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    BASES GENERALES PARA PROVEER CARGOS EN ELPODER JUDICIAL

    PROCEDIMIENTO PARA IMPLEMENTACIN DE ACTA N 184 DE LAEXCMA. CORTE SUPREMA

    I. AMBITO DE APLICACIN:

    Las normas del presente acuerdo sern aplicables a cargos del Escalafn Primario(excluidos los de la Primera Categora, y cargos de propuesta unipersonal establecidos en elartculo 285 del Cdigo Orgnico de Tribunales), del Escalafn Secundario, del Escalafn deEmpleados, y cargos de la Corporacin Administrativa.

    II. PRINCIPIOS DE LOS PROCESOS DE CONCURSO:

    Los procesos de concurso que se efecten en el Poder Judicial debern adecuarse a lossiguientes principios rectores:

    a. Transparencia.

    b. No discriminacin e Igualdad de Oportunidades.

    c. Objetividad.

    A.Transparencia:

    Los llamados a concurso debern ser difundidos a travs de medios idneos quegaranticen una adecuada difusin y comunicacin a posibles interesados. Losrequisitos del cargo (formacin acadmica, experiencia laboral, competencias tcnicas,entre otros) y el procedimiento de seleccin debern ser publicados junto con elllamado a concurso y debern estar a disposicin de los postulantes hasta el trminodel concurso.

    Se garantizar a los postulantes el acceso a informacin relativa al estado de supostulacin y resultados de cada una de las etapas de concurso.

    B.No Discriminacin e Igualdad de Oportunidades:

    No podrn producirse distinciones, exclusiones o aplicarse preferencias basadas enmotivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicacin, religin, opinin poltica,ascendencia nacional u origen social que tengan por objeto anular o alterar la igualdadde oportunidades o trato en el empleo. Por lo anterior, en ningn proceso de seleccinpodr exigirse alguna de las condiciones antes enumeradas.

    Las distinciones, exclusiones o preferencias basadas estrictamente en los requisitos ocompetencias exigidas para un cargo determinado no sern consideradasdiscriminacin.

    Segn lo establecido en el 29 de noviembre de 2010, los postulantes que presentenalguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicacin de

    algn instrumento de seleccin, debern informarlo en su postulacin, para efectos deadaptarlos y as garantizar la no discriminacin por esta causal.

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    C.Objetividad:

    Las evaluaciones que se apliquen debern estructurarse sobre bases que considerenuna evaluacin cuantificable y estandarizada, que permita resultados comparables

    entre los postulantes y entregue la ubicacin relativa de cada uno de ellos. Losinstrumentos que se apliquen debern destacar la valoracin de la idoneidad de lospostulantes, constituyendo una herramienta tcnica y objetiva para evaluar el ingresoa la carrera judicial y la promocin.

    III. TIPOS DE CONCURSO:

    En cumplimiento de las normas establecidas en el Cdigo Orgnico de Tribunales, enrelacin a la formacin de ternas, se distinguirn dos tipos de concurso: a) Internos, y b)Externos.

    1. CONCURSOS INTERNOS:

    Son aquellos que, de acuerdo a las normas de conformacin de terna establecidas enel Cdigo Orgnico de Tribunales, slo podrn postular funcionarios titulares del PoderJudicial que se interesen por el cargo. Por aplicacin de lo establecido en Acta N 181 de laExcma. Corte Suprema podrn postular adems los funcionarios a contrata con ms cincoaos consecutivos en el Poder Judicial o en la Corporacin Administrativa del Poder Judicial.

    Los funcionarios pertenecientes a un Escalafn o Serie distinta a la del cargo vacantesern considerados externos para efectos del concurso.

    Los cargos incluidos en las siguientes categoras debern ser internos:a. Escalafn Primario: Segunda y Tercera Categoras.

    b. Escalafn Secundario:

    - Primera Serie: Primera y Segunda Categoras.

    - Segunda Serie: Primera Categora.

    - Tercera Serie: Primera y Segunda Categoras.

    - Sexta Serie: Primera y Segunda Categoras.

    c. Escalafn de Empleados: Primera, Segunda y Tercera Categoras.

    d. Corporacin Administrativa: cargos no incluidos en la categora de concursosexternos.

    En caso que al primer llamado de concurso interno no se presenten postulantes ennmero suficiente, deber hacerse un segundo llamado a concurso de carcter externo.

    En concursos para proveer cargos del Escalafn Primario el concurso podrprorrogarse, antes de realizar un segundo llamado.

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    2. CONCURSOS EXTERNOS:

    Son aquellos que, de acuerdo a las normas de conformacin de terna establecidas enel Cdigo Orgnico de tribunales, podrn postular funcionarios titulares del Poder Judicial

    que se interesen por el cargo o personas extraas que cumplan los requisitos establecidos.

    Los cargos incluidos en las siguientes categoras debern ser externos:

    a. Escalafn Primario: Cuarta, Quinta, Sexta y Sptima Categoras.

    b. Escalafn Secundario:

    - Primera Serie: Tercera Categora.

    - Segunda Serie: Segunda y Tercera Categoras.

    - Tercera Serie: Tercera, Cuarta y Quinta Categoras.

    - Cuarta y Quinta Serie.

    - Sexta Serie: Tercera Categora.

    c. Escalafn de Empleados: Cuarta, Quinta, Sexta y Sptima Categoras.

    d. Corporacin Administrativa: cargos del ltimo grado de la categora del cargorespectivo, adems de cargos de la categora directiva, subjefes de departamentoy jefes de Subdepartamento, y cargos pertenecientes a la categora de Auxiliar dela Corporacin Administrativa del Poder Judicial.

    IV. ETAPAS PREVIAS AL PROCESO DE SELECCIN

    1.

    Llamado a concurso:

    Producida la vacancia o autorizada la creacin de un cargo deber procederse alllamado a concurso.

    rganos autorizados para realizar llamado a concurso:

    a. Pleno Corte Suprema: cargos de Ministro, Fiscal Judicial o Relator de la Corte Suprema,Ministro o Fiscal Judicial de Corte de Apelaciones.

    b. Presidente de la Corte Suprema: empleados de la Corte Suprema.

    c. Pleno Corte de Apelaciones: cargos de Relator de la Corte de Apelaciones, jueces,

    secretarios de la respectiva jurisdiccin. Adems de concursos para proveer cargos denotario, receptores judiciales, defensores pblicos, conservadores y archiveros.

    d. Presidente de la Corte de Apelaciones: empleados de la Corte de Apelacionesrespectiva.

    e. Juez o Juez Presidente: cargos de Administrador, Jefe de Unidad, Consejero Tcnico oempleado del respectivo tribunal.

    f. Los concursos para proveer cargos de Director, Subdirector o Jefe de Departamentoser llamados por el Consejo Superior de la Corporacin Administrativa. El resto de losconcursos sern tramitados por el Departamento de Recursos Humanos.

    El llamado a concurso deber indicar el cargo a proveer, la calidad jurdica, el grado y lacausal de la vacancia.

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    El llamado a concurso deber solicitarse en un plazo mximo de cinco das hbilesdesde producida la vacancia del cargo. En caso de creacin de cargos el llamado a concursose realizar en los plazos que se establezcan en cada caso.

    2.

    Publicacin de llamado a concurso:La publicacin del concurso ser tramitada por la Corporacin Administrativa, teniendo

    a la vista el llamado a concurso realizado por la autoridad facultada.

    Los cargos titulares sern publicados en el Diario Oficial, adems en la pgina web dePoder Judicial. Los concursos externos para proveer cargos de profesionales (excepto losdel Escalafn Primario) y de empleados podrn ser publicados adicionalmente en un diariode circulacin nacional o local.

    Los cargos a contrata sern publicados en la pgina web de Poder Judicial, ademspodrn ser publicados en un diario de circulacin nacional o local.

    Las publicaciones en el Diario Oficial u otros diarios debern incluir el cargo a proveer,la calidad jurdica, el grado y la causal de la vacancia.

    En la pgina web debern publicarse las bases especficas del respectivo concurso. Esedocumento deber incluir:

    a. Identificacin del cargo: nombre, tribunal, calidad jurdica, grado, remuneracin brutaequivalente, asignacin de zona, requisitos para obtencin de asignacin profesional eincrementos por desempeo.

    b. Requisitos generales y especficos del cargo: nivel de estudios, cursos de especialidad,competencias o destrezas requeridas.

    c. Funciones generales del cargo.

    d. Etapas y plazos del proceso de concurso: deber indicarse las formas de medicin lasponderaciones, las formas de corte en cada etapa, rgano responsable de realizar cadaetapa.

    e. Antecedentes, condiciones y plazo de postulacin: deber indicarse claramente losantecedentes a presentar para postular al concurso, lugar y medio de postulacin yplazo para oponerse al concurso.

    f. Forma de obtener informacin acerca del estado del concurso.

    g. Impugnabilidad del proceso en las etapas de Admisibilidad y Lista de Preseleccin. Unavez que se analice y responda se proseguir con el concurso, sin posibilidad de nueva

    instancia de impugnabilidad.

    En las restantes etapas los postulantes podrn presentar observaciones a losresultados, dentro de tres das corridos a la notificacin de stos. Vencido ese plazono se aceptarn nuevas revisiones a los resultados.

    Slo podr presentarse impugnacin u observaciones respecto de puntajes obtenidospor el reclamante.

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    3. Postulacin al concurso:

    Corresponde a la manifestacin de inters de participar en el concurso, lo cual seefectuar exclusivamente va web. Cualquier otro medio de postulacin no podr ser

    considerado Admisible.

    La postulacin se podr efectuar dentro de los diez das corridos desde la fecha depublicacin. La hora de cierre de recepcin de antecedentes corresponde a la fecha que seseale a las 23:59 horas.

    Tratndose de cargos del Escalafn Primario o Escalafn Secundario sin sueldo fiscal, elplazo de cierre del concurso ser resuelto por el Presidente de la Corte respectiva.

    La solicitud de postulacin deber incluir:

    a. Formulario de postulacin electrnica para el respectivo concurso, que se entenderenviado al momento de presionar la opcin Postular en el sistema informtico.

    b. Declaraciones juradas requeridas para el cargo, vigentes al momento de postulacin.

    c. Curriculum vitae segn formato disponible.

    d. Certificados de estudios de pre y postgrado en instituciones reconocidas por el Estado.En caso de concursos para cargos del Escalafn Primario deber considerarse loscertificados y notas de aprobacin del Cursos de Formacin y cursos habilitantesexigidos para el cargo.

    e. Certificados de cursos especializacin en instituciones reconocidas por el Estado.

    f. Certificacin de experiencia laboral, en los casos se solicite.

    En caso de postulantes internos, la hoja de vida ser extrada del sistema informticode recursos humanos.

    El ingreso de los antecedentes ser de responsabilidad exclusiva del postulante.

    La recepcin de antecedentes ser a travs de sistemas informticos habilitados yadministrados por la Corporacin Administrativa.

    4. Anlisis de antecedentes de postulacin y Admisibilidad:

    El anlisis de los antecedentes de postulacin en cargos de la Tercera o Sexta Serie delEscalafn Secundario o cargos del Escalafn de Empleados ser responsabilidad de

    Corporacin Administrativa.En cargos del Escalafn Primario y restantes cargos del Escalafn Secundario la

    Admisibilidad ser responsabilidad de la Corte respectiva.

    La definicin Admisibilidad se resolver de acuerdo al cumplimiento de los requisitos yantecedentes requeridos en las Bases Especficas del respectivo tipo de concurso.

    Sern considerados como Inadmisibles los postulantes que no cumplan los requisitosestablecidos para el cargo o no presenten la totalidad de antecedentes requeridos en eltiempo y forma requerido en el concurso.

    Las postulaciones que sean clasificadas como Admisibles sern consideradas, en la

    siguiente etapa del proceso de seleccin.

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    El resultado del anlisis de admisibilidad ser notificado al postulante por correoelectrnico.

    El candidato que tenga el derecho propio a integrar la terna no deber ser sometido al

    proceso de evaluacin, en caso de resultar Admisible su postulacin. Se considera que tieneese derecho el funcionario ms antiguo de la categora inferior, siempre que ste postule yquede admisible en el respectivo concurso dentro de los plazos establecidos.

    El postulante podr interponer recurso de reposicin, para enmendar errores dehecho, dentro de tercer da corrido desde la notificacin. El recurso deber ser presentadopor los medios que al efecto disponga la Corporacin Administrativa.

    Los recursos sern resueltos por:

    - Cargos de la Tercera o Sexta Serie del Escalafn Secundario o cargos delEscalafn de Empleados, por el Jefe de Departamento de Recursos Humanos.

    - Cargos del Escalafn Primario y restantes cargos del Escalafn Secundario, por elPresidente de la Corte respectiva.

    Postulacin de personal Contrata:

    Para el solo efecto de los concursos para proveer cargos en calidad de titular, losfuncionarios a contrata que se hayan incorporado previo concurso o, sin ste, pero conantigedad mayor a cinco aos continuos contados desde la fecha de publicacin delconcurso, sern considerados personal interno. Las contratas transitorias tendrn el mismotratamiento anterior, en la medida que haya sido renovada durante cinco aosconsecutivos.

    Para esos efectos se aplicarn los siguientes criterios:

    A. El personal a contrata que cumpla los requisitos indicados en forma precedente sernasimilados, slo para efectos de concursos, a la categora que corresponda al gradoasignado al cargo a contrata. En caso que el grado se encuentre presente en ms deuna categora en el respectivo Escalafn, se asimilar a la categora inferior.

    B. Este derecho se aplicar slo en tanto el funcionario a contrata cumpla con losrequisitos de ttulo establecidos para el cargo respectivo. En todo caso, resultarnaplicables las excepciones de ttulo establecidas para personal titular, segn la fechade ingreso del funcionario.

    C. Los cinco aos en cargos a contrata deben ser continuos, por lo tanto resultarnaplicable el mismo criterio establecida en el Acta 19-2012 establece: La antigedad

    del nombramiento se contabilizar desde el primer cargo a contrata o titular, siempreque exista continuidad1.

    D.Este derecho resultar aplicable al personal de la Corporacin Administrativa del PoderJudicial y de los Centros de Apoyo a Tribunales.

    E. Para efectos de la antigedad a que se refieren las normas para formar ternas (artculo289 bis y 294). El derecho propio slo se aplicar respecto del personal titular.

    Tratndose de concursos internos para proveer cargos de la Tercera o Sexta Serie delEscalafn Secundario o del Escalafn de Empleados, en caso que la cantidad de

    1 Se entender que el nombramiento como suplente o interino no afecta la continuidad en el

    nombramiento, siempre que ste sea despus del nombramiento a contrata.

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    postulaciones sea igual o inferior a cinco postulantes admisibles, el tribunal quecorresponda deber llamar a un nuevo concurso, esta vez del tipo externo.

    En cargos del escalafn Primario y Secundario sin sueldo fiscal, la respectiva Corte de

    apelaciones resolver como proceder en esos casos.

    V. PROCESO DE SELECCIN

    1.

    PUNTUACIN POR ANTECEDENTES CURRICULARES

    La puntuacin por antecedentes curriculares resultar aplicable a concursos paraproveer cargos titulares del Escalafn Primario (excluidos los de la Primera Categora, ycargos de propuesta unipersonal establecidos en el artculo 285 del Cdigo Orgnico de

    Tribunales) y plazas titulares o a contrata del Escalafn Secundario y del Escalafn deEmpleados.

    En el caso de cargos del Escalafn Primario, del Escalafn Secundario u otros cargosprofesionales, la puntuacin por antecedentes curriculares se realizar al inicio del procesode seleccin, segn pauta establecida en las bases especificas del respectivo concurso.

    Tratndose de cargos del Escalafn de Empleados o equivalentes, la puntuacin porantecedentes curriculares se realizar a los postulantes que obtenga conclusin Califica oCalifica con Reserva en la etapa de entrevista psicolaboral y a quienes se aplique evaluacinde potencial.

    En cargos de la Sptima Categora del Escalafn de Empleados o equivalentes podrn

    establecerse requisitos mximos de estudios superiores.

    Las pautas de evaluacin y ponderaciones correspondientes sern incluidas en lasbases especficas del respectivo concurso.

    Los referidos factores debern expresarse numricamente, segn pauta que definir laCorporacin Administrativa.

    2.

    PROCESO DE EVALUACIN

    PRIMERA ETAPA:Examen de Conocimiento.

    Esta etapa ser aplicable a concursos para proveer cargos titulares y a contrata delEscalafn Secundario, del Escalafn de Empleados y cargos no directivos de la CorporacinAdministrativa.

    Los postulantes Admisibles sern sometidos a un examen de conocimiento, destinadoa determinar sus conocimientos generales para el cargo.

    La Corporacin Administrativa, en los casos que corresponda, pondr a disposicin delos postulantes, a travs de su pgina web, manuales de estudio que les permitanprepararse adecuadamente para el examen.

    Los manuales y exmenes sern elaborados y actualizados anualmente por unacomisin formada por personal de la Direccin de Estudios de la Corte Suprema, de laAcademia Judicial y de la Corporacin Administrativa. Podr contratarse a expertos queasesoren en esta labor.

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    Semestralmente la Corporacin Administrativa llamar a los interesados a rendirexamen para postular a determinadas Tipologas de Cargos de la Tercera o Sexta Serie delEscalafn Secundario o del Escalafn de Empleados.

    Los resultados obtenidos sern notificados va correo electrnico al postulante por laCorporacin Administrativa.

    El puntaje obtenido servir al candidato para postular a cualquier cargo de la tipologacorrespondiente por el periodo en que se encuentre vigente la batera de pruebas.

    El postulante podr solicitar rendir nuevamente el examen, por una vez adicionaldurante el plazo indicado en el prrafo anterior. En todo caso, se considerar el ltimopuntaje obtenido para efectos de concurso, independiente si ste es mayor o menor alprimer puntaje.

    En el caso de cargos del Escalafn Secundario u otros cargos profesionales avanzarn ala siguiente etapa los postulantes que registren los puntajes ms altos ponderados entre el

    examen de conocimiento y el puntaje curricular.

    Tratndose de cargos del Escalafn de Empleados o equivalentes, avanzarn a lasiguiente etapa los postulantes que registren los puntajes ms altos en el examen deconocimiento, segn la prueba aplicable a cada cargo.

    La cantidad de personas que avancen podr variar segn la cantidad de postulantes delconcurso o el nmero de cargos a proveer.

    La Corporacin Administrativa deber notificar por correo electrnico a lospostulantes, para cada concurso, su ubicacin en la lista de puntajes y si avanza o no a lasiguiente etapa.

    SEGUNDA ETAPA: Examen de Habilidades y destrezas.

    Esta etapa ser aplicable a concursos para proveer cargos titulares y a contrata delEscalafn Secundario y del Escalafn de Empleados.

    Los postulantes que avancen de la etapa anterior sern sometidos a un examen quemedir sus competencias para el cargo.

    Los candidatos titulares o contratas con ms de cinco aos, que cumplan los requisitospara integrar terna segn el Cdigo Orgnico de Tribunales y las normas vigentes, queavancen en la etapa de prueba de conocimientos, no deber rendir examen de habilidades

    y destrezas. Por lo tanto avanzarn directamente a la etapa de entrevista psicolaboral.Segn la tipologa de cargo podrn aplicarse las siguientes modalidades de evaluacin:

    a. Evaluacin colectiva consiste en una o ms pruebas de papel y lpiz. Esta evaluacin seorientar a medir aspectos como capacidad de anlisis, comprensin de relaciones detipo lgico, capacidad cognitiva para resolver problemas de diversa complejidad y sercomprensin lectora, capacidad de trabajo bajo presin, capacidad de resolucin deproblemas en un tiempo determinado, capacidad de abstraccin y otras competenciasrequeridas para el cargo.

    b. Evaluacin grupal consiste en una dinmica o tarea de grupo, utilizando un mtodoactivo que promueva la expresin y la reflexin de los candidatos, lo que a su vez,

    permite contrastar algunas competencias a partir de la interaccin de un grupo y en un

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    lapso de tiempo breve. Una vez realizada la evaluacin grupal, se les otorgar unpuntaje segn una pauta especialmente diseada para el tipo cargo.

    Deber especificarse en las bases del respectivo concurso las modalidades de

    evaluaciones que se aplicarn y las formas de calcular los puntajes.Los resultados obtenidos sern notificados va correo electrnico al postulante por la

    Corporacin Administrativa.

    El puntaje obtenido servir al candidato para postular a cualquier cargo de la tipologacorrespondiente durante un periodo entre seis meses y un ao desde la fecha del examen.

    Pasarn a la siguiente etapa los mejores 15 a 25 puntajes. Esa cantidad podr variarsegn la cantidad de postulantes del concurso o el nmero de cargos a proveer.

    La Corporacin Administrativa deber notificar por correo electrnico a lospostulantes su ubicacin en la lista de puntajes y si avanza o no a la siguiente etapa.Asimismo deber publicar oportunamente la nmina de puntajes y el RUT de lospostulantes.

    TERCERA ETAPA: Evaluacin psicolaboral/ Evaluacin de potencial.

    Esta etapa ser aplicable a concursos para proveer cargos titulares del EscalafnPrimario (excluidos los de la Primera Categora, y cargos de propuesta unipersonalestablecidos en el artculo 285 del Cdigo Orgnico de Tribunales), y plazas titulares y acontrata del Escalafn Secundario y del Escalafn de Empleados.

    En cargos para proveer cargos del Escalafn Primario se evaluar a los postulantes queresulten Admisibles y puedan integrar terna.

    Los postulantes externos o personal a contrata con menos de cinco aos deantigedad que avancen de la etapa anterior sern sometidos a una entrevista psicolaboralcon el propsito de realizar una observacin y medicin ms detallada de las competenciasque han sido definidas como crticas para el adecuado desempeo del cargo en el perfilrespectivo, profundizando en aspectos medidos en la etapa colectiva y/o grupal.

    Como resultado de esta entrevista el profesional a cargo deber emitir un informepsicolaboral, el cual consiste en un documento mediante el cual tiene por objetosistematizar la informacin recibida, permitiendo orientar la toma de decisiones a quienescorresponde conformar la terna. Adems de lo anterior, se indicar una conclusinasociada a cada persona, segn cumpla o no con el perfil de cargo requerido.

    - Califica: el candidato posee rasgos de personalidad, laborales e intelectuales quepermiten predecir un desempeo adecuado al cargo.

    - Califica con Reservas: el candidato posee rasgos de personalidad, laborales eintelectuales, que bajo ciertos contextos le posibilitan el desarrollo del cargo.

    - No Califica: el candidato no cumple a cabalidad con los requisitos exigidos por el cargo,o refleja contraindicaciones que hacen predecir un desempeo insatisfactorio.

    A los funcionarios titulares y contratas con ms de cinco aos, consideradosAdmisibles, que postulan a una plaza de la misma tipologa del cargos que ocupan, se lesaplicar una evaluacin de potencial.

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    Como resultado de la evaluacin psicolaboral o evaluacin de potencial, segncorresponda, el postulante obtendr un puntaje de 0 a 100 puntos, de acuerdo a suadaptacin al perfil del cargo que se concursa.

    El puntaje y/o conclusin obtenidos sern notificados va correo electrnico alpostulante por la Corporacin Administrativa. El detalle del informe psicolaboral o depotencial ser de carcter Confidencial.

    El puntaje obtenido servir al postulante para postular a cualquier cargo de la tipologacorrespondiente durante un periodo de seis meses desde la fecha de la evaluacin.

    3. ELABORACIN DE LISTA DE PRESELECCIN

    Terminado el proceso de seleccin se deber elaborar una lista con los puntajes finalesobtenidos por todos los postulantes admisibles. El listado se ordenar en puntajes

    decrecientes.La persona que tenga el derecho propio a integrar la terna no deber ser sometida al

    proceso de evaluacin y ser incluido en el listado final indicndose expresamente queposee ese derecho.

    Tratndose de cargos de la Tercera o Sexta Serie del Escalafn Secundario o delEscalafn de Empleados las listas sern elaboradas por la Corporacin Administrativa. Enconcursos del Escalafn Primario y restantes del Escalafn Secundario las listas sernelaboradas por la Corte respectiva

    El puntaje final se calcular sumando los puntos obtenidos por cada postulante en lasetapas del proceso de seleccin y en la puntuacin de antecedentes curriculares. La

    ponderacin de cada etapa deber quedar expresamente indicado en las bases delrespectivo concurso.

    Se considerar que el postulante obtuvo puntaje 0 en todas las etapas a las que noavanz producto de la aplicacin de puntajes de corte.

    Los resultados obtenidos sern notificados va correo electrnico al postulante y a laautoridad competente para elaborar la terna por el rgano responsable de formar la lista.

    El postulante tendr un plazo de tres das corridos desde la notificacin para apelar atravs del sistema informtico que dispondr la Corporacin Administrativa.

    Los recursos sern resueltos por:

    - Cargos de la Tercera o Sexta Serie del Escalafn Secundario o cargos delEscalafn de Empleados, por el Jefe de Departamento de Recursos Humanos.

    - Cargos del Escalafn Primario y restantes cargos del Escalafn Secundario, por elPresidente de la Corte respectiva.

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    VI. PROCESO DE DECISIN

    1.

    FORMACIN DE TERNA:

    Tratndose de concursos para proveer cargos de la Tercera o Sexta Serie del EscalafnSecundario o del Escalafn de empleados, la autoridad facultada para formar la terna paraproveer el cargo respectivo deber revisar los antecedentes de los postulantes incluidos enla lista, debiendo entrevistar a lo menos a los cinco mejor evaluados. Cabe sealar que serresponsabilidad de la autoridad facultada para formar la terna, la encargada de solicitar yrevisar los antecedentes requeridos en la conformacin de terna.

    La autoridad respectiva podr entrevistar adems a otros postulantes incluidos en lalista. En los casos que la terna deba ser elaborada por un rgano colegiado, ste podrdesignar una comisin para revisar los antecedentes y realizar entrevistas, debiendo

    entregar un informe del proceso a la instancia facultada para elaborar la terna. La Comisinde Seleccin deber estar formada por dos o ms miembros del rgano llamado a formar laterna, podr designarse hasta dos profesionales expertos de origen interno o externo.Tratndose de concursos para proveer cargos del Escalafn de Empleados o Jefes deUnidad, podr integrar la comisin el Administrador del respectivo tribunal.

    En cargos de la Corporacin Administrativa, excepto plazas titulares de la categoradirectiva, las ternas sern formadas por el Comit de Seleccin definido al efecto.

    rganos facultados para elaborar terna:

    a. Pleno de la Corte Suprema: cargos de Ministro o Fiscal Judicial de Corte deApelaciones, y plazas de empleados de la Corte Suprema.

    b. Pleno de la Corte de Apelaciones: cargos de jueces, secretarios de la respectivajurisdiccin, y plazas de empleado de la misma Corte.

    c. Juez Presidente: cargos de Administrador de tribunal.

    d. Administrador: cargos de Jefe de Unidad o empleado de tribunales reformados.

    e. Juez: cargos de profesionales o empleados de tribunales no reformados.

    f. Juez o Comit de Jueces: cargos de Consejero Tcnico.

    g. Escalafn Secundario sin sueldo fiscal: Corte de Apelaciones respectiva.

    h.

    Para proveer cargos profesionales, de empleados o auxiliares de la CorporacinAdministrativa la terna ser formada por el Comit de Seleccin formado al efecto.Tratndose de ternas para proveer cargos directivos titulares, la terna ser formadapor el Consejo Superior.

    La elaboracin de terna deber ajustarse a las normas establecidas en Cdigo Orgnicode Tribunales para el cargo respectivo. Para proveer cargos a contrata la terna deberincluir a lo menos a la persona que obtenga el mejor puntaje en el proceso de seleccin.

    Una vez elaborada la terna deber ser inmediatamente notificada por correoelectrnico a todos los postulantes admisibles en el respectivo concurso.

    En caso que algn postulante o asociacin de funcionarios del Poder Judicial estimeque la terna no cumple con las formalidades establecidas o vulnera los derechos

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    establecidos en el Cdigo Orgnico de Tribunales, podr presentar dentro del plazo de tresdas una reclamacin ante el rgano que form dicha lista. Si la reclamacin es presentadadentro del plazo establecido y es fundada2, deber ser elevada con todos sus antecedentesdentro del plazo de 48 horas por la autoridad que form la terna al tribunal superior paraque ste se pronuncie acerca de la reclamacin.

    La terna quedar firme una vez vencido el plazo de reclamacin sin que haya sidoimpugnada o si el confirmada por la autoridad facultada para conocer de la reclamacin.

    rganos de Poder Judicial facultados para resolver reclamaciones de terna:

    a. Pleno Corte Suprema: conocer reposicin por ternas para cargos de Ministro, FiscalJudicial o Relator de la Corte Suprema, Ministro o Fiscal Judicial de Corte deApelaciones o empleados de la Corte Suprema.

    Conocer reclamos por ternas para cargos de Relator de la Corte de Apelaciones,jueces, secretarios de tribunales de primera instancia.

    b. Pleno Corte de Apelaciones: conocer reclamos por ternas para cargos de empleadosde tribunales no reformados o empleados de la misma Corte.

    c. Jefes de Unidad y empleados tribunales reformados: Presidente de la Corte deApelaciones respectiva.

    d. Consejero Tcnico: Corte de Apelaciones respectiva.

    e. Escalafn Secundario sin sueldo fiscal: Corte de Apelaciones respectiva.

    f. Respecto de ternas formadas por el Comit de Seleccin de la CorporacinAdministrativa, las reclamaciones sern resueltas por el Director de la mismaCorporacin. Tratndose de ternas para proveer cargos directivos, las reclamaciones

    de terna sern resueltas por el Consejo Superior.

    Una vez firme la terna deber ser remitida a la autoridad facultada una realizar ladesignacin.

    Tratndose cargos del Escalafn Primario la terna ser remitida al Ministerio de Justiciapara que realice en nombramiento.

    Junto a la terna ejecutoriada deber remitirse los antecedentes de los postulantesincluida en ella y los puntajes obtenidos por cada uno de ellos en el proceso de seleccin,as como su ubicacin relativa en el listado total de postulantes al concurso.

    2. DESIGNACIN Y NOMBRAMIENTO:

    La autoridad facultada para realizar la designacin deber revisar los antecedentes delos postulantes incluidos en terna, y resolver conforme los requerimientos establecidospara el cargo y el postulante que ms se ajusta a estos.

    rganos de Poder Judicial facultados para realizar la designacin:

    a. Presidente de la Corte Suprema: empleados de la Corte Suprema.

    2 Se entender que la reclamacin es fundada cuando el reclamante expone las razones quefundamentan su solicitud de revisin.

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    b. Pleno de la Corte Suprema: cargos titulares de la categora Directivos de la CorporacinAdministrativa.

    c. Presidente de la Corte de Apelaciones: empleados de la misma Corte, plazas de

    Consejero Tcnico de la jurisdiccin, y cargos de empleados de tribunales noreformados.

    d. Comit de Jueces o Presidente de la Corte de Apelaciones (en ausencia de Comit deJueces): cargos de Administrador de tribunal.

    e. Comit de Jueces o Juez Presidente del tribunal (en ausencia Comit): cargos de Jefede Unidad o empleado de tribunales reformados.

    f. Consejo Superior o Director de la Corporacin Administrativa, segn el cargo a proveery las normas de delegacin vigentes.

    La designacin deber ser inmediatamente notificada por correo electrnico a todoslos postulantes que fueron incluidos en terna.

    En caso que la autoridad facultada para realizar la designacin sea distinta a la quedebe emitir la resolucin de nombramiento, debern remitirse en un plazo de mximo detres das los antecedentes a la Oficina de Personal respectiva a fin que se proceda atramitar el nombramiento.

    Los resultados finales del concurso debern ser publicados en el portal web del PoderJudicial en un plazo no superior a tres das despus de dictada la respectiva resolucin.