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Ley del 15 de Abril de 1985 Tel/fax: 4269984 COCHABAMBA • BOLIVIA ORDENANZA MUNICIPAL 060/2013 CONCEJO MUNICIPAL DE COLCAPIRHUA VISTOS: Los antecedentes relativos al proyecto de "Reglamento para la Administración de Pozos para Riego Agrícolas-en el Município de Colcapirhua" presentado por el Ejecutivo Municipal. CONSIDERANDO 1: Que, al caracterizarse el Municipio de Colcapirhua por tener zonas preeminentemente agrlcolas y habiéndose ejecutado en el marco del proyecto MIAGUA por parte del Gobierno Autónomo Municipal y el FPS, la perforación de pozos para riego en beneficios de las familias dedicadas a la producción agrícola del Municipio de Colcapirhua. CONSIDERANDO 11: !lO ~ Que, el Art. 302 núm. 5 de la Constitución Política del Estado dispone: "Preservar, conservar y contribuir a la ":.protección delrríedio ambiente y recursos naturales ..." -~ ~ .• ::\ . ...•••.. ';:\ ~ I "\ j~,':. ,;'2ue, el Parágrafo I del Artículo 373 de la Constitución Política del Estado, dispone que el agua constituye un \ '.~.~' '~erecho fundamentalísimo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo. El Estado promoverá el uso ~.: ~'. i.\acceso al agua sobre la base de principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, '~ . .~, '!:ct~ersidad y sustentabilidad. El Parágrafo I del Articulo 374 del Texto Constitucional, dispone que el Estado _ ,) '\~ /I\~tegerá y garantizará el uso prioritario del agua para la vida. Es deber del Estado gestionar, regular, .. '\ , ;P~"teger y planificar el uso adecuado y sustentable de los recursos hídricos, con participación '",\,' s8 'ial, garantizando el acceso al agua a todos sus habitantes. La ley establecerá las condiciones y '\\. limi ciones de todos los usos. \ Que, el Art. 89 numeral 3 inc. a) de la Ley N"031 Marco de Autonomlas y Descentralización señala como una competencia de los Gobiernos Municipales Autónomos: "Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de riego y micro riego de manera exclusiva o concurrente, y coordinada con el nivel central del Estado y entidades territoriales autónomas en coordinación con los pueblos indlgena originario campesinos." <., __ Que, el Art. 13 núm. 2 inc. e) de la Ley N" 144 dispone que dentro de la políticas de fortalecimiento de la base productiva, se promoverá el aprovechamiento y uso sostenible del agua para la producción de alimentos de acuerdo a las prioridades y potencialidades productivas de las diferentes zonas, mediante: "El fortalecimiento de la autogestión de sistemas de aprovechamiento y manejo de agua tOllo fines de producción agropecuaria ..." Que, el Art. 85 de la Ley N" 2028 establece que Los bienes de dominio público corresponden al Gobierno Municipal y son aquellos destinados al uso irrestricto por parte de la comunidad; son inalienables, .•.• imprescriptibles e inembargables. ~ ~lla Ley N° 2878 de 8 de octubre de 2004 - Ley de Promoción y Apoyo al Sector Riego para la ~ ~ucción Agropecuaria y Forestal, establece las normas generales que regulan el aprovechamiento ~~enible de los recursos hldricos en las actividades del riego para la producción agropecuaria y forestal, su !P~llica, el marco institucional, regulación y de gestión de riego, para otorgar y reconocer derechos, ::blecer obligaciones y garantizar la seguridad de las inversiones comunitarias, familiares, públicas y ~~~das. Asimismo lo dispuesto por el D.S. N" 28819,2 de agosto de 2006. ~ "'8i, . ~ Q~, conforme a lo establecido por el articulo 5 núm. 1 del Reglamento Interno del Honorable Concejo \ '" Municipal de Colcapirhua, constituye una de las atribuciones del Concejo Municipal, "Aprobar su reglamento interno y otros instrumentos normativos ... " Que, el Art. 12 de la Ley N°2028, señala que el Concejo Municipal es la máxima autoridad del Gobierno Municipal; constituye el órgano representativo, deliberante, normatívo y fiscalizador de 12 gestión municipal, teniendo entre sus atribuciones, dictar Ordenanzas Muniéípales como normas generales del Municipio. PORTANTd: El Honorable Concejo Municipal de Colcapirhua, en uso de sus atribuciones confeldm. por .I.~Constitución Poíltica del Estado, la Ley de Municipalidades, Ley N" 031 Y Reglamento Interno del H. Concejo Municipal de Colcapirhua, dicta la presente: '. " ~.~~~ ~ ~

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Ley del 15 de Abril de 1985Tel/fax: 4269984

COCHABAMBA • BOLIVIA

ORDENANZA MUNICIPAL N° 060/2013CONCEJO MUNICIPAL DE COLCAPIRHUA

VISTOS:

Los antecedentes relativos al proyecto de "Reglamento para la Administración de Pozos para RiegoAgrícolas-en el Município de Colcapirhua" presentado por el Ejecutivo Municipal.

CONSIDERANDO 1:

Que, al caracterizarse el Municipio de Colcapirhua por tener zonas preeminentemente agrlcolas yhabiéndose ejecutado en el marco del proyecto MIAGUA por parte del Gobierno Autónomo Municipal y elFPS, la perforación de pozos para riego en beneficios de las familias dedicadas a la producción agrícola delMunicipio de Colcapirhua.

CONSIDERANDO 11:• !lO

~ Que, el Art. 302 núm. 5 de la Constitución Política del Estado dispone: "Preservar, conservar y contribuir a la":.protección delrríedio ambiente y recursos naturales ..."-~

~.•::\. ...•••.. ';:\ ~I "\ j~, ':. ,;'2ue, el Parágrafo I del Artículo 373 de la Constitución Política del Estado, dispone que el agua constituye un\ '.~.~' '~erecho fundamentalísimo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo. El Estado promoverá el uso

~.: ~'. i.\acceso al agua sobre la base de principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad,'~ . .~,'!:ct~ersidad y sustentabilidad. El Parágrafo I del Articulo 374 del Texto Constitucional, dispone que el Estado_ ,) '\~ /I\~tegerá y garantizará el uso prioritario del agua para la vida. Es deber del Estado gestionar, regular,

.. '\ , ;P~"teger y planificar el uso adecuado y sustentable de los recursos hídricos, con participación'",\,' s8 'ial, garantizando el acceso al agua a todos sus habitantes. La ley establecerá las condiciones y

'\\. limi ciones de todos los usos.

\ Que, el Art. 89 numeral 3 inc. a) de la Ley N"031 Marco de Autonomlas y Descentralización señala comouna competencia de los Gobiernos Municipales Autónomos: "Elaborar, financiar y ejecutar proyectos deriego y micro riego de manera exclusiva o concurrente, y coordinada con el nivel central del Estado yentidades territoriales autónomas en coordinación con los pueblos indlgena originario campesinos."

<., __Que, el Art. 13 núm. 2 inc. e) de la Ley N" 144 dispone que dentro de la políticas de fortalecimiento de labase productiva, se promoverá el aprovechamiento y uso sostenible del agua para la producción dealimentos de acuerdo a las prioridades y potencialidades productivas de las diferentes zonas, mediante: "Elfortalecimiento de la autogestión de sistemas de aprovechamiento y manejo de agua tOllo fines de producciónagropecuaria ..."

Que, el Art. 85 de la Ley N" 2028 establece que Los bienes de dominio público corresponden al GobiernoMunicipal y son aquellos destinados al uso irrestricto por parte de la comunidad; son inalienables,

.•.• imprescriptibles e inembargables.

~ ~lla Ley N° 2878 de 8 de octubre de 2004 - Ley de Promoción y Apoyo al Sector Riego para la~ ~ucción Agropecuaria y Forestal, establece las normas generales que regulan el aprovechamiento

~~enible de los recursos hldricos en las actividades del riego para la producción agropecuaria y forestal, su!P~llica, el marco institucional, regulación y de gestión de riego, para otorgar y reconocer derechos,

::blecer obligaciones y garantizar la seguridad de las inversiones comunitarias, familiares, públicas y~~~das. Asimismo lo dispuesto por el D.S. N" 28819,2 de agosto de 2006.

~ "'8i, .~ Q~, conforme a lo establecido por el articulo 5 núm. 1 del Reglamento Interno del Honorable Concejo

\ '" Municipal de Colcapirhua, constituye una de las atribuciones del Concejo Municipal, "Aprobar su reglamentointerno y otros instrumentos normativos ... "

Que, el Art. 12 de la Ley N°2028, señala que el Concejo Municipal es la máxima autoridad del GobiernoMunicipal; constituye el órgano representativo, deliberante, normatívo y fiscalizador de 12 gestión municipal,teniendo entre sus atribuciones, dictar Ordenanzas Muniéípales como normas generales del Municipio.

PORTANTd:

El Honorable Concejo Municipal de Colcapirhua, en uso de sus atribuciones confeldm. por .I.~ConstituciónPoíltica del Estado, la Ley de Municipalidades, Ley N" 031 Y Reglamento Interno del H. Concejo Municipal deColcapirhua, dicta la presente: '.

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Ley del 15 de Abril de 1985Tellfax: 4269984

COCHABAMBA - BOLIVIA

ORDENANZA

ARTíCULO PRIMERO.- Se APRUEBA el REGLAMENTO PARA lA ADMINISTRACION DE POZOS PARARIEGO AGRICOlAS EN El MUNICIPIO DE COlCAPIRHUA, en sus once capltulos, veintisiete artículos ycuatro disposiciones finales. ,.ARTíCULO SEGUNDO.- Queda encargado de la promulgación y posterior publicación el EjecutivoMunicipal, en su condición de Máxima Autoridad Ejecutiva, debiendo considerar el artículo precedente.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLlQUESE y CUMPlASE

Es dada en la sala de sesiones del H. Concejo Municipal de Colcapirhua, a los Cuatro dias del mes deSeptiembre del año Dos Mil Trece.

-~¿:#:;",.44-" ..-- t /

1~rrfyguti6rez 'InuuüPRESIDENTA

CONCEJO MUNICIPALGOO:E,lIr.JAU;~:1oIUHIC1I\\lreClX.CAP'/iltll

••

A, 09 de septiembre de 2013Cúmplase con las disposiciones contenidas en la presenteORDENANZA MUNICIPAL N° 060/2013 Ysea mediantelas instancias que correspondan Publíquese, Cúmplase yArchívese.

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Reglamento pata la Administración de POZOl; para Riego. Agrlcolas en el Municipio de C~lcapjrhua ••

GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COLCAPIRHUA

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• ••

REGLAMENTO PARA LAADMINISTRACION DE POZOSPARA RIEGO AGRICOLA EN .

EL MUNICIPIO DE • • :COLCAPIRHUA

.....••--~..------- ..•..GESTION 2013

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Reglamento para la Administración de Pozos para Riego Agricolas en el Municipio de Colcapirhua

REGLAMENTO PARA lA ADMINISTRACiÓN DE POZOS PARA RIEGOAGRíCOLAS EN El MUNICIPIO DE COlCAPIRHUA

Todos los pozos de rie~o agrícolas actuales y en proyecte dentro la jurisdicti~, de Colcapirhua,para que puedan funcionar en un marco de control y sostenibilidad, deoen adecuarse a unproceso .~e legalización basado en-una reglamentación con el máximo grado de ayuda y detalle,para facilitar y animar el dar este paso a todos aquellos pozos para riego en sítuación aúnilegal.

Se establece el siguiente reglamento para la administración de uso del agua suministrada por elpozo para riego agrícola en el Municipio de Colcapirhua. ••

CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1 (De los fines y objetivos).- La Administración de las aguas de los pozos profundos,tiene por finalidad proveer de riego a los cultivos forrajeros y/o especies hortícolas en periodosestablecidos como los más críticos presentados a lo largo del año agrícola como son los mesesde junio, julio, agosto y septiembre.

El Servicio de Agua para Riego de los cultivos, dentro sus diferentes acciones comprenderátoda el área agrícola circundante al pozo ccnstderándcse como centro y ampliándose a laszonas aledañas. • •

Entre otros objetivos relevantes, se tiene la operación y mantenimiento de todo el Sistema deRiego bajo condiciones técnicas y económicas satisfac:orias, dando cumplimiento a normas,reglamentos e instrucciones que rigen al sector de riego logrando la participación efectiva detoda la comunidad.

Articulo 2 (Del Marco Legal).- El presente reglamento tiene como Marco Legal a laConstitución Política del Estado, la Ley de Municipalidades, la Ley Marco ¡= ~utonomías, la LeyN° 144 dentro de las políticas de fortalecimiento de la base productiva que establece en sunumeral 2 inc. e) El fortalecimiento de la Autogestión de sistemas de aprovechamiento y manejode aguas con fines de producción agropecuaria, Ley de Medio Ambiente, Ley de Riegos y elDecreto Supremo N° 0181.

Articulo 3 (Ámbito de Aplicación).- El cumplimiento del presente Reglamento es de carácterobligatorio y aplicable a todos los pozos para riego agrícola que estén en funcionamiento dentrodel ámbito territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua.

CAPITULO 11DE LA DIRECCION y ADMINISTRACION DEL POZO

Articulo 4 (De la administración).- La Administración del Pozo de R~~) aqrícola, estaráconstituida por el Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua y/u orgaOJz'!qipñesl¡legalmenteestablecidas que garanticen su funcionamiento y sostenioilidad. ' \, \.f~1 \

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Reglamento para la Administración de Pozos para Riego Agricolas en el Municipio de COlcaPirhua"

A~ícu~o 5 (De la conformación de .un Directorio AdministraJo;' y MiembrosFiscalizadoresj., Se co~formaraun directorio, cuyos miembros tengan la tarea de administrar yaSlmlsm~ se establecera a los miembros fiscalizadores de las aguas provenientes de pozos deriego agncola profundos, las mismas se detallan de la siguiente manera:

.'

INSTITUCION - ORGANIZACiÓN FUNCION rl~MBROSACTIVOS

Gobierno Autónomo Municipal de Colcapi-rhua Administrativo- -Alcalde Municipal-Ejecutivo Municipal Fiscalizador Of. My. Adm.-Conceio Municipal -Conceio MunicioalOraanización Territorial de Base (OTB)

_.Fiscalización Presidente de la OTB

Asociación y/o Organización___ .

Administración--

Reoresentante __Recantes del Pozo de Risco Aaricola ----- Administración Representante __

Articulo 6 (Del organigrama).- El organigrama para la Administración y Fiscalización delServicio de Agua para Riego Agrícola será establecida de la siguiente manera:

••

ASOCIACION V/uORGANIZACiÓN

, ..".,. ;'';>l'b'h>'ú'H¿ '".t ";';;'-."';-.""';"""."".~.,r..:".",.-;./.-'""",w",-w"',,:" \ ORGANIZACiÓN TERRITORIAL;i

REGANTES DEL POZO DE:~ DE BASE (OTB) :¡RIEGO ~

Articulo 7 (De las Asambleas para Informe Económico).- La Asamblea General deRegantes, será la máxima representación de los regantes con facultad propia de determinaciónen cada aspecto, y se reunirán con carácter ordinario cada dos meses y la primera quincenadel mes de enero de cada año se coordinara con el Gobierno Autónomo Municipal (ConcejoMunicipal) y la OTB para recibir el informe económico de la organización encargada. deadministrar las aguas del pozo de riego agrícola. • •

Articulo 8 (Del quórum).- La Asamblea General para tener validez requerirá de la mitad másuno de los usuarios para conformar el Quórum reglamentario.

En caso de no conformarse el quórum reglamentario a la hora indicada para_ la asambleageneral se esperara 30 rnin. a los asistentes, posteriormente se iniciara c~fí los usaariospresentes la Asamblea General declarada en Gran Comisión sujeta a revisión, cJ6nvoc~ndosenuevamente dentro de los 15 días siguientes. /--.,~,j", // -,

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Reglamento para la Administración de Pozos para Riego Agricolas en el Municipio de Colcapirhua

Las Asambleas Generales estarán dirigidas por el Directorio establecido en el Art. 6 delpresente reglamento.

Articulo. 9 (De la duración del Directorio).- La duración del Directorio para la Administraciónd~1Servicio d.eAgu~ para Riego Agrícola será durante el periodo de vida útil del pozo de"ego, cuyas instituciones y organizaciones involucradas deberán hacer conocer mediante notala designación de nuevas personas para su representación dentro el Directorio cada dos añosconsiderando que las organizaciones son permanentes y las personas son transitorias, '

CAPITULO 111ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS FISCALlZADORES

Articulo 10 (De sus atribuciones).- Las organizaciones que conforman a los MiembrosFiscalizadores, del Pozo de Riego Agrícola, tendrán las siguientes atribuci.n<!S generales:

a) Realizar un cronograma de actividades de fiscalización en torno al Pozo de RiegoAgrícola.

b) Coordinar con la Asamblea de Regantes y organización administradora para recibirinformes económicos.

c) Participar activamente en las reuniones ordinarias y extraordinarias para la atención ysolución de problemas en los regantes.

d) Realizar inspecciones para fiscalizar y garantizar el buen funcion.n-.tento del pozo deriego agrícola.

e) Participar conjuntamente a los otros componentes del directorio en la determinación detarifas.

f) Estimular el desarrollo social de la familia regante, mediante sensibilización yconcientización para el buen uso del sistema garantizando su sostenibilidad.

g) Además de las señaladas por ley.

CAPITULO IVATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO ADMINISTRADOR

Artículo 11 (De sus atribuciones).- Las organizaciones que conforman el "DirectorioAdministrador" del Pozo de Riego Agrícola, tendrán las siguientes atribu.io~es generales:

a. Planificar las inversiones, la operación y mantenimiento del sistema de riego agrícola.b. Garantizar el suministro de agua para el riego agrícola para todos los cultivos forrajeros,

de esta manera asegurar la disponibilidad de alimento para el ganado lechero.c. Estimular el desarrollo social de la familia regante, mediante sensibilización Y

concientización para el buen uso del sistema alcanzando mejor nivel de vida.d. Eliminar la idea de lucro entre los regantes, sustituyéndola por la prestación de servicios.e. Fomentar la educación de servicio y la política de autoayuda.f. Tener la disponibilidad de presentar informes económicos a soli.t~ de los miembros

del Directorio Fiscalizadora. \g. Coordinar actividades de manera estrecha con la Asamblea de regantes, Gobierno

Autónomo Municipal y Organización Territorial de Base. -~.h. Es responsabilidad de la Administración del Servicio de Agua de Riego Agrícola velando

por el buen funcionamiento del sistema de agua, así también garant~Ulr)doaguapara losproductores lecheros en tiempos de estiaje (~equ~a) . ')//"'!?r s,é

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Reglamento para la Administración de Pozos para Riego Agrícolas en el Municipio de Colcapirhua ••

i. La Administración del Servicio de Agua de Riego Agrícola, podrá limitar, condicionar o~ suprimir la provisión de agua para riego, en casos especiales como ser: conexiones,

trabajos de ampliación, reparaciones, mantenimiento o en cualquier caso que seconstate abusos de uso.

j. En casos especiales la Administración del Servicio de Agua para Riego Agrícola podráexigir al usuario regante el pago de una suma económica como garantía que obligue lasolvencia del usuario. .

k. La Administración del Servicio de Agua para Riego Agrícola en cumplimiento de estadisposición, otorgara la liberación de pago a la persona quien de propia voluntadprocediese con la cesión voluntaria y adelantada de una superficiE.~' terreno hacia elGobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua para la perforación del pozo yconstrucción de la caseta de bombeo, a cambio se beneficiara de forma gratuita hastacubrir el valor del inmueble cedido con el servicio de riego agrícola mientras dureel pozo.

Articulo 12 (De la disponibilidad del agua para riego).- La prestación de servicios de aguapara riego agrícola se hará en forma permanente sobre todo en aquellos meses críticosseñalados en el artículo 1, salvo interrupción de carácter fortuito o por cauriode fuerza mayor.

CAPITULO VDE LOS REGANTES, DEBERES y DERECHOS

Articulo 13 (De los deberes).- Son reconocidos los siguientes deberes de los regantes:

a) Asistir a las Asambleas Generales obligatoriamente.b) Cumplir los acuerdos tomados en la Asamblea General.c) Acatar las disposiciones del presente reglamento y acuerdos tomados, establecidos en

el inciso anterior.d) Ejercer los cargos y cumplir las comisiones que le fueron encomendados, no pudiendo

rehuir sin razones justificadas.e) Pagar las aportaciones como derecho de inscripción y cuotas merrL;,¡Iles en función al

consumo del agua de riego.f) Velar por los intereses de los usuarios en su conjunto deslindando intereses personales.

Artículo 14 (De los derechos).- Se reconoce los siguientes derechos:

a) Ser or o gido para ocupar cargos secundarios.b) Tener voz y vot en las Asambleas Generalesc) Coadyuvar en la iscalízación económica y administrativa. • •d) Proponer a la As mblea General, cualquier asunto de interés para lOS beneficiarios.e) Solicitar por escrito al Directorio para la convocatoria a una reunión extraordinaria.

Artículo 15 (Perdida de condición de usuario/a).- Se pierde la condición de usuariola depozo de riego agrícola, por las siguientes causas:

a) Por retiro voluntario, previo pago de sus cuotas pendientesb) Por expulsión, en las siguientes causales:

1. Por atentar al buen funcionamiento del sístema de riego agrícola. .2. Por atentado físico contra alguno de los miembros del Directorio. /-\

e) Por fallecimiento, debiendo quedar en su lugar el esposo o la esposa y/o las)hnas/o I'(,~hijos. .. .' .. /'21 I ~4

d) Por incapacidad e incumplimiento a las obligaciones so 1~1.~§,y~corflr~;CaSij,. ()«-'~Q~#_/ /:/;:'-7;/.-,. \..•.:J.,.>l.u..<1J' 4

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Reglamento para la Administración de Pozos para Riego Agrícolas en el Municipio de Coica~'irhua

CAPITULO VIDE LAS ELECCIONES Y REQUISITOS DE LOS ELEGIDOS PARA EL DIRECTORIO

Articulo 16 (De las votaciones).- Para la elección de los miembros del DirectorioAdministrador se tomara en cuenta lo siguiente: ••

1. Se realizara directamente al interior de cada organización, posteriormente deberán serpresentados a la Asamblea General.

2. La duración del Directorio será de dos años calendario pudiendo ser reelegidos porsu organización por una gestión más.

Articulo 17 (De los requisitos).- Las personas designadas para contorrnar el Directorio debencontar con los siguientes requisitos mínimos: ••

1. Ser boliviano de origen.2. Tener residencia principal de dos (2) años en el municipio de Colcapirhua3. Realizar el trabajo agrícola.4. No deben tener antecedentes de mal comportamiento ni cuentas pendientes con la

entidad administradora del uso de pozo de riego agrícola.5. En el caso del representante del Gobierno Autónomo Municipal como institución

administradora, su representante será el Alcalde, mientras tenga vida el pozo de riegoagrícola, seguido por el Oficial Mayor administrativo u otro servidor público.

6. El representante del ente administrador y sus colaboradores más cercanos deberánestar capacitados para llevar adelante la administración de las aguas del pozo para riegoagrícola. • •

Articulo 18 (De la Presidencia y las atribuciones del Presidente del Directorio).- LaPresidencia del Directorio estará a cargo del Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal,mientras tenga vida el pozo para riego agrícola.

El presidente del directorio tendrá las siguientes atribuciones:

a) Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias.b) Convocar al ente administrador para presentación de informes ecorl>r1ticos.e) Integrar las comisiones.d) Firmar conjuntamente con el Secretario o Tesorero todos los documentos que importen

obligaciones y contratos de servicios.e) Debe firmar, conjuntamente con el Vicepresidente toda la correspondencia expedida.f) Representar al Directorio en todos los actos oficiales, velando siempre el reglamento.g) Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento y los acuerdos de las Asambleas

Generales.

Articulo 19 (Atribuciones del Vicepresidente).- El Vicepresidente del directorio tendrá lassiguientes atribuciones:

a) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento, con todas las atribucionesseñaladas por el presente reglamento. • •

b) Firmar, juntamente con el Presidente toda documentación expedida. /'~

Articulo 20 (Atribuciones del Secretario de Actas).- E)I secr,etario ,d~,;.1~7/~ite.•~~.,rálassiguientes atribuciones: ~"-:-:W""" \,,; i~:-''v

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Reglamento para la Administración de Pozos para Riego Agricolas en el Munidpio de Colcapirhua

• •a) _Redact~r y firmar con el. Presidente; actas, registros de usuarios, memorias, informes,

resoluclo~es, convocatorias a reuniones y toda correspondencia.b) Llevar el libro de actas y archivos, bajo su exclusiva responsabilidad.c) Recibir y tramitar las solicitudes de ingreso de nuevos usuarios.d) Hacer c?nocer las convocat?rias a reuniones y asambleas con 48 horas de anticipación.e) Denunciar ante el Directorio, a los usuarios regantes que ocasiones perjuicios a la

entidad.f) Expedir certificaciones, testimonios, fotocopias y copias legalizadA t!'e los documentos

que se encuentren bajo su custodia.

Articulo 21 (Atribuciones del Tesorero).- Son atribuciones del Tesorero del Directorio:

a) Ser depositario de los bienes y valores del pozo de riego agrícola.b) Supervigilar los libros y la documentación de operaciones contables.e) Informar a la Asamblea General del estado de Cuentas de la entidad.d) Coordinar con los vocales.e) Capacitarse de forma continua en el manejo económico, para el mejor desempeño de su

función.

CAPITULO VIIDE SU APLICACiÓN • •

Articulo 22 (Del ámbito de Aplicación).- El presente Reglamento, se aplicaraobligatoriamente a todos los regantes beneficiarios del servicio de riego agrícola, sean estos decarácter público o privado, cuyos derechos y obligaciones están descritos en el presentereglamento.

Ningún beneficiario regante podrá realizar obra alguna destinada al Servi~o del Agua de RiegoAgrícola sin previa autorización de los responsables de la parte administrallv: del pozo.

Todo beneficiario regante tendrá derecho a exigir el cumplimiento del presente reglamento, asícomo a las obligaciones que tienen de cancelar tarifas mensuales por el servicio recibido.

Todo propietario de terreno agrícola, tiene derechos y obligaciones para solicitar el Servicio deAgua de Riego Agrícola dentro de las condiciones establecidas en el presente Reglamento.

El regante deberá dar un uso adecuado al agua de riego agrícola, para el que fue solicitado y nocambiar la naturaleza de su destino.

CAPITULO VIIIDE LAS TARIFAS ••

Articulo 23 (Del establecimiento de tarifas).- La tarifa establecida por el Directorio y aprobadaen grande por la Asamblea General de usuarios regantes, cubrirá los gastos de operación ymantenimiento de la red de distribución del agua para riego, al igual que los gastos financierosprovenientes de las inversiones necesarias para la ampliación y mejoramiento del suministro deagua para riego agrícola. "

Los usuarios regantes pagarán a la Administración del Servicio de Agua ta~a,RléQ¡oAgrícola latarifa acorde al número de horas solicitada para el rie;o ~,/ >_,~,. -\ v:': ,.' ,~¡// ~_ '__- /,1 ~\l ,0 .:»

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Reglamento para la Administración de Pozos para Riego Agricolas en el Municipio de Cclcapirhua

••Articulo 24 (De las prohibiciones).- Queda terminantemente prohibido realizar modificacionesal curso natural del riego, o en cualquier otra forma que no se rija a las condiciones desuministro. Las multas y sanciones a ser aplicadas serán objeto de reglamentación especial.

CAPITULO IXPROHIBICIONES Y SANCIONES

Queda terminantemente prohibida la rehabilitación del servicio de agua para riego agrícola porparte del regante, una vez que la Administración del Servicio de Agua para Riego hubieseefectuado el corte. La administración podrá suspender definitivamente el servicio sin perjuiciode seguir la acción judicial pertinente.

Se prohíbe terminantemente la utilización de bombas que succionen agua del canal principalpara beneficio de terceros. hecho que será considerado como infracción grave, objeto dereglamentación especial. . • •

Articulo 25 (De las sanciones).- Cualquier infracción a la reglamentación que rige lascondiciones de suministro será penada con una multa sujeta a reglamentación especialelaborado por el Directorio y aprobada por Asamblea General. La Administración del Serviciode Agua para Riego Agrícola, podrá en casos de infracciones graves acudir a la justiciaordinaria.

CAPITULO XDISPOSICIONES TRANSITORIAS

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Articulo 26.- Atendiendo razones de urgencia de usuarios regantes y en determinados casostécnicamente factibles, la Administración del Servicio de Agua para Riego Agrícola, aceptara lainstalación temporal de tuberías de distribución, cuyos costos de instalación y materialesdeberán ser costeados por los usuarios y la tubería pasara a ser administrada por laadministración.

Artículo 27.- Las tarifas serán sujetas a constantes modificaciones una vez que el pozo deriego agrícola cumpla su finalidad para el cual fue ejecutado, estas modificaciones tarifariasserán definidas en función al desarrollo del pozo una vez que este em¡we••e a operar, estastarifas serán aprobadas por la asamblea general de usuarios regantes.

CAPITULO XIDISPOSICIONES FINALES

• •DISPOSICION FINAL PRIMERA.- La Administración del Servicio de Agua para Riego,garantiza la sostenibilidad del sistema en un plazo de 2 años mediante la adquisición de unanueva bomba de 10 HP.

DISPOS1CION FINAL SEGUNDA.- Para el cálculo tarifario, este deberá basarse erñun EstudioTarifario considerando el consumo de energía promedio mensual, gastos !iadrryinist/ativos,

gastos de operación y de mantenimiento r .,c" /~" ~ . j~~;~~/7

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, ..Reglamento para la Administración de Pozos para Riego Agricolas en el Municipio de Colcapirhua

DISPOSICION FINAL TERCERA.- Los casos no previstos en el presente reglamento seránresueltos en la reunión de la Asamblea o Directorio.

DISPOSICION FINAL CUARTA (Vigencia y Reforma del Reglamento).- El presenteReglamento para la Administración para riego de pozos agrícolas en el Municipio deColcapirhua, entrará en vigencia a partir de la aprobación y publicación de la OrdenanzaMunicipal respectiva.

La necesidad de reforma del presente Reglamento, deberá ser aprobada oor dos tercios de latotalidad de los miembros del Concejo Municipal derivándose su estulio"" a la comisión ocomisiones correspondientes. Una vez revisada por la comisión, presentará la Propuesta quenecesariamente deberá ser aprobada por dos tercios de la totalidad de los miembros delHonorable Concejo Municipal.

Colcapirhua, septiembre del 2013 ••

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