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Más de 50 oficinas en toda España Mayo / Junio 2020 fiscal laboral contable legal auditoría c. de seguros trámites Boletín informativo

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Más de 50 oficinas en toda España

Mayo / Junio 2020

fiscallaboralcontablelegalauditoríac. de segurostrámites

Boletín informativo

ECONOMISTAS Y ABOGADOS

www.tax.es

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ÍndiceEditorial

¿Cómo está afectando el COVID-19 al modelo comercialde las empresas?

¿Puedo tomar la temperatura a quien entre a miestablecimiento? ¿Y en el centro de trabajo a mis empleados?

Entrevista a Víctor Küppers

Entrevista a TAX Burgos

Medidas en materia concursal para incentivar lacontinuidad de las empresas y negocios

TAX Informa

Webinars y conferencias TAX

¿Qué establece la fase 2 de la desescalada?

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Descubre el Portal del Empleado TAX, unainnovadora plataforma online de RecursosHumanos

Calendario del contribuyente

Check-list: lo que debes saber

¿Qué tener en cuenta si haces donaciones para apoyaren la lucha contra el COVID-19?

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Oficinas TAX y contacto 19

¿Y qué establece la fase 3 de la desescalada? 12

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Editorial

Esta pandemia llevará a una crisis económica queafectará a la práctica totalidad de las empresas. Por loque estamos viendo el impacto sobre el PIB es muysuperior al de crisis anteriores, tendríamos queremontarnos a la gran depresión o a la Segunda GuerraMundial para un impacto semejante. El marco en el que estamos, está lleno deincertidumbre, incógnitas, escenarios de previsionesdiversas, dudas sobre la efectividad de las medidas. Es laprimera gran crisis económica sin manual deinstrucciones y en esta situación las empresas debentomar medidas para adaptarse. Debemos pensar quelas crisis suelen tener dos oleadas. La primera seproduce en torno a un grupo particular de sectoreseconómicos, y la segunda oleada es la propagación desus efectos al resto de la economía, alcanzando aempresas viables. Las empresas deben poner en marcha acciones paraproteger a sus empleados y además minimizar elpotencial impacto que tendrá la crisis en su negocio. Loprimero que hay que hacer es evaluar los riesgos. Debeplantearse el impacto a corto y a medio plazo enaspectos como cambios en la relación con clientes yproveedores, logística, seguridad del personal,necesidades de financiación, etc. Las empresas que hacen presupuestos debenconsiderar la posibilidad de ajustarlos, y las que no lohacen es el momento ideal para empezar a hacerlos,partiendo de un escenario optimista y otro pesimista. Es importante aprovechar esta situación como unaoportunidad para tomar medidas para ser máseficientes y flexibles. En muchos casos se ha visto dondeestá realmente la cadena de valor de nuestraorganización, cosas que hasta ahora creíamos que nopodíamos prescindir nos hemos dado cuenta que sonabsolutamente prescindibles, y que podemos reducircoste y en algunos casos cambiar nuestro modelo denegocio. Uno de los aspectos que más definen unaempresa es cómo se relaciona con los agenteseconómicos, y en este caso la pandemia nos ha hechoavanzar varios años.  En TAX ECONOMISTAS Y ABOGADOS somosconscientes que la personalización es clave para definirla mejor estrategia para su organización, por eso nosponemos a su disposición, ahora más que nunca.Nuestro equipo multidisciplinar le ofrecerá un serviciointegral con soluciones individualizadas para marcar laestrategia de su empresa tanto a corto como a largoplazo.

Las PYMES ante la crisisdel Coronavirus

Joan [email protected] de TAX Economistas y Abogados

3 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

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Pero ¿el ámbito online es accesible a todas lasempresas? Es evidente que aquellas empresas másgrandes, con más capital y donde la tecnología y lainnovación tengan un peso más importante puedenestar más acostumbradas a utilizar las herramientas deeste ámbito y más preparadas técnicamente, perotambién es cierto que ofrece una variedad tan grandede posibilidades que cualquier tipo de empresa puedesacar beneficios teniendo un mínimo conocimiento deinternet o uso de herramientas como el WhatAspp oTelegram, que con la tecnología adecuada, permite queel cliente final pueda incluso pagar su compradirectamente desde WhatsApp. Las ventas a través demensajerías instantáneas suponen la adopción delComercio Conversacional, que es la 4ª fase del comercioelectrónico después del eCommerce para PCs, el Mobilecommerce, y la App Commerce. El ConversationalCommerce tiene un largo recorrido en China conWeChat (la mensajería líder de allí), una revolucióndesde el 2015 que ha permitido la digitalización de todotipo de comercios, de forma sencilla, y que ha permitidoa los compradores finales tener tanto la comodidad delcanal como la atención personalizada que ofrecen lospequeños comercios. No en vano, a día de hoy el 70%del comercio electrónico chino no es que suceda en elmóvil, sino dentro de la propia mensajería. Otras empresas han aprovechado este momento paraempezar a repartir a domicilio o para hacer el salto alcomercio electrónico. Este último caso puede no serviable para empresas pequeñas o que están pasandopor dificultades financieras, puesto que requiere unainversión inicial y conocimientos tecnológicos másavanzados o bien profesionales externos a la empresaque se hagan cargo. También han surgido plataformas que han iniciadocampañas para reactivar el comercio de proximidad.Con estas campañas se busca ayudar a productores yvendedores locales, poniéndolos en contacto concompradores y creando así un tejido de proximidad quepermita a las empresas disminuir los efectoseconómicos negativos derivados de esta crisis sanitaria. Estas son algunas medidas que las empresas hantomado como alternativa a la venta en la tienda física,pero será necesario ver como se evoluciona, sirealmente se da un cambio radical del modelocomercial tradicional y si surgen nuevas maneras deprestar servicio a los clientes. Sin duda todo un reto pordelante.

¿Cómo está afectando el COVID-19al modelo comercial de las empresas?

Irene [email protected]

Dept. de Marketing TAX Economistas y Abogados

Ver vídeo:https://youtu.be/EDETuXLLsdU

4 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

La crisis sanitaria actual causada por el COVID-19 obligórepentinamente a cerrar todas aquellas empresasconsideradas servicios no esenciales, que en muchoscasos no estaban preparadas para seguir ofreciendo susproductos o servicios sin un local físico donde el públicopudiera acudir. Esta nueva situación ha hecho plantear rápidamente laidoneidad del modelo comercial aplicado hasta ahora.¿Pueden las empresas seguir utilizando este modelotradicional para llegar al cliente final o, por el contrario,tienen que seguir una línea de innovación y hacer usode todas las herramientas que tienen a su disposiciónpara poder adaptarse a las nuevas necesidades y seguiravanzando? Las dificultades del momento han obligado a todo tipode empresas a suplir la presencia física con ingenio paramantener el contacto con sus clientes. Sin duda, lasnuevas tecnologías han sido un gran aliado a la hora dereducir las distancias y no son pocos los negocios quehan aprovechado las ventajas del ámbito online paramantener el contacto con sus clientes y para ofrecerlessoluciones a sus problemas mientras no podíancontactar de manera presencial.

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La finalidad: exclusivamente detectar posiblespersonas contagiadas, sin que pueda utilizarse latemperatura para otra finalidad que la indicada.   Informar a los interesados: trabajadores, clientes, etc. através de un cartel, por ejemplo, que indique lafinalidad del tratamiento, base jurídica, plazos ycriterios de conversación de esta información,derechos del usuario y posibles transferencias.   Formar a los trabajadores sobre las medidasimplantadas.  Informar a los servicios de prevención de riesgoslaborales. El tratamiento de los datos debe hacerse por personalespecializado.      Tiempo durante el cual debe almacenarse estainformación: el necesario para determinar el acceso ono al establecimiento.

En el entorno laboral, el tratamiento de datos de saludpor parte de la empresa se fundamenta en la obligaciónque la misma tiene de garantizar la seguridad y la saludde sus trabajadores. Por lo tanto la empresa puedehacerlo, pero debe responsabilizarse del tratamiento dedichos datos. En caso de establecimientos comerciales, transporte,centros educativos, etc., debe poderse justificar laexistencia de una razón que legitime la medida. Una deellas podría ser que la empresa debe proteger a lospropios empleados del posible contagio que puedasuponer el contacto con clientes. Otra medida, en el casode que la anterior no sea válida, es la prevalencia de uninterés general en el terreno de la salud pública quedebe ser protegido. Aun así, en este caso, deberíacontarse con el soporte normativo oportuno queestablezca la existencia de este interés general y losparámetros de actuación que deben seguirse en la tomade temperatura y respetar los derechos de losinteresados. ¿Qué debemos tener en cuenta para tomar latemperatura?

En conclusión, SÍ podemos tomar la temperatura ennuestros locales y centros de trabajo, siempre y cuandoestemos legitimados para ello y siempre atendiendo a loscriterios establecidos por las autoridades sanitarias y lasposibles actualizaciones que vayan aprobándose alrespecto. Para cualquier duda o consulta contacte con nosotros.

¿Puedo tomar la temperatura aquien entre a mi establecimiento? ¿Y en el centro de trabajo a misempleados?

Diana Martí[email protected]

Abogada de TAX Legal

Ver vídeo:https://youtu.be/68shaFhB0_8

5 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

El plan de desescalada aprobado por el Gobiernocomporta la aplicación de nuevas medidas orientadas aevitar que se produzcan nuevos contagios en elproceso recuperación de la normalidad económica ysocial. Una de las medidas que se está aplicando deforma generalizada es la toma de temperatura a todapersona que desee acceder a un establecimientocomercial, centro de trabajo o cualquier local abierto alpúblico. La Agencia Española de Protección de Datos haemitido un comunicado en el que expresa supreocupación por la medida que se está adoptando sincontar con criterio previo de las autoridades sanitarias. La toma de temperatura supone la captación, porquien la realiza, de datos de salud del usuario, datos decategoría especialmente sensible, que permiten“determinar” si una persona puede o no estarcontagiada por el COVID-19. Esta conclusión esevidentemente relativa, pues no todo el que resultetener una temperatura alta tiene que estar contagiadopor Coronavirus y al revés, se han detectado tambiénmuchos casos de contagios asintomáticos. ¿Es lícito entonces tomar la temperatura a quiendesee acceder a un local o a su centro de trabajo?

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Entrevista a Víctor Küppers

6 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

Formador, profesor, escritor y conferenciante.  VíctorKüppers  es un referente en el ámbito de la motivación,la empresa y las personas. Licenciado en ADE y Doctoren Humanidades, cree firmemente en el gran potencialque hay detrás de cada persona y la importancia de laactitud personal. Desde  TAX  Economistas y Abogados hemospreguntado a Víctor  Küppers  sobre algunos de lostemas clave del Covid-19 y las empresas. En estagrabación nos responde a las siguientes cuestiones,desde la perspectiva próxima y motivadora que locaracteriza:

¿Qué tendríamos que aprender de esta crisissanitaria?

¿Qué valores o atributos crees que se tendrán encuenta a partir de ahora?

Hay empresas o sectores que ahora se encuentranen una situación complicada con sus trabajadores.¿Cómo crees que las empresas tienen quemantener motivados sus empleados?

¿Qué recomendarías a los empresariosque  TAX  tiene como clientes y también a losempresarios en general?

Descubre otras colaboraciones de  TAX  Economistas yAbogados con Víctor  Küppers, así como con otrosexpertos y asesores, en nuestro canal de Youtube: https://www.youtube.com/user/grupotax/videos

Escuchar entrevista:https://youtu.be/10jz2y57Uvw

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Entrevista a TAX Burgos

7 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

Yolanda Fontaneda y Pedro Fernández, son los directores de TAX Burgos. Iniciaron su trayectoria en el grupo en 1999abriendo una pequeña oficina en Burgos que a día de hoy se ha ganado la confianza de muchas empresas de la zona.Ellos, junto a su equipo de asesores, han afrontado el reto de asesorar a las empresas y autónomos en esta crisissanitaria provocada por el COVID-19 y nos dan su visión al respecto.

El pasado 14 de marzo entramos en la vorágine de publicaciones de Reales Decretos, publicaciones en el BOEprácticamente a diario y mucha normativa urgente en relación al COVID-19 que se debía interpretar. ¿Cómohabéis vivido desde TAX Burgos esta situación?

1.

Los días previos ya fueron desconcertantes, en especial el viernes 13 de marzo, ese mismo día decidimos que,además de las modificaciones tributarias o laborales que pudieran llegar, informaríamos de todo aquello queafectase a nuestros clientes tanto a sus empresas, trabajadores o sus situaciones personales. Hicimos uncomunicado a los clientes indicándoles que el acceso a la oficina quedaría reducido a la entrega o recogida dedocumentación, creamos un protocolo de limpieza y distanciamiento en el despacho y preparamos el accesoremoto para la mayoría de los trabajadores. A partir del lunes siguiente las llamadas y correos de clientes llegaronen avalancha, preguntando por la movilidad, ayudas, suspensiones, cierres,… vivimos dos meses y medio a golpe deBOE, ERTES y ayudas para autónomos. Fueron horas muy duras para todo el equipo del despacho, que dio lomáximo atendiendo sin descanso.

2. ¿Y vuestros clientes?

Fue más duro aún, la sensación general era que la paralización del país se llevaría por delante muchas empresas yautónomos, pero la mayoría aceptaron con resignación la situación y muchos reorganizaron actividades, horarios,trabajo a distancia,… Hoy, con algo de perspectiva, podemos decir que la mayoría de los clientes está gestionandoesta crisis de la mejor manera posible dentro de lo que el gobierno va permitiendo.

3. ¿Qué les diríais a empresas que actualmente os preguntan si deben abrir o no su negocio?

Emprender es actitud, esfuerzo y dedicación. Hoy, empresas y asesores conocemos una tipología de crisis que nohabíamos vivido, que nos está enseñando como gestionar la empresa ante problemas sanitarios y numerosaslimitaciones legales. Los empresarios deben abrir sus empresas, eso sí, revisando y aprendiendo de todo lo ocurridoy estando preparados y protegidos ante futuras situaciones similares. La experiencia adquirida ayudará a revisarmuchos modelos de negocio y generar nuevas oportunidades empresariales.

4. Por último, un mensaje para los empresarios que nos están leyendo.

Junto con los sanitarios, los empresarios han sido los otros grandes héroes de esta pandemia, los hospitales nofuncionan sin empresas que fabriquen equipamiento, alimentos, informática, transporte de personas y alimentos,reparaciones, mantenimientos,… A todos ellos les debemos dar ese aplauso que tantas veces dimos a las ocho de latarde de cada día pasado. Para todos nuestro aplauso y felicitación por su coraje y valentía.

Yolanda Fontaneda y Pedro Ferná[email protected]

Oficina TAX Burgos

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Se amplía el plazo para presentar la solicitud dedeclaración en concurso hasta el 31 de diciembre de2020. Cabe matizar que, solamente se recomienda lademora en presentar el concurso a aquellas empresasque prevean la posibilidad de que exista unacontinuación de su actividad. No a aquellassociedades que sabiendo que están en una situaciónde insolvencia, lo único que hacen es postergar sudeclaración de concurso de acreedores, generando yampliando las deudas y la insolvencia.

No será motivo de culpabilidad el hecho de solicitarcon anterioridad a la presentación de la declaraciónde concurso ICO, préstamos y demás sistemas definanciación.

Igualmente, aumentarán de categoría los créditosrelativos a préstamos concedidos por personasvinculadas con la concursada, como lo pueden ser,socios, apoderados, administradores, cónyuges,ascendientes y descendientes. Ello significa que talespersonas, ahora, tendrán más posibilidades de cobrarel importe prestado.

Aquellas empresas que estén cumpliendo unconvenio concursal y prevean la imposibilidad decumplirlo, podrán solicitar al Juzgado una propuestade modificación del convenio. Lo mismo respecto alos acuerdos de refinanciación aprobados, se podrárenegociar con los acreedores.

Hasta el día 31 de diciembre de 2020, no se aceptaránlas declaraciones de concurso que presenten losacreedores (concurso necesario).

Se tramitarán con carácter urgente todos losconcursos que se presente de ahora en adelante yhasta el día 31 de diciembre de 2020.

También tendrán una tramitación preferente losconcursos de las personas físicas, conocidos comoSegunda Oportunidad.

La crisis económica provocada por el COVID-19 hasupuesto un obstáculo adicional a la viabilidad demuchas empresas. A fin de velar por la continuidad de las mismas,teniéndose también en consideración aquellassociedades que, tras haber pasado por un concurso deacreedores, se encuentran cumpliendo con un acuerdoo negociando con sus acreedores, se han adoptadodeterminadas medidas en el ámbito concursalencaminadas a paliar y reducir los efectos económicosprovocados por el coronavirus, que consideramos quepueden ser de interés:

Medidas en materia concursal paraincentivar la continuidad de lasempresas y negocios

Tales medidas han sido acordadas con el ánimo de nointerrumpir la buena marcha de las sociedades. Noobstante, también han sido adoptadas para facilitar latramitación de concursos de todas aquellas personas,jurídicas y físicas, que se encuentren en una situación deinsolvencia. Todo ello, vendrá reforzado con el Texto Refundido de laLey Concursal, que entrarán en vigor el próximo 1 deseptiembre del 2020. El departamento de TAX Legal lo integramosprofesionales, abogados y economistas, expertos enmateria concursal, que analizamos la situacióneconómica y financiera de empresas y personas físicas,a fin de asesorarles sobre la mejor alternativa en casode insolvencia y defender sus intereses en elprocedimiento concursal, logrando que puedan volvera empezar de nuevo.

Mònica [email protected]

Advocada de TAX Legal

8 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

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Junio 2020

Julio 2020

Día 20: Retenciones IRPF 2T/20 (trabajadores, empresarios y profesionales).Retenciones IRPF/IS 2T/20 (capital inmobiliario).Retenciones IRPF/IS 2T/20 (capital mobiliario).    Pago fraccionado IRPF 2T/20.Declaración de IVA 2T/20.Declaración recapitulativa operaciones intracomunitarias 2T/20. Declaración recapitulativa operaciones intracomunitarias 06/20.Declaración mensual retenciones IRPF trabajadores y profesionales 06/20 . Declaración mensual retenciones IRPF (capital inmobiliario y mobiliario) 06/20.Declaración 210. IRNR Impuesto sobre la Renta de no residentes. 2T/2020.

Agosto 2020

Calendario del contribuyente

Día 1: Declaración mensual de IVA 04/20.

Día 12: Intrastat mayo 2020.

Día 22: Declaración recapitulativa operaciones intracomunitarias 05/20.Declaración mensual retenciones IRPF trabajadores y profesionales 05/20.Declaración mensual retenciones IRPF (capital inmobiliario y mobiliario) 05/20.

Día 29: Seguridad Social y FLC mensual mayo 2020.

Día 30: Declaración mensual de IVA 05/20.Acaba el plazo para presentar la declaración de Renta y Patrimonio.

Día 1: Inicio solicitud cambio base de autónomos que se podrá realizar el 01/07/2020 a 30/09/2020, conefectos a partir del 01/10/2021.

Día 13: Intrastat junio 2020.

Día 27: Impuesto sobre Sociedades 2019.

Día 30: Depósito Registro Mercantil cuentas anuales 2019·        Declaración mensual de IVA 06/20.Depósito de los CCAA (para CCAA aprobados el día 30/06).

Día 31: Seguridad Social y FLC mensual junio 2020

Día 12: Intrastat julio 2020.

Día 20: Declaración mensual retenciones IRPF trabajadores y profesionales 07/20.Declaración mensual retenciones IRPF (capital inmobiliario y mobiliario) 07/20.

Día 31: Declaración mensual de IVA 07/20·        Seguridad Social y FLC mensual julio 2020.

9 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

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TAX Informa

10 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

Primeras inspecciones a empresas en ERTE

Inspección de Trabajo ha empezado las inspecciones a empresas que están en ERTE.Por este motivo queremos resumirte la información que consideramos importante quetengas en cuenta. Más información: https://www.tax.es/es/actualidad/laboral/primeras-inspecciones-a-empresas-en-erte.html

Alzamiento de la suspensión de los plazos administrativos y procesales

Según publicación en el BOE del día 23 de mayo de 2020, los plazos administrativos sereanudarán el próximo 1 de junio, y los plazos procesales y sustantivos lo harán el 4 dejunio. Más información: https://www.tax.es/es/actualidad/fiscal/alzamiento-suspension-plazos-administrativos-procesales.html

Importante para empleados que tengan que desplazarse en Francia

Los trabajadores que permanezcan en el territorio francés menos de 48 horas no seránsometidos a las medidas de cuarentena aplicadas en el régimen de los trabajadorestransfronterizos. Adjuntamos circular del  Primer Ministro Francés, Edouard Philippe,sobre las medidas que deben tomar los trabajadores que vayan a atravesar la frontera conFrancia. Más información: https://www.tax.es/es/actualidad/laboral/importante-para-empleados-que-deban-desplazarse-a-francia.html

Recuerda: Ahora desde la APP de TAX puedes acceder a todos los TAX Informa con las principalesnovedades que afectan a tu empresa. ¡Solo te tienes que registar! También puedes ver todos los TAX Informa en nuestro blog:https://www.tax.es/es/actualidad.html

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¿Qué establece la fase 2 de ladesescalada?Según BOE- n.º 145, de 23 de mayo de 2020

Contacto social3 Se amplían a 20 personas los grupos que pueden

realizar actividades de turismo activo y de naturaleza.

Se permite la celebración de congresos, encuentros,reuniones de negocio y conferencias sin que se superela cifra de 50 asistentes y siempre que se respete ladistancia física exigida de dos metros.

Centros educativos1 Se permite la reapertura de centros educativos,

academias o autoescuelas.

Playas2 Se permite el uso de playas.

Segundas residencias

Se podrá circular por la provincia, isla o unidadterritorial de referencia a efectos del proceso dedesescalada, sin perjuicio de las excepciones quejustifiquen el desplazamiento a otra parte del territorionacional por motivos sanitarios, laborales,profesionales o empresariales, de retorno al lugar deresidencia familiar, asistencia y cuidado de mayores,dependientes o personas con discapacidad, causa defuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otrade análoga naturaleza.

4

Centros comerciales

Los centros comerciales y parques comerciales podránabrir siempre que limiten el aforo total al 30% de suszonas comunes y al 40% el aforo de cada uno de losestablecimientos comerciales situados en ellos. No sepermitirá la permanencia de clientes en las zonascomunes excepto para el mero tránsito entre losestablecimientos comerciales.

5

Restauración6 Abrirán establecimientos de hostelería y restauración

para consumo en el local, salvo los locales dediscotecas y bares de ocio nocturno, siempre que nose supere un 40% de su aforo. El consumo dentro dellocal únicamente podrá realizarse sentado en mesa, oagrupaciones de mesa, y preferentemente mediantereserva previa. En ningún caso se admitirá elautoservicio en barra por parte del cliente.

Se podrá ofrecer productos, ya sean frescos oelaborados con anticipación, para libre disposición delos clientes siempre que sea asistido con pantalla deprotección, a través de emplatados individuales y/omonodosis debida-mente preservadas del contactocon el ambiente. Deberá asegurarse el mantenimientode la debida distancia física de dos metros entre lasmesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

Hoteles7 Podrán abrir al público las zonas comunes de los

hoteles y alojamientos turísticos que hubieransuspendido su apertura al público, siempre que no sesupere un tercio de su aforo.

Cines y teatros8 Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares,

cuya actividad se hubiera suspendido tras ladeclaración del estado de alarma podrán reanudarlasiempre que cuenten con butacas preasignadas y nosuperen un tercio del aforo autorizado.

Conciertos9 En el caso de actividades al aire libre, el público deberá

permanecer sentado, guardando la distancianecesaria y no podrá superarse un tercio del aforoautorizado, ni reunir más de 400 personas.

Lugares de culto10 Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre

que no se supere el 50% de su aforo.

Velatorios11 Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de

instalaciones, públicas o privadas, con un límitemáximo, en cada momento, de 25 personas enespacios al aire libre o 15 personas en espacioscerrados, sean o no convivientes.

11 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

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¿Y qué establece la fase 3 dela desescalada?

Restaurantes, bares y cafeterías3 En restaurantes, bares y cafeterías, se permite el

consumo en barra siempre que se respete la distanciade seguridad de dos metros. Las mesas del interiortambién deberán estar a dos metros. Las terrazaspodrán abrir al 75% de su capacidad.

Comercios minoristas1 Podrán abrir los comercios minoristas

independientemente del tamaño de la tienda,siempre y cuando el aforo se limite al 50%.

Centros comerciales2 Los centros comerciales podrán reabrir sus zonascomunes y zonas recreativas limitando el aforo al 50%.Las tiendas situadas dentro del centro fijarán tambiénun límite de aforo del 50%.

Hoteles

Los hoteles y alojamientos turísticos pueden abrir suszonas comunes al 50% de su aforo.

4

Cines, teatros o auditorios

Cines, teatros o auditorios tendrán limitado su aforo al50%. En espacios cerrados, no obstante, el máximo depersonas será de 80 personas y al aire libre, de 800.

5

Actividades turísticas y de naturaleza

Las actividades turísticas y de naturaleza podránrealizarse en grupos de hasta 30 personas.

Centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios

7

Se podrán reabrir los centros recreativos turísticos,zoológicos y acuarios con el aforo limitado al 50%.

Congresos

8

En materia de congresos, se establece un límite de 80asistentes.

9

Salas de juegos10 Se permite la reapertura de casinos, salas de juegos y

locales de apuestas al 50% de su capacidad.

Circulación de personas11 La circulación sigue restringida a la provincia de

residencia y sólo se podrá salir de ella por motivossanitarios, laborales, profesionales o empresariales, deretorno al lugar de residencia familiar, para asistenciade mayores y personas dependientes o cualquiercircunstancia de necesidad o fuerza mayor.

Restauración6

12 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

Las instalaciones deportivas tanto al aire libre como enespacios cerrados podrán abrir al 50% de su capacidad.Se podrán utilizar vestuarios.

Franjas horarias12 Se eliminan todas las franjas horarias para caminar o

hacer deporte y no se reserva ninguna a colectivoalguno, como sucedía con los mayores y personasdependientes en la fase 2.

Reuniones sociales13 Las familias o grupos de amigos se podrán juntar con

un máximo de 20 personas.

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¿Qué tener encuenta si haces donaciones para apoyo

frente al COVID-19?

Las donaciones de dinero que se efectúen para contribuir a la financiaciónde los gastos ocasionados por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 seingresarán en la cuenta del Tesoro Público ES 17 9000 0001 2002 5001. Las donaciones de equipamiento y suministros destinados a la lucha contrael COVID-19 que tengan consideración de bienes muebles se entenderánaceptadas por su mera recepción por el Ministerio de Sanidad o por el órganou organismo que éste designe como destinatario. Las donaciones de bienes inmuebles serán aceptadas por la Ministra deHacienda y podrán destinarse a atender gastos tales como equipamientos einfraestructuras sanitarias, material, suministros, contratación de personal,investigación y cualquier otro que pueda contribuir a reforzar lascapacidades de respuesta a la crisis derivada del COVID-19.

Las donaciones realizadas en el año 2020 tendrán efectos fiscales en las declaracionescorrespondientes a 2020 cuyo plazo de presentación se iniciará como regla general en elaño 2021.

Qué beneficios fiscales conllevan estas donaciones para hacerfrente al COVID-19

Contribuyentes del IRPF: tendrán derecho a aplicar la siguiente deducción sobrela cuota íntegra del impuesto respecto de las donaciones realizadas a partir del 1de enero de 2020. Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y contribuyentes del Impuestosobre la Renta de No Residentes (IRNR) con establecimiento permanente;deducción sobre la cuota íntegra del impuestoDeducción= 35% x base deducción. Contribuyentes del IRNR sin establecimiento permanente: tendrán derecho aaplicar la deducción mencionada para los contribuyentes del IRPF. Para acreditar la justificación de dichos donativos, donaciones y aportacionesdeducibles, se expedirá una certificación por la Administración del Estado.

13 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

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Webinars y conferencias TAX

WEBINAR: Compliance Laboral | Prevenir riesgos en tiemposde COVID-19 y en el futuro | Fecha: 9 de junio a las 10:00h

Sesión online donde trataremos los beneficios y ventajas dellevar a cabo, dentro de nuestra organización, un análisis de losriesgos que podemos incurrir en materia laboral, como puedenser los riesgos derivados de gestionar el teletrabajo,contrataciones irregulares, procesos de selección, etc. Y comoestos riesgos pueden llegar a comportar responsabilidad penalpara la persona jurídica. Conoce los detalles e inscríbete aquí:https://www.tax.es/es/actualidad/eventos/webinar-compliance-laboral--prevenir-riesgos-covid-19-futuro.html

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Webinar. Consejos y recomendaciones preventivas a laempresa para hacer frente al COVID-19

Ante la trascendencia de la infección por  COVID-19,desde  TAX  Economistas y Abogados organizamos esta sesiónpara ayudar los empresarios a conocer y entender aquellosconsejos y medidas para aplicar a las empresas para la luchaefectiva contra la pandemia.

Puedes ver este webinar aquí: https://youtu.be/l9lIyscol9k

José Mª  Ferré  y Josep Mª  Marsillo, abogados laboristasde  TAX  Legal, nos presentaron una sesión online práctica ysintética sobre las principales novedades que incorpora el“Acuerdo Social en Defensa de la Ocupación” del Real-DecretoLey 18/2020.

Puedes ver este webinar aquí:https://youtu.be/MbMHaVRldKg

Webinar. Resumen y criterio interpretativo del Real Decretode 12 de mayo en relación en el acuerdo social en defensa dela ocupación

David Blanch fue el encargado de la ponencia, quién presentódos herramientas que permiten hacer el registro de la jornadade trabajo y firmar documentos de manera online y segura enel contexto del COVID-19.

Puedes ver este webinar aquí: https://youtu.be/K1ZWKl1eEO0

Webinar. Nuevas necesidades provocadas por el COVID-19:firma online de documentos y registro online de la jornadade trabajo

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Sesión online realizada el 12 de mayo de 2020 sobre lasprincipales medidas fiscales aprobadas para hacer frente alimpacto económico y social derivado de la crisis del COVID-19. Ponentes:  Estefanía García, economista y asesora fiscal, yVerónica García, ADE, responsable del departamento fiscal.

Puedes ver este webinar aquí:https://youtu.be/m3E7ek8VaiI

Conferencia online sobre aspectos legales (obligaciones enmateria de comercio electrónico y protección de datos) yfiscales que tienes que tener en cuenta si vendes online.Realizada por Bettina Martínez, responsable del departamentofiscal y socia directora de TAX Olot, y Diana Martínez, abogadade TAX Legal.

Puedes ver este webinar aquí:https://youtu.be/NthbLfQVYSA

Sesión online sobre las alternativas o medidas para renegociartus contratos a raíz de la situación generada por el COVID-19.Con la ponencia de Rafael  Llorens, socio y responsable deldepartamento de TAX Legal de Barcelona.

Puedes ver este webinar aquí:https://youtu.be/wAH-mZsfyAM

Conferencia online sobre los efectos laborales y fiscalesdel  COVID-19  para empresas y autónomos realizada el 21 deabril de 2020. Ponencia a cargo de TAX Torroella.

Puedes ver este webinar aquí:https://youtu.be/H9feuD7tz1A

Webinar. Principales medidas fiscales aprobadas

Webinar. Aspectos legales y fiscales de la venta online

Webinar. Alternativas o medidas para renegociar tuscontratos

Webinar. Efectos laborales y fiscales del COVID-19  paraempresas y autónomos

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Sesión online  COVID-19, sobre las inquietudes laborales delempresario en la situación actual, realizada el 15 de abril de2020.Ponencia a cargo de Josep Mª Marsillo, abogado de TAX Legalespecialista en derecho laboral.

Puedes ver este webinar aquí:https://youtu.be/2IB4eHWilYo

Webinar  “COVID-19. ¿QUÉ MEDIDAS LABORALES PUEDOTOMAR COMO EMPRESA?”. Jornada informativa realizada el23/03/2020, en el marco del estado de alarma. Ponencia acargo del Sr. Antonio  Benavides, inspector de Trabajo ySeguridad Social en excedencia.

Puedes ver este webinar aquí:https://youtu.be/LmSN1uVm_ew

Webinar. ¿Qué medidas laborales puedo tomar comoempresa?

Webinar. COVID-19. ¿Qué medidas laborales puedo tomarcomo empresa?

16 | Nº 159 Boletín informativo mayo-junio 2020 | www.tax.es

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¿Tus trabajadores hacen teletrabajopor la situación excepcional causadapor el COVID-19?

En mi empresa estamos haciendo

TELETRABAJO

Es obligatorio que continúen registrandosu jornada cada día. El fichaje diario también te ayudará a tenerun control del horario que hace cadatrabajador.

Para garantizar su seguridad y evitarriesgo de contagio es importante utilizarherramientas que minimicen el contactoentre trabajadores. Así, es muyrecomendable eliminar las tablets u otrosdispositivos táctiles y tener la posibilidadde fichar a través del móvil o delordenador.

El Portal del Empleado de TAX permite a tus trabajadores fichar a través del dispositivomóvil o del ordenador de manera rápida y sencilla y evitando así contacto innecesarioentre trabajadores al registrar la jornada.

¿Cómo puedo hacer que mis

trabajadores registren su jornada con la

máxima seguridad para ellos?

¿Tus trabajadores realizan la jornadaen el centro de trabajo?

Solicita tu demo online gratuita en:

www.portaldelempleado.com

Multiplataforma

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¿Ya conoces todas las opciones que te ofrece el

Portal del empleado TAX?

Con el portal del empleado la empresa puede gestionar la información,tareas y procesos de RRHH de manera descentralizada:

Ver vídeo del Portal del Empleado:https://youtu.be/V1D0dQCGTfA

La empresa puede comunicar a losempleados eventos y novedades de laempresa e información relativa adocumentación personal.

Gestiona los gastos que losempleados han informado enconcepto de dietas y kilometraje(aprobar, denegar o pagar).

La empresa cuelga la documentaciónde los trabajadores y tienen unhistórico de todos los documentoscolgados. El empleado puede accederlas 24h y ver y descargar el archivo.

Con la APP gratuita, podrás disfrutarde todas las ventajas desdetu  smartphone  o  tablet, así comorealizar el registro de jornada con unsolo clic.

El trabajador dispone de su calendariolaboral, con las vacaciones, los días depermiso y el horario laboral. Puedesolicitar los días de vacaciones y se leinforma de los que dispone.

El trabajador registra su jornada detrabajo y puede indicar si hace horasextra. Ahora con opción de fichajecon geolocalización y reconoci-miento facial.

COMUNICACIONES DIETAS Y KILOMETRAJE

DOCUMENTACIÓN APP DEL PORTAL DEL EMPLEADO

HORARIO Y VACACIONES REGISTRO JORNADA DE TRABAJO

Ahora, con geolocalizacióny reconocimiento facial

Más información en: www.portaldelempleado.com

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ANDALUCÍA: Cádiz: La Línea, San Roque. Huelva: Aracena Jaén: Baeza y Jaén. Málaga: Málaga yVélez-Málaga. ARAGÓN: Zaragoza: Zaragoza. Huesca: Huesca. ASTURIAS: Infiesto. CASTILLA-LEÓN:Burgos: Burgos. Segovia: Cuéllar. CATALUÑA: Girona: Figueres, Girona, Olot, Palafrugell, Torroellade Montgrí, Sant Feliu de Guíxols, Palamós, Blanes y Sant Antoni de Calonge. Barcelona: Barcelona(2 oficinas), Gavà, Vic, Sitges, Sant Cugat del Vallès, Terrassa, Manresa, Premià de Dalt, Badalona,Manlleu, L’Ametlla del Vallès, Esplugues de Llobregat , Hospitalet de Llobregat y Mataró. Tarragona:Reus y Tortosa. COMUNIDAD DE MADRID: Madrid y Alcobendas. COMUNIDAD VALENCIANA:Valencia: Valencia. Castellón: Vilarreal. GALICIA: A Coruña: Carballo. NAVARRA: Pamplona y Estella.PAÍS VASCO: Guipúzcoa: Sant Sebastià. Alava: Vitoria ISLAS BALEARES: Menorca: Ciutadella. Ibiza:Ibiza.

Check-list

¿Sabes qué tener en cuentasi haces donaciones paraapoyo frente al COVID-19?

01 ¿Cómo el empleado puedeponerse en contacto con elSEPE si no ha cobrado ya eldesempleo?

02

03 04¿Conoces las alternativas omedidas para renegociarlos contratos con tustrabajadores si tu empresase ha visto afectada por elCOVID-19?

¿Sabes que el Portal delEmpleado TAX permiterealizar el fichaje desde elmóvil, tablet (conreconocimiento facial) uordenador, evitando así elriesgo de contacto entretus trabajadores?

Puedes consultar toda la información en www.tax.esPara cualquier duda o consulta ponte en contacto con nuestro equipo de asesores.

OFICINAS A TU DISPOSICIÓN:

España:

TAX ECONOMISTAS Y ABOGADOSTel. 902 365 500e-mail: [email protected]

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