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Esta ley tiene como objetivo (artículo 1): “Desarrollar las disposiciones de la Constitu- ción de la República, que se refieren a la protección, conservación y recuperación del medio ambiente; el uso sostenible de los recursos naturales que permitan mejorar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones; así como también, normar la gestión ambiental, pública y privada y la protección ambiental como obligación básica del Estado, los municipios y los habitantes en general; y asegurar la aplicación de los trata- dos o convenios internacionales celebrados por El Salvador en esta materia”. Juzgado Ambiental 49 Avenida Sur y Pasaje El Rosal, San Salvador Teléfonos: (503) 2223-4038 y 2298-1348 Horario: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Tu denuncia puede ser anónima La Constitución de la República El artículo 117, establece: “Es deber del ESTADO proteger los recursos naturales, así como la diversidad e integridad del medio ambiente, para garantizar el desa- rrollo sostenible. Se declara de INTERÉS SOCIAL la protección, conservación, aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los recursos natu- rales, en los términos que establezca la Ley. Se prohibe la introducción al terrritorio nacio- nal de residuos nucleares y desechos tóxicos.” Cuidemos nuestro medio ambiente Es deber de todos Prevenir Proteger Denunciar Juzgado Ambiental Teléfono Verde (503) 2223-4038 Responsabilidades sobre el Medio Ambiente Ley del Medio Ambiente Prevenir, proteger y denunciar Es deber de todos

30.11.15 Tríptico Popular MEdio Ambiente

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Esta ley tiene como objetivo (artículo 1): “Desarrollar las disposiciones de la Constitu-ción de la República, que se re�eren a la protección, conservación y recuperación del medio ambiente; el uso sostenible de los recursos naturales que permitan mejorar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones; así como también, normar la gestión ambiental, pública y privada y la protección ambiental como obligación básica del Estado, los municipios y los habitantes en general; y asegurar la aplicación de los trata-dos o convenios internacionales celebrados por El Salvador en esta materia”.

Juzgado Ambiental49 Avenida Sur y Pasaje El Rosal, San Salvador

Teléfonos: (503) 2223-4038 y 2298-1348Horario:

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Tu denuncia puede ser anónima

La Constitución de la República

El artículo 117, establece: “Es deber del ESTADO proteger los recursos naturales, así como la diversidad e integridad del medio ambiente, para garantizar el desa-rrollo sostenible. Se declara de INTERÉS SOCIAL la protección, conservación, aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los recursos natu-rales, en los términos que establezca la Ley. Se prohibe la introducción al terrritorio nacio-nal de residuos nucleares y desechos tóxicos.”

Cuidemos nuestro medio

ambiente

Es deber de todos

PrevenirProtegerDenunciar

Juzgado Ambiental

Teléfono Verde (503) 2223-4038

Responsabilidades sobre el Medio Ambiente

Ley del Medio Ambiente Prevenir, proteger y denunciar

Es deber de todos

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La Corte Suprema de Justicia consciente de la necesidad de prevención, protección y conservación de los recursos naturales del país, ha puesto en marcha el funciona-miento del Juzgado Ambiental para una mejor administración de justicia en la materia.

El Juzgado Ambiental por disposición legal conoce y resuelve los actos que afectan al ecosistema, es un órgano jurisdiccional constituido por un juez, que tiene a cargo dar �el cumplimiento a la Ley del Medio Ambiente de El Salvador.

Todas estas prácticas deterioran nuestros recursos naturales, ponen en riesgo la salud y calidad de vida de los habitantes; por ello, el Órgano Judicial, a través del Juzgado Ambiental, y con el �n de modernizar la justicia salvadoreña, ha fortalecido y especializado la jurisdicción en materia de protección del medio ambiente.

Otras instituciones a las que se puede acudir:La Cámara Tercera de lo Civil de la Primera Sección del Centro; Juzgados de Paz; Fiscalía General de la República (o�cina más cercana); Policía Nacional Civil (División de Medio Ambiente); y Ministerio del Medio Ambiente.

Juzgado Ambiental

¿Cuáles son las acciones que afectan nuestro medio ambiente?

Tala de árboles

Depredación de fauna

Contaminación de ríoslagos y playas

Quema de desechos (excepto actividad agrícola)

Problemas de urbanismo o construcciones no autorizadas

Comercio y transporte de sustancias peligrosas

Descarga de desechos contaminantes y derivados de petróleo en ríos, lagos y en el mar

Explotación inadecudade pedreras, ríos o mantos acuíferos

Otras actividades que generen la emisión de contaminantes al aire

¿Cuál es el procedimiento para presentar una denuncia en elJUZGADO AMBIENTAL?

Acercarse al Juzgado Ambiental o dar aviso en sus líneas de acceso, si:

Se considera afectado por alguna acción expuesta anteriormente.

Tiene conocimiento de alguna actividad que deteriore el medio ambiente.

La denuncia puede ser de forma escrita o verbal, de manera individual o colectiva. El aviso puede también ser de forma ANONIMA, si así lo desea.

Es importante tener claro que no es necesaria la representación de un abogado.

Esto será posible a través de la participación y denuncia ciudadana, compromiso que debe-mos adquirir para crear mejores condiciones de vida para la población y las generaciones futuras.