Upload
roberto-enriquez
View
215
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
1/18
RESOLUCIONES JUDICIALES
1.- Concepto:Es todo acto jurdico procesal que emana del tribunal,destinado a substanciar o a fallar la controversiamateria del juicio.
2.- Clasificacin:
2.1.- Segn sea la nacionalidad del tribunal que las
emite:
Dictadas por trib. nacionales
Dictadas or trib. extran eros.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
2/18
2.2.- Segn la naturaleza del tribunal que las emite:
Trib. Ordinario Trib. Especial T. Arbitral
2.3.- Segn la naturaleza del asunto en que recaen:
Cotenciosas No contenciosas
2.4.- Segn la naturaleza del asunto sobre el cualrecae:
Civiles Penales
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
3/18
2.5.- Segn la instancia en que son pronunciadas:
nica instancia prim. instancia segunda instancia
2.6.- Segn su contenido:
SENTENCIAS DEFINITIVAS
SENTENCIAS INTERLOCUTORIASAUTOS
DECRETOS
Artculo
158CPC
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
4/18
LOS DECRETOS (1)
1.- Concepto:Art. 158 CPC inciso 5.
tener presente el art. 70Cot.
2.- Caractersticas:
Objeto: dar curso progresivo a los autos
No prejuzgan ni decidencuestin alguna debatida entre partes
Objetivo final: determinar o arreglar la
substanciacin del procedimiento
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
5/18
LOS DECRETOS (2)
3.- Requisitos de forma:
b) Requisitos comunes: en letras el lugar y fecha dela expedicin, al pie la firma del juez o jueces quela dicten o intervengan en el acuerdo. Art. 169CPC.
c) El trmite de que se trata y que da curso
progresivo al procedimiento.d) La firma del secretario del tribunal.
Trib. Colegiado art. 70 inc. 2 Cot y 168 CPC.
4.- Notificacin:Generalmente por el estado diario / en ciertos casospersonalmente o por cdula.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
6/18
LOS DECRETOS (3)
5.- Recursos que proceden:En virtud del art. 181 CPC.
Rec. de reposicin.
El rec. de apelacin slo procede excepcionalmenteen virtud del art. 188 CPC.
Se interpone en forma subsidiariadel rec. de reposicin.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
7/18
LOS AUTOS (1)
1.- Concepto:
Art. 158 CPC inciso 4.
Resolucin que recae sobre en un incidente sinestablecer derechos permanentes a favor de laspartes, ni resuelve algn trmite que deba servir
de base en el pronunciamiento de unasentencia definitiva o interlocutoria.
2.- Requisitos de forma:i) art. 169 CPC.
b) Si la naturaleza del negocio lo permite, debe
expresar (art. 171 CPC):
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
8/18
- las consideraciones de hecho o de derecho quesirven de fundamento a la resolucin.
- La enunciacin de las leyes y en su defecto de los
principios de equidad, con arreglo a los cuales sepronuncia la decisin.
c) La decisin del incidente.
d) La firma del juez o jueces que dicten ointervengan en el acuerdo, aparte de la firma delsecretario del tribunal.
Trib. Colegiado art. 168 CPC.
3.- Notificacin:Por lo general por el estado diario / en ciertos casos
personalmente o por cdula. Art. 47 / 52 CPC.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
9/18
LOS AUTOS (3)
4.- Recursos que proceden:En virtud del art. 181 CPC.
Rec. de reposicin.
El rec. de apelacin slo procede excepcionalmenteen virtud del art. 188 CPC.
Se interpone en forma subsidiariadel rec. de reposicin.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
10/18
LAS SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS (1)
1.- Concepto:
Art. 158 inciso 3 CPC.
2.- Clasificacin:
Las de primera clase: recaen sobre un incidente yse caracterizan por: Fallar incidentes del juicio. Establecer derechos permanentes a favor de laspartes.
D permanentes son aquellas facultades procesalesque habilitan a las partes para la consecucin del
procedimiento hacia su fin en forma vlida.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
11/18
LAS SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS (2)
Las de segunda clase: resuelven sobre algntrmite que ha de servir de base en elpronunciamiento de una sentencia definitiva ointerlocutoria.
Otra clasificacin:
Sentencias que ponen trmino al juicio o hacenimposible su prosecucin.
Sentencias que no producen estos efectos.
3.- Requisitos:a) art. 169 CPC.b) art. 171 CPC.
4.- Notificacin:
RG estado diario, sin perjuicio que se ordene not.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
12/18
LAS SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS (3)
5.- Recursos:
Art. 187 CPC. Rec. de apelacin
Rec. de reposicin. Art. 319/ 201 /212
CPC.Rec. de casacin. Art. 766 / 767 CPC.
6.- Efectos:
6.1.- DESASIMIENTO: art. 182 CPC.
Se produce tambin en las sent. definitivas, no as enlos autos y los decretos. (reposicin)
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
13/18
LAS SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS (4)
6.- Efectos:
6.2.- Accin y excep. de cosa juzgada: art. 175 CPC.
Relacin art. 174 CPC.
-Si no procede recurso: desde que se ha notificado a
las partes.-Si procede recurso: - si se interponen.- si no se interponen.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
14/18
LA SENTENCIA DEFINITIVA (1)
1.- Concepto:Art. 158 inc. 2 CPC.
Resolucin que pone fin a la instancia.Resuelve la cuestin o asunto que ha sido
objeto del juicio.
-Operacin intelectual, se trata de determinar si la
accin pretensin debe ser acogida o rechazada.-Operacin examen crtico de los hechos ( verifica labsqueda de la verdad).- Operacin de aplicacin del derecho a los hechos.(subsuncin)
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
15/18
LA SENTENCIA DEFINITIVA (2)
2.- Requisitos de forma:Art. 169 CPC. Art. 170 CPC y AA. de la C.S. 1920.
2.1.- Sentencia defin. de nica o primera instancia:PARTE EXPOSITIVA O ENUNCIATIVA:Art. 170 n 1 CPC. / n 1 AA.
Art. 170 n 2 y 3 / n 2 AA.N 3 y 4 AA.PARTE CONSIDERATIVA:C. de hecho Art. 170 n 4 / n 5,6 y 7 AA.C. de derecho Art. 170 n5 / n 8 y 9 AA.Relacin con el art. 83 COT y n 10 AA.PARTE RESOLUTIVA:Art. 170 n 6 / n11 AA.Art. 379 CPC.
Art. 144 CPC.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
16/18
LA SENTENCIA DEFINITIVA (3)
2.2.- Sentencia defin. de segunda instancia:Sent. de segunda instancia que confirma la de primera
instancia tal como fue pronunciada:No hay sentencia de reemplazo.Art. 169 CPC.Sent. cumple con todos los requisitos del 170 CPC. y
AA.Sent. de segunda instancia que revoquen o modifiquenla de primera instancia en su parte resolutiva:- Sent. apelada cumple con condiciones del art. 170CPC y AA. la de segunda inst. no consiga los n 1,2, 3del 170 CPC.- Sent. Apelada no cumple con condiciones del art.170 CPC y AA. la de segunda inst. debecomplementarla.
PENALES: art. 342 CPP.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
17/18
LA SENTENCIA DEFINITIVA (4)
3.-Notificacin:CIVIL
Sent. definitiva de primera y nica instancia porcdula. Art. 48 CPC.Sent. definitiva de segunda instancia por E.diario.PENAL:
-Ministerio Pblico: debe ser notif. en sus oficinas.-Imputado:Privado de libertad: en persona en el recinto oestablecimiento que permaneciere.No privado de libertad: a su mandatario.
4.- Recursos:Art. 182 CPC / 186 y siguientes CPC / 764 ysiguientes del CPC / Art. 810 CPC.
8/6/2019 18178963-resoluciones-judiciales
18/18
LA SENTENCIA DEFINITIVA (5)
5.-Efectos:
Desasimiento del Tribunal, art. 182 CPC.
Accin y excepcin de cosa juzgada: art. 175 CPC.
6.- Ejecucin:
Diversos procedimientos. Art. 233 CPC.
Con relacin al art. 177 CPC.