1
LEY 12.549 PUBLICADA EL 29/10/958 (LOU) ÓRGANOS CENTRALES ASAMBLEA GENERAL DEL CLAUSTRO Integración : Por c/ Facultad, 3 del orden docente, 2 del orden estudiantil y 2 del orden egresados Duración : 2 años. (arts. 17º y 18º) CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL Integración : - Rector - 1 Deleg. X c/Consejo de Facultad - 9 electos por AGC, 3 de c/orden Duración : 4 años. (arts. 8º y 12º a 15º) RECTOR (electo por AGC) VICE-RECTOR (electo por CDC) (arts. 9º y 10º) 4 PRO-RECTORES ASISTENTES ACADÉMICOS (designados por AGC) (cargos creados por Ordenanzas) Duración : 4 años. Atribuciones. (art. 28º Ley 12.549): Atribuciones. (art. 21º Ley 12.549): Atribuciones. (art. 26º Ley 12.549): Ser órgano elector en los casos y forma en que lo determina la ley. Establecer la dirección gral. de los estudios Presidir el CDC y hacer cumplir sus ordenanzas y resoluciones. Emitir opinión en los asuntos de su Dirigir las relaciones de la Universidad Representar Universidad y CDC competencia y cuando el CDC lo solicite. Coordinar la investigación y la enseñanza impartida por Facultades, Institutos, etc. Autorizar gastos dentro de límites y disponer pagos. Aprobar planes de estudio proyectados por Consejo de cada Facultad. Sancionar y suspender al personal dependiente de los órganos centrales Establecer títulos y certifs. de estudio Adoptar resoluciones de urgencia. Elección directa, por sistema de representación proporcional AGC. Establecer condiciones de admisión de títulos y certifs. de estudio extranjeros Presentar al CDC memoria, proyecto de rend. de ctas. y ejec. presup. Revalidar esos títulos y certificados. Dictar resoluciones según ordenanzas Elecciones: voto secreto y obligatorio (Ley 15,739) Dictar reglamentos para su funcionamiento (Ordenanzas) y el estatuto de sus funcionarios. Refrendar los títulos creados por leyes los que instituya el CDC y los revalidados. Reglamentar las elecciones universitarias Resolver recursos administrativos. Designar y destituir sus funcionarios. Designar funcionarios de cada Facultad, salvo los docentes. Destituir al personal de cada Facultad, a propuesta de cada Consejo. Remover temporariamente sus miembros, previo sumario. Remover Decanos y Consejeros de Facultades, previo sumario. Censurar conducta de miembros y Consejos, suspenderlos o intervenirlos. Fijar directivas para preparar proyectos de presupuestos de c/Facultad y aprobar los que se presentarán al P. Ejecutivo. Resolver recursos administrativos. Crear, suprimir, fusionar y dividir Facultades

2012 03 13 Gianero.bol Introduccion

Embed Size (px)

DESCRIPTION

lmlmm

Citation preview

  • LEY 12.549 PUBLICADA EL 29/10/958 (LOU)RGANOS CENTRALES

    ASAMBLEA GENERAL DEL CLAUSTRO

    Integracin: Por c/ Facultad,3 del orden docente, 2 del orden estudiantil

    y 2 del orden egresadosDuracin: 2 aos.(arts. 17 y 18)

    CONSEJO DIRECTIVO CENTRALIntegracin: - Rector

    - 1 Deleg. X c/Consejo de Facultad- 9 electos por AGC, 3 de c/orden

    Duracin: 4 aos. (arts. 8 y 12 a 15)

    RECTOR (electo por AGC)VICE-RECTOR (electo por CDC)

    (arts. 9 y 10)4 PRO-RECTORES

    ASISTENTES ACADMICOS (designados por AGC)

    (cargos creados por Ordenanzas)Duracin: 4 aos.

    Atribuciones. (art. 28 Ley 12.549): Atribuciones. (art. 21 Ley 12.549): Atribuciones. (art. 26 Ley 12.549):Ser rgano elector en los casos y forma en que lo determina la ley. Establecer la direccin gral. de los estudios

    Presidir el CDC y hacer cumplir sus ordenanzas y resoluciones.

    Emitir opinin en los asuntos de su Dirigir las relaciones de la Universidad Representar Universidad y CDC competencia y cuando el CDC lo solicite.

    Coordinar la investigacin y la enseanza impartida por Facultades, Institutos, etc.

    Autorizar gastos dentro de lmites y disponer pagos.

    Aprobar planes de estudio proyectados por Consejo de cada Facultad.

    Sancionar y suspender al personal dependiente de los rganos centrales

    Establecer ttulos y certifs. de estudio Adoptar resoluciones de urgencia.Eleccin directa, por sistema de representacin proporcional AGC.

    Establecer condiciones de admisin de ttulos y certifs. de estudio extranjeros

    Presentar al CDC memoria, proyecto de rend. de ctas. y ejec. presup.

    Revalidar esos ttulos y certificados. Dictar resoluciones segn ordenanzas

    Elecciones: voto secreto y obligatorio (Ley 15,739)

    Dictar reglamentos para su funcionamiento (Ordenanzas) y el estatuto de sus funcionarios.

    Refrendar los ttulos creados por leyes los que instituya el CDC y los revalidados.

    Reglamentar las elecciones universitarias Resolver recursos administrativos.Designar y destituir sus funcionarios.Designar funcionarios de cada Facultad, salvo los docentes.Destituir al personal de cada Facultad, a propuesta de cada Consejo.Remover temporariamente sus miembros, previo sumario.Remover Decanos y Consejeros de Facultades, previo sumario.Censurar conducta de miembros y Consejos, suspenderlos o intervenirlos.Fijar directivas para preparar proyectos de presupuestos de c/Facultad y aprobar los que se presentarn al P. Ejecutivo.Resolver recursos administrativos.Crear, suprimir, fusionar y dividir Facultades