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INSTRUCCIONES DE INICIO DE CURSO CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA 2014/2015

2014/2015 Y PRIMARIA EDUCACIÓN INFANTIL …HORARIO COLEGIOS BILINGÜES DE EDUCACIÓN PRIMARIA – CURSO 2014-2015 1º, 3º, 5º- Implantación LOMCE- Decreto 89/2014, de 24 de julio-ANEXO

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INSTRUCCIONES DE INICIO DE CURSO CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA 2014/2015

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NORMATIVA GENERAL DE APLICACIÓN

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la Calidad Educativa.

• Instrucciones de las Viceconsejerías de Educación, Juventud y Deporte, y de Organización Educativa, de 14 de julio de 2014, sobre comienzo del curso escolar 2014/2015, a los centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

• Circular de 5 de septiembre e Información adicional de 12 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Infantil y Primaria, sobre organización del horario escolar en los Centros de Educación Infantil y Primaria para el curso 2014/2015.

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CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN LOMCE

•Disposición Final 5ª LOMCE:

2014/2015: Cursos 1º, 3º y 5º

2015/2016: Cursos 2º, 4º y 6º

•Circular DGIP:

Posibilidad de implantación horario LOMCE en toda la etapa, mediante solicitud a la DAT, manteniendo currículo LOE en los cursos 2º, 4º y 6º.

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ENSEÑANZAS 2º CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL

•No hay modificación.

•Normativa en vigor:

Decreto 17/2008, de 6 de marzo, por el que se desarrollan para la Comunidad de Madrid las enseñanzas de Educación Infantil.

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ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN PRIMARIA

❖Cursos 2º, 4º y 6º: ❖ Currículo: Decreto 22/2007, de 10 de mayo, por el que se establece

para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.

❖ Horario: Orden 3319-01/2007, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Primaria derivada de la LOE.

❖Cursos 1º, 3º y 5º:• Currículo y Horario: Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se

establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.(Anexo IV a)

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HORARIO GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA – CURSO 2014-2015

1º, 3º, 5º- Implantación LOMCE- Decreto 89/2014, de 24 de julio-ANEXO IV-a2º, 4º, 6º - LOE-Orden 3319-01/2007, de 18 de junio – ANEXO I / 2º, 4º, 6º - LOMCE- Decreto 89/2014, de 24 de julio-ANEXO IV-a

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PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LOMCE EN LAS ENSEÑANZAS DE PRIMARIA

• Desaparece la estructura de ciclos, siendo el curso la unidad temporal de programación y evaluación.

• El área de Conocimiento del medio se divide en dos áreas: Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales.

• El área de Educación para la Ciudadanía en 5º curso desaparece.

• Los alumnos pueden cursar Religión o Valores sociales y cívicos, pasando esta última a sustituir a Alternativa a Religión en los cursos impares, y teniendo carácter evaluable.

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ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN PRIMARIA EN CENTROS BILINGÜES

• Cursos 2º, 4º y 6º: • Horario: Orden 5958/2010, de 7 de diciembre, por la que se

regulan los colegios públicos bilingües de la Comunidad de Madrid, Anexo II.

• Currículo: Decreto 22/2007, de 10 de mayo, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.

• Cursos 1º, 3º y 5º:• Currículo y Horario: Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se

establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.(Anexo 4 b)

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HORARIO COLEGIOS BILINGÜES DE EDUCACIÓN PRIMARIA – CURSO 2014-2015

1º, 3º, 5º- Implantación LOMCE- Decreto 89/2014, de 24 de julio-ANEXO IV-b2º, 4º, 6º - LOE-Orden 5958/2010, de 7 de diciembre-Colegios públicos bilingües- ANEXO II / 2º, 4º, 6º -LOMCE- Decreto 89/2014, de 24 de julio-ANEXO IV-b

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ENSEÑANZAS DE PRIMARIA EN CENTROS CONCERTADOS BILINGÜES

• Cursos 2º, 4º y 6º: • Horario: Orden 9932/2012, de 30 de agosto, por la que se regulan

los centros privados concertados bilingües en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid.

• Currículo: Decreto 22/2007, de 10 de mayo, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.

• Cursos 1º, 3º y 5º: • Horario y currículo:. Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se

establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.(Anexo 4 b)

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CENTROS CON PROYECTOS PROPIOS• Cursos 2º, 4º y 6º:• Horario: Continua en vigor el horario que les fue autorizado por

la correspondiente Orden de la Consejería de Educación.• Currículo: Decreto 22/2007, de 10 de mayo, por el que se

establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.

• Cursos 1º, 3º y 5º: • Horario y currículo:. Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se

establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria.(Anexo 4 b)

• En toda la etapa pueden impartir en lengua extranjera las áreas que tuvieran autorizadas en su proyecto propio.

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HORARIO DEL EQUIPO DIRECTIVO• Orden de 29 de junio de 1994, por la que se establecen

las instrucciones de organización y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y Colegios de Educación Primaria. (Apdo. 72)

• Instrucciones de las Viceconsejerías de Educación, Juventud y Deporte, y de Organización Educativa, de 14 de julio de 2014, sobre comienzo de curso escolar 2014/2015, a los centros públicos docentes de la Comunidad de Madrid. (Apdo.6.1)

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HORARIO COORDINADORES

•Composición CCP: (Apdo. 4.2.1 Instrucciones comienzo de curso 2014/2015)• Director• Jefe de Estudios • Coordinador de Educación Infantil• Coordinador cursos 1º a 3º de Educación Primaria• Coordinador cursos 4º a 6º de Educación Primaria• Orientador• Coordinador TIC

Coordinadores docentes: Reducción horaria de 1 hora lectiva semanal por cada 3 grupos o fracción.

Coordinador TIC: Reducción horaria según nº de unidades, complemento de productividad excepcional (Apdo. 9.2 Instr. Comienzo de curso 2014/2015)

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SUSTITUCIÓN PARCIAL DE HORARIO LECTIVO PARA MAYORES DE 55 AÑOS(Apdo. 3.4 Instrucciones comienzo de curso)

• Entre 55 y 58 años: Hasta 2 horas lectivas semanales de reducción.

• Con 58 o 59 años, o entre 60 y 64, que no hubieran podido

acogerse a jubilación anticipada: Hasta 3 horas lectivas semanales de reducción.

• Gestiona el Director del centro, que debe incluir en la PGA un Plan de Actividades, indicando las actividades sustitutorias que se realizarán durante las horas de reducción.

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APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE HORARIOS

• Aprobación de horarios: Director del Centro.

• Autorización definitiva: Director de Área Territorial, previo informe del SIE.

• Fecha tope de remisión de horarios: Antes del 10 de octubre de 2014, en formato SICE y con las modificaciones indicadas, en su caso, por el Inspector correspondiente.

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PARTES DE FALTAS

• Deben remitirse al SIE antes del día 5 de cada mes los partes de faltas del mes anterior.

• Normativa importante:• Resolución de 14 de junio de 2010, de la Dirección General de

Recursos Humanos, por la que se delegan competencias en los titulares de las Direcciones de Área Territoriales y de los centros docentes públicos no universitarios.

• Instrucciones de 19 de mayo de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, modificadas por Resolución de 15 de julio de 2011 y Resolución de 31 de agosto de 2011, sobre ausencias inferiores a 4 días.

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ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS Y CURSOS

• Normativa de aplicación:• Real Decreto 82/1996, por el que se establece el Reglamento

Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Centros de Educación Primaria (Art. 45).

• Orden 3319-01/2007, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Primaria derivada de la LOE. (Art. 11)

• Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria. (Art. 14)

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EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES DE LOS ALUMNOS

•Cursos 2º, 4º y 6º: Orden 1028/2008, de 29 de febrero, por la

que se regulan para la Comunidad de Madrid la evaluación de la Educación Primaria y los documentos de aplicación, modificada por Orden 3225/2008, de 27 de junio.

•Cursos 1º, 3º y 5º: Decreto 89/2014, de 24 de julio, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Educación Primaria (Arts. 9, 10, 11 y 12).

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ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

• Medidas de apoyo ordinario:• Orden 3319-01/2007, por la que se regulan para la Comunidad de

Madrid la implantación y la organización de la Educación Primaria derivada de la LOE (Art. 12)

• Instrucciones de las Viceconsejerías de Educación, Juventud y Deporte, y de Organización Educativa, de 14 de julio de 2014, sobre comienzo de curso escolar 2014/2015, a los centros públicos docentes de la Comunidad de Madrid (Art. 6.4)

• Medidas de apoyo específico:• Circular de 27 de julio de 2012, de las Direcciones Generales de

Infantil y Primaria, y de Educación Secundaria y Régimen Especial, para la organización de la atención a acnees y de los alumnos con necesidades de compensación educativa.

• Orden 445/2009, de 6 de febrero, por la que se regula la incorporación tardía y la reincorporación de alumnos a la enseñanza básica del sistema educativo español.