro medir utilizadas a efec-tos administrativos sancio-nadores, como en este ca-so”.

El TS confirma de nuevo la ilegalidad de las multasde semáforo captadas por el sistema foto-rojo

IMPORTANTE SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

LexLexLLMotor

NoticiasJurídicasdel Motor

R

Esta resolución judicial delAlto Tribunal reitera nueva-mente lo que ya dijo en no-viembre de 2015 sobre las in-fracciones de semáforo capta-das por el sistema “foto-ro-jo”, en contestación a otro re-curso planteado por el Ayun-tamiento de San Sebastián(Guipúzcoa), y fue el motivopor el que desde entonces elconsistorio donostiarra dejóde utilizar este sistema decaptación de imágenes dedudosa legalidad.

Segunda sentencia del TSque confirma la anulaciónde multas de “foto-rojo”

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AEAPress 10

Llevamos más de 20 años escuchando:"los coches eléctricos son el futuro".La tecnología está ahí, y casi todas lasgrandes marcas ya los venden, pero las

ventas siguen sin arrancar.

A la hora de comprar uncoche eléctrico nos pode-mos encontrar con doscasos:

- Que compremos el co-che con la batería en pro-piedad.

- Que compremos el co-che con la batería en al-quiler. Esto implica quehay que pagar una cuotamensual por el alquiler(unos 100 euros).

En el caso de compracon batería en propiedad,el coche eléctrico puedellegar a ser un 80% máscaro. Por ejemplo, un Re-nault Zoe (el coche eléc-trico más vendido) puedellegar a costar 30.200 eu-ros, mientrasque un Re-n a u l tClio de

gasolina puede costar16.600 euros.

AyudasA su elevado precio hay

que añadir la escasez deincentivos para su com-pra. El último plan deayudas del Gobierno(PLAN MOVALT), dota-do con 20 millones de eu-ros, establecía ayudas dehasta 5.500 euros. Susfondos se agotaron en 24horas.

Necesidad de garajeAsimismo, hay que con-

tar con la necesidad dedisponer de un garaje pa-ra su recarga y en nuestropaís el 70% de los auto-movilistas no lo tiene (enMadrid el coste medio deuna plaza de garaje es de26.000 euros).

Precio de compraLa Agencia Internacional

de la Energía estima que en2020 habrá 20 millones decoches eléctricos en todo elmundo. Sin embargo, enEspaña el coche eléctricono arranca. El año pasadosólo se vendieron 9.671unidades, lo que representaun cuota de mercado del0,8%, muy por debajo depaíses como Noruega o Paí-ses Bajos dónde en 2015era del 23% y del 10% res-pectivamente.

¿ES UN BUENMOMENTO PARA

COMPRARLO?

En la actualidad no se danlas circunstancias necesa-rias para hacer más atracti-va la compra de un cocheeléctrico frente a uno de ga-solina o diésel.

Para que llegue la hora delcoche eléctrico, éste debetener un precio asequible,ser barato en su uso cotidia-no o por lo menos más eco-nómico que uno de com-bustión y, sobre todo, debeser cómodo en sus presta-ciones y en su recarga.

CARGAEste es quizás su punto

más débil ya que mientrasque con un minuto de re-postaje en una gasolinerapodemos recorrer, con elequivalente del diésel, milkilómetros, por un minutode recarga de un cocheeléctrico podríamos reco-rrer sólo uno.

Para el éxito del cocheeléctrico es imprescindiblemejorar la infraestructurade recarga de acceso públi-co -postes en la vía públicay electrolineras- ya quemás del 70 por ciento delos automovilistas no dis-ponen de garaje. Actual-mente hay repartidos ennuestro país 1.700 postesde recarga. Respecto a laselectrolineras, son casi ine-xistentes.

Tampoco existe una ho-mologación universal deltipo de enchufe del vehícu-lo y del enchufe del postede recarga pública de ener-gía por lo que puede serque con el enchufe de tucoche no puedas cargar labatería en estos puntos.

Page 11: 166 AEA 133 AEAaeaclub.org/wp-content/uploads/aeapress/166_aeapress.pdfA esos efectos, este Tribunal ha destaca-do la exigencia de procurar el emplaza-miento o citación personal de

AEAPress 11

El mantenimiento es unode sus aspectos positivos yaque es un 42% más baratoque el del coche diésel ogasolina. Ello es debido aque nunca tendrá averíasrelacionadas con la roturade la correa de distribución,inyectores sucios o rotos,catalizador o filtro de partí-culas obstruido, caudalíme-tro, bomba inyectora, turbo,junta de culata, caja decambios, alternador, cam-bio de embrague, etc. Elmotivo: carece de estos ele-mentos.

AUTONOMÍALa autonomía de los co-

ches eléctricos sigue siendootra de las preocupacionesde los conductores: ¿Y sime deja tirado? ¿No voy apoder hacer viajes largos?

En cuestión de autonomía,dependiendo del modelo ymarca tendremos más omenos batería para despla-zarnos. Por ello, en la ac-tualidad el uso de este vehí-culo es más propio de reco-rridos urbanos.

COSTE POR INVERSIÓNAdquisición del vehículo 22.700€ 30.200€ 16.660€Periodo amortización 8 años 8 años 8 añosKms. totales vehículo / año 15.000 15.000 15.000Coste inversión / año 2.837€ 3.775€ 2.082€Coste imputable por km 0,19 0,25 0,14COSTE INSTALACIÓN Por año 187€ 187€ ----------Por km. 0,01 0,01 ----------PRECIO GARAJEAdquisición 26.000€ 26.000€ ----------Coste por año 3.250€ 3.250€ ----------Coste por km 0,22 0,22 ---------- COSTE DE MANTENIMIENTOMantenimiento cada… 15.000 kms. 15.000 kms. 15.000 kms.Coste medio de la revisión 100€ 100€ 175€Coste imputable por km 0,006 0,006 0,011COSTE POR REPARACIÓN(20% de la inversión del coste total de la vida útil del vehículo) 3.332€Coste por reparación / año ---------- ---------- 416,5€Coste imputable por km ---------- ---------- 0,003Alquiler batería 100€ al mes ---------- ----------Coste cada año 1.200€ ---------- ----------Coste por km. 0,08 ---------- ----------CAMBIO NEUMÁTICOSSustitución neumáticos cada… 40.000 km 40.000 km 40.000 kmPrecio medio de los neumáticos 450€ 450€ 450€ Coste por km (3 cambios en 8 años) 0,01 0,01 0,01COSTE SEGURO (A TODO RIESGO)Coste anual de la póliza 580€ 580€ 580€Coste imputable por km 0,03 0,03 0,03IMPUESTO DE CIRCULACIÓNCoste anual del impuesto 14,75€ 14,75€ 59€COMBUSTIBLEConsumo medio 13 kw/100 kms. 13 kw /100 kms. 5 Litros/ 100 kms.

(Punta) (Valle) (Supervalle) (95 octanos)Tarifa luz / Precio litro 0,155€ 0,10€ 0,08€ 1,260€(Gasto cada 100 km) 2,015€ 1,30€ 1,04€ 6,30€Coste imputable por km 0,02 0,013 0,010 0,06APARCAMIENTO ---------- ---------- 0,06MULTAS ---------- ---------- 0,02PEAJES 0/ 0,01 0/ 0,01 0,01

TOTAL COSTE POR KM 0,38 - Más favorable 0,41 0,33- Más desfavorable 0,43 0,35Coste / 15.000 kms. 6.150€/6.450€ 4,950€/5.250€ 5.700€

ELÉCTRICO GASOLINARENAULT ZOE ENTRY 92 CV CLIO ENERGY 5P 90 CV

ALQUILER COMPRA

En AEA hemosanalizado el costede un coche eléc-trico y uno de gaso-lina para sabercuál merece la penacomprar.

INFORME DE AUTOMOVILISTAS EUROPEOS

Junto con el mantenimien-to, el consumo es otro delos aspectos positivos delcoche eléctrico. El costepor kilómetro de la luz esde 3 a 6 veces más baratoque el coste por kilómetrodel carburante (ver cua-dro).

CONSUMO

MANTENIMIENTO

¿COCHEELÉCTRICOO GASOLINA?

Page 12: 166 AEA 133 AEAaeaclub.org/wp-content/uploads/aeapress/166_aeapress.pdfA esos efectos, este Tribunal ha destaca-do la exigencia de procurar el emplaza-miento o citación personal de

La recaudación del impuesto dematriculación se situó en 390,2 mi-llones de euros durante 2017, lo quesupone una subida del 19% respectoa los datos del mismo período delaño anterior.

En la actualidad, este gravamen,competencia de las comunidades au-tónomas dentro del marco estatal (és-tas tienen transferidos los ingresospero no la capacidad normativa), estádividido en cuatro tramos en funciónde las emisiones oficiales de dióxidode carbono (CO2) de los automóvi-les.

En concreto, los coches que emitenmenos de 120 gramos de CO2 porkilómetro están exentos del impues-to, que se sitúa en el 4,75% para au-tomóviles que emiten entre 120 y159 gramos de CO2, en el 9,75%para emisiones de entre 160 y 199gramos y en el 14,75% para vehícu-los que emiten 200 gramos de CO2o más por cada kilómetro.

No obstante, las Comunidades Au-tónomas pueden incrementar estegravamen ya que la Ley que regula elsistema de financiación de las Comu-nidades Autónomas de régimen co-mún establece que éstas podrán in-crementar los tipos de gravamenaplicables en el impuesto de matricu-lación en un 15% como máximo.

Así, Andalucía, Asturias, Balea-res, Cantabria, Cataluña, Extre-madura, la Comunidad Valencianay Murcia han elevado este impuestoen algunos tramos. AEAPress 12

Los vehículos automóviles ma-triculados a nombre de minusváli-dos para su uso exclusivo estánexentos de tener que abonar esteimpuesto siempre que:

1.º) Hayan transcurrido al me-nos cuatro años desde la matri-culación de otro vehículo en aná-logas condiciones. No obstante,

este requisito no se exigirá en su-puestos de siniestro total de losvehículos, debidamente acredita-do.

2.º) No sean objeto de una trans-misión posterior por actos «intervivos» durante el plazo de loscuatro años siguientes a la fechade su matriculación.

¿Los coches matriculadosa nombre de minusválidospagan este impuesto?

En la actualidad, este impuesto se paga en función de las emisiones de CO2 del automóvil.

¿CUÁNTOSE PAGA?

IMPUESTO DE MATRICULACIÓN....

ANDALUCÍA 0% 4,75% 9,75% 16,90%ARAGÓN 0% 4,75% 9,75% 14,75%ASTURIAS 0% 4,75% 9,75% 16,00%BALEARES 0% 4,75% 9,75% 16,00%CANARIAS 0% 3,75% 8,75% 13,75%CANTABRIA 0% 4,75% 9,75% 15,00%CASTILLA-LA MANCHA 0% 4,75% 9,75% 14,75%CASTILLA Y LEÓN 0% 4,75% 9,75% 14,75%CATALUÑA 0% 4,75% 9,75% 16,00%COM. VALENCIANA 0% 4,75% 9,75% 16,00%COM. DE MADRID 0% 4,75% 9,75% 14,75%GALICIA 0% 4,75% 9,75% 14,75%EXTREMADURA 0% 5,20% 11,00% 16,00%LA RIOJA 0% 4,75% 9,75% 14,75%MURCIA 0% 4,75% 9,75% 15,90%NAVARRA 0% 4,75% 9,75% 14,75%PAÍS VASCO 0% 4,75% 9,75% 14,75%

- En Ceuta y Melilla el tipo es del 0% para todos los tramos. - En Ceuta y Melilla el tipo es del 0% para todos los tramos.

EMISIONES CO2 - <120 g - ≥120 <160 g - ≥160 <200 g - ≥200 g

TIPOS APLICABLES EN CADA COMUNIDAD

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AEAPress 13

¿Dónde están los paraísos fiscales?

TURISMOS (CVF) CICLO. MOTOCICLETAS (C.C)De menos De 8 a De 12 a Más de Hasta 125 a 250 a 500 a Más de

de 8 12 16 16 125 250 500 1.000 1.000De menos De 8 a De 12 a De 16 a Más de

de 8 11,99 15,99 19,99 20

TARIFAS IMPUESTO DE CIRCULACIÓN 2018

PROVINCIA

Como cada año AEA haanalizado las tarifas delImpuesto sobre Vehículosde Tracción Mecánica en-tre diversos municipiosespañoles. Por el compa-rativo realizado se evi-dencia la existencia de“paraísos fiscales” paraalgunos automovilistas.Así, un vehículo tipo me-dio, por ejemplo, de 11CV, paga en el Ayunta-miento de Melilla 17,04euros; en Madrid 59,00euros y en San Sebastián85,78 euros.

Respecto de las motoci-cletas las diferencias sonaún mayores. Una moto-cicleta de 600 centíme-tros cúbicos paga en Me-lilla 15,15 euros. Sin em-bargo, en Vitoria estemismo vehículo paga83,01 euros.

Este impuesto fue crea-do en España hace más detreinta años y genera unosingresos anuales de másde 2.000 millones de eu-ros a los ayuntamientos.

- De 12 a 13,99 CV: 145,56- De 14 a 15,99 CV: 205,92

BILBAO (*)

A CORUÑA 18,95 60,80 128,35 179,20 224,00 6,65 6,65 13,50 27,00 60,60 121,15 ALBACETE 23,98 64,75 136,69 173,84 217,28 7,87 7,87 13,47 26,97 53,92 107,83 ALICANTE 22,28 60,47 128,37 162,32 204,75 7,43 8,49 13,79 27,58 55,17 111,39ALMERÍA 23,12 62,41 131,78 164,16 205,11 8,10 8,10 13,88 27,74 55,46 110,88ÁVILA 20,69 57,93 124,45 163,09 200,48 8,08 8,13 14,53 29,54 60,58 119,34BADAJOZ 19,85 53,61 113,16 140,96 176,18 6,95 6,95 11,91 23,83 47,65 95,29BARCELONA 23,47 64,06 136,69 172,05 217,28 8,39 8,39 14,38 28,78 58,16 117,53BILBAO 25,08 67,92 (*) 268,32 343,20 10,08 10,08 17,88 37,08 74,88 155,04 BURGOS 23,19 62,62 132,20 164,66 205,80 8,13 8,13 13,91 27,84 55,66 111,32 CÁCERES 17,00 50,00 100,00 125,00 140,00 8,00 8,50 11,00 23,00 43,00 84,00CÁDIZ 24,90 67,25 142,00 177,05 220,90 8,80 8,80 14,85 29,90 59,85 119,60CASTELLÓN 24,99 67,48 142,44 177,43 221,76 8,75 8,75 14,99 30,00 59,97 119,95CEUTA 12,60 34,10 71,95 89,60 112,00 4,40 4,40 7,55 15,15 30,30 60,60CIUDAD REAL 25,24 68,16 143,88 179,22 224,00 8,84 8,84 15,14 30,30 60,58 121,16CÓRDOBA 24,22 65,40 143,88 179,22 224,00 8,57 8,57 14,69 29,39 58,76 117,53CUENCA 22,09 59,64 125,89 179,22 224,00 7,74 7,74 13,25 26,51 53,01 106,01GIRONA 25,24 67,24 142,40 178,00 224,00 8,84 8,84 15,04 30,20 60,24 121,16GRANADA 25,24 68,16 143,88 179,22 224,00 7,86 8,84 14,31 29,39 60,58 121,16GUADALAJARA 23,99 64,80 136,77 170,36 212,93 8,40 8,40 14,40 28,80 57,58 115,18HUELVA 25,24 68,16 143,88 179,22 224,00 8,84 8,84 15,14 30,30 60,58 121,16HUESCA 23,98 64,75 136,69 170,26 212,80 8,84 8,84 15,14 30,30 60,58 121,16JAÉN 17,67 51,12 114,38 152,34 224,00 6,19 6,63 12,11 25,76 54,52 121,16LAS PALMAS 20,95 56,57 119,42 148,75 185,92 4,42 4,42 7,57 25,15 50,28 100,56LEÓN 20,95 58,50 128,95 167,50 209,40 8,65 8,84 15,14 30,30 58,50 121,16LOGROÑO 21,41 57,81 122,02 151,99 189,97 7,50 7,50 12,84 25,70 51,38 102,75LUGO 21,72 59,32 123,72 154,72 224,00 7,32 7,32 14,12 25,80 52,32 104,16LLEIDA 25,24 68,15 143,88 179,22 224,00 8,83 8,83 15,15 30,29 60,58 121,16 MADRID 20,00 59,00 129,00 179,00 224,00 7,00 7,00 12,00 27,00 60,00 121,00MÁLAGA 24,35 65,80 138,90 173,05 216,25 8,55 8,55 14,60 29,25 58,50 117,00MELILLA 6,31 17,04 35,97 44,81 56,00 2,21 2,21 3,79 7,57 15,15 30,29MURCIA 22,30 64,10 134,95 173,85 216,90 7,65 7,65 12,05 30,30 60,15 119,95OURENSE 21,35 57,80 127,35 174,50 218,10 7,45 7,45 13,30 26,70 53,45 107,15OVIEDO 23,00 64,00 141,00 179,22 224,00 8,00 8,00 15,00 30,15 60,58 121,16 PALENCIA 18,04 50,53 117,37 167,05 206,97 6,73 6,87 12,16 26,20 53,50 116,49P. MALLORCA 23,61 68,16 143,88 179,22 224,00 8,84 8,84 15,14 30,30 60,58 121,16PAMPLONA 20,02 56,30 120,09 150,17 -- 5,04 7,57 12,55 24,74 49,51 99,01PONTEVEDRA 20,29 55,85 118,50 151,25 190,86 7,09 7,09 12,42 25,31 51,13 103,24SALAMANCA 25,12 67,76 143,88 179,22 224,00 8,73 8,73 15,06 30,06 60,19 120,38S.SEBASTIÁN (*) (*) (*) 278,50 351,06 9,14 9,14 18,22 37,47 77,38 160,37S.C.TENERIFE 16,72 46,86 96,75 128,59 162,40 6,03 6,03 10,33 20,67 41,34 82,69SANTANDER 25,16 67,96 143,45 178,68 223,33 8,81 8,81 15,09 30,21 60,40 120,80SEGOVIA 24,32 65,88 141,04 177,72 224,00 8,84 8,84 15,14 29,64 60,04 121,16SEVILLA 22,33 61,78 132,99 179,22 224,00 5,99 5,99 13,83 28,33 60,58 121,16SORIA 21,13 57,07 120,48 150,08 187,57 7,40 7,40 12,68 25,38 50,73 101,46TARRAGONA 25,24 68,16 143,88 179,22 224,00 7,12 8,84 15,14 30,30 60,58 121,16TERUEL 25,24 68,16 143,88 179,20 224,00 8,84 8,84 15,14 30,30 60,58 121,16TOLEDO 23,38 63,15 133,30 178,50 223,10 8,19 8,19 14,03 28,07 60,34 120,68VALENCIA 21,20 58,87 128,05 167,27 219,01 7,38 7,68 13,44 27,69 58,11 121,16VALLADOLID 25,24 68,16 143,88 179,22 224,00 8,84 8,84 15,14 30,30 60,58 121,16VITORIA 27,21 72,91 162,03 216,19 355,80 10,65 10,76 18,76 39,28 83,01 170,82ZAMORA 12,62 45,67 120,86 150,54 188,16 5,70 5,70 9,77 19,54 39,07 78,15ZARAGOZA 22,50 62,30 137,30 179,20 224,00 8,80 8,80 15,14 30,29 60,58 121,16

IMPUESTO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

SAN SEBASTIÁN (*)- Menos de 9 CV: 41,84- De 9 a 11,99 CV: 85,78- De 12 a 13,99 CV: 146,09- De 14 a 15,99 CV: 209,93

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AEAPress 14

LIMITACIÓN DE VELOCIDAD CICLISTAS

Botón de muestra es una sección de AEAPress en la que seleccionamosalgunas de las consultas realizadas por nuestros socios. Mes a meselegimos aquellas que tienen un interés más general, para que sirvan deayuda a otros automovilistas que se encuentren en el mismo caso.

BOTÓN DE MUESTRA

s Los ciclistas no tienenunos límites específicos develocidad en esos carriles,pero les afectan por igual lasprevisiones determinadas en

el Reglamento General de Cir-culación respecto de la ade-cuación de la velocidad a lascircunstancias de la vía y amoderarla si fuera necesario.

1 PERSONA = 1 PLAZA INDEMNIZACIÓNACCIDENTE

¿Tienen los ciclistas limitación de velocidad al circu-lar por los carriles habilitados para ellos?

He sufrido un accidente detráfico con mi coche sin in-tervención de contrario.¿Tengo derecho a que miaseguradora me indemnice?

s Aunque el vehículo estéasegurado a todo riesgo, elconductor está excluido de lacobertura del seguro de sus-cripción obligatoria y al noexistir tercero responsable aquién reclamar sólo tendríaderecho a indemnización porparte de su compañía situviera contratada una pólizade accidentes (ocupantes) yhasta el límite fijado en lapóliza.

s No, desde el 6 de septiembrede 2006, el número de personastransportadas en un vehículo nopodrá ser superior al de las pla-zas que tenga autorizadas, que,en los de servicio público y en losautobuses, deberá estar señaladoen placas colocadas en su interior,sin que, en ningún caso, puedasobrepasarse, entre viajeros yequipaje, la masa máxima autori-zada para el vehículo.

Se considera infracción grave laocupación excesiva del vehículoque suponga aumentar en un 50por ciento el número de plazasautorizadas, excluida la del con-ductor.

En tal caso se procederá a la inmo-vilización del vehículo por losagentes de la autoridad, que lomantendrán inmovilizado mientrassubsista la causa de la infracción.

En un coche homologado para cinco plazas, ¿pueden ir más perso-nas?¿Los niños cuentan como media plaza a la hora de computar elnúmero de viajeros que pueden ir en un turismo?

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AEAPress 15

s Como perjudi-cado de un acci-dente debes saberque la asegurado-ra del responsa-ble del siniestroestá obligada aresarcirte elimporte de la fac-tura del vehículode sustituciónque hayas tenidoque alquilar a tucosta.

Nuestra legisla-ción civil amparaese derecho. Peroademás es cadavez más abundante la jurisprudencia que reconoceese derecho a los particulares, dado que el uso ge-neralizado y cotidiano del automóvil para el usoprivado de sus propietarios -por los continuos

d e s p l a z a -mientos, pormotivos detrabajo o decualquier otranecesidad outilidad- lle-va a presumirque la priva-ción del vehí-culo propiogenera a sutitular moles-tias y perjui-cios, que ex-ceden de lom e r a m e n t ec a p r i c h o s o .

Por todo ello, si eres un perjudicado deun accidente de tráfico y te has visto obligadoa alquilar un vehículo de sustitución ¡reclama esegasto!

RECLAMACIÓN VEHÍCULO DE SUSTITUCIÓN

s Incumplir el titular o arrendatario del vehículo laobligación de identificar verazmente al conductor res-ponsable es una infracción muy grave.La multa por incumplir la obligación de identificarverazmente al conductor del vehículo será el doble de laprevista para la infracción originaria que la motivó, siesta es infracción leve, y el triple, si es infracción graveo muy grave.

MULTA POR NO IDENTIFICAR AL CONDUCTOR

¿Cuál es la multa por no identificar al conductorresponsable de una infracción?

s No, siempre y cuando no haya interferencia entreel conductor o los ocupantes y los esquís. Y esterequisito se cumple con la bolsa de protección quenos indicas.

ESQUÍS DENTRO DEL COCHE

Viajo con frecuencia a esquiar a la sierra y llevo losesquís dentro del vehículo, en la zona habilitada pa-ra ello que parte del maletero y que separa éstos conuna bolsa especial sin apertura hacia el habitáculo.¿Me pueden multar?

¿Están las aseguradoras obligadas a pagar la factura de un coche de alquiler durante el tiempo que micoche esté en el taller para reparar los daños causados por otro vehículo en un accidente de tráfico?

Page 16: 166 AEA 133 AEAaeaclub.org/wp-content/uploads/aeapress/166_aeapress.pdfA esos efectos, este Tribunal ha destaca-do la exigencia de procurar el emplaza-miento o citación personal de

El pasado 14 de febrero se actualizaron,con efectos del 1 de enero de 2018, las in-demnizaciones para las víctimas de tráficoun 0,25 por ciento.

Desde el 1 de ene-ro de 2016 se utilizaen España un siste-ma -conocido comobaremo- para valo-rar los daños y per-juicios causados alas personas enaccidentes de circu-lación.

En él se establecen las indemnizacionesbásicas por muerte, incapacidad permanen-te e incapacidad temporal, a las que se apli-

can unos factores decorrección en aten-ción a la pérdida deingresos, circunstan-cias familiares espe-ciales (minusvalíade los hijos,fallecimiento mujerembarazada, etc), ocircunstancias socia-les u ocupacionales.

AEAPress 16

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Fax: 91 559 27 57E-mail: [email protected]

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Desde el 1 de enero deeste año, Hacienda haactualizado los valoresfiscales de los coches,a efectos de liquidarimpuestos en caso decompraventa.

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NUEVAVALORACIÓNFISCAL EN LA

COMPRAVENTADE VEHÍCULOS

Si Usted va a adquirirun vehículo a un

particular, consulte conAEA los impuestos que

tendría que pagar.Es un servicio gratuito

para Socios:

Suben un 0,25% las indemnizacionespara las víctimas del tráfico

¿HA TENIDO UN ACCIDENTE?

Si Vd. ha sufrido un accidente de trá-fico o conoce de algún familiar o ami-go que lo haya tenido, utilice el servi-cio de “Atención legal a las víctimasde accidentes de tráfico” de AEA.

91.559.49.40

Las tasas que exige la Jefatura Central de Tráfico pararealizar cualquier trámite relacionado con su vehículo,permiso de conducir u otras autorizaciones son lassiguientes:

PERMISOS DE CIRCULACIÓNExpedición de permisos de circulación (matriculación de vehículos) 96,80 Expedición de licencias de circulación de ciclomotores y cambios de titularidad de los mismos 27,00Autorizaciones especiales de circulación y sus modificaciones 128,80Permisos y Autorizaciones temporales (traslados, pruebas,etc) 20,00Cambios de titularidad de permisos de circulación (transferencias) 54,00PERMISOS PARA CONDUCCIÓNPruebas para obtener el permiso 91,20Obtención de licencias de conducción 43,20Obtención de permisos o licencias de conducción por haber perdido el crédito de puntos o por canje, cuando éste no requiera la realización de pruebas prácticas de conducción; así como la expedición del permiso A tras la superación de la formación exigida sin examen 28,00Prórroga de vigencia de los permisos de conducción 23,80

OTRAS TARIFASAnotaciones de cualquier clase en los expedientes, suministro de datos, certificaciones, cotejos o copias auténticas 8,40Duplicados de permisos y licencias de conducción por extravío, deterioro, etc 20,20Otras autorizaciones otorgadas por el Organismo 10,20Anotación del resultado de la ITV 4,00Escolta, control y regulación de la circulación de vehículos. Por hora y agente... 32,60

(Recuerde que todas las jefaturasprovinciales de Tráfico han suprimido

el pago en efectivo de las tasas).

TASAS DE TRÁFICO 2018