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7/31/2019 3.2. IT ENFERMEDAD COMÚN
http://slidepdf.com/reader/full/32-it-enfermedad-comun 1/3
INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD COMÚN
Un trabajador con contrato indefinido, grupo 5 de cotización causa baja por enfermedad común el 8 de octubre de
2010 permaneciendo de baja todo el mes.
Por los 7 dias trabajados percibe:
- Salario base: 210’35€/mes
- Antigüedad: 21’04€/mes - Plus convenio: 36’06€/mes
- Dedicación exclusiva: 19’83€/mes
Durante el año tiene derecho a dos pagas extras por un importe de 811’37€ cada una de ellas. Asimismo, durante
el año 2011 se le abonará una cantidad de 1.202’02€ en concepto de reparto de beneficios.
La BCC del mes anterior fue de 1.405’76€. IRPF = 0. Confeccionar la nómina.
SOLUCIÓN
1 2 3 4 5 6 78 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31
Al ser una enfermedad común los tres primeros días no se retribuyen, es decir, 8, 9 y 10 de octubre. Entre el 4º día
(11 de octubre) y el 20º día (27 de octurre) se pagan en un 60% de la base reguladora. Del 21º día (28 de octubre) en
adelante se paga en un 75% de la base reguladora.
SUBSIDIO
Base reguladora =
= 46,858€
Subsidio días al 60% de la B.R. = 46,858*60%*17 días = 477,958€
Subsidio días al 75% de la B.R. = 46,858*75%*4 días = 140,574€
TOTAL SUBSIDIO DÍAS BAJA = 140,574 + 477,958 = 618,532€
BASE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES MES DE LA BAJA
Dias activos:
BCC = SB + Complementos + Prorrata pagas extras periodo días activos + reparto beneficios = 31,55 +
210,35 + 21,04 + 36,06 + 19,83 + 23,37 = 342,20€
Prorrateo beneficios = 1.202,12/12 = 100,17€; (100,17/30)*30 = 23,37€.
BCC días activos = 342,20€
BASE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES por el mes de la baja
Multiplico por la diferencia del nº de días de mes de baja menos el nº de días efectivamente trabajados
7/31/2019 3.2. IT ENFERMEDAD COMÚN
http://slidepdf.com/reader/full/32-it-enfermedad-comun 2/3
BCC días de baja = 46,86*(30-7) = 1.077,78€
BCC días baja = 1.077,78€.
El BCC del mes es el sumatorio (BCC baja + BCC activo)
BCC TOTAL = 1.077,78 + 342,20 = 1.419,98€
Cuotas
Cuotas = BCC*4,70% = 1.419,98*4,70% = 66,74€
BASE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS PROFESIONALES
No hay horas extraordinarias, luego BCC = BCP
BCP = 1.419,98€
Cuotas:
- Desempleo = 1.419,98*1,55% = 22,01
- F.P. = 1.419,98€*0,10% = 1,42€
BASE DEL IRPF
En estos casos es el sumatorio del subsidio más los días activos
B = SB + Complementos días activos + subsidio = 618,64 + 287,28 = 905,92€
Cuota IRPF = 905,92*10% = 90,59€
7/31/2019 3.2. IT ENFERMEDAD COMÚN
http://slidepdf.com/reader/full/32-it-enfermedad-comun 3/3
Empresa:Domicilio:C.I.F.:Cod. Cta. S.S.:
Trabajador:N.I.F.:N.º S.S.Categoría:Grupo de cotización:
Periodo de liquidación
I.DEVENGOS1.Percepciones salariales
Salario base 210,35
Complementos salarialesAntigüedad 21,04
Plus convenio 36,06
Dedicación exclusiva 19,83
Horas extraordinarias:Horas complementarias
Gratificaciones extraordinarias
Salario en especie2. Percepciones no salariales
Indemnizaciones o suplidos
Subsidio por I.T. por enfermedad común 618,532
Prestaciones a la Seguridad Social
Indemnizaciones por traslado, suspensiones o despidos
Otras percepciones no salariales
A. TOTAL DEVENGADO: 905,92€
II.DEDUCCIONES1.Aportaciones del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta
%
Contingenciascomunes
1.419,98 4.70 66,74
Desempleo 1.419,98 1,55 22,01
Formación profesional 1.419,98 0,10 1,42
Horas extraordinarias
Fuerza mayor
Otras
TOTAL APORTACIONES2.Impuesto sobre la renta de las personasfísicas
905,92 10 90,59
3.Anticipos4.Valor de los productos recibidos enespecie
5.Otras deducciones
B. TOTAL A DEDUCIR: 180,76
LIQUIDO TOTAL A PERCIBIR (A-B): 725,16
Firma y sello de la empresa
, a de de 20__
RECIBÍ
III.DETERMINACIÓN DE LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓNCONJUNTA Y DE LA BASE SUJETA A RETENCIÓN DEL I.R.P.F.
1.Base de cotización de contingencias comunes 1.077,78
Remuneración mensual: BCC-PPE 287,28 dias activos
Prorrata pagas extras 54,92
TOTAL (BCC) 1.419,98
2. Base de cotización por contingencias profesionales (AT y EP) y conceptos de recaudaciónconjunta (Desempleo, Formación profesional, Fondo de Garantía Salarial)
1.419,98
3. Base de cotización adicional por horas extras -
4. Base sujeta a retención del IRPF 905,92