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2012 np prescripcion corregida por el tribunal sept 1

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El Tribunal de Cali se ve obligado a corregir sentencia incialmente en contra de usuario de credito de vivienda

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Page 1: 2012   np prescripcion corregida por el tribunal sept 1

NOTA DE PRENSA

Tribunal Superior de Cali –Sala Civil- obligada a

rectificar sentencia que había fallado en contra de

usuario de UPAC

VICTIMAS DEL SISTEMA UPAC, SE BENEFICIAN CON SENTENCIA

DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Miles de usuarios del antiguo sistema UPAC todavía esperan sea resuelta la situación de

abuso del sistema financiero. El Tribunal de Cali en su sala Civil había determinado no

aplicar la ley civil que fuera favorable a los deudores y por el contrario, se acomoda para

favorecer a los bancos.

El caso se tramitó en el Juzgado 12 Civil del Circuito en primera instancia, cuyo juez

negó el derecho a los deudores de ordenar la terminación y archivo del proceso por

haber pasado demasiado tiempo sin cobrar la deuda morosa.

La Ley establece que se tiene 3 años para cobrar una deuda. En el caso en concreto, la

obligación estaba vencida desde 2001 y se cobró en 2007 pero el Tribunal había dicho

que no importaba y que se tendría que seguir con el remate de la casa. Ante tal

circunstancia, se inició la Acción de Tutela ante la Corte Suprema de Justicia.

En sentencia de Tutela de 198 de enero de 2012, la H. Corte Suprema siendo ponente el

magistrado ARTURO SOLARTE RODRIGUEZ obligó a la Sala Civil del Tribunal de

Cali a rectificar la sentencia que había negado el derecho de los deudores a la

prescripción del título pagaré en vista de que el banco no lo cobró a tiempo y el derecho a

desembargar la casa de los deudores.

“Precisamente lo que la Corte Suprema de Justicia ha determinado es que las

obligaciones se tienen que cobrar oportunamente y que no se puede perjudicar a los

deudores interpretando la ley de manera caprichosa con una clara intención de favorecer

a la banca” explicó la abogada Emperatriz Castillo presidenta de Comdefin quien hace

parte además de la organización AUSBANC con sede en Madrid España.

COPIA DE LAS SENTENCIAS ESTA DISPONIBLE EN LA DIRECCION Y

TELEFONOS INDICADOS

Para más información:

Calle 9, 4-50 Of, 203 PBX 8959733 Cel 3155542114

[email protected] Comité para la Defensa del Usuario Financiero de Colombia