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2. LA RESTAURACIÓN ECOLÓGICA DE LOS RÍOS 2.1. QUÉ ES LA RESTAURACIÓN ECOLÓGICA DE LOS RÍOS Y SUS RIBERAS La palabra “restauración” alude a la reparación de algo que está dañado o deteriorado. La Real Academia de la Lengua Española define el término de restauración como “la acción y efecto de restaurar”, que a su vez significa “recuperar, recobrar, reparar, renovar o volver a poner algo en el estado o estimación que antes tenía”. Cuando hablamos de restauración de ríos también aludimos a su recuperación o reparación, reconociendo que en la actualidad se encuentran degradados, y que es conveniente mejorar el aspecto y funcionamiento que presentan hoy día, tratando de recuperar el estado que tuvieron en tiempos pasados, que asociamos a una condición más “natural”. De los ríos, igual que de otro tipo de ecosistemas naturales, se pueden recuperar o restaurar distintos tipos de elementos o atributos, según sean los objetivos propuestos. Por ello, en nuestro caso resulta más preciso hablar de “restauración ecológica”, indicando de forma explícita que la finalidad de dicha restauración es la recuperación del funcionamiento ecológico del río y sus riberas, y el logro de una estructura más natural, tal y como establece la Directiva Marco del Agua. Existen muchas definiciones sobre la restauración de los ríos, expresadas por diferentes autores. Así, se puede entender la restauración fluvial como el “reestablecimiento de las funciones acuáticas y las características físicas, químicas y biológicas relacionadas con ellas” (NRC, 1992); “el proceso de reparación del daño causado por el hombre a la diversidad y a la dinámica de los ecosistemas primitivos” (Jordan et al., 1987); el completo retorno de la estructura y el funcionamiento (de los ríos) al estado previo a su perturbación” (Cairns, 1991); o el “fomento de la recuperación, estableciendo el retorno del ecosistema a un estado que asemeja el de sistemas adyacentes no perturbados” (Gore, 1985). Quizás la relación más completa de estos conceptos sea la ofrecida por el Consejo Nacional de Investigación de Estados Unidos (NRC, 1992), que entiende la “restauración” como el retorno de un ecosistema a un estado próximo a la condición previa a su deterioro. Con la restauración, el daño ecológico causado al ecosistema queda reparado; ambos, su estructura y sus funciones son recuperados. Cuando solo se recuperan o recrean las formas sin las funciones, o se reintroducen las funciones atendiendo a una configuración artificial que se asemeja poco al ecosistema natural, no debe entenderse como restauración. El objetivo de esta acción es emular el sistema natural, autorregulado, que existe de forma natural en el contexto geográfico en que aparece. La Sociedad para la Restauración Ecológica extiende estos conceptos, y define la restauración ecológica como “el proceso de asistencia a la recuperación y gestión de la integridad ecológica. La integridad ecológica incluye un rango crítico de variabilidad 1

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Restauración ecológica de ríos y riberas .- Metodología

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2. LA RESTAURACIÓN ECOLÓGICA DE LOS RÍOS 2.1. QUÉ ES LA RESTAURACIÓN ECOLÓGICA DE LOS RÍOS Y SUS RIBERAS La palabra “restauración” alude a la reparación de algo que está dañado o deteriorado. La Real Academia de la Lengua Española define el término de restauración como “la acción y efecto de restaurar”, que a su vez significa “recuperar, recobrar, reparar, renovar o volver a poner algo en el estado o estimación que antes tenía”. Cuando hablamos de restauración de ríos también aludimos a su recuperación o reparación, reconociendo que en la actualidad se encuentran degradados, y que es conveniente mejorar el aspecto y funcionamiento que presentan hoy día, tratando de recuperar el estado que tuvieron en tiempos pasados, que asociamos a una condición más “natural”. De los ríos, igual que de otro tipo de ecosistemas naturales, se pueden recuperar o restaurar distintos tipos de elementos o atributos, según sean los objetivos propuestos. Por ello, en nuestro caso resulta más preciso hablar de “restauración ecológica”, indicando de forma explícita que la finalidad de dicha restauración es la recuperación del funcionamiento ecológico del río y sus riberas, y el logro de una estructura más natural, tal y como establece la Directiva Marco del Agua. Existen muchas definiciones sobre la restauración de los ríos, expresadas por diferentes autores. Así, se puede entender la restauración fluvial como el “reestablecimiento de las funciones acuáticas y las características físicas, químicas y biológicas relacionadas con ellas” (NRC, 1992); “el proceso de reparación del daño causado por el hombre a la diversidad y a la dinámica de los ecosistemas primitivos” (Jordan et al., 1987); el completo retorno de la estructura y el funcionamiento (de los ríos) al estado previo a su perturbación” (Cairns, 1991); o el “fomento de la recuperación, estableciendo el retorno del ecosistema a un estado que asemeja el de sistemas adyacentes no perturbados” (Gore, 1985). Quizás la relación más completa de estos conceptos sea la ofrecida por el Consejo Nacional de Investigación de Estados Unidos (NRC, 1992), que entiende la “restauración” como el retorno de un ecosistema a un estado próximo a la condición previa a su deterioro. Con la restauración, el daño ecológico causado al ecosistema queda reparado; ambos, su estructura y sus funciones son recuperados. Cuando solo se recuperan o recrean las formas sin las funciones, o se reintroducen las funciones atendiendo a una configuración artificial que se asemeja poco al ecosistema natural, no debe entenderse como restauración. El objetivo de esta acción es emular el sistema natural, autorregulado, que existe de forma natural en el contexto geográfico en que aparece. La Sociedad para la Restauración Ecológica extiende estos conceptos, y define la restauración ecológica como “el proceso de asistencia a la recuperación y gestión de la integridad ecológica. La integridad ecológica incluye un rango crítico de variabilidad

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en la biodiversidad, en las estructuras y procesos ecológicos, en el contexto regional e histórico, y en las prácticas culturales sostenibles” (Society for Ecological Restoration, 1996). Más recientemente, se ha adoptado una definición asumida por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, que considera la “restauración ecológica como el proceso de asistencia a la recuperación de un ecosistema que ha sido degradado, dañado o destruido” (SER, 2002).

Atendiendo a estas definiciones, y de una forma sencilla y muy concreta, podríamos definir la restauración fluvial como el “conjunto de actividades encaminadas a devolver al río su estructura y funcionamiento como ecosistema, de acuerdo a unos procesos y una dinámica equivalentes a las condiciones naturales, o que establecemos como de referencia del buen estado ecológico”.

Hay dos aspectos que destacan por su importancia en este concepto de restauración ecológica de los ríos. En primer lugar, a través del proceso de la restauración el río recupera algo que era suyo, que formaba parte de su estructura y funcionamiento como ecosistema natural, y que por diferentes motivos lo ha perdido o se ha deteriorado, degradado, etc. Y en segundo lugar, la restauración ecológica pretende conseguir que el río se aproxime a su estado natural, lo que requiere que dicho estado se conozca o defina previamente, como una condición de referencia a seguir en las actuaciones propuestas de restauración, que debe estar avalada por una documentación histórica con base científica.

La restauración de los ríos surge como una necesidad ante el deterioro

progresivo de los ecosistemas fluviales, y hoy día es una actividad que forma parte de la gestión de los ríos y sus recursos hídricos en un número cada vez mayor de países y regiones.

Si bien la actividad de la restauración ecológica todavía está en el ámbito del

“arte”, con muchas incertidumbres en cuanto a la respuesta de los ríos a las distintas intervenciones, se va disponiendo ya de muchos ejemplos y experiencias llevadas a cabo en diferentes países europeos y de Norte América, que permiten valorar los logros obtenidos, no sólo en los aspectos estéticos y de mejora del entorno, sino también en el funcionamiento hidrológico y ecológico de los tramos fluviales restaurados, en la mejora de la cantidad y calidad de los recursos fluviales y en el potencial de uso para las poblaciones ribereñas.

En la figura 2.1 se pueden observar diferentes proyectos de restauración

realizados en ríos alemanes. En estos ejemplos se puede comprobar cómo después de las intervenciones el río ha ganado en espacio fluvial, dinámica geomorfológica, heterogeneidad de condiciones hidráulicas, diversidad de hábitats, etc., siendo evidente que su funcionamiento como ecosistema resulta ahora, después de su restauración, más próximo al natural que el que tenía cuando se encontraba canalizado, rectificado, con las orillas rígidas, sin vegetación arbórea o arbustiva, etc.

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Figura 2.1.- Ejemplos de restauración de ríos en Alemania, indicando el “antes” a la izquierda y el “después” a la derecha. En todos ellos el río gana en espacio, heterogeneidad y biodiversidad después de las actuaciones, perdiendo la rigidez del diseño primitivo y ganando en dinámica de los procesos de erosión y sedimentación. 2.2. INTERVENCIONES ALTERNATIVAS A LA RESTAURACIÓN ECOLÓGICA PARA LA MEJORA AMBIENTAL DE LOS RÍOS

Las posibilidades que existen para la mejora ambiental de los ríos degradados son muy amplias, y como hemos comentado, la restauración ecológica es la más ambiciosa en este sentido, pues es la que trata de recuperar el estado primitivo del río, anterior a su degradación.

Sin embargo, por diferentes motivos no siempre es posible, o conveniente,

proceder a la restauración y recuperación del estado natural de los ríos. La degradación de los ríos responde a un efecto acumulativo en el tiempo y en el espacio, procedente de numerosas actividades humanas llevadas a cabo a lo largo de los años en diferentes puntos de la cuenca vertiente, y en diferentes sectores de su red de drenaje. En muchos casos sería excesivamente difícil y costoso eliminar o disminuir la intensidad de las presiones existentes dado el modelo de desarrollo económico que las sustenta, o las demandas de recursos naturales por parte de las poblaciones humanas para el consumo doméstico, el desarrollo rural, urbanístico, de infraestructuras de transporte, etc.

Por ello, y sin renunciar a las posibilidades de llevar a cabo una verdadera

restauración ecológica de los ríos, al menos de algunos de ellos, se pueden plantear otros tipos de intervenciones más modestas, siempre positivas, con las que se inicie el proceso de recuperación del ecosistema fluvial aceptando una cierta limitación a su funcionamiento natural, o ciertos cambios o artificialidad en la imagen objetivo a conseguir respecto al estado primitivo.

En este sentido, y valorando siempre la mejora que puede alcanzarse en el estado

ecológico de los ríos con cualquiera de las actuaciones propuestas, es importante diferenciar el significado técnico de la terminología utilizada, con el fin de unificar los criterios y objetivos establecidos en cada caso, y dar a conocer de forma explícita lo que se pretende conseguir con los distintos tipos de intervenciones (ver Waal et al., 1998; Bradshaw, 2002; González del Tánago, 2004; Mitsch & Jorgensen, 2004; etc.).

Con la “restauración” se pretende lograr un estado del río próximo al natural y

que entendemos como “buen estado ecológico”, donde sólo se admiten bajos niveles de distorsión por actividades humanas, poniendo énfasis en el resultado final que se conoce o define a través de referencias concretas.

Con otro tipo de intervenciones, como rehabilitación, mejora…, se hace mayor

hincapié en el proceso mismo de recuperación o mejora respecto a la situación actual, pero no se precisa tanto el estado final del río, que a priori se asume que va a ser distinto al que se considera primitivo o natural, al mantener determinadas presiones e impactos de origen antrópico, pero siempre mucho mejor que el que existe hoy día.

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La “rehabilitación” (rehabilitation) de los ríos implica la recuperación de un funcionamiento más natural, con una tendencia a conseguir que el río rehabilitado se vaya haciendo cada vez más similar al río que fue anteriormente a su degradación, reconociendo en ello ciertas limitaciones impuestas por las presiones existentes.

La “remediación” (remedation) es otro tipo de intervención que significa la

“rectificación, aplicación de un remedio para la mejora” de la condición actual, y se emplea con mayor frecuencia en los casos en que se parte de un nivel de degradación muy intenso, cuando se reconoce que únicamente se inicia el proceso hacia una recuperación con escasos logros a corto plazo, dando una gran importancia al proceso en sí, más que al estado que se va alcanzando y mejorando gradualmente, que se desconoce o es muy incierto.

La “mejora” (enhancement) significa un aumento del valor del río pero no

necesariamente de acuerdo a la recuperación de su funcionamiento ecológico, sino más bien enfocado a la mejora de su aspecto estético, al incremento de su estructura o diversidad física, etc., sin que los elementos mejorados de dicha estructura sean una consecuencia del funcionamiento del propio río (ej. mejora del hábitat piscícola o valor para albergar una determinada especie).

Los trabajos de “adecuación” o “acondicionamiento” de los ríos implican un

enfoque encaminado a potenciar un determinado uso del río, siendo muy frecuente en este sentido la adecuación recreativa de las riberas, o el acondicionamiento del cauce para mejorar su acceso a los diferentes usos, entre ellos el baño, la pesca, la piragua, deportes de aventura, etc.

La “mitigación” (mitigation) es otro tipo de intervención que se realiza en el

ámbito de la restauración ecológica, y representa la moderación o disminución de la intensidad de los efectos que se consideran nocivos para los ecosistemas, y que son causados por determinadas actuaciones humanas. La mitigación de tales efectos implica muchas veces la “substitución” (replacement) de un ecosistema por otro, lo que significa la creación o fomento de un ecosistema equivalente pero distinto que substituye al primitivo, aceptando que éste último ya no se podrá mantener o conseguir con las actividades humanas existentes, como sucede en los tramos fluviales declarados “masas de agua fuertemente modificadas” según la Directiva Marco del Agua.

Si bien el nombre del proyecto no modifica la realidad de su contenido,

consideramos que es importante conocer el significado de los distintos términos utilizados con más frecuencia en el ámbito de la restauración ecológica, y definir el título de los proyectos correctamente de acuerdo a sus objetivos y propuestas.

Con todas estas intervenciones alternativas a la restauración ecológica

propiamente dicha se consigue mejorar el estado actual de los ríos y sus riberas, alcanzando unos objetivos más o menos ambiciosos según los casos. No obstante, y aunque el tipo de río alcanzado difiera de lo que podríamos considerar “natural”, es necesario resaltar el interés de su realización, por diferentes motivos.

Simultáneamente a la mejora ambiental o simplemente estética del río se

consiguen otros efectos muy positivos, tales como poner en evidencia la degradación de los ríos, llamar la atención hacia la necesidad de su mejora y restauración, facilitar el

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acercamiento y la valoración del río a los diferentes colectivos sociales, fomentar un respeto hacia los sistemas naturales cuando se abordan determinados usos del territorio, etc. Con ello se eleva progresivamente el grado de sensibilización de la Sociedad hacia los temas ambientales, se contribuye a la mejora de su educación ambiental, y se fomentan las medidas preventivas para evitar futuras degradaciones o impactos por nuevas actuaciones humanas, promoviendo la protección y conservación de los ríos y sus riberas a medio y largo plazo.

2.3. OBJETIVOS DE LA RESTAURACIÓN DE LOS RÍOS Objetivo general En las definiciones anteriormente expuestas se indica claramente que el objetivo general de la restauración ecológica de los ríos es “lograr el retorno del funcionamiento de estos ecosistemas a un estado más natural o equivalente al que tenían antes de su deterioro”. Objetivos particulares Dicho objetivo general engloba otros objetivos más particulares, que podrían enunciarse como sigue: 1º.- Recuperar los procesos fluviales con los que el río pueda reconstruir su dinámica y un funcionamiento más próximo al natural o de referencia. Con la restauración de los ríos se pretende no tanto reconstruir directamente la estructura del ecosistema, como recuperar el funcionamiento que genera dicha estructura. Se trata de reconstruir los procesos fluviales ligados fundamentalmente a la variabilidad del régimen de caudales y sedimentos, y a la dinámica geomorfológica ligada a dicha variabilidad, que van a generar la diversidad de los hábitats y permitir y mantener la regeneración natural de las comunidades biológicas. 2º.- Lograr que el río aumente su resiliencia frente a las perturbaciones naturales y antrópicas. La “resiliencia”, o la estabilidad relativa de un sistema, es la capacidad o velocidad a la que un ecosistema vuelve a un estado de referencia dinámico después de una perturbación temporal de origen natural y/o humano. La resiliencia es inversamente proporcional al tiempo que transcurre o que el ecosistema necesita para recuperar su estado de referencia, desde que cesa la perturbación. Los ríos están sometidos periódicamente, de forma natural, a una serie de eventos extraordinarios que podríamos considerar “perturbaciones”, que cambian de manera significativa las condiciones físicas y biológicas del tramo afectado. En condiciones de integridad y “salud” del ecosistema fluvial, tras dichas perturbaciones se

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ponen en marcha diferentes procesos y mecanismos por los cuales el sistema recupera gradualmente un estado equivalente al anterior, alcanzando un nuevo equilibrio dinámico. Cuando los ríos se degradan, van perdiendo esta capacidad de recuperación natural frente a las perturbaciones, agotándose su capacidad de autodepuración de las aguas, su energía para crear nuevos hábitats y regenerar la vegetación riparia, su potencial para la limpieza de los materiales finos y reconstrucción de los frezaderos, etc., como consecuencia de una falta de caudales circulantes, un exceso de contaminación, falta de poblaciones indígenas que generen semillas, larvas, material de deriva, etc. Con la restauración ecológica se pretende fomentar en los ríos su capacidad natural de recuperación, dotándoles de la materia y energía necesarias para efectuar por sí mismos dicho trabajo de reconstrucción del funcionamiento y estructura fluvial, después de cada evento extraordinario o perturbación de origen natural o antrópico. 3º.- Fomentar la creación de una estructura sostenible y compatible con los usos del territorio y los recursos fluviales acordados por la Sociedad. En esta recuperación de los ecosistemas fluviales no se trata de excluir la posibilidad de aprovechamiento por parte del hombre de los recursos naturales que ofrecen, sino más bien de adecuar dicho aprovechamiento a lo que los sistemas fluviales necesitan para su mantenimiento, sin alterar su integridad ecológica. En este sentido, consideramos que un río tiene “integridad” si es capaz de mantener su estructura y funcionamiento en el marco de unas condiciones ambientales cambiantes por causas naturales o antrópicas (Kay, 1991). Con la restauración de los ríos se trata de que los ríos sigan manteniendo sus funciones ecológicas, al mismo tiempo que se hace posible la utilización de la llanura de inundación en un grado compatible con la dinámica fluvial, el aprovechamiento de los recursos hídricos en cantidad y época compatibles con el mantenimiento de las poblaciones piscícolas, el uso recreativo de las riberas manteniendo la regeneración natural de su vegetación, etc. 4º.- Recuperar la belleza y capacidad de evocación de los ríos y sus riberas, así como la relación afectiva del hombre con su territorio y paisaje fluvial. La restauración de los ríos no sólo trata de recuperar los procesos y funcionalidad ecológica del sistema fluvial, sino que al mismo tiempo pretende dotar al río de los mecanismos necesarios para que vuelva a recuperar su dinamismo y “belleza de lo natural”, su vitalidad y capacidad de evocación, que son tan necesarios para el desarrollo de la creatividad intelectual y artística, y para el bienestar y calidad de vida de las poblaciones ribereñas. Tradicionalmente la presencia de cursos de agua naturales ha sido clave para la selección de asentamientos y desarrollos urbanos, y ha existido una relación afectiva entre la población y “su” río, centrando en el espacio más próximo al curso de agua el

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desarrollo de actividades lúdicas desde la infancia. Hoy día, tras la fuerte alteración de la estructura y funcionamiento de los ríos en los tramos urbanos, habiendo sido en muchos casos regulados, canalizados, entubados, etc., hay que recuperar en la medida de lo posible su estética ecológica, la identidad de los ríos ligada a la historia de cada pueblo, y la posibilidad de experiencias y vivencias personales que forman parte de nuestro desarrollo intelectual y emocional, y que fueron posibles en los alrededores de los cauces y sus riberas antes de su degradación (González del Tánago y García de Jalón, 2004). 5º.- Cumplir con los requisitos de la Directiva Marco del Agua Finalmente, la restauración de los ríos es una labor que hay que abordar para dar cumplimiento a la Directiva Europea Marco del Agua y alcanzar el “buen estado ecológico” de las masas de agua en los plazos previstos. Cada Estado miembro de la Comunidad Europea tiene que diseñar y proponer una serie de medidas para mejorar el estado actual de los ríos y sus riberas, siempre que éste se aleje del estado considerado de referencia, según la tipología del tramo fluvial correspondiente. En este sentido, la restauración de los ríos es una tarea necesaria y urgente en nuestro país, y en el momento actual no sólo se aborda para recuperar la funcionalidad ecológica de los ríos, y con ello la posibilidad de mantener los bienes y servicios que recibimos de ellos, sino como una acción de obligado cumplimiento, ante unas normativas europeas que ponen en evidencia el interés de conservar el medio natural para la propia supervivencia de las comunidades humanas.

2.4. ESTRATEGIAS PARA LA CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS Son muchas las estrategias que se pueden diseñar para llevar a cabo la restauración ecológica de los ríos y conseguir el cumplimiento de los objetivos anteriormente enunciados. Dichas estrategias, como conjunto de actuaciones y políticas para el logro del “buen estado ecológico” de los ríos, deben estar basadas en los principios científicos que rigen su funcionamiento como ecosistemas, procedentes del ámbito de la Hidrología, la Geomorfología e Hidráulica fluvial, la Ecología, Biología relativa a la fauna y flora acuáticas y de riberas, etc. Son estos principios científicos los que deben inspirar las técnicas a seguir en las actuaciones a realizar en cada caso, eligiendo los procedimientos, materiales y herramientas más adecuados para alcanzar los objetivos propuestos. Pero también estas estrategias de restauración ecológica de los ríos deben estar inspiradas en unos criterios socio-económicos diferentes en cada región o país, y en el bagaje histórico y cultural existente en cada río y cuenca vertiente. El estado actual de

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los ríos no es únicamente producto de una serie de factores físicos, procesos hidrológicos, ecológicos…, sino que en dicho estado ha influido, a lo largo del tiempo, la relación del hombre con el río, los usos y costumbres tradicionales en el paisaje, las actividades económicas, culturales y recreativas, que es necesario tener en cuenta en su restauración.

Finalmente, el concepto de sostenibilidad debe estar presente en todas las

actuaciones llevadas a cabo en relación con la restauración y conservación de los ríos, y en este sentido es interesante resaltar la obligación moral que tiene cada generación con las que le siguen, de permitir el uso y disfrute de los ecosistemas naturales en la misma medida en que ella lo hace, asegurando la calidad de los recursos naturales y las posibilidades de aprovechamiento para su desarrollo.

Con la restauración ecológica de los ríos debemos conseguir la restauración de

los procesos naturales, el funcionamiento de los ríos como ecosistemas, pero también la restauración de los sentimientos y relaciones afectivas de las poblaciones ribereñas con sus ríos y su paisaje fluvial, y la posibilidad de que este “capital natural” pueda ser dejado como herencia a las generaciones próximas.

Atendiendo a estos principios, y tratando de establecer prioridades en el ámbito

de la restauración de los ríos y sus riberas, podríamos considerar que la actividad más urgente de realizar hoy día es la de “conservar los tramos que en la actualidad presentan mejor estado ecológico”, evitando todo deterioro o desarrollo de actividades en su cuenca vertiente que puedan suponer una causa de deterioro, o un aumento de la intensidad de las presiones existentes. En segundo lugar, también es prioritario proceder a “proteger los ríos o tramos fluviales más amenazados” por presiones derivadas de cambios en la política agraria, urbanística y recreativa, entre otros, estableciendo las medidas de índole económica, legislativa o de gestión administrativa necesarias para ello.

Y por último, una vez asegurada la conservación de los ríos que todavía existen en condiciones próximas a las naturales, y la protección de los tramos fluviales que estando en buen estado ecológico se encuentra amenazados, es necesario proceder a “restaurar los ríos alterados, rehabilitar los tramos más degradados, y mejorar ambientalmente las masas de agua muy modificadas”, tratando de conseguir gradualmente la recuperación de su funcionamiento como ecosistemas, y la reconstrucción de su biodiversidad. 2.5. PROCESOS Y ATRIBUTOS DE LOS RÍOS QUE SE DEBEN RESTAURAR Como se representa en la figura 2.2., los ríos se configuran a partir de un funcionamiento hidrológico de su cuenca vertiente, donde intervienen los usos del suelo y la gestión de los recursos hídricos. Dicho funcionamiento hidrológico determina el régimen de caudales y la cantidad de sedimentos que circulan por los cauces fluviales, y éstos a su vez son los que establecen las dimensiones de su morfología longitudinal y

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transversal, así como la conexión con los flujos subsuperficiales y subterráneos del medio hiporreico.

A partir de las características morfológicas de los ríos, de los flujos de agua y de los sedimentos que por ellos circulan, se crean los hábitats fluviales con distintas condiciones hidráulicas de substrato, vegetación…, sobre los que se asientan las diferentes comunidades acuáticas y de ribera, distintas en cada tramo según las características de dichos hábitats y las condiciones que derivan de su cuenca vertiente.

Figura 2.2.- Elementos de configuración de los ecosistemas fluviales, indicando a qué factores deben ir dirigidas las actuaciones de restauración.

La restauración ecológica de los ríos debe atender a la mejora y recuperación de los procesos hidrológicos (régimen de caudales y sedimentos) y geomorfológicos (erosión y sedimentación) que generan los respectivos hábitats fluviales, esperando que con ellos sea el propio río el que reconstruya la estructura biológica y su diversidad.

Para ello es necesario, en primer lugar, dotar al río de suficiente espacio para

que puedan desarrollarse ampliamente los procesos fluviales mencionados y se recuperen las formas primitivas de su trazado y secciones transversales; y en segundo lugar, es necesario permitir que por el cauce circule un régimen de caudales adecuado en cantidad y calidad, y una carga de sedimentos apropiada para reconstruir una morfología estable, donde se mantengan los hábitat adecuados para las comunidades biológicas naturales de cada tramo.

En muchos casos, también va a ser necesario llevar a cabo diferentes

actuaciones en la cuenca vertiente, que traten de mejorar su funcionamiento hidrológio y el balance de escorrentías y sedimentos para reducir las presiones

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existentes en los ríos. Y, finalmente, para alcanzar el buen estado ecológico de los ríos y su complejidad biológica, siempre va a ser necesario dejar pasar el tiempo, dando oportunidad a las sucesivas avenidas y estiajes para que remodelen las formas, se vayan configurando los respectivos hábitat físicos, desarrollando los procesos de colonización y regeneración de la vegetación riparia, del bentos y orillas del cauce, comunidades piscícolas, fauna silvestre asociada al río y demás, y surjan una serie de relaciones entre ellas que incrementen progresivamente la complejidad física y biológica del río, y su diversidad (ver figura 2.3).

Figura 2.3.- Actuaciones necesarias para la restauración de los ríos, dando espacio y tiempo suficientes para la recuperación de los hábitat y comunidades biológicas.

2.6. RELACIONES BIBLIOGRÁFICAS Bradshaw, A.D. 2002. Introduction and philosophy. En: Perrow, M.R. & A.J. Davy (eds.), Handbook of Ecological Restoration. Vol. I: Principles of Restoration:3-9. Cambridge University Press, UK. Cairns, J. 1991.The status of the theoretical and applied science of restoration ecology. The Environmental Professional, 13: 186-194. González del Tánago, M. 2004. Restauración de los ríos: Conceptos, Objetivos y Criterios de actuación. En: Cachón de Mesa, J. y T. López-Piñeiro (eds.), Congreso de Restauración de Ríos y Humedales: 15-31. Publ. CEDEX, Madrid.

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González del Tánago, M. y D. García de Jalón. 2004. Ecological aesthetics of river ecosystem restoration. En:. H. Strelow, V. David y H. Prigann (eds.), Ecological Aesthetics, 188-201. Birkhäuser Publ., Basel. Gore, J.A. 1985. Introduction. En: J.A. Gore (ed.), The Restoration of Rivers and Streams, vii-xii. Butterworth Publishers, Boston. Jordan, WR., Gilpin, M.E. & J.D. Aber. 1987. Restoration Ecology: Ecological restoration as a technique for basic research. En: Restoration Ecology, W.R. Jordan, M.E. Gilpin & J.D. Aber (eds.): 3-21, Cambridge, Cambridg University Press. Kay, J.J. 1991. A nonequilibrium thermodynamic framework for discussing ecosystem integrity. Environmental Management, 15: 483-495. Mitsch, W.J. y S.E. Jorgensen. 2004. Ecological Engineering and Ecosystem Restoration. John Wiley & sons, New Jersey. NRC (National Research Council). 1992. Restoration of Aquatic Ecosystems. National Academy Press, Washington D.C. SER (Society for Ecological Restoration). 1996. Ecological Restoration: Definition. http://www.ser.org. SER (Society for Ecological Restoration) 2002. SER Primer on Ecological Restoration. Working Group. www.ser.org. Waal, L..C., A.R.G. Large & P.M. Wade (eds.). 1998. Rehabilitation of Rivers. John Wiley & sons, Chichester. IDEAS CLAVE:

1- La restauración de los ríos significa recuperar los procesos fluviales naturales, y con ellos su funcionamiento ecológico y las formas y comunidades biológicas primitivas del cauce y sus riberas.

2- La restauración de los ríos es necesaria no sólo para mejorar su funcionamiento

ecológico, sino también para mejorar la calidad de los recursos naturales que ofrecen y disminuir el riesgo hidrológico de las avenidas.

3- La belleza natural de los ríos y su capacidad de evocación son necesarias para el

desarrollo de la creatividad intelectual y artística del hombre, y para el bienestar y calidad de vida de las poblaciones ribereñas.

4- La restauración de los ríos exige la recuperación del régimen de caudales y la

continuidad de los flujos de agua y sedimentos desde su nacimiento hasta su desembocadura.

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5- Para restaurar los ríos es necesario dotar al cauce de suficiente espacio para

ajustar su forma y trazado, alejando las ocupaciones de las riberas y llanuras de inundación, y esperar el tiempo suficiente para la remodelación de los hábitat y la regeneración natural de las comunidades biológicas.

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