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POR DR. RAÚL ARRARTE MERA CONTABILIDAD. CRONOLOGIA DE CAMBIOS EN EL PERÚ

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POR DR.RAÚL ARRARTE MERA

CONTABILIDAD. CRONOLOGIA DE

CAMBIOS EN EL PERÚ

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CONTADORES EN EL IMPERIO INCAICO

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Los encargados de llevar “la cuenta y razón” de los bienes así como la historia de los acontecimientos importantes producido en los reinados de los diferentes Incas, eran los QUIPUKAMAYOC, es decir, “los encargados de los nudos” o “quipus” que era el sistema desarrollado por la cultura Inca para satisfacer la necesidad de registro y razón

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Huamán Poma de Ayala, cronista de la época, señala que no obstante la trascendencia de sus funciones a los quipukayos se “se les reclutaba desde niños”, en las capas bajas de la población no existiendo referencia histórica sobre quipukamayos pertenecientes a la aristocracia.

Estudiaban el secreto de los nudos en escuelas regentadas por los viejos quipukayos, dedicando toda su vida al estudio de los nudos, estando incluso, en la obligación de enseñar dicho oficio a sus hijos, siendo la enseñanza muy severa.

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Según el Inca Garcilaso de la Vega, la estructura del Estado Inca incluía a los Quipukamayos dentro de los funcionarios oficiales de cada pueblo en los que “por muy pequeños que fueran debían tener cuatro y de allí arriba hasta veinte y treinta según el tamaño del pueblo”.

Estos Quipukamayos de cada pueblo tenían sus jefes o “grandes Quipukamayos”, a quienes entregaban sus cuentas tres veces al año, según lo visto por el cronista Cieza de León.

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La ciudad en la que se encontraba trabajando, le proveía de vivienda, para él y su familia, para la escuela y para el depósitos de quipus que cada Quipukamayoc debía guardar, cuentas principales, legislativos e históricos; se les daba también alimentación y mujeres para su servicio actualizando los registros y las cuentas, lo que les significaba a cada Quipukamayoc, un gran esfuerzo de memoria ya que el quipu “representaba la cifra mas no la palabra”, a decir de Garcilaso.

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El cronista Padre Calancha informa que, al quipukamayo, no le estaba permitido equivocarse y que cuando esto sucedía era castigado con la muerte.

Asimismo, cuando se producían guerras civiles entre los gobernantes, el vencedor ordenaba la muerte de los quipukamayos que habían servido al vencido a fin de que no se guardase memoria de su nombre.

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Los elementos de trabajo:a)Las guillas.b)Los nudos para registrar las cantidades yc)La yupana, especie de ábaco para el cálculo

abreviado habiéndose descifrado a la fecha, la forma de registrar cantidades en los quipus, mas no el significado de los colores de las cuerdas, mientras que de la yupana se desconoce su manejo.

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CONTADORES EN LA COLONIA

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El Contador español llegado con la Conquista era, fundamentalmente, un funcionario real encargado de llevar la cuenta y razón de los tributos que le correspondían a la Real Corona y, conjuntamente con el Tesorero Real y el Factor pertenecían al sector llamado de los Oficiales Reales sólo superados de nivel por el Virrey, el Secretario del Virrey y los Oidores.

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Entre los Contadores primero estaban los del Tribunal del Consulado encargado de los tributos de almojarifazgo (1), alcabalas y averías; los del Tribunal Real de Cuentas y los Contadores de las Cajas Reales que eran los más numerosos.

Una de sus principalísimas funciones era la de tener en su poder una de las tres (3) llaves que debía controlar la Caja Real o caja de caudales, en los que se depositaba el oro, la plata, las monedas, fruto de los repartos de los tesoros o de tributos que le correspondían al Rey, mientras que las otras llaves quedaban en poder del Tesorero y del Factor o Administrador. Siendo necesario la presencia de los tres oficiales reales con sus llaves para poder guardar o sacar alguna cosa de la caja o meter algo en ella.

(1) Aranceles de aduanas

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Eran tan importantes estos Oficiales Reales, que en el caso de la Conquista del Perú fueron nombrados en 1529 antes que Pizarro firmara el contrato de conquista y colonización del Imperio Inca.

Como en el Imperio Incaico, y como en cualquier sociedad aristocrática, los oficios, hoy profesionales, eran ejercidos por gente del pueblo que los aprendía trabajando, por varios años, al lado de un profesional o, estudiando en uno de los muchos “Institutos” que ya existían por aquella época, puesto que las Universidades no los albergaba, todavía.

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Sus obligaciones inherentes al cargo fueron:1) Mantener al día el Libro Común de Cargos y Datas, firmando cada partida

bajo pena de multa de 100,000 maravedís por cada vez que no firmen.2) No tratar ni contratar con mercaderías llegadas de España, directa ni

indirectamente, so pena de multa.3) Dar fianza de 200,000 maravedís vigente durante el tiempo que ocupe el

cargo, nombrando fiadores en caso de insolvencia o muerte.4) Los cargo resultantes contra ellos, no cubiertos con las fianzas, pasarán a

sus herederos o fiadores.5) No casarse con las hijas, hermanas o viudas de los otros oficiales reales so

pena de privación de sus oficios.6) Ni los oficiales reales ni sus hijos ni hermanos pueden beneficiar minas ni

ingenios.7) No asistir en forma particular, a iglesias y conventos, a fiestas, entierros ú

honras con asientos prominentes, por ser inconvenientes con el Cabildo.

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CONTADORES EN LA REPÚBLICA

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En nuestra incipiente República el Contador mantuvo los lineamientos generales de la Colonia y es entre el siglo XVIII y XIX cuando emigran al Perú capitales y técnicos de los países europeos que dan lugar a la formación de los primeros bancos.

Se inicia una nueva corriente en la práctica de llevar los libros contables, por un lado los Bancos, las empresas y negocios; de otro lado el Estado que captará tributos.

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En 1900, un grupo de Contadores deciden organizarse corporativamente y solicitan la intervención de la Cámara de Comercio para constituir el INSTITUTO DE CONTADORES DEL PERÚ. Instalándose su primera directiva el 31 de octubre de 1900.

En 1930, con la exigencia de proporcionar mayor información a los Bancos, se hace necesario que el Contador se adecúe a las nuevas necesidades de la administración científica.

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CONTADORES EN LA REPÚBLICA

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En 1935, el Instituto de Contadores del Perú organiza el Primer Congreso Nacional de Contadores. Asisten Delegaciones de América y Europa. Conclusiones más importantes:

a) Reglamentación de la enseñanza comercial y los estudios a realizar por los Contadores Mercantiles.

b) Estructuración del Código de Comercio y que se considere el Libro Caja como libro principal.

c) No autorizar las minutas de constitución y otras operaciones mercantiles sin previa inscripción en el Registro Mercantil, con indicación que su contabilidad estará a cargo de un profesional titulado.

d) Que se norme el uso de los libros de contabilidad.e) Constitución den un fondo especial como reserva para atender las

obligaciones con los empleados.f) Establecen Escuelas Superiores de Comercio en las Universidades para

que titulen Contadores Públicos.g) Que las Facultades de Ingeniería, Ciencias Económicas y de Agricultura

adopten la enseñanza de Contabilidad Comercial.h) Que la educación comercial se tecnifique formando los Contadores

Mercantiles.

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A partir de 1936 en las Escuelas de Educación Secundaria Comercial se norman los estudios para obtener el título de Contador Mercantil.

La UNMSM, Universidad Católica, y la Universidad San Agustín aperturan las primeras Escuelas Superiores de Contabilidad.

En 1942 egresan los primeros Contadores Públicos a quienes se les considera los fundadores del Colegio de Contadores Públicos del Perú.

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En el año 1959, se dictó la Ley No. 13253 que trató de corregir una situación especial del Contador en el Perú, al considerarlo a partir de entonces como un profesional y, modificando el art. 35 del Código de Comercio, como sigue:“Los comerciantes deberán llevar sus libros de contabilidad con la intervención de Contadores Titulados Públicos o Mercantiles”.

Igualmente indica que el Contador Público estará colegiado y en lugares donde no existan más de tres (3), el Contador Mercantil ejercerá las funciones del Contador Público (Art. 6 y 4 de la Ley No. 13253).

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PLAN CONTABLE EN EL PAÍS

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De acuerdo al D.L. 20172 de 17.10.1973 el Ministerio de Economía establece un Sistema Único de Contabilidad a las empresas y el Plan Contable General fue aprobado por Resolución Suprema No. 450-73-EF del 13.11.1973.

Surge la necesidad de homogenizar el lenguaje contable empleado en el país. Este Plan Contable es vigente al partir del 1 de Enero de 1974 hasta el 31 de Diciembre de 1984.

Es la primera vez que en el país se aplicó un Plan Contable.

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PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO

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Por Resolución CONASEV No. 006-84-EFC/94.10 (AÑO 1984), aprueba el Plan Contable General Revisado, el que es de uso obligatorio para las empresas sujetas a la supervisión de la CONASEV. (Comisión Supervisora de Empresas y Valores, hoy denominada Superintendencia del Mercado de Valores), incluidas las estatales de derecho privado, de economía mixta y las de acciones del Estado, a partir del ejercicio 1985.

El PCGR, se guía de los lineamientos del Nuevo Plan Contable General Francés de 1982.

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SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD

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El 12/04/2006, se promulgó la Ley No. 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad. La norma indica que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de políticas, principios, normas y procedimientos contables aplicados en los sectores público y privado. Esta Ley derogó al Ley No. 24680 del 4/06/1987, por el que se creó el Sistema Nacional de Contabilidad.

Que está conformado por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad.

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SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD

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Son sus objetivos: Armonizar y homogenizar la contabilidad en los sectores público y privado mediante la aprobación de la normatividad contable.

Mientras que el Consejo Normativo de Contabilidad: a) Estudia, analiza y opina sobre las propuestas de normas relativas a la contabilidad de los sectores público y privado;b) Emite resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado yc) Absuelve consultas en materias de su competencia.

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PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL

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Según Resolución No. 041-2008-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad publicado el 25.10.2008. aprueba el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial que entró en vigencia a partir del 01 de enero del año 2011.

Se recomendó su aplicación anticipada en el año 2009.El PCGE ha sido homogenizado con las NIIF,

contemplando aspectos relacionados con la presentación y revelación de información. En la parte final de la descripción y dinámica contable de cada cuenta, se ha incluido referencias a las NIIF, las que corresponden al modelo contable vigente en el Perú, a partir del cual las empresas seleccionan y aplican políticas contables.

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NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF).

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Son pronunciamientos técnicos que permiten conocer cómo deben registrarse las distintas transacciones económicas que efectúan las diferentes empresas, a su vez sirve de guía para la preparación de la información financiera que debe presentarse en los estados financieros.

Son normas de alta calidad, orientadas al inversor, cuyo objetivo es reflejar la esencia económica de las operaciones del negocio, y presentar una imagen fiel de la situación financiera de una empresa.

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COMITÉ DE NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD

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IASC, en inglés, fue reestructurado y reemplazado por un nuevo cuerpo internacional que lidera la armonización contable que es Junta de Estándares (Normas), internacionales de la contabilidad (siglas en inglés IASB), quien asumió con fecha 01.04.2001 la responsabilidad de fijar los estándares de contabilidad que realizaba el IASC.

El IASB, estableció que las normas que apruebe recibirán la denominación “International Financial Reporting Standards”, en castellano Normas Internacionales de Información Financiera.

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COMITÉ DE NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD

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El IASB el 01.04.2001 aprobó una resolución por la que todas las normas e interpretaciones emitidas por el IASC, las denominadas NIC`s, continúen aplicables hasta que sean modificadas o derogadas por ella.

Hasta la fecha el IASB, publicó 8 normas con el nombre de NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera), con sus respectivas interpretaciones IFRIC.

Perú, a través de la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú, al ser miembro de la Federación Internacional de Contabilidad (IFAC), está comprometido a poner en práctica las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

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CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD

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Este organismo de participación y normativo del Sistema Nacional de Contabilidad en el Perú, por Resolución No. 034-2005-EF/93.01 publicada el 02 de marzo de 2005, oficializa la aplicación de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), en forma obligatoria desde el 1º de Enero de 2006.

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VALIDEZ DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS

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La Ley General de Sociedades en su artículo 223 señala que: “Los Estados Financieros(1) se preparan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país”.

El Consejo Normativo de Contabilidad por Resolución No. 013-98-EF/93.01 “que los principios de contabilidad generalmente aceptados son aquellas disposiciones recogidas en las Normas Internacionales de Contabilidad oficializadas (hoy Normas Internacionales de Información Financiera) y las normas establecidas por organismos de supervisión y control dentro del marco teórico en el que se apoyan las referidas normas”.

(1) Balance de Situación, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y Estado de Flujo de Efectivo.

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MANUAL PARA PREPARACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS.

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De acuerdo al artículo 30 de la Ley del Mercado de Valores indica que la CONASEV (Hoy SMV), establece las normas contables para la elaboración y presentación de los estados financieros de los emisores y demás personas naturales o jurídicas sometidas a su control y supervisión.

Por Resolución CONASEV (HOY SMV), 103-99-EF/94.10 y modificatorias se aprueba el Reglamento de Información Financiera y el Manual para la Preparación de la Información Financiera que serán aplicables para todas las empresas y personas jurídicas sometidas a su control y supervisión.

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NORMAS REFERIDAS A LIBROS Y REGISTROS CONTABLES

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1. Tipos de Contabilidad para efectos tributarios:a) Contabilidad Completa.b) Contabilidad Simplificada.c) Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER).d) Régimen Único Simplificado. (RUS). No están

obligados a llevar ni libros ni registros contables. Para efectos contables todas las empresas y

entidades están en la obligación de llevar contabilidad completa.

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CONTABILIDAD COMPLETA

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Para contribuyentes acogidos al Régimen General del Impuesto a la Renta que tengan ingresos mayores o iguales a 150 UIT (Unidad Impositiva Tributaria equivalente en 2013 a S/.3.700).

Libro de Inventarios y Balances. Libro de Caja y Bancos. Libro Diario. Libro Mayor. Registro de Compras. Registro de Ventas e Ingresos.

Libro de Retenciones. Registro de Activos Fijos. Registro de Costos. Registro de Inventario Permanente de Unidades Físicas. Registro de Inventario Permanente Valorizado.

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CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

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Contribuyentes acogidos al Régimen General de Impuestos a la Renta que obtengan ingresos menores a 150 UIT anuales :

Libro Diario Simplificado, reemplazaría el Libro Diario, el Libro Mayo, y el Libro Caja y Bancos.

Registro de Ventas Registro de Compras.

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RÉGIMEN ESPECIAL DE IMPUESTO A LA RENTA (RER)

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Sólo están obligados a llevar Registro de Compras y Registro de Ventas.

El monto de sus ingresos netos no debe superar los S/.525,000 anuales.

No deben tener más de 10 personas por turno de trabajo.

El valor de los activos fijos no deben superar, excepto predios y vehículos, los S/126,000.

Afectos al IGV con 18% y 1.5% de sus ingresos netos.

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BIBLIOGRAFIA UTILIZADA

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Ataupillco Vera, Dante. “Plan Contable General Empresarial”. Editorial Ivera Asociados. Primera Edición. Octubre 2009. Lima. Perú.

Chávez Ackermann, Pascual. “Contabilidad. Fundamentos y Principios”. Editorial San Marcos. Lima. Perú.

www.sunat.gob.pe. Visitado el 2.05.2012.

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