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UNIVERSIDAD DE CASTILLA - LA MANCHA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES ÁREA DE DERECHO ROMANO EL SIGNIFICADO UNITARIO DEL TÉRMINO AUCTORITAS EN SUS ORÍGENES” Tesis Doctoral de: Ana Isabel Clemente Fernández para optar al grado de Doctora Dirigida por el Prof. Dr. D. Gustavo R. de las Heras Sánchez, Catedrático de Derecho Romano UCLM, y por la Prfª. Drª. Dª. Gema Polo Toribio, Profesora Colaboradora UCLM. Toledo, 2009

2009 Clem Eel Sig

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  • UNIVERSIDAD DE CASTILLA - LA MANCHA

    FACULTAD DE CIENCIAS JURDICAS Y SOCIALES

    REA DE DERECHO ROMANO

    EL SIGNIFICADO UNITARIO DEL TRMINO

    AUCTORITAS EN SUS ORGENES

    Tesis Doctoral de: Ana Isabel Clemente Fernndez

    para optar al grado de Doctora

    Dirigida por el Prof. Dr. D. Gustavo R. de las Heras Snchez, Catedrtico de Derecho Romano UCLM, y por la Prf. Dr. D. Gema Polo Toribio, Profesora Colaboradora UCLM. Toledo, 2009

  • 2

    NDICE GENERAL

  • 3

    INTRODUCCIN..p. 8.

    INTRODUZIONE..p. 24.

    CAPITULO I

    PLANTEAMIENTO DOCTRINALp. 40.

    1.-OPINIONES DOCTRINALES SOBRE EL SIGNIFICADO

    DEL TRMINO AUCTORITAS.

    1.1.-EL SIGNIFICADO DE AUCTORITAS EN LA

    ESFERA DE LOS LXICOS.

    1.2.-LA AUCTORITAS COMO UN CONCEPTO

    MULTVOCO.

    1.3.- LA DIVERSIDAD DE SENTIDOS DE AUCTORITAS

    APORTADOS POR LA DOCTRINA.

    1.3.1.- LA AUCTORITAS COMO FUENTE

    DE LEGITIMIDAD.

    1.3.2.-LA AUCTORITAS COMO

    SENTIMIENTO DE ACATO Y FIDELIDAD.

    1.3.3.-LA AUCTORITAS COMO

    APROBACIN DE ACTOS CONCLUIDOS.

    1.3.4.-LA AUCTORITAS COMO ACTO DE

    ACRECENTAMIENTO O AUMENTO.

  • 4

    1.3.5.-LA AUCTORITAS COMO UNA

    FUERZA DIVINA EN SU ORIGEN.

    1.3.6.-LA AUCTORITAS EN LA DOBLE

    CUALIDAD DE ORDEN MORAL Y COMO

    INSTITUCIN JURDICA.

    1.3.7.-LA AUCTORITAS COMO VALOR, EN

    OPININ DE TEXEIRA.

    1.3.8.-LA PECULIAR POSTURA DE

    PARIENTE.

    1.4.-LA AUCTORITAS DESIGNA EL HECHO DE SER

    AUCTOR, LA CUALIDAD DE AUCTOR, LA

    CAPACIDAD DEL SUJETO.

    1.5.-LA IDEA DE PRESTIGIO, INFLUENCIA Y

    PRIVILEGIO COMO SIGNIFICADO DE AUCTORITAS.

    1.6.-LA AUCTORITAS COMO PODER.

    2.-LA PRIMORDIAL BSQUEDA DE UN SIGNIFICADO

    UNITARIO DE AUCTORITAS.

    2.1.-IL CONCETTO UNITARIO DELL AUCTORITAS,

    SEGN AMIRANTE.

    2.2.-LOS INTENTOS DE APORTAR UN SIGNIFICADO

    UNITARIO DE AUCTORITAS EN LA DOCTRINA

    ROMANSTICA ESPAOLA.

  • 5

    2.2.1.-LA AUCTORITAS COMO EL SABER

    SOCIALMENTE RECONOCIDO, SEGN EL

    PROF. DORS.

    2.2.2.-EL SIGNIFICADO UNITARIO DE

    AUCTORITAS, SEGN CASTRESANA.

    2.2.3.-LA RECIENTE APORTACIN DE

    CASINOS.

    3.-SOBRE LA IMPOSIBILIDAD DE TRADUCIR EL TRMINO

    AUCTORITAS A LA LENGUA GRIEGA.

    CAPTULO II

    PLANTEAMIENTO ETIMOLGICO.p. 201.

    1.-ORIGEN DEL TRMINO AUCTORITAS.

    2.-PROCEDENCIA Y SIGNIFICADO DEL VERBO AUGEO.

    3.-FAMILIA ETIMOLGICA.

    4.-UNA NOTA SOBRE EL FULGUR AUCTORITATIS Y

    SOBRE LAS CEREMONIAS AUGURALES DEL AUGURIUM

    SALUTIS Y DEL AUGURIUM CANARIUM.

    5.-GESTACIN/GNESIS DEL TRMINO AUCTORITAS.

    SUFIJACIN TAT-.

    6.- LA AUCTORITAS COMO CUALIDAD DE LO QUE HA

    CRECIDO.

  • 6

    CAPTULO III

    EL SIGNIFICADO UNITARIO DE AUCTORITAS EN LOS

    EMPLEOS MS ANTIGUOS DEL TRMINO.p. 349.

    1.-LA AUCTORITAS EN LAS XII TABLAS.

    1.1.-LOS ENFOQUES IUSPRIVATISTAS DE LA

    DOCTRINA SOBRE LA AUCTORITAS DECENVIRAL.

    2.-LA AUCTORITAS PATRUM.

    2.1.-ALGUNAS DE LAS EXPLICACIONES MS

    RELEVANTES APORTADAS POR LA DOCTRINA EN

    ORDEN A ACLARAR EL SENTIDO DE LA EXPRESIN

    AUCTORITAS PATRUM.

    2.2.-UN BREVE APUNTE SOBRE LA

    CONTROVERTIDA NATURALEZA DE LA

    AUCTORITAS PATRUM.

    2.3.-LA AUCTORITAS PATRUM ANTE INITIUM

    SUFFRAGIUM.

    2.4.-SOBRE EL PARALELISMO ESTABLECIDO ENTRE

    LA AUCTORITAS PATRUM Y LA AUCTORITAS

    TUTORIS.

    2.5.-QUINES SON LOS PATRES AUCTORES?

  • 7

    CONCLUSIONES...p. 483.

    CONCLUSIONI...p. 498.

    BIBLIOGRAFA...p. 513.

  • 8

    INTRODUCCIN

  • 9

    La bsqueda del significado originario del trmino auctoritas

    constituye el tema central y objeto del presente trabajo de

    investigacin. El hecho de emprender un estudio sobre esta cuestin

    no se encuentra carente de argumentos justificativos en su favor,

    pues un alegato cargado de razones nos incita y estimula a acometer

    un estudio encaminado a averiguar la significacin de la voz

    auctoritas, o al menos a aproximarnos todo lo que sea posible al

    sentido ms genuino de nuestra palabra en anlisis.

    As, como estmulo inicial que motiva nuestra tarea, alegamos

    los enfoques no muy apropiados que la doctrina tradicionalmente

    ha empleado si la pretensin era la de hallar un significado unitario

    de la palabra auctoritas. En este sentido, hemos de hacer notar que la

    doctrina romanstica, por regla general, ha estudiado el concepto de

    auctoritas en su aplicacin a personas, instituciones o situaciones

    particulares, intentando desentraar el sentido de la auctoritas de

    Augusto, de la auctoritas patrum, de la auctoritas en la mancipatio, con

    relacin al usus, etc., etc. En algunos casos, al hilo de tales

    investigaciones, se ha tratado de encontrar un significado comn

    entre algunas de esas manifestaciones, se ha negado a priori tal

  • 10

    posibilidad o se ha partido de generalizaciones supuestamente

    aplicables slo a alguno de los mbitos jurdicos. En pocos casos,

    ante la magnitud de estudios parciales, la bsqueda de un posible

    significado unitario del trmino auctoritas ha sido un tema que ha

    preocupado y del que se han ocupado los romanistas, junto con

    algunos fillogos.

    Tambin debe sealarse que la auctoritas ha sido objeto de

    esplndidos trabajos en la doctrina romanstica espaola,

    encabezados por las interesantes reflexiones del Prof. A. DORS1.

    Precisamente, en nuestra doctrina, encontramos el ltimo esfuerzo

    por buscar ese significado unitario del que hablbamos: nos

    referimos al artculo de la Profra. CASTRESANA2, En busca de un

    significado unitario del trmino auctoritas, que, desde su amplia

    formacin humanstica, aborda la cuestin planteada sin llegar a

    establecer dicho significado.

    1 Infra pp. 141 y 142, nota 179, p. 161, nota 215 y p. 375, nota 710, aludimos expresamente a las publicaciones del prof. DORS en relacin con el tema de la auctoritas. 2 CASTRESANA, A., En busca de un significado unitario del trmino auctoritas, en Estudios en homenaje al profesor Juan Iglesias, I, Madrid, 1988, pp. 183 ss.

  • 11

    Por tanto, aunque no podamos afirmar que el tema de la

    auctoritas romana y del sentido unvoco de la citada palabra no haya

    estado presente en las investigaciones doctrinales, s que estimamos

    que el prisma que se ha adoptado en tales anlisis no ha resultado

    del todo adecuado o atinado y que, en aquellas escasas ocasiones en

    que los exmenes de la cuestin en curso no han sido parciales, los

    resultados obtenidos no pueden ser calificados como plenamente

    satisfactorios.

    De ah nace principalmente nuestro empeo y esfuerzo de

    llevar a cabo un anlisis, un estudio, una investigacin y,

    consecuentemente, una reflexin que deseamos resulten

    fundamentalmente renovadoras, a la vez que promotoras de un

    nuevo tratamiento en el quehacer destinado a la bsqueda de un

    significado unitario del trmino auctoritas que, por otra parte,

    constituye una nocin romana no exenta de complejidad y de

    relevancia para el Derecho y para la colectividad romana, lo que

    unido al hecho de encontrarnos con escasas fuentes directas,

    evidencia que se trata de un tema que nunca deja de estar lo

  • 12

    suficientemente tratado, y ello motiva y sugiere nuevos estudios e

    investigaciones sobre el mismo.

    Por nuestra parte, buscamos la elucidacin del trmino

    auctoritas, la bsqueda del ncleo esencial de su significado, que

    pensamos debe coincidir con un significado unitario respecto de las

    diversas aplicaciones del trmino auctoritas y que debe aproximarse

    a su sentido original. La cuestin de asignar significados precisos a

    los trminos bajo elucidacin resulta una cuestin de sntesis

    juiciosa, de reconstruccin racional, ms que un anlisis

    simplemente descriptivo. Las elucidaciones, teniendo en cuenta la

    naturaleza de propuestas, no pueden clasificarse como verdaderas o

    falsas, ni son una cuestin de convencin arbitraria. Una elucidacin

    de un conjunto dado de trminos combina aspectos de anlisis de

    significado y anlisis emprico, pretende reducir las limitaciones,

    ambigedades e inconsistencias de su uso ordinario, proponiendo

    una reinterpretacin para mejorar la claridad y precisin de sus

    significados, as como su habilidad para funcionar en hiptesis y

    teoras con fuerza explicatoria y predictiva. No puede ser por ello

    clasificada como verdadera o falsa, pero s puede adjudicrsele una

  • 13

    mayor o menor adecuacin, as como un potencial terico ms o

    menos fructfero. Este proceso de dilucidacin que aducimos se

    presenta como un nuevo enfoque en el tratamiento del tema, y se

    suma como otro motivo justificativo de nuestro estudio.

    En el desarrollo de nuestro cometido resulta estrictamente

    necesario acotar el marco temporal sobre el que vamos a llevar a

    cabo esta indagacin. Un significado unitario de auctoritas, de existir,

    lo que es perfectamente admisible, habida cuenta de que las

    palabras, como veremos, portan una esencia de significacin que se

    mantiene inalterable en los diversos usos que puedan darse a la

    misma, e incluso en el transcurso y evolucin del tiempo, como

    decamos, tal significado unitario podra hallarse en los orgenes del

    propio trmino. En todo caso, cuanto ms nos remontemos en el

    tiempo al analizar el concepto de auctoritas, ms nos aproximaremos

    al significado esencial del vocablo.

    Pretendemos, en la medida de lo posible, aproximarnos a la

    nocin originaria de auctoritas, ya que el concepto ha sufrido una

    considerable evolucin en el tiempo y, slo a travs de su

    significacin originaria, podemos hallar el nexo de unin entre las

  • 14

    distintas aplicaciones del trmino a lo largo de su desarrollo.

    Precisamente por ello, hemos descartado, al establecer los lmites

    temporales de nuestro estudio, analizar el concepto de auctoritas en

    sus diversas aplicaciones en el periodo de la crisis republicana y

    pocas posteriores, en las que creemos encontrarnos con un

    concepto claramente evolucionado. No obstante, habremos de tomar

    necesariamente en consideracin tal evolucin, puesto que buena

    parte de las fuentes que utilizaremos procede de estos perodos

    histricos. Y es que en un concepto se encuentran depositados, como

    en estratos geolgicos, sentidos correspondientes a pocas y

    circunstancias de enunciacin diversas, que se ponen de manifiesto

    en cada uno de sus usos efectivos. Todo autntico concepto vuelve

    as sincrnico lo diacrnico.

    Siempre sobre la idea clave que preside y orienta nuestra

    labor, aquella de la posible significacin unvoca de auctoritas en los

    albores de esta palabra, adoptamos en nuestra obra una estructura

    esencialmente tripartita.

    En una primera parte nuestro empeo ha estado orientado

    principalmente en la direccin de delinear un status quaestionis lo

  • 15

    bastante representativo de los significados del vocablo auctoritas

    adoptados por los autores. Hemos iniciado el diseo de esta

    panormica doctrinal comenzando con una aproximacin al citado

    vocablo desde la interesante ptica que nos ofrecen los lxicos y

    diccionarios, para a continuacin desarrollar una exposicin

    suficientemente indicativa de un conjunto amplio y diverso de

    significados de auctoritas presentados por la doctrina, con el

    consiguiente notable y dilatado esfuerzo que nos ha supuesto

    mostrar un panorama de opiniones lo ms sistematizado posible,

    habida cuenta de los numerosos juicios de valor emitidos en este

    tema, a fin de ofrecer unos pilares slidos a nuestro trabajo y que, a

    la vez, constituya tambin un material fructfero y provechoso a los

    futuros estudiosos.

    El propsito que ha guiado la segunda parte, parte sta

    esencial y central de nuestro trabajo, ha estado encaminado a lograr

    el mayor acercamiento, la mayor aproximacin, en la medida que

    nos ha resultado factible, al significado originario del trmino

    auctoritas, a fin de establecer un sentido unitario del mismo. Por ello,

    hemos llevado a cabo un anlisis etimolgico de nuestra palabra,

  • 16

    indagando en sus orgenes, buscando la razn de su existencia, pero,

    sobre todo, tratando de hallar la raz o germen de su significacin y

    de su forma. En el desempeo de nuestra tarea ha resultado un

    factor coadyuvante el estudio de los procedimientos derivativos de

    formacin de palabras, sobre la base de la incorporacin, en el caso

    concreto que nos ocupa, de sufijos a la base lxica dentro de la esfera

    de la Morfologa lingstica.

    En la tercera y ltima parte de nuestra investigacin hemos

    querido llevar a cabo el examen de algunas de las ms antiguas y

    destacadas manifestaciones del trmino auctoritas en el mbito del

    Derecho romano, en concreto, haciendo especial hincapi en la

    auctoritas en el marco de la Ley de las XII Tablas, en la auctoritas

    patrum, y as como en la relacin y paralelismo establecidos entre

    sta ltima y la auctoritas tutoris. Pues es en estos usos y expresiones

    arcaicas donde resulta ms claramente verificable la participacin de

    esas aplicaciones en el significado ms genuino y unitario de nuestra

    palabra y donde se hace ms patente la existencia de un poso

    semntico comn a estas expresiones, que no es otro que el sentido

    primigenio y remoto de auctoritas. La esencia de la concepcin ms

  • 17

    antigua de auctoritas permanecer de alguna manera implcita en las

    distintas aplicaciones y testimonios de la misma que irn surgiendo

    a lo largo de la historia de Roma.

    Por otra parte, para una efectiva y mejor comprensin del

    significado unitario de auctoritas alcanzado, hemos tenido en cuenta

    la estrecha relacin existente en Derecho romano entre lo pblico y

    lo privado3. En este sentido, en palabras de BONFANTE4, en el

    perodo ms genuinamente romano, es decir, en el perodo ms

    antiguo de la existencia de Roma, non vha forse allora un solo

    istituto di diritto pubblico, che non ritrovi il suo schietto equivalente

    in un istituto di diritto privato, mostrando el ordenamiento romano

    como una escenario poblado de simetras. Tambin, como afirmaba

    3 En todo caso, cuando el propio Ulpiano (D. 1, 1, 1, 2) distingue entre ius

    publicum e ius privatum, lo que hace es poner de relieve dos posiciones (duae positiones), esto es, dos puntos de vista desde los que se puede considerar el derecho, aunque el sistema slo es uno, como bien ha visto BIONDI, B., Ius pubblicum e Ius privatum, en Storia di Roma, XX, Il Diritto Romano, Bologna, 1957, p. 134.

    4 BONFANTE, P., Progresiva diversificacione del diritto pubblico e privato, en Rivista

    Italiana di Sociologia, 6, 1902, pp. 1 ss. El citado autor analiza los paralelismos entre el Estado y la familia romana, alude tambin a la propiedad, derechos patrimoniales y derechos de obligacin, etc., esgrimiendo una identidad orgnica y una configuracin de relaciones homogneas entre Derecho pblico y Derecho privado.

  • 18

    COLI5, desde los orgenes, las instituciones pblicas y las privadas

    se reflejan unas en las otras. Todo ello explica que la nocin de

    auctoritas se halle presente, como lo demuestran sus diversas

    manifestaciones, tanto en la esfera de la vida pblica como en el

    mbito privado de la vida de Roma, revelndose como una cualidad

    esencial perteneciente al ntimo significado del ordenamiento

    primitivo romano .

    La nocin de auctoritas se muestra como una componente

    emblemtica y destacada de la compleja nervadura que define al

    pueblo romano. La auctoritas es una cualidad del auctor. Al tratarse

    de una cualidad que acompaa al ser, estimamos que participa del

    carcter de una persona, reconocindose con el tiempo la citada

    cualidad tambin a instituciones, e incluso a cosas e ideas. Los actos

    efectuados por aquellos sujetos considerados auctores se hallan

    reforzados en virtud de la cualidad de auctoritas que poseen y que

    obra tal efecto aumentativo o de crecimiento en razn de la posicin

    de praeeminentia que ostentan.

    5 COLI, U., Sul parallelismo del Diritto pubblico e del Diritto privato nel periodo

    arcaico di Roma, en Scritti di Diritto Romano, I, 1973, p. 216.

  • 19

    Adems del aspecto esttico, que se deduce del significado de

    auctoritas como cualidad de una persona, entendemos que en su

    significacin se observa tambin un aspecto dinmico, en tanto en

    cuanto la citada cualidad puede proyectarse hacia otros y, por

    consiguiente, repercutiendo en su posicin y en sus actos

    reforzndolos, de manera que trasciende dotndolos de ms fuerza

    y superioridad.

    Es por ello que la posicin de auctoritas despliega una faceta

    sociolgica en la medida que, en el mbito de la comunidad, la

    cualidad de auctoritas es apreciable y reconocida por todos,

    resultando perceptible, patente e incuestionable su existencia,

    mimetizndose en una perfecta simbiosis social.

    En suma, consideramos que la auctoritas cuenta con una

    naturaleza dialctica, pues a partir de un proceso intelectual

    podemos llegar, mediante el significado de la palabra, a una

    realidad trascendental.

    En el desarrollo de nuestro trabajo hemos sido conscientes en

    todo momento, particularmente en nuestra tarea interpretativa, de

    los numerosos escollos e inconvenientes que presentan las fuentes

  • 20

    en relacin con la verosimilitud de los datos que nos aportan de los

    tiempos ms remotos de la Historia de Roma. Consecuentemente, el

    anlisis de las fuentes ha sido llevado a cabo con el mximo rigor,

    procurando en todo momento acometer una interpretacin con

    propiedad y precisin, trascribiendo los fragmentos en texto o notas

    y realizando nuestras propias traducciones.

    En cuanto a las opiniones doctrinales, y a pesar de

    encontrarnos en una Universidad relativamente joven donde

    todava no contamos con bibliotecas muy nutridas en bibliografa

    especfica, nuestra principal pretensin ha sido la de tratar de reunir

    aquellas aportaciones ms destacadas y relevantes, de modo

    bastante exhaustivo, y hacerlo siempre consultando de forma directa

    las obras, acometiendo tambin un orden y sistematizacin de las

    mismas, as como juzgndolas y evalundolas desde un enfoque

    crtico, pero en todo momento desde una sincera admiracin y un

    profundo respeto por todos los autores citados, y valorando, desde

    un punto de vista cientfico, muy positivamente todos los trabajos

    de nuestros predecesores, que han contribuido enormemente a

    nuestra formacin, constituyendo una autntica y privilegiada

  • 21

    escuela para nuestra iniciacin y aprendizaje, no slo en el tema

    especfico que nos atae, sino tambin en el Derecho romano en

    general.

    Del mismo modo, hemos hecho uso en nuestra labor de los

    mtodos de estudio e instrumentos propios y caractersticos de

    nuestra disciplina, pero, adems, para abordar nuestra tarea con la

    mayor precisin y rigurosidad posible, tambin hemos recurrido,

    siempre desde una postura muy prudente y con la mxima cautela,

    a especialidades pertenecientes al mbito de la Lingstica, sin las

    cuales no hubiramos logrado alcanzar la pretendida significacin

    unitaria de auctoritas y nuestro trabajo hubiera quedado reducido a

    un mero estudio sesgado sobre la cuestin.

    Asimismo, en consonancia con la lgica de los procedimientos

    interpretativos y de la coherencia como valores esenciales propios

    de la scientia iuris y de la actividad de sus jurisprudentes, hemos

    aplicado esquemas explicativos basados en la congruencia y el

    razonamiento lgico con el propsito de dar un paso ms en la

    aproximacin al pensamiento jurdico romano.

  • 22

    Puesto que la utilidad de una obra constituye su propia

    justificacin, como seala DE LAS HERAS6, esperamos que esa

    utilitas, como principio y valor bsico inspirador del pensamiento de

    los juristas romanos7, oriente tambin nuestro trabajo y logremos

    alcanzar los efectos prcticos deseados en la lnea de sugerir nuevas

    hiptesis y teoras, de aportar datos e ideas renovadoras y de

    sealar nuevas lneas de investigacin a la hora de estudiar

    conceptos inveterados como el de la auctoritas romana y, en

    definitiva, contribuir humildemente al desarrollo de la ciencia

    romanstica.

    La motivacin y esfuerzo empleados en nuestra tarea, la gran

    ilusin y el enorme empeo y tesn con la que la hemos acometido,

    adems del propsito de llevarla a cabo con un espritu

    revitalizante, todo ello se lo debemos a las magistrales enseanzas y

    enriquecedoras conversaciones con nuestro maestro el Profesor DE

    LAS HERAS, a quien rendimos un sincero tributo desde estas

    pginas. Tambin nuestra gratitud va dirigida a aquellos ilustres

    6 DE LAS HERAS, G., El rgimen jurdico-poltico de Augusto en el marco de la crisis

    republicana: revolucin o reforma?, Albacete, 1989, p. 13. 7 D. 1, 3, 25; D. 1, 1, 1, 2; D. 1, 1, 11.

  • 23

    romanistas y profesores que generosamente nos han auxiliado en

    nuestra labor con sus imprescindibles orientaciones. Por todo ello, y

    a sabiendas de que, como bien adverta el prof. TORRENT8,

    cualquier problema de Derecho romano tiene detrs una enorme

    carga de reflexin y estudio multisecular, hemos tratado en todo

    momento de desarrollar nuestro trabajo con una actitud

    circunspecta, no exenta de gran dedicacin y buenas dosis de

    entusiasmo, lo que nos ha ayudado a la hora de ir salvando

    progresivamente nuestro desconocimiento inicial y nuestras muchas

    limitaciones, propias de un investigador novel, ante tamaa tarea en

    una disciplina, como lo es el Derecho romano, que encierra una

    enorme complejidad y magnitud. Queremos tambin mostrar

    nuestro ms sincero agradecimiento a todos aquellos que hicieron

    tan provechosa nuestra estancia en la Universidad de Roma, en

    particular al prof. CRIF, quien nos brind su valiossima y

    generosa ayuda y, a travs de su magisterio, nos mostr la grandeza

    y excelencia del Derecho romano.

    8 TORRENT, A., Derecho pblico romano y sistema de fuentes, Zaragoza, 1995, p. 5,

    6.

  • 24

    INTRODUZIONE

  • 25

    La ricerca del significato originario della parola auctoritas

    costituisce il tema centrale, loggetto del presente lavoro di ricerca. Il

    fatto di intraprendere uno studio su questa questione non privo di

    argomenti giustificativi a favore, perch una quantit di ragioni

    c'incita e stimola a tentare uno studio avviato a verificare il

    significato della voce auctoritas, o almeno ad avvicinarci quanto pi

    possibile al senso pi genuino della nostra parola in esame.

    Cos, come stimolo iniziale che motiva il nostro lavoro,

    indichiamo i criteri non molto appropriate che tradizionalmente la

    dottrina ha usato nellintento di trovare un significato unitario di

    auctoritas. In questo senso, dobbiamo fare notare che la dottrina

    romanstica, per regola generale, ha studiato il concetto di auctoritas

    nella sua applicazione a persone, istituzioni o situazioni particolari,

    cercando di sviscerare il senso dell'auctoritas di Augusto,

    dell'auctoritas patrum, dell'auctoritas nella mancipatio, con relazione

    all'usus, etc., etc. In alcuni casi, al filo di queste ricerche, si tentato

    di trovare un significato comune tra alcune di quelle manifestazioni,

    si negata a priori tale possibilit o si partiti da generalizzazioni

    suppostamente applicabili solo a qualcuno degli ambiti giuridici. In

  • 26

    pochi casi, rispetto alla quantit di studi parziali, la ricerca di un

    possibile significato unitario della voce auctoritas stata un tema che

    ha preoccupato e del quale si sono occupati i romanisti, insieme ad

    alcuni filologi.

    Deve segnalarsi anche che l'auctoritas stata oggetto di

    magnifici lavori nella dottrina romanistica spagnola, sollecitati dalle

    interessanti riflessioni del Prof. A. D'ORS9. Precisamente nella nostra

    letteratura troviamo l'ultimo sforzo per cercare quel significato

    unitario del quale parlavamo: ci riferiamo all'articolo della Profra.

    CASTRESANA, En busca de un significado unitario del trmino

    auctoritas 10 che, con la sua ampia formazione umanistica,

    abborda la questione esposta senza per arrivare a stabilire detto

    significato.

    Pertanto, anche se non possiamo affermare che il tema

    dell'auctoritas romana e del senso univoco della citata parola non sia

    stata presente nella ricerca, pensiamo che il prisma che si adottato

    9 Infra pp. 141 y 142, nota 179, p. 161, nota 215 y p. 375, nota 710, alludiamo

    espressamente alle pubblicazioni del prof. D'ORS sul tema dell'auctoritas. 10

    CASTRESANA, A., En busca de un significado unitario del trmino auctoritas, en Estudios en homenaje al profesor Juan Iglesias, I, Madrid, 1988, p. 183 y ss.

  • 27

    in tale analisi non stato del tutto adeguato o felice e che, in quelle

    scarse occasioni in cui gli esami della questione in corso non sono

    stati parziali, i risultati ottenuti non possono essere considerati come

    pienamente soddisfacenti.

    Di l nasce principalmente il nostro impegno e sforzo di

    portare a termine un'analisi, un studio, una ricerca e,

    conseguentemente, una riflessione che desideriamo risultino

    fondamentalmente innovatrici e insieme a promotrici di un nuovo

    trattamento nella ricerca di un significato unitario della parola

    auctoritas; che, d'altra parte, costituisce una nozione romana non

    priva di complessit e di rilevanza per il diritto e per la collettivit

    romana, il che, unito al fatto di trovarci con scarse fonti dirette,

    evidenzia che si tratta di un tema che non cessa mai di essere

    insufficientemente trattato, e ci motiva e suggerisce nuovi studi ed

    investigazioni sullo stesso.

    Per la nostra parte, cerchiamo la delucidazione della parola

    auctoritas, la ricerca del nucleo essenziale del suo significato che

    pensiamo debba coincidere con un significato unitario rispetto alle

    diverse applicazioni della voce auctoritas e che deve avvicinarsi al

  • 28

    suo senso originale. La questione di assegnare significati precisi ai

    termini da chiarire risulta una questione di sintesi attenta, di

    ricostruzione razionale, pi che un'analisi semplicemente

    descrittiva. Le delucidazioni, in quanto si tratta di proposte, non

    possono classificarsi come vere o false, n sono una questione di

    convenzione arbitraria. Una delucidazione di un dato insieme di

    termini combina aspetti di analisi di significato ed analisi empirica,

    pretende di ridurre le limitazioni, ambiguit ed inconsistenze del

    suo uso ordinario, proponendo una reinterpretazione per migliorare

    la chiarezza e precisione dei suoi significati, come la sua capacit per

    funzionare in ipotesi e teorie con forza esplicatoria e predittiva. Non

    pu essere per ci classificata come vera o falsa, certo gli si pu

    attribuire un maggiore o minore adeguamento cos come un

    potenziale teorico pi o meno fruttuoso. Questo processo di

    delucidazione che adduciamo si presenta come una nuova

    impostazione nel trattamento del tema, e si aggiunge come un altro

    motivo giustificativo del nostro studio.

    Nello sviluppo del nostro lavoro risulta strettamente

    necessario delimitare lambito temporaneo sul quale portiamo a

  • 29

    termine questa indagine. Un significato unitario di auctoritas deve

    esistere, il che perfettamente ammissibile tenendo conto che le

    parole, come vedremo, trasportano un'essenza di significato che si

    mantiene inalterabile nei diversi usi che possano darsi alla stessa, e

    perfino nel decorso ed evoluzione del tempo, come dicevamo, tale

    significato unitario potrebbe trovarsi nelle origini della propria

    parola. In ogni caso, quanto pi rimontiamo nel tempo analizzando

    il concetto di auctoritas, tanto pi avvicineremo al significato

    essenziale del vocabolo.

    Intentiamo, per quanto possibile, avvicinarci alla nozione

    originaria di auctoritas, poich il concetto ha sperimentato una

    considerabile evoluzione nel tempo e, solo attraverso il suo

    significato originario, possiamo trovare il nesso di unione tra le

    distinte applicazioni della voce durante il suo sviluppo.

    Precisamente per ci, abbiamo scartato, stabilendo i limiti

    temporanei del nostro studio, di analizzare il concetto di auctoritas

    nelle sue diverse applicazioni nel periodo della crisi repubblicana ed

    epoche posteriori, nelle quali crediamo trovarci con un concetto

    chiaramente evoluto. Ci nonostante, prenderemo necessariamente in

  • 30

    considerazione tale evoluzione, dato che buona parte delle fonti che

    utilizzeremo viene di questi periodi storici. E che in un concetto si

    trovano depositati, come in strati geologici, sensi corrispondenti ad

    epoche e circostanze di enunciazione diverse che si mettono di

    manifesto in ognuno dei suoi usi effettivi. Ogni autentico concetto

    gira cos sincronico quello diacronico.

    Sempre sulla scorta dellidea chiave che presiede ed orienta il

    nostro lavoro, quello del possibile significato univoco di auctoritas

    negli albori di questa parola, adottiamo nella nostra opera una

    struttura essenzialmente tripartita.

    In un prima parte il nostro impegno stato diretto,

    principalmente, a delineare un status quaestionis abbastanza

    rappresentativo dei significati del vocabolo auctoritas accolti dagli

    autori. Abbiamo iniziato il disegno di questa panoramica dottrinale

    cominciando con un avvicinamento al citato vocbolo

    dall'interessante ottica che offrono i lessici e dizionari, per

    sviluppare di seguito un'esposizione sufficientemente indicativa di

    un insieme ampio e diverso di significati di auctoritas presentato

    dalla dottrina, col conseguente notabile e dilatato sforzo che ci ha

  • 31

    permesso di mostrare un panorama di opinioni il pi sistematizzato

    possibile, tenendo conto dei numerosi giudizi di valore emessi in

    questo tema, al fine di offrire alcuni pilastri solidi al nostro lavoro e

    che, contemporaneamente, costituisca anche un materiale fruttfero

    e vantaggioso ai futuri studiosi.

    Il proposito che ha guidato la seconda parte, parte questa

    essenziale e centrale del nostro lavoro, stato volto a ottenere il

    maggiore avvicinamento, la maggiore approssimazione, nella

    misura che c' risultato fattibile, al significato originario della voce

    auctoritas al fine di stabilire un senso unitario della stessa. Per ci,

    abbiamo portato a termine un'analisi etimologica della nostra

    parola, indagando nelle sue origini, cercando la ragione della sua

    esistenza ma, soprattutto, tentando di trovare la radice o germe del

    suo significato e della sua forma. Nello svolgimento del nostro

    compito, un fattore coadiuvante stato lo studio dei procedimenti

    derivativi di formazione di parole, sulla base dell'inserimento, nel

    caso concreto che ci occupa, di suffissi sulla base lessicale nel quadro

    della Morfologia linguistica.

  • 32

    Nella terza ed ultima parte della nostra ricerca abbiamo voluto

    portare a termine l'esame di alcune delle pi antiche e rilevanti

    manifestazioni del termine auctoritas nell'ambito del diritto romano,

    in concreto, facendo speciale richiamo all'auctoritas nellambito della

    Legge delle XII Tavole, all'auctoritas patrum, cos come alla relazione

    e al parallelismo stabiliti tra questa ultima e l'auctoritas tutoris. In

    effetti, in questi usi ed espressioni arcaiche che risulta pi

    chiaramente verificabile la presenza di quelle applicazioni nel

    significato pi genuino ed unitario della nostra parola e dove

    diventa pi palese l'esistenza di un sedimento semantico comune a

    queste espressioni che non un altro che il senso primigenio e

    remoto di auctoritas. L'essenza della concezione pi antica di

    auctoritas rimarr in qualche modo implicita nelle distinte

    applicazioni ed attestazioni della stessa che continueranno a sorgere

    durante la storia da Roma.

    D'altra parte, per un'effettiva e migliore comprensione del

    significato unitario di auctoritas raggiunto, abbiamo tenuto conto

    della stretta relazione esistente in diritto romano tra pubblico e la

  • 33

    privato11. In questo senso, come affermava BONFANTE12, nel

    periodo pi genuinamente romano, cio, nel periodo pi antico

    dell'esistenza di Roma, non vha forse allora un solo istituto di

    Diritto pubblico, che non ritrovi il suo schietto equivalente in un

    istituto di Diritto privato, mostrando l'ordinamento romano come

    un scenario popolato di simmetrie. In parole di COLI13, dalle origini

    le istituzioni pubbliche e le private si riflettono alcune nelle altre.

    Tutto ci spiega che la nozione di auctoritas si trovi presente, come lo

    dimostrano le sue diverse manifestazioni, tanto nella sfera della vita

    pubblica come nell'ambito privato della vita di Roma, rivelandosi

    come una qualit essenziale appartenente all'intimo significato

    dell'ordinamento primitivo romano.

    11 In ogni caso, quando lo steso Ulpiano (D. 1, 1, 1, 2) distingue tra ius publicum

    ed ius privatum, quello che fa mettere in rilievo due posizioni (duae positiones), cio, due punti di vista dai quali pu considerarsi il diritto, bench il sistema sia solo uno, v. p.es. BIONDI, B., Ius publicum e Ius privatum, en Storia di Roma, XX, Il diritto Romano, Bologna 1957, p. 134.

    12 BONFANTE, P., Progressiva diversificazione del diritto pubblico e privato, en

    Rivista Italiana di Sociologia, 6, 1902, p. 1 ss. Il citato autore analizza i parallelismi tra lo Stato e la famiglia romana, allude anche a propriet, diritti patrimoniali e diritti di obbligo, etc., postulando un'identit organica ed una configurazione di relazioni omogenee tra diritto pubblico e diritto privato. 13

    COLI, U., Sul parallelismo del Diritto pubblico e del Diritto privato nel periodo arcaico di Roma, en Scritti di Diritto Romano, I, 1973, p. 216.

  • 34

    La nozione di auctoritas si mostra come un componente

    emblematico e distaccato della complessa nervatura che definisce ai

    popolo romano. L'auctoritas una qualit dell'auctor. Trattandosi di

    una qualit che accompagna l'essere, condivide il carattere di una

    persona, riconoscendosi col tempo la citata qualit anche ad

    istituzioni, e perfino a cose ed idee. Gli atti effettuati da egli

    individui considerati auctores si trovano rinforzati in virt della

    qualit di auctoritas che possiedono e che opera tale effetto

    aumentativo o di crescita in ragione della posizione di praeeminentia

    che ostentano.

    Oltre all'aspetto statico che si deduce dal significato di

    auctoritas come qualit di una persona, nel suo significato si osserva

    anche un aspetto dinamico, poich la citata qualit pu proiettarsi

    verso altri e, quindi, ripercuotendosi sulla sua posizione e nei suoi

    atti rinforzandoli, in modo che trascende dotandoli di pi forza e

    superiorit.

    per ci che la posizione di auctoritas spiega un aspetto

    sociologico nella misura che, nell'ambito della comunit, la qualit

    di auctoritas apprezzabile e riconosciuta per tutti, risultando

  • 35

    percettibile, palese ed indiscutibile la sua esistenza, mimetizzandosi

    in una perfetta simbiosi sociale.

    In somma, consideriamo che l'auctoritas ha una natura

    dialettica, perch partendo da un processo intellettuale possiamo

    arrivare, mediante il significato della parola, ad una realt

    trascendentale.

    Nello sviluppo del nostro lavoro siamo stati coscienti in ogni

    momento, particolarmente nel nostro compito interpretativo, dei

    numerosi scogli ed inconvenienti che presentano le fonti in rapporto

    con la verosimiglianza dei dati che ci portano dei tempi pi remoti

    della Storia di Roma. Conseguentemente, l'analisi delle fonti stata

    sviluppata col massimo rigore, cercando in ogni momento di

    procurare un'interpretazione con propriet e precisione, riferendo i

    frammenti nel testo o nelle note e realizzando le nostre proprie

    traduzioni.

    In quanto alle opinioni dottrinali, e tenendo conto che ci

    troviamo in una Universit relativamente giovane dove ancora non

    abbiamo biblioteche molto nutrite in bibliografia specifica, la nostra

    principale pretesa stata quella di tentare di riunire quegli apporti

  • 36

    pi importanti e rilevanti, di modo abbastanza esaustivo, e farlo

    sempre consultando informa diretta le opere, realizzando anche un

    ordine e sistematizzazione delle stesse, valutandoli da una

    prospettiva critica, ma sempre manifestando una sincera

    ammirazione ed un profondo rispetto per tutti gli autori citati e

    stimando, da un punto di vista scientifico, molto positivamente tutti

    i lavori di chi ci ha preceduti, il che ha contribuito enormemente alla

    nostra formazione, costituendo un'autenticazione e privilegiata

    scuola per il nostro apprendistato, non solo nel tema specifico che

    chic i occupa, ma anche nel diritto romano in generale.

    Nello stesso modo, ci siamo serviti dei metodi di studio e di

    strumenti propri e caratteristici della nostra disciplina, ma, inoltre,

    per accostarci al nostro tema con la maggiore precisione e rigore

    possibile, siamo ricorsi anche, sempre da una posizione molto

    prudente e con la massima cautela, a specialit proprie dellambito

    linguistico, senza le quali non saremmo riusciti a raggiungere il

    preteso significato unitario di auctoritas ed il nostro lavoro sarebbe

    rimasto ridotto ad un mero studio parziale sulla questione.

  • 37

    Ugualmente, in consonanza con la logica dei procedimenti

    interpretativi e della coerenza come valori essenziali propri della

    scientia iuris e dell'attivit dei suoi giuristi, abbiamo applicato

    schemi esplicativi basati sulla congruenza ed il ragionamento logico

    col proposito di compiere un passo avanti nell'avvicinamento al

    pensiero giuridico romano.

    Dato che l'utilit di un'opera costituisce la sua propria

    giustificazione, come segnala DE LAS HERAS14, speriamo che

    quell'utilitas, come principio e valore basilare ispiratore del pensiero

    dei giuristi romani15, orienti anche il nostro lavoro e riuscire a

    raggiungere gli effetti pratici desiderati nella linea di suggerire

    nuova ipotesi e teorie, di apportare dati ed idee rinnovatrici e di

    segnalare nuove linee di investigazione nel momento di studiare

    concetti inveterati come quello dell'auctoritas romana ed, in

    definitiva, cos da contribuire umilmente allo sviluppo della scienza

    romanstica.

    14 DE LAS HERAS, G., El rgimen jurdico-poltico de Augusto en el marco de la

    crisis republicana: revolucin o reforma?, Albacete, 1989, p. 13. 15

    D. 1, 3, 25; D. 1, 1, 1, 2; D. 1, 1, 11.

  • 38

    La motivazione e lo sforzo usati nel nostro compito, la grande

    speranza e l'enorme impegno e costanza con cui l'abbiamo

    realizzato, oltre al proposito di portarla a termine con un spirito

    revitalizante, tutto ci lo dobbiamo agli insegnamenti magistrali e

    agli arricchenti colloqui col nostro maestro il Professore DE LAS

    HERAS, al quale rendiamo un sincero tributo da queste pagine.

    Anche la nostra gratitudine va diretta a quegli illustri romanisti e

    professori che generosamente ci hanno aiutato nel nostro lavoro con

    le sue imprescindibili insegnamenti. Per tutto ci detto che, come

    bene notava il prof. TORRENT16, cualquier problema de Derecho

    romano tiene detrs una enorme carga de reflexin y estudio

    multisecular, abbiamo cercato in ogni momento di sviluppare il

    nostro lavoro con un atteggiamento prudente, non esente da grande

    dedicazione e di una buona dose di entusiasmo, che quel che ci ha

    aiutati, nel momento di continuare, a sanare progressivamente la

    nostra ignoranza iniziale e i nostri molti limiti, propri di un

    ricercatore novello, davanti a tale compito in una disciplina, come

    quella del Diritto romano, cos complessa e grandiosa. Vogliamo

    16 TORRENT, A., Derecho pblico romano y sistema de fuentes, Zaragoza, 1995, p. 5,

    6.

  • 39

    anche dichiarare la nostra pi sincera gratitudine a tutti coloro che

    hanno reso tanto fruttuoso il nostro soggiorno nell'Universit di

    Roma La Sapienza, in particolare al prof. CRIF, chi sempre ci ha

    prestato il suo prezioso e generoso aiuto e, attraverso il suo

    magistero, ci mostr la grandezza ed eccellenza del Diritto romano.

  • 40

    CAPTULO I

    PLANTEAMIENTO DOCTRINAL

  • 41

    El concepto de auctoritas, nocin de extraordinaria

    importancia, se ha venido situando como uno de los puntos de

    inters para los romanistas, quienes, generalmente, han llevado a

    cabo estudios sobre las distintas manifestaciones de dicho concepto.

    De este modo, se ha estudiado la nocin de auctoritas con relacin a

    su aplicacin a personas, instituciones o situaciones particulares,

    intentando averiguar y esclarecer, entre otros, el sentido de la

    auctoritas de Augusto, de la auctoritas patrum, de la auctoritas en la

    mancipatio o del llamado usus-auctoritas, que no son, entendemos,

    otra cosa que diversos empleos o aplicaciones del citado concepto.

    Sin embargo, han sido relativamente escasos los estudios

    monogrficos que se hayan planteado un estudio general sobre el

    significado de auctoritas.

    Pues bien, desde nuestro modestsimo punto de vista, en el

    anlisis general del citado trmino, una tarea debera interesar

    especialmente por primordial, y es la bsqueda de un significado

    unitario del trmino auctoritas, es decir, el hallar un sentido del

    vocablo que pudiera corresponderse, en su ms esencial significado,

    con las distintas y variadas aplicaciones del mismo, tanto en el

  • 42

    mbito de lo que llamamos Derecho pblico romano como en la

    esfera del Derecho privado.

    No obstante, son pocos los investigadores que han mostrado

    su empeo en tratar de aportar una sola significacin que sirviese

    para explicar los distintos usos de esta palabra objeto de nuestro

    estudio, ya que el debate doctrinal se ha centrado en la lnea de

    tratar de explicar las distintas manifestaciones de la palabra, en

    explicar el distinto significado de auctoritas en cada una de sus

    diversas aplicaciones, en lugar de intentar buscar un significado

    comn en lo esencial a todas ellas.

    A este respecto, en las diversas investigaciones que, hasta el

    momento, se han realizado, nos hemos encontrado con casos en los

    que se ha tratado de encontrar un significado comn entre algunas

    de esas manifestaciones. En otros, se han tenido como premisas

    generalizaciones supuestamente aplicables nicamente a algunos de

    los mbitos jurdicos e incluso se ha llegado a negar a priori la

    posibilidad de desentraar una significacin comn a los diversos

    empleos del trmino.

  • 43

    As pues, a pesar de que el panorama de las distintas

    investigaciones sobre el concepto de auctoritas se encuentra

    precedido de un gran nmero de trabajos, stos, en su mayora, a

    nuestro juicio, adolecen de un carcter parcial, puesto que, en efecto,

    muy pocos son los casos en que la doctrina romanstica, junto con

    algunos fillogos, se ha ocupado de la bsqueda de un posible

    significado general y unitario del trmino auctoritas. Antes bien, la

    atencin de la mayora de estudiosos del concepto de auctoritas,

    como apuntbamos con anterioridad, se ha visto desviada hacia las

    distintas manifestaciones del trmino, no centrndose, como es

    nuestro propsito, en la posibilidad de una significacin unitaria del

    citado vocablo.

  • 44

    1.-OPINIONES DOCTRINALES SOBRE EL SIGNIFICADO

    DEL TRMINO AUCTORITAS.

    Siendo el de auctoritas un trmino transcendental para la

    comprensin de un importante nmero de instituciones y

    actuaciones en el mbito jurdico, tanto en la esfera de lo que

    llamaramos Derecho pblico como en la del Derecho privado, no es

    de extraar que un elevadsimo nmero de romanistas haya

    estudiado su significacin, y se haya topado al enfrentarse a otros

    problemas- con la dificultad de encontrar un significado adecuado

    del mismo o se haya visto en la situacin de pronunciarse sobre el

    sentido del trmino en sus diferentes aplicaciones.

    Por lo tanto, es fcilmente comprensible el hecho de que

    resultara imposible e inadecuado siquiera intentar recoger todas las

    opiniones planteadas por la doctrina romanstica al respecto. Por

    ello, nuestro propsito se ha centrado en plasmar el mayor nmero

    de aportaciones relevantes, a la hora de trazar un status quaestionis

    suficientemente indicativo de los diversos significados aportados

    por los autores para el vocablo auctoritas, objeto de nuestro estudio.

  • 45

    Para este propsito hemos realizado, como podr apreciarse, un

    enorme y muy prolongado esfuerzo, que esperamos ofrezca una

    base slida a nuestro trabajo y un material fructfero a futuros

    investigadores.

    Comenzaremos trazando un panorama de los ms diversos y

    variados significados de auctoritas aportados por diferentes autores,

    para centrarnos, a continuacin, en los planteamientos y cuestiones

    doctrinales que nos han parecido ms relevantes. Podrn observarse

    dos cosas: en primer lugar, la amplia y dispar variedad de

    significados propuestos; en segundo lugar, que un buen nmero de

    autores aparecen citados en varios apartados, porque en sus

    planteamientos se refieren a significados diversos.

  • 46

    1.1.-EL SIGNIFICADO DE AUCTORITAS EN LA

    ESFERA DE LOS LXICOS.

    Habida cuenta de los muy diversos y variados planteamientos

    sobre el significado del trmino auctoritas que, como veremos, han

    propuesto los estudiosos del Derecho romano, resulta de indudable

    inters comenzar la aproximacin al citado vocablo desde la

    perspectiva de los lxicos y diccionarios.

    En el monumental diccionario en lengua latina Thesaurus

    Linguae Latinae17 se agrupan las distintas acepciones de auctoritas

    segn se refiera el trmino al discurso judicial, a las personas, a

    instituciones como el senatus, rei publicae, magistratum, imperatorum,

    sacerdotum, deorum, o bien referido a las cosas (rerum)18, y establece el

    siguiente esquema de significados apoyado en las fuentes:

    17 Thesaurus Linguae Latinae, Mnchen, 2005, (disco compacto), 121367 ss.

    18 Una interesante sistematizacin de las distintas aplicaciones de auctoritas contemplamos en el Vocabularium Iurisprudentiae Romanae, I, Berln, 1903, pp. 514 ss., en claro paralelismo con el contenido del Thesaurus. As, observamos un primer bloque relativo a la auctoritas tutoris, curatoris, patris domini, patroni, adgnatorum; un segundo bloque que hace referencia a la auctoritas en el mbito de la eviccin, auctoritas= actio pro evictione; un tercer y cuarto bloque relacionados con la auctoritas de los patres y del senado, respectivamente, patrum, patriciorum, senatus; el quinto alude a la auctoritas principis, pontificum,

  • 47

    I.- In sermone iudiciali:

    1.- Ictorum, i. q. i u s p o s s e s s i o n i s v e l d o m i n i i , quod usu

    paratur vel per emptionem ali quis accipit.

    2.- Secundi auctores.

    3.- Tutoris, patris, curatoris.

    4.- Iudicium et iudiciorum.

    5.- Iuris peritorum.

    II.- Hominum.

    1.- Fere i. q. praestantia, dignitas, honos, existimatio, amplitudo,

    gravitas (Ansehen).

    2.- Hominum aliquo modo declarata vel expressa, qua alii

    commoveantur, sive verbis (fere i. q. voluntas, sententia, testimonium,

    consilium, suasio, assensus, sive actione, fere i. q. exemplum.

    3.- Speciatim: a) maiorum; b) testium fere i. q. fides; c) poetarum vel

    scriptorum eorumque operum i. q. sententia testificatio, testimonium,

    exemplum; d) pro persona auctoritatem possidente.

    magistratuum, iudicis, arbritri, tutoris; el sexto menciona la auctoritas rei iudiciariae et census; el sptimo grupo se refiere a la auctoritas populi, publica, legis, iuris; en octavo lugar, encontramos la auctoritas relativa al saber y la escritura, scientiae et scriptorum; y, por ltimo, un grupo diverso relativo a hominibus et rebus.

  • 48

    III.- Senatus, rei publicae, magistratum, imperatorum, sacerdotum,

    deorum, sim.

    1.- Peculiare Romani senatus attributum; speciatim senatus

    auctoritas vocatur id senatus consultum, cui intercessum est, ut

    exsequi (seguir) non liceret, quod tamen perscribebatur.

    2.- Optimatium, ordinis equestris, sim.

    3.- Publica, imperii, populi Romani, municipiorum,

    civitatium, sim.

    4.- Magistratuum.

    5.- Caesarum (regum).

    6.- Christianorum sacerdotum.

    7.- Voluntas imperatoris vel papae per litteras expressa i. q.

    iussum rescriptum, diploma, epistula decretalis constitutio.

    8.- Deorum.

    IV.- Rerum: a) imprimis dictorum, scriptorum, institutionum sim. i.

    q. vis, gravitas, pondus, momentum; b) corporis, humani, dignitas; c)

    bestiarum, rerum naturalium, corporalium hominus manibus effectarum

    (imprimis aedificiorum) i. q. existimatio, vis, gravitas.

  • 49

    En la esfera relativa a los glosarios en lengua latina, tambin

    queremos destacar a FORCELLINI19, que aporta una diversidad de

    significados para el vocablo auctoritas:

    Auctoritas (auctor) : Haec vox occurrit in prosa tantum oratione: et

    generatim significat eam qualitatem, qua persona aut res aliqua maxima

    pollet potestate ac legitima facultate ; vi , potentia, pondere ac momento

    valet.

    Stricto sensu auctoritas est :

    I.- jus ad dominium, fidejussio, fides.

    II.- hortatio, consilium, pondus, quibus aliquis valet ad aliquid

    faciendum.

    III.- sententia ataque decretum.

    IV.- facultas ad aliquid faciendum.

    I.- Omnino proprie. 1.- Auctoritas est jus et dominium super re

    aliqua legitime acquisita, seu impsius dominii validitas. 2.- Cum agitur de

    rumoribus, opinionibus, sententiis, testibus atque aliis hujusmodi,

    auctoritas significat ea omnia, quibis aliquia fide dignus habetur : sed

    19 FORCELLINI, A., Lexicon totius latinatis, Bologna, 1965, reprod. facs. de la 4a. ed. de 1864-1926, p. 387.

  • 50

    quamvis cum fide saepe jungatur. 3.- Cum agitur de scientiis, artibus,

    moribus, consuetudinibus et similibus, auctoritas es id, quo quis alicujus

    rei auctor fuit, eam instituit ac propria existimatione firmavit fovitque. 4.-

    Cum agitur de inceptis, consiliis, vel actibus, auctoritas est id quod res

    ipsas validas ac ratas facit, hinc est consensio, favor, exhortatio, opera ad

    aliquid agendum. 5.- Saepius auctoritas est opinio sententia, cujus quis

    auctor est ; immo interdum et cum sententia conjungitur.6.- Item

    auctoritas est potestas seu facultas faciendi aliquid, quae legitime tributa

    sit. 7.- Hinc auctoritas est etiam potentia, jussum, imperium.

    II.- Latiori sesu acutoritas ponitur pro exitimatione, pondere,

    momento, dignitate personae au rei alicujus : et ocurrit 1.- De personis pro

    existimatione, qua quis apud alios valet ac pollet. 2.- Ponitur et de rebus, et

    quidem saepius intellectuali ratione pro pondere ac momento, quod habent

    res legitime, sapieter ac prudenter constitutae, ut sunt leges, decreta

    senatus responsa prudentum, res praeclarae gestae, sententiae clarorum

    virorum.

    3.- Item de rebus materiali ratione, sed raro, ponitur pro pretio.

  • 51

    Por su parte, SPRINGUETTI20 nos ofrece los siguientes

    sentidos de nuestra palabra: a) Inter Medium Aevum auctoritas est

    qualitas auctorum (v.) seu magnorum scriptorum, quam ii suis operibus

    transmittunt, quae proinde sunt veluti sigillo eorum dignitatis insignia et

    confirmata seu authentia donat; b) Interdum haec eadem vox usurpabatur

    ad designandum locum desumptum ad verburm ex aliquo auctore, ad cuius

    auctoritatem hoc modo provocabatur.

    IRMSMER21, por otro lado, desde una visin ms centrada en

    la esfera poltica, identifica la auctoritas con el poder de las personas

    y grupos de personas, refirindose expresamente al emperador y al

    senado.

    Especficamente, en lo referente al lxico ciceroniano, son de

    indudable inters los sentidos transmitidos por MERGUET22, a

    saber: peso, influencia, poder, validez, garanta, legalizacin, etc.

    20 SPRINGHETTI, A., Lexicon linguisticae et philologiae, Roma, 1962, p. 61.

    21 IRMSCHER, J., Lexicon der antike, Leipzig, 1971, p. 75.

    22 MERGUET, H., Hand Lexicon zu Cicero, Hildesheim: Georg Olms, 1964, reprod. facs. de la ed. de Leipzig, 1905-06, p. 64.

  • 52

    Por otro lado, resulta tambin indispensable y no menos

    relevante comprobar las acepciones que se recogen de nuestra

    palabra bajo el prisma de los repertorios etimolgicos.

    As, el diccionario etimolgico BRAL-BAILLY23 otorga al

    trmino auctoritas el significado de crdito, autoridad moral,

    adems de atribuirle la misma diversidad de sentidos que el autor

    considera respecto del vocablo auctor24, ya que auctoritas, como

    tendremos ocasin de examinar, marca la cualidad de ser auctor, y

    esta idea ser indispensable en la bsqueda del significado en origen

    de auctoritas.

    Sobre auctoritas, y en la misma esfera etimolgica,

    RAIMUNDO DE MIGUEL25 recoge un amplio elenco de

    significados, siendo stos: autoridad, crdito, estimacin, fe,

    verdad, aprecio, reputacin; poder, potestad, jurisdiccin; texto,

    lugar, testimonio, sentencia, dicho, palabras que se citan de libros o

    23 BRAL, M. y BAILLY, A., Dictionaire etimologique latin, Paris, 1885, 3 ed., 1891, p. 21. 24 Auctor es el que aumenta, el que crea, de donde: 1.- autor, causa; particularmente autor (narrador, escritor); 2.- consejero (en particular, de un proyecto).

    25 DE MIGUEL, R., Nuevo diccionario latino-etimolgico, Madrid, 2000, reprod. facs. de la 11 ed. corr. y aum., Madrid, Senz de Jubera Hermanos, 1897, p. 97.

  • 53

    personas; excelencia, representacin, peso; seguridad, caucin,

    garanta.

    En la misma lnea, una variedad de significaciones de

    auctoritas resea WALDE26, tales como, determinante, decisivo,

    aprobacin, testimonio, paternidad literaria, testigo, prestigio

    autoridad.

    Al igual que BRAL-BAILLY, que acabamos de citar,

    ERNOUT-MEILLET27 insiste en definir la auctoritas como el hecho

    de ser auctor, con todos los sentidos que se desprenden de esta

    palabra: el que hace crecer28 o el que cultiva; el que aumenta y

    el que funda, fundador, autor; instigador, consejero,

    garanta, poseedor vendedor. De donde auctoritas como

    instigacin, autoridad; garanta; opinin pronunciada primero,

    26 WALDE, A., Lateinisches Etymologisches Wterbuch, Heidelberg, 1965, p. 80.

    27 ERNOUT, A., y MEILLET, A., Dictionnaire tymologique de la langue latine: histoire des mots, Paris, 1932, 4 ed., 1967, p. 57.

    28 Queremos destacar, anticipndonos a lo que ser objeto de examen ms

    adelante, que ste es uno de los primeros significados que, adems, resultar determinante a la hora de hallar el sentido de auctoritas en los albores de este vocablo.

  • 54

    opinin predominante; auctoritas senatus = senatus consultum;

    cualidad de vendedor, posesin, derecho de propiedad.

    Tambin en el Nuevo diccionario etimolgico de SEGURA

    MUNGUA29 hallamos una diversidad de significados de nuestra

    palabra, que vienen a bifurcarse en sentidos tcnico jurdicos y en

    sentidos ms genricos. Entre los primeros destacamos los

    siguientes: garanta, responsabilidad del vendedor o tutor, derecho

    de propiedad (usus, usucapio); como manifestacin de la autoridad

    tenemos acepciones tales como decreto, sentencia, decisin,

    resolucin, mandato, orden; senadoconsulto; plebiscito, decisin

    senatorial sometida al veto de un magistrado competente (senatus

    auctoritas.). Los sentidos ms genricos que contempla el citado

    diccionario conducen a la idea de garanta, responsabilidad,

    autoridad [que aumenta la confianza], crdito, fe; respecto de

    personas o cosas es definida como autoridad, prestigio, impor-

    tancia, influencia; tambin autoridad, fuerza, peso, valor,

    significacin; desde el punto de vista de la persona que ejerce la

    29 SEGURA MUNGUA, S., Nuevo diccionario etimolgico Latn-Espaol, Bilbao, 2001, reimpr., 2003, p. 67.

  • 55

    autoridad, autoridad, persona influyente; como paradigma

    sera modelo, ejemplo, precedente; en el sentido de

    aplicacin de la autoridad es consejo, instigacin, impulso; y a

    tenor de la autoridad conferida a alguno se define como

    potestad, poderes, facultad, autorizacin.

    Entre los diccionarios y lxicos cuya temtica gira en torno a la

    antigedad clsica, particularmente centrados en Roma y el lxico

    latino, queremos resear los siguientes:

    HUMBERT30, en el Dictionnaire des Antiquits grecques et

    romaines, cuando examina el vocablo auctor en el mbito del derecho

    privado, identifica la auctoritas con la garanta y con la accin de

    garanta, aludiendo en concreto a la compraventa, la usucapio y la

    eviccin. Posteriormente, dedica un captulo extenso a la auctoritas

    patrum31. Observamos que la exposicin de este autor parece

    circunscribir el significado de auctoritas a una esfera exclusivamente

    propia del Derecho privado romano, sin perjuicio de la exposicin

    30 HUMBERT, G., v. auctor, en Dictionnaire des Antiquits grecques et romaines. Daremberg-Saglio, I, 1, Graz, 1969, ed. facs. de la de Paris, 1877-1919, pp. 543 ss.

    31 Ibid., pp. 545 ss.

  • 56

    que desarrolla sobre la auctoritas patrum, pero ya, en este caso,

    circunscrita nicamente a un empleo concreto de nuestra palabra.

    Para DE RUGGIERO32, auctoritas es una palabra que,

    originariamente, significa lo mismo que ser auctor, que, a su vez, se

    ha de entender en su significado fundamental de aquel que

    aumenta o completa. Luego volvemos a toparnos con un sentido de

    auctoritas que reclama el aspecto etimolgico de la mencionada

    palabra como cualidad de auctor. A continuacin trata el autor de

    explicar el concepto en los distintos mbitos donde opera. As, en el

    Derecho Privado, cada persona incapaz de cumplir actos

    jurdicamente vlidos necesita, como se ha dicho antes, de la

    auctoritas, o lo que es lo mismo, de uno a l jurdicamente superior

    cuando quiera emprender un negocio jurdico. En el derecho

    pblico ms antiguo, cada deliberacin del pueblo tiene profesiones

    del aumento y complemento mediante un acto de la parte patricia

    del senado, de la auctoritas patrum. Este uso, que dur hasta los

    tiempos del Principado, pierde su importancia prctica cuando los

    plebeyos adquirieron derechos iguales a los patricios; pero todava

    32 DE RUGGIERO, E., Dizionario epigrafico di Antichit Romane, I, Roma, 1961, pp. 767, 768.

  • 57

    la palabra auctoritas conserv su valor. Como la auctoritas patrum,

    tambin la auctoritas magistratum se encuentra en la misma relacin

    de frente a la auctoritas del Derecho Privado. Cada magistrado,

    investido de potestas, debe tambin conferir su ratificacin o

    auctoritas a todos los actos que entran en la esfera de su

    competencia.

    PELLETIER33 apunta la idea de autoridad moral superior

    para explicar el concepto de auctoritas que se predica del Senado y

    del emperador, revistindose de un carcter religioso en el trmino

    augur. Por lo que entendemos que resalta un sentido poltico a la vez

    que un matiz religioso, segn la figura portadora de auctoritas.

    Para LBKER34, auctoritas es la cualidad de auctor bajo

    cualquier relacin. De nuevo, este lxico razonado considera

    determinante el hecho de ser auctor como aquello que define por

    excelencia el vocablo auctoritas. El mencionado autor aplica unos

    33 PELLETIER, A., Lexique de antiquits romaines, Paris, 1972, pp. 28, 29.

    34 LBKER, F., Il lessico classico: lessico ragionato dellantichit classica, Bologna, 1989, reimpr. 1993, p. 188.

  • 58

    significados precisos a la palabra segn se encuentre insertada en el

    mbito pblico o privado. De modo que:

    1) En el derecho pblico, encuentra que la auctoritas significa

    propuesta, decisin sentencia y orden de los magistrados y de los

    cuerpos del estado, destacando la auctoritas senatus.

    2) En el derecho privado, llama auctoritas al consenso del

    tutor, a la caucin, y hasta al derecho de propiedad, como, por

    ejemplo, adversus hostem aeterna auctoritas, esto es, de frente a un

    peregrino el romano tiene siempre el derecho de propiedad, dicho

    de otro modo, el peregrino no tiene el derecho de la usucapin, por

    lo que no puede adquirir la propiedad romana por medio de

    prescripcin; as, tambin las rei furtivae aeterna auctoritas, es decir,

    las cosas robadas, no pueden devenir propiedad por usucapio. Y a

    este sentido adscribe tambin el usus auctoritas.

    Por otra parte, el diccionario de Derecho Romano de

    BERGER35 destaca retomando la idea de poder, lo que le conduce a

    35 BERGER, A, Encyclopedic dictionary of Roman Law, New York, 1953, reprinted 1968, p. 368. Se refiere tambin al tutor que acta como auctor dando su asentimiento (a travs de su auctoritas otorga el peso legal a la transaccin). Adems, tambin identifica la auctoritas con la garanta asumida por el vendedor.

  • 59

    considerar la auctoritas como la autoridad, el prestigio, ms bien

    un poder moral que no legal. Seala que es empleado el trmino

    en relacin con grupos o personas que ordenan obediencia y

    respeto, aspecto ste en el que se atisba un encuadre sociolgico del

    trmino.

    BLAISE36 afirma que auctoritas es, en primer lugar, causa

    primera, origen; en segundo lugar, orden, mando, poder (en

    conexin con el poder que el prncipe se arroga), voluntad de

    autoridad, orden, rescripto, decreto (de un emperador, de un papa,

    de un rey), autoridad, potencia; en tercer lugar, refiere la citada voz

    al sentido de autorizacin, permiso; en cuarto lugar, detalla las

    acepciones de importancia, influencia, prestigio, autoridad moral,

    confianza en s, seguridad, autoridad, importancia; en quinto y

    ltimo lugar, mezcla distintos valores como autoridad, lo que hace

    crecer, garanta.

    36 BLAISE, A., Dictionnaire Latin-Franais des auteurs chrtiens, Strassbourg,

    1954, p. 103.

  • 60

    GLARE37 nos ofrece un dilatado conjunto de acepciones del

    trmino auctoritas. Un gran nmero de ellas aportan un sentido

    estrictamente jurdico del vocablo. As, la auctoritas es, unas veces,

    el derecho de propiedad, el ttulo; otras, la autorizacin, sancin,

    aprobacin; e incluso, en otros casos, las consecuencias de

    comenzar o autorizar en curso de accin, la responsabilidad. En

    particular, refirindose al rgano senatorial, la auctoritas se identifica

    con un decreto informal del Senado, con la resolucin, o con una

    propuesta hecha por un senador individual. Tambin es concebida

    como un derecho o un poder para autorizar o sancionar, influencia

    de control, autoridad, fuerza, orden (atribuido, por ejemplo, a las

    leyes, a los magistrados, a los padres, etc.), una demanda a ser

    considerada autorizada, peso, autoridad, fiabilidad, principio o

    justificacin (para una declaracin o accin), prueba confirmatoria

    (de una imputacin).

    Otras acepciones aportadas por GLARE, sin embargo, no se

    circunscriben al mbito del derecho sino que permiten atisbar una

    37 GLARE, P.G.W., Oxford Latin dictionary, Oxford, 1982, reimpr., Oxford, 2006. p. 206.

  • 61

    nocin de auctoritas de carcter ms general. De tal modo que

    auctoritas es propuesta, consejo, recomendacin; tambin la gua,

    primaca, la direccin como una cualidad, la autoridad, la

    influencia; o bien, la autoridad de pronunciamiento, la

    impresionabilidad (poder, fuerza), autoridad de las palabras, del

    estilo o del asunto, los rasgos impresionantes (solemnes, poderosos),

    dignidad (rango), autoridad de obras de arte, la dignidad, la

    autoridad; o, por otra parte, una vista u opinin que merecen la

    consideracin, un testimonio de peso; un precedente, ejemplo,

    autoridad del idioma; reputacin para la direccin, la posicin de

    autoridad, el prestigio; influencia personal o ascendiente; cuando

    se refiere a las cosas es la estima, la estimacin, la popularidad, la

    reputacin.

    Algunos modernos diccionarios que traducen la lengua latina

    al idioma italiano agrupan, del mismo modo que los glosarios

    precedentes, una heterogeneidad de significaciones de auctoritas:

  • 62

    Indica CALONGHI38 que auctoritas, relacionndola con auctor,

    es, en sentido ms restringido: legitimidad, validez, bien de una

    posesin, bien de un aserto, etc., e incluso garanta, valor, crdito,

    autenticidad; por otro lado, se refiere a la precedencia de una

    cosa, el precedente, el ejemplo normativo, el modelo que sirve de

    regla, de base; en relacin con una deliberacin, resolucin,

    propuesta, accin, etc. es una garanta que hace avanzar, que

    promueve, cooperacin que empuja adelante, apoyo, autoridad,

    recomendacin, solicitacin de una persona acreditada, consejo,

    estmulo, empujn, exhortacin, y, en conexin con los sujetos, se

    refiere a los jefes ms influyentes, los personajes de ms

    influencia. En un apartado de significaciones dispares,

    CALONGHI alude a los sentidos de autoridad, declaracin de

    voluntad, beneplcito, declaracin, sentencia, voluntad, deseo,

    modo de ver o parecer autntico, deliberacin, decreto, autorizacin,

    plenos poderes. En sentido amplio, se recogen los sentidos de

    peso crdito, prestigio (personal), autoridad, que puede ser

    38 CALONGHI, F., Dizionario latino italiano, Torino, 1950, 3 ed., 1990, p. 296 ss.

  • 63

    referido a una persona, o a una autoridad que se considere

    acreditada, considerada, escuchada, adquiriendo un valor referente

    a la metonimia, o, por ltimo, a una cosa material de la que se

    desprende valor, prestigio, estima, consideracin, boga.

    El diccionario Nuevo Campanini Carboni39 seala los siguientes

    significados de auctoritas: autoridad, prestigio, importancia;

    autoridad, capacidad de mando, influencia, poder; autenticidad,

    peso; testimonio u opinin acreditada; ejemplo (acreditado),

    modelo, gua; voluntad, decisin, discrecin, deliberacin, orden,

    iniciativa, propuesta; consejo o parecer (acreditado);

    autorizacin, garanta, sancin, aprobacin, consenso;

    responsabilidad; cualidad, importancia; y, por ltimo, derecho

    de propiedad, ttulo de propiedad.

    CASTIGLIONI y MARIOTTI40 afirman que auctoritas es, por

    un lado, autoridad, garanta, crdito, importancia, prestigio, peso,

    ejemplo, exhortacin; por otro lado, es voluntad, parecer, opinin,

    39 CAMPANINI, G., y CARBONI, G., Nuovo Campanini Carboni Vocabolario Latino-Italiano*Italiano-Latino, Torino, 1995, p. 125.

    40 CASTIGLIONI, L., y MARIOTTI, S., Vocabulario della lingua latina, 3 ed., Torino, 1996, reimpr., 2001, p. 108.

  • 64

    orden decreto, actos pblicos; a tenor del tropo metonmico, una

    autoridad, un personaje; y como trmino de derecho, legitimidad,

    derecho de posesin.

    BIANCHI-LELLI41 conceden a la auctoritas los significados de

    autor, fuente, causa; autoridad, prestigio, poder, influencia,

    importancia; opinin, voluntad, orden, decreto; persuasin,

    consejo, exhortacin, responsabilidad; modelo, ejemplo; y

    derecho de propiedad, derecho de reivindicacin de la propiedad.

    Y para terminar este apartado con una obra que se erige

    tambin como un ejemplo ilustrativo de pluralidad de significados

    en el mbito de los vocabularios espaoles traductores del latn,

    BLNQUEZ42, en la lnea de los precedentes diccionarios

    examinados, establece la siguiente multiplicidad de significados

    para el citado trmino en anlisis:

    41 BIANCHI, E., y LELLI, O., Dizionario illustrato della lingua latina, 16 reimpr. Firenze, 1997, pp. 139, 140.

    42 BLNQUEZ, A., Diccionario Latino-Espaol, Espaol-Latino, I, Barcelona, 1985, pp. 218, 219.

  • 65

    -Produccin de un objeto, creacin, generacin, invencin,

    ocasin, ejemplo, considerado por el autor como un uso muy

    raro.

    - Autoridad en todo orden de cosas; fuerza, peso en

    palabras o hechos, prestigio.

    - Hablando de cosas, precio, importancia, fuerza, valor,

    significacin.

    - Opinin, juicio, decisin.

    - Consejo, instigacin, impulsin, excitacin a algo.

    - Exhortacin, consolatoria, consolacin, consuelo.

    -Voluntad, autorizacin, autoridad, decisin, orden,

    mandato, resolucin.

    - Asumiendo un carcter tcnico en el lenguaje jurdico-

    poltico, voluntad de las autoridades competentes; decreto,

    sentencia, resolucin, autorizacin, plebiscito, senadoconsulto,

    derecho, legalidad, podero, potestad.

    -Libre arbitrio, facultad de poder obrar uno a su antojo,

    libertad, poder, potestad delegada, plenos poderes.

  • 66

    -Ejemplo, modelo, precedente.

    - Creencia, fe, crdito que merecen las personas o las cosas,

    autoridad para confirmar un hecho, una opinin, una

    autenticidad.

    -Documento, ttulo, acta, certificado, escrito justificativo.

    - Testimonio.

    -Aprobacin.

    - Nombre que tiene valor, autoridad, ejemplo prestigioso

    que se impone.

    -Realizacin, cumplimiento, consumacin.

    - En trminos estrictamente jurdicos, derecho de posesin,

    posesin adquirida por el uso, posesin legtima, derecho de

    propiedad, compra garantizada, garanta (de parte de un

    vendedor, curador, tutor, comisionado, etc.), derecho de eviccin,

    responsabilidad.

    En suma, de este conjunto de lxicos consultados se

    desprende, en trminos generales, un repertorio muy variopinto de

    acepciones conferidas a la voz auctoritas. Algunas de estas variadas

  • 67

    significaciones, por destacar algunas de las ms reiteradas, poder,

    autoridad, garanta, autorizacin, aprobacin, influencia,

    prestigio, etc., vendrn a abanderar numerosas doctrinas, como a

    continuacin podremos comprobar.

    1.2.-LA AUCTORITAS COMO UN CONCEPTO

    MULTVOCO.

    Una vez que hemos esbozado un panorama sobre la

    diversidad de significados que aparecen en lxicos y diccionarios

    especializados, podemos asentir que, en la doctrina romanstica, la

    auctoritas es tambin presentada con frecuencia como un concepto

    multvoco, en la medida en que se le suelen atribuir una variedad de

    significados diversos, a tenor de sus distintos empleos en los

    diferentes mbitos jurdicos. Destacaremos en este apartado slo a

    algunos de los autores que mejor pueden manifestarnos este aspecto

    que queremos empezar poniendo de manifiesto en la doctrina.

  • 68

    De esta forma, ya CARLE43 quiso apreciar la variedad de

    significaciones de auctoritas, considerando que la citada palabra

    significa, constantemente, el apoyo, la aprobacin, la garanta, que

    se trae o se asume por un determinado acto.

    En esta misma lnea, el planteamiento de FERRINI44 parte de

    la base del que considera como significado fundamental de auctor,

    que no es otro, para FERRINI, que el de creador, productor, el que

    da o proporciona el incremento45. FERRINI aade a esta nocin de

    auctor, que se corresponde con el significado comn, un significado

    tcnico jurdico, segn el cual auctor designa la persona de donde

    derivamos nuestro derecho y auctoritas la cualidad de predecesor y

    constitutor de nuestro derecho. As, cita el autor el texto de Paul.

    11, ad Plaut. D. 50, 17, 175, 1, donde se afirma que auctor meus, a quo

    ius in me transit; de aqu deriva tambin el significado tcnico de

    auctor en el derecho penal: auctor sceleris, criminum auctores, etc.

    43 CARLE, G., Le origini del diritto romano, Torino, 1888, p. 239.

    44 FERRINI, C., v. auctoritas, en Digesto Italiano, IV, Torino, 1903, p. 398.

    45 Concretando en ejemplos en este sentido, resulta ilustrativa la llamada auctoritas ab stirpe (Plaut. Trin., 1, 2, 180) y la figura del auctor litterarum (Gai. 2, 37).

  • 69

    Asimismo, agrega FERRINI al significado fundamental de

    auctor como creador, productor, dador del incremento, de una

    parte, aquella significacin de consejero46, de la que la voz

    auctoritas tomara el sentido de consejo (Cic. pro Quinct. 5, 18,

    auctore et consuasore Naevio) y, de otra parte, el sentido de garante

    con su asercin a la realidad de un hecho o de la verdad de un juicio

    o de la legalidad de un negocio, del que derivara auctoritas, como

    garanta en el traspaso a ttulo singular y para la eviccin en la

    compraventa47. A su vez, el significado de confirmacin, asercin,

    ratificacin, aprobacin ser situado por FERRINI en el mbito del

    derecho religioso, refirindose al fulgur auctoritatis, como

    46 FERRINI, v. auctoritas, loc. cit. Este significado comn de consejero corresponde, segn el autor, al significado tcnico de auctoritas senatus.

    47 Vincula FERRINI tal significado de garanta a los preceptos de la Ley de las XII Tablas relativos al usus auctoritas fundi biennium, en el sentido de que la auctoritas, es decir, la obligacin del vendedor de responder por eviccin, dura dos aos, y a la norma sobre adversus hostem aeterna auctoritas, segn la cual, en el caso de las cosas compradas o vendidas de o a extranjeros, no corre usucapin y es perpetua la obligacin de responder por eviccin. Esta ltima idea resulta tambin aplicable a la norma de la Ley Atinia, eius quod subruptum erit aeterna auctoritas, por lo que tampoco es atribuible la usucapin a las cosas robadas.

  • 70

    confirmacin o ratificacin, o a la auctoritas augurum, como asercin

    o garantizada aprobacin de los nmenes48.

    En opinin del autor, la combinacin de los sentidos de

    confirmacin y de garanta se halla presente en la auctoritas

    patrum, auctoritas populi, auctor fieri, auctoritas tutoris, auctoritas

    principis (ius respondendi auctoritatis principis)49.

    Finalmente, esta amalgama de significados propuestos trata

    de ser conciliada por FERRINI con otros sentidos de auctoritas como

    fuerza, potencia, eficacia, autoridad50.

    Una vez analizado el planteamiento de FERRINI, podemos

    observar que no consigue encontrar un significado unitario de

    auctoritas. Lo que el autor pretende, sobre la base de una premisa

    que l considera significado comn de auctor, auctor como creador,

    productor, el que da o proporciona el incremento, y desde un

    significado tcnico jurdico del mismo, como persona de donde

    derivamos nuestro derecho, es establecer los significados de los

    48 FERRINI, v. auctoritas, loc. cit.

    49 FERRINI, v. auctoritas, loc. cit.

    50 FERRINI, v. auctoritas, loc. cit.

  • 71

    distintos empleos de auctoritas, sin renunciar a una idea de auctoritas

    como potencia moral, fuerza, eficacia y autoridad, pues, como

    argumenta el autor, quien puede garantizar, reforzar y convalidar,

    est provisto de una fuerza moral51.

    A este respecto, podemos afirmar que tal planteamiento se

    aleja de un objetivo que se marque la bsqueda de un significado

    comn de auctoritas del que puedan derivarse los sentidos de las

    diversas aplicaciones, puesto que, tanto los significados llamados

    comunes o fundamentales por el autor, como los que considera

    estrictamente tcnico jurdicos, constituyen todos ellos una

    pluralidad de significados.

    BOZZI52, por su parte, partiendo directamente de la

    inexistencia de un significado unvoco de auctoritas y de la distincin

    inicial del mbito de aplicacin de la nocin de auctoritas, llega a

    considerar que, mientras en la esfera del Derecho Privado tendra

    los significados de garanta e integracin, sera en la esfera del

    51 FERRINI, v. auctoritas, loc. cit.

    52 BOZZI, A., v. auctoritas, en Nuovo Digesto Italiano, I, Torino, 1937, pp. 1151 y 1152.

  • 72

    Derecho Pblico cuando nuestro trmino adoptase los sentidos de

    confirmacin o ratificacin.

    Igualmente, BELARDI53, a partir de lo que considera la

    complejidad semntica de nuestra palabra, agrupa los sentidos

    principales que entiende conciernen a la auctoritas, sealando

    aquellos de sostn y estmulo, adems de consenso y

    aprobacin.

    De forma similar, aunando un conjunto de significados, para

    HORVAT54, la auctoritas puede significar la aprobacin, la

    ratificacin de un acto de otro, su representacin, consejo, garanta,

    prestigio, etc. Aclarando inmediatamente el propio autor que, en los

    textos jurdicos, significa, la mayora de las veces, autoridad,

    prestigio, influencia, potencia o poder, pero, en algunos textos,

    significa tambin la garanta.

    53 BELARDI, W., Auctor e auctoritas. Sopravvivenze del significado e del significante nel tempo, en Storia, antropologia e scienze del linguaggio, Anno X-fascicolo 1-2, gennaio-agosto, 1995, p. 136.

    54 HORVAT, M., Rflexions sur lusucapion et l auctoritas, en Revue internationale des droits de l'antiquit, 3, 1956, p. 285.

  • 73

    1.3.-LA DIVERSIDAD DE SENTIDOS DE

    AUCTORITAS APORTADOS POR LA DOCTRINA.

    A partir de este punto, ser nuestro propsito en los siguientes

    apartados, recoger y examinar otras diversas opiniones doctrinales,

    precisamente, las que renen a un cierto nmero de autores cuyas

    propuestas estimamos ms interesantes entre las que abordan el

    problema de la significacin del trmino auctoritas.

    A este respecto, ya dijimos cmo, en trminos generales, la

    doctrina romanstica, con el fin de hallar el sentido de las diversas

    manifestaciones de auctoritas, ha estudiado dicho concepto en su

    aplicacin a personas, instituciones o situaciones particulares, de

    forma que parte central de esos estudios han sido figuras tales como

    la auctoritas del princeps, la auctoritas patrum, el llamado usus-

    auctoritas, la auctoritas en la mancipatio, etc., etc.

    Por lo tanto, empezando por ste, muchos han sido los

    obstculos encontrados en nuestro intento de clasificacin de las

    distintas posiciones doctrinales adoptadas en torno al vocablo

    auctoritas, por el hecho, entre otros, de ser posiciones difciles de

  • 74

    reconducir a tesis unvocas y, adems, porque, en la mayora de los

    casos, han derivado en un planteamiento multvoco respecto del

    significado del trmino.

    En cualquier caso, con los resultados por nosotros obtenidos

    del examen de la doctrina, aunque se incluyen un elevado nmero

    de autores, hemos pretendido y pretendemos slo poner de relieve

    los planteamientos ms representativos que abordan la significacin

    de la auctoritas desde un punto de vista general, esto es, sin

    adscripciones a un empleo concreto de la palabra.

    1.3.1.-LA AUCTORITAS COMO FUENTE DE

    LEGITIMIDAD.

    A continuacin, pasaremos a centrarnos en aquellas

    propuestas de autores que por el contenido examinado de sus

    planteamientos hemos llegado a la conclusin de que consideran la

    auctoritas como un hontanar de legitimidad, lo que a su vez

    implicara el efecto de la validez jurdica y la conformidad a las

    leyes.

  • 75

    De este modo, en primer trmino, MAGDELAIN55 seala que,

    en el dominio del derecho, la auctoritas es una fuente de legitimidad,

    motivo por el que, all donde aporte su impresin, confiere validez

    jurdica y se convierte en el instrumento de una consagracin, que se

    extiende tambin a los actos particulares y a las normas generales56.

    55 MAGDELAIN, A., Auctoritas rerum, en Revue internationale des droits de l'antiquit, 5, 1950, p. 128.

    56 MAGDELAIN, Auctoritas rerum, cit., p. 127 ss. Para el autor, la idea de auctoritas como una actividad extraa que valida, seguida por HEINZE y NOAILLES, no rinde cuenta de la auctoritas imperial, ni de la auctoritas de los magistrados. MAGDELAIN se refiere a la auctoritas, de una parte, como un poder, de otra parte, como un acto de autorizacin o de ratificacin. Es un poder no autnomo ligado a otro; un acto no en s mismo, sino funcional a otros actos. La auctoritas no se basta a s misma y necesita de otro para ser definida. La funcin de ratificacin y de autorizacin explica la auctoritas tutoris y la auctoritas patrum pero no la auctoritas imperial ni la de los magistrados. El elemento comn, por tanto, es que la auctoritas, algunas veces, viene empleada en las fuentes con el sentido de consejo, prestigio, autoridad moral y, otras veces, en un sentido estrictamente jurdico, y en el encuentro entre estas dos esferas (moral y jurdica) se encuentra la explicacin del significado de auctoritas. La auctoritas da valor a los actos del pueblo, del pupilo y, anlogamente, da valor jurdico a los actos negociales que acompaa, donde se presenta no como simple garanta por eviccin, sino como ratificacin del alienante al acto del adquirente, y lejos de ser absorbida por la garanta, la auctoritas es verdadero y propio ttulo de propiedad. Auctor, por su parte, es aquel que propone, sea confirmar o garantizar. El papel fundamental de la auctoritas est en la separacin de las dos fronteras: de lo sacro respecto a lo profano, del derecho respecto al mero hecho.

  • 76

    Siguiendo la idea de legitimidad, desde una dimensin social,

    MARTNEZ DAZ DE GUEREU57 nos ofrece la siguiente

    definicin: auctoritas es aquello que, legitimndose dentro de s

    mismo, es lo que primariamente acredita y legitima a todo lo dems

    y lo que soberanamente no necesita de credenciales y legitimacin

    externa. La auctoritas es auctoritas en tanto en cuanto es reconocida

    como tal por otros. Su reconocimiento social, su vigencia y su valor

    social le es esencial y constitutiva de su irradiacin y poder.

    Esta tesis, que ve en la auctoritas una raz de legitimidad, viene

    a ser avalada tambin por el profesor FUENTESECA, quien aade

    su impronta al conectar la idea de legitimidad con el derecho

    augural, de modo que, para el autor58, el concepto de auctoritas goza

    de gran importancia en la organizacin jurdica y poltica de Roma

    en relacin con el ius augurale.

    57 MARTINEZ DAZ DE GUEREU, E., El concepto de auctoritas en la Roma republicana, exploracin histrica y reflexin filosfica acerca de su naturaleza dialctica, en Estudios de Deusto, XXXIX, 1990, pp. 182, 183.

    58 FUENTESECA, P., Historia del Derecho romano, Madrid, 1987, pp. 90, 105.

  • 77

    La auctoritas, prosigue FUENTESECA, sera la funcin pblica

    de responsabilidad o garanta que presta un auctor o agente en

    cuanto miembro del populus; opera como un principio legitimador

    procedente del derecho augural, un principio constitucional

    legitimador del poder, o bien un principio de ordenacin augural

    primitiva del mbito pblico y privado; adems, aporta la

    legitimidad augural, el respaldo y apoyo divino, cuyo monopolio

    tuvieron los patres. De ah que, en su opinin, el imperium se habra

    apoyado en una legitimidad augural, de remota raz religiosa, que

    no era otra cosa que auctoritas.

    Finalmente, observa FUENTESECA59 que el perfil unitario del

    trmino auctoritas es, precisamente, ese carcter del que goza como

    principio legitimador en el derecho augural, desde su nacimiento y,

    despus, a travs de toda su evolucin, sea privada o pblica.

    59 FUENTESECA, P. Trasferimento della propriet e auctoritas nella vendita romana, en Vendita e trasferimento della propriet nella prospectiva storico-comparatistica, Atti del Congresso Internazionale Pisa-Viareggio-Lucca, Aprile, 1990, I, Giuffr, Milano, 1991, p. 117.

  • 78

    1.3.2.-LA AUCTORITAS COMO SENTIMIENTO

    DE ACATO Y FIDELIDAD.

    Esta concepcin de la auctoritas vendra a estar representada

    por IGLESIAS60, quien, sobre la base de la proyeccin y dimensin

    social de la auctoritas, define el trmino como un sentimiento de

    acato y fidelidad respecto de aquellos que son ms diestros en el

    manejo de las cosas pblicas o privadas, sentimiento que impregna

    la vida de todo el pueblo romano. En la constitucin republicana

    sera donde, a juicio del autor, se percibe por parte del pueblo el

    sentimiento de estar vinculados al consejo de los ciudadanos en

    quienes se observa una visin poltica y un sentido de

    responsabilidad. Se tratara, por tanto, de un sentimiento de

    voluntaria y querida sujecin a quienes se