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(3 MEDIO AMBIENTE &CONAFOR rooff aval No. A-CT-CNF-15/19 DÉCIMA QUINTA SESIÓN PERMANENTE DEL AÑO 2019 DÉCIMA QUINTA SESIÓN PERMANENTE DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL 25 DE JUNIO DEL AÑO 2019 ACTA DE SESIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA En la Ciudad de Zapopan, Jalisco, en las Oficinas Centrales de la Comisión Nacional Forestal, sito en Periférico Poniente número 5360, Colonia San Juan de Ocotán, siendo las 14:00 catorce horas del 25 de junio del año 2019 dos mil diecinueve, se celebró la Décima Quinta Sesión Permanente del Comité de Transparencia del año 2019, convocada de conformidad con lo dispuesto por los artículos 43 y 44, fracciones I, II, III y VIII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, 64 y 65, fracciones I, II, III, VIII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, presidida por el C. Joel Arreguin Casillas, Responsable del Área Coordinadora de Archivos, el C. David Cabrera Hermosillo, Titular de la Unidad de Transparencia, y el C. Luis Enrique Gutiérrez Valadez, Suplente del Titular del Órgano Interno de Control, se reunieron los miembros del Comité de Transparencia de la Entidad, con la finalidad de sesionar en los sucesivos términos. El C. Luis Enrique Gutiérrez Valadez, Suplente del Titular del órgano Interno de Control, solicitó al Titular de la Unidad de Transparencia pasar la lista de asistencia entre los integrantes del Comité para que la signaran y habiendo procedido a ello, dio fe de la presencia de los integrantes, por lo que da cuenta de lo anterior e informa que se encuentran presentes el Responsable del Área Coordinadora de Archivos, el Titular de la Unidad de Transparencia y el Suplente del Titular del Órgano Interno de Control. En virtud de lo anterior, el Responsable del Área Coordinadora de Archivos del Comité declaró la existencia de quórum y abierta la Décima Quinta Sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomaren, se propone el siguiente: ORDEN DEL DÍA Lista de asistencia, declaración de quórum yen su caso aprobación del inicio de la sesión. Análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100035719 del oficio CNF-GSLP-398/2019 mediante el cual la Gerencia Estatal San Luis Potosí solicita la CLASIFICACIÓN PARCIAL de la Información como CONFIDENCIAL y a su vez autorizar se haga la versión pública, de 1 de 13 Periférico Poniente #5360 Col. San Jan de °catan. Zapopan, Jalisco 5019 t: +52 (33) 3777-7000 www.gob.mxíconafor 2019 -

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No. A-CT-CNF-15/19 DÉCIMA QUINTA SESIÓN PERMANENTE DEL AÑO 2019

DÉCIMA QUINTA SESIÓN PERMANENTE DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL

25 DE JUNIO DEL AÑO 2019

ACTA DE SESIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA

En la Ciudad de Zapopan, Jalisco, en las Oficinas Centrales de la Comisión Nacional Forestal, sito en Periférico Poniente número 5360, Colonia San Juan de Ocotán, siendo las 14:00 catorce horas del 25 de junio del año 2019 dos mil diecinueve, se celebró la Décima Quinta Sesión Permanente del Comité de Transparencia del año 2019, convocada de conformidad con lo dispuesto por los artículos 43 y 44, fracciones I, II, III y VIII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, 64 y 65, fracciones I, II, III, VIII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, presidida por el C. Joel Arreguin Casillas, Responsable del Área Coordinadora de Archivos, el C. David Cabrera Hermosillo, Titular de la Unidad de Transparencia, y el C. Luis Enrique Gutiérrez Valadez, Suplente del Titular del Órgano Interno de Control, se reunieron los miembros del Comité de Transparencia de la Entidad, con la finalidad de sesionar en los sucesivos términos.

El C. Luis Enrique Gutiérrez Valadez, Suplente del Titular del órgano Interno de Control, solicitó al Titular de la Unidad de Transparencia pasar la lista de asistencia entre los integrantes del Comité para que la signaran y habiendo procedido a ello, dio fe de la presencia de los integrantes, por lo que da cuenta de lo anterior e informa que se encuentran presentes el Responsable del Área Coordinadora de Archivos, el Titular de la Unidad de Transparencia y el Suplente del Titular del Órgano Interno de Control. En virtud de lo anterior, el Responsable del Área Coordinadora de Archivos del Comité declaró la existencia de quórum y abierta la Décima Quinta Sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomaren, se propone el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

Lista de asistencia, declaración de quórum yen su caso aprobación del inicio de la sesión.

Análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100035719 del oficio CNF-GSLP-398/2019 mediante el cual la Gerencia Estatal San Luis Potosí solicita la CLASIFICACIÓN PARCIAL de la Información como CONFIDENCIAL y a su vez autorizar se haga la versión pública, de

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Periférico Poniente #5360 Col. San Jan de °catan. Zapopan, Jalisco 5019 t: +52 (33) 3777-7000 www.gob.mxíconafor

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conformidad con los artículos 68, fracción VI, 100 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 97 y 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100036519 del oficio CGCR-0541-2019 mediante el cual la Coordinación General de Conservación y Restauración solicita la INCOMPETENCIA PARCIAL para emitir respuesta a la solicitud de información, de conformidad con el artículo 44, fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el 65, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En uso de la voz, el C. David Cabrera Hermosillo, Titular de la Unidad de Transparencia, propone integrar al orden del día los siguientes puntos:

Análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100035819 del oficio DG-0461/2019 mediante el cual la Dirección General de la Comisión Nacional Forestal solicita la AMPLIACIÓN DEL PLAZO para emitir respuesta a la solicitud de información, de conformidad con los artículos 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el 135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100035919 del oficio CGCR-0553/2019 mediante el cual la Coordinación General de Conservación y Restauración solicita la AMPLIACIÓN DEL PLAZO para emitir respuesta a la solicitud de información, de conformidad con los artículos 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el 135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública,

Análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100036419 del oficio CGCR-0554/2019 mediante el cual la Coordinación General de Conservación y Restauración solicita la AMPLIACIÓN DEL PLAZO para emitir respuesta a la solicitud de información, de conformidad con los artículos 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el 135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Asuntos Generales.

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Periférico Poniente #5360 Col. San Juan de Ocotan. Zapopan, Jalisco, C.P. 45019 (33) 3777-7000 www.gob.mxiconafor MILJANØ ZAPATA

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Sometido que fue el Orden del Día y a consideración del Comité, en votación económica, fue aprobado por unanimidad.

ASUNTOS Y ACUERDOS:

PUNTO 1.- Conforme a lo dispuesto por los artículos 43 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 64 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se procede a la declaración del quórum legal al encontrarse presentes todos los miembros del Comité de Transparencia:

Responsable del Área Coordinadora de Archivos: C. Joel Arreguin Casillas C

Titular de la Unidad de Transparencia: C. David Cabrera Hermosillo

Suplente del Titular del órgano Interno de Control:

C. Luis Enrique Gutiérrez Valadez

Contando además con la asistencia de la siguiente persona en su calidad de Invitada:

La Servidora Pública: C. Marcela García Sánchez.

PUNTO 2.- Siguiendo con el desarrollo de la sesión, se inició el análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100035719, que fuera turnada por la Unidad de Transparencia para su correspondiente atención a la Gerencia Estatal San Luis Potosí, por lo que en uso de la voz, el C. David Cabrera Hermosillo, Titular de la Unidad de Transparencia, procede a la lectura de la solicitud de información:

"Solicito copia certificada del expediente S207124007056, Que contenga el contrato o contratos celebrados para el apoyo de servicios ambientales con el ejido San Jose De Purisima-Villa de Aulaga. solicito de favor todos los documentos, actas y anexos

Otros datos paro facilitar su localización

Solicito copia certificada del expediente 5207724007056, Que contenga el contrato o contratos celebrados para el apoyo de servicios ambientales con el ejido San Jose De Purisima-Villa de Aulaga. solicito de favor todos los documentos, actas y anexos"

Se procedió a la lectura y análisis del oficio CNF-CSLP-398/2019 mediante el cual la Gerencia Estatal San Luis Potosí informa:

"...AI respecto, le informo que esta Gerencia Estatal en San Luis Potosí, cuenta con la información solicitada, sin embargo, varias de las fojas que lo componen contienen datos personales como lo son: "Nombres, firmas, antefirmas y huellas digitales,

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cuentas bancarias y CLABE Interbancaria, Folio del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), domicilios particulares, Códigos Postales, fotografías (rostros), RFC' 5, CURP' s, y Croquis de domicilios geográficos de particulares"; por lo cual se solicita en forma atenta poner a consideración de este Comité de Transparencia, la confirmación de la Clasificación Parcial de la información como CONFIDENCIAL, y a su vez autorizar se realice la versión pública, de conformidad con los artículos 68, fracción VI; 700 y 776 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública; y los artículos 97 y773, fracción 1 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública..."

En uso de la voz, el Titular de la Unidad de Transparencia manifiesta que, del análisis del oficio CNF-GSLP-398/2019 se desprende que en torno a los datos protegidos por la Gerencia Estatal San Luis Potosí, se estima conveniente analizar los siguientes criterios contenidos en la normatividad vigente aplicable:

"Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública:

Artículo 68. Los sujetos obligados serán responsables de los datos personales en su posesión y, en relación con éstos, deberán:

VI. Adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado.

Artículo 700. La clasificación es el proceso mediante el cual el sujeto obligado determina que la información en su poder actualiza alguno de los supuestos de reserva o con fidencialidad, de conformidad con lo dispuesto en el presente Título,

Los supuestos de reserva o confidencialidad previstos en las leyes deberán ser acordes con las bases, principios y disposiciones establecidos en esta Ley y en ningún caso, podrán contravenirla.

Los titulares de las Áreas de los sujetos obligados serán los responsables de clasificar la información, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, la Ley Federal y de las Entidades Federativas.

Artículo 776. Se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable. La información confidencial no estará sujeta a temporalidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, sus representantes y los Servidores Públicos facultados para ello,

Se considera como información confidencial: los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos.

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Asimismo, será información confidencial aquello que presenten los particulares a los

sujetos obligados, siempre que tengan el derecho o ello, de conformidad con lo dispuesto por los leyes o los tratados internacionales.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública:

Articulo 773. Se considera información confidencial: 1. La que contiene datos personales concernientes a una persona física identificada o identificable;

Trigésimo octavo. Se considera información confidencial:

Los datos personales en los términos de la norma aplicable:..."

En uso de la voz, el Titular de la Unidad de Transparencia manifiesta que, del análisis de la información puesta a la vista de los integrantes de este Comité Permanente, se realiza la manifestación de que los nombres no es un dato clasificado como confidencial.

Así mismo, el Titular de la Unidad de Transparencia, manifestó que derivado del análisis del oficio y de la información, es necesario hacer del conocimiento que se localizaron más datos.

En ese sentido, una vez que los integrantes del Comité realizaron el análisis correspondiente, acordaron por unanimidad de este Comité lo siguiente:

ACUERDO I: De conformidad con los artículos 68, fracción VI, 100 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el 97 y 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el artículo Trigésimo Octavo, fracción I de los Lineamientos Generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como la elaboración de versiones públicas, se aprueba la CLASIFICACIÓN PARCIAL de la siguiente información como CONFIDENCIAL tales como: Firmas, antefirmas y huellas digitales, cuentas bancarias y CLABE Interbancaria, Folio del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), domicilios particulares, Códigos Postales, fotografías (rostros), RFC' s, CURP' s, y Croquis de domicilios geográficos de particulares, así como clave de elector (IFE), teléfono y celular particular, correo electrónico y fechas de nacimiento. Asimismo, se instruye a la Gerencia Estatal San Luis Potosí para que elabore la versión pública correspondiente, de conformidad con el artículo 118 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Por su parte, se instruye a la Unidad de Transparencia para que notifique al solicitante el presente acuerdo mediante la Plataforma Nacional de Transparencia.

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MEDIO AMBIENTE CONAFOR

PUNTO 3.- Siguiendo con el desarrollo de la sesión, se inició el análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100036519, que fuera turnada por la Unidad de Transparencia para su correspondiente atención a la Coordinación General de Conservación y Restauración, por lo que en uso de la voz, el C. David Cabrera Hermosillo, Titular de la Unidad de Transparencia, procede a la lectura de la solicitud de información:

"Se solicita la siguiente información: * Listado de los incendios forestales registrados en Jalisco de 2070 a la fecha. Se pide que por cada uno se incorporen el lugar done ocurrió, delimitación geográfica por predio y municipio, fecha, cuantificación de la superficie siniestrada, delimitación del polígono afectado, si existe denuncia presentada y en caso contrario especificar porqué. * Listado de las denuncias de las denuncias presentadas por incendios foreta/cs en Jalisco de 2070 a la fecha, ante qué instancia, los delitos que se presumen. Se solicita que los mismos sean entregados por número de carpeta de investigación, averiguación previa o expediente que fue asignado por las autoridades competentes. Se pide que por cada denuncia se incluya: -Lugar donde ocurrieron los hechos, fecha, cuantificación de la superficie siniestrado, municipio, delimitación del polígono afectado. -Contra quienes se presenta la denuncia, especificar si se trata de personas físicas, morales o eijidos, cuántos por cada denuncia. En caso de personas morales específicar de quienes se trata, en el caso de las personas físicas incorporar su actividad productiva. - El estatus en que se encuentra - Qué elementos se presentaron como pruebas y soporte documental de las mismas."

Se procedió a la lectura y análisis del oficio CGCR-0541-2019 mediante el cual la Coordinación General de Conservación y Restauración informa:

"..Al respecto, se informa que de la presente solicitud, en todo lo que se refiere a "las denuncias presentadas por incendios forestales" es competencia de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), de acuerdo con las facultades establecidas en el artículo 754 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el cual establece que la prevención y vigilancia forestal corresponde a la Secretaría, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, y las autoridades administrativas, y tendrán, como función primordial, la salvaguarda y patrullaje de los recursos forestales; realizar los actos de investigación técnica, inspección, vigilancia y verificación del cumplimiento de las disposiciones y obligaciones contenidas en dicha ley por lo cual se solicita a este Comité confirme la INCOMPETENCIA PARCIAL para emitir respuesto a la solicitud de información de conformidad con el artículo 44, fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el 65, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública..."

En ese sentido, una vez que los integrantes del Comité realizaron el análisis correspondiente, acordaron por unanimidad de este Comité lo siguiente:

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Periférico Poniente 45360 Col, San Juan de Ocotán. Zapopan, Jalisco, C.P. 45019 t; +52 (33) 3777-7000 www.gob.mx/conafor

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* a CONAFOR MEDIO AMBIENTE

ACUERDO II: De conformidad con los artículos 44, fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 65, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se aprueba la INCOMPETENCIA PARCIAL por parte de este Sujeto Obligado para emitir respuesta a todo lo que se refiere sobre las denuncias presentadas por incendios forestales, en virtud de que de conformidad con el artículo 45, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, es la PROFEPA la encargada de Recibir, atender e investigar las denuncias en las materias competencia de la Procuraduría y, en su caso, realizar en términos de la normatividad aplicable, las diligencias necesarias para determinar la existencia de los actos, hechos u omisiones motivo de denuncia, o bien, canalizar dichas denuncias ante las autoridades que resulten competentes, así mismo, en el artículo 154 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, se establece que la prevención y vigilancia forestal corresponde a la Secretaría, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, y las autoridades administrativas, y tendrán, como función primordial, la salvaguarda y patrullaje de los recursos forestales; realizar los actos de investigación técnica, inspección, vigilancia y verificación del cumplimiento de las disposiciones y obligaciones contenidas en dicha ley, por lo cual es la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la entidad competente para emitir respuesta al respecto. Se instruye a la Unidad de Transparencia a notificar el presente acuerdo al solicitante, mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, a direccionarlo a la autoridad antes señalada, para que realice la solicitud de información correspondiente y a su vez remitir la información con la que cuenta la CONAFOR respecto de los demás puntos.

PUNTO 4.- Siguiendo con el desarrollo de la sesión, se inició el análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100035819, que fuera turnada por la Unidad de Transparencia para su correspondiente atención a la Dirección General de la Comisión Nacional Forestal, por lo que en uso de la voz, el C David Cabrera Hermosillo, Titular de la Unidad de Transparencia, procede a la lectura de la solicitud de información:

"León Jorge Castaños Martínez, Director General de la Comisión Nacional Forestal, solicito la siguiente información:

Si es miembro o no de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC y desde cuando.

Si ya estando en el cargo como Director General de la Comisión Nacional Forestal en horarios y días laborales ha participado en reuniones o asambleas de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC.

Si alguna reunión en la que haya participado con dicha Asociación ha sido dentro de alguna instalación de la Comisión Nacional Forestal y si se dispuso de recursos públicos de la Comisión Nacional Forestal para gastos relacionados con esas reuniones.

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*MEDIO AMBIENTE

CONAFOR

Si él solicitó o autorizó que se llevara a cabo alguna reunión de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC dentro de instalaciones de la CONAFOP.

Si el día 30 de enero de 2079 participó en una reunión de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC y si utilizó recursos públicos para asistir a esa reunión, como es el caso de viáticos y gastos de transportación.

Si cobró honorarios como Director Genera/ de la Comisión Nacional Forestal correspondientes al 30 de enero de 2019, día en que participó en una reunión de Asamblea de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC, a la cual pertenece en horarios laborales.

Si el día 75 de mayo de 2019 participó en una reunión de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC y si utilizó recursos públicos para asistir a esa reunión.

Si cobró honorarios como Director General de la Comisión Nacional Forestal correspondientes al 75 de mayo de 2079, día en que participó en una reunión de Asamblea de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC, a la cual pertenece en horarios laborales.

Si en reuniones o asambleas de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC ha presentado a los miembros de dicha asociación él o personal a su cargo, información de la Comisión Nacional Forestal, relacionada con planes, proyectos o algún proceso de licitación de la Comisión Nacional Forestal y cuál ha sido el propósito de revelar esa información. 70. Si en reuniones o asambleas de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC, de la cual forma parte, ha hecho compromisos de otorgarles proyectos, programas o licitaciones de la Comisión Nacional Forestal a esa asociación o a cualquiera de sus miembros o de organizaciones afines a ésta. 77. Si tiene comprometido o pensando favorecer a la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC o alguna organización relacionada con esta organización, en alguna licitación, o con algún proyecto o contrato de la Comisión Nacional Forestal. 12. Cual es su relación con el señor o persona física Carlos Valdez Sandoval.

Si Carlos Valdez Sandoval es o ha sido proveedor de la Comisión Nacional Forestal. Si ha promovido los servicios de Carlos Valdez Sandoval ante personas

relacionadas directas o indirectamente con la Comisión Nacional Forestal. Si en su carácter de Director General de la Comisión Nacional Forestal Carlos

Valdez Sandoval lo ha acompañado a reuniones celebradas con terceros y cual ha sido el interés y la causo.

Si promueve o a promovido en algún momento los servicios de Carlos Valdez Sandoval ante la CONAFOP o ante terceros. 77 Si tiene comprometido o pensando favorecer Carlos Valdez Sandoval o alguna empresa relacionada con esta persona, en alguna licitación, o con algún proyecto o contrato de la Comisión Nacional Forestal. 78. Si ya estando en funciones como Director General de la Comisión Nacional Forestal él o algún familiar directo suyo es o ha sido represéntate legal o poseedor a dueño de algún predio forestal que esté recibiendo apoyos de la Comisión Nacional Forestal y en caso afirmativo, informar el nombre y localización del predio y el periodo de esa posesión o representación legal y cuáles son los tipos de apoyos y montos que ha

recibido de la Comisión"

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CONAFOR

Se procedió a la lectura y análisis del oficio DC-0461/2019 mediante el cual la Dirección General de la Comisión Nacional Forestal informa:

"...Al respecto, le informo que debido a la complejidad de la solicitud, esta Dirección no se encuentra en condiciones de proporcionar la información a la Unidad de Transparencia para que la entregue al particular en el plazo inicial de 20 días hábiles que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de ahí que, a fin de obtener la información a cabalidad y proporcionarla al solicitante para no violentar los derechos que puedan deducirse de la información solicitada y se cuente con el tiempo oportuno para responder a dicha solicitud, la Dirección General de la Comisión Nacional Forestal se encuentra realizando una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, por tal razón, solicito atentamente, la consideración del Comité de Transparencia para confirmar la AMPLIACIÓN DEL PLAZO de /a respuesta, de conformidad al artículo 732 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el 735 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública..."

En ese sentido, una vez que los integrantes del Comité realizaron el análisis correspondiente, acordaron por unanimidad de este Comité lo siguiente:

ACUERDO III: De conformidad con los artículos 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el 135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se aprueba por unanimidad la AMPLIACIÓN DEL PLAZO de respuesta de la solicitud de información de folio 1616100035819, hasta por 10 diez días hábiles más, contados a partir del día siguiente al término de su vencimiento. Asimismo, se instruye a la Unidad de Transparencia notifique al solicitante mediante la Plataforma Nacional de Transparencia el presente acuerdo.

PUNTO 5.- Siguiendo con el desarrollo de la sesión, se inició el análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100035919, que fuera turnada por la Unidad de Transparencia para su correspondiente atención a la Coordinación General de Conservación y Restauración, por lo que en uso de la voz, el C. David Cabrera Hermosillo, Titular de la Unidad de Transparencia, procede a la lectura de la solicitud de información:

"Sobre Ramón Silva Flores, Coordinador General de Protección y Restauración de la Comisión Nacional Forestal, solicito la siguiente información: 7. Si es miembro o no de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC y desde cuando y2 Si ha presidio o representado legalmente esa Asociación y en qué periodo.

Si en horarios y días laborales ha participado en reuniones o asambleas de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC. Que especifique fechas y horarios.

Si alguna reunión en la que haya participado de esa Asociación ha sido dentro de alguna instalación de la Comisión Nacional Forestal y si se dispuso de recursos

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ti° 109 Periférico Poniente 95360 Col. San Juan de Ocotán.

t: +52 (33) 3777-7000 www.gob.mx/conafor .44.4"Erelt

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públicos de la Comisión Nacional Forestal para gastos relacionados con esas reuniones. 5 Si él solicitó o autorizó que se llevara a cabo alguna reunión de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC dentro de instalaciones de la CONAFOR. 6. Si el día 30 de enero de 2079 participó en una reunión de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC y si utilizó recursos públicos para asistir a esa reunión, como es el caso de viáticos y gastos de transportación. 7 Si cobró honorarios como Coordinador Genera/ de Protección y Pestauración de CONAFOR correspondientes al 30 de enero de 2079, día en que participó en una reunión de Asamblea de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC, a la cual pertenece en horarios laborales.

Si el día 75 de mayo de 2079 participó en una reunión de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC y si utilizó recursos públicos para asistir a esa reunión.

Si cobró honorarios como Coordinador General de Protección y Restauración de la Comisión Nacional Forestal correspondientes al 75 de mayo de 2079, día en que participó en una reunión de Asamblea de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC, a la cual pertenece en horarios laborales. 70. Si en reuniones o asambleas de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC ha presentado o ha pedido a personal bajo su cargo que se presente a los miembros de dicha asociación información de la Comisión Nacional Forestal, relacionada con planes, proyectos o algún proceso de licitación de la Comisión Nacional Forestal y cuál ha sido el propósito de revelar esa información. 77. Si en reuniones o asambleas de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC, ha hecho compromisos de otorgarles proyectos, programas o licitaciones de la Comisión Nacional Forestal a esa asociación o a cualquiera de sus miembros o de organizaciones afines a ésta. 72 Si tiene comprometido o pensando favorecer a /a Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, AC o alguna persona u organización relacionada con esta organización, en alguna licitación, o con algún proyecto o contrato de la CONAFOR. 13. Cual es su relación con el señor o persona física Carlos Valdez Sandoval. 74 Si Carlos Valdez Sandoval es o ha sido proveedor de la Comisión Nacional Forestal y si presta o ha prestado algún servicio relacionado con la Coordinación General de Protección y Restauración de esa dependencia.

Si ha presentado a Carlos Valdez Sandoval ante personas relacionadas directas o indirectamente con la Comisión Nacional Forestal o si esa persona le ha acompañado a reuniones a las que asiste en representación del cargo que ostenta en la CONAFOR y cuál ha sido el propósito.

Si promueve o ha promovido en algún momento los servicios de Carlos Valdez Sandoval ante la CONAFOR o ante terceros. 17. Si tiene comprometido o pensando favorecer Carlos Valdez Sandoval o alguna empresa relacionada con esta persona, en alguna licitación, o con algún proyecto o contrato de la Comisión Nacional Forestal. 78. Si ya estando en funciones como Coordinador General de Protección y Restauración de la CONAFOR, él o algún familiar directo suyo es o ha sido

represéntate legal o poseedor o dueño de algún predio forestal beneficiario de la CONAFOR"

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Periférico Poniente 45360 Col. San Juan de (acotan. Zapopan, Jalisco, C.P. 45019 t: +52 {33) 3777-7000 wwvv.gob.rnxiconafor

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MEDIO AMBIENTE 1 CONAFOR C014.6161.• YAC iklxrd 011PATAL

Se procedió a la lectura y análisis del oficio CGCR-0553/2019 mediante el cual la Coordinación General de Conservación y Restauración informa:

"..Al respecto, le informo que debido a lo extensa de la solicitud de información, esta Coordinación no se erkuentra en condiciones de proporcionar la información a la Unidad de Transparencia para que la entregue al particular en el plazo inicial de 20 días hábiles que establece la Ley Genera/ de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de ahí que, a fin de obtener la información a cabalidad y proporcionarla al solicitante para no violentar los derechos que puedan deducirse de la información solicitada y se cuente con e/ tiempo oportuno para responder a dicha solicitud, esta Coordinación se encuentra realizando una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, por tal razón, solicito atentamente, la consideración del Comité de Transparencia para confirmar la AMPLIACIÓN DEL PLAZO de la respuesta, de conformidad al artículo 732 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el 735 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública..."

En ese sentido, una vez que los integrantes del Comité realizaron el análisis correspondiente, acordaron por unanimidad de este Comité lo siguiente:

ACUERDO IV: De conformidad con los artículos 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el 135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se aprueba por unanimidad la AMPLIACIÓN DEL PLAZO de respuesta de la solicitud de información de folio 1616100035919, hasta por 10 diez días hábiles más, contados a partir del día siguiente al término de su vencimiento. Asimismo, se instruye a la Unidad de Transparencia notifique al solicitante mediante la Plataforma Nacional de Transparencia el presente acuerdo.

PUNTO 6.- Siguiendo con el desarrollo de la sesión, se inició el análisis de la solicitud de información con número de folio 1616100036419, que fuera turnada por la Unidad de Transparencia para su correspondiente atención a la Coordinación General de Conservación y Restauración, por lo que en uso de la voz, el C. David Cabrera Hermosillo, Titular de la Unidad de Transparencia, procede a la lectura de la solicitud de información:

"En seguimiento a la solicitud de información no. 1616100023179, cuya respuesta se entregó e/ pasado 31 de mayo de 2079, mediante el oficio no. UT-CNF-RSI-259/2019, suscrito por el Titular de la Unidad de Transparencia de la CONAFOR avalando /a información proporcionada. En este sentido, se agradecerá se indique en que calidad participó el C Ramón Silva Flores en la reunión de la Asociación Mexicana de Profesionales Forestales, A.C. del pasado 30 de enero de 2019 efectuada en la Ciudad de México, SI PARTICIPÓ EN DICHO EVENTO COMO COORDINADOR GENERAL DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE LA CONAFOR O COMO PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE PROFESIONALES FORESTALES, ASOCIACIÓN CIVIL (AMPFAC).

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, Periférico Poniente *5360 Col. San Juan de Ocotán. n, Jalisco, C.P. 45019 t: +52 (33) 3777-7000 www.gols.mx/conafor

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Asimismo, si actualmente mantiene el cargo de Presidente de la AMPFAC de manera simultánea como Coordinador General de Conservación y Restauración de la CONAFOR. Por otra parte, se agradecerá se proporcione el Perfil de Puesto del Jefe de Departamento de Producción y Productividad de la Gerencia Estatal de la CONAFOR en la Ciudad de México."

Se procedió a la lectura y análisis del oficio CGCR-0554/2019 mediante el cual la Coordinación General de Conservación y Restauración informa:

"...Al respecto, le informo que debido a la complejidad de la solicitud, esta Coordinación no se encuentra en condiciones de proporcionar la información a la Unidad de Transparencia para que la entregue al particular en el plazo inicial de 20 días hábiles que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública, de ahí que, a fin de obtener la información a cabalidad y proporcionarla al solicitante para no violentar los derechos que puedan deducirse de la información solicitada y se cuente con el tiempo oportuno para responder a dicha solicitud, la Coordinación General de Conservación y Restauración, se encuentra realizando una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, por tal razón, solicito atentamente, la consideración del Comité de Transparencia para confirmar la AMPLIACIÓN DEL PLAZO de la respuesta, de conformidad a/ articulo 732 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el 735 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso ola Información Pública..."

En ese sentido, una vez que los integrantes del Comité realizaron el análisis correspondiente, acordaron por unanimidad de este Comité lo siguiente;

ACUERDO V: De conformidad con los artículos 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el 135 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se aprueba por unanimidad la AMPLIACIÓN DEL PLAZO de respuesta de la solicitud de información de folio 1616100036419, hasta por 10 diez días hábiles más, contados a partir del día siguiente al término de su vencimiento. Asimismo, se instruye a la Unidad de Transparencia notifique al solicitante mediante la Plataforma Nacional de Transparencia el presente acuerdo.

PUNTO 7.- Siguiendo con el desarrollo de la sesión, el C. David Cabrera Hermosillo, Titular de la Unidad de Transparencia, preguntó si existía algún tema en asuntos generales que alguno de los asistentes quisiera tratar, y no habiendo más asuntos que tratar, los integrantes del Comité de Transparencia, debidamente enterados de los acuerdos y acciones descritas en la presente Acta, la aprueban y dan por terminada la sesión, siendo a las 15:00 horas del día 25 de junio de 2019 dos mil diecinueve.

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Lu Suplente del Titular ano Interno de Control en la CONAFOR.

Invitada

Marcela García Sánchez Jefa del Departamento de Transparencia.

e Gutiérrez Valadez

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Firmas

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Ce-/- C. David Cabrera Hermosillo

Titular de la Unidad de Transparencia.

Esta foja de firmas forma parte integral del Acta de la Décima Quinta Sesión Permanente del Comité de Transparencia de la Comisión Nacional Forestal, siendo el 25 veinticinco de junio de 2019.

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2019 PlstILI/J40 ZAPATA

Periférico Poniente #5360 Col. San Juan de Ocotán. Zapopan, Jalisco, C.P. 45019 t: +52 (33) 3777-7000 www.gob.rnx/conafor