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0 2014 Elementos para la creación del Registro Nacional de Sustancias Químicas Coordinación General de Contaminación y Salud Ambiental Periférico Sur, No. 5000, Col. Insurgentes Cuicuilco, Del. Coyoacán, México, D.F. C.P. 04530. Tel. +52 (55) 54246400. Fax. +52 (55) 54245404. www.inecc.gob.mx

2014...y los posibles efectos de sus productos de degradación en el ambiente y la salud. Estos avances regulativos han generado la creación de listas de sustancias químicas que

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2014

Elementos para la creación del Registro Nacional de Sustancias Químicas

Coordinación General de Contaminación y Salud Ambiental

Periférico Sur, No. 5000, Col. Insurgentes Cuicuilco, Del.

Coyoacán, México, D.F. C.P. 04530. Tel. +52 (55) 54246400.

Fax. +52 (55) 54245404. www.inecc.gob.mx

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Elementos para la creación del Registro Nacional de Sustancias Químicas

Primer Informe Técnico

2014

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DIRECTORIO

Dra. María Amparo Martínez Arroyo

DirectoraGeneraldelINECC

Dr. J. Víctor Hugo Paramo Figueroa

CoordinadorGeneraldeContaminaciónySaludAmbiental

Dr. Arturo Gavilán García

DirectordeInvestigaciónparaelManejoSustentabledeSustanciasQuímicasProductos

yResiduos

COORDINADORES

Supervisor técnico:

M.enC.MiguelÁngelMartínezCordero

SubdirectordeInvestigacionesparalaEvaluacióndeRiesgosAmbientales

Responsable técnico

Dr.ArturoGavilánGarcía

DirectordeInvestigaciónsobreSustanciasQuímicasyRiesgosEcotoxicológicos

COLABORACIÓN

Dra. Georgina Fernández.

Profesor-Investigador. Departamento de Ingeniería Sanitaria y Ambiental. División de

Ingeniería Civil y Geomática. Facultad de Ingeniería, UNAM

Citar este reporte como:

MartínezC.M.A.yGavilánG.A.(2014).ElementosparalacreacióndelRegistroNacional

de Sustancias Químicas. Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC).

México.89pp.

D.R.©InstitutoNacionaldeEcologíayCambioClimático

PeriféricoSur5000.ColInsurgentesCuicuilco

C.P.04530.DelegaciónCoyoacán,MéxicoD.F.

http://www.inecc.gob.mx

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CONTENIDO

Contenido .................................................................................................................................... iii

Lista de Tablas ........................................................................................................................... iv

Lista de figuras ............................................................................................................................ v

1 Introducción .......................................................................................................................... 1

2 Sistemas de manejo de información para el registro de sustancias químicas

y sus riesgos ............................................................................................................................ 5

2.1 ElPrincipioprecautorio..........................................................................................................5

2.2 ReglamentodeRegistro,EvaluaciónyAutorizacióndeSustanciasQuímicas.7

2.3 ActadeProtecciónAmbientalCanadiense(CEPA)...................................................25

2.4 LEYDECONTROLDESUSTANCIASQUÍMICASDEJAPÓN....................................35

2.5 GESTIÓNDESUSTANCIASQUÍMICASENMALASIA................................................47

3 Análisis comparativo de los sistemas de gestión ................................................... 51

4 Propuesta de ejercicio piloto del Registro Nacional de Sustancias Químicas A

4.1 Reunionesdetrabajo...............................................................................................................A

4.1.1 COFEPRIS ................................................................................................................................. A

4.1.2 Sistema de administración Tributaria (SAT) ......................................................... A

4.1.3 Dirección General de Industria (DGI) de la SEMARNAT .................................... A

4.1.4 Dirección General de Actividades Extractivas (DGAE) ....................................... A

4.1.5 ANIQ ........................................................................................................................................... B

4.2 documentodealtoniveldelRNSQ.....................................................................................B

4.2.1 Módulos Primera Fase ....................................................................................................... C

5 Bibliografía...........................................................................................................................................J

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LISTADETABLASTabla1DistribucióndelacompetenciaenmateriadesustanciasQuímicas...................3

Tabla2resumendelosdatosquerequiereelREACHencadabandadeproducción

segúnlastoneladasanuales..........................................................................................10

Tabla3Categorizacióndelassustanciasquímicasporcriteriosambientales.............30

Tabla4CriteriosTSMPparalaseleccióndesubstanciasparasuvirtualeliminación32

Tabla5Listadeeliminaciónvirtual................................................................................................32

Tabla6CategoríasdelnúmeroMITI..............................................................................................37

Tabla7SustanciasreguladasporlaLCSQ....................................................................................40

Tabla8categoríasdesustanciasquímicasreguladasporlalcsq.......................................45

Tabla9EtapasdelaimplementacióndelEHSNR.....................................................................47

Tabla10Informaciónrequeridasegúneltipodenotificación............................................49

Tabla11Indicadoresdeldesarrolodelsistemadegestióndesustanciasquímicasen

Malasia...................................................................................................................................50

Tabla12diferentesmarcosregulatoriosenmateriadesustanciasquímicas..............53

Tabla13Avances,ventajasydesventajasdelalegislaciónenmateriadesustancias

químicas................................................................................................................................54

Tabla14IDENTIDADQUÍMICA........................................................................................................56

Tabla15PROPIEDADESFISICOQUÍMICAS..................................................................................58

Tabla16INFORMACIÓNTOXICOLÓGICA.....................................................................................60

Tabla17INFORMACIÓNECOTOXICOLÓGICA............................................................................65

Tabla18Reglasdevalidacióndesustanciasdefinidas..............................................................G

Tabla19Reglasdevalidacióndesustanciasdefinidas..............................................................G

Tabla20Necesidadesdearquitectura.............................................................................................H

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LISTADEFIGURASFigura1ConsultadelalistaderestriccionesenelsitiodeECHA......................................21

Figura2PáginadeiniciodelaAgenciaEuropeadeSustanciasQuímicas......................24

Figura3SitiowebsobreSustanciasQuímicasdelGobiernodeCanadá..........................28

Figura4ProcesodecategorizaciónyseleccióndesustanciasquímicasenlalistaDSL

..................................................................................................................................................29

Figura 5Sitio en Internet sobre el Registro Ambiental del Acta Canadiente de

Protecciónalambiente...................................................................................................34

Figura6LíneadetiempodelaLCSQ..............................................................................................35

Figura7sitioeninternetdelInstitutoNacionaldeTecnologíayEvaluación...............38

Figura8Formatosdenotificacióndesustanciasquímicasenjapón................................39

Figura9basededatosdeaccesopúblicodelsistemajaponesdemanejodesustancias

químicas................................................................................................................................41

Figura10Seccióndeexposiciónde labasededatosdeaccesopúblicodelsistema

japonesdemanejodesustanciasquímicas............................................................42

Figura 11 Sección de Propiedades fisicoquímicas de la base de datos de acceso

públicodelsistemajaponesdemanejodesustanciasquímicas...................43

Figura12BasededatosconocimientocolaborativodesustanciasquímicasdelJapón

(J-CHECK).............................................................................................................................44

Figura13Esquemadelascompetenciasparalaevaluacióndelassustanciasquimicas

enMéxico..............................................................................................................................52

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1 INTRODUCCIÓNEl “Enfoque estratégico para la gestión de productos químicos a nivel internacional”

(SAICM)tienecomoobjetivodequelosproductosquímicosseutilicenyproduzcande

manera que se logre la minimización de los efectos adversos importantes en la salud

humanayelmedioambiente.Enestesentido,contarconinformaciónsuficientedelas

sustanciasquímicaspresentesenelcomercionacionaleselprimerpasoparalograruna

gestiónintegraldedichosmateriales.

Lagestióndelassustanciasquímicasesenlaactualidadunadelasactividadesquemayor

atenciónrecibeporpartedelosgobiernosyorganismosinternacionales.Lacienciaha

logradoidentificaralrededorde90millonesdemoléculasdesdeprincipiosdelsigloXIX

hastalafechayseestimaqueunas15,000nuevasmoléculasseidentificandiariamente

(ChemicalAbstractsService,2014).DeigualformaelServiciodeResúmenesQuímicos

(CAS,porsussiglaseninglés)estimaenpocomásde312,000sustanciasquímicaslas

inventariadasoreguladasglobalmente.

Apesardesuutilidad,lassustanciasquímicasnoestánexentasdepeligrosinherentesa

sunaturalezaypropiedades.Dentrodelasprincipalescaracterísticasdepeligrosidadde

las sustancias químicas se cuentan la persistencia en el ambiente y la posibilidad de

integrarsealacadenatrófica(bioacumulaciónybiomagnificación).Estascaracterísticas

puedenenalgunasmoléculasorgánicas:alargarsupresenciaenelsuelopordécadase

incorporarlas en la dieta de diversos organismos, en donde también permanecen por

largosperíodoseinclusopasaralasiguientegeneraciónafectandosudesarrollo.

La ciencia ha demostrado lo perjudicial de estas características en los seres vivos. En

especialconaquellasmoléculascreadasporelserhumano,paralasqueelmetabolismo

no tiene en la mayoría de los casos sistemas de desintoxicación efectivos. Por tanto,

muchasdeestasmoléculassonprecursorasoresponsablesdelageneracióndecanceres,

de alterar la capacidad de reproducción de los organismos o perjudicar su sistema

nervioso, entre otros efectos. Desafortunadamente, dichos efectos son difícilmente

identificablesdebidoaqueellosnosuelenmanifestarsehastadespuésdetranscurrido

unperíodobastantelargodesdesuprimeraexposición.Enalgunoscasos,comosucede

conlasdioxinas,sereconocesuelevadatoxicidadaguda,peroengeneralelestudiode

susefectosdemandaunagrancantidadderecursosycapacidades.

Desdeladécadadelossetentas,lospaíseslíderesenlagestióndelassustanciasquímicas

hanimpulsadodiversaspolíticastantonacionalescomointernacionalesparaenfrentar

losretosqueelcontroldeestosmaterialesplantea.

Entre los instrumentos más relevantes para una gestión integral de las sustancias

químicas se cuentan los convenios internacionales vinculantes como es el caso del

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ConveniodeEstocolmosobreContaminantesOrgánicosPersistentesydelqueMéxicoes

signatario, o el Convenio de Minamata sobre mercurio. Estos instrumentos han sido

creadosalreconocerlaimportanciadelasaccionesglobalesparalograrlaprotecciónde

lasaludyelambientecontralosriesgosdelaexposiciónadichoscontaminantes.Aunque

de gran relevancia, los convenios internacionales actúan sobre un grupo reducido de

sustanciasquímicas,cuyaacciónglobalparasucontrolesnecesaria.Noobstante,existe

ununiversodesustanciasquímicascuyocontrolderiesgosdependedesusimplicaciones

locales. En este sentido, muchas economías alrededor del mundo han reconocido la

importanciaderegularelcomerciodelassustanciasquímicasconbaseencriteriosde

protección al ambiente y a la salud. En los cinco continentes se han creado diversas

alternativasdemanejoparagestionarlosriesgosdelusoyproduccióndelassustancias

químicas. A pesar de sus diferencias, dichos esquemas se basan en la notificación o

registroobligatorioporpartedeproductoreseimportadores.Lainformaciónsolicitada

porlasautoridadespuedeincluirconocimientobásico,comoelnecesarioparaidentificar

a las sustancias químicas, o extremadamente especializado, como es el caso de la

generacióndeestudiosavanzadosparadeterminarsiunamoléculaesonocancerígena

ylosposiblesefectosdesusproductosdedegradaciónenelambienteylasalud.

Estosavancesregulativoshangeneradolacreacióndelistasdesustanciasquímicasque

hanentradoenfasedesalidadelosprincipalesmercadosmundialesalserconsideradas

unaamenazainaceptablealasaludoelambiente.Noobstante,esdeesperarsequedichas

mercancías continúen comercializándose en los países que no tomen las medidas

adecuadasparasucontrol.

México no cuenta con una regulación similar a la de nuestros socios comerciales en

materiadesustanciasquímicas.Aunqueexistenregulacionesaplicablesalassustancias

químicasdecontactoprimario,i.e.cosméticos;alassustanciasdiseñadasaseresparcidas

en el medio ambiente, i.e. plaguicidas; y las de seguridad nacional, i.e. explosivos, la

gestión de las sustancias químicas industriales no está armonizada con los avances

internacionales.

Elcontroldelosposiblesriesgosderivadosdelassustanciasquímicasnoesatribución

exclusivadealgunaSecretaríaenparticular.Enlasemuestralacompetenciaenmateria

desustanciasquímicasentrelasdiversassecretaríasdeestado.

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TABLA 1 DISTRIBUCIÓN DE LA COMPETENCIA EN MATERIA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

Fuente: La Gestión Ambiental en México, Secretaría de Ambiente y Recursos Naturales 2006.

De manera general las sustancias de contacto primario con los seres humanos son

sometidasadiversosescrutiniosporpartedelaautoridadparacontrolarsucomercio:

cosméticos, aditivos alimenticios, medicamentos, etc. Así mismo, las sustancias

agotadorasdelacapadeozonoycomosemencionópreviamentetambiénlosplaguicidas

tienenalgúntipodecontrol.

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Existen otras categorías de sustancias químicas que por su naturaleza también están

sujetasaunareglamentaciónmuyparticularqueregulasucomercio,comoeselcasode

los explosivos, sustancias radioactivas, precursores de drogas, etc. Finalmente la

Secretaría deSalud haemitido dos listas de sustancias tóxicas, cuya importación está

sujetaaautorización.

Sinembargo,elgruesodelosusosdesustanciasquímicas(sustanciasindustrialesdeaquí

enadelante)nocuentanconcontrolalgunosobresucomercio,ylaautoridaddesconoce

su identidad química, propiedades y cantidades comercializadas, además no existe

provisiónalgunaparasuimportación.

Anivelmundial,existendiversasregulacionesquegestionanlosriesgosdelassustancias

químicas. Con la idea de conocer no solo las sustancias químicas en comercio, sino

también los posibles riesgos que ellas representan y la manera de manejarlos es que

diferentespaíseshandesarrolladosolucionesregulativasparacontrolarlosriesgosque

el comercio de las sustancias químicas representan y hacer un mejor manejo de los

mismos.

ElINE,ahoraINECC,confinanciamientodelaCCApublicóen2012elInventarioNacional

deSustanciasQuímicas:base2009.EndichaobraseconcluyequeMéxicorequierede

“unaregulación integraldesustanciasquímicasque incorporeprocesoshomologados

conotrospaísesdesarrollados,enespecialconnuestrossocioscomerciales,yestablezca

unpisocomúnparaelcomercioylaprevenciónderiesgosconsiderandoelanálisisdel

ciclodevidadelassustancias.Loanteriorpermitirápasarhaciaunagestiónmodernay

competitivaqueevitarálasobreregulacióndelaindustriaalmismotiempoqueprotege

elmedioambienteylasaludhumana”.

En este sentido este proyecto contribuye al desarrollo de una herramienta técnica -

científicaquepermitaarmonizarelmarcojurídiconacionalconlosmarcosjurídicosde

nuestrosprincipalessocioscomercialesenloqueserefierealmanejoderiesgosdelas

sustanciasquímicas.Paratalefectoelobjetivodeesteproyectoesdiseñar,desarrollary

actualizar herramientas específicas que impulsen la implementación de un Registro

NacionaldeSustanciasQuímicasenMéxicoyquecontribuyanalestablecimientodeuna

gestióndelassustanciasquímicasqueprevengalosriesgosalmedioambienteyalasalud

humana”.

EstereportesecubrelasactividadessiguientessolicitadasporelINECCenelConvenio

decolaboración:

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Analizarlossistemasdeinformaciónqueexistanenotrospaísesparaelregistrodesustanciasquímicasysusriesgos,ydeterminarsugradodecumplimientoconlas recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el DesarrolloEconómicos(OCDE)enlamateria.

Realizar un análisis comparativo respecto a las ventajas y desventajas de lossistemasrevisadosparadefinirelesquemaquemásconvengaparaMéxico.

Conbaseenlosanálisisrealizados,elaborarunapropuestadeejerciciopilotodelRegistro Nacional de Sustancias Químicas. Dicha propuesta deberá incluir loselementosprincipalesdeinformaciónagestionar,asícomodefinirlosformatosyprocedimientosqueseutilizaranduranteelejercicio.

2 SISTEMASDEMANEJODEINFORMACIÓNPARAELREGISTRODE

SUSTANCIASQUÍMICASYSUSRIESGOSLagestióndelassustanciasquímicasindustrialesanivelinternacionaldatadeladécada

delossetentasObligadoporunepisodioambientaldecontaminacióndeaceitedearroz

conbifenilospolicloradoselgobiernojaponésinauguróunnuevoesquemadegestiónde

lassustanciasquímicas industriales. Desdeentonces losavancesen lamateria sehan

diversificado dando lugar a diferentes enfoques que tienen por objetivo mejorar la

prevenciónymanejoderiesgosenlamateria.

Estaseccióndescribeloscomponentesactualesdelosprincipalessistemasdegestiónde

sustanciasquímicasindustriales.

2.1 ELPRINCIPIOPRECAUTORIO

Anivelinternacionallaaplicacióndeprincipioprecautorioorientalavocacióndecada

unodelossistemasdegestióndelassustanciasquímicasindustriales.Esteprincipioes

ampliamentedebidoaqueengeneralproponeelmanejoamenazasambientalesencaso

de incertidumbre científica. Quienes defienden su uso consideran que basta la

presunción de desórdenes en el manejo ambiental para justificar una acción que

prevengaefectosindeseables.Quienescriticansuusoconsideranqueesanticientíficoy

constituyeunaamenazaparaeldesarrollotecnológicoycrecimientoeconómico.

Apesardelascríticaselprincipioprecautoriohaganadoespaciosenelcuerpolegislativo

devariospaíses,organizacionesinternacionalesydeclaratorias,endiversasáreasdela

gestión ambiental y en especial su uso o negación es especialmente importante en el

campodelassustanciasquímicas.Susdiversasinterpretacioneshaninfluidoycontinúan

diferenciandolossistemasdegestiónmundialmente.

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Amenudosecitaquelosaspectoscentralesdelprincipioprecautorioseoriginanenla

legislación ambiental alemana en la década de 1970 (Jordan, 2001), (Boehmer-

Christiansen,1994).LasNacionesUnidaspublicaronunaredacciónqueesmuycitadaen

elPrincipio 15de la DeclaracióndeRío(Conferenciade lasNacionesUnidassobreel

MedioAmbienteyelDesarrollo,1993):“Conel findeprotegerelmedioambiente ,el

enfoquedeprecautoriodeberáseraplicadoampliamenteporlosEstadosdeacuerdoa

sus capacidades Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza

científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de

medidaseficacesparaimpedirladegradacióndelmedioambiente”.

Noeslaintencióndeestereporteaunarenlasdiversasinterpretacionesdelprincipio

precautorio pero si se debe señalar su importancia en la gestión de las sustancias

químicasyencomosuaceptaciónono,asícomosuinterpretacióngeneradiferencias

significativasenlaformaenqueseconstruyenyoperanlosmarcosregulativosanivel

internacional.

DesdelapublicaciónenJapóndelActasobrelaevaluacióndelassustanciasquímicasy

regulacióndesumanufactura,etc.en1973,variossonlospaísesquehanadoptadouna

legislaciónparareducirlosriesgosasociadosconlassustanciasquímicas.Sinembargo,

sondiversoslosestudiosquedemuestranlapocaefectividaddelosmarcosregulatorios

surgidosenladécadadelos70(Applegate,2008),(GovernmentAccountabilityOffice,

2005) y (Michael P. Wilson and Megan R. Schwarzman, 2009). Adicionalmente, en la

UniónEuropea,lapolíticarelativaalassustanciasquímicashasidocuestionadaporla

ComisiónEuropea,laUEConsejodeMinistrosdeMedioAmbiente,lasociedadcivilyla

industriapornosercompatibleconeldesarrollosustentable(Karlsson,2006).Conla

idea de superar el vacío de información acerca de la peligrosidad de las sustancias

químicas,quefueunodelosmayoresdefectosdelaslegislacionessurgidasenlosaños

70,diversosgobiernosenelmundohanllevadoalaprácticanuevasideasparaenfrentar

eldesafíoplanteadoporelSAICMdemaneraque,para2020,losproductosquímicosse

utilicen y produzcan de manera que se logre la minimización de los efectos adversos

importantesenlasaludhumanayelmedioambiente.

Resaltamosparticularmentedosejemplosqueanuestrojuiciosonmuypertinentespara

analizarenelcontextodelprincipioprecautorio,unodeelloseselmodelocanadiense,el

otroeleuropeo.ElActadeCanadiensedeProtecciónAmbientalpromulgadaen1999y

actualizadaen2006,yelreglamentodelaUniónEuropeaparaelRegistro,laEvaluación,

la Autorización y la Restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH)

publicadoendiciembrede2006,ambasregulacionesexplícitamentesecomprometena

cumplirconelprincipioprecautorio,peroelenfoquecanadienseresultamenos“fuerte”

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queeleuropeosiendolaprincipaldiferenciaentreamboslaubicacióndelacargadela

prueba(Briand,2010).

2.2 REGLAMENTODEREGISTRO,EVALUACIÓNYAUTORIZACIÓNDESUSTANCIAS

QUÍMICAS

En 2007, la Unión Europea con el objetivo de lograr para 2020 que los productos

químicos se utilicen y produzcan de manera que se reduzcan al mínimo los efectos

adversos significativos sobre la salud humana y el medio ambiente, promulgó el

ReglamentodeRegistro,EvaluaciónyAutorizacióndeSustanciasQuímicas(REACH,por

sus siglas en inglés). El REACH es la pieza legislativa más ambiciosa en materia de

regulacióndesustanciasquímicasyactualmenteeselmodeloquemuchospaíseshan

decididoseguir.

Antes de su entrada en vigor el REACH provocó un acalorado debate en los círculos

políticos,económicos y científicos a nivel global, en consecuencia, su publicaciónestá

impactando el mercado de las sustancias químicas y los marcos jurídicos de muchas

naciones.

ElREACHnosoloresultaambiciosoensusmetasparaelcontrolderiesgos,essobretodo

innovador en sus procedimientos. Destaca por su nueva dirección en el manejo de

riesgos,conlaaplicacióndeunenfoqueprecautorio,endondelafaltadeevidencianoes

evidencia de ausencia, el manejo de riesgos debe estar basado en una evaluación de

peligrosidady,deserposible,enunaevaluaciónderiesgossuperandolafaltadedatos

(toxicidad y ecotoxicidad) al colocar la carga de la prueba en la industria. Para para

garantizarunagestióneficazdelosaspectostécnicos,científicosyadministrativosdel

REACH,secreólaAgenciaEuropeadeSustanciasyPreparadosQuímicos(ECHA,porsus

siglaseninglés),apartirdesuentradaenvigor.

La nueva legislacióneuropea consideraquenoexistesustanciaquímica “inocente” en

cuanto a su peligrosidad ambiental y posibles riesgos. En primer término, ordena el

registroobligatoriodetodasustanciaquímicacomercializadaenmásdeunatoneladay

lascategorizaen cincodivisiones, cadaunadeellascondiferentes requerimientosde

información que se acumulan conforme aumenta la cantidad de la sustancia química

comercializada.

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Las sustancias químicas comercializadas por productor o importador en cantidades

menoresaunatoneladaquedanfueradelámbitodelREACHindependientementedesus

características de alta toxicidad o ecotoxícidad. Este aspecto del reglamento solo se

entiendecomounaconcesiónparalograrsuaprobación,puesnohayrazóncientíficaque

la apoye: muchos productores o importadores de este tipo de sustancias podrían

representarunaverdaderaamenazaparalasaludoelambiente.

Los requerimientos de información para las sustancias producidas o importadas en

cantidadesmayoresa1tonporfabricanteoimportadorincluyenelsiguienteconjunto

de propiedades fisicoquímicas: estado físico a 20 °C y 101.3 kPa, punto de fusión, de

congelación y de ebullición, densidad relativa, presión de vapor, tensión superficial,

solubilidad en agua, coeficiente de partición octanol/agua, punto de ignición,

inflamabilidad, propiedades explosivas, temperatura de ignición espontánea,

propiedadescomburentesygranulometría.

Adicionalmente,paracadasustanciadeberáentregarsela informaciónespecificadaen

losanexosVIIalXdeacuerdoaciertoscriterios.DebidoaquelaUniónEuropeacuenta

conuninventariodesustanciasquímicasexistentessepresentantresposibilidadespara

definirlosrequerimientosdeinformación

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1. Sustancias en fase transitoria 1 , para las cuales se predice (mediante la

aplicación de cálculos (Q)SAR o de otro tipo) que probablemente,

cumplirán los criterios de clasificación como categoría 1 o 2 de

carcinogenicidad, mutagenicidad y toxicidad para la reproducción o los

criteriosdepersistencia,bioacumulaciónytoxicidaddelanexoXIII.

2. Sustanciasfueradelafasetransitoria.

3. Sustancias en fase transitoria que no cumplen con los criterios de

persistencia, bioacumulación, toxicidad, ni los de cancerogenicidad,

mutagenicidadytoxicidadparalareproducción.

Mientras que para las sustancias en fase transitoria que no cumplen los criterios

señaladosnosepideinformaciónadicional,paralassustanciasenfasetransitoriaque

cumplenconloscriteriosestablecidosylassustanciasfueradelafasetransitoria,además

de las características fisicoquímicas, se deberá entregar información adicional en

concordancia con la producción en toneladas. Los requerimientos son flexibles y en

ocasiones pueden ser evitados si el peso de la evidencia así lo sugiere, o en otras

ocasioneshabrálanecesidaddesurealizaciónencomúnacuerdoconlaindustria.

Enlatabla1,sepresentaunresumendelosdatosquerequiereelREACHencadabanda

de producción según las toneladas anuales. Aún es mucha la información que no es

requeridaobligatoriamente yotraquedependedelcumplimientodeciertoscriterios.

Estásituaciónnoesdesorprenderdebidoalasdeficienciasdelalegislaciónprevia,por

1 Según la definición del artículo 3 inciso 20, una sustancia en fase transitoria es aquélla que reúne como mínimo uno de los

siguientes criterios:

Figurar en el Catálogo europeo de sustancias químicas comercializadas (EINECS):

Haber sido fabricada al menos una vez en los 15 años anteriores a la entrada en vigor del Reglamento REACH en la

Comunidad o los países que se adhirieron a la Unión Europea el 1 de enero de 1995 o el 1 de mayo de 2004, pero no

comercializada por el fabricante o el importador, siempre que el fabricante o importador posea pruebas documentales

de ello,

Estar comercializada en la Comunidad o en los países que se adhirieron a la Unión Europea el 1 de enero de 1995 o

el 1 de mayo de 2004, antes de la entrada en vigor del Reglamento por el fabricante o el importador y considerarse

notificada de conformidad con el artículo 8, apartado 1, primer guión, de la Directiva 67/548/CEE, sin que corresponda

a la definición de polímero establecida en el presente Reglamento, siempre que el fabricante o importador posea

pruebas documentales de ello.

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loqueerapocorealistasuperarenelcortoplazoelescenariodeincertidumbredelas

propiedadesdepeligrosidaddelassustanciasquímicas.Sinembargo,esteesfuerzopor

superarelvacíodedatoshapuestoenlaescenalanecesidaddeasegurarunaadecuada

ycientíficatomadedecisionesbasadaenriesgo.Seharesaltadolaimportanciadedefinir

cuálesycuantossonlosensayosnecesariosparalograrunaadecuadacaracterizaciónde

lapeligrosidaddelassustancias.

TABLA 2 RESUMEN DE LOS DATOS QUE REQUIERE EL REACH EN CADA BANDA

DE PRODUCCIÓN SEGÚN LAS TONELADAS ANUALES

Categoria Prueba/Ensayo Ton/año

<1 ≥1 ≥10 ≥100 ≥1000

Ecotoxicidad Toxicidadalargoplazooreproductiva:aves No No No No (¿Si?)

Toxicidadalargoplazoensedimentos:organismos

No No No No (¿Si?)

Toxicidadalargoplazo:plantasyorganismosterrestres

No No No No (¿Si?)

Toxicidadacortoplazo:plantasyorganismosterrestres

No No No (¿Si?) (¿Si?)

Toxicidadalargoplazo:pecesyDaphnia No No No (¿Si?) (¿Si?)

Inhibicióndelarespiracióndelodosactivados No No Si Si Si

Toxicidadacortoplazo:peces No No Si Si Si

Toxicidadacortoplazo:algas No (¿No?) Si Si Si

Toxicidadacortoplazo:Daphnia No (¿No?) Si Si Si

Destino y comportamiento

ambiental

Bioacumulaciónenpeces No No No (¿Si?) (¿Si?)

Identificacióndeproductosdedegradación No No No (¿Si?) (¿Si?)

Ensayosdesimulación(suelosysedimentos) No No No (¿Si?) (¿Si?)

Hidrólisis No No Si Si Si

Informacióndeadsorción/desorción No No Si Si Si

Facilidaddebiodegradación No (¿No?) Si Si Si

Toxicidad Toxicidadcrónicaycáncerogenicidad No No No No (¿Si?)

Toxicidadreproductiva(unageneración) No No No (¿Si?) (¿Si?)

Subcrónica(90días) No No No (¿Si?) (¿Si?)

Informacióndetoxicidadreproductiva No No (¿Si?) (¿Si?) (¿Si?)

Subaguda(28días) No No (¿Si?) Si Si

Toxicidadagudasegundaruta No No Si Si Si

Irritacióndepielyojos(invivo) No No Si Si Si

Pruebademutagenicidadadicional(invitro) No No Si Si Si

Toxicidadagudarutaoral No (¿No?) Si Si Si

Mutagenicidad(invitro) No (¿No?) Si Si Si

Sensibilizacióncutánea No (¿No?) Si Si Si

Irritacióndepielyojos(invitro) No (¿No?) Si Si Si

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Como consecuencia: la información se genera con nuevas formas, como por ejemplo

minimizando los ensayos en animales vertebrados y haciendo uso de modelos

predictivos,secombinabajonuevosprincipiosparaoptimizarsuuso,ysehanpropiciado

nuevas formas para manejar las incertidumbres no resueltas. Aunque uno de los

principios del REACH es “no hay registro, no hay comercialización”, quizá es más

contundentesuredaccióneninglés“Nodata,NoMarket”,lociertoesqueaúnestálejos

decumplirse:porunladohaysustanciasparalascualesnohayobligacióndepresentar

datosyparaotrassoloserequierendatosparciales,loqueresultaenquecontinuaránen

el mercado sustancias con mínima o insuficiente información respecto de sus

propiedades de peligrosidad y en consecuencia seguirán siendo dudosamente

clasificadasypobrementeetiquetadas.

EncuantoalenfoquebasadoenriesgoelREACHhadefinidotrestiposdereportesotra

vezdependiendodelastoneladasdecomercialización/año/empresa.Paralassustancias

>1 tonsedeberáentregaruna fichadedatos deseguridadquedeberá informara los

usuariosdelassustanciasquímicasdelaspropiedadesdepeligrosidaddelproductoylas

medidasprecautoriasmásadecuadasensumanejo.Lafichadedatosdeseguridadno

contieneinformaciónsobrelamagnituddelaexposición,perosirecomendacionespara

evitarla,monitorearlayrecomendacionesdeprotecciónpersonal.Paralassustanciascon

volúmenes de producción o importación mayores a 10 toneladas/año/empresa se

deberáentregarparaefectosdelregistrounReportedeSeguridadQuímicaquecontiene

información más detalla del tipo y calidad de los datos de efectos utilizados en la

clasificaciónyevaluaciónderiesgos.Untercerreportetambiéndeberáserpreparado

paralassustanciasqueexcedanlas10ton/año/empresa,estereporteeslaEvaluación

deSeguridadQuímicaquepresentaráinformaciónsobretodoslosriesgosasociadosa

cortoylargoplazo,asícomomedidasparaminimizarlos.Tambiéntendráqueinformar

sobrelosmétodosparaladeteccióndeefectosysobrelasincertidumbresrelativasala

interpretación de los datos que permanezcan una vez conc0luido el proceso de

evaluación.Estedocumentoquedaráenpoderdelaempresa(nosepresentaalaAgencia

evaluadora del registro), pero debe estar disponible a la autoridad durante eventos

repentinos o situaciones inesperadas, y así contar con información sobre los riesgos

asociadosylasmedidasdisponiblesparaprevenirolimitarlosdaños.(REACH,2007).

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LasiguienteetapadelREACHconsisteenlaevaluacióndelainformaciónpresentadapor

la industriadeparte,y losgobiernosnacionalesde laUniónEuropeaenelsentidode

asegurarquelosregistroscumplenconlosrequisitosdelreglamentoy,siesnecesario

permitir que se obtenga más información sobre las propiedades de las sustancias,

(REACH,2007).

Adicionalmente, en cooperación con los Estados de la Unión Europea, la ECHA debe

asegurar la correcta evaluación de las sustancias químicas, especialmente de aquellas

que constituyan un riesgo para la salud o el ambiente y en su caso iniciar los

procedimientos de autorización o restricción correspondientes, (REACH, 2007). Para

asegurarestaetapaelreglamentoespecíficaciertoscriterios,conunenfoquebasadoen

el riesgo, que la Agencia debe observar para priorizar la evaluación las sustancias

químicas.Dichoscriteriossonlossiguientes:

1. La información a priori de los peligros, por ejemplo la semejanza

estructuralde lasustancia consustanciaspreocupantesconocidasocon

sustancias persistentes y bioacumulativas, que haga pensar que la

sustancia o uno o más de sus productos de transformación tienen

propiedadespreocupantesosonpersistentesybioacumulativas;

2. Informaciónsobrelaexposición;

3. El tonelaje, incluida la suma total de los tonelajes de las solicitudes de

registropresentadasporvariossolicitantesderegistro.

La etapa de autorización aplica a sustancias consideradas carcinógenas, mutágenas,

tóxicas para la reproducción, persistentes, muy persistentes, bioacumulativas, muy

bioacumulativas y tóxicas de acuerdo a las Directiva 67/548/CEE y a los criterios

expuestosenelREACH.DichassustanciasseincluiránenelanexoXIVdelreglamentolo

queimplicaquesucomercializaciónyusonoestaránpermitidos,amenosquesusriesgos

estén controlados de forma adecuada, o se pueda justificar su uso por motivos

socioeconómicosynosedispongadealternativasadecuadasqueresulteneconómicay

técnicamenteviables.

LaECHAeslaautoridadencargadadegestionarlalegislaciónsobreproductosquímicos

enlaUniónEuropea(UE)encoordinaciónconlasautoridadesnacionalesdelospaíses

miembros,paraprotegerlasaludhumanayalmedioambiente,asícomoparapromover

lainnovaciónylacompetitividaddelsectorquímico.

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Tambiénes laencargadadecomunicar losavancesenelusosegurode lassustancias

químicas y opera el Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias y

Preparados Químicos (REACH), el cual tiene registradas 12,735 sustancias únicas a

septiembrede20142.

Dado que el universo de las sustancias químicas es muy amplio, la ECHA cuenta con

cuatro grandes reglamentos con los que se rige la gestión de sustancias químicas:

Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias y Preparados Químicos

(REACH), Reglamento de Clasificación, Etiquetado y Empacado (CLP), Reglamento de

productosbiocidas(RPB),yReglamentodelconsentimientofundamentadoprevio(PIC)

paraelcumplimientodelConveniodeRotterdam.

El origendelREACH es frutode ladiversidadycomplejidadde lanormativaeuropea

preexistente, deficiencias en el funcionamiento del mercado interior y una creciente

preocupación social por el impacto de los productos químicos en la salud y el medio

ambiente.Entróenvigorel1dejuniode20073,yfueadoptadoconelfindemejorarla

protección de la salud humana y el medio ambiente contra los riesgos que pueden

presentarlosproductosquímicos,considerandoasuvezlacompetitividaddelaindustria

químicadelaUE.

ElREACHsebasaendosprincipios,elprimeroeselprincipioprecautorio,yelsegundo

elprincipiodesustitución.Ambosestánorientadosacontarlamejorinformaciónsobre

las sustancias químicas en comercio para identificar los posibles riesgos, y a su vez

realizarunesfuerzocolectivoparalasustitucióndeaquellaspreocupantesporotrasmás

amigables.Fomentamétodosalternativosparalavaloracióndelpeligrodelassustancias

con el fin de reducir el número de ensayos realizados con animales. El registro es

aplicable a las sustancias como tal, en mezclas y en algunos casos a las sustancias

contenidas en artículos, es decir, en principio, el ámbito de aplicación de REACH se

extiendeatodaslassustanciasquímicas;nosólolasutilizadasenprocesosindustriales,

sino también en productos de uso diario como aquellos de limpieza, las pinturas u

artículoscomoropa,mueblesydispositivoseléctricos.

2 ECHA, 2014. Substancias Registradas. Disponible en: http://echa.europa.eu/web/guest/information-on-

chemicals/registered-substances

3ECHA,2007,ComunicadodePrensa.http://europa.eu/rapid/press-release_IP-07-745_en.htm?locale=en

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Paralograrpreveniryreducirriesgos,laECHArealizadiferentesactividadesquebuscan

elusosegurodelosproductosquímicosenlaregión,asímismoasesoraalasempresas

enelcumplimientodelalegislación,brindainformaciónsobrelassustanciasquímicasy

seocupadeaquellasquesuscitanatención.

Esta legislación europea sobre sustancias y mezclas químicas es aplicable a todos los

sectoresdelaindustriaquetratanconestosproductosyatodalacadenadesuministro,

esdecir,lasempresassonresponsablesdelaseguridaddeaquellassustanciasquímicas

quecomercializan.

REACHtrasladalacargadelapruebaalasempresas.Paracumplirconlanormatividad,

lasempresasdebenidentificarygestionarlosriesgosvinculadosalassustanciasquese

fabrican y se comercializan en la UE. Cuando una sustancia o grupo de sustancias

representanunriesgoinaceptable,lasautoridadespuedenrestringirsuusodediferentes

formas, y a la larga, las sustancias más peligrosas deberán sustituirse por otras que

entrañenmenorpeligro.

Acontinuaciónsedescribemásadetallecuáleslaestrategiaaseguirbajoelreglamento

REACHparaladefinicióndeprioridadesymanejodesustanciasquímicas,bajocriterios

deprotecciónalmedioambiente.

Unodelospuntoscríticoseneliniciodelprocesodecontroldelassustanciasquímicas

eslaidentificacióninequívocadeloqueseregistra.Estaidentificaciónselograalincluir

enelexpediente,entreotrascosas,lasiguienteinformación4:

Nombredelasustanciaeidentificadorescorrespondientes,formulamolecularyestructural,siprocede. Informaciónsobrelacomposiciónyelgradodepurezadelasustancia. Datos espectrales e información analítica para verificar la identidad y lacomposicióndelasustancia. Descripciónclarayconcisadelosmétodosanalíticos.

4AnexoVI,apartado2,deREACH

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Adicionalmente,lasempresastienenlaresponsabilidadderecopilarinformaciónsobre

las propiedades y los usos de las sustanciasque fabrican o importan y cuyo volumen

mínimo es de una tonelada por año. También deben realizar una valoración de los

peligrosyriesgospotencialesquepresentalasustancia.Estainformaciónsecomunicaa

laECHAmedianteunexpedientederegistroquecontienelainformaciónsobreelpeligro

y,encasonecesario,unavaloracióndelosriesgosqueelusodelasustanciaycómodeben

controlarse.

LaECHAylosEstadosmiembrosexaminanlainformaciónpresentadaporlasempresas

paraevaluarlacalidaddelosexpedientesderegistroyaclararsilasustanciaencuestión

representaunriesgoparalasaludhumanaoelmedioambiente.

Bajo el REACH, el proceso de autorización tiene por objeto garantizar un control

adecuadodelosriesgosderivadosdesustanciasespecíficasylasustituciónprogresiva

deéstasporalternativasmásseguras,yqueasuvezsetomeenconsideraciónelbuen

funcionamientodelmercadointeriordelaUE.

El número de sustancias químicas identificadas en comercio en Europa superan las

12,000, lo que hace necesario clasificarlas por prioridad, para orientar los esfuerzos

regulatoriosenaquellasqueverdaderamenterepresentenunriesgo.Elprimerpasodel

proceso de autorización consiste en identificar aquellas sustancias que podrían tener

efectosgravessobrelasaludhumanaoelmedioambiente,designadascomoSustancias

de Muy Alta Preocupación (Substances of Very High Concern, SVHCs), y por lo tanto

requierensercontroladas.LasprincipalescaracterísticasqueseobservanenunaSVHC

essutoxicidad,siesbioacumulable,persistente,carcinogénica,mutagénicaoprovocan

efectosreproductivos.

El Reglamento (CE) número 1907/2006 establece que las sustancias que son

persistentes,bioacumulablesytóxicas(PBT),ylassustanciasquesonmuypersistentes

ymuybioacumulables(mPmB),conarregloaloscriteriosestablecidosenelanexoXIII,

pueden incluirseenelAnexoXIVdeconformidadconelprocedimientoprevistoenel

artículo58.Además,imponeaquienesfabriquenoimportenenlaUEsustanciastales,en

forma demezclaoen artículos, obligacionesderegistroen virtud de lascuales, en el

marcodelavaloracióndelaseguridadquímicaefectuadaconformealodispuestoenel

Anexo I, los solicitantes de registro deben realizar una valoración PBT y mPmB que

incluya,ensuprimeraetapa,unacomparaciónconloscriteriosquefiguranenelanexo

XIIIdelcitadoreglamento.5Elanexoestableceloscriteriosparaidentificarlassustancias

5 Diario Oficial de la Unión Europea, 2011. Anexo XIII. http://eur-

lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2011:069:0007:0012:es:PDF

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PBT, así como la información que debe tenerse en cuenta a la hora de valorar las

propiedadesdelasustancia.

Criterios para la identificación de las sustancias PBT y mPmB:

Lassustanciasquecumplanconlossiguientescriterios,seconsideransustanciasPBT:

Persistencia

Una sustancia cumple criterio de persistencia (P) en cualquiera de las siguientes

situaciones:

a) suvidamediadedegradaciónenaguadulceoestuariosuperalos40días

b) suvidamediadedegradaciónensedimentosmarinossuperalos180días

c) suvidamediadedegradaciónensedimentosdeaguadulceoestuariosuperalos120días

d) suvidamediadedegradaciónenelsuelosuperalos120días

e) suvidamediadedegradaciónenaguamarinasuperalos60días

Bioacumulación

Unasustanciacumpleelcriteriodebioacumulaciónsisufactordebioconcentraciónen

especiesacuáticasessuperiora2000.

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Toxicidad

Unasustanciacumpleelcriteriodetoxicidadencualquieradelassiguientessituaciones:

a) la concentración sin efecto observado (NOEC) a largo plazo o CE10 de losorganismosdeaguadulceoaguasmarinasesinferiora0.01mg/l

b) lasustanciacumpleloscriteriosparaserclasificadacomocarcinógena(caterogías1Ao1B),mutágenaencélulasgerminales(categorías1Ao1B)otóxicaparalareproducción(categorías1A,1Bo2)conarregloalReglamentoCENo1272/2008

c) existenotraspruebasdetoxicidadcrónica,comoelcumplimientoporlasustanciadeloscriteriosparaserclasificadaporsutoxicidadespecíficaendeterminadosórganostrasexposicionesrepetidas(STOT,repe.Categorías1o2)conarregloalReglamentoCENo1272/2008

Lassustanciasquecumplanconlossiguientescriterios,seconsideransustanciasmPmB.

Persistencia

Unasustanciacumpleelcriterioparaserconsiderada“muypersistente”encualquiera

delassiguientessituaciones:

a) suvidamediadedegradaciónenaguamarina,dulceoestuariosuperalos60días

b) suvidamediadedegradaciónensedimentosdeaguamarina,dulceoestuarinasuperalos180días

c) suvidamediadedegradaciónenelsuelosuperalos180días

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Bioacumulación

Unasustanciacumpleelcriterioparaserconsiderada“muybioacumulable”sisufactor

debioacumulaciónenespeciesacuáticasessuperiora5000.

Cualquier Estado miembro, o la ECHA a petición de la Comisión Europea, pueden

proponerqueseidentifiqueaunasustanciacomoSVHC.Laintencióndeproponerauna

sustanciaenparticularsehacepúblicaenelregistrodeintencionesantesdepresentar

lapropuesta,afindeofrecerinformaciónporadelantadoalaindustriayaotraspartes

interesadas.

LapropuestasepreparadeacuerdoconelanexoXVdeREACH,ycontienedospartes

fundamentales.Laprimeraproporcionalosdatosylajustificaciónparalaidentificación

deunasustanciacomoSVHC.Lasegundacontieneinformaciónsobrenlosvolúmenesde

lasustanciaenelmercadodelaUEysususos,lasemisionesylaexposiciónresultantes

ylasposiblesalternativas.

Tras la publicación de la propuesta, cualquier persona que lo desee puede formular

comentariosoañadirmásinformación,porejemplo,enrelaciónconlaspropiedades,los

usos,exposiciónylosriesgosdelasustanciapropuestaosusalternativas.Losprocesos

previosdeconsultapúblicasepuedenconsultarenlapáginadeECHA;alafechasehan

realizado 173. 6 Si no se reciben comentarios, la sustancia se incluirá en la lista de

sustancias candidatas. Las propuestas y comentarios se remitirán al Comité de los

Estados Miembros, que es el grupo que decide sobre la identificación de la sustancia

comounaSVHC.SielComiténoalcanzaunacuerdounánime,elproyectoseremiteala

ComisiónEuropea.

La inclusióndeunasustancia en la listadesustanciascandidatas generaobligaciones

legalesparalasempresasquefabrican,importanoutilizanlasustancia,yaseacomotal,

enpreparadosoenartículos.

6 ECHA, 2014. Proposals to identify Substances of Very High Concern previous consultations

http://echa.europa.eu/web/guest/proposals-to-identify-substances-of-very-high-concern-previous-consultations

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Ajuniode2014,lalistadesustanciascandidatasquesuscitanespecialpreocupaciónestá

compuestapor155sustancias7,yenlíneasedestacanlasrazonesparasuinclusión,y

detallesadicionalessobresuclasificación.Estalistaenparticularconstituyeaaquellas

que han de incluirse prioritariamente en la lista de sustancias sujetas a autorización

(AnexoXIV).

Lasrestriccionesconstituyenuninstrumentoparaprotegerlasaludhumanayelmedio

ambientedelosriesgosinaceptablesdelosproductosquímicos.Lasrestriccioneslimitan

oprohíbenlafabricación,lacomercializaciónoelusodedeterminadassustancias.Tanto

losEstadosmiembrosolaECHAapeticióndelaComisiónEuropeapuedenproponerla

imposiciónderestricciones.

Similaralprocedimientodeinclusiónalalistadesustanciasdecandidatasdeespecial

preocupación,laECHArealizaunaconsultapública,porseismeses,sobrelaspropuestas

aserrestringidas.Cualquierpersonapuedepresentarobservacionesenesteperiodo.Las

partes interesadas suelen estar constituidas, principalmente, por las empresas, las

organizacionesprofesionalesrepresentativasdelsectorolasociedadcivil,asícomopor

los ciudadanos particulares y las autoridades públicas. Se admiten observaciones

procedentestantodelaUEcomodetercerospaíses.

Enesteprocesoseconstruyeunalistaadicionaldesustanciasquímicasrecomendadas

paraincluirseenaquellassobresustanciasautorizadas.Laconsultapúblicade2014está

programadaparallevarseacabodel1septiembreal30noviembre,sobre22sustancias.8.

Lasconsultasdeañosanterioreshacenreferenciaa44sustanciasmás.9

La ECHA evalúa periódicamente las sustancias de la Lista de Candidatos para decidir

cuáles deben ser incluidos en la lista de autorización como una prioridad. Esta

priorizaciónsebasaprincipalmenteenlainformacióncontenidaenlosexpedientesde

registrodeusosyvolúmenesdelasustanciaenelámbitodelaautorización.Porlotanto,

serecomiendaalossolicitantesderegistroparamantenersusexpedientesderegistro

hasta la fecha. En el proceso se invita a los usuarios intermedios de sustancias para

comunicarlainformaciónpertinentesobresususosycondicionesdeusodelacadenade

7 ECHA, 2014. Candidate List of Substances of Very High Concern for Authorisation

http://echa.europa.eu/es/candidate-list-table8 ECHA, 2014. Recommendation for inclusion in the Authorisation List and public consultation.

http://echa.europa.eu/es/addressing-chemicals-of-concern/authorisation/recommendation-for-inclusion-in-the-

authorisation-list

9 ECHA, 2014. Previous recommendations. http://echa.europa.eu/es/addressing-chemicals-of-

concern/authorisation/recommendation-for-inclusion-in-the-authorisation-list/previous-recommendations

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suministroparaasegurarquelossolicitantesderegistrotienenlasuficienteinformación

paraactualizarsusexpedientesderegistro.

Lasobservacionesrecibidasdentrodelostresprimerosmesesdelperíododeconsulta,

sontomadasencuentacuandoelComitédeEvaluacióndeRiesgos(CER)yelComitéde

AnálisisSocioeconómico(CASE)de laECHAsereúnen. El CERevalúasi la restricción

propuestaconstituyeunamedidaadecuadaparareducirelriesgoparalasaludhumana

y el medio ambiente y genera un dictamen en el plazo de nueve meses desde la

publicación de la propuesta. El CASE valora las ventajas y los inconvenientes que la

restriccióncomportaparalasociedadbasándoseenlainformaciónproporcionadapor

laspropuestasyenlasobservacionesrecibidas.ElComitéanalizalosbeneficiosparala

saludyelmedioambiente,loscostesasociadosyotrasrepercusionessocioeconómicas

de la restricción. El proyecto de dictamen del Comité de Análisis Socioeconómico se

someteaconsultapública.

LaECHAremitelosdictámenesdeamboscomitéscientíficosalaComisiónEuropea.A

partirdeesemomento,laComisióndisponedetresmesesparaelaborarunaenmienda

a la lista de restricciones (Anexo XVII). Si el Consejo de Ministros o el Parlamento

Europeonoseoponenalarestricción,seadoptaráunanuevarestricciónounarevisión

delarestricciónexistente.AlafechaelAnexoXVIIcuentacon105sustancias,ogrupos

desustanciasbienidentificados.10,Figura1.Algunasdeellassonelbenceno,elmercurio,

los compuestos de arsénico, el pentaclorofenol, el cadmio, el cloroformo, el tolueno,

algunoscompuestosorgánicospolicíclicos,ciclohexano,etc.

10ECHA,2014.Listofrestrictionstable.http://echa.europa.eu/es/addressing-chemicals-of-concern/restrictions/list-

of-restrictions/list-of-restrictions-table

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FIGURA 1 CONSULTA DE LA LISTA DE RESTRICCIONES EN EL SITIO DE ECHA

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Existeuna listadeautorización, lacualcuenta con31sustancias11, para lascuales los

fabricantes, importadoresyusuariosintermediosdelasustanciadebenpresentaruna

solicitudalaECHAsideseancontinuarsuusodespuésdelafechalímiteestablecidapara

su aplicación. Algunos de éstos son el cromato de estroncio, dicromato de amonio,

trióxidodecromo,tricloroetileno,dibutilftalato(DBP),cromatodeplomo,etc.

La solicitud de autorización incluye una consulta pública de ocho semanas sobre

alternativas para los usos de las sustancias sujetas a autorización para la cual se ha

presentadounasolicitud.EnelmismositiodeECHA,sepuedenobservarlas38consultas

sehanrealizadorespectoasustanciasenlalistadeautorización.12

Las autorizaciones que los fabricantes, importadores o usuarios intermedios pueden

solicitarunaautorizaciónparalacomercializaciónoelusodeunasustanciaqueestéen

lalistadeautorización.Lospermisosseconcederánsielsolicitantepuededemostrarque

elriesgogeneradoporelusodelasustanciaestádebidamentecontrolado.Denoserasí,

aún podrá solicitarse una autorización si se demuestra que los beneficios

socioeconómicos del uso de la sustancia compensan los riesgos y que no existen

sustanciasotecnologíasalternativasadecuadas.

ElCERevaluarálosriesgosparalasaludhumanayelmedioambienterelacionadoscon

el uso de la sustancia. El comité también evaluará la conveniencia y la eficacia de las

medidasdegestióndelriesgodescritasenlasolicitud,asícomolasposiblesalternativas.

El CER y el CASE elaborarán sus proyectos de dictamen en el plazo de 10 meses,

basándose en la solicitud, los comentarios recibidos durante la consulta pública y la

informaciónrecopiladasobrelasalternativas.

La ECHA publicará información sobre los usos de la sustancia relacionados con la

solicitud, de manera que cualquier persona que lo desee puede aportar información

sobreposiblessustanciasotecnologíasalternativas.Lasentidadesmásprobablemente

interesadassonempresas,organizacionesquerepresentanalaindustriaolasociedad

civil, ciudadanos particulares y autoridades públicas. Es importante destacar que

cualquierautorizaciónpodrárevisarseencualquiermomentosi lascircunstanciasdel

uso autorizado cambian de forma que pueda afectar a los riesgos o al impacto

socioeconómico,osiseconocennuevosdatossobrealternativas.

11 ECHA, 2014. Applications for authorisation. http://echa.europa.eu/es/addressing-chemicals-of-

concern/authorisation/recommendation-for-inclusion-in-the-authorisation-list/authorisation-list12 ECHA, 2014. Adopted opinions and previous consultations on applications for authorization.

http://echa.europa.eu/es/addressing-chemicals-of-concern/authorisation/applications-for-authorisation-

previous-consultations

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NosolamentelosproductosindustrialessondeinterésdeREACH,sinotambiénloson

cuando están contenidas en artículos. 13 REACH define ‘articulo' como un objeto que,

durantesuproducción,recibeunaforma,superficieodiseñoespecialquedeterminasu

funciónenmayormedidaquesucomposiciónquímica.SegúnREACH,sonartículos,por

ejemplo, las camisetas, el revestimiento para suelos o los envases plásticos. Los

productores e importadores de artículos pueden obtener información sobre las

sustanciaspresentesensusartículosysuconcentracióndelosagentesdelacadenade

suministro,comolosproveedoresdelosartículosdefueradelaUEylosproveedoresde

sustanciasymezclas.

Uncasorecienteenestesentido,eseldelcromohexavalenteenproductosdepiel,elcual

fue publicado el 25 de marzo de 2014, y entrará en vigor el 1 de mayo de 2015. La

restricciónpropuestadebeaplicarseaartículosdecueroyartículosconpartesdecuero

utilizadosporconsumidoresotrabajadoresque,encondicionesnormalesoprevisibles,

esténencontactoconéstos.Elumbralqueseaplicaráesde3mg/kg(0.0003%enpeso)

de contenido de cromo VI en el peso total en seco del cuero, que es el límite de

determinación del método de la norma EN ISO 17075, que es reconocido

internacionalmente.EldictamendelComitédeEvaluacióndeRiesgosdelaECHAprevé

queestarestricciónreduzcaun80%laaparicióndenuevoscasosdedermatitisalérgica

relacionadaconelcromoVI.14

La información sobre las sustancias, así como las últimas noticias sobre legislación y

temasdeinterés,sepuedenconsultaratravésdelsitiowebdelaECHA(echa.euopa.eu)

en donde es posible consultar la información más actualizada sobre la regulación de

sustanciasquímicas,sugestión,informacióncientífica,asícomorecomendacionessobre

suusoFigura2.

13 ECHA, 2014. Candidate list of substances in articles. http://echa.europa.eu/regulations/reach/candidate-list-

substances-in-articles14DiarioOficialdelaUniónEuropea,2014.ReglamenteoUENo.301/2014delacomisiónde25demarzode2014.

Disponibleen:http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014R0301&from=EN

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FIGURA 2 PÁGINA DE INICIO DE LA AGENCIA EUROPEA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

LaECHAhalogradomuchosavancesdesdesucreaciónenlaidentificacióndesustanciasquímicas,ylasaccionesqueestárealizandoahoraestánorientadasacumplirenelmarcodeREACH,lainclusiónparael2020detodaslassustanciasSVHCactualmenteconocidasenlalistadesustanciascandidatas.

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PorotroladoECHAestámotivandoatodaslasempresasacomenzaraprepararseahora

para la fecha límite de registro REACH del 31 de mayo 2018. Esta fecha límite de

inscripciónserefierealassustanciasfabricadasoimportadasenvolúmenesbajos,1a

100toneladasporaño.RecientementelaECHApublicóqueesdegraninterésquepueda

ofrecerelmejorapoyoposibleparalasempresasquesepreparanparaestafase.Como

primera acción, la ECHA ha puesto en marcha una serie de nuevas páginas web

relacionadasconREACH2018,queperfilanlasfasesqueconducenaunregistroexitoso.15

Lasnuevaspáginaswebestándisponiblesen23lenguasdelaUE.

Aúnquedanvariospasosporseguireneltemadelagestióndelassustanciasquímicas

enlaUniónEuropea,esevidentequelacantidaddeinformacióngeneradaporelsector

químicoesmuyampliayvaliosa,ylainteracciónconlosusuariosconstanteatravésde

foros,web

2.3 ACTADEPROTECCIÓNAMBIENTALCANADIENSE(CEPA)

Para la gestión de las sustancias químicas, Canadá cuenta con un sistema

multidisciplinario,enelqueparticipantantoelMinisteriodeSalud,comoelMinisterio

deMedioAmbiente.Afinalesde1980,elGobiernodeCanadáreconocióquelaadopción

deunenfoquesistemáticoparalaevaluaciónygestióndelassustanciasquímicasenel

medioambienteayudaríaaresolverlascarenciasdeloquenoseestabaabordandoen

los programas existentes. En 1988 se promulga finalmente el Acta de Protección al

Ambiente Canadiense (Canadian Environmental Protection Act, CEPA). El marco legal

sobre el tema se vio fuertemente fortalecido a principios del año 2000, cuando se

actualizóelCEPA,fortaleciendolosprincipiosdeprevenciónydeprotecciónalasaludy

almedioambiente.

El CEPA cuenta con un enfoque desde la cuna hasta la tumba, es decir, contempla el

manejodelassustanciasquímicasalolargodesuciclodevidaparaevitarominimizar

sullegadaalambientemedianteestrategiasreglamentariasonoreglamentarias.

ElprincipalobjetivodelCEPAeslaprevencióndelacontaminaciónparalaprotección

delmedioambienteylasaludhumanaantelapresenciadesustanciastóxicas,yasuvez

contribuiraldesarrollosustentable.Atiendelosasuntosrelacionadosconcontaminación

quenoseconsideranenotrasleyesfederalesdeCanadá.Asuvez,ofreceelmarcoyel

procesoregulatorioparalaevaluaciónyelmanejoderiesgosquepuedenrepresentarlas

sustanciasquímicasenelpaís.Tambiéndaaloscanadienseslaoportunidaddeaprender

15ECHA,2014.REACH2018.http://echa.europa.eu/es/reach-2018/

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einteractuarconelgobierno,yaqueinvitaalasindustrias,losindividuos,losgruposde

interésaparticiparenlasconsultaspúblicasyprocesosdetomadedecisionesdepolítica

pública.

El Plan de Gestión de Productos Químicos (Chemicals Management Plan, CMP) es una

iniciativa del Gobierno de Canadá, que va ligada directamente con el CEPA, y está

destinadaareducirlosriesgosquerepresentanlosproductosquímicosaloscanadienses

ysuentorno.LaprimerafasedelCMPserealizóen2006ylasegundaen2011,yestá

basadoeniniciativasanterioresparaevaluarlosproductosquímicosutilizadosenelpaís

yparalaadopcióndemedidassobrequeresultenserperjudiciales.16

ElGobiernodeCanadáanuncióelPlandeGestióndeProductosQuímicosendiciembre

de2006.Elplanincluyeunaseriedenuevasmedidasproactivasparagarantizarquelas

sustanciasquímicassegestionanadecuadamente,Figura3.

Lasección5delActadeProtecciónAmbientalCanadiense,secentraenlacomprensión

y la reducción de los riesgos que representan las sustancias tanto nuevas como

existentes.Bajoestecontexto,unasustancia existenteesaquellaqueestásiendoohasido

utilizada en Canadá como una sustancia o producto comercial, o se ha liberado en el

medioambientedeCanadá,yaseacomounasustanciasola,enefluentes,mezcla,ocomo

contaminante.La listadesustanciasdomésticas(Domestic Substance List,DSL)esuna

listadesustanciasqueentreel1deenerode1984yel31dediciembre1986estabanen

comercioenCanadá,yaseanfabricadosoimportadosenunacantidadde100kilogramos

poraño.Mientrasqueunanueva sustanciaesaquellaquenoestáenlaDSL.Lasnuevas

sustanciasqueseconsideranelegiblesdespuésderealizarunaevaluacióndeellas, se

añadenalaDSL,convirtiéndoseasíensustanciasexistentes.

16GOVERNMENTOFCANADA,2014.ChemicalSubstances

.http://www.chemicalsubstanceschimiques.gc.ca/plan/index-eng.php

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FIGURA 3 SITIO WEB SOBRE SUSTANCIAS QUÍMICAS DEL GOBIERNO DE CANADÁ

El DSLcontieneaproximadamente23,000sustancias.17Se modificaregularmentepara

incluirsustanciasquehansidoconsideradoselegiblesdespuésdesuevaluaciónbajoel

ReglamentodeNotificacióndeNuevasSustancias.18

LasevaluacionesdelriesgosellevanacabobajoelmarcodelCEPAparadeterminarlos

efectospotencialesdelassustanciasenlosorganismosvivosyelmedioambiente.Estas

evaluacionesconsiderannosólolatoxicidadinherentedeunasustancia,sinotambiénla

probabilidad de que una persona, organismo, o el medio ambiente se expongan a la

misma.

Loscriteriosqueseutilizanparadeterminarsiunasustanciaesnocivaseencuentranen

elartículo64delCEPA.Lassustanciasseconsiderandañinassientranopodríanentrar

enelmedioambienteencantidadesoconcentracionesque:

•Tenganopuedantenerunefectonocivoinmediatooalargoplazoenelmedioambiente

olabiodiversidad

•Constituyenopuedenconstituirunpeligroparaelmedioambiente

•ConstituyenopuedenconstituirunpeligroparalavidahumanaolasaludenCanadá

Unaevaluaciónpuededarlugaraunodelossiguientesresultados:

•Noserequierarealizarningunaotraacción(enesemomento)

•LaincorporacióndelasustanciaalaListadeSustanciasPrioritarias

•EmitirunarecomendacióndequeseañadelasustanciaenlaLista1delCEPA

17EnvironmentCanada,2006.GovernmentofCanadaResultsforallExistingSubstances.

http://www.ec.gc.ca/lcpe-cepa/default.asp?lang=En&n=5F213FA8-1&wsdoc=D031CB30-B31B-D54C-0E46-

37E32D526A1F18EnvironmentCanada,2014.NewSubstancesNotificationRegulations.

http://www.ec.gc.ca/lcpe-cepa/eng/regulations/detailReg.cfm?intReg=92

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ElCEPAexigequetodaslassustanciasdelaDSLquenohansidoobjetodeevaluación

comolasnuevassustancias,sedebieronclasificardentrodelossiguientessieteañosa

partirdelapublicacióndelaLeydeSanciónReal,quetuvolugarel14deseptiembrede

1999.Laclasificaciónsecompletóel14deseptiembredel2006.

ElprocesodecategorizacióninvolucralaidentificacióndesustanciasenelDSLquedeben

sersometidosaunaevaluaciónderiesgosaúnmásdetalladoqueelanterior.Ésteincluye

sustancias que son inherentemente tóxicas, persistentes o bioacumulables; o que

representenelmayorpotencialdeexposiciónparalosindividuos.Lacategorizaciónes

obligatoriaconformealCEPA(sección73y74),yesunprocesodeestablecimientode

prioridadesenelqueseidentificansistemáticamentelassustanciasdelalistaquedeben

someterseaunaevaluaciónselectivaFigura4.

FIGURA 4 PROCESO DE CATEGORIZACIÓN Y SELECCIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS EN LA LISTA DSL

Aproximadamente 4,000 de las 23,000 sustancias existentes de Canadá han sido

identificadosduranteelprocesodecategorización,porloquenecesitanmayoratención;

lo que significa que aproximadamente 19,000 no caen en dichos criterios de

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categorización.19Losresultadosdelossieteañosdeanálisisparaleloecológicoydesalud

humanasecombinaronparaproducirunalistaqueseencuentraconobligacioneslegales

delCEPA.Lossiguientespasosparalassubstanciascategorizadasincluyenlaevaluación

dedetección,lainvestigacióny,desernecesario,lasmedidasparacontrolarsususos.Sin

embargo,esimportanterecordarqueenmuchoscasos,serequieremásinformaciónpara

determinarsiestassustanciasrealmenteplanteanunriesgoparalasaludhumanay/oel

medioambiente.

Tomandoencuentalosparámetrosdeimpactoambientaloecológico,losresultadosde

lacategorizaciónseresumenenlaTabla3

TABLA 3CATEGORIZACIÓN DE LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS POR CRITERIOS AMBIENTALES

Descripción Número de Sustancias

químicas

SustanciasquímicasenlaDSL 22,439

Persistentes, bioacumulables e inherentemente

tóxicasparaelambiente(PBiT)

397

Persistentes e inherentemente tóxicas para el

ambiente(PiT)

2,102

Bioacumulables e inherentemente tóxicas para el

ambiente(BiT)

838

TotaldesubstanciasquímicasconcaracterístiasPBI 3,337

La primera lista de sustancias prioritarias (PSL1) se publicó en 1989 e incluía 44

sustanciasogruposdesustancias.Lasevaluacionesambientalesyevaluacionesdesalud

humanasecompletaronbajolassustanciasprioritariasdelProgramadeEvaluaciónde

principiosde1994.LosinformesdeevaluacióndecadaunadeestassustanciassePSL1

completado y publicado a raíz de una revisión crítica de los datos identificados

pertinentes.Sepublicaronconclusionesdesi lassustanciaseranconsideradostóxicos

bajolaLeyCanadiensedeProtecciónAmbiental.

La listadesustanciasprioritariassegundo(PSL2)de laLeyCanadiensedeProtección

Ambiental(CEPA)sepublicóendiciembrede1995.Lalista,recomendadoporunpanel

19GovernmentofCanada,2014.WhataretheoverallresultsofDSLCategorization?

http://www.ec.gc.ca/lcpe-cepa/default.asp?lang=En&n=5F213FA8-1&wsdoc=76D45C61-40EC-2CC6-6FE9-

AD1576E210C0

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de expertos de Ministros 'extraída de los principales grupos de interés, contiene 25

sustancias,incluidoslosproductosquímicosindividuales,asícomomezclasyefluentes.

EnvironmentCanadayHealthCanadahancompletadolasevaluacionesderiesgosdela

salud ecológica y humana de las sustancias enumeradas en PSL2. Los proyectos de

informedeevaluaciónPSL2sepusieronadisposiciónparaunperíododecomentarios

públicos de 60 días. Tras el examen de las observaciones recibidas, los informes de

evaluación fueron revisados y publicados en su caso con las conclusiones finales en

cuantoasionolassustanciasseconsideran"tóxicos",comosedefineenlaCEPA1999.

Losresúmenesdeloscomentariosdelpúblicoylasrespuestastambiénestándisponibles

enelsitiowebparacadasustancia.

Debidoalasconsiderableslimitacionesdelosdatosdisponiblessobrelosefectosdedos

delassustanciasPSL2(salesdealuminioyglicoldeetileno),unaconclusióndefinitivade

tóxicosonotóxicosconrespectoa lasaludhumananosepudollegar.Porlotanto, la

evaluación de estas dos sustancias se han suspendido para que Health Canada para

recogerdatossobrelatoxicidadparalasaludhumana.EstadodelosinformesCiencias

deestassustanciassehancompletado.

En ocasiones otros instrumentos legales, como aquellos de las provincias o

internacionales aplicables a miembros de la Organización para la Cooperación

Económica y el Desarrollo (OECD), deciden prohibir o restringir una sustancia por

razones ambientales o de salud. En estos casos, Environment Canada revisa la

informaciónrelacionadacondichasustanciaparadeterminarsitambiénescompatible

conloestablecidoenelartículo64delCEPA.

EnvironmentCanadayHealthCanadacompartenlaresponsabilidaddelaevaluaciónde

lassustanciasqueplanteanelmayorriesgoparalasaludhumanayelmedioambiente.

Comopartedeestaresponsabilidad,ambosestánobligadosadesarrollarymanteneruna

ListadeSustanciasPrioritarias(Priority Substance List,PSL).

Comosunombrelodice,laPSLidentificalassustanciasquesetienenprioridadparala

evaluacióndeconformidadconelartículo64delCEPA.Existendirectricesestrictassobre

estas evaluaciones integrales, que examinan todos los aspectos relevantes de una

sustanciaypuedeimplicarrecopilacióndelainformaciónyeldesarrollodepruebas.

Las sustancias que cumplen los criterios establecidos en el artículo 64 del CEPA se

puedenañadiralaLista1delActayserconsideradasparaqueselesapliquendiversas

medidasdegestiónderiesgos.Estospodríanincluirreglamentos,directricesocódigos

deprácticasparacontrolarcualquieraspectodesuciclodevida;desdeactividadesde

investigación y desarrollo hasta fabricación, transporte, uso, almacenamiento y

disposiciónfinal.

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Paralaconstruccióndelaslistasdeinterés,secuentanconcriteriosbasadosenlaPolítica

deManejodeSubstanciasTóxicas (Toxic Substances Management Policy, TSMP)yque

hacenreferenciaalapersistencia,bioacumulaciónytoxicidad(PBT).Lassustanciasque

cumplenconloscriteriosdelartículo64,olosmostradosenelTabla4yseproducen

principalmenteporactividadeshumanassonconsideradasentrelasmáspeligrosas.20

TABLA 4 CRITERIOS TSMP PARA LA SELECCIÓN DE SUBSTANCIAS PARA SU VIRTUAL ELIMINACIÓN

Persistencia (vida media)

Bioacumulación Toxicidad Predominantemente antropogénico

Aire≥2días BAF(factordebioacumulación)≥500

0o

BCF(factordebioconcentración)≥500

0o

logKow≥5.0

Tóxicodeacuerdoal

CEPAoequivalent

e

NOEC<0.1mg/L

LC50(EC50)<1mg/L

Concentraciónenelambiente,resultadoensumayoríapor

actividadeshumanas

Agua≥182días

Suelo≥182días

Sedimento≥365días

Comotales,sonpropuestosparasuvirtual eliminación.Estosignificaquesusemisiones

almedioambientehandeserreducidoaunnivelpordebajodelcualnosepuedenmedir

conprecisión.DeacuerdoalsitiodelGobiernodeCanadá,laúltimaactualizacióndedicha

listaserealizóen2009,Tabla5.

TABLA 5 LISTA DE ELIMINACIÓN VIRTUAL

No. Sustancia Nivel de cuantificación

1. Hexaclorobutadieno, con formulamolecular

C4Cl6

0.06ng/mL,enunsolventeclorado

2. Perfluoroctanosulfonato(PFOS)ysussales Noserequiere

20EnvironmentCanada,2014.GuidanceManualfortheRiskEvaluationFrameworkforSections199and200ofCEPA

1999:DecisionsonEnvironmentalEmergencyPlans.

http://www.ec.gc.ca/lcpe-cepa/default.asp?lang=En&n=F1BDDFD0-1&offset=3

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Para el caso de nuevas sustancias, existe un programa especial o New Substances

Programe(NSP),queesresponsabledeadministrarlasregulacionessobrelanotificación

sustanciasnuevas(químicos,polímerosyproductosdebiotecnología).Laregulaciónes

una parte integral de la estrategia de prevención de la contaminación nacional del

gobiernofederalconenfoquedegestión"delacunaalatumba".

Cuando Environment Canada recibe una notificación de una empresa o persona

proponenteparaimportarofabricarunanuevasustancia, llevaacabounaevaluación

conjuntaconHealthCanadaparadeterminarsilasustanciatieneelpotencialdecausar

efectosadversosenelmedioambienteylasaludhumana.Estaevaluaciónrequiereque

se proporcionen datos administrativos y técnicos específicos previamente a su

fabricaciónoimportación.

Cuando en el proceso de evaluación se identifica una nueva sustancia que pueda

representarunriesgoparalasaludhumanaoelmedioambiente,EnvironmentCanada

tienelafacultadparaintervenirantesodurantelasprimerasetapasdesuintroducción

almercadocanadiense.EstacapacidaddeactuartempranamentehacequeelNSPsea

unaherramientaúnicayesencialdelagestiónfederaldesustanciasquímicas.Cuandose

sospechequeunadeéstascumplaconloscriteriosdelasección64delCEPApuedeser

controladoconalgunadeestasmedidas:

•Estableciendocondicionesparalaimportación,lafabricación,elusoolaeliminaciónde

lasustancia

•Prohibicióndelaimportaciónylaproducción

• Prohibición a la espera de la presentación y evaluación de información adicional

determinadaporlosministeriosdemedioambienteysalud.

Adicionalmente, Canadá cuenta con unaLista de Control de las Exportaciones, quees

aquellaquecontienesustanciascuyaexportaciónestácontroladaporquesufabricación,

importacióny/ousoenCanadáestánprohibidosorigurosamenterestringidos,oporque

Canadá ha aceptado, a través de un acuerdo internacional, para el control de su

exportación.21Estalistaestáformadaportressecciones,laprimeraincluyelassustancias

prohibidas(16substancias),comoelmirex,toxafeno,alaclor,endrin,clordecona,etc.,la

segunda sujetas a notificación o consentimiento (34 substancias), entre ellas está el

endosulfán,compuestosdemercurio,pentaclorofenol,paratión,óxidodeetileno,etc.,y

finalmentelatercerasustanciasrestringidascomolosclorofluorocarbonos,arsenatode

plomo,tetraclorurodecarbono,pentaclorobenzeno,etc.

21EnvironmentCanada,2014.ExportControlList.http://ec.gc.ca/lcpe-cepa/default.asp?lang=En&n=06942923-1

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Laresúmenespúblicosdesustanciasquímicas(ChemicalSubstancePublicSummaries)

sonunaseriedebreveshojasinformativassobrelassustanciasquímicasqueseestán(o

hansido)evaluadasenCanadáporsusposiblesriesgosparalasaludhumanayelmedio

ambiente. Dichos documentos se encuentran disponibles para consulta en:

http://www.chemicalsubstanceschimiques.gc.ca/fact-fait/glance-bref/index-eng.php

ParamayorinformaciónsobrelaslistasyprocedimientosseguidosporelGobiernode

Canada,sepuedeconsultarelsitiodeInternetdelRegistroAmbientalCEPA,elcualse

localiza en: http://www.ec.gc.ca/lcpe-cepa/default.asp?lang=En&n=D44ED61E-1

(Figura5).

FIGURA 5. SITIO EN INTERNET SOBRE EL REGISTRO AMBIENTAL DEL ACTA CANADIENTE DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE

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2.4 LEYDECONTROLDESUSTANCIASQUÍMICASDEJAPÓN

LaLeydeControldeSustanciasQuímicas(LCSQ)japonesaseimplementóen1974yfue

modificadaen2009,lacualentróenvigordosañosdespués,siendolosresponsablesde

suoperaciónelMinisteriodeEconomía,ComercioeIndustria(METI,porsussiglasen

inglés),elMinisteriodeSalud,TrabajoyPrevisiónSocial(MHLW,porsussigláseninglés)

y el Ministerio del Ambiente (MOE, por sus siglas en inglés) (Figura 6). Su principal

objetivo es evaluar las propiedades de una sustancia química nueva antes de su

produccióno importación,para implementar lasregulacionesnecesariasamanerade

prevenir la contaminación ambiental causada por sustancias químicas que son

persistentesyposeenriesgoalasaludhumanaointerfierenconeldesarrollodelaflora

yfauna.

FIGURA 6 LÍNEA DE TIEMPO DE LA LCSQ

Estaleyclasificaalassustanciasenlassiguientescategorías:

Sustancias químicas nuevas.

SonaquellasquenoseencuentranenningunalistadesustanciasdelaLCSQ.

Sustancias químicas en general.

Sontodaslassustanciasqueseprodujeronoimportaronpreviamentealaentrada

envigordelaLCSQ,asícomolassustanciasincluidasenloslistadosestablecidos

deacuerdoalaprimeraversióndelaLCSQ(sustanciasquímicasexistentes, las

sustancias químicas recientemente anunciadas, sustancias químicas

monitoreadasTipoIIyTipoIII,Sustanciasquímicasparalascualesladesignación

deprioridaddeevaluacióndesustanciasquímicashasidocancelada)

Entrada en vigor de

la actualización

ActualizaciónImplementación

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Sustancias químicas de evaluación prioritaria.

Son sustancias para las cuales no es claro si la sustancia posee un riesgo de

toxicidadalargoplazoparaloshumanosoflorayfaunaenlascondicionesdevida

humana, las cuales se ha encontrado que permanecen en el ambiente en

cantidadesconsiderablesoseesperaquepermanezcanenunasituacióndeeste

tipo,yqueesprobablequecausedañosalossereshumanosolafloraylafauna.

Sustancias químicas monitoreadas.

Sonsustanciaspersistentesyaltamentebioacumulablesydondenoestáclarosi

lasustanciapresentaunriesgodetoxicidadalargoplazoparalossereshumanos

oanimalesdepredadoresenlosnivelesaltosdelacadenatrófica.

Sustancias químicas Clase II.

Sonsustanciasqueposeenunriesgodeprovocardañosaloshumanos,alaflora

ylafaunaenelambientedebidoaquelasustanciaposeeunriesgodetoxicidada

largoplazoyunacantidadconsiderabledelasustanciapermaneceenelambiente

en un área sustancialmente extensa o bien, tal situación ocurrirá en el futuro

cercano.

Sustancias químicas Clase I.

Sustanciasquesonpersistentes,altamentebioacumulablesytieneunriesgode

toxicidadalargoplazoparahumanosoanimalesdepredadoresenlosnivelesaltos

delacadenatrófica.

A partir del 2011, los fabricantes e importadores de sustancias químicas en general,

sustanciasquímicasdeevaluaciónprioritaria,lassustanciasquímicasmonitoreadasylas

sustancias químicas clase II, están obligados a reportar anualmente el nombre de la

sustancia,elnúmeroMITI,elnúmeroCAS,lascantidadesdeproducciónoimportación,

el embarque y los usos cuando una sustancia química se produce y/o importa en

cantidadesmayoresoigualesa1ton.Sinembargo,enlossiguientescasos,lanotificación

noesnecesaria:

SustanciasquímicascompradasaunaempresaenJapónquesevendentalcomo

están.

SustanciasquímicascompradasaunaempresaenJapónqueseconviertenenun

productoderivadodeunamezcla,unprocesodepurificación,etc,quenocausa

reaccionesquímicas.

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Productosimportadosqueposeenformasodiseñoscorrespondienteasufunción

específicaquesevendenalosconsumidoresengeneral("producto"comoenla

LCSQ),cuyousonopuedesercambiado.

Sustanciasquímicasfabricadaseimportadasencantidadesigualesomenoresa1

toneladaporañoporempresa.

Sustanciassefabriquenoimportenparafinesdepruebaydeinvestigación.

Sustanciasquímicasquesonunproductointermedio,polímerosdebajointerés,

odebajaproducción(≤10ton).

Sustanciasqueseencuentreenlalistadeexcepcionesdenotificación(designadas

por los3Ministros,para lasquenoesnecesario llevaracabo laevaluaciónde

riesgos).

Una vez que las sustancias han sido incluidas en una clasificación regulatoria, se les

asignaunnúmerodeReferenciadelaClase,tambiénconocidocomonúmeroMITI,elcual

es asignado de acuerdo a la categoría a la que pertenece la sustancia, indicada por el

primernúmerodelaserie(*-****),Tabla6.

TABLA 6 CATEGORÍAS DEL NÚMERO MITI

Sección Categoría

1 Compuestosinorgánicos

2 Compuestosorgánicosdebajopesomolecular

3 CompuestosorgánicosCarbo-monocíclicosdebajopesomolecular

4 CompuestosorgánicosCarbo-policíclicosdebajopesomolecular

5 Compuestosorgánicosheterocíclicosdebajopesomolecular

6 Altospolímerosorgánicosobtenidosporpolimerizaciónporadición

7 Altospolímerosorgánicosobtenidosporpolicondensación

8 Almidones,aceites,grasas,etc.químicamentemodificadas

9 Compuestosfarmaceúticos

ElnúmeroMITItienequeindicarseenlosformatosdenotificaciónypuedeobtenersede

labasededatosdelInstitutoNacionaldeTecnologíayEvaluación(NITE,porsussiglas

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eninglés)Figura12.SilasustanciaquesedeseanotificarnocuentaconnúmeroMITI,es

probablequepertenezcaalacategoríadenuevasustanciasegúnlaLCSQyrequeriráuna

pre-notificación para su manufactura o producción. Sin embargo, algunas empresas

consultoras dedicadas a la gestión de sustancias químicas en Japón, indican que la

búsquedadelnúmeroMITIenelinventarioJaponés,noesunatareafácildebidoaque

muchasdelassustanciasdelabasededatosdeNITEnotienenasignadounnúmeroMITI,

noobstanteaquepodríanperteneceralalistadesustanciasquímicasexistentes,yaque

un número MITI puede ser asignado a una categoría de sustancias químicas y

corresponderadiferentesnúmerosCAS.Unavezquesehapre-notificadounasustancia

nueva,seagregaráalalistadesustanciasnotificadasdespuésde5años.

Lainformaciónquedebeserentregadaconsistede:

Identidadquímica.

Propiedadesfisicoquímicascomoapariencia,puntodefusión,puntodeebullición,

densidadrelativa,solubilidadenagua,etc.

Datosecotoxicológicos.

FIGURA 7 SITIO EN INTERNET DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA Y EVALUACIÓN

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Silasautoridadesconsideranquelainformaciónentregadaesinsuficienteparaevaluar

lasustancia,puedensolicitaralnotificanteinformaciónadicional(Figura8).

FIGURA 8 FORMATOS DE NOTIFICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS EN JAPÓN

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Duranteelúltimoaño,sehanactualizadolaslistasdelassustanciasquímicasdelaclase

IyclaseII,lasmonitoreadas,lasdeevaluaciónprioritariaylasexentasdenotificación.

Además, se realizan con frecuencia la emisión de juicios sobre los resultados de

propiedades de biodegradación y bioacumulación de determinada categoría de

sustancias(Tabla7).

TABLA 7 SUSTANCIAS REGULADAS POR LA LCSQ

Categoría Cantidad

SustanciasQuímicasNuevas

(5añosdetiempodeesperaparaserevaluadas,categorizadasyen

consecuenciareconocidas)

----

Sustanciasquímicasgenerales

(existentesantesdelaentradaenvigordelaLCSQ)

19,274

SustanciasdeEvaluaciónprioritaria(PACs) 206

Sustanciasmonitoreadas 37

SustanciasClaseII 23

SustanciasClaseI 30

TOTAL= 19,570

Elsistemajaponéscuentaademás,conunabasededatosdeaccesopúblicoquecontiene

unaampliainformaciónrelacionadaconlosriesgosqueposeenlassustanciasquímicas

incluidas en su sistema de registro. Esta base de datos es actualizada y verificada

constantementeyproporcionadatospublicadostantoporautoridadesnacionalescomo

internacionales(Figura9).

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FIGURA 9 BASE DE DATOS DE ACCESO PÚBLICO DEL SISTEMA JAPONES DE MANEJO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

Lainformaciónquepuedeconsultarseenestaplataformaeslasiguiente:

1. Información general.

Número de registro CAS, nombre de la sustancia, fórmula molecular, fórmulaestructuralysinónimos.

2. Leyes y regulaciones en Japón.

SepresentainformaciónsobreleyesyregulacionesenJapónqueaplicanparalasustanciaquímicaespecíficaquesedeseaconsultar,comolaLeydelcontroldesustanciasquímicas,elActasobreconfirmación,etc.delascantidadesliberadasdesustanciasquímicasespecíficasenelambienteyPromocióndemejorasenlagestión del mismo y la Ley de Seguridad y Salud Industrial. También se puedeconsultar el número de referencia de la clase en la lista de la Gaceta (NúmeroMITI).

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3. Información sobre los Inventarios y regulaciones de otros países. Seproporciona información incluidaen los inventariosyregulacionesdeotrospaísesaplicablesasustanciasquímicas,como:ListadeNúmeroONUyclasedePeligros, Número EINECS (Inventario Europeo de Sustancias químicascomercializadas),TSCA(LeydeControldeSustanciasTóxicasdeEstadosUnidos),Lista de sustancias químicas existentes, Ley de control de químicos tóxicos deCorea,ListadeSustanciasquímicasdeVietnam,etc.

4. Exposición.

Seproporcionainformaciónsobrelacantidaddesustanciasquímicasproducidasy/o importadas reportadas de acuerdo a la LCSQ, cantidades de sustanciastransferidas y liberadas sujetas al Registro de Emisiones y Transferencia deContaminantes,asícomolosresultadosdeestudiosymonitoreosambientalesdesustanciasquímicaselaboradosporelMinisteriodeMedioAmbiente(Figura10).

FIGURA 10 SECCIÓN DE EXPOSICIÓN DE LA BASE DE DATOS DE ACCESO PÚBLICO

DEL SISTEMA JAPONES DE MANEJO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

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5. Evaluación de Riesgos en Japón y otros países. SeproporcionanlosresultadosdelaclasificaciónGHSyreportesdeevaluaciónderiesgosdeJapónydediferentespaíses.

6. Propiedades fisicoquímicas. Seproporcionainformaciónsobrelaspropiedadesfísicoquímicasinherentesalassustancias químicas como punto de ebullición, punto de fusión, solubilidad enagua,presióndevapor,etc.(Figura11)

FIGURA 11 SECCIÓN DE PROPIEDADES FISICOQUÍMICAS DE LA BASE DE DATOS DE ACCESO PÚBLICO

DEL SISTEMA JAPONES DE MANEJO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

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7. Toxicidad ambiental. Sepuedeconsultarinformaciónsobrepruebasdeinmovilizaciónaguda(DaphniaSP),detoxicidadaguda(peces),pruebasdeinhibicióndecrecimiento(algas),etc.La información de esta sección es proporcionada por el Japan ChemicalsCollaborativeKnowledgedatabase(J-CHECK)Figura12.

8. Salud humana.

Se proporciona información sobre los resultados de pruebas de toxicidad,carcinogenicidad,valoreslímitedeexposiciónocupacional,etc.

FIGURA 12 BASE DE DATOS CONOCIMIENTO COLABORATIVO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS DEL JAPÓN (J-CHECK)

Adicionalmentelosfabricanteseimportadoresdesustanciasquímicasestánobligadosa

cumplir ciertas obligaciones de acuerdo a la categoría de las mercancías que

comercien.(Tabla8)

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TABLA 8 CATEGORÍAS DE SUSTANCIAS QUÍMICAS REGULADAS POR LA LCSQ

Categoría Requerimientos

Nuevas sustancias. Sustanciasdiferentes

a las sustancias químicas existentes y

sustanciasrecientementeanunciadas

Las nuevas sustancias químicas se

notificarán al gobierno

independientemente de la intensidad de

uso (rango anual comercializado en

toneladas).Serequierelaaprobacióndel

gobierno para la fabricación o

importacióndelasnuevassustancias

Sustancias Químicas Generales. (1)

sustancias químicas existentes; (2) las

sustancias químicas recientemente

anunciadas; (3) Ex Clase II y Clase III

Monitoreo de Sustancias Químicas; (4)

Las sustancias químicas para las que ha

sidocanceladaladesignacióndeSustancia

Químicadeevaluaciónprioritaria;(5)Las

nuevas sustancias químicas antes del

anuncio , para el que se ha emitido la

notificacióndeladecisión

Los fabricantes e importadores deproductos químicos en general encantidades anuales superiores a 1toneladadeberáninformarlacantidad,eluso y la información sobre los peligrosanualmente desde el 1 de abril de 2011.Entre 8,000 y 9,000 los productosquímicosseveránafectados.

Sustancias Químicas de Evaluación

Prioritaria. Aproximadamente 1.000

sustancias. Basado en los datos

presentados , la exposición estimada y

informaciónderiesgo,elgobiernocreará

unalistadesustanciasprioritarias

Notificaciónobligatoriadelascantidades

reales fabricadas o de importación, uso,

etc.

Los fabricantes e importadores de estas

sustancias pueden ser requeridos a

presentarmásdatos;

Podrían imponerse medidas adicionales

degestiónderiesgos;

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Sustancias Químicas suceptibles a

monitoreo (36 sustancias incluyendo

ciclododecano). Lassustanciasquímicas

existentes que se confirman como

persistentes y muy bioacumulativas.

Algunos productos químicos no

persistentes también pueden ser

incluidos

Notificaciónobligatoriadelascantidades

reales fabricadas, de uso e importación,

etc.

Directrices,asesoramiento,etc.(cuando

sea necesario para evitar la

contaminacióndelmedioambiente);

Cuandoseanecesario,elgobiernosolicita

a los fabricantes e importadores

investigar la toxicidada largoplazopara

los seres humanos o los animales

depredadoresdemayorniveltrófico.

Clase II Sustancias Químicas

Especificas (23 sustancias incluyendo

tricloroetileno). Sustanciasquímicasque

sonpersistentesytoxicidasparalosseres

humanosotoxicidadalargoplazoparala

flora y fauna en el entorno de vida

humana. También se incluyen otros

productosquímicosnopersistentes

Informeobligatoriodecantidadesrealeso

planeadas de fabricación, uso, o

importación,etc.

El gobierno podrá dictar órdenes de

cambiar las cantidades de fabricación e

importaciónprevistas;

Se darán directrices técnicas y

recomendacionesparalosproductosque

contienenesassustancias;

Etiquetadoobligatorioyrecomendado;

Clase I Sustancias Químicas Especificas

(16 sustancias, incluidos Bifenilos

policlorados). Sustancias químicas que

son persistentes, muy bioacumulativas y

tienenunatoxicidadalargoplazoparalos

seres humanos o toxicidad a largo plazo

para la flora y la fauna. Similares a los

productosquímicosprohibidos

La importación de determinados

productosquecontenganesosproductos

químicosseráprohibida;

-El uso de esos productos químicos se

permite en el caso de la utilización

esencial incluido en el Convenio de

Estocolmo;

Otras medidas restrictivas pueden ser

ordenadosporelgobierno;

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2.5 GESTIÓNDESUSTANCIASQUÍMICASENMALASIA

La gestión de sustancias químicas en Malasia inició en 2009 bajo el esquema de

Notificación y Registro de las Sustancias Ambientalmente Peligrosas (EHSNR, por sus

siglaseninglés),conelobjetivodeproporcionarlainformaciónnecesariaquepermita

identificarlassustanciasdeinterésenelpaísytomardecisionessobreelmanejodeéstas.

Bajo el propósito del EHSNR, una Sustancia Ambientalmente Peligrosa (EHS, por sus

siglaseninglés)esaquellaalaquesehaasignadounacategoríadepeligrosidadbajoel

esquemadeclasificacióndelSistemaGlobalmenteArmonizado(GHS,porsussiglasen

inglés)oestápresenteenunalistadesustanciasdepreocupaciónespecialreconocidas

internacionalmente.Lassustanciasreguladasporotraslegislacionesnacionalesquedan

fueradeláreadeaplicacióndeesteesquema.Lainstitucióngubernamentalresponsable

de la implementación y la operación del programa es el Departamento del Ambiente

(DOE,porsussiglaseninglés).

La implementacióndeesteesquemafueplaneadapararealizarseenvariasetapas, las

cualessedetallanacontinuación:

TABLA 9 ETAPAS DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL EHSNR

Periodo Actividades2009-2013 Seintegraráuninventario,invitandoalosimportadoresy

fabricantesdesustanciasclasificadascomopeligrosasparainscribirseyentregarlanotificación.Duranteesteperiodo,elregistroserávoluntario.

2013-2015 ElDepartamentodelAmbienteiniciaráconlaevaluacióndelassustanciasyestableceráunalistaprioritariaenbaseaciertoscriteriosparalaevaluaciónderiesgos.

2015-2017 Seidentificaránlasmedidasdeevaluaciónderiesgospropuestassobrelassustanciasseleccionadas,ylassustanciasquetenganunpotencialparacausarunimpactonegativosobreelambienteseránmanejadasmediantelaintroduccióndealgunasmedidasdecontrolsobreelusodeesasustanciaenparticular.

2017–enadelante

Seintroduciránmedidasdecontrolsobrelassustanciasseleccionadas

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Enuninicioseesperabaqueelesquemasevolvieraobligatorioafinalesde2011apartir

delapromulgacióndelaregulacióndelEHSNR.Sinembargo,hastafebrerode2012,el

registrocontinuabasiendovoluntarioyenesperadequelalegislaciónfueraaprobada.

Enoctubredelmismoaño,sepublicóqueelMinisteriodelAmbienteabandonólosplanes

derequeriralaindustrialosdossiersparalassustanciaspeligrosasdadoquerequisitos

similaresseríanincorporadosenunalegislacióndelDepartamentodeSeguridadySalud

Ocupacional(DOSH,porsussiglaseninglés).Dicharegulación,conocidacomoCLASSfue

publicadaenOctubrede2013yabordaeltemadelaClasificación,EtiquetadoyHojasde

seguridad para uso de sustancias peligrosas en los centros de trabajo y la industria,

acordeconelUN-GHS.Bajoestaregulación,losproveedoresdeberánentregarunreporte

anualapartirde2015delassustanciaspeligrosasqueseanimportadasosuministradas

enunacantidadmayoroiguala1tonanual,incluyendoelnombredelproducto,forma

física,nombredelaempresa,tonelaje,clasificacióndelproducto,composición.

HastaelmomentolaregulacióndelesquemaEHSNRnohasidoaprobada,elesquemaes

de carácter voluntario. El EHSNR está dirigido a productores o importadores de

sustanciaspeligrosas,mezclas(quecontenganel1%deEHSó0.1%desustanciasCMR)

oproductosquecontengansustanciaspeligrosasyqueseanproducidasoimportadasen

cantidadesmayoresa1toneladaporaño.

El EHSNR contempla dos tipos de notificación para las sustancias ambientalmente

peligrosas:unabásicayunadetallada.Cuandolasustanciaanotificarestáincluidaenlas

listasdeReferenciadeEHSolalistadeSustanciasCarcinogénicas,MutagénicasyTóxicas

paralareproducción(CMR,porsussiglaseninglés),sedebepresentarunanotificación

básicaanual,delocontrario,esnecesarioentregarinformaciónadicionalacercadelas

características toxicológicas y ecotoxicológicas. En la Tabla 10 se presenta la

informaciónquesedebeincluirencadaunadeestasnotificaciones.

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TABLA 10 INFORMACIÓN REQUERIDA SEGÚN EL TIPO DE NOTIFICACIÓN.

Básica DetalladaIdentificacióndelasustancia(NúmeroCAS,NúmeroECoNumeroIndex)

Tonelajeanual

Identificacióndelasustancia(NúmeroCAS,NúmeroECoNumeroIndex)

TonelajeanualUsodelasustancia

Intervalodeconcentracióndelasustanciaenlamateriaprimaoproductosterminados(concentracionesmáximasymínimas)

Paísdeexportación(siesimportado)

Usodelasustancia

Intervalodeconcentracióndelasustanciaenlamateriaprimaoproductosterminados(concentracionesmáximasymínimas)

Paísdeexportación(siesimportado)DatosdelaIdentidaddelasustancia(fórmula,estructuramolecular,pesomolecular,etc.)Datosdepropiedadesfisicoquímicas(puntodefusión,puntodeebullición,etc.)DatossobrePeligrosFísicos(flamabilidad,corrosividadametales,etc.)Datossobrepeligrosalasaludhumana(toxicidadagudaypropiedadescomobioacumulación,etc.)ClasificaciónGHS

Porotrolado,elesquematambiénconsideraalgunasexcepcionesparalapresentación

denotificacióncomolosmaterialesdeorigennatural,lassustanciasformadasdurante

lafabricacióndeunartículo,mezclas(peronoloscomponentesdelamezcla),sustancias

intermedias no aisladas, sustancias que se utilizan en la investigación y el desarrollo,

sustanciasproducidasparapruebasdecomercialización,sustanciasdebajovolumen(<1

toneladaalaño),etc.

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Elsistemademalasiaestáendesarrollo.Lasdiversascompetenciaseneltemanohan

facilitadoconcretarlaregulación.EnlaTabla11semuestranalgunosindicadores

desufuncionamientovoluntario.

TABLA 11 INDICADORES DEL DESARROLO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS EN MALASIA

Indicadores DatosaDic2011

DatosaDic2012

NúmerodeempresasidentificadascomonotificadorespotencialesdeEHS

1134 1365

Númerodeempresasquímicasregistradasactualmente 321 365NúmerodeEHSingresadasalsistema 1372 1738NúmerodeEHSoficialmentenotificadasalDOE 726 798NúmerodeEHSquenoestánenlaListadereferenciadeEHS(serequierenotificacióndetallada)

176 180

NúmerodeEHSnotificadasendetalleoficialmenteporlaindustriaalDOE

145 149

NúmerodeEHSrevisadasyperfiladasendetalleporelDOE

156 Sindato

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3 ANÁLISISCOMPARATIVODELOSSISTEMASDEGESTIÓNEnMéxico,adiferenciadeotrospases,lagestióndelassustanciasquímicasserealiza

principalmente a través de listas que necesitan ser actualizadas constantemente

(Figura 13), sin embargo, dicha actualización no sucede con la periodicidad que

reclamaelavancedelconocimientocientíficoyelavancedelosmarcosregulatorios

en los diferentes países, especialmente aquellos que consideramos socios

comerciales.

Aúnbajoestascondiciones,existencasoscuyaregulaciónesmáspuntualyrigurosa,

i.e. los plaguicidas para los que existe la obligatoriedad de llevar un registro de

sustancias químicas mandatado por el Reglamento en Materia de Registros,

Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de

Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos

(reglamento PLAFEST). El registro de plaguicidas en un requisito obligatorio para

permitir la comercialización de dichos productos. Para conseguir el registro los

interesados deben someter a la autoridad la documentación solicitada por el

reglamento PLAFEST. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos

Sanitarios(COFEPRIS)delaSecretaríadeSaludeslaentidadencargadadeextender

el registro, después de evaluar la documentación presentada por elpromovente y

solicitar la opinión técnica de la SEMARNAT. La documentación que solicita el

reglamentoPLAFESTdescribelascondicionesdepeligrosidaddelosplaguicidaspero

noevalúaelriesgodesuuso.

Paralassustancias químicas industrialesnoexisteunprocedimientodefinidoque

evalúenilospeligrososdelassustanciasnilospotencialesriesgosambientalesque

podrían representar. Tampoco existe provisión alguna para conocer aquellas

sustancias químicas presentes en productos (incluso las prohibidas por acuerdos

internacionalesfirmadosporMéxico)

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FIGURA 13 ESQUEMA DE LAS COMPETENCIAS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS SUSTANCIAS QUIMICAS EN MÉXICO

EnlaTabla12semuestranalgunosmarcosregulativosinternacionales,dondesepueden

apreciardesdecuandoestánvigentes,yelnombredelanormatividadquelosampara.

Cosmetico

Aditivosalimenticios

Farmaceuticos

NuclearesyRadioactivas

Explosivos

Toxicas,adhesivos,

aislantesdielectricos,

retardantesdeflama,etc

Plaguicida

S.SALUD-SEMARNAT

SEGOB-SEDENA

S.SALUD

S.SALUD

S.SALUD

SEGOB-SEDENA

S.SALUD-SEMARNAT

Toxicas

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TABLA 12 DIFERENTES MARCOS REGULATORIOS EN MATERIA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

País/Región Australia Canadá China Japón Corea Nueva

Zelanda

EE. UU. Unión

Europea

Nombre de la

legislación o

programa

National

Industrial

Chemicals

Notification

and

Assessment

Scheme

(NICNAS)

CEPA Measuresfor

Environmenta

lManagement

ofNew

Chemical

Substances

Chemical

Substances

ControlAct

(CSCL)

Toxic

chemicals

Control

Act(or

TCCA)

Hazardous

Substances

andNew

Organisms

(HSNO)Act

Toxic

Substances

ControlAct

(TSCA)

O.J.C146A,

15.6.1990

Decisiónde

Comité

85/71/EEC

7taenmienda

(92/32/EEC)

delaDirectiva

67/548/EEC

Vigente

desde

1990 1994 2003 1973 1991 1996 1979 1990

Inventario AICS DSL/

NDSL

ECSC ENCS KECI NZIoC TSCA

Inventory

EINECS/

ELINCS/NPL

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EnlaTabla13sepresentanlosavancesdelas legislacionesdeJapón,EstadosUnidos,

CanadáydelaUniónEuropea

TABLA 13 AVANCES, VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

País Observaciones

Japon • Primeraregulacionensutipoanivelmundial.• ParticipanlosministeriosdeSalud,Ambiente,Economıa

(comolıder)yTrabajo.• Productoresreportanlascantidadesquemanejanencada

anofiscalyselespuederequeririnformaciontoxicologicasiesnecesario.

• Cuentaconunsistemadeinformacionenlıneadinamico• Permiteciertatrazabilidaddelassustanciasquımicas

EE.UU. • Alafechatienenmasde84,000sustanciasregistradas• LaEPAaunrequierecontarconlaadecuadainformacion

sobrelatoxicidaddemuchassustanciasqueestanopodrıanestarenelmedioambiente.

• Nocuentaconunsistemadeinformacionenlıneadinamico• Nopermitelatrazabilidaddelassustanciasquımicas

Canadá • LosMinisteriosdeAmbienteySaludcompartenlatareadeevaluarpeligrosidadyriesgodetodaslassustanciasalolargodesuciclodevida.

• Elprincipioprecautorioessuherramientaprincipalparalaevaluacionderiesgos

• CuentanconunPlandeManejodeSustanciasQuımicas• Elprimeroenevaluarsistematicamentetodaslassustancias

quımicasdesuinventario• 4.000sustanciasrequierenmayoratencion,deellas500son

de“altaprioridad”,posteriormente,200seetiquetaroncomo''dealtaprioridadparalaaccion''.

• Nocuentaconunsistemadeinformacionenlıneadinamico• Permiteciertatrazabilidaddelassustanciasquımicas,

aunquelainformacionnoestadisponiblealpublicoUniónEuropea • AdministradoporlaAgenciaEuropeadeSustancias

Quımicas(ECHA).• Esresponsabilidaddelosproductoreseimportadores

(inclusosinosonmiembrosdelaUE)demostrarquesusproductossonsegurosparalasaludyelambiente.

• “Nohaycomercializacionsinregistro”.• Labasededatoscontiene12585substanciasunicas(2014)• Una sustancia, un registro. Diferentes requerimientos de

informacion y costo por el registro portoneladas/anuales/empresa,criteriosambientalesydesalud.

• Cuentaconunsistemadeinformacionenlıneadinamico• Permiteciertatrazabilidaddelassustanciasquımicas

EnlaTabla14semuestranlasdiferenciasenloreferentealoscriteriosdeutilidadpara

definir la identidad química de una sustancia química entre el reglamento plafest, el

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informedelaConsejoInternacionaldeAsociacionesQuímicas(ICCA,porsussiglasen

inglés)(InternationalCouncilofChemicalAssociations,2013),delREACHylaNMX-R-

019-SCFI-2011Sistemaarmonizadodeclasificaciónycomunicacióndepeligrosdelos

productosquímicos=GloballyHarmonizedSystem(GHS).

EnlaTabla16semuestranlasdiferenciasenloreferentealoscriteriosdeutilidadpara

definirlaspropiedadesquímicasdeunasustanciaquímicaentreelreglamentoplafest,el

informedelaICCA,delREACHylaNMX-R-019-SCFI-2011.

EnlaTabla18semuestranlasdiferenciasenloreferentealoscriteriosdeutilidadpara

definir las características toxicológicas de una sustancia química entre el reglamento

plafest,elinformedelaICCA,delREACHylaNMX-R-019-SCFI-2011.

EnlaTabla24semuestranlasdiferenciasenloreferentealoscriteriosdeutilidadpara

definirlascaracterísticasecotoxicológicasdeunasustanciaquímicaentreelreglamento

plafest,elinformedelaICCA,delREACHylaNMX-R-019-SCFI-2011.

La información presentada resalta lo complicado que es la elección de os criterios a

incluirenelejerciciopiloto.DichainformaciónsediscuteconlaAsociaciónNacionalde

laIndustriaQuímica(ANIQ).

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TABLA 14 IDENTIDAD QUÍMICA

REGLAMENTO PLAFEST ICCA REACH NMX-R-019-SCFI-2011 (GHS) 7.6.2 Formato de la hoja de seguridad

NombrequímicoconformealanomenclaturadelaIUPAC;encasodenoexistirestanomenclaturapodrá incluir nomenclatura CAS. En caso deexistirambosnombres,sedeberáproporcionarelmásactualizado.

Nombre.NúmeroCAS.

Nombre químico. Usar lanomenclaturaIUPACeninglés

Identidadquímica.NúmeroCASyotrosidentificadoresúnicos.

NombrecomúnpropuestooaceptadoporlaISOysussinónimos

---- ---- Nombrecomún,sinónimos,etc.

Fórmulaestructural Fórmulaestructural Estructuramolecular/descripción -----Fórmulacondensada ---- ---- ----

---- ---- Fórmulamolecular/descripción ----Contenido mínimo y máximo del ingredienteactivo, expresado en porcentaje masa a masa yequivalenteeng/log/kg,y

Composición química. Encasos donde se involucrentemas de confidencialidad,los valores pueden serreportadosenrangos.

Composición química (cuantitativa ycualitativa)decadaconstituyente.

-----

Identidad y número de isómeros, impurezas yotros subproductos expresados en porcentajemasa

Para una sola sustancia:grado de pureza, impurezasconocidas o aditivos,detalles de los estereo-isómerossiesrelevante

Nombre químico de las impurezasy/oaditivospresentesen1%(usarIUPACoelnombreCAS).Concentración de lasimpurezas/aditivos.FórmulamoleculardelasimpurezasRangos de concentración deimpurezas/aditivos.NúmeroCASyECdelasimpurezas.

Impurezasyaditivosestabilizadoresqueesténclasificadosyquecontribuyenalaclasificacióndelasustancia

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TABLA 15 IDENTIDAD QUÍMICA (CONTINACIÓN) Cromatogramaoespectrodeabsorciónatómica ----- Paraconfirmarlaestructura:

UV/Vis IR NMR Espectroscopíademasa(MS).Para sustancias inorgánicas, puedensermásadecuadaslassiguientes: XRD XRF AASParaconfirmarlacomposición: Cromatografíadegases HPLC

-----

------ ------ ------ MezclasIdentidad Química y la concentración o rangosdeconcentracióndecadaunodeloscomponentesqueseanpeligrosossegúnloscriteriosdelSACyesténpresentesennivelessuperioresasusvaloresdecorte.

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TABLA 16 PROPIEDADES FISICOQUÍMICAS

REGLAMENTO ICCA REACH (aplicable para sustancias fabricadas o importadas en cantidades iguales o superiores a 1 ton)

REACH (aplicable para sustancias fabricadas o importadas en cantidades iguales o superiores a 100 ton)

NMX-R-019-SCFI-2011 (GHS) 7.6.2 Formato de la hoja de seguridad

Estadofísico Estadofísico Estadofísicoa20°Cy101.3kPa ---- ----Color ---- ---- ---- ColorOlor ---- ---- ---- OlorpH ---- ---- ---- pHPuntodefusión Puntodefusión/congelación Puntodefusión/congelación ---- Puntodefusión/congelaciónPesomolecular Pesomolecular ---- ---- ----Puntodeebullición Puntodeebullición Puntodeebullición ---- Punto inicial e intervalo de

ebulliciónPuntodedescomposición ---- ---- ---- TemperaturadedescomposiciónPresióndevapor(20o25°C)

Presióndevapor Presióndevapor ---- Presióndevapor

---- ---- ---- ---- Densidaddevapor---- ---- ---- ---- Tasadeevaporación

Solubilidadenagua(20o25°C)

Solubilidadenagua Solubilidadenagua ---- Solubilidad(es)

Solubilidad en disolventesorgánicos(20o25°C)

---- ---- ---- ----

Coeficiente de partición n-octanol/agua

Coeficiente de partición n-octanol /agua

Coeficiente de reparto n-octanol/agua

---- Coeficiente de reparto n-octanol/agua

Densidad, tratándose delíquidos

Densidad relativa (requerido parasustancias inorgánicas y deben serproporcionadas si está disponibleparasustanciasorgánicas)

Densidadrelativa ---- Densidadrelativa

Peso específico, tratándose desólidos

---- ---- ---- ----

Flamabilidad Temperatura de ignición(flamabilidad)

Punto de igniciónInflamabilidad

---- Puntodeinflamación

----- ----- ----- ----- Inflamabilidad(sólido/gas)

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TABLA 17 PROPIEDADES FISICOQUÍMICAS (CONTINUACIÓN)

----- ----- ----- ----- Límite superior/inferior deinflamabilidadodeposibleexplosión

Explosividad ---- Propiedadesexplosivas ----- Reactividad ---- Temperatura de ignición

espontánea----- Temperatura de ignición

espontáneaPropiedades oxidantes ocorrosividad

---- Propiedadescomburentes ----- -----

---- ---- Tensiónsuperficial ----- --------- ---- Granulometría ----- --------- ---- ---- Estabilidad en

disolventes orgánicos eidentidad de productosde degradaciónpertinentes.

-----

---- ---- ---- Constante dedisociación

-----

---- ---- ---- Viscosidad Viscosidad

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TABLA 18 INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA

REGLAMENTO PLAFEST

ICCA REACH ( 1 ton) ANEXO VII

REACH ( 10 ton) ANEXO VIII

REACH ( 100 ton) ANEXO IX

REACH ( 1000 ton)

NMX-R-019-SCFI-2011 (GHS) PELIGROS A LA SALUD

Toxicidad agudaporvíadérmica

Toxicologíaenmamíferos:Toxicidad aguda requeridaúnicamente para la ruta deexposición más relevante (laque más se asemeje a laexposiciónhumana)yaseavíaoral,dérmicaoinhalación.Fuentesdeexposición:¿existeun potencial de exposiciónhumana a la sustanciaquímica? por ejemplo víaocupacional, exposición delconsumidor y exposiciónindirecta del hombre víaambiental (las compañías noestán obligadas aproporcionar informacion delapropiedad).Ruta de exposición (rutaesperadadeingestahumana):inhalación,dérmica,oral

8.1Irritaciónocorrosióncutáneas.

8.1Irritacióncutánea.8.1.1Irritacióncutáneainvivo

----- ----- 9.2 Corrosión eirritacióncutáneas

Irritacióncutánea y ocular.Cuando seconozca que elmaterial escorrosivo seomitirá estaprueba,

----- 8.2Irritaciónocular.

8.2Irritaciónocular8.2.1. Irritación ocularinvivo

----- ----- 9.3 Lesiones ocularesgraves e irritaciónocular

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TABLA 19 INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA (CONTINUACIÓN)

Hipersensibilidadoalergia

----- 8.3 Sensibilizacióncutánea.

----- ----- ----- 9.4 Sensibilizaciónrespiratoriaocutánea

Estudio demutagenicidad

----- 8.4Mutagenicidad8.4.1 Estudio in vitro dela mutación génica enbacterias

8.4Mutagenicidad8.4.2Estudioinvitrodela citogenicidad encélulas de mamífero oensayo micronucleicoinvitro8.4.1Estudioinvitrodela mutación génica encélulasdemamífero.

----- Cuando seobtenga unresultadopositivo enalguno de losestudios in vitrode genotoxicidadcontempladosen los anexos VIIu VIII, podrá sernecesario unsegundo ensayoin vivo sobrecélulassomáticas, segúnla calidad y lapertinencia delos datosdisponibles.

9.5 Mutagenicidad encélulasgerminales

Toxicidad aguaporvíaOral

----- 8.5Toxicidadaguda.8.5.1porvíaoral.

8.5Toxicidadaguda8.5.2porinhalación8.5.3porvíacutánea

----- ----- 9.1Toxicidadagudaporingestión, absorcióncutánea

Toxicidad agudapor víaInhalatoria

----- ----- ----- ----- ----- 9.1Toxicidadagudaporinhalación.

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TABLA 20 INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA (CONTINUACIÓN)

----- ----- ----- ----- ----- 9.10 Peligro detoxicidadporaspiración

Estudios detoxicidadsubcrónica porvía oral de másde30ymenosde90 días deduración, en dosespeciesdiferentes deanimales deprueba,unadelascualesdeberáserroedor

----- ----- 8.6Toxicidadpordosisrepetidas8.6.1 Estudio de latoxicidad por dosisrepetidas acorto plazo(28 días), de unaespecie, macho yhembra.

8.6Toxicidadpordosisrepetidas8.6.1 Estudio de latoxicidad por dosisrepetidasacortoplazo(28 días), de unaespecie, macho yhembra.8.6.2. Estudio de latoxicidadsubcrónica (90 días),deunaespecie,roedores,machoyhembra;

8.6.3. Elsolicitante deregistro podráproponer unestudio detoxicidadrepetida a largoplazo (de 12mesescomomínimo)

-----

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TABLA 21 INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA (CONTINUACIÓN)

Estudio dereproducción yfertilidad en dosgeneraciones deroedor;

----- ----- 8.7 Toxicidad para lareproducción8.7.1 Análisis de latoxicidad para eldesarrollo/lareproducción de unaespecie

8.7 Toxicidad para lareproducción8.7.2. Estudio de latoxicidadparael desarrollo prenatal,deunaespecie;8.7.3. Estudio de latoxicidadparalareproducciónendosgeneraciones,deunaespecie, macho yhembra

8.7. Toxicidadpara lareproducción8.7.2. Estudio delatoxicidadparael desarrollo, deunaespecie;8.7.3. Estudio delatoxicidadparala reproducciónen dosgeneraciones,deunaespecie,machoyhembra;

9.7 Toxicidad para lareproducción

----- ----- 8.8Toxicocinética8.8.1 Evaluación delcomportamientotoxicocinéticodelasustancia,cuyoalcancedependerádeloquesepueda obtener de lainformaciónpertinentedisponible

------ ------ ------

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TABLA 22 INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA (CONTINUACIÓN)

Estudio decarcinogenicidad,sólo en caso deque losresultados delestudio detoxicidad crónicahagan sospecharque la sustanciaprobada puedecausarcáncer;Estudios deteratogenicidaden dos especiesde animales deprueba,unadelascualesdeberáserroedor;

----- ----- ----- ----- 8.9.1. Estudio decarcinogenicidad

9.6Carcinogenicidad

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TABLA 24 INFORMACIÓN ECOTOXICOLÓGICA

TABLA 23 INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA (CONTINUACIÓN)

Estudio de toxicidadcrónica;Estudio deneurotoxicidad, sólo encaso de que lasintomatologíapresentada durante losestudios de toxicologíaaguda o crónica, hagansuponer que existenefectos directos en elsistemanerviosocentral,

Estudio en médula ósea,sólo en caso de que lasintomatología omuestras histológicaspresentadas durante losestudios de toxicologíaaguda o crónica hagansuponer que existenefectos directos enmédulaósea.Estudios metabólicos enanimalesdeprueba;Efectos tóxicos a corto ylargo plazo de losmetabolitos, isómeros,productos degradables eimpurezas,Clasificacióntoxicológica,Ingestadiariaadmisible.

----- ----- ----- ----- ----- 9.8 Toxicidad sistémicaespecífica de órganosblanco-exposiciónÚnica9.9 Toxicidad sistémicaespecífica de órganosblanco - Exposicionesrepetidas

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REGLAMENTO ICCA REACH (aplicable para sustancias fabricadas o importadas en cantidades iguales o superiores a 1 ton)

REACH (aplicable para sustancias fabricadas o importadas en cantidades iguales o superiores a 10 ton)

REACH (aplicable para sustancias fabricadas o importadas en cantidades iguales o superiores a 100 ton)

REACH (aplicable para sustancias fabricadas o importadas en cantidades iguales o superiores a 1000 ton)

NMX-R-019-SCFI-2011 (GHS) PELIGROS AL AMBIENTE

Identidad de losmetabolitos másimportantesencontradosensuelo,plantasyagua

----- ----- ----- ----- ----- -----

Toxicidadacuática:Efectosenlaflorayfaunaacuática:Toxicidad aguda a 96horasdeexposiciónparaunaespeciedepez,yToxicidad aguda a 48horasdeexposiciónparauna especie vegetal oanimal, de la cual sealimenta alguna especiede pez,convencionalmenteempleada comoindicador ecológicoidóneo.

Toxicidadaguda(algaopezodaphnia)

9.1Toxicidadacuática9.1.1 Ensayos detoxicidad a corto plazoen invertebrados(especie preferida: lasdafnias).9.1.2 Estudio deinhibición delcrecimiento en plantasacuáticas (depreferenciaenalgas).

Ensayos de toxicidadacortoplazoenpecesEnsayosdeinhibicióndelarespiración de lodosactivos

9.1.Toxicidadacuática9.1.5. Ensayos detoxicidadalargo plazo eninvertebrados(especiepreferida:lasdafnias)9.1.6. Ensayos detoxicidadalargoplazoenpeces9.1.6.1. Ensayo detoxicidadenlaprimerafasedevidadelospeces(FELS)9.1.6.2. Ensayo detoxicidadacortoplazoenembrionesdepezyalevines9.1.6.3. Ensayo decrecimientoenpecesjuveniles

----- La toxicidad acuáticaaguda en peces, encrustáceosenalgasToxicidad acuáticacrónicaFasestempranas de la vidadel pez, reproducciónde la Daphnia, oInhibición delcrecimientodelasalgas

TABLA 25 INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA (CONTINUACIÓN)

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Índices de degradación ymagnitud de laconcentración de losresiduosdel producto ensuelo,plantasyagua;Estudio dedescomposición porhidrólisis.Estudios sobrelixiviación, movilidad,acumulación ypersistenciadelproductoenaguaysuelo.Estudio defotodescomposición.

-----

9.2Degradación.9.2.1Biótica9.2.1.1 Fácilbiodegradabilidad.

9.2Degradación9.2.2.Abiótica9.2.2.1 La hidrólisiscomofuncióndepH

9.2Degradación9.2.2.Abiótica9.2.1.2. Ensayos desimulacióndelamáxima degradaciónfinalenaguassuperficiales9.2.1.3. Ensayos desimulacióndelsuelo (para sustanciasconun alto potencial deadsorciónalsuelo9.2.1.4. Ensayos desimulacióndelossedimentos(parasustanciasconunaltopotencial de adsorciónalossedimentos)9.2.3. Identificación delosproductos dedegradación

9.2Degradación9.2.1.Biótica

La degradaciónambiental: biótica oabiótica,ej.laHidrólisis.

TABLA 26 INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA (CONTINUACIÓN)

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Adsorciónquímica.

-----

----- 9.3 Destino final ycomportamientoenelmedioambiente.9.3.1 Análisis de laadsorción/desorción

9.3 Destino final ycomportamientoenelmedioambiente9.3.2. Bioacumulación enunaespecie acuática, depreferencialospeces9.3.3. Otra informaciónsobreadsorción/desorciónenfuncióndelosresultadosdel estudio requerido enelanexoVIII

9.3Destinofinalycomportamientoenelmedioambiente9.3.4. Otrainformaciónsobrecomportamientoydestinofinal de lasustanciaodelosproductos dedegradaciónenel medioambiente

Bioacumulaciónpotencialyreal

Efectos del plaguicidaen flora y faunaterrestre.Estudiosobreimpactoapoblacionesdeinsectosbenéficos ypolinizadores.

---- ----- -----

9.4. Efectos enorganismosTerrestres9.4.1. Toxicidad a cortoplazoeninvertebrados9.4.2. Efectos enmicroorganismosdelsuelo9.4.3. Toxicidad a cortoplazoenplantas

9.4. Efectos enorganismosterrestres9.4.4. Ensayos detoxicidadalargoplazo eninvertebrados,9.4.6.Ensayosdetoxicidadalargoplazoenplantas

-----

----- ----- ----- ----- ----- 9.5.1.Toxicidadalargoplazoenorganismos desedimentos.

-----

----- ----- ----- ----- ----- 9.6.1.Toxicidadalargoplazoparala reproducciónenaves.

-----

TABLA 27 INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA (CONTINUACIÓN)

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A

4 PROPUESTADEEJERCICIOPILOTODELREGISTRONACIONALDE

SUSTANCIASQUÍMICASParaintegrarunapropuestadeejerciciopilotosehadiseñadounaestrategiaqueconsiste

en contemplar la información que el INECC ha desarrollado a través de diversas

reunionesconáreasdelaSEMARNART,SecretaríadeEconomía,SecretaríadeHacienda

y Crédito Público, Secretaría de Salud y la ANIQ. Adicionalmente se elaboró un

diagnóstico básico consistente en la elaboración de un documento de alto nivel que

plantea las necesidades que debería cumplir un sistema de registro de sustancias

químicas.Dichodocumentodealtonivelsirvecomoguíaparaidentificarloselementos

críticos de la secuencia lógica que debe seguirse para capturar, validar, almacenar y

evaluar,ademásdegenerarreportesdelainformaciónquecontendráelRNSQ.

4.1 REUNIONESDETRABAJO

4.1.1 COFEPRIS

ConCOFEPRISsehantenidodosreunionesdetrabajo,específicamenteconeláreade

registro de plaguicidas. Se anexan las presentaciones (¡Error! No se encuentra el

origen de la referencia.).COFEPRISseñaló,durantelaúltimareuniónlanecesidadde

contarconcertezajurídicaparaaportarelementosenlacreacióndelRNSQ.

4.1.2 SISTEMADEADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA(SAT)

Con el SAT se realizó una reunión de trabajo, específicamente con el área de

administracióntributaria.Seanexalapresentación(¡Error! No se encuentra el origen

de la referencia.). Los representantes del SAT señalaron que el éxito del RNSQ

dependerádelaposibilidaddeadecuarloalaLeydeComercioExteriorquerequierela

publicación de las fracciones arancelarias y las mercancías de dichas fracciones para

hacer efectivo el control en aduana de cualquier producto. De conseguirse dicha

publicaciónelSATpodríadetenerenaduanacualquiersustanciaquímicaquenocuente

consuRNSQ.

4.1.3 DIRECCIÓNGENERALDEINDUSTRIA(DGI)DELASEMARNAT

ConlaDGIserealizóunareunióndetrabajo.Seanexalapresentación(¡Error! No se

encuentra el origen de la referencia.). Los representantes de la DGI señalaron que

armonizar el RNSQ con la NMX-R019 sería muy complicado debido a los enormes

requerimientosdeinformacióninvolucradosyaquenoexisteunorganismomundialque

validedichainformación,ademásdequesonningúnpaísanivelmundialhaaplicadoel

SistemaGlobalmenteArmonizadoensutotalidadcomolosolicitalaNMx-R019.

4.1.4 DIRECCIÓNGENERALDEACTIVIDADESEXTRACTIVAS(DGAE)

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B

ConlaDGAEserealizóunareunióndetrabajo.Seanexalapresentación(¡Error! No se

encuentra el origen de la referencia.). Los representantes de la DGAE señalaron la

importanciadelRNSQcomouninstrumentoútildepolíticapública.

4.1.5 ANIQ

ConANIQsehantenidodosreunionesdetrabajo,específicamenteconelpersonaldela

ComisióndeSeguridadeHigieneyalgunossociosinteresadoseneltema.Seanexanlas

presentaciones (¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.). Por la

importancia del tema para la ANIQ las reuniones de trabajo han sido intensas y han

consistidoenacordartérminos,definicionesyprocedimientosdetrabajo.

4.2 DOCUMENTODEALTONIVELDELRNSQ

ElSistemadeCapturadeSustanciasQuímicasFase1,consistiráenunaseriedemódulos

que permitirán a los distintos tipos de usuarios que lo utilicen (Administradores del

sistemauotrosRoles,Empresas(Consorcios)dedicadasalaindustriaquímica(previo

registro),lacapturayconsultadeinformaciónreferentealassustanciasquímicasque

actualmentetengandentrodesufabricacióny/ocomercializacióntantoparausointerno

ohaciaotrascompañíasintermediariasodeventafinal.Asímismo,elsistemacontempla

laconsulta,ejecucióndereportes,bajasyactualizacióndelainformaciónrecibidapara

sutratamientoporpartedelosusuariosquetenganlospermisosasociadospararealizar

dichoscambios.

El sistema tendrá comunicación hacia otros sistemas para realizar el servicio de

validacióndelainformaciónqueseaingresadaasícomoeltratamientodeerroresencaso

que exista información potencialmente incorrecta, la cual, quedara sujeta a revisión.

Respectoaloanterior,secontemplarealizarlasvalidacionestotalmenteautomatizadas,

es decir, que el sistema sea capaz de determinar si algún registro es correcto o no

(siguiendo las reglas de validación establecidas para la determinación de sustancias

validas).Secontemplaquelosadministradoresseancapacesdeobtenerentiemporeal

elreportederegistrosconestatusdeadvertencia(incorrectosonoválidos)parauna

prontatomadeacciones.

Unadelaspremisasmásimportantesaconsiderardentrodeestesistema,queservirá

como punto de partida para subsecuentes fases, es el alto nivel de seguridad y

tratamientodecasosdeexcepcióngeneradosyaseaporprocesosinternosoporacción

de sus usuarios, por lo cual se contempla el desarrollo del módulo de que incluye:

CreacióndeUsuarios,RolesyAsignacióndePermisosaRoles(Interfacesdeusuarioy

elementosenpantalla),generaciónyasignacióndecontraseñas,altomanejodecasosde

excepciones,seguridadtantoalasinterfacesdeusuariocomobasededatosrealizando

Autenticación,AutorizaciónyAuditoríadelasaccionesporpartedeusuariosoprocesos

enautomáticoquesucedandentrodelciclodevidadelsistema.

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C

Se tiene contemplado, realizar cuando se permita, la parametrización de variables

globales del sistema en archivos externos, lo cual permite modificar parámetros

importantessinnecesidaddeunrecompilacióndelmismo,dentrodedichosparámetros

setienecomoejemplo,parámetrosdeconfiguracióndeserviciosdecorreoselectrónicos,

configuracionesregionaleseidioma,configuracióndedireccionesIPdeotrossistemas,

etc.

4.2.1 MÓDULOSPRIMERAFASE

A continuación de define de manera general un breve bosquejo de los módulos

propuestos que conforman la primera fase de desarrollo del sistema, los cuales

puedencambiaromantenersedependiendosubsecuentesrevisiones.

4.2.1.1 MÓDULODEADMINISTRACIÓNYSEGURIDAD

Estemódulocontemplalasinterfacesdeusuarionecesariasparalaadministración

delsistema,esdecir,losadministradoresdandealtausuariosenlaaplicación,roles,

módulos(interfacesdelsistema),asignacióndeusuariosaroles,asignaciónderoles

a módulos, administración de contraseñas, bajas y cambios de usuarios, roles,

modulos.Secontemplaintegrarjuntoaestemódulo,unScriptdeinicializaciónpara

laconfiguracióninicialypuestaenmarchadelsistema.

Partedelaseguridad,requierequetodaacciónrealizadadentrodelabasededatos

sea monitoreada, por lo cual, cada cambio realizado, será auditado de manera

automática,esdecir,secontemplaqueseregistre:usuarioquedadealtaelregistro,

usuario que realizo la última modificación así como las fechas tanto de alta del

registroporprimeravezyfechadeúltimamodificaciónhecha.Caberecalcarqueel

sistema solo manejara en su primera fase borrado lógico (no físico), con los

respectivospermisosparapoderrealizarlo.

Paralacargadeusuarios(Empresas),secontemplaqueseconectenalsistemayse

dendealtacomousuarionuevo,unavezrealizadoelregistro,recibiránuncorreode

notificaciónconuncódigodeseguridadelcualdeberáningresarnuevamentepara

completarelprocesodevalidación.Losdatosobligatoriosyvalidacionesnecesarios

aúnsedeberándedefinir.

4.2.1.2 ASPECTOSDELSISTEMA

El sistema contempla manejar un archivo tipo “log”, el cual estará activado para

registrarlaactividaddiariadelmismo,encasodecontingenciasepodrárevisardicho

archivoparadeterminarlasaccionesatomarencasedeencontrarsealgunafalla.Otro

aspectoesqueciertosmódulossensiblesocríticosdelsistematendránlaposibilidad

de enviar alertas a los usuarios (generalmente Administradores) por medio de

notificacionesmediantecorreoelectrónicosparasuprontaatencióny/oaccionesa

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D

seguir. Esto será configurable y de manera automática como parte del módulo de

administracióndelsistema.

4.2.1.3 MÓDULODEALTAEMPRESAS

Elsistemafacilitarayproveeráunainterfazenlacual,lasempresaspodrándarsede

alta dentro del sistema, cada empresa tendrá asignado un rol por default

(previamente configurado) con los permisos necesarios para posteriormente

ejecutaraltadesubstanciasquímicas,reportesuotrasactividadesaúnpordefinir.El

sistema validará que los datos ingresados por la empresa sean válidos y en caso

contrario advertirá de los errores que se presenten durante el proceso para su

apropiada corrección, queda pendiente a validar cuales son todos los datos

requeridosyobligatoriosparaelaltadelasempresas.

Los administradores del sistema, tendrán acceso a un módulo de consulta de las

empresasquesehandadodealta,asícomopodránrealizarunborradológicoencaso

dequererdardebajaalgúnregistro(empresa)yrealizarreportesconlainformación

delasmismas.

Se tiene contemplado que cierto tipo de empresas se manejan como Consorcio,

englobandootrasempresas,paraesto,posiblementeseanecesarioobligaradichas

empresasadardealtalasempresasalascualesrepresentaranteniendoencuenta

quelacargadesustanciasseasociaraalaempresaprincipalmarcadacomoconsorcio.

Sedefinirámásadelantesidichacargadeinformaciónesnecesaria.

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E

4.2.1.4 MÓDULODECARGADESUSTANCIASQUÍMICASMODO1

Unodelosmódulosprincipalesdelsistema,contemplaelingresodelassustancias

químicas,enestaprimeraetapa,setienecontempladouningresomanualymasivo

de sustancias mediante una interfaz de usuario así como mediante el uso de un

archivoCSV(sedejaraabiertoestemóduloparaelsoportedeformatoXMLenfuturas

versiones)conelcual,sepodrárealizarlacargamasivadesubstancias.

Durante la carga de sustancias químicas, se tendrá un registro unificado de las

mismas,acadaunasegeneraráunidentificadorIDúnico(aúnpordefinir),elcual

serviráparaidentificarladentrodelsistema,asímismo,setienecontempladoutilizar

losidentificadoresexistentesyasociarlosadichasustanciacomoson:NumeroCAS,

FórmulaQuímica,códigoSMILE,ImagenEstructural,númeroRTECS,etc.Loanterior

secontemplaraen futurassesionesparadeterminartoda la informaciónrelevante

necesariaparapersistirdentrodelsistema.

Caberecalcar,queparteimportantedela informaciónrelacionadaa lassustancias

químicastendráqueserrevisadaparasuanálisis,setienecontempladoporejemplo

ingresar algunas características tanto físicas, químicas y termoquímicas como son

Densidad,EstadodeAgregación,MasaMolar,Niveldepureza,PuntodeEbullición,

Momento Dipolar, Solubilidad en Agua, Tipo de sustancia (Definida- Indefinida),

Descripciones,Riesgosalasalud,Índicedepeligrosidad,etc.,loanteriordependerá

delasnecesidadesdelosusuariosyserándeterminadosdemaneraconjuntadurante

lafasedediseño.

4.2.1.5 MÓDULODECARGADESUSTANCIASMODO2

Las empresas podrán dar de alta las sustancias químicas que manejan (previo

registro),utilizandoelmódulodecargasmasivasmediantearchivosCSVolainterfaz

designadaenelcasodeunacapturamanual.Conestosepermitelareutilizaciónde

componentes evitando el desarrollo de nuevos módulos, sin embargo, se deben

determinarlosprivilegiosasignadosquetendrándentrodelsistema.Sinembargo,

despuésdelavalidacióndelasustanciaquímicaaingresar(verapartadodeservicio

devalidación,descritomásadelante),elsistemarealizarálaasociacióndeempresas

ylassustanciasquedadealta,seaelcasodesustanciasnuevasoexistentes.

4.2.1.6 MÓDULODECARGASAUTOMÁTICASDESUSTANCIAS

Estemóduloplantealacargamasivadesustanciassinintervencióndelusuario,para

ello, se tiene previsto el desarrollo de una tarea en automático (job, cron) la cual,

ejecuta el proceso de carga anteriormente descrito, siendo configurable (por dia,

semana, mes, minutos, hora, etc.) por el administrador del sistema. Se tiene

contemplado el uso de un folder dentro del servidor el cual estará en escucha de

nuevosarchivosparaprocesarlosdemaneraautomática,encasodeerroroéxito,se

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F

enviaráunreportealosadministradoresdelsistemaparamantenerlosaltantodelo

sucedidoduranteelprocesodecarga.

4.2.1.7 SERVICIODEVALIDACIÓNPARASUSTANCIASQUÍMICAS

Durantelafasedeingresodesustancias,unpuntocríticodelsistemaconsisteenla

validacióndecadaunadelassustanciasqueseaningresadas,porloqueelsistema

tratarálainformacióndelasiguientemanera:

4.2.1.8 SERVICIODEVALIDACIÓN

El servicio de validación, es el encargado de cumplir con las reglas de negocio

establecidas cuando una sustancia es dada de alta, no importando si existe o es

primeravezqueseingresa,lassustanciasquenocumplanconlasreglasdevalidación

generarán un reporte de error y pasaran a una tabla temporal donde podrán ser

revisadas,re-validadase inclusopodránsercorregidaspor laspersonasasignadas

paradichatarea,encasodeestablecerselalegitimidadyvalidezdedichassustancias

entonces, éstas, podrán ser reingresadas a la tabla principal sin necesidad de

capturarla nuevamente ya sea de manera automática o con intervención de un

usuario.

Secontemplaninicialmentelassiguientesreglasdevalidaciónparaunasustanciade

acuerdoaltipo:

SustanciasDefinidas.-Sonaquellasquetienenunaformulaquímicadefinida.

ModuloIngresodeSustancias

SERVICIODEVALIDACIÓN

INGRESOALSISTEMA

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G

TABLA 28 REGLAS DE VALIDACIÓN DE SUSTANCIAS DEFINIDAS

Regla de Validación Obligatoria NúmeroCASexistente SiFormulaQuímica SíDescripción SíSMILE SiSinónimo NoImagendeFormulaEstructural Sí

Sustancias Indefinidas.-Son aquellasquenoesposibledeterminarseunaformula

química,ejemploGasolinasysusderivados.

TABLA 29 REGLAS DE VALIDACIÓN DE SUSTANCIAS DEFINIDAS

Regla de Validación ¿Mandatoria? NúmeroCASexistente SiFormulaQuímica SiDescripción SíSMILE NoSinónimo NoImagendeFormulaEstructural No

SetienecomolaprincipalregladevalidacióndeldenominadoNumero CAS,elcual

esuncampoobligatoriotantoparasustanciasdefinidascomoindefinidasydebeser

validadotantoparanuevosingresosoparadeterminarsiunasustanciayahasido

dada de alta previamente. Actualmente, la validación del Numero CAS se puede

obtenermedianteunservicioqueenvíaunapeticiónHTTPaunsistemaexterno,el

cual,respondeadichapeticiónmedianteunarchivoconlainformaciónrelevantede

dicho número, el uso de este servicio es independiente al sistema, quedando a

discusión la dependencia al mismo, es decir, siendo obligatoria la validación del

númeroCAS,entonces¿cómooperariaelsistemaencasodequeelservicioCASsea

dadodebajaodejedeseroperable?Sediscutiráelpuntoanteriordurantelafasede

diseño.

Validación de sinónimos. Muchas sustancias químicas son tratadas con distintos

nombres,enalgunoscasos,ciertasustanciapuedeserdadadealtaconunsinónimo

(otronombre)elcualesválido,porlocual,elsistematendráquevalidarencasode

noencontrarunasustancia,contraelcatálogodesinónimos,dichocatalogotendrá

queofrecersedemaneraexternaalsistemayseráprovistocomounserviciodesde

otrabasededatos,sevalidaraeneldocumentodediseñolaformadecomunicación

entreambasfuentesdedatos.

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H

Imagen de Formula Química Estructural. Se define como la imagen única que

representalaformulaquímicadeunasustanciadefinida,lacualesúnica,teniendola

premisaquedichaimagenseráestandarizada,esdecir,sepretendeelusodeunasola

herramientaparagenerarlaysedeberádardealtacomopartedelainformaciónde

sustanciassiendopartedelavalidaciónduranteelprocesodecargaycomparación

encasodequelasustanciaseadefinidayhayasidodadadealtapreviamente.

Descripción.-Partedelavalidaciónparatantoformulasdefinidaseindefinidasesla

descripcióndelasustancia,esdecirelnombrequímicoconocido,elcualseráparte

fundamentalyobligatorioparapoderdardealtadichasustancia.

SMILE. Se define como la representación algorítmica de una formula química en

códigoASCII,estavalidaciónestáaúnpordefinir.

4.2.1.9 MÓDULODEREPORTES

Elsistematienequetenerlacapacidaddeejecutarreportesconlosdatosingresados

de sustancias, dichos reportes serán definidos durante la fase de diseño en

coordinaciónconlosusuariosdelmismo,sinembargo,elsistemadebeestarlistopara

desplegarreportesenformatoPDFyhojasdecálculo.

4.2.1.10 ARQUITECTURAPROPUESTA

Para el desarrollo de la fase 1 del sistema de captura de sustancias químicas, se

propone una arquitectura Web multicapa, utilizando herramientas de libre acceso

(OpenSource),enlaTabla30seproponelaarquitecturanecesaria.

TABLA 30 NECESIDADES DE ARQUITECTURA

Arquitectura HerramientaPropuestaLenguajedeProgramación JAVACapadeServicios SpringFrameworkServidordeAplicaciones TomcatServer7+CapadePersistencia OpenJPABasedeDatos MySQLServer5+SistemaOperativo LinuxCapadePresentación AJAX Jquery/Dojo – Spring MVC

(JSP,Tiles)*

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I

4.2.1.11 CONTROLDECAMBIOS

Cualquieractualizaciónhechaaeste documento,debe serdocumentadadentrode

estasección.Elnúmerodeversióndebeaumentararazóndelacantidaddecambios

realizadosdentrodelmismodocumento.

Autor FechaCambio-Version

Descripción

21/09/2014Ver.1.0 Documento de Pre-diseño para el Sistema decapturadesustanciasquímicas.

Page 84: 2014...y los posibles efectos de sus productos de degradación en el ambiente y la salud. Estos avances regulativos han generado la creación de listas de sustancias químicas que

J

5 BIBLIOGRAFÍAApplegate,J.S.(2008).SynthesizingTSCAandREACH:PracticalPrinciplesforChemical

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Boehmer-Christiansen, S. (1994). The precautionary principle in Germany—Enabling

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