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2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA · 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Viernes, 2 de febrero del 2018 EDICTO EDICTO En el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto que

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La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Viernes, 2 de febrero del 2018

EDICTO

EDICTO

En el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto que despacha el Juez Fred Fernández Sánchez, Especialista Percy Flores Ramos, Expediente 285-2017-0-2801-JM-CI-02, se ha emitido la Re-solución N°09 (SENTENCIA N°008-2018-JMMN), de fecha diecinueve de enero del dos mil diecio-cho, que en su parte resolutiva resuelve: FALLO: 1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por TEODORA DIONICIA MAMANI MAMANI, sobre Cambio de Nombre en su Partida de Nacimiento, que obra en la Municipalidad Distrital de Cairani, de la Provincia de Candarave del Departamento de Tacna. 2. DISPONGO: Que, ante la Municipa-lidad Distrital de Cairani, de la Provincia de Can-darave, del Departamento de Tacna, en la Parti-da N° 51, del año 1986, se proceda a cambiar el nombre de la solicitante de TEODORA DIONICIA por el de YENIFER y su apellido de MAMANI por el de ALVARADO, debiendo quedar en lo sucesivo los datos de la titular de la partida como YENI-FER ALVARADO MAMANI; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de fi liación. Procedién-dose conforme lo ordenado en la sentencia para los fi nes de ley. Moquegua, 31 de Enero del 2018. Aldo F. Choquehuanca Revilla. Abogado CAM 176; Abog. Percy Flores Ramos – Secretario Ju-dicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. B/E 045 769 (02 Febrero).

EDICTO

Señores: Diario LA REPUBLICA. De: Dr. Freddy Fernández Sánchez. Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. Fecha: 15 de enero del 2018. En el Expediente núme-ro 0227-2011-0-2801-JM-CI-01. Ante el Juzga-do Mixto, que despacha el Señor Juez FREDDY FERNANDEZ SANCHEZ, con intervención del Secretario Judicial Percy Flores Ramos, quien asume funciones por Disposición Superior, en el proceso sobre exclusión, inclusión de bien, ha-biendo tomado conocimiento del fallecimiento del demandante CELESTINO ROSPIGLIOSI SOSA, se ha emitido la RESOLUCIÓN NRO. 42-2017 que RESUELVE: PRIMERO: SUSPENDER EL PRESEN-TE PROCESO POR EL PLAZO DE TREINTA DÍAS a efecto que comparezcan al proceso los sucesores de CELESTINO ROSPIGLIOSI SOSA, bajo apercibi-miento de nombrarles curador procesal. SEGUN-DO: SE DISPONE Notifi car la presente resolución a la Sucesión de CELESTINO ROSPIGLIOSI SOSA vía edictos, por lo que se dispone remitir al diario la Republica el extracto pertinente de la presente resolución, a efecto que proceda con la publica-ción ordenada. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER. JUZGADO MIXTO (EX 2° - SEDE NUEVO PALACIO. EXPEDIENTE: 00227-2011-0-2801-JM-CI-01. MA-TERIA: EXCLUSIÓN, INCLUSIÓN DE BIEN. JUEZ: FERNANDEZ SANCHEZ FREDY. ESPECIALISTA: CCALLO CALLI RAUL ANGEL. DEMANDADO: MI-NISTERIO PUBLICO. BENEFICENCIA PUBLICA DE MOQUEGUA, FLORES JIMENEZ VDA GUTIERREZ, SIMONA JUANA. DEMANDANTE: ROSPIGLIOSI SOSA, CELESTINO. Resolución Nro. 42-2017. Mo-quegua, seis de noviembre del dos mil diecisie-te. Tramitando el escrito N° 6872-2017, VISTOS: La advertido por la Sala Mixta de Mariscal nieto y CONSIDERANDO: PRIMERO: articulo N° 108 e inciso 1) del mismo artículo que señala: “Por la su-cesión procesal un sujeto ocupa el lugar del otro en un proceso, en reemplazo como titular activo o pasivo del derecho discutido: Se presente la su-cesión procesal cuando 1) Fallecida una persona que sea parte del proceso, es reemplazada por su sucesor, salvo disposición legal en contra”.SEGUNDO: Como se puede apreciar de autos, mediante el escrito que antecede, WILFREDO MARTÍN ZAPATA ZEBALLOS abogado de la Bene-fi cencia Pública de Moquegua, manifi esta a esta Judicatura del fallecimiento de la demandante

CELESTINO ROSPIGLIOSI SOSA, por lo que solicita la suspensión del presente proceso.TERCERO: Teniendo en cuenta lo solicitado y te-niendo a la vista la fotocopia del registro de bús-queda de personas vía RENIEC, se aprecia que la demandante CELESTINO ROSPIGLIOSI SOSA, fa-lleció el 10 de agosto del 2017; por tanto, ante la existencia de falta de legitimidad para obrar de la demandante y de conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 108 e inciso 1) citado en el primer considerado se debe disponer la suspensión de la presente causa, a fi n de que puedan apersonarse los sucesores de la causante, dicha suspensión debe ser por el termino de treinta días, conforme el último párrafo del artículo señalado, por lo que estando a lo dispuesto por el artículo 320 del Có-digo Procesal Civil y a lo anteriormente glosado.SE RESUELVEPRIMERO: SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO POR EL PLAZO DE TREINTA DÍAS a efecto de que comparezcan al proceso los sucesores de CELES-TINO ROSPIGLIOSI SOSA bajo apercibimiento de nombrarles curador procesal.SEGUNDO SE DISPONE notifi car con la presente resolución a la Sucesión de CELESTINO ROSPI-GLIOSI SOSA vía edictos por lo que se dispone remitir al diario la república el extracto pertinente de la presente resolución, a efecto de que pro-ceda a la Publicación ordenada. REGISTRESE Y HÁGASE SABER. (02-05-06 Febrero)

SUCESION INTESTADA

SUCESION INTESTADA

Expediente 00008-2018-0-2801-JP-CI-02, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nie-to, que despacha la Jueza Dra. Lidia Josefi na Vega Valencia, Sec. Darío Paniagua Parihuana, don JOSE LUIS FLORES CATARE, solicita la Sucesión Intestada de su fi nada madre JUANA GUALBERTA CATARE FLORES, fallecido el 30 de Julio del 1981, en la ciudad de Moquegua y teniendo como su último domicilio en la calle Alfonso Ugarte S/N del distrito de Torata, Provincia Mariscal Nieto y Departamento de Moquegua, con la fi nalidad de que se declare su fallecimiento y se declare como sus herederos a sus hijos: José Luis Flores Catare, Consuelito Martina Flores Catare y Guido Francis-co Flores Catare; por lo que se pone en conoci-miento de los presuntos herederos domiciliados en el lugar. Moquegua, 31 de enero del 2018. José M. Barrera Marca – Abogado. Reg. C.A.M. 172; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia Ci-vil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. B/E 045 770 (02 Febrero)

REMATE

PRIMERA REMATE JUDICIAL

EN LOS SEGUIDOS POR NEIRA MESTAS, ELVIS CARLOS CONTRA PACCORI QUISPE, FRANCISCO SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, EXPEDIENTE N° 00127-2013-0-2802-JP-CI-02, EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO DR. JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, CON INTERVENCION DE LA ESPECIA-LISTA LEGAL DRA. USMELDA VALDIVIA FLORES. HA DISPUESTO QUE EL SUSCRITO MARTILLERO PÚBLICO CON MATRICULA N° 209, SAQUE A RE-MATE EN PRIMERA CONVOCATORIA UN BIEN INMUEBLE UBICADO EN: LOTE 04 MANZANA 40 DEL ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA – PROMUVI IV NUEVO ILO, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPAR-TAMENTO DE MOQUEGUA. CUYA AREA (160.00 M2.) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON LA CALLE 10 CON 8.00 ML: POR LA IZQUIERDA CON EL LOTE 5 CON 20.00 ML; POR LA DERECHA CON EL LOTE 3 CON 20.00 ML; POR EL FONDO CON EL LOTE 6 CON 8.00 ML EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° P08025591 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGIS-TRAL N° XIII, SEDE TACNA. VALOR DE TASACION;

(COMERCIAL): S/ 110,949.94 (CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 94/100 SOLES). BASE DE REMATE: S/ 73,966.63 (CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 94/100 SOLES), EQUIVALENTE A LAS 2/3 PARTES DE LA TASACION. AFECTACIONES: HIPOTECA EN EL ASIENTO 00005, RECTIFICADA EN EL ASIENTO 00007, A FAVOR DE COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA. 103 HASTA POR LA SUMA DE S/ 29,000.00. EMBARGO EN EL ASIENTO 00008 A FAVOR DE CCALLI MAMANI VICTOR, HASTA POR LA SUMA DE S/ 6,000.00 EM-BARGO EN EL ASIENTO 00009 A FAVOR DE JOSE ARNALDO CORNEJO RIVERA, HASTA LA POR LA SUMA S/ 11,431.99. EMBARGO EN EL ASIENTO 00010, A FAVOR DE ELENA ELVIRA SOTA VALDEZ, HASTA POR LA SUMA DE S/ 3,800.00. EN LA PAR-TIDA REGISTRAL N° P08025591 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO. DIA, HORA Y LUGAR DEL RE-MATE: MARTES 13 DE MARZO DE 2018, A HORAS 08:15 AM. EN EL HALL DEL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ILO, UBICADO EN CALLE MATARA N° 325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: LA SUBASTA SE HARA A VIVA VOZ, A CARGO DEL MARTILLERO PUBLICO DR. ASDEL VEGA TIRADO. TELEFONO 999098701, CORREO [email protected]. LOS POSTORES: OBLARAN ANTE EL MARTILLERO PUBLICO NO MENOS DEL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DE LA TASACION EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA (NEGOCIABLE) A SU NOMBRE. DEBEN PRESEN-TAR TASA JUDICIAL (PAGADA EN EL BANCO DE LA NACION). CONSIGNANDO NUMERO DE EXPE-DIENTE, JUZGADO Y DNI (COPIA DEL ARANCEL Y DNI. LOS HONORARIOS SERAN ABONADOS, DE FORMA INMEDIATA, POR EL ADJUDICATARIO MAS EL IGV DE CONFORMIDAD CON LA LEY DEL MARTILLERO PUBLICO Y SU REGLAMENTO. ILO, DICIEMBRE 12 DE 2017. (31 Enero, 01, 02, 05, 06, 07 Febrero).

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: 0039-2018-0-2801-JP-PE-03 noti-fi car al agraviado YULTON TORRES GUTIERREZ la Resolución N° 01 de fecha 29.01.2018, que RESUELVE: Fijar fecha para la realización de la Audiencia Única – Juicio Oral, por faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Culpo-sas, la cual se llevará a cabo el TRECE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en la sala del Despacho de este Juzgado, dejan-do subsistentes los apercibimientos decretados en autos. Moquegua, 30 de Enero del 2018. Erly Alejo Cruz. Juez y el secretario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. (02-05-06 Enero)

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EXPEDIENTE: 009-2018-0-2801-JP-PE-03 notifi car a la imputada NADIA BERROSPI MANCILLA la Re-solución N° 01 de fecha 09.01.2018, que RESUEL-VE: Fijar fecha para la realización de la Audiencia Única – Juicio Oral, por faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, la cual se llevará a cabo el NUEVE DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS, en la sala del Despacho de este Juzgado, dejando subsistentes los apercibimientos decretados en autos. Moque-gua, 30 de Enero del 2018. Erly Alejo Cruz. Juez y el secretario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. (02-05-06 Enero)

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EXPEDIENTE: 17-2018-0-2801-JP-PE-03 notifi car al imputado GUBER EDGAR MAMANI QUISPE la Resolución N° 01 de fecha 12.01.2018, que RE-SUELVE: Fijar fecha para la realización de la Au-diencia Única – Juicio Oral, por faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, la cual se llevará a cabo el CATORCE DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, en la sala del Despacho de este Juzgado, dejan-do subsistentes los apercibimientos decretados

en autos. Moquegua, 30 de Enero del 2018. Erly Alejo Cruz. Juez y el secretario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. (02-05-06 Enero)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: 752-2017-0-2801-JP-PE-03, Notifi -car mediante Edicto al imputado JUAN CARLOS MAMANI MENESES, la Resolución N° 03 de fecha 29.12.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CON-CLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, seguido en contra de Juan Carlos Mamani Meneses en agra-vio de Edgar Mamani Santos por DESISTIMIENTO TÁCITO 2. Disponer el archivo del proceso. Regís-trese y Notifíquese. Moquegua, 31 de enero del 2018. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secretario del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (02-05-06 Enero)

EDICTO PENAL

EXP N° 00582-2017-67-2802-JR-PE-01. Se em-plaza, notifi car a JUAN VICTOR MALDONADO QUISPE, con la RESOLUCIÓN N° 04-2018. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPRO-GRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INME-DIATO, para el día 07 DE MARZO DEL 2018, A LAS 15:00 HORAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Mo-quegua, quedando subsistente los apercibimien-tos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado Reo Au-sente o Contumaz en caso de inasistencia a la au-diencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia, y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fi n que las cédulas de notifi cación dirigido al acu-sado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certifi cadas a ODECMA a fi n que procedan conforme a sus atribuciones. Asimismo la especialista legal deberá levantar la constancia correspondiente a fi n que estén debidamente diligenciados las cédulas de notifi cación dirigida al acusado. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se Noti-fi que al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, vía telefónica, correo electrónico u otro mecanismo dentro del plazo de ley, bajo aperci-bimiento de remitirse copias certifi cadas de los principales actuados a ODECMA a fi n que proce-da conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustifi cada del abogado Lena Guadalupe Cori Humire se le impondrá una multa de dos unidades de refe-rencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abo-gada antes referido, a efecto que procedan con-forme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fi n que proceda confor-me a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: Tenerse por notifi cado a todos las partes asistentes a esta au-diencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (01, 02, 05 Febrero).

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EXP N° 00464-2017-7-2802-JR-PE-01. Se empla-za, notifi car a RAFAEL EDUARDO DIAZ MANTILLA, con la RESOLUCIÓN N° 03¬2018. 3.- SE RESUEL-VE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 12 DE FEBRERO DEL 2018, A LAS 09:00 HO-RAS, en esta misma sala de audiencias, ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dis-puestos en la Resolución 01; asimismo bajo aper-

cibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es ina-plazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado de-fensor bajo apercibimiento de designársele en el acto un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el espe-cialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes agotando todos los mecanismos procesales debiendo levantar las constancias co-rrespondientes debiendo una vez en el día remitir el notifi cador de Lima la cédula en el día y al día siguiente y todos los días hasta que esté debida-mente diligenciado y realice las coordinaciones pertinentes para que la cédula de notifi cación al acusado se haya materializado y no se frustre la presente audiencia, bajo apercibimiento de remitirse copias certifi cadas a ODECMA a fi n que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SE-GUNDO: SE DISPONE se Notifi que al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, asimismo si obra en autos número de celular correo electrónico se notifi que también por dicha vía, debiendo la es-pecialista tomas las previsiones del caso y levan-tar las constancias correspondientes de las noti-fi caciones realizadas por correo electrónico, por vía telefónica conforme a ley, bajo apercibimien-to de remitirse copias certifi cadas de los principa-les actuados a ODECMA a fi n que proceda con-forme a sus atribuciones. Asimismo en caso que el notifi cador de la ciudad de Lima nuevamente no cumpla con notifi car o informar que se haya notifi cado debidamente al acusado se remitirá copias certifi cadas a ODECMA a fi n que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustifi cada del abogado Héctor Acuña Robles se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogado antes referido, a efecto que procedan conforme a sus atribucio-nes; asimismo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fi n que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: Se remita copias certifi cadas a ODECMA en la ciudad de Lima, a fi n que proceda conforme a sus atribuciones conforme se ha señalado en el 3.3 de la presente resolución a fi n que proceda conforme a sus atribuciones. 3.5.- QUINTO: Se exhorta a la especialista legal de este despacho y al asistente judicial que cumplan sus funciones con mayor celo, bajo apercibimiento de remitirse copias certifi cadas a ODECMA a fi n que procedan conforme a sus atribuciones. 3.6.- SEXTO: SE DIS-PONE Tenerse por notifi cado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente reso-lución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (01, 02, 05 Febrero).

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EXPEDIENTE N° 1099-2017-0-2801-JP-PE-03; NO-TIFICA a JUAN CARLOS SANTUYO FERNANDEZ, la Resolución N° 01 de fecha 27.12.2017 que RE-SUELVE: 1. DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral Transacción entre David Oscar Bece-rra Vera pagará los gastos del agraviado Juan Car-los Santuyo Fernández. 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Moquegua, 25 de enero del 2018. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secreta-rio Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (01-02-05 Febrero)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 06-2018-0-2801-JP-PE-03, notifi -car al co-imputado la RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 16.01.2018 que RESUELVE: CITAR en calidad de imputado a DANIEL JESUS MONTES BRAVO e IG-NACIO CHOQUE LOPEZ a la realización del Juicio Oral por la presunta comisión de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, ilí-

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUAViernes, 2 de febrero del 2018

cito previsto y penado en el art. 441, primer párra-fo del Código Penal, para el día OCHO DE FEBRE-RO DEL 2018 A LAS 12:00 HORAS, en el despacho del juzgado, subsistiendo los apercibimientos de la resolución número uno en caso de inasistencia de las partes procesales. Notifíquese. Moquegua, 25 de enero del 2018. Erly Alejo Cruz Juez del Juz-gado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Se-cretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (01-02-05 Febrero)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 1117-2017-0-2801-JP-PE-03, notifi car a DOMINGO PEDRO ZAPATA CUAYLA la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 05.01.2018 que RESUELVE: REQUERIR a la parte CLOTILDE EMI-LIA MOQUILLAZA TORRES y DOMINGO PEDRO ZAPATA CUAYLA, para que dentro del plazo de TRES DÍAS cumpla con presentar el documento que acredite la valorización del daño ocasionado; bajo apercibimiento de declarar NOHA LUGAR a la citación a juicio por la probable comisión de faltas contra el patrimonio - daños. Hágase Saber. Moquegua, 25 de enero del 2018. Elry Alejo Cruz. Juez y el Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Supe-rior de Justicia de Moquegua. (01-02-05 Febrero)

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EXPEDIENTE: 00795-2017-0-2801-JP-PE-03 no-tifi car al imputado MOISES DAMIAN CALIZAYA MAMANI la Resolución N° 04 de fecha 16.01.2018, que RESUELVE: Fijar nueva fecha para la realiza-ción de la Audiencia Única – Juicio Oral, la cual se llevara a cabo el CATORCE DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS, en la sala del Despacho de este Juzgado, dejando subsistentes los apercibimientos decretados en autos. Moque-gua, 25 de Enero del dos mil dieciocho. Erle Alejo Cruz. Juez y el secretario del Juzgado de Paz Le-trado Penal de Mariscal Nieto. (01-02-05 Febrero)

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EXPEDIENTE N° 1079-2017-0-2801-JP-PE-03, NO-TIFICAR al imputado ROLFE JOSE VELASQUEZ CONDORI y PABLO GREGORIO VELASQUEZ FER-NANDEZ: 1. Resolución N° 01 de fecha 27.12.2017 que SE RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO a la parte imputada Rolfe José Velásquez Condori y Pablo Gregorio Velásquez Fernández, por la presunta comisión de Faltas Contra la Persona en la moda-lidad de Lesiones Dolosas, ilícito previsto y pena-do en el artículo 441 del Código Penal, en agravio de Teófi lo Esteba Quispe. 2. DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en con-tra de la parte imputada Rolfe José Velásquez Condori y Pablo Gregorio Velásquez Fernández; 3. Cita a las partes para el Juicio Oral el DOS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HO-RAS, la que se llevará en el despacho de este Juz-gado. Moquegua, 26 de enero del 2018. Erly Alejo Cruz. Juez y Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Supe-rior de Justicia de Moquegua. (01-02-05 Febrero)

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EXPEDIENTE N° 979-2017-0-2801-JP-PE-03; NO-TIFICA a PILAR MADRIAGA ALVAREZ, la Resolu-ción N° 01 de fecha 06.11.2017 que RESUELVE: REQUERIR a Delia Maquera Coayla, Evangelina Vega Huaccha, Pilar Madriaga Alvarez, Angel Cu-rasi Geroma, para que dentro del plazo de CINCO DIAS cumpla con presentar la querella corres-pondiente precisando la intervención del tercero civilmente responsable; bajo apercibimiento , en caso de incumplimiento de disponer DECLARAR NO HA LUGAR a la citación a juicio por faltas de la presente denuncia. Moquegua, 26 de enero del 2018. Erly Alejo Cruz. Magistrado y Secreta-rio Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (01-02-05 Febrero)

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EXPEDIENTE: 001057-2017-0-2801-JP-PE-03 no-tifi car a la imputada MARIA TERESA CASTAÑE-DA TUMBALOBOS la Resolución N° 02 de fecha 18.01.2018, que RESUELVE: Fijar nueva fecha para la realización de la Audiencia Única – Juicio Oral,

la cual se llevará a cabo el CINCO DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS, en la sala del Despacho de este Juzgado, dejando sub-sistentes los apercibimientos decretados en au-tos. Moquegua, 26 de Enero del 2018. Erly Alejo Cruz. Juez y el secretario del Juzgado de Paz Le-trado Penal de Mariscal Nieto. (01-02-05 Febrero)

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EXPEDIENTE N° 961-2017-0-2801-JP-PE-03, notifi -car a DOMINGO PEDRO ZAPATA CUAYLA la RESO-LUCIÓN N° 01 de fecha 05.01.2018 que RESUELVE: NO HA LUGAR a la citación a juicio por la probable comisión de faltas contra el patrimonio - daños, seguida en contra de Nery Palmenia Zuñiga Ve-negas en agravio de José Mamani Neira, dejando a salvo su derecho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente. Hágase Saber. Moque-gua, 26 de enero del 2018. Elry Alejo Cruz. Juez y el Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (01-02-05 Febrero)

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EXPEDIENTE N° 1101-2017-0-2801-JP-PE-03, no-tifi car a Néstor Hilasaca Machaca y Kevin Delber Tarqui Mamani la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 27.12.2017 que RESUELVE: NO HA LUGAR a la citación a juicio por la probable comisión de fal-tas contra el patrimonio - daños, seguida entre Néstor Hilasaca Machaca y Kevin Delber Tarqui Mamani. 2. Disponer EL ARCHIVO de la presente denuncia. Hágase Saber. Moquegua, 26 de enero del 2018. Elry Alejo Cruz. Juez y el Secretario Judi-cial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moque-gua. (01-02-05 Febrero)

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Expediente Nº Expediente Nº 01056-2017-61-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don VICENTE CCOPA JORGE, identifi cado con DNI N° 42820397, fecha de nacimiento 27 de octubre de 1979, natural de Pichacani, Puno, Puno, grado de instrucción secundaria completa, estado civil soltero, hijo de Maximo y Francisca, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 04 de fecha 19 de enero de 2018 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proce-der a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición de este juzgado dentro del horario de jornada laboral a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que infor-me cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Alberto Bonifacio Castillo, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la cita-ción del acusado mediante edictos a fi n de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inme-diato seguido en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a dis-posición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 24 de enero de 2018. (31 Enero y 01 - 02 Enero)

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Expediente N° 917-2017-15-2801-JR-PE-03. TER-CER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MA-RISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifi ca a la acusada CIRILA RAMOS VELASQUEZ, a fi n de que concurra a la sesión de audiencia de Juicio Oral para el DIA SEIS DE MARZO DE 2018 A HORAS 12:00 (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 04 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Avenida Malecón Ribereño s/n (sede del Nuevo Palacio de Justicia de la Corte Superior de Jus-ticia de Moquegua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ O AUSENTE

Y DISPONERSE SU ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL. Todo ello conforme a lo ordenado en el expediente consignado líneas arriba, proceso penal por Lesiones Leves por Violencia Familiar, seguido en contra de Cirila Ramos Velásquez, en agravio de Teófi lo Ccopa Jorge. Regístrese y Há-gase Saber; Juez Luís Antonio Talavera Herrera, Juez Especializado Penal del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto; Abog. Rosario Ce-cilia Vizconde Ramos, Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 29 de enero del 2018. (31 Ene-ro y 01-02 Febrero)

EDICTO PENAL

Expediente Nº 00960-2017-99-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Ma-riscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don RENZO MIRKO FERNANDEZ CHAMBILLA, identifi cado con DNI N° 00795374, fecha de nacimiento 16 de febrero de 1975, natural de Distrito, Provincia y Depar-tamento de Tacna, con de instrucción superior completa, estado civil soltero, hijo de Julia Angela y Cesar Augusto, a efecto de que se ponga a de-recho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 19 de enero de 2018 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción com-pulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición de este juzgado dentro del horario de jornada laboral a efecto de que afron-te la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cum-plimiento del mandato judicial, bajo responsa-bilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado ausente al doctor Jaime Henry Chirinos, quien deberá hacerse cargo de la defensa del ci-tado acusado. SE DISPONE la citación del acusado mediante edictos a fi n de que se ponga a disposi-ción de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado au-sente. Fdo. Claudio Washington Altamirano Belli-do - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Uni-personal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 29 de enero de 2018. (31 Enero y 01-02 Febrero)

EDICTO PENAL

Expediente Nº 00543-2016-68-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don MIGUEL ANGEL RANILLA QUIROZ, identifi cado con DNI Nº 10216557, de 46 años de edad, de sexo masculino, estado civil casado, con secundaria completa, natural de dis-trito, provincia y departamento de Lima, de fecha de nacimiento 13 de diciembre de 1970, hijo de Jaime y Olga, a efecto de que se ponga a dere-cho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 12 de enero de 2018 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción com-pulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, debe-rá ponerlo a disposición del juzgado dentro del horario de jornada laboral a fi n de que afronte la audiencia de juicio oral seguido en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimien-to del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor a la doctora Ma-ría Del Carmen Loza Quiroz, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la ci-tación del acusado contumaz mediante edictos a fi n de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia de Juicio Oral en su contra. SE DISPONE el archivo provisio-nal de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Espe-cialista Legal.- Moquegua, 29 de enero de 2018. (31 Enero y 01-02 Febrero)

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Viernes, 2 de febrero del 2018

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