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2 La República...2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 15 de marzo del 2017 EDICTO EDICTO Exp. N 00574 - 2013 - 0 - 2801 - JM - CI - 01, en los seguidos por JACINTA

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Page 2: 2 La República...2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 15 de marzo del 2017 EDICTO EDICTO Exp. N 00574 - 2013 - 0 - 2801 - JM - CI - 01, en los seguidos por JACINTA

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 15 de marzo del 2017

EDICTO

EDICTO

Exp. N° 00574 - 2013 - 0 - 2801 - JM - CI - 01, en los seguidos por JACINTA ALICIA MEDINA HUACAN, contra ESTEFANIA ALEJANDRINA ZAPATA TALA y otros, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO de Venta y Escritura Pública de Com-pra Venta condicionada con reserva de usufructo de fe-cha 17 de marzo de 1994, que otorgo como vendedor Ysaías Solis Mamani y como Compradores German Pari Flores y Dona Fidelina Ven-tura Quispe, Nulidad de Es-critura Pública de compra Venta condicionada con reserva de Usufructo de fe-cha 30 de marzo de 1995, que otorgo como vendedor German Pari Flores y doña Fidelina Ventura Quispe, con intervención de Ysaías Solís Mamani y como com-pradores doña Estefania Alejandrina Zapata Tala y doña Gabina Simona Zapata Tala, y Nulidad de Inscrip-ción Registral en la Ficha N° 4964, Partida N° 05045583, además solicita la Restitu-ción el referido inmueble, ante el PRIMER JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO, Esp. Legal Dr. JAIME TARQUI PEDRAZA, Juez Dra. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, proveído: Resolución N° 15 de fecha 13 de abril del 2015, notifíquese a los su-cesores procesales de quien vida fue GERMAN PARI FLO-RES y comparezcan al pre-sente proceso, en el término de treinta días, bajo aperci-bimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo la demandante cumplir con efectuar las publicaciones de ley. Lo que se publica de acuerda ley. Moquegua, 09 de marzo del 2017. J. Carlos

Condori Ch. Abogado Reg. N° 650 C.A.M. Abog. Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Mo-quegua. (10-15-20 Marzo)

EDICTO

EXPEDIENTE 1460-16, en el Juzgado Especializado de Familia de Mariscal Nieto-Moquegua, despacha el Doctor CESAR AUGUSTO SA-LINAS LINARES, Especialista legal: Rosemary Chambe Vargas, admite la demanda de RECONOCIMIENTO DE TE-NENCIA Y CUSTODIA, inter-puesta por ELVIA CARRAS-CO DELGADO en contra de MARCO ANTONIO PAQUI RA-MOS, respecto de su menor hija de iniciales M.Y.P.C, en la vía de proceso único, trasla-do de la para que conteste en el plazo de cinco días si-guientes de notificado, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medios probatorios, agregándose a sus antecedentes los do-cumentos presentados, con conocimiento del Ministerio Publico. Se dispone la NO-TIFICACION POR EDICTOS al demandado MARCO AN-TONIO PAQUI RAMOS, para cuyo efecto cúmplase con las publicaciones de ley en el diario de la Republica por tres días hábiles, bajo aper-cibimiento de nombrase curador procesal. Regístre-se y Hágase Saber. Moque-gua, 10 de marzo de 2017. Rosemary Chambe Vargas – Secretaria(e) – Juzgado de Familia Mariscal Nieto – Cor-te Superior de Justicia de Moquegua (14-15-16 Mar-zo)

EDICTO

El Juez del Segundo Juzga-do de Paz de Moquegua Dr.

ESTEFANY ROJAS CORONEL, Secretario Dr. MELISA MAN-CHEGO RIVERA. Exp. 045-2017, RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA DE RECTIFICACION DE PARTIDA interpuesta por MAURA JES-US CHIRE LIPE, NINFA FELICI-TAS Eugenia CHIRE LIPE DE ALVAREZ y PEDRO ARCADIO CHIRE LIPE, con relación a la identidad de su señor pa-dre JESUS CHIRE, siendo lo correcto MARIANO JESUS CHIRE debiendo tramitar-se en Proceso No Conten-cioso y se fija fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 15 de marzo del presente año, a horas QUIN-CE con TREINTA, minutos. REGISTRESE Y HAGASE SA-BER. Moquegua, 08 de mar-zo del 2017. Marcos Noel Calizaya Pinto -–Abogado. Reg. N°20 C.A.M. Abog. Me-lisa Manchego Rivera – Pri-mera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Ci-vil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Mo-quegua. (13-14-15 Marzo)

EDICTO

Ante el Juzgado Mixto de Ilo, Juez Dr. Adolfo Cornejo Po-lanco, especialista Dr. Marco Caceres Ninaja, Expedien-te N° 105-2017-0-2802-J,-CI-01, se ha dispuesto la pu-blicación mediante edicto la Resolución N° 01. Admi-tiéndose la demanda inter-puesta por María Andrea Arocutipa Anarpuma, sobre CAMBIO DE NOMBRE, vía proceso NO CONTENCIOSO, quien solicita específica-mente cambio de sus ape-llidos AROCUTIPA ANARPU-MA, debiendo figurar en lo sucesivo ANARPUMA SOTO. Señalándose fecha para AU-DIENCIA DE ACTUACION DE ´PRUEBAS Y DECLARACION JUDICIAL para el día 25 de

abril de 2017, a horas 12.30 del mediodía, lo que se pu-blica para fines de ley. Ilo, 08 de marzo de 2017. Lizeth Chávez Zanga – Abogado. C.A.A. 6493. (15 Marzo)

EDICTO

Ante el 1° Juzgado Fami-lia de Mariscal Nieto, que despacha el Dr. Salinas Li-nares Cesar Augusto y Es-pecialista Pamela Beatriz Huaman Valdivia, con EXP – 01391-2016-0-2801-JR-FC-01, seguido por CLAUDIA MERCEDES PUMA CALCINA, contra RICARDO ARMANDO CHAVEZ ESPINOZA, JOSE RICARDO CHAVEZ, ISABEL AGUSTINA ESPINOZA MA-MANI, RICARDO ENRIQUE VALENTINO CHAVEZ PUMA, que en vía de conocimien-to interpongo la demanda, solicitando RECONOCIMIEN-TO JUDICIAL DE UNION DE HECHO, por la causal esta-blecida en el art. 326 del Código Civil, así mismo que se les notifique con edic-to judicial, por el término de sesenta días el traslado de la demanda para la cual realizar la absolución de los cargos expresados en la misma, bajo apercibimien-to de nombrarles curador procesal. Por lo cual solicito su publicación por una sola vez en el Diario “La Republi-ca”, y fijar cartel en el local del juzgado. Moquegua, 09 de febrero del 2017.Plinio German Cuevas Chayña – Abogado – Mat. 779 – ICAM; Pamela Huaman Valdivia – Secretaria – Juzgado Espe-cializado de Familia – Corte Superior de Justicia de Mo-quegua. (15 Marzo)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Ilo, Juez Dr Aldolfo Cornejo Polanco, Especialista Marco Cáceres Ninaja, Expediente

N° 440-2016, por Resolución N°01, del 17 de noviembre de 2016, se admitió a trá-mite la demanda, en vía de proceso no contencioso, sobre CAMBIO Y RECTIFI-CACION DE NOMBRE, inter-puesto por doña MARICELA CHINO CERVANTES, con el objeto que se autorice el cambio de su prenombre “MARICELA” por “MARY” y de su apellido “CHINO” por el de “CERVANTES”, debien-do llamársele en adelante con el nombre de “MARY CERVANTES CERVANTES”; para lo cual se ha dispuesto la publicación en el diario oficial de avisos judiciales “La Republica”. Tomese ra-zón y hágase saber. Ilo 10 de marzo de 2017. Renzo Jesús Pinto Valdez . Aboga-do CAM 376. Abog. Marco Cáceres Ninaja – Segunda Secretaria del Juzgado Mix-to de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (14-15-16 Marzo)

AVISO JUDICIAL

Exp. 0409-2011, ante el Juzgado Mixto de Ilo espe-cialista Marco Cáceres Ni-naja, don Cecilio Palomino Manzano ha interpuesto demanda de prescripción adquisitiva en contra de la Asociación Casa Huerta “los olivares”, sobre el predio rustico N° 70, ubicado en terrenos de propiedad de la demandada en la Pampa Inalámbrica-Ilo, predio que colinda por el Sur con el predio N° 71, de propiedad de doña Domitila Delgado Márquez, por el Norte con calle A, por el Oeste, con el lote 69 de propiedad de doña Eufemia Erasmo Rafael Escobar y por el Este con ca-lle H, con frente Asociación Ramiro Prialé, lo que se hace de conocimiento de los in-teresados. (13, 17 Marzo).

Avisos Judiciales

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 15 de marzo del 2017

EDICTO

EXPEDIENTE : 000013-2017-QQUEJOSO : ANA CECI-LIA LUIS CONDORIQUEJADOS : IVONNE LIMA QUISPE: MARIO VIRGILIO RAMOS CHECALLAMATERIA : INCONDUC-TA FUNCIONALEL MAGISTRADO CONTRA-LOR CESAR SALINAS LINA-RES HA DISPUESTO SE NO-TIFIQUE MEDIANTE EDICTO LA SIGUIENTE RESOLUCION:Se expide la presente el día de la fecha al término del descanso vacacional del Magistrado Contralor que suscribe4.-VISTOS Y CONSIDERANDO:PRIMERO: Que, mediante Resolución N° 01 de fecha 02 de febrero del 2017, se resolvió declarar improce-dente la queja interpuesta por Ana Cecilia Luis Condori en contra de los servidores judiciales Ivonne Lima Quis-pe y Mario Virgilio Ramos Checalla, en sus actuacio-nes funcionales como Espe-cialista Judicial y Asistente Judicial del Segundo Juzga-do de Paz Letrado de Maris-cal Nieto, respectivamente.SEGUNDO: Que, por Resolu-ción N° 02 del 13 de febrero del 2017, se dispuso la no-tificación a la quejosa de la Resolución N° 01 mediante edictos, lo que se ha cumpli-do, como se advierte de las publicaciones de fojas 19 a 21, no habiendo sido obje-to de recurso impugnatorio alguno dentro del plazo es-tablecido por el artículo 34° del Reglamento del Procedi-miento Administrativo Dis-ciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aproba-do por Resolución Adminis-trativa N° 243-2015-CE-PJ. Motivo por el cual debe declararse consentida, pro-cediéndose a la remisión de los actuados al Archivo Cen-tral de la Corte Superior de

Justicia de Moquegua para su conservación y custodia.Fundamentos por los cua-les:SE RESUELVE:PRIMERO: Declarar CON-SENTIDA la Resolución N° 01 de fecha 02 de febrero del 2017, que resolvió de-clarar improcedente la que-ja interpuesta por Ana Ce-cilia Luis Condori en contra de los servidores judiciales Ivonne Lima Quispe y Ma-rio Virgilio Ramos Checalla, en sus actuaciones funcio-nales como Especialista Ju-

dicial y Asistente Judicial del Segundo Juzgado de Paz Le-trado de Mariscal Nieto, res-pectivamente.SEGUNDO: REMÏTASE los ac-tuados al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua para su con-servación y custodia. REGIS-TRESE Y HAGASE SABER.-

4 Del 16/02/2017 al 02/03/2017, según anexo N° 01 de la Resolución de Presidencia N°72-2017-P/CSJMO-PJ.

EDICTO JUDICIAL

EXP. Nro. 0 0 0 5 2 - 2 0 1 7 - 0 - 2 8 0 1 - J P -CI-02. El Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto que despacha el Juez ESTEFANY ROJAS CORONEL, siendo su especialista legal Abg. IVONNE LIMA QUISPE, han emitido la RESOLUCIÓN N°02 de fecha 15 de Febre-ro del 2017; que RESUELVE: ADMITIR a trámite, vía de proceso No Contencioso, la solicitud sobre Sucesión Intestada, interpuesta por don ALANOCA ZAPANA FE-LIPE de quien en vida fue su señorita hija PRUNILDA ALANOCA MAMANI, con la finalidad de que se decla-re como heredero a FELIPE ALANOCA ZAPANA, consi-guientemente se DISPONE EL EMPLAZAMIENTO de la presente solicitud al Minis-terio Publico y la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua. Se requiere a la solicitante para que cumpla con las publicaciones de ley. Moquegua, 06 de Mar-zo del 2017. Bruno Quispe Caracela – Abogado. C.A.A 6614. (15 Marzo).

PUBLICACION

PRESCRIPCION ADQUISITI-VA DE DOMINIO- Por ante el Primer Juzgado Mixto

-Sede Nuevo Palacio- Mo-quegua, que Despacha la Jueza Lidia Josefina Vega Valencia y actuación del Especialista Abog. Jaime Tarqui Pedraza - Exp. Nro. 0 0 0 7 3 - 2 0 1 7 - 0 - 2 8 0 1 -J M -CI-01, se presentó ELVIS CRISTIAN CRUZ QUISPE, so-licitando la prescripción ad-quisitiva del bien inmueble urbano ubicado en Asocia-ción Villa Japón - Proyec-to de Habilitación Urbana Pampas de San Antonio Sec-tor “A” - signado como Mz. V2 Lote 6 del C.P. San Anto-nio, distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Departamento de Moque-gua, con un Área de 150.00

m2, con las colindancias de-finidas, manifiesta que vie-ne conduciendo por más de 10 años como propietario, en forma continua, pacífica, pública y de buena fe, dic-tando el Juzgado la siguien-te resolución: Resolución Nro. 02. Moquegua, vein-tiocho de febrero del dos mil diecisiete...SE RESUEL-VE: 1. ADMITIR a trámite la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, del bien inmueble urbano ubicado en Asociación Villa Japón Proyecto de Habilita-ción Urbana Pampas de San Antonio Sector “A” signado como Mz. V2 Lote 6 del C.P. San Antonio de la ciudad de Moquegua, además de solicitar como pretensión accesoria la cancelación del Asiento Registral conteni-da en la Partida P08009556, respecto del antiguo dueño; y, se disponga la inscripción del nuevo título a nombre del solicitante. 2. Interpues-to por Elvis Cristian Cruz Quispe, en contra de Dora Cuba Jiménez, Lucia Cue-va Quispe, Karina Hinojosa Mamani de Mandamiento y Noel Silvestre Gonzales. 3. Vía de proceso ABREVIADO, en consecuencia se dispone correr traslado a los deman-dados por el plazo de DIEZ DIAS, a fin de que contesten la demanda. Por ofrecidos los medios probatorios a sus antecedentes los anexos presentados. Dispone se pu-blique el extracto de la de-manda por tres días y fijar el edicto en la tablilla del Juz-gado y sitios de mayor difu-sión. T.R Y H.S. Moquegua, 07 de marzo del 2017. Nelia M. Mamani Capa – Abogada Reg. CAM 0224 (10-13-14 Marzo)

NOTIFICACION

NOTIFICACION POR

EDICTO

EXPEDIENTE N° 0039-2014-0-280 l-JP-FC-01 ante el Se-gundo Juzgado de Paz Le-

NOTIFICACION POR EDICTO

EXPEDIENTE Nº 00587-2013-0-2801-JP-FC-02 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Juez ESTEFANY BENILDA ROJAS CORONEL y Secretaria Dra. YOSSELY LIZETH DELGADO AQUINO, se ha dispuesto notifi cación mediante edicto a JAIME TIQUE CRUZ. RESOLUCIÓN 28; Moquegua, veintiuno de febrero del dos mil diecisiete.- Al escrito N° 1657-2017: Conforme lo solicita la parte deman-dante cúmplase con hacer la liquidación de pensiones, tomando en cuenta la propuesta presentada. Al primer otrosí: Previamente cumpla la demandante con indicar la dirección completa indicando a qué distrito pertenece. Al segundo otrosí: Se tiene por VARIADO el domicilio proce-sal a URBANIZACION EL GRAMADAL, MANZANA B, LOTE 02, OFICINA DE DEFENSA PUBLICA y CASILLA ELECTRONICA N° 6970 , lugar donde se le hará llegar las posteriores notifi caciones a la parte demandante. DE OFI-CIO: Habiéndose practicado la liquidación de pensiones devengadas, TRASLADO a la partes, por el termino de TRES DÍAS, debiendo notifi car-se con la liquidación en el domicilio procesal del curador y NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO AL DEMANDADO JAIME TIQUE CRUZ. La secretaria cursora autoriza la presente resolución de conformidad al último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil y por disposición de la Magis-trada.

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La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 15 de marzo del 2017

trado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Juez ESTE-FANY ROJAS CORONEL y Se-cretaria Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, ha dis-puesto la notificación por edicto a: CRISTIAN ALEXAN-DER LUNASVO COLANA RE-SOLUCION NRO. 16 ; Moque-gua, cuatro de enero del dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: Declarando FUNDADA EN PARTE la demanda de ALI-MENTOS, interpuesta por JOAQUINA MAMANI MA-MANCHURA en representa-ción de su menor hijo JOA-QUIN ARMANDO LUNASCO MAMANI, en contra de CRIS-TIAN ALEXANDER LUNASCO COLANA. 2. DISPONGO que el demandado CRISTIAN ALEXANDER LUNASCO CO-LANA, acuda a su menor hijo Joaquin Armando Lu-nasco Mamani representa-do por su madre JOAQUINA MAMANI MAMANCHURA con una pensión alimenticia ascendente a la suma de (S/. 250.00) DOSCIENTOS CIN-CUENTA SOLES. 3. IMPRO-CEDENTE la pretensión en el extremo de fijar una pen-sión alimenticia en porcen-taje.4. DISPONGO EL PAGO DE COSTOS, sin costas. 5. NOTIFIQUESE al demanda-do por edicto, además en su domicilio real que aparece en la ficha de RENIEC. Y por esta mi sentencia así la pro nuncio, mando y firmo en la Sala de mi Despacho. R. y H.S. – (15-16-17 Marzo)

DECLARACION DE UN

HECHO

DECLARACION DE UNION

DE HECHO

Ante mí: JOHN SOTO GAME-RO, Notario Público de Ilo, con oficio notarial e Calle Moquegua N° 429 de esta ciudad, el señor GUILLERMO GIOVANNI RIVERA ORDO-ÑEZ y la señora GRECIA BAR-BARA CARPIO BOJORGES, sol citan la Declaración de Reconocimiento de Unión de Hecho entre ambos recu-

rrentes. Se procede confor-me a los Artículos 1 y 2 de la Ley 29560 y Ley 26662. llo, 06 de Marzo del 2,017. (15 marzo).

SUCESION INTESTADA

SUCESION INTESTADA

DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY N° 26662, SE CO-MUNICA QUE DON VICTOR EUGENIO, MENDIVIL SA-LAS, IDENTIFICADO CON DNI N° 30675639, Y DOÑA NATALIA CAROLA MENDI-VIL SALAS, IDENTIFICADA CON DNI N° 40087842; HAN PRESENTADO ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA CALLE MOQUEGUA N° 758 DE MOQUEGUA, LA SOLICITUD DE SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU MADRE DOÑA ELIDA NANCY SA-LAS ZEBALLOS, FALLECIDA EL 01 DE ABRIL DEL 2016, SIENDO SU ULTIMO DOMI-CILIO EN MOQUEGUA, EN DONDE SE SEÑALA COMO PRESUNTOS UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAU-SANTE A LOS RECURREN-TES DON VICTOR EUGENIO, MENDIVIL SALAS, Y DOÑA NATALIA CAROLA, MENDI-VIL SALAS. LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES CONSIGUIENTES. MOQUEGUA, 2017 MARZO 06. GUISELLE VERA KIHIEN – ABOGADA. NOTARIA PÚBLI-CA. MOQUEGUA – PERU. (15 MARZO)

RECTIFICACION DE

PARTIDAS

RECTIFICACION

DE PARTIDAS DE

NACIMIENTO

DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICU-LOS 13 Y 16 DE LA LEY 26662 SE COMUNICA QUE ARCE-NIO ANTONIO SALAS CUA-DROS, FELIX RODOLFO SA-LAS CUADROS, GUADALUPE ROSA ESTELA SALAS DE MO-LINA, MILDER MIRIAN SALAS

CUADROS Y DON ARSENIO ORESTES SALAS CUADROS, HAN PRESENTADO ANTE EL NOTARIO DE ILO DRA. YOLANDA INSÚA ARROYO, CON DOMICILIO EN JIRON CALLAO N° 300, ILO, LA SOLICITUD DE RECTIFICA-CIÓN DE SUS PARTIDAS DE NACIMIENTO, SEÑALANDO QUE EXISTEN OMISIONES Y ERRORES EN LOS DATOS DE SU PADRE Y MADRE EN LAS CINCO PARTIDAS, EN DON-DE DICE PADRE: N”ARCENIO SALAS LAZO”, “ ARSENIO SALAS LAZO”, ARSENIO SA-LAS LAZO, ARSENIO PABLO SALAS LAZO Y “PABLO AR-SENIO SALAS LAZO”, ASI COMO EN DONDE DICE MA-DRE: “DOMELIS CUADROS, “DOMELIZ CUADROS”, DO-MELIS CUADROS MARRO-QUIN”, DOMELIS BERNARDA CUADROS DE SALAS” Y “DO-MELIS CUADROS DE SALAS”, RESPECTIVAMENTE, DEBIEN-DO DECIR CORRECTAMENTE EN TODAS LAS PARTIDAS: PADRE: “PABLO ARSENIO SA-LAS LAZO” Y MADRE: “BER-NARDA DOMELIS CUADROS MARROQUIN”.ILO, 03 DE FE-BRERO DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGA-DA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU (15 MARZO)

REMATE

PRIMER REMATE

JUDICIAL

En los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHO-RRO Y CREDITO DE TAC-NA SA contra CONTRERAS QUISPE, GUILLERMINA y CA-POGRA CONTRERAS, CIRI-LO, sobre obligación de dar suma de dinero, Expedien-te 00147-2012-0-2801-JP-CI-02; la señora Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto – Sede Nuevo Palacio, Moque-gua Dra. Estefany Rojas Co-ronel, con intervención de la Especialista Legal Dra. Meli-sa Paola Manchego Rivera, ha autorizado al Martillero Público con matrícula Nro.

209, sacar a REMATE PUBLI-CO EN PRIMERA CONVOCA-TORIA el siguiente inmueble ubicado en: ASENTAMIEN-TO HUMANO PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA PAMPAS DE SAN ANTONIO, LOTE 6 DE LA MANZANA U2, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. CUYA ÁREA (144.50 m2), LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y DEMÁS CARACTERÍSTI-CAS OBRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA N° P08007680 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE MOQUEGUA, ZONA RE-GISTRAL XIII, SEDE TACNA. VALOR DE TASACION (co-mercial): US$ 26,149.67. PRECIO BASE DE REMATE: us$ 17,433.11, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA: en el Asiento 00005, hasta por la suma de US$ 4,400.00 a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequi-pa EMBARGO: en el Asiento 00006, hasta por la suma de S/. 36.000.00 Nuevos Soles, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tac-na. EMBARGO: en el Asiento 00007, hasta por la suma de S/. 36.000.00 Nuevos Soles, a favor de Banco de Crédi-to del Perú. Registradas en la Partida N° P08007680 del Registro de Predios de Mo-quegua. DIA Y HORA DE RE-MATE: miércoles 12 de abril de 2017, a horas 14:30 pm. LUGAR DE REMATE: En la Sala del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto - Sede Nuevo Palacio, sito en Av. Malecón Ribe-reño s/n Moquegua. FUN-CIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: Remate a viva voz, que será efectuado por el Martillero Público Dr. Asdel Vega Tirado. Te-léfono: 999098701 / RPM *404496, correo electróni-co: [email protected]. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por cien-to del valor de la tasación

del inmueble, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre, negociable, girado a nombre del postor. Pago en el Banco de la Nación de la Tasa Judicial por derecho a participar en cada remate, consignando número de ex-pediente, juzgado y núme-ro de DNI. El adjudicatario abonará el saldo del precio del remate dentro del ter-cer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a re-clamo. Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV, de conformidad con la Ley del Martillero Pu-blico Ley Nro. 27728 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS. Moquegua, enero 09 de 2017. Dr. Asdel Vega Tirado - Martillero Público. Matrícula 209. (15-16-17-20-21-22 Marzo)

SEGUNDO REMATE

JUDICIAL

En los seguido en el Exp Nro. 233-2012-0-2802-JP-CI-01, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO que sigue CORNEJO RIVERA JOSE ARNALDO, en con-tra de VARGAS IRAZEMA MARGARITA; Señor Juez del primer Juzgado de Paz Le-trado de Ilo, Dr. WILLIAMS NORABUENA CARPIO, con intervención del Especia-lista Legal Dr. HUBER MAR-LON ROJAS HUAMANI, ha dispuesto sacar al remate publico, lo siguiente: EN SEGUNDA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Asentamiento Huma-no Bello Horizonte, Mz Q. Lote Lote 5, Distrito de Ilo, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moque-gua, cuyos linderos y me-didas perimétricas se han detalladas debidamente en la partida P08017428, Zona de Registral XIII Sede Tacna. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 15 de marzo del 2017

S/37,278.00( TREINTA Y SIE-TE MIL DOCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES) PRECIO BASE DEL SEGUNDO REMATE : Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación me-nos el 15% y es S/ 21,124.20 (VEINTIUN MIL CIENTO VEIN-TICUATRO CON 20/100 SO-LES. AFECTACIONES Y GRA-VAMENES. EMBARGO, en forma de inscripción sobre esta partida hasta por la suma de S/19,964.97 (so-les), a favor de José Arnaldo Cornejo Rivera, según reso-lución Judicial 01 de fecha 05/09/2012, del Primer Juz-gado de Paz Letrado de Ilo. FECHA DE REMATE: El 17 de Marzo del 2017, a las 11:30 am (De la mañana) LUGAR DEL REMATE PUBLICO: En el Local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, sito en la calle Matara Nro. 325, Ilo – Provincia de Mariscal Nie-to, Departamento de Mo-quegua. POSTORES: Para ser postor se depositará en efectivo o Cheque de Ge-rencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% de Valor de Tasación, ade-más deberán presentar el D.N.I y el Arancel Judicial in-dicando el número del D.N.I. del postor, Juzgado y nume-ro de Expediente. Los hono-rarios del Martillero Publico son por cuenta del adjudica-tario, de conformidad con el Art. 732° del Código Proce-sal Civil. El remate será efec-tuado por Renee Salomón Díaz Coaquira – Martillero Público Registro Nro. 267. Moquegua 05 de marzo del 2017. (14-15-16 Marzo)

SEGUNDO REMATE

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de MIREIDI ELI-ZABETH JACOBO CASTRO Y JULIO ENRIQUE MANRI-QUE CRUZ, en el proceso sobre EJECUCION DE GA-RANTIAS; EXPEDIENTE Nº 0 0 0 3 8 - 2 0 1 5 - 0 - 2 8 0 1 -J M -

CI-02; el señor Juez del Se-gundo Juzgado Mixto- Sede Nuevo Palacio, (Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto) Dr. Arturo Rolando Valdivia Arana, con interven-ción de la especialista legal Dra. Gaby Nina Escobar, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, llevar adelante el REMATE PÚBLI-CO EN SEGUNDA CONVO-CATORIA del inmueble ubi-cado en: ASENTAMIENTO HUMANO PAMPAS DE SAN ANTONIO, SECTOR B, MZ. N7, LOTE 16, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO, DEPAR-TAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº P08010190, DE LA ZONA RE-GISTRAL Nº XIII–SEDE TAC-NA; VALOR DE TASACIÓN: US$ 39,825.00 (treinta y nueve mil ochocientos vein-ticinco 00/100 dólares ame-ricanos); PRECIO BASE: US$ 22,567.50 (veintidós mil quinientos sesenta y siete con 00/100 dólares ameri-canos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria; AFECTACIONES: HIPOTECA: Inscrito en el asiento 00008 a favor de la Caja Munici-pal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$ 39,825.00 dólares americanos, materia de eje-cución, afectación que se halla inscrita en la partida N° P08010190, de la Zona Registral Nº XIII – Sede Tac-na; DIA Y HORA DE REMATE: MARTES 21 DE MARZO DEL 2017, A HORAS 11:30 (ONCE Y TREINTA) A.M.; LUGAR DE REMATE: En el lugar de es-pera del Segundo Juzgado Mixto - Sede Nuevo Palacio, de la Corte Superior de Jus-ticia de Moquegua, ubicado en la Av. Malecón Rivereño S/N, Moquegua; LOS POSTO-RES: oblaran no menos del diez por ciento (US$ 3,982.5) del valor de la tasación, en

efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran tasa judicial por derecho de participar en remate, con-signando número de expe-diente, juzgado y documen-to nacional de identidad. El adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de rea-lizado el acto de la subasta pública, caso contrario per-derá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los hono-rarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo estableci-do por la ley del martillero público. Moquegua 2017, febrero 22. Marlene Cleofe Flores De Mendoza. Marti-llero Público – Registro N° 318; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moque-gua. (10-13-14 Marzo)

PRESCRIPCION

ADQUISITIVA DE

DOMINIO

PRESCRIPCION

ADQUISITIVA DE

DOMINIODICTO PENAL

Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Ilo, siendo el Juez el Dr. Adolfo Cornejo Polanco, especialista Judith Gallegos Ramos, Expediente Nro. 00055-2017-0-2802-JM-CI-01, JUAN ARTEMIO RI-VERA CAMARGO, está de-mandando la declaración de propiedad por prescrip-ción adquisitiva de domi-nio del vehículo MARCA MITSUBISHI, COLOR BLAN-CO, MODELO L200 4X4 C/D TD GLX, NUMERO DE SE-RIE MMBJNK7401D009842, CON NUMERO DE MOTOR 4D56AS7733, AÑO DE FA-BRICACION 2000, TIPO DE CARROCERÍA CABINA DO-BLRE, PETROLERA, NUME-RO DE ASIENTOS 05, placa de rodaje Nro. PIG-496, se

encuentra inscrito en ins-crito en los registros corres-pondientes, ante SUNARP Zona Registral Nro. IX SEDE LIMA por la persona Jurídica ENERGIA DEL SUR S.A. en la partida 11027095, en el cual mediante resolución Nro. 02 se resuelve. SE RESUEL-VE ADMITIR a trámite la de-manda sobre Prescripcion Adquisitiva de Dominio de bien vehicular, interpues-ta por Juan Artemio Rivera Camargo, en contra de la Empresa Energia del Sur S.A. denominada actualmente ENGIE ENERGIA PERU S.A. en la vía de PROCESO ABRE-VIADO, Téngase por ofreci-dos los medios probatorios, a sus antecedentes los ane-xos que adjunta. En conse-cuencia, TRASLADO a la demandada por el término de ley, bajo apercibimiento de declarársele rebelde, y de acuerdo a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil. SE DISPONE la publicación por Edictos del extracto de la demanda, bajo diligenciamiento de la parte accionante. TÓMESE RAZÓN y HÁGASE SABER.- Al primer otrosí. Téngase por delegadas las facultades ge-nerales de representación a favor de la Abogada que suscribe la demanda. Al segundo otrosí: Agréguese a sus antecedentes. Ilo die-cisiete de Febrero del Dos Mil diecisiete. Abog. Judith Magali Gallegos Ramos. Se-cretaria Judicial – 1ra Secre-taria – Juzgado Mixto de Ilo. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (15-16-17 Marzo)

EDICTO PENAL

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E X P E D I E N T E : 0 1 0 0 7 - 2 0 1 6 - 0 - 2 8 0 1 - J P -PE-03: Juzgado de Paz Letra-do Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Jus-ticia de Moquegua. El Señor Juez del Juzgado de Paz Le-trado Penal de Mariscal Nie-

to ha dispuesto mediante resolución número cuatro. NOTIFICAR VIA EDICTOS a LAUREANO ALBERTO FLO-RES FLORES, por el medio del cual se le comunica que mediante resolución cuatro de fecha seis de marzo del dos mil diecisiete, donde SE RESUELVE: DECLARAR EL CONCLUIDO el proceso de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de Laureano Alberto Flo-res Flores y Marleni Orosco Hancco, en agravio de ellos mismos, por DESISTIMIENTO TACITO. DISPONER el ARCHI-VO del proceso y su remi-sión al Archivo Central una vez consentida la presente resolución sin más mandato que el presente. Jenrry Dey-vi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Ed-win Valencia Sanchez, Se-cretario Judicial del Juzga-do de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Mo-quegua. Moquegua, 08 de marzo del 2017. (15-16-17 Marzo)

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Expediente Nro.:00606-2 0 1 5 - 6 4 - 2 8 0 1 -J R - P E - 0 1 . Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparato-ria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace sa-ber y emplaza: Al agraviado ELMER MAMANI CUENTAS con la resolución N° 04, de fecha 08 de Marzo del 2017: Habiéndose cumplido con notificar al agraviado Elmer Mamani Cuentas, y vencido el termino de ley precep-tuado en el artículo 345 in-ciso 1° del Código Procesal Penal; siendo el estado del proceso, teniendo en cuenta el rol de audiencias de este despacho, la disponibilidad de las Salas de Audiencias y la notificación al agraviado mediante edictos: SENALE-SE fecha y hora para la REA-

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 15 de marzo del 2017

LIZACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día LUNES VEINTE DE MAR-ZO del presente año, a horas ONCE DE LA MANANA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 04 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. Audiencia que se instalara con los asis-tentes a quienes se escucha-ra por su orden para debatir los fundamentos del reque-rimiento fiscal. Notífiquese. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Vi-llasante. Moquegua, 08 de Marzo del 2017. (14-15-16 Marzo)

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Expediente N° 255-2015-7-2801-JR-PE-03. TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARIS-CAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica al imputado RODOLFO PEREZ CATACORA, con la el acta de audiencia de fecha 10 de marzo del 2017 que CITA A LA AUDIENCIA DE INICIO DE JUICIO ORAL INCOADO EN SU CONTRA por el deli-to de Collisión Agraviada en agravio del Estado Peruano., PARA EL DIA VEINTINUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HO-RAS (HORA EXACTA), la mis-ma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05 del Modulo Penal, sito en el Malecon Ribereno s/n (sede del nuevo Palacio de Justi-cia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTU-MAZ O AUSENTE Y DISPO-NERSE SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL - Tomese Razon y Hdgase Saber.; Abog Rosa-rio Vizconde Rojas, Especia-lista Legal - Modulo Penal. Moquegua, 10 de marzo del 2017. (14-15-16 Marzo)

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PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANEN-TE DE ILO, EXPEDIENTE N°: 00314-2015-89-2802-JR-PE-02 , JUEZ : ABOG. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO, ESPECIALISTA: ABOG. MA-RITZA ROSARIO PARI PHOC-CO, Se emplaza, notifica y cita a JUAN CARLOS HUIN-CHA QUISPE, con la Reso-lución N° 07, de fecha 09 de marzo del 2017 que RE-SUELVE: visto: de lo solicita-do por la representante del Ministerio Público, lo mani-festado por el abogado SE DISPONE, primero: REPRO-GRAMAR LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL para el día 30 de mar-zo del 2017 a horas NUEVE de la mañana, subsistiendo en todo lo demás lo dis-puesto en la Resolución 01 y 06; así mismo bajo aper-cibimiento de declararse al acusado Reo Ausente o Reo Contumaz en caso de inasis-tencia a la audiencia de jui-cio oral; segundo: Notificase al acusado mediante edicto en su domicilios consigna-dos en el requerimiento de acusación y señalando en su ficha RENIEC actual y ade-más vía edictos debiendo para tal efecto cursarse los oficios correspondientes.- (13, 14, 15 Marzo).

EDICTO PENAL

Expediente N° 255-2015-7-2801-JR-PE-03. TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARIS-CAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica al imputado RODOLFO PEREZ CATACORA, con la el acta de audiencia de fecha 10 de marzo del 2017 que CITA A LA AUDIENCIA DE INICIO DE JUICIO ORAL INCOADO EN SU CONTRA por el delito de Colusión Agraviada en agravio del Estado Peruano., PARA EL DÍA VEINTINUEVE DE MARZO DEL DOS MIL

DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05 del Módulo Penal, sito en el Malecón Ribereño s/n (sede del nuevo Palacio de Justicia de la Corte Supe-rior de Justicia de Moque-gua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ O AUSENTE Y DISPONERSE SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL - Tóme-se Razón y Hágase Saber.; Abog Rosario Vizconde Ro-jas, Especialista Legal – Mó-dulo Penal. Moquegua, 10 de marzo del 2017. (13-14-15 Marzo)

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Expediente Nro. :00606-2015-64-2801-JR-PE-01.Juzgado : Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza : Al agraviado ELMER MAMA-NI CUENTAS con la Resolu-ción N° 04, de fecha 08 de Marzo del 2017: Habiéndo-se cumplido con notificar al agraviado Elmer Mamani Cuentas, y vencido el tér-mino de ley preceptuado en el artículo 345 inciso 1° del Código Procesal Penal; siendo el estado del pro-ceso, teniendo en cuenta el rol de audiencias de éste despacho, la disponibilidad de las Salas de Audiencias y la notificación al agraviado mediante edictos: SEÑALE-SE fecha y hora para la REA-LIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día LUNES VEINTE DE MAR-ZO del presente año, a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 04 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. Audiencia que se instalará con los asis-

tentes a quienes se escucha-rá por su orden para debatir los fundamentos del reque-rimiento fiscal. Notifíquese. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Vi-llasante. Moquegua, 08 de Marzo del 2017. (13-14-15 Marzo)

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EXPEDIENTE N°00277-2015-44-2802-JR-PE-02 JUZGADO COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL PROVINCIAL DE ILO PRESIDENTE DEL JUZGA-DO COLEGIADO: Dr. JOSE ACHOMA TITO ESPECIALIS-TA: Abg. ADA GOMEZ VILLE-GAS El Juzgado Colegiado Supraprovincial de llo, ha dispuesto mediante reso-lución 05 de fecha seis de marzo del dos mil diecisiete. RESUELVE: DISPONER RE-PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, el día 20 de marzo del 2017, a las 08:10 horas de la mañana, que se realizara en esta misma sala de audiencias, ubicado en la calle Junín Nro. 301, Distrito, Provincia de ILO, Departa-mento de Moquegua, se-gundo piso, quedando sub-sistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01 (Auto de Citación a Juicio Oral); asimismo se notifique al acusado ZEVALLOS RAUL ARMANDO mediante edicto independientemente que se realice la notificación en el domicilio real del referido acusado. Abog. Ada Gloria Gómez Villegas Especialista Legal Módulo Penal de llo Corte Superior de Justicia de Moquegua. llo, 07 de marzo del 2017. (10, 13, 14 Marzo).

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Expediente N° 557-2015-17-2801-JR-PE-2. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 557-2015-17-2801-JR-PE-02,

seguida en contra JESUS FE-LIX MAMANI ANCO, por el delito de Omisión a la Asis-tencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales A.E.M.C; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de In-vestigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JESUS FELIX MAMANI ANCO, con la RESOLUCIÓN NÚME-RO 01 DE FECHA 07 DE OC-TUBRE DEL 2016, mediante la cual SE RESUELVE: 1. Dar inicio a la Etapa de Ejecu-ción de Sentencia, debiendo adjuntarse copias certifi ca-das de la resolución N° 15 (Sentencia N° 087-2016) de fecha veintiuno de setiem-bre del dos mil dieciséis. 2. Requerir al sentenciado JE-SUS FELIX MAMANI ANCO que cumpla durante el pe-riodo de prueba de un año, con las siguientes reglas de conducta: 1.Prohibición de frecuentar lugares de mala reputación social. 2. Prohibi-ción de ausentarse del lugar donde reside sin autoriza-ción judicial 3. Comparecer personal y obligatoriamente al juzgado de ejecución cada treinta días a efecto de regis-trar su asistencia, informar sobre el pago de pensiones, cumplimiento del progra-ma acordado con Ministerio Público y justifi car sus acti-vidades. 4. Reparar el daño ocasionada con el delito, que signifi ca el pago de la repa-ración civil y las pensiones devengadas, sin perjuicio de las pensiones que pudieran ser ordenadas por otro juez y no son objeto de la actual liquidación o resultasen pendientes de liquidación o régimen de prueba anterio-res. 5. Prohibición de volver a cometer nuevo delito, en especial de omisión a la Asis-tencia Familiar. 6. Reanudar sus estudios secundarios. Bajo apercibimiento, que de incumplirse cualquiera de las reglas de conducta se revocará la suspensión y se

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 15 de marzo del 2017

convertirá en condena de pena privativa de libertad efectiva. 3. Respecto al pago de la REPARACIÓN CIVIL de la sentencia se advierte que el sentenciado debe pagar la suma de S/ 8 335.87 so-les, los mismos que serán pagados en nueve cuotas mensuales, siendo la prime-ra por el monto de S/ 335.00 soles y las siguientes desde la segunda a la novena, por el monto de S/ 1 000 soles que deberán ser canceladas hasta antes del último día de cada mes, empezando en el mes de setiembre del año dos mil dieciséis, Todas ellas vía depósito judicial electró-nico. 4. OFÍCIESE a la Policía Judicial de Moquegua a fi n que vigile el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en la sentencia. 5. Se le REQUIERE al sentencia-do que cumplan con asistir al Juzgado el último día hábil de cada mese a fi n de regis-trar su fi rma. 6. Téngase por consignado el depósito judi-cial N° 2016014101774, por la suma de S/ 335.87 soles, por concepto de reparación civil, a favor de la agraviada, póngase de su conocimiento para su endose correspon-diente, dejando constancia de su entrega en autos. UN EXACTO DEL REQUERIMIEN-TO FISCAL DE FECHA 22 DE FEBRERO DEL 2017, revisado el cuaderno de ejecución de sentencia se advierte que el sentenciado Jesús Félix Mamani Anco, no está cum-pliendo con las REGLAS DE CONDUCTA impuestas por el Juzgado, mediante la Reso-lución N° 15 - Sentencia (21.SEP.2016), específi camente: “4. Reparar el daño ocasiona-da con el delito, que signifi ca el pago de la reparación civil y las pensiones devengadas (...)”, siendo que en el presen-te caso el sentenciado no ha cumplido con el pago de la primera, segunda, tercera, cuarta y quinta cuota corres-pondientes al último día del

mes de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2016, y enero del 2017, sien-do la primera de S/. 335.87, y las restantes de S/. 1000.00 cada una, haciendo un to-tal de cuatro mil trescientos treinta y cinco con 87/100 soles (S/. 4335.87): En tal sentido, se solicita se amo-neste al sentenciado Jesús Félix Mamani Anco y RESO-LUCIÓN N° 03 DE FECHA 07 DE MARZO DEL 2017; CÍTE-SE para el día 03 DE ABRIL DEL 2017 a las 12:00 para la realización de la AUDIENCIA DE EJECUCIÓN DE SENTEN-CIA – AMONESTACIÓN en la Sala de Audiencias N° 04 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Mo-quegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. NOTIFÍQUESE al sentenciado en su domicilio real, procesal y vía edictos, con la asisten-cia obligatoria del represen-tante del Ministerio Público y el abogado del sentencia-do, con cuya asistencia se instalará la audiencia. FIR-MADO. DR. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUN-DO JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VA-NESSA MALAGA BUSTAMAN-TE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moque-gua, 07 de Marzo del 2017. (10-13-14 Marzo)

EDICTO PENAL

Expediente Nº 00150-2014-3-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado de Inves-tigación Preparatoria de Ma-riscal Nieto. Especialista de Audiencias: Irma Lipa Figue-roa. En el proceso seguido contra Juan Lucas Flores Ma-mani y otros, por el presunto delito Falsedad Genérica, en agravio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. – Agencia Moquegua; el señor Juez del Segundo Juz-gado de Investigación Pre-paratoria del Mariscal Nieto, ha dispuesto: CONVOCAR a

la continuación de audien-cia preliminar de Control de Acusación para el día TRES DE ABRIL DEL DOS MIL DIECI-SIETE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 04 de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Mo-quegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad; subsistiendo los apercibi-mientos prevenidos, esto es, de imponerse una multa de dos unidades de referencia procesal a los abogados que no concurran a la audiencia programada, quienes serán excluidos de la defensa y se va a proceder a asignar a sus patrocinados un abogado de-fensor público, quien asumirá su defensa, y de remitirse co-pias certifi cadas a la Comi-sión de Ética del Colegios de Abogados al que pertenez-can. Notifíquese a los sujetos procesales en sus domicilios reales y procesales, sin per-juicio de la notifi cación por edictos, con cuyo fi n ofíciese. DISPONE la notifi cación de los imputados: RONAL JUAN NINA HUACAN, EDWIN JESÚS CUAYLA MAMANI, JUSTO JIL-VER VIZCARRA CUEVAS, CYN-DI MARILIA MAMANI RAMOS, PEDRO PABLO RAMOS CALI-ZAYA, MANUEL DANIEL FLO-RES TALA, PEDRO ELOY CAPA RAMOS, ALBERTO ALFONSO HUANCA CAUSA, MIRIAM LUPE MAMANI CHOQUE, RO-GELIO HERNALDO VENTURA ZAPATA, ELVIS QUISPE MES-TAS, VIDAL QUISPE MESTAS, FROYLAN LEONARDO CEN-TENO MARCA, PRAYNELF PE-LAGIO FLORES QUISPE, ALEX MIGUEL CORACE MAMANI, JUAN LUCAS FLORES MAMA-NI, JORGE ROLANDO LUQUE PUMA, JOSÉ AROCUTIPA CCA-LAHUILLE, IVAN JOSE JUAREZ CHURA, OMAR KENEDY MA-MANI SOSA, WILBER COAGUI-LA MAMANI, DARWIN GUE-RRA GUTIÉRREZ, ERIK BERTAN VALDIVIA AYALA.- FDO. DR. JORGE EDUARDO GARCÍA APAZA, JUEZ DEL SEGUNDO

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO.- FDO. ABOG. IR,A LIPA FIGUEROA, ESPECIALISTA DE AUDIENCIAS.- Moquegua, 08 DE Marzo del 2017. (10-13-14 Marzo)

EDICTO PENAL

Expediente Nro. 00290-2016-36-2801-JR-PE-02. Juzgado: S e -gundo Juzgado de Investiga-ción Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al im-putado ELICEO BACILIO FLO-RES PAURO con la Resolución N° 05, de fecha 02 de marzo del 2017 y un extracto del requerimiento de acusación de fecha 28/02/2017. Extrac-to del requerimiento de acu-sación de fecha 28/02/2017, señala en el PETITORIO.En aplicación del artículo 336.4, 349 y siguientes del Código Procesal Penal, formulo ACU-SACIÓN en contra de Eliceo Bacilio Flores Pauro, por el delito FEMINICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 108-B, segundo párrafo lite-ral 7) del Código Penal, con-cordante con el artículo 108 inciso 3 del Código Penal, y en agravio de Hilda Rosa Cruz Ventura. TIPIFICACIÓN DE LOS HECHOS Y CUANTÍA DE LA PENA QUE SE SOLICITA La conducta del acusado Eliceo Bacilio Flores Pauro, se sub-sume en el tipo penal de FE-MINICIDIO, previsto y penado en el artículo 108-B segundo párrafo literal 7) del Código Penal, concordado con el ar-tículo 108 inciso 3 del Código Penal. Determinación de las penas: 1. Se pide una Pena Privativa de la Libertad de VEINTISIETE AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD. LA REPARACIÓN CIVIL : No cabe pronunciamiento por parte del Ministerio Públi-co, al haberse constituido en actor civil la sucesión de la agraviada. La resolución N° 05 de fecha 02 de marzo

del 2017 señala: téngase por cumplido el mandato confor-me lo dispuesto mediante la resolución N° 04 emitida en la audiencia de control de acu-sación de fecha 20 de febrero del 2017, a conocimiento de las partes el requerimiento de subsanación presentado por el representante del Mi-nisterio Público, el cual será materia de debate en la con-tinuación de audiencia de control de acusación; siendo el estado del proceso, tenien-do en cuenta el rol de au-diencias de éste despacho, la disponibilidad de las Salas de Audiencias: SEÑALESE fecha y hora para la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMI-NAR DE CONTROL DE ACUSA-CIÓN, para el día VEINTIUNO DE MARZO DEL DOS MIL DIE-CISIETE, a las NUEVE HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta) en la Sala de Audiencias Nro. 04, de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicada en Ave-nida Malecón Ribereño S/N - Moquegua, con la asistencia obligatoria del representan-te del Ministerio Público y el abogado del acusado, con cuya asistencia se instalará la audiencia; debiendo el Fiscal en dicho acto poner a dispo-sición los medios probato-rios de cargo que obren en la carpeta fi scal. bajo apercibi-miento en caso de inasisten-cia injustifi cada del represen-tante del Ministerio Público, de comunicarse al Órgano de Control de Ministerio Pú-blico y en cuanto al abogado defensor público, en caso de inasistencia, de imponérse-le MULTA ascendiente a dos unidades de referencia pro-cesal, sin perjuicio de poner de conocimiento de su Cole-gio Profesional y a su supe-rior Notifíquese. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Vanessa Málaga Bustamante Moque-gua, 02 de marzo del 2017. (10-13-14 Marzo)

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 15 de marzo del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO

Moquegua, 07 de Marzo de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de Marzo del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional Día Hora de inicio

Juzgado de Paz Letrado Laboral Jueves 30 08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular su\ pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES

MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

Abog. Maria del Pilar Hidalgo Salas Asistente Judicial

ODECMA CORTE SUPERIOR JUSTICIA MOQUEGUA

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La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAMiércoles, 15 de marzo del 2017

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Moquegua, 07 de Marzo del 2017

La Oficina Desconcetrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de marzo del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Órgano Jurisdiccional Fecha Hora de Inicio

Primer Juzgado de

Investigación Preparatoria

de Mariscal Nieto

Martes 21 de Marzo del 2017 08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

FREDY FERNÁNDEZ SÁNCHEZ

MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Miércoles, 15 de marzo del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO

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AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

Resolución N° 01

Ilo, tres de Marzo

Del dos mil diecisiete.-

VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto

de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ

publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar

una Audiencia Pública Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el

cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y de juzgamiento de los

procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los procesos

sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo

vigilancia de los acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de

corrección y disciplinarias que correspondan; y siendo responsabilidad del Presidente de la Sala

Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor Fiscal.

RESOLVIERON:

1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día TREINTA Y UNO DE

MARZO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la

Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA

correspondiente al Primer Trimestre del año Judicial dos mil diecisiete en la competencia

territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo;

PODER JUDICIAL DEL PERU

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2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias

con reo en cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO

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pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en el Despacho del Fiscal,

con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón

por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del

Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias;

3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y

Fiscalías, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus

respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación conforme lo dispone el

artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, ello para dar

cuenta en el acto de la audiencia.

4.- DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento Penitenciario de Samegua-

Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de

juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con indicación del tiempo que

permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente

resolución en el Diario “La República” por el término de ley.-

S.S.

RUIZ NAVARRO.

ALEGRE VALDIVIA.

CUPE CALCINA.

PODER JUDICIAL DEL PERU

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