2.2 Normatividad Aplicable

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  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    2.2.1 NORMATIVIDAD APLICABLE

    Fragoso Hernndez Edgar

    Reyes Cruz Dalma AnaliSnchez Zamora Kenia Idalid

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    LEY FEDERAL DEL TRABAJO

    CAPITULO III BIS

    DE LA CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO

    DE LOS TRABAJADORES

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    ARTICULO 153-A

    Todo trabajador tiene el derecho a que su patrn

    le proporcione capacitacin o adiestramiento en

    su trabajo que le permita elevar su nivel de vida yproductividad, conforme a los planes y programas

    formulados, de comn acuerdo, por el patrn y el

    sindicato o sus trabajadores y aprobados por la

    secretaria del trabajo y previsin social.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-B

    Los patrones podrn convenir con los trabajadores en que

    la capacitacin o adiestramiento, se proporcione dentro de

    la misma empresa o fuera de ella, por conducto de personal propio, instructores especialmente contratados,

    instituciones, escuelas u organismos especializados, o bien

    mediante adhesin a los sistemas generales que se

    establezcan y que se registren en la secretaria del trabajo y

    previsin social. En caso de tal adhesin, quedara a cargode los patrones cubrir las cuotas respectivas.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-C

    Las instituciones o escuelas que deseen

    impartir capacitacin o adiestramiento, as

    como su personal docente, debern estar

    autorizadas y registradas por la secretaria

    del trabajo y previsin social.

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    ARTICULO 153-D

    Los cursos y programas de capacitacin o

    adiestramiento de los trabajadores, podrn

    formularse respecto a cada establecimiento,

    una empresa, varias de ellas o respecto a

    una rama industrial o actividad determinada.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-E

    La capacitacin o adiestramiento deber impartirse al

    trabajador durante las horas de su jornada de trabajo;

    salvo que, atendiendo a la naturaleza de los servicios,

    patrn y trabajador convengan que podr impartirse de

    otra manera; as como en el caso en que el trabajador

    desee capacitarse en una actividad distinta a la de la

    ocupacin que desempee, en cuyo supuesto, la

    capacitacin se realizara fuera de la jornada de trabajo.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-F

    La capacitacin y el adiestramiento debern tener por objeto:

    I. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidadesdel trabajador en su actividad; as como proporcionarle

    informacin sobre la aplicacin de nueva tecnologa en ella.

    II. Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de

    nueva creacin.III. Prevenir riesgos de trabajo.

    IV. Incrementar la productividad.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-G

    Durante el tiempo en que un trabajador de

    nuevo ingreso que requiera capacitacin

    inicial para el empleo que va a desempear,

    reciba esta, prestara sus servicios conforme

    a las condiciones generales de trabajo que

    rijan en la empresa o a lo que se estipulerespecto a ella en los contratos colectivos.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-H

    Los trabajadores a quienes se imparta capacitacin o adiestramiento estn

    obligados a:

    I. Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y dems actividades

    que formen parte del proceso de capacitacin o adiestramiento;

    II. Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitacin o

    adiestramiento, y cumplir con los programas respectivos; y,

    III. Presentar los exmenes de evaluacin de conocimientos y de aptitud que

    sean requeridos.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-I

    En cada empresa se constituirn comisiones mixtas de

    capacitacin y adiestramiento, integradas por igual numero

    de representantes de los trabajadores y del patrn, lascuales vigilaran la instrumentacin y operacin del sistema

    y de los procedimientos que se implanten para mejorar la

    capacitacin y el adiestramiento de los trabajadores, y

    sugerirn las medidas tendientes a perfeccionarlos; todo

    esto conforme a las necesidades de los trabajadores y delas empresas.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-K

    La secretaria del trabajo y previsin social podr convocar a

    los patrones, sindicatos y trabajadores libres que formen

    parte de las mismas ramas industriales o actividades, paraconstituir comits nacionales de capacitacin y

    adiestramiento de tales ramas industriales o actividades, los

    cuales tendrn el carcter de rganos auxiliares de la propia

    secretaria.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    Estos comits tendrn facultades para:

    I. Participar en la determinacin de los requerimientos de

    capacitacin y adiestramiento de las ramas o actividadesrespectivas.

    II. Colaborar en la elaboracin del catalogo nacional de

    ocupaciones y en la de estudios sobre las caractersticas de

    la maquinaria y equipo en existencia y uso en las ramas o

    actividades correspondientes.

    III. Proponer sistemas de capacitacin y adiestramiento para y

    en el trabajo, en relacin con las ramas industriales o

    actividades correspondientes;.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    IV. Formular recomendaciones especficas de planes y

    programas de capacitacin y adiestramiento;

    V. Evaluar los efectos de las acciones de capacitacin yadiestramiento en la productividad dentro de las ramas

    industriales o actividades especificas de que se trate; y,

    VI. Gestionar ante la autoridad laboral el registro de las

    constancias relativas a conocimientos o habilidades de los

    trabajadores que hayan satisfecho los requisitos legales

    exigidos para tal efecto.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-N

    Dentro de los quince das siguientes a la celebracin,

    revisin o prorroga del contrato colectivo, los patrones

    debern presentar ante la secretaria del trabajo y previsinsocial, para su aprobacin, los planes y programas de

    capacitacin y adiestramiento que se haya acordado

    establecer, o en su caso, las modificaciones que se hayan

    convenido acerca de planes y programas ya implantados

    con aprobacin de la autoridad laboral.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-T

    Los trabajadores que hayan sido aprobados en los exmenes de

    capacitacin y adiestramiento en los trminos de este capitulo, tendrn

    derecho a que la entidad instructora les expida las constanciasrespectivas, mismas que, autentificadas por la comisin mixta de

    capacitacin y adiestramiento de la empresa, se harn del conocimiento

    de la secretaria del trabajo y previsin social, por conducto del

    correspondiente comit nacional o, a falta de este, a travs de las

    autoridades del trabajo a fin de que la propia secretaria las registre y las

    tome en cuenta al formular el padrn de trabajadores capacitados quecorresponda.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-U

    Cuando implantado un programa de capacitacin, un

    trabajador se niegue a recibir esta, por considerar que tiene

    los conocimientos necesarios para el desempeo de su

    puesto y del inmediato superior, deber acreditar

    documentalmente dicha capacidad o presentar y aprobar,

    suficiencia que seale la secretaria del trabajo y previsin

    social.

    En este ultimo caso, se extender a dicho trabajador lacorrespondiente constancia de habilidades laborales.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    ARTICULO 153-W

    Los certificados, diplomas, ttulos o grados que expidan el

    estado, sus organismos descentralizados o los particulares

    con reconocimiento de validez oficial de estudios, a quienes

    hayan concluido un tipo de educacin con carcter terminal,

    sern inscritos en los registros de que trata el articulo 539,

    fraccin IV, cuando el puesto y categora correspondientes

    figuren en el catalogo nacional de ocupaciones o sean

    similares a los incluidos en el.

  • 8/6/2019 2.2 Normatividad Aplicable

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    GRACIAS POR SU ATENCION!!!!