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Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires | LVIII Circular 3345 2014 25 INFORMACIÓN Convocatoria a Asamblea Ordinaria 2014 Nuevos trámites Mesa de Entradas Virtual Medallas de Oro y Plata Banco Ciudad - Apertura de cajas de ahorro sin cargo exclusivas para escribanos Consulado General del Estado Plurinacional de Bolivia Validez de trámites Conclusiones de la XXXI Jornada Notarial Argentina Solicitud de contraseña para el aplicativo SIPRESBA Fundación Colegio de Escribanos Visita guiada: San Telmo y Zanjón de Granados de agosto JURISPRUDENCIA Compilación de la Esc. Angélica G. E. Vitale SANCIONES Suspensión CAJA NOTARIAL Prácticas sin autorización previa Beneficios y coberturas del régimen asistencial Cirugía de cataratas y prótesis Coberturas por prótesis y/o implantes odontológicos Actualización de valores de subsidios y reintegros de gastos de sepelio REQUERIMIENTOS Requerimiento CAPACITACIÓN Curso Impuesto a la transmisión gratuita de bienes (Provincia de Buenos Aires) Curso Empresa familiar

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Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires | LVIII

Circular 33452014 25

INFORMACIÓN

Convocatoria a Asamblea Ordinaria2014

Nuevos trámitesMesa de Entradas Virtual

Medallas de Oro y Plata

Banco Ciudad - Apertura de cajasde ahorro sin cargo exclusivas paraescribanos

Consulado General del EstadoPlurinacional de BoliviaValidez de trámites

Conclusiones de la XXXI Jornada NotarialArgentina

Solicitud de contraseña para el aplicativoSIPRESBA

Fundación Colegio de EscribanosVisita guiada: San Telmo y Zanjón de Granados

de agosto

JURISPRUDENCIACompilación de laEsc. Angélica G. E. Vitale

SANCIONESSuspensiónCAJA NOTARIAL

Prácticas sin autorización previa

Beneficios y coberturas delrégimen asistencialCirugía de cataratas y prótesis

Coberturas por prótesis y/o implantesodontológicos

Actualización de valores de subsidios yreintegros de gastos de sepelio

REQUERIMIENTOSRequerimiento

CAPACITACIÓNCursoImpuesto a la transmisióngratuita de bienes (Provinciade Buenos Aires)

CursoEmpresa familiar

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 220011442

INFORMACIÓN

Convocatoria a Asamblea Ordinaria 2014

Luego de un intercambio de opiniones, el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos, reunidocon quórum reglamentario y en uso de las facultades que le acuerda la ley orgánica notarial N°404, resuelve convocar a Asamblea Ordinaria para el martes 30 de setiembre de 2014, a las17 h (1° citación) y a las 18 h (2° citación) en su sede de Av. Callao 1542, para tratar elsiguiente

ORDEN DEL DÍA:

1°) Designación de dos asambleístas para que, con uno de los Secretarios, labren y apruebenel acta, que firmarán con el Presidente.

2°) Consideración de la Memoria, Balance e Inventario General de:

a) El Colegio de Escribanos – Ley 404 – del período comprendido entre el 1° de julio de 2013 yel 30 de junio de 2014.

b) La Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social –Ley 21.205 (modificada por la ley23.378) – del período comprendido entre el 1° de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014.

c) El Fondo Fiduciario de Garantía de acuerdo con lo establecido por la ley 404 en su Título IV,Sección Segunda, Capítulo VI, del período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciem-bre de 2013.

3º) Consideración de las siguientes contabilidades:

a) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Ley 17.050 - Registro de laPropiedad Inmueble.

b) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Ley 23.412 - Secretaría de Justiciade la Nación.

c) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Decreto 754/95 - Inspección Generalde Justicia – Área Rúbrica e Individualización de libros comerciales.

d) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Decreto N° 520/90 - Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires – Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).

e) Fondo de colaboración y complementario de servicios tributarios - Convenio expediente N°

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 220011443

2306-21795/01 - Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires.

f) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Fideicomiso Facultad de Derecho UBA.

Con relación al punto 3°) a), b), c), d), e) y f) se considera el período comprendido entre el 1° deenero y el 31 de diciembre de 2013.

SANTIAGO J. E. PANO

COLEGIO DE ESCRIBANOSSECRETARIO

MA. CECILIA HERRERO DE PRATESI

COLEGIO DE ESCRIBANOSPRESIDENTE

Mesa de Entradas Virtual (MEV)

Nuevos trámitesDesde el viernes 15 de agosto se han incorporado a la Mesa de Entradas Virtual lossiguientes trámites para poder presentar ante el Registro de Actos de Última Voluntad yel Registro de Actos de Autoprotección:

- Pedidos de aclaración, rectificación y/o modificación de asiento registral.

- Anulación de pedido de inscripción.

- Pedidos de expedición de fotocopia certificada de minutas de inscripción.

De esta manera, el Colegio amplía la cantidad de gestiones que los escribanos puedenrealizar ante nuestra institución a través de la web y sin las restricciones que impone lamodalidad tradicional de presentación. El uso de la Mesa de Entradas Virtual es opcionaly complementaria a la modalidad presencial. Cada colega podrá optar por la opción quele resulte más conveniente.

IMPORTANTETodos los trámites que se realizan por la MEV requerirán del uso de la firma digital, por loque el escribano deberá contar con su dispositivo TOKEN para poder efectuarlos. Paraconsultas técnicas, pueden comunicarse con el sector de Soporte Informático al 4809-7049/ 6846. Para dudas sobre estos trámites pueden comunicarse con los registros deActos de Última Voluntad y de Actos de Autoprotección al 4809-7014 / 6881.

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 220011444

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 220011445

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 220011446

Banco Ciudad

Apertura de cajas de ahorro sin cargo exclusivas para escribanosEl Banco Ciudad ofrece cajas de ahorros gratuitas exclusivas para escribanos. A través de ellasse puede debitar el impuesto de sellos a través del SIE sin concurrir de manera presencial albanco y sin la necesidad de trasladar el dinero.

La apertura de la cuenta se puede realizar en la sucursal que funciona en el Colegio, de lunesa viernes de 10 a 15 h.

Requisitos para la apertura:- Debe concurrir personalmente el escribano.

- Si decide autorizar a alguna otra persona a operar en la cuenta, deberá concurrir con el auto-

rizado.

- Traer fotocopia del DNI y credencial profesional.

- La última boleta de pago de aportes a la Caja Notarial.

- Un servicio a su nombre.

Beneficios:-No tienen costo de mantenimiento.

-Evita pérdidas de tiempo ya que el escribano podrá operar mediante el sistema de home banking.

-La apertura y el mantenimiento de la cuenta será gratuito.

-Tampoco tendrán costos los depósitos en dinero en efectivo, transferencias, extracciones y

débitos que se realicen de ella.

-Con la apertura se entregará al titular una tarjeta de débito para efectuar operaciones.

-Es inembargable, ya que está destinada al pago de impuestos.

-Está alcanzada por el Impuesto al Cheque.

Para más información, acercarse a la sucursal que funciona en el 1º entrepiso de Av. Las Heras1833, de lunes a viernes de 10 a 15 h, o comunicarse telefónicamente al 4807-2205. Tambiénexiste una opción de asesoramiento vía mail ([email protected]) sobre requisitos ybeneficios del servicio.

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 220011447

Consulado General del Estado Plurinacional de Bolivia

Requisitos y validez de trámites a tener en cuentaEl Consulado General del Estado Plurinacional de Bolivia ha comunicado al Colegio los requisi-tos para la validez de los trámites que requieren intervención notarial:

Validez de poderesA efectos de que un poder notarial argentino sea válido en dicho país, debe estar:

a) Legalizado por Cancillería Argentina.

b) Legalizado, a continuación, por el Consulado boliviano con sede en Argentina.

Ingreso temporal de vehículos a territorio bolivianoSe deben cumplir con los requisitos y presentar en frontera los documentos detallados:

a) Cédula verde.

b) Póliza internacional actualizada.

c) En caso de que el vehículo no sea propio, presentar el poder notarial debidamente lega-

lizado por el Consulado del Estado Plurinacional de Bolivia.

d) Los vidrios laterales deben tener impresa la patente del vehículo.

e) Ampliación del seguro del vehículo para el MERCOSUR.

f) Ingresar a la web de la aduana nacional de Bolivia (http://www.aduana.gob.bo/adua-

na7/content/viajeros) y completar el formulario que figura en el punto 1 de acuerdo con las

instrucciones que figuran en el punto 2. Asimismo, en el punto 3 encontrará las formali-

dades para ingreso, permanencia y salida de vehículos para turismo.

Menores de edadLos menores de edad deben contar con certificado de nacimiento, cédula de identidad opasaporte vigente y, en caso de viajar acompañado por sus padres, deberán contar conautorización de uno o ambos progenitores (según el caso), debidamente legalizada por elConsulado.

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 220011448

XXXI Jornada Notarial Argentina

Conclusiones

Se encuentran disponibles las conclusiones de la XXXI Jornada Notarial Argentina, reali-zada del 7 al 9 de agosto en la ciudad de Córdoba. Durante este encuentro, se trataron lossiguientes temas:

Tema 1: “Los derechos humanos de las minorías y la seguridad jurídica del tráfico negocial”.

Tema 2: “Contratación en moneda extranjera. Instrumentación de compraventa e hipote-cas en moneda que no tiene curso legal en la República. Exigibilidad. Pagos en divisas”.

Tema 3: “Las prohibiciones del Art. 985 del Código Civil. Interés contrario. Interpretaciónde la norma frente a la actuación con personas jurídicas y la celebración o ejecución decontratos de fideicomisos. Otros supuestos. Carácter de la nulidad consagrada”.

Tema 4: “Capacidad y restricciones a la capacidad. Incapacidad e inhabilitados”.

Haga clic aquí para acceder a las conclusiones de la XXXI Jornada Notarial Argentina

Nuevo formulario

Solicitud de contraseña para el aplicativoSIPRESBA

Aquellos escribanos que tengan que solicitar la clave para efectuar las declaraciones delImpuesto de Sellos de Provincia de Buenos Aires, deberán utilizar exclusivamente el formularioSIPRESS-ARBA.Todos los campos deben completarse desde la computadora para poder presentar de maneraimpresa, con firma y sello, ante el Departamento de Secretaría del Colegio.

Importante:Los formularios son remitidos desde el Colegio a ARBA los días viernes. El organismo genera yenvía las claves ese mismo día o, el lunes siguiente, a la dirección de correo electrónico decla-rada. En caso de no recibir la clave en ese período podrán comunicarse con el Departamentode Secretaría al 4809-6836, a efectos de realizar el reclamo.Esta clave caduca al tercer intento erróneo y al no utilizarla con frecuencia.

Haga clic aquí para acceder al formulario SIPRESS-ARBA

El escribano Alberto María Miguens, matrícula Nº 4072, titular del Registro NotarialNº 1884 de esta ciudad, fue distinguido con el Primer Premio por su trabajo “Lasociedad del 985”.

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 220011449

Visita guiada a San Telmo y Zanjón de Granados

27 de agosto

La Fundación Colegio de Escribanos invita a realizar un recorrido guiado a pie por el tradicionalbarrio porteño de San Telmo. Se visitarán casas de antigüedades, lugares históricos, la IglesiaSan Pedro González Telmo y la plaza Dorrego.

Durante el paseo, también se visitará uno de los sitios más antiguos y espectaculares de la ciu-dad: el Zanjón de Granados, el antiguo arroyo que servía de límite sur de la ciudad y que corríadesde la zona de la actual Plaza Constitución hasta el Río de la Plata a través del pasaje SanLorenzo. Se recorrerán las excavaciones que se realizaron en las casas aledañas al curso delagua y el lecho del antiguo arroyo, sus antiguas cisternas y una exposición de objetos arqueo-lógicos de la ciudad colonial de los siglos XVIII y XIX.

Día y horaLa salida está prevista para el día miércoles 27 de agosto a las 14.15 h desde la puerta delColegio (Av. Callao 1542) y el regreso se estima a las 18 h al mismo punto.

Costo$ 150 para los adherentes a la Fundación y $ 200 para los no adherentes (la entrada al Zanjónde Granados está incluida).

Informes e inscripciónFundación Colegio de Escribanos, Av. Callao 1542 - 1° piso de 10 a 15.30 h. Teléfonos: 4809-7141 / Mail: [email protected]

Por cuestiones de organización, los interesados deberán inscribirse previamente hasta eldía martes 26 de agosto, sin excepciones.

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 2200114410

CAJA NOTARIAL

Cirugía de cataratas- Prótesis

Beneficios y coberturas del régimen asistencial Cirugía de cataratasEl régimen asistencial de la Caja Notarial con-templa la cobertura total en cirugía de catara-tas, incluyendo lentes intraoculares de primeracalidad.

Prótesis para intervenciones quirúrgicasLa cobertura para este tipo de intervencioneses del 100% y serán contemplados los reque-rimientos que realice el cirujano a cargo decada caso. Esto supone un beneficio exclusivode los afiliados a la Caja Notarial, ya que lasobras sociales y prepagas del mercado sóloofrecen cobertura para prótesis nacionales.

Beneficio exclusivo

Prácticas sin autorización previaA raíz de intensas gestiones realizadas por lainstitución con los prestadores de la cartilla,los estudios de laboratorio, radiografías, eco-grafías, tomografías computadas y resonan-cias ya no requieren de autorización previa asu realización. En el caso de que algún prestador ignore orefiera no estar informado sobre esta nuevanormativa, comunicarse con la Caja Notarialde lunes a viernes de 9 a 16 h al 4809-7188/ 7034 / 7137 / 7131 y fuera del horario deatención al 6009-0810, a fin de que personalde nuestra institución le solucione este incon-veniente.

Cobertura por prótesis y/o implantes La Caja Notarial cubre hasta la sumade $ 4.140 por año calendario para lasprótesis y/o implantes odontológicos,siempre mediante solicitud de cual-quier odontólogo de cartilla.

Tratamientos de ortodoncia Para menores de 18 años tratamientosde ortodoncia estan cubiertos hasta lasuma de $ 2.760 por aparatología fija y$ 2.070 por aparatología removible.Esta cobertura se realiza mediantereintegro por indicación de cualquierodontólogo, sea de cartilla o privado.

Para mayor información, comunicarsecon la oficina de odontología al 4809-7185/ 7048.

Reintegro por ortodoncia

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 2200114411

Actualización

Actualización de valores de subsidios y reintegros de gastos de sepelio

Los valores vigentes para los subsidios por nacimiento o adopción y matrimonio, como asítambién el reintegro por gastos de sepelio son desde el mes de agosto:

Nacimiento o adopción:$ 5.000 – Mediante presentación de partida nacimiento a pedido del padre o madre del niño.

Matrimonio: $ 4.000 – Mediante presentación de partida de matrimonio a pedido del escribano que con-trajo enlace.

Gastos de sepelio:$ 10.000 – Este reintegro se efectúa a la persona que abonó la factura por el sepelio y com-prende al afiliado titular, cónyuge, hijos y padres que hayan sido declarados a cargo en elrégimen asistencial.

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 2200114412

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 2200114413

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 2200114414

SANCIONES

Suspensión

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos resolvió la aplicación de la siguientesanción disciplinaria:

• Miguel Roque SOLANET, titular del Registro Notarial N° 657, Matrícula N° 2750 deesta ciudad, noventa (90) días de suspensión, efectiva desde el 11 de agosto hasta el8 de noviembre de 2014, ambas fechas inclusive.

REQUERIMIENTOS

Requerimiento

El Tribunal Colegiado de Instancia Única en el Fuero de Familia Nº 1 de Quilmes, conasiento en la calle Aristóbulo del Valle Nº 848, Quilmes, Provincia de Buenos Aires, acargo del doctor Pablo Ferrari, Secretaría única, en los autos: “BOBASSO, MarielLorena c/ TURJANSKY, s/medidas precautorias” (Expediente Nº 91490/2014), solicitaque los escribanos de la demarcación le informen “todos los actos jurídicos celebradospor el señor Augusto Bernardo TURJANSKY, DNI 25.816.108, desde el año 2011hasta el presente”.

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 2200114415

JURISPRUDENCIA

Estos extractos tienen un valor meramente orientativo y no son vinculantes con el Colegiode Escribanos. Para una mejor comprensión del contenido, consulte la fuente.

Compilación a cargo de la Esc. Angélica G. E. Vitale

EXPROPIACIÓN IRREGULAR Disminución del valor de la fracción expropiada; lesión a las garantías constitucionales de pro-piedad y defensa en juicio; principio de congruencia; Tribunal de Tasaciones de la Nación.Fallo 842 - CS, 17/12/2013. - V. de Á., S. L. c. EN - Dirección Nacional de Vialidad s/expro-piación - servidumbre administrativa (V.102.XLVIII-E.O.) El Derecho, 21/05/2014.

Corresponde declarar admisible el recurso ordinario interpuesto por la parte actora que promo-vió acción de expropiación irregular contra el Estado Nacional –Dirección Nacional de Vialidad–por una fracción de terreno de un inmueble de su dominio. También revocar la sentencia dicta-da por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federalen lo que respecta a los agravios de la actora, vinculados con la vulneración de su derecho dedefensa dado que la sentencia disminuyó el valor de la fracción expropiada al tomar en consi-deración circunstancias (asentamientos, gasoductos y electroductos) que no habían sido plan-teadas como defensas por la demandada en su responde. Cabe señalar que de las constancias de autos no surge que hayan sido invocadas por laDirección Nacional de Vialidad al contestar la demanda, por lo que es inadmisible considerar queéstas hayan sido objeto de prueba, ya que fueron introducidas por el Tribunal de Tasaciones dela Nación en su dictamen.La sentencia que admitió la disminución del valor del bien expropiado por la supuesta existen-cia de asentamientos, gasoductos y electroductos, lesiona las garantías constitucionales de pro-piedad y defensa en juicio, si dichas circunstancias no fueron introducidas por las partes, ya queel principio de congruencia exige la existencia de conformidad entre la sentencia y las preten-siones y defensas deducidas en juicio. Es decir, que debe mediar correspondencia entre el con-tenido de las pretensiones y oposiciones de las partes, y la respuesta que surge del órgano juris-diccional en su pronunciamiento.

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 2200114416

EXPROPIACIÓNExpropiación irregular: inmueble afectado por la construcción de una ruta; indemnización; tasade interés aplicable; cómputo; interpretación armónica.Fallos 844 - CS, 11/02/2014. - S. D. de M., S. E. c. D. N. V. s/expropiación (S.113.XLVII). ElDerecho, 21/05/2014.

Este fallo confirma firmemente la sentencia que admitió parcialmente la demanda interpuestacontra la Dirección Nacional de Vialidad y le ordenó abonar una suma en concepto de indemni-zación por la expropiación irregular de un inmueble afectado por la construcción de una ruta,pues hace a la aplicación del artículo 20 de la Ley 21.499, que determina que los intereses seliquidarán desde el momento de la desposesión hasta el del pago.La decisión de la Cámara Federal de La Plata resulta acertada porque corresponde realizar unainterpretación integradora y armónica de esa disposición, junto con la del artículo 56 de la mismanorma (del dictamen de la Procuradora Fiscal, al que la mayoría de la Corte se remite en razónde brevedad). En materia expropiatoria, la indemnización debe entenderse como el resarcimiento de todo lonecesario para que el patrimonio del expropiado quede en la situación que tenía antes de laexpropiación.

NULIDAD PROCESAL EN NOTIFICACIÓN NOTARIALNotificación del traslado de la demanda mediante acta notarial. Destinatario no presente en ellugar. Omisión de dejar aviso de visita.Fallo 117.838 – CNCiv., sala J, 20/2/2014 – South Way SA c. John, Ernest Gree SA s/escri-turación. La Ley, 12/6/2014 .

En una acción por escrituración, se declaró la nulidad de la notificación del traslado de la deman-da efectuada mediante acta notarial. La Cámara confirmó el decisorio.“La notificación del traslado de la demanda efectuada mediante acta notarial es nula, si el nota-rio hizo entrega de la documentación al encargado de edificio, quien manifestó que conocía alos responsables de la empresa demandada, pero que no se encontraban en el lugar; pues enese caso debió dejar aviso al destinatario para que esperara al día siguiente, conforme lo esta-blece el artículo 339 del Código Procesal Civil y Comercial…”.

Nota a fallo: “Notificación notarial del traslado de la demanda”, por Juana Inés Hael.

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Circular Nº 3345 AAggoossttoo 2200114417

OPINIÓN“Contrato de servicios en el Código vigente y en el proyectado”, por Leonardo Nahuel Manfredi.La Ley Actualidad, 12/6/2014.

“La sociedad de profesionales”, por Leandro Caputo. La Ley, 13/6/2014.

“Condicionamientos fiscales de la inscripción de sociedades constituidas en el extranjero”, porFlorencia Pagani y Eduardo A. Roca. La Ley, 16/6/2014.

“Sobre la vigencia del Digesto Jurídico Argentino”, por Luis F. P. Leiva Fernández. La Ley,27/5/2014.

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