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“Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa” “Año de la Restitución del Distrito Electoral Lima Provincias” GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL MEDIO AMBIENTE “EQUIPO DE INTERVENCION RAPIDA PARA DESASTRES-EIRED” DIRECTIVA Nº I. OBJETO Normar la organización y funcionamiento de un equipo técnico de profesionales del Gobierno Regional de Lima en atención de desastres de gran magnitud. II. FINALIDAD A. Contar con el Grupo de Intervención Rápida para Desastres (EIRD) de profesionales del Gobierno Regional de Lima, para mejorar la capacidad de respuesta del INDECI ante la ocurrencia de sucesos naturales y/o inducidos por el hombre que generen desastres, proporcionando el asesoramiento y apoyo necesario a los comités de Defensa Civil afectados. B. Establecer la organización y funcionamiento del EIRD a fin de evaluar los daños y analizar las necesidades de la población en la zona afectada por eventos adversos, garantizado las acciones de respuesta oportuna y adecuada; atendiendo a las poblaciones en caso de desastres de gran magnitud. C. Establecer el mecanismo de intervención, coordinación y asesoramiento, en los casos de desastres de gran magnitud ya sea por la gravedad de los daños ocasionados y/o por la probable repetición Oficina de Defensa Civil Oficina de Defensa Civil

2010 Equipo de Intervencion Rapida Para Desastres

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“Año de la Unión Nacional Frente a la Crisis Externa”“Año de la Restitución del Distrito Electoral Lima Provincias”

GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL MEDIO AMBIENTE

“EQUIPO DE INTERVENCION RAPIDA PARA DESASTRES-EIRED”

DIRECTIVA Nº

I. OBJETO

Normar la organización y funcionamiento de un equipo técnico de profesionales del Gobierno Regional de Lima en atención de desastres de gran magnitud.

II. FINALIDAD

A. Contar con el Grupo de Intervención Rápida para Desastres (EIRD) de profesionales del Gobierno Regional de Lima, para mejorar la capacidad de respuesta del INDECI ante la ocurrencia de sucesos naturales y/o inducidos por el hombre que generen desastres, proporcionando el asesoramiento y apoyo necesario a los comités de Defensa Civil afectados.

B. Establecer la organización y funcionamiento del EIRD a fin de evaluar los daños y analizar las necesidades de la población en la zona afectada por eventos adversos, garantizado las acciones de respuesta oportuna y adecuada; atendiendo a las poblaciones en caso de desastres de gran magnitud.

C. Establecer el mecanismo de intervención, coordinación y asesoramiento, en los casos de desastres de gran magnitud ya sea por la gravedad de los daños ocasionados y/o por la probable repetición y/o presencia de graves riesgos para la población afectada o por la extensión territorial del desastre y supere las posibilidades de respuesta de los gobiernos locales.

D. Establecer los organismos de coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil y el Gobierno Central, cuando la magnitud del desastre supere la capacidad de respuesta del Gobierno Regional.

III. ALCANCE

Las disposiciones contenidas en la presente directiva comprenden a todas las entidades del Sistema Regional de Defensa Civil.

Oficina de Defensa CivilOficina de Defensa Civil

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IV. BASE LEGAL

A. Decreto Ley Nº 19338- Crea el Sistema Nacional de Defensa Civil.B. Decretos Legislativos Nºs 442, 735 y 905C. Ley Nº 25415 Ratifica vigencia de la Ley de Movilización (23118)D. Decreto Supremo Nº 005-88 SG/MD Reglamento del SINADECI.E. Decreto Supremo Nº 067-90 Reglamento de Organización y Funciones

del INDECI.F. Ley……….Gobierno Reg.

V. DISPOSICIONES GENERALES

A. La Oficina de Defensa Civil del Gobierno Regional de Lima, promueve la organización y/o constitución del Equipo de Intervención Rápida para situaciones de Desastres, el cual estará integrado por profesionales de las Direcciones Regionales de Agricultura; Transportes y Comunicaciones; Vivienda y Construcción y Defensa Civil, que garanticen la continuidad técnica operativa del potencial humano y recursos materiales del SIREDECI para situaciones de desastres de gran magnitud.

B. Las Autoridades, Gerentes y Directores Regionales del Gobierno Regional de Lima e instituciones integrantes del SIREDECI, brindarán las facilidades necesarias, para que el personal designado pueda cumplir su misión, en situaciones de emergencias y/o desastres o en periodos de entrenamiento y/o instrucción.

C. La Sub Gerencia General de Administración preverá y proporcionará viáticos, pasajes, seguro de vida a los integrantes del Equipo para el cumplimiento de las ordenes de misión por un máximo de quince (15) días, pudiéndose ampliar el plazo por autorización expresa del Presidente del Gobierno Regional de Lima.

D. La Jefatura de Logística proveerá de uniformes apropiados y equipo de emergencia (Borseguiés, bolsas de dormir, linternas, mochilas) a los integrantes del Equipo de Intervención Rápida para Desastres de acuerdo al clima, costumbres de la zona afectada.

E. La Secretaria Técnica del Consejo Consultivo Internacional del INDECI, difundirá el funcionamiento del Equipo, a fin de intercambiar información y experiencias para el desarrollo y equipamiento a través de los órganos de Cooperación Técnica Internacional.

VI. DISPOSICIONES PARTICULARES

Los miembros integrantes del Equipo de Intervención Rápida para Desastres, deberá tener en cuenta para su funcionamiento, lo siguiente:

A. ORGANIZACIÓN

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1. Que siendo los sectores más afectados por situaciones de emergencias y/o desastres: agricultura, transportes y vivienda el EIRD, estará conformado por cuatro (04), profesionales de esas Direcciones Regionales y el Jefe de la Oficina Regional de Defensa civil, con experiencia en actividades relacionadas con desastres.

2. Cada integrante del Equipo, tendrá contacto directo con su Director Regional y conocerá la capacidad de respuesta de su sector, para asesorar en una adecuada toma de decisiones.

3. Personal de la Oficina Regional de Defensa Civil, asumirá la Dirección del Equipo.

B. FUNCIONES GENERALES

1. Establecer contacto con las autoridades locales de la zona afectada.

2. Asesorar a las autoridades del Comité de Defensa Civil involucrados para superar la situación del desastre organizando la Respuesta adecuada y oportuna a través del Centro de Operaciones de Emergencia Regional - COER.

3. Mantener informado al SIREDECI e INDECI de la evolución y administración de las condiciones y necesidades de socorro.

4. El Equipo de Intervención Rápida para Desastres coordinará, promoverá y difundirá el esfuerzo del Sistema Regional de Defensa Civil para superar la situación del desastre, fomentando el entendimiento entre el Comité Regional de Defensa Civil, los Comités de Defensa Civil Locales y todos los Organismos involucrados.

C. FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Los miembros del Equipo de Intervención Rápida para Desastres, deberá conducir y efectuar acciones de carácter multifuncional, en las operaciones técnicas, operaciones especiales, logísticas y de información.

2. Los miembros deberán efectuar las siguientes funciones:

a) Traslado inmediato a la zona afectada e inmediata Evaluación primaria de daños y evaluación de necesidades de los damnificados y afectados, y dirigir una adecuado empadronamiento.

b) Comunicación inmediata al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima, del Comité Regional de Defensa Civil y del

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Sistema Regional de Defensa Civil, sobre la evaluación del suceso y los requerimientos de la zona devastada.

c) Promover la Búsqueda, Salvamento y Rescate de probables víctimas del suceso, a cargo de personal especializado.

d) Organización de la Población para evacuaciones a zonas seguras.

e) Movilización y distribución de recursos en la zona afectada.f) Instalación y Administración de Albergues Temporales.g) Información pública local y nacionalh) Información inmediata y permanente con el SIREDECI e

INDECI, sobre acciones y decisiones por tomarse.i) Otras actividades que las circunstancias lo exijan.

D. EQUIPO PERSONAL

1. Los integrantes deberán en todo momento disponer de un equipo personal. Anexo 01.

2. Los integrantes determinarán el traslado de equipo especial necesario para su misión, teniendo en cuenta la situación de emergencias y los medios de transporte disponibles.

3. Para toda misión deberán asegurarse de disponer de:

a) Mapa de la localidad Afectada.b) Información disponible del Comité Local (nombre del

Presidente, miembros del Comité, teléfonos, recursos disponibles entre otros).

c) El Manual de Procedimientos para Atención de Emergencias.

d) Documentos personales y de la misión.e) Máquina Fotográfica. f) Celular y/o RPM.

E. CALIFICACIONES

1. Los integrantes del Grupo deben:

a) Conocer y comprender los principios y la doctrina del Sistema Nacional de Defensa Civil.

b) Explicar y estar en condiciones de describir la organización del SINADECI, SIREDECI y la manera general de ejecutar las operaciones de asistencia en casos de desastre.

c) Conocer el Manual de Procedimientos para la Atención de Emergencias.

d) Ser capaz de adaptarse a situaciones diversas y aceptar la vida social de otras comunidades, creencias religiosas, tradiciones y/o costumbres.

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e) Disponibilidad inmediata: Comprender la necesidad e importancia de proseguir su labor, cuando así se lo pidan en cualquier momento del día o la noche.

f) Poseer una capacidad física y mental que le permita soportar una actividad intensa y agotadora.

F. DESPLAZAMIENTO

1. El Equipo de Intervención Rápida para Desastres (EIRD), intervendrá por disposición del Presidente del Gobierno Regional de Lima, según Orden de Misión, estableciéndose si es necesario las tareas y responsabilidades adicionales del grupo.

2. Los integrantes estarán en condiciones de salir de la ciudad de Huacho, sede del Gobierno Regional de Lima hacia la zona afectada, en un plazo no mayor de tres horas de recibir la notificación oficial de la ocurrencia del suceso adverso.

VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

A. La Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente evaluará permanentemente las acciones de los miembros del Equipo de Intervención Rápida para Desastres - EIRD, recomendando las medidas necesarias para su respectivo perfeccionamiento.

B. La presente Directiva entrará en vigencia a partir de su aprobación y distribución.

C. Se dispondrá de un Directorio Telefónico y domiciliario del personal integrante del EIRD.

Huacho, 11 de Noviembre de 2009.

ORIGINAL FIRMADO Y SELLADO

NELSON OSWALDO CHUI MEJIAPresidente del Gobierno Regional de Lima

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