27
INTEGRATES: BRICEÑO BRONCANO ANTONY HUARACHA ABANTO JUNIOR B. PLANILLA DE PAGOS DE CONSTRUCCION CIVIL

191416327 Planilla de Pagos

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: 191416327 Planilla de Pagos

INTEGRATES:

BRICEÑO BRONCANO ANTONY

HUARACHA ABANTO JUNIOR B.

PLANILLA DE PAGOS DE

CONSTRUCCION CIVIL

Page 2: 191416327 Planilla de Pagos

• Son los albañiles, carpinteros, fierreros, pintores, electricistas, gasfiteros, plomeros, almaceneros, choferes, mecánicos, operadores

OPERARIO

• Son los trabajadores que realizan las mismas actividades que los operarios pero en calidad de ayudantes. Los guardianes están considerados en esta categoría

OFICIAL

• Son los trabajadores no calificados que se ocupen indistintamente de diversas tareas de la industria.

PEON

CATEGORIA DE OBREROS

Page 3: 191416327 Planilla de Pagos

FORMAS ESPECIALES DE REMUNERACION

De acuerdo a los convenios en la actividad de la

construcción y de los beneficios y

remuneraciones que en este régimen laboral se

aplica

Remuneración Básica (Jornal

Básico)

Bonificaciones

Remuneración por los días de

descanso: dominical y

feriados

Page 4: 191416327 Planilla de Pagos

REMUNERACIÓN BÁSICA (JORNAL BÁSICO)

Se creó mediante Decreto Supremo del 02 de Marzo de 1945 la cual estableció el jornal básico para cada una de las categorías de trabajadores de este régimen.

Recientemente, mediante Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2012-2013, firmado entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y los representantes de la Federación DE Trabajadores de Construcción Civil del Perú, se ha incrementado a partir del 1 de Junio de 2012 los jornales básicos de los trabajadores de construcción civil a nivel nacional, quedando establecido de la siguiente manera:

Fuente:

Guía en la industria de la Construcción Civil 2013-2014

Page 5: 191416327 Planilla de Pagos

REMUNERACIÓN POR LOS DÍAS DE DESCANSO: DOMINICAL Y FERIADOS

Descanso Semanal

Descanso en días feriados

Page 6: 191416327 Planilla de Pagos

Descanso Semanal

• El día de descanso semanal obligatorio será equivalente al de una jornada ordinaria y se abonara en forma directamente proporcional al número de días efectivamente trabajados. Cuando se labore en el día de descanso semanal obligatorio, el trabajador tendrá derecho al apago de la retribución a la labor efectuada más una sobretasa del 100%.

Descanso en días feriados

• Los trabajadores de construcción civil tienen derecho a descanso remunerado en los días feriados establecidos en el Decreto Legislativo No 713, Ley de Descansos Remunerados.

• Esto días son:

Page 7: 191416327 Planilla de Pagos
Page 8: 191416327 Planilla de Pagos

BO

NIF

ICA

CIO

NES

Bonificación Unificada de la Construcción (BUC)

Bonificación por Movilidad Acumulada

Bonificación por Altura

Bonificación por Altitud

Bonificación por Trabajo Nocturno

Bonificación por Contacto Directo con el Agua

Bonificación por Especialización

Bonificación por Alta Especialización (BAE):

Bonificación por Riesgo de Trabajo bajo la Cota Cero

Page 9: 191416327 Planilla de Pagos

• La bonificación unificada de la construcción tiene carácter de condición de trabajo y, de conformidad con la R.S.D. 193-91-1-1SD-NEC, se requiere a:

• - Bonificación por desgaste de herramientas y ropa.

• - Bonificación por alimentación.

• - Bonificación por agua potable.

• - Bonificación por especialización para el operario de 2% del jornal básico.

Bonificación Unificada de la Construcción (BUC)

Page 10: 191416327 Planilla de Pagos

Esta bonificación es abonada al trabajador en base a un porcentaje del jornal básico percibido según la Resolución Directoral No 155-94-DPSC, y estos porcentajes son: Se debe tener presente las características de esta bonificación: - Se otorga por día laborado. - Para el cálculo de la BUC, no se considera el dominical ni la bonificación por movilidad. - No es computable para el cálculo de las gratificaciones ordinarias (julio y diciembre).

Page 11: 191416327 Planilla de Pagos

• Según la R.S.D No 367-85-SD-NEC; R.S.D. No 232-1SD-NEC y R.D. No 77787-DL-LIM (10.07.1987) disponen que se debe pagar a los trabajadores de construcción civil por concepto de movilidad urbana e interurbana, el valor de seis (6) pasajes urbanos.

Bonificación por Movilidad Acumulada

Page 12: 191416327 Planilla de Pagos

• La bonificación por altura es equivalente al 5% sobre el jornal básico, según los siguientes supuestos:

• a) Trabajo en altura por revestimiento de fachada a partir del cuarto piso.

• b) Trabajo en andamios en los exteriores de edificios a partir del cuarto piso.

• c) Trabajo en tanques elevados a partir de los cinco metros de altura.

• d) Entre otros.

• Según acta final de negociación colectiva en construcción civil 2012-2013, los empleadores, convienen en elevar del 5% al 7% sobre el jornal básico la bonificación por derecho de altura establecida por el convenio del año 2010 a los trabajadores que laboren en tendido de cables eléctricos en torres de metal, montaje de estructuras metálicas prefabricadas o soldadas entre otros y será aplicado a partir de los 5 metros de altura contados a partir de la cota del suelo.

Bonificación por Altura

Page 13: 191416327 Planilla de Pagos

• Lo empleadores de construcción civil que contraten los servicios de trabajadores que habitualmente residen en ciudades de la costa para que lo presten en obra o en centros de trabajos ubicados a partir de los 3000 metros sobre el nivel del mar, deberían pagarle una bonificación por altitud ascendente a S/. 0.50 por día laborado.

• Los empleadores, convienen en elevar la bonificación por altitud de S/. 0.50 a S/. 1.00 por día laborado, sin tener en cuenta su lugar de procedencia del trabajador, en tanto se mantenga dicha condición de trabajo (Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2012-2013).

Bonificación por Altitud

Page 14: 191416327 Planilla de Pagos

• Se considera horario nocturno, las labores realizadas a partir de las 11:00pm. El horario en trabajo nocturno se pacta, y es retribuido con el equivalente a un salario básico por una jornada de 8 horas con una bonificación del 20%. La media hora de descanso para tomar refrigerio está incluida dentro de las 8 horas (R.M. No 480. R.M. No 072 y R.D. No 100-72-DPRTEES).

Bonificación por Trabajo Nocturno

Page 15: 191416327 Planilla de Pagos

• La bonificación por contacto directo con el agua es equivalente al 20% sobre el salario básico, en trabajos sobre inundaciones, ríos, lagos, represas y demás semejantes. En tal sentido mediante convenio Colectivo No 2007-2008 se extiende a trabajos en los sistemas de alcantarillado y recolectores específicamente en trabajos de aguas servidas.

Bonificación por Contacto Directo con el Agua

Page 16: 191416327 Planilla de Pagos

• De conformidad con el convenio colectivo de construcción civil 2010-2011, los operarios especializados recibirán por concepto de bonificación unificada de construcción (BUC) el 37% de la remuneración básica en tanto que los demás operarios recibirán por concepto bonificación unificada de construcción (BUC) el 32% de la remuneración básica.

Bonificación por Especialización

Page 17: 191416327 Planilla de Pagos

• La negociación colectiva por Rama de Actividad en Construcción Civil del año 2012-2013, que corre en el expediente No 42494-2012-MTPE/1/20.21, considera la Bonificación por Alta Especialización (BAE) , el mismo que otorga a los trabajadores de construcción civil que estén debidamente certificados por el empleador o institución educativa para realizar trabajos especializados, de acuerdo a lo siguiente:

• - Operario Operador de Equipo Pesado, el equivalente al 10% de su Jornal Básico.

• - Operario Operador de Equipo Mediano, el equivalente al 8% de su Jornal Básico.

• - Operario Electromecánico, el equivalente al 15% de su Jornal Básico.

• En todos los casos incluye el 2% ya considerado en el BUC del Operario. Asimismo, considera el 5% para el Operario Electromecánico.

Bonificación por Alta Especialización (BAE)

Page 18: 191416327 Planilla de Pagos

• Es el equivalente a la suma de un nuevo sol S/.1 diario para los trabajadores que laboren en un nivel inferior al segundo sótano o cinco metros bajo la cota cero según la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2011-2012, que corre en el expediente No 41512-2011-MTPE/1/20.21

Bonificación por Riesgo de Trabajo bajo la Cota Cero

Page 19: 191416327 Planilla de Pagos

Fuente: COSTOS Y PRESUPUESTOS DE OBRA, ING Miguel Salinas Seminario, Fondo

editorial ICG 9na Edición-Octubre 2012

Page 20: 191416327 Planilla de Pagos
Page 21: 191416327 Planilla de Pagos
Page 22: 191416327 Planilla de Pagos
Page 23: 191416327 Planilla de Pagos

*

Page 24: 191416327 Planilla de Pagos

* En el punto 61º de la Síntesis de legislación Laboral -

Industria de la construcción civil 2014, nos dice que el

empleador deberá pagar 40 jornales de acuerdo a las

categorías, y lo podrá realizar antes que se cumplan

dichas fechas (pago anticipado) ya sea por días,

semanas, meses.

Page 25: 191416327 Planilla de Pagos

*Para este beneficio se calculara teniendo en cuenta

el jornal básico de acuerdo a cada categoría, por lo

que se pagara el 10% del jornal básico.

Page 26: 191416327 Planilla de Pagos

*Para este beneficio se calculara teniendo

en cuenta el jornal básico de acuerdo a

cada categoría, por lo que se pagara el

15% del jornal básico.

*Las vacaciones y la indemnización por el

tiempo de servicio, se pagaran v con el salario

básico del trabajador vigente a la fecha de

producido el cese de la relación laboral "Punto 6

de la Res. Sub Directoral Nº 450-90-ZSD-NEC"

Page 27: 191416327 Planilla de Pagos

MODELO DE PLANILLA DE

PAGO