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Control Metrologico
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Sevilla , 30 de junio de 2014
rea de Metrologa
Control Metrolgico
de Instrumentos de Pesaje
CONCEPTO GENERALES
Verificacin: el conjunto de exmenes administrativos, visuales y tcnicos que pueden ser realizados en un
laboratorio o en el lugar de uso, que tienen por objeto
comprobar y confirmar que un instrumento de medida en
servicio mantiene desde su ultima verificacin las
caractersticas metrolgicas que le sean de aplicacin, en
especial en lo que se refiere a los errores mximos
permitidos, as como que funcione conforme a su diseo y
sea conforme a su reglamentacin especifica y en su caso,
al diseo o modelo aprobado.
Los resultados suelen recogerse en un documento denominado certificado o informe de verificacin donde se
indica la conformidad, o no conformidad de los elementos,
procesos, servicios o documentos con los requisitos
especificados.
Instrumento con sus rganos de regulacin precintados conforme a diseo o modelo aprobado.
MARCO LEGISLATIVO EN ESPAA
Ley 3/1985 de 18 de Marzo de Metrologa
- Es la Ley Marco del Control Metrolgico
- Establece el Sistema de Medida
- Define las Fases del Control Metrolgico
R.D. 597/1988 de 10 Junio por el que se regula el Control Metrolgico CEE
R.D. 1317/1989 de 27 de Octubre por el que se establece el Sistema Legal de Unidades de Medida
R.D. 889/2006, de 21 Julio, por el que se regula el control metrolgico del Estado sobre instrumentos de medida.
Entre otros deroga al R.D. 1616/85 que establece el control metrolgico que realiza la Administracin del Estado. Deroga al R.D. 1617/85, que establece el procedimiento para la habilitacin de laboratorios de verificacin metrolgica oficialmente autorizados.
LEGISLACIN APLICABLE EN METROLOGA LEGAL EN VERIFICACIN DE BALANZAS
O. M. de 22 de diciembre de 1994, por la que se regula el control
metrolgico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no
automtico
O. M. de 27 de abril de 1999, por la que se regula el control
metrolgico del Estado de los instrumentos de pesaje de
funcionamiento no automtico, en las fases de verificacin peridica y
verificacin despus de reparacin o modificacin
Orden de 25 de febrero de 2000, por la que se regula la ejecucin del control metrolgico reglamentario de los instrumentos de pesaje de
funcionamiento no automtico en Andaluca
AGENTES QUE ACTUAN EN EL CONTROL
METROLOGICO
ORGANISMO AMBITO FASES ID
NOTIFICADO
CE
COMERCIALIZACIN Y PUESTA EN
SERVICIO
O.N.
DE CONTROL
METROLOGICO
NACIONAL
COMERCIALIZACIN Y PUESTA EN
SERVICIO
O.C.M.
AUTORIZADO DE
VERIFICACION
NACIONAL
INSTRUMENTOS EN SERVICIO
O.A.V.M.
Lo puede presta la Administracin Pblica directamente
sin nombrar O.A.V.M.
En el caso de Andaluca mediante VEIASA
SIGNOS DE APROBACIN DE CE DE TIPO Y PUESTA
EN SERVICIO
MEl fondo del cuadrado es de color verde
junto con el nmero del Certificado de Aprobacin CE de
Modelo, el nmero o nmeros de identificacin del
organismo notificado u organismos notificados (en el
caso que la puesta en servicio se haga en dos fases) que
hayan llevado a cabo el Control CE o la Verificacin Ce o
Verificacin CE por Unidad, las dos ltimas cifras del ao
de colocacin del marcado CE, y las inscripciones de la
placa de caractersticas
Verificacin despus de Reparacin o Modificacin y
Verificacin Peridica
Examen Administrativo El instrumento rene los requisitos para estar
legalmente en servicio
Corresponde al de la aprobacin de modelo Precintos sin manipular
Examen Metrolgico
Realizacin de los ensayo relacionados en la Orden y descritos en la norma UNE-EN 45501
Verificacin despus de Reparacin o Modificacin y Verificacin Peridica
Examen Metrolgico Ensayo de exactitud de los dispositivos de puesta a
cero y ajuste de tara
Ensayo de repetibilidad
Ensayo de excentricidad
Ensayo de pesaje
Ensayo de tara
Ensayo de movilidad/sensibilidad
Examen Metrolgico
CLCULO DEL ERROR
En instrumentos con indicacin digital, para comprobar si el error supera el mximo permitido, se utilizan incrementos de peso con el fin de calcular la indicacin antes del redondeo.
Examen Metrolgico
Examen Metrolgico
P=I + 1/2 e - L
E=I L + 1/2 e - L
EC = E - E0
Verificacin despus de Reparacin o Modificacin y Verificacin Peridica
Examen Metrolgico Errores mximos permitidos
Error
mximo
permitido
Para cargas m expresadas en escalones de verificacin
Clase I Clase II Clase III Clase IIII
1e 0m50.000
0m5.000 0m500 0m50
2e
50.000m200.000
5.000m20.000 500m2.000
50m200
3e
200.000m 20.000m100.000 2.000m10.000
200m1.000
Verificacin despus de Reparacin o Modificacin y Verificacin Peridica
El total coincide con el mostrado por el indicador.
Se imprimen los importes parciales.
El total es la suma de todos los importes parciales.
Llevan incluidos el peso y su unidad, el precio unitario y el importe total correspondiente.
La informacin adicional no interfiere con la informacin relacionada con la transaccin.
La anulacin de una operacin ya efectuada se imprimir con el comentario adecuado y ser
indicada claramente en el ticket.
Verificacin despus de Reparacin o Modificacin y Verificacin Peridica
INSTRUMENTOS ETIQUETADORES DE PRECIOS
Posibilidad de verificar en el indicador valores de precios unitarios y de tara predeterminada.
No emisin de etiquetas con pesadas por debajo del min.
No emisin de etiquetas hasta la estabilizacin de la pesada.
REDONDEO CORRECTO
Verificacin despus de Reparacin o Modificacin y Verificacin Peridica
Verificacin despus de Reparacin o Modificacin y Verificacin Peridica
Cundo debe solicitarse la Verificacin
Peridica?
Cada 2 aos, contados a partir de su Puesta en Servicio.
Qu se entiende por Puesta en
Servicio?
REAL DECRETO 889/2006
Como la primera utilizacin por el usuario final, en la Unin
Europea, de un instrumento de medida para los fines que
fue concebido.
Como se acredita la Puesta en Servicio,
desde la cual se contabiliza los 2 aos?
Se acredita por la fecha de 1 instalacin indicada en el libro del equipo.
Para la emisin de libros en equipos de 1 instalacin, la fecha en la que
se establece el marcado CE y el marcado adicional de metrologa,
Verificacin CE, debe estar dentro del ao en vigor o el ao anterior.
Para equipos en los que los marcajes sean anteriores, el titular deber
someterla a verificacin o justificar documentalmente la puesta en
servicio, por ejemplo factura compra con n serie incluido.
No se emiten libros a equipos que llevan ms de 2 aos puestos en
servicio, sin que previamente sean sometidos a una Verificacin.
Libro -Registro
El libro-registro de reparaciones lo debe tener el poseedor del instrumento para cada instrumento debidamente foliado, sellado y habilitado.
El reparador o el instalador solicitar a VEIASA la expedicin del libro-registro de reparaciones de aquellos instrumentos en servicio o que se instalen a partir de la entrada en vigor de la Orden de 25 de febrero de 2000 de la Junta de Andaluca
A la solicitud se incluir obligatoriamente una copia de los documentos:
Certificado de aprobacin CE de modelo del instrumento donde conste la situacin de los precintos y los perifricos que pueden instalar
Boletn de identificacin (Anexo II de la Orden de 25 de febrero de 2000)
Que acredita la evaluacin de la conformidad
Verificacin despus de Reparacin o Modificacin y Verificacin Peridica
LIBRO-REGISTRO
DE
VERIFICACIONES Y REPARACIONES
Orden de 27 de abril de 1999, por la que se regula el control metrolgico del Estado sobre los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automtico, en
sus fases de verificacin despus de reparacin o modificacin y de
verificacin peridica (B.O.E. 08.05.99)
LIBRO-REGISTRO N:
INSTRUMENTO:
Marca: ..........................................................................................................
Modelo: ........................................................................................................
Nmero de serie: ..................................................
Boletn de identificacin
TITULAR
Nombre del poseedor . Direccin Localidad
INSTRUMENTO
Tipo de instrumento .... Fabricante ... Marca . Modelo N de serie Lugar de ubicacin . Fecha de instalacin ..... Utilizacin (art. 1.2)......................... N de aprobacin de modelo ....Organismo emisor: ........................... Control de puesta en servicio: .......................................... Fecha: ..........................
CARACTERSTICAS TCNICAS
Max, Max1, Max2: ... ......................... Min: ......... T: .................... Clase de exactitud: ..................... e, e1, e2: ............................. d: ......................
MDULOS (rellenar si procede)
Dispositivo indicador:
Fabricante .. Marca Modelo
Tipo: mecnico ptico electrnico romana N de serie .....................
pndulo otros Clula de carga:
Fabricante ..... Marca .... Modelo Capacidad nominal (Ln) Clase de exactitud N c.de carga:
Dispositivos transmisores y receptores de carga:
Dispositivo receptor de carga: ( dimensiones, material de construccin, tipo, instalacin , etc)
Dispositivo de transmisin de carga: (n puntos de apoyos, distribucin , tipo, etc)
Dispositivos perifricos: Impresora Etiquetadora PC TPV Otros Interfaces disponibles : .
El presente libro-registro consta de 16 hojas incluida esta portada.
El Jefe
...........................................................................................................................
....
del
...........................................................................................................................
..........
En ................................., a ................................. de ....................................
de ................
(firma y sello)
Pag 1 Pag 2 Este libro-registro no tiene validez si no ha sido diligenciado por la Administracin Pblica competente
Verificacin despus de Reparacin o Modificacin y Verificacin Peridica
INTERVENCIN
REPARACIN O MODIFICACIN VERIFICACIN
Entidad reparadora: Nm. R.C.M.:
Entidad verificadora: Nm. entidad:
Fecha: Nm. actuacin:
Fecha:
Nm. certificado
Reparacin o ajuste Modificacin Peridica Despus de Reparacin o Modificacin
Descripcin de la intervencin: Desfavorable Favorable
Motivos:
Nmero y ubicacin de los precintos:
Nmero y ubicacin de los precintos:
Firma y sello:
Firma y sello:
INTERVENCIN
REPARACIN O MODIFICACIN VERIFICACIN
Entidad reparadora: Nm. R.C.M.:
Entidad verificadora: Nm. entidad:
Fecha: Nm. actuacin:
Fecha:
Nm. certificado
Reparacin o ajuste Modificacin Peridica Despus de Reparacin o Modificacin
Descripcin de la intervencin: Desfavorable Favorable
Motivos:
Nmero y ubicacin de los precintos:
Nmero y ubicacin de los precintos:
Firma y sello:
Firma y sello:
Pag 4
Patrones
Conjunto de pesas calibradas y trazadas a patrones nacionales, con errores e incertidumbre 1/3 del error mximo permitido al instrumento a verificar.
Las pesas debern ser calibradas cada dos aos, o con anterioridad si se sospecha de su exactitud.
Las caractersticas metrolgicas y tcnicas de las pesas son las estipuladas en la R111 de la OIML.
El conjunto de pesas debe permitir ensayar el instrumento hasta su alcance mximo (Max), excepto para instrumentos con Max 1.000 kg (se utiliza carga de sustitucin).
Para bsculas-puente el conjunto de pesas ser de 20.000 kg formando un conjunto de 500 kg con los valores nominales de 1, 2, 5, 10, 20 y 50 kg.
Obligaciones de los Reparadores
El reparador, una vez haya reparado el instrumento, comprobar el correcto funcionamiento de ste y que su mediciones se hallan dentro de los errores mximos permitidos, colando posteriormente los precintos que haya tenido que levantar para llevar a cado la reparacin
El reparador anotar en el libro-registro de reparaciones la naturaleza de la reparacin, los elementos sustituidos, en su caso, los ajustes y controles efectuados, la fecha en que la reparacin ha sido realizada y el nmero con el que el reparador que haya efectuado la reparacin se encuentre inscrito en el Registro de Control Metrolgico
Asimismo, debe indicar si la reparacin o modificacin efectuada est sujeta a verificacin tras reparacin o modificacin
El reparador o el instalador solicitar a VEIASA la expedicin del libro-registro de reparaciones
Reparacin
se entiende por reparacin sujeta a la verificacin despus de reparacin establecida en la Orden, cualquier intervencin sobre los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automtico, que sin alterar las caractersticas tcnicas y metrolgicas del instrumento legalmente instalado, repare o reemplace por uno igual o equivalente uno o mas elementos del instrumento de medida, afectando a la medicin e indicacin del instrumento Ejemplo: sustitucin de la placa analgica principal, sustitucin de la clula de carga por otra igual, sustitucin del microprocesador por otro equivalente.
Modificacin
se entiende por modificacin sujeta a la verificacin despus de modificacin establecida en la Orden, cualquier intervencin sobre los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automtico, que sin alterar las caractersticas tcnicas y metrolgicas del instrumento legalmente instalado, afectando a la medicin e indicacin del instrumento Ejemplo: Sustituir unas clulas de carga de doble cortadura por unas de compresin, estando ambas incluidas en el certificado de aprobacin de modelo; sustituir un visor por otro, siempre y cuando estn incluidos ambos en la aprobacin de modelo. Aadir un perifrico al instrumento de pesaje instalado, si tal posibilidad es contemplada en la aprobacin de modelo. Eliminar la funcin de tara o de predeterminacin de tara. Modificar versin de software de medida
Reparaciones y Modificaciones que anulan la Aprobacin
de Modelo
Cambio de las clulas de carga por otras de distintas caractersticas y no contempladas en la aprobacin de modelo.
Cambio del mdulo indicador (visor), por otro no contemplado en la aprobacin de modelo.
Cambio del nmero de clulas de carga y la situacin de las mismas, si no esta contemplado en la aprobacin de modelo.
Cambio de los dispositivos de transmisin de fuerza a las clulas de carga, si no esta contemplado en la aprobacin de modelo.
Cambio de los dispositivos de transmisin (sistemas de palancas) y reduccin de fuerzas en los instrumentos mecnicos o hbridos si no esta contemplado en la aprobacin de modelo.
Reparaciones y Modificaciones que anulan la Aprobacin
CE de Modelo
Cambio del programa informtico no contemplado en la aprobacin CE de modelo, si el mismo afecta a la cadena de medida o a las funciones del instrumento descritas en la aprobacin de modelo
Cambio en el diseo y/o dimensiones del dispositivo receptor de carga (plataforma, gancho,..) siempre que afecte a la cadena de medida y no este contemplado en la aprobacin CE de modelo.
Cambio en el diseo de la parte electrnica relacionada con la cadena de medida.
Cualquier variacin de las caractersticas metrolgicas del instrumento recogidas en su placa de caractersticas y contempladas en su aprobacin CE de modelo: alcance mximo, alcance mnimo, escaln real, escaln de verificacin, n mximo de divisiones, clase de precisin, tara, escaln de tara, escaln de precio, escaln de importe, temperatura de funcionamiento, etc.
Reparaciones y Modificaciones que anulan la Aprobacin
de Modelo
Hibridaciones: cambios de instrumentos mecnicos a hbridos
Modificaciones que afecten al principio fsico de medida. (resortes, palancas, clulas de carga, etc.)
Cualquier cambio en la situacin o nmero de precintos que afecten a rganos de regulacin del instrumento, si no esta contemplado en la aprobacin CE de modelo.
Conexin de perifricos (impresoras, TPV, scaner, etiquetadoras, PC, ..) no contemplados en la aprobacin CE de modelo y que formen parte de la cadena de medida sometida a control metrolgico.