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  • CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTFICAS

    MINISTERIO DE EDUCACIN Y CIENCIA

    Volumen LXVI N 236 enero-abril 2006 Madrid (Espaa) ISSN: 0034-8341

    CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTFICAS

  • Revista de Indias, 2006, vol. LXVI, nm. 236 Pgs. 57-86, ISSN: 0034-8341

    ESTADO, CLASES Y REAL HACIENDA EN LOS INICIOS DE LA CONQUISTA DEL PER

    POR

    ANTONIO ACOSTA

    Universidad de Sevilla

    El artculo aborda la existencia de una serie de contradicciones econmicas y sociales entre

    los diferentes grupos de intereses existentes en la sociedad y en la administracin de la Monarqua castellana al comienzo del siglo XVI. Dichas contradicciones se proyectaron en la conquista de las Indias y sus efectos, igualmente de carcter contrapuesto, constituyen el problema central del trabajo.

    PALABRAS CLAVES: Estado, clases sociales, Real Hacienda, conquista, Per, siglo XVI.

    1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

    El presente artculo aborda, en los inicios del llamado Estado Moderno en el

    siglo XVI, el estudio de un problema que mantiene su vigencia en el actual Estado del capitalismo neoliberal porque es inherente a su naturaleza y funcionamiento como tal. Se trata de la relacin existente entre los conflictos de intereses en el seno de una determinada sociedad por un lado, y el carcter de clase del aparato del Es-tado por otro. Con los necesarios e importantes matices segn los casos y en este trabajo se sealarn algunos, nos situamos en la posicin terica que sostiene que el aparato de los Estados suele ser controlado por la/s clase/s dominantes de las sociedades, que se aseguran con ello la reproduccin de las relaciones de poder. Desde tal posicin, en las sociedades estatales dichos sectores no se limitan a ejer-cer su dominio en el terreno de las relaciones productivas sino que, siendo esto as y derivado de ello, prolongan adems el ejercicio de su dominio al plano de la estructura poltica de los poderes del Estado, bien se hallen estos unificados, o separados como en el caso del Estado democrtico burgus1.

    1 Un referente de esta perspectiva para la Europa Moderna es Perry ANDERSON, El Estado absolutista, Madrid, Siglo XXI, 1979. Sobre el problema terico del control de la superestructura,

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    Derivado de ello y en tanto que parcela estratgica del Estado, la Hacienda incluyendo la estructura fiscal y de gastos, a la que est dedicado especfica-mente este artculo, es simplemente uno de los territorios en los que se manifiesta el control que las clases dominantes ejercen sobre el mismo. En efecto, como viene sucediendo desde los Estados de la antigedad a pesar de los cambios de las estructuras econmicas a partir de las cuales los Estados se han construido, son aqullas las que, en una sociedad dada, establecen y gestionan las estructuras fiscales en funcin de sus intereses al objeto de hacer que el aparato poltico y administrativo del Estado funcione reproduciendo las relaciones sociales existen-tes. La Hacienda es un terreno del Estado sobre el que, por una parte, los intere-ses dominantes actan para definirlo pero, de otra, a su vez es reflejo y agente de reproduccin del conjunto de dichos intereses, acusando en ambos casos la exis-tencia de eventuales conflictos internos. En palabras de Robert Schnerb aplica-bles a este caso: El hecho financiero es una parte del conjunto econmico, social y poltico, signo de este conjunto, pero tambin producto y factor2.

    Ahora bien esta realidad, que es consistente a lo largo de la historia del Estado, puede llegar a ser fluida y de hecho ha reflejado los cambios en las relaciones de poder en momentos especficos del pasado. La colonizacin de Amrica por ejem-plo, especialmente en sus inicios, fue un proceso muy dinmico a lo largo del cual este problema experiment una evolucin claramente apreciable; un perodo en el que los cambios de relaciones entre las clases sociales repercutieron con toda clari-dad en la estructura y el funcionamiento de la Hacienda del Estado. Pues bien, en este artculo se abordarn algunos aspectos de este problema buscando resaltar este tipo de transiciones, as como las contradicciones de intereses derivadas de ellas3.

    * * * La larga etapa de recuperacin econmica y demogrfica que se haba inicia-

    do en Europa desde la segunda mitad del XV, en la que el capital comercial tuvo uno de los papeles protagonistas, dio como consecuencia la transformacin de las estructuras sociales de las distintas naciones del continente, y de ella tambin

    vase entre otros Gran THERBORN, Cmo domina la clase dominante?, Madrid, Siglo XXI, 1979. Una sntesis de diferentes posiciones sobre la teora del Estado desde el marxismo hasta las vspe-ras de la explosin del neoliberalismo se puede encontrar en Heinz Rudolf SONNTAG y Hctor VA-LECILLOS, El Estado en el capitalismo contemporneo, Mxico, Siglo XXI, 1977. Sobre el neolibe-ralismo ver Bob JESSOP, Crisis del Estado de Bienestar: Hacia una nueva Teora del Estado y sus consecuencias sociales, Bogot, Siglo del Hombre Editores, 1999.

    2 En Jean BOUVIER (comp.), Deux sicles de fiscalit franaise, XIXe-XXe sicles: histoire, conomie, politique, Paris, cole de Hautes Etudes de Sciences Sociales,1973.

    3 El problema terico de utilizar el concepto de Estado para una realidad con fragmentacin jurisdiccional, como era la Espaa de la Edad Moderna, ha sido obviado por la historiografa con el uso de la expresin Estado Moderno. Aqu se trabaja siendo consciente de esta importante circuns-tancia. Sobre la mencionada fragmentacin, ver Bartolom YUN CASALILLA, La gestin del poder. Corona y economas aristocrticas en Castilla (siglos XVI-XVIII), Madrid, Akal, 2002.

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    particip el reino castellano. Una de las lneas de esta transformacin consisti en la expansin y diversificacin del universo social de los sectores urbanos: las oli-garquas, los sectores comerciales, artesanales, los diferentes tipos de asalariados y tambin los desheredados4. Estos cambios sociales se traducan en nuevas alianzas, pero tambin en conflictos de intereses que, adems de en otros espacios, tenan su expresin en el mbito del Estado, donde miembros de las nuevas oligarquas ur-banas comenzaban a incorporarse a las estructuras administrativas cada vez ms extensas de la Monarqua. En plena fase de expansin econmica, las tradicionales clases dominantes castellanas sobre todo los grandes terratenientes organizados corporativamente en la nobleza, la alta jerarqua eclesistica y las rdenes milita-res estaban reforzando su alianza para seguir ejerciendo el poder en torno a una Monarqua que se mova en un esfuerzo centralizador, aun cuando el proceso no fuera uniforme ni monoltico5. En este marco era lgico que se produjesen cambios en una estructura tan determinante para el sostenimiento de la Monarqua como era la de la Hacienda Real. Pues bien, este trabajo se enmarca en ese contexto y pre-tende comprender algunas de las contradicciones de clase que se estaban produ-ciendo en los orgenes de la formacin del Estado Moderno en la transicin del siglo XV al XVI o, visto desde otro ngulo, en el nacimiento del capitalismo.

    En coherencia con lo que se acaba de plantear, la Hacienda Real fue adqui-riendo un papel fundamental, primero, para el Estado centralizado que comenza-ron a definir los Reyes Catlicos desde fines del siglo XV y, posteriormente, para el proyecto de Estado imperial que empez a planificar Carlos V desde 1519. Esto ya fue sealado por R. Carande, quien tambin apunt el destacado papel que las remesas de metales de las Indias fueron adquiriendo desde muy pronto en los ingresos de la Monarqua, no tanto por su volumen cuanto por su regulari-dad6. Como es sabido, las rentas de la Corona procedentes de Indias nunca llega-ron ni siquiera a igualar a las recaudadas en Castilla: a mediados del siglo XVI suponan aproximadamente el 10% y a fines del siglo ascendan al 20%7. Sin

    4 Sheldon J. WATTS, A Social History of Western Europe (1450-172), Hutchinson University

    Library, Londres, 1984. 5 De hecho continu existiendo un mbito de jurisdiccin seorial, con su sistema fiscal para-

    lelo al de la Corona, que daba lugar a roces, aunque tambin a complicidades. Ver Antonio DO-MNGUEZ ORTZ, El Antiguo Rgimen: Los Reyes Catlicos y los Austrias, Madrid, Alianza Univer-sidad, 1983; Benjamn GONZLEZ ALONSO, Sobre el Estado y la Administracin de la Corona de Castilla en el Antiguo Rgimen, Madrid, Siglo XXI, 1981; Angus MACKAY, Hacienda y sociedad en la Castilla bajomedieval, Bartolom BENASSAR, et al., Estado, Hacienda y sociedad en la His-toria de Espaa, Valladolid, Universidad de Valladolid, 1989, pp. 45-78. Bartolom YUN CASALI-LLA, Aristocracia, Corona y oligarquas urbanas en Castilla ante el problema fiscal. 1450-1600, [3], pp. 73-104.

    6 Ramn CARANDE, Carlos V y sus banqueros, Madrid, Sociedad de Estudios y Publicacio-nes. 3 vols. 1949, BENNASSAR et al. [5].

    7 John LYNCH, Espaa bajo los Austrias / 1. Imperio y absolutismo (1516-1598), Barcelona, Pennsula, 1982 (4 (ed.) ampliada y revisada), p. 180.

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    embargo, desde muy pronto, ya en la primera mitad del XVI, Carlos V y sus go-bernantes, atrapados en una deuda galopante, comenzaron a considerar las rentas indianas como una aportacin constante y creciente, que exigan cada vez con ms vehemencia como si el trabajo indgena y los metales fueran inagotables. En esa coyuntura el Per, por la notable capacidad productiva de su poblacin nativa y por el volumen de su produccin minera, se constituy en un territorio estrat-gico tanto para el capital comercial privado que era el motor de la colonizacin americana, como para la Hacienda de la Monarqua que es la parcela que ms interesa aqu. A partir de 1532 con la captura de Atahualpa en Cajamarca pero, sobre todo, en la dcada de 1540, tras el comienzo de la produccin de Potos, el comercio con Per comenz a absorber casi el 60% del comercio con las colo-nias8. Por otra parte, en trminos de rentabilidad fiscal, las remesas procedentes del Per, aunque irregulares, supusieron pronto porcentajes superiores al 50% del conjunto de las enviadas desde Amrica. De manera que, en efecto, se puede afirmar que la Real Hacienda del Per pronto se convirti en un elemento rele-vante de lo que puede considerarse la economa poltica del Estado de Carlos V y, de hecho, as era estimado por los responsables polticos peninsulares de aque-llos momentos9.

    Pero, la gestin de los fondos de la Hacienda indiana en amplio sentido (que inclua su composicin, recaudacin, empleo en Indias y remisin a la metrpo-li), estuvo condicionada por caractersticas del propio proceso de la conquista de las Indias desde los primeros aos del Caribe. Algunas eran de ndole estructural material o geogrfica, pero las ms trascendentes se derivaban de las relaciones que se fueron estableciendo durante dicho proceso entre los diversos componen-tes de las sociedades que entraron en conflicto. No se trataba slo aun siendo lo esencial de la confrontacin entre el mundo indgena y el invasor europeo que extraa el excedente econmico de aqul, sino del cruce de intereses y de las contradicciones que fueron surgiendo en el interior de este ltimo entre los dife-rentes sectores de la sociedad castellana que se incorporaron a la ocupacin de las Indias. Esta dinmica condicion fuertemente la gestin de la Real Hacienda por los oficiales y las autoridades encargados de ella, y afect poderosamente a los intereses econmicos de la propia Corona. Y ello fue as hasta el punto de que, a raz de los efectos de dichos conflictos de intereses sobre el proyecto de Estado imperial, la Corona se decidi en torno a 1540 a abrir una crisis poltica y a promulgar una legislacin, en 1542, que modificase algunas de las condiciones que marcaban hasta entonces la gestin de la Hacienda colonial. Los efectos de ambos fenmenos a largo plazo quedarn fueran del alcance de este artculo.

    8 Pierre et Huguette CHAUNU, Seville et lAtlantique. (1504-1650), 11 vols. Paris, SEVPEN, 1956; Antonio Miguel BERNAL, La financiacin de la Carrera de Indias (1492-1824). Dinero y crdito en el comercio colonial espaol con Amrica, Sevilla, Fundacin El Monte, 1992.

    9 Philip DEANE, El Estado y el sistema econmico. Introduccin a la historia de la teora po-ltica, Barcelona, Crtica, 1993; CARANDE [6], Vol. II, 1949, pp. 96-147.

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    Al estudiar los inicios de la colonizacin espaola, tradicionalmente se han resaltado de forma casi exclusiva los aspectos blicos y, en mucha menor medida los econmicos y polticos de los conflictos de intereses entre espaoles, de los cuales, en los Andes, los ms conocidos son las conocidas guerras civiles del Per. Pero no fueron ni de lejos los nicos y, en todo caso, no se han sealado suficientemente las consecuencias de las contradicciones entre las clases sociales involucradas en la conquista acerca de la estructura econmica colonial en gene-ral, por un lado, y ms especficamente sobre la Hacienda Real por otro, que es lo que interesa en este trabajo.

    La colonizacin de las Indias vino a abrir un nuevo horizonte en esta cam-biante sociedad castellana del XVI. Numerosos efectivos de los sectores sociales emergentes encontraron la posibilidad de escalar social y polticamente en las Indias, donde sbitamente fue necesario ocupar numerosos puestos administrati-vos, desde gobernadores a oidores de Audiencias, cargos municipales, eclesisti-cos y de la administracin de la Hacienda. Slo en este ltimo mbito fueron necesarias decenas y hasta centenares de personas para ocupar los nuevos puestos de oficiales reales. stos, convertidos en encomenderos por ley, encontraron la posibilidad de integrarse en lo que pudiera considerarse una nueva clase social cuyos miembros controlaban mano de obra indgena y tierra gratis e ingresaba pinges rentas gracias a la encomienda, exclusivamente en virtud de la conquista.

    Pero, frente a esta realidad colonial protagonizada por conquistadores y en-comenderos entre los que estaban los oficiales de Hacienda, la propia Corona como titular del Estado, por una parte, sostenida por los grandes terratenientes que lo controlaban tenan sus intereses de recaudacin de rentas tanto a ttulo institucional como personal mientras que, por otra, los mercaderes que hacan el comercio desde la Pennsula con las Indias manifestaban tambin los suyos tra-tando de ampliar las tasas de ganancia por cualquier medio posible10. Esto co-menz a producir, desde la conquista del Caribe pero con mayor intensidad en el caso peruano, frecuentes colusiones de intereses que se manifestaban en el terre-no de la Real Hacienda. Por algunos de los aspectos de este problema nos intere-samos en las siguientes pginas.

    2. PRIMEROS CONFLICTOS EN TORNO A LA HACIENDA Y REACCIONES DE LA CORONA Los primeros conflictos y diferencias en torno a la gestin de la Hacienda en

    la conquista del Per, tuvieron lugar antes del encuentro con Atahualpa en 1532. Ya en 1531 en la entrada a Coaque en la costa del actual Ecuador, Francisco Pizarro, que haba partido hacia Per sin esperar la llegada de los oficiales reales nombrados en Espaa, dispuso que las primeras operaciones de la Real Hacienda

    10 Sobre tensiones sociales ante el hecho fiscal en Espaa, vase Bartolom YUN [5].

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    las efectuaran personas de su confianza y no las nombradas por la Corona11. Poco despus, en la isla de la Pun, cuando los oficiales reales Alonso Riquelme, Gar-ca de Salcedo y Antonio Navarro se haban unido a la expedicin principal, Pi-zarro adujo un comportamiento sedicioso por parte del tesorero Riquelme en las primeras acciones de conquista y no dud en abrirle un expediente informativo del que se desprendieron graves irregularidades en el ejercicio de las funciones tanto del propio Riquelme como del veedor Garca de Salcedo. Aparentemente pareci probado que los oficiales reales haban participado en el saqueo de po-blaciones indgenas, desatendan el ensaye, la marca y la recaudacin de los quin-tos, descuidaban la caja de las tres llaves, retenan de forma privada plata recau-dada que despus negociaban y efectuaban operaciones mercantiles con toda clase de mercaderas12. En realidad todo ello no era ms que el comienzo de una fulgurante carrera que proporcionara a stos y a otros de los primeros oficiales reales deslumbrantes fortunas y florecientes empresas13. Y en el fondo no se tra-taba de ninguna novedad, puesto que ya en el Caribe y posteriormente en Nueva Espaa los oficiales reales se haban venido ocupando de importantes negocios de todo tipo: mineros, agrcolas y comerciales14. En todo caso, los problemas entre Pizarro y los oficiales eran conflictos internos en el grupo de conquistado-res, donde lgicamente el Adelantado pretenda dejar claras las diferencias de autoridad entre s, aunque el hecho de que no procediera contra los oficiales re-ales por su comportamiento, como deba haber hecho, indicara un cierto juego en el ejercicio del poder adems de dejar claro quin tena la autoridad y poner en evidencia la honradez de los oficiales.

    Por lo dems, la difcil relacin inicial de Pizarro con los oficiales reales ade-lantaba lo que seran en el futuro algunas de las contradicciones que se mencio-naron arriba, en especial la que haca que uno y otros desempearan simultnea-

    11 Fueron Hernn Gonzlez como tesorero y Blas Atienza como contador. En la entrada a

    Coaque se obtuvieron poco ms de 3.000 pesos de diferentes leyes y, pese a lo breve de su accin, Gonzlez y Atienza resultaron alcanzados en 120.366 maraveds, que pagaron. Ver Archivo Gene-ral de Indias (en adelante AGI), Contadura l679.

    12 Informacin a instancias de Francisco Pizarro contra Alonso Riquelme. Tmbez, l3 de abril de l532. AGI, Patronato 28, R.55.

    13 Sobre A. Riquelme, Teodoro HAMPE, El tesorero Alonso Riquelme y la administracin fi-nanciera en la conquista del Per (1521-1548), Historica, Vol. X, nm. 1, Lima, 1986, pp. 45-87; sobre Garca de Salcedo, Victoria CARMONA y Antonio ACOSTA, Real Hacienda y negocios. Gar-ca de Salcedo, Oficial Real en Lima (1532-1556), Jahrbuch fr Geschichte von Lateinamerikas, Band, 36, Colonia, 1999, pp. 34-61.

    14 Acerca de antecedentes en este terreno, ver Mario GNGORA, Los grupos de conquistadores en Tierra Firme (l509-l530). Fisonoma histrico-social de un tipo de conquista, Santiago de Chile, Universidad de Chile, l962; Jalil Sued BADILLO, El Dorado borincano. La economa de la conquis-ta, 1510-1550, San Juan, Eds. Puerto, 2001, pp. 117 y ss.; Bethany ARAM, La Contratacin entre Sevilla y Tierra Firme, 1513-1531, La Casa de la Contratacin y la navegacin entre Espaa y las Indias. Sevilla, Universidad de Sevilla-CSIC, 2003, pp. 279-314; Charles GIBSON, Los aztecas bajo el dominio espaol, Madrid, Siglo XXI, 1967, pp. 83 y ss.

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    mente el papel de agentes privados y de servidores de la Corona. Esto alcanz una especial gravedad con ocasin de las dos operaciones de rescate y fundicin de metales de los mayores botines obtenidos hasta entonces en la historia de las Indias: los de Cajamarca y Cuzco, en 1532 y 1536. Dada la magnitud de lo fun-dido y recaudado cifras prximas al milln y medio de pesos y a los dos millo-nes respectivamente estas fundiciones dieron lugar a graves escndalos por el nivel del fraude practicado sobre los ingresos de la Corona, en la misma lnea y con las mismas prcticas que las ya mencionadas anteriormente, que no tardaron en trascender a la metrpoli y de los que era responsable ltimo, por encima de los oficiales reales, Francisco Pizarro.

    En estas operaciones se pusieron en evidencia las posiciones encontradas de las partes que intervenan en la conquista en un esquema de comportamiento l-gico, pero no simple que, en todo caso evidenciaban las contradicciones de inte-reses no ya personales, sino de clase que se ilustrarn mejor en las pginas que siguen. De un lado la Corona y los sectores que controlaban la poltica indiana reaccionaron tratando de esclarecer lo que estaba sucediendo en la Real Hacienda del Per para, eventualmente, dar solucin a los problemas de recaudacin de rentas. De otro, el adelantado y gobernador Francisco Pizarro que estaba co-menzando tambin la acumulacin de una importantsima fortuna personal y fa-miliar, y que no era ajeno a estas mismas expectativas15, ms los capitanes de conquista y la hueste, ante la posibilidad de reparto de cantidades de oro y plata nunca vistas, presionaban por obtener los mayores porcentajes en el reparto. Por su parte, los oficiales reales, que desde luego no eran expertos ni profesionales puros de la administracin, aunque recibieran un salario, y que ya haban dado muestras de no excesivo celo en el ejercicio de su funcin, colaboraron en la ta-rea de ampliar sus propios beneficios16.

    * * * Este enrarecido ambiente en torno a la Real Hacienda creado tan pronto en la

    conquista del Per produjo las primeras alarmas institucionales en la Corte, don-de se dispuso la primera visita de inspeccin a la colonia. La visita fue encomen-dada en 1536 al obispo de Panam, el dominico fray Toms de Berlanga, un per-sonaje de escaso peso poltico, para investigar las condiciones iniciales de fun-cionamiento de la Hacienda en los Andes, que estaban dando lugar a las irregularidades citadas17.

    15 Rafael VARN GABAI, La ilusin del poder. Apogeo y decadencia en la conquista del Per,

    Lima, IEP-IFEA, 1997. 16 Contrastar el perfil de estos oficiales con lo que afirman sin suficientes matizaciones en sus

    trabajos Jos Mara GARCA MARN, La burocracia castellana bajo los Austrias, Sevilla, 1977; Teodoro HAMPE, Los funcionarios de la Monarqua catlica en Amrica (Notas para una caracte-rizacin poltica, econmica y social), Histrica, Vol. XVI, nm. 1, Lima, 1992, pp. 89-119.

    17 Rafael VARN GABAI, El clero y las fiscalizacin imperial en la conquista del Per. La ac-

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    En 1536, en medio de la rebelin general indgena, Pizarro recibi hostilmen-te al obispo y se neg a colaborar con l. El religioso no pudo tener acceso a las cuentas de los oficiales reales, por lo que slo realiz un informe, aunque bastan-te certero, sobre el funcionamiento del fisco que puso en evidencia el descuido con el que se gestionaba la Hacienda del rey, de lo que el gobernador era respon-sable. Pizarro se defendi y refut todos los cargos que haba incluido el obispo en su informe y, aunque en algunos casos no existe documentacin complemen-taria para poder comprobar la veracidad de lo esgrimido por Berlanga o de lo refutado por Pizarro, existen otros para los que se dispone de informacin que desmiente las explicaciones del gobernador18.

    Sin embargo, la Corona, en lugar de tomar decisiones que significaran un cambio en el desordenado funcionamiento de la Hacienda algo difcil para el Consejo de Indias por razones que se vern, sigui concentrando sus esfuerzos por el momento en atender la evidencia de los fraudes cometidos y en las denun-cias de mala gestin disponibles a partir de los informes del obispo Berlanga y de otros particulares. As, en Espaa el fiscal Villalobos, del Consejo de Indias, ini-ci una querella en 1537 contra Francisco Pizarro, Diego de Almagro, los oficia-les reales y otros espaoles por los muchos fraudes cometidos a la Hacienda durante los cinco aos que llevaban en los Andes en perjuicio del real patrimo-nio. Es claro que esta accin responda a los intereses del Estado, de la Monar-qua, que estaba dejando de ingresar importantsimas cantidades de recursos por la actuacin y los intereses de algunos de sus servidores en Per. Pero como se comprobar, paradjicamente, estos ltimos servidores que provocaban los frau-des a la Hacienda eran apoyados por los ms altos gobernantes de la Corte en materia de poltica indiana, los cuales en flagrante contradiccin, tampoco pare-can apoyar por completo los intereses del Estado cuyo gobierno ellos dirigan.

    El grueso de la acusacin del fiscal contra las autoridades del Per se centra-ba en el reparto del botn conseguido en la toma del Cuzco, en el que los inculpa-dos haban robado ms de tres millones de oro (sic) que, pese a haber anuncia-do Pizarro con anterioridad que se destinara al emperador, junto con la misma ciudad, sus trminos e indios, fueron distribuidos entre los conquistadores19. Se-gn el fiscal, que se basaba en abundantes testigos, en la recaudacin de los ingre-sos de la Hacienda los oficiales reales no slo dejaron de cobrar lo correspondiente al rey por el interese particular que de el repartimyento les caba, sino que secre-tamente amenazaban a los que haban recibido oro y plata en el reparto con que lo

    tuacin de Hernando de Luque, Vicente de Valverde y Toms de Berlanga, Boletn de Instituto Riva-Agero, nm. 19, Lima, 1992, pp. 111-132.

    18 Requerimiento de Fray Toms de Berlanga a Francisco Pizarro, Alonso Riquelme y Garca de Salcedo. Lima, 6 noviembre l535. AGI, Patronato l92, n.l, R. l2.

    19 En efecto, siguiendo la tradicin medieval, F. Pizarro haba decidido en principio que, co-mo la pieza ms valiosa de la conquista, la ciudad del Cuzco sera reservada como la joya al monarca.

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    haban de dar por perdido al no estar marcado. As consiguieron que muchos les vendiesen plata y oro por quintar y marcar, que volvan a vender a mayor precio al estar marcada. En la operacin, los oficiales cobraban el quinto real

    en el mejor oro y plata que ava y tomando el peso de ello muy largo y corrien-te hasta el suelo en favor de vuestra rreal hacienda y mudando y trocando el oro y plata tomando para si lo bueno y poniendo en lugar de ello otro de menos lei y dandolo por menos peso no tan largo y corriente como lo avian rreibido y favoresiendolo el dicho gobernador20

    Estos cargos y otros dirigidos a los oficiales reales movieron a Carlos V, a

    pesar de las buenas relaciones de Francisco Pizarro en la Corte y sin perjuicio de la querella del fiscal, a designar un segundo juez de comisin para tomar las cuentas de los oficiales de la Hacienda. Lo infructuoso de la gestin de Berlanga por una parte, los datos revelados a partir de la querella del fiscal Villalobos por otra, y lo que sin mucho riesgo podramos calificar de intrigas de fray Vicente Valverde en la Corte por ltimo, hicieron que en 1538 Carlos V encargase a este dominico una comisin similar a la anterior del obispo de Panam, aunque inclu-yndose en ella otras cuestiones adems de la Hacienda. Valverde era en princi-pio lo que se podra llamar un hombre de Pizarro, quien lo haba reclutado en 1529 en Espaa. Pero algo le hizo distanciarse de l hasta el punto de aceptar la comisin de informar sobre el estado de la gobernacin, al tiempo que se le nom-braba obispo de Cuzco.

    El recin nombrado obispo tena ms relevancia poltica que Berlanga, conoca bien la conquista del Per y no necesitaba de profundas averiguaciones para saber qu suceda. Sobre esta base, inform al rey en la misma lnea del obispo de Panam sobre los mismos problemas que ste haba detectado y denunciado, pero aadiendo algunos datos o aspectos novedosos. En el ambiente andino de los ltimos tres aos no se haba producido ninguna novedad que hubiera modificado la gestin de la Hacienda, sino todo lo contrario. De entrada, no exista una caja propiamente dicha que tuviera tres llaves, cada una en poder de un oficial real, como estaba regulado para las Indias; sorprendentemente, todo el oro y la plata que hasta entonces se haba manejado se guardaba en casa del tesorero Alonso de Riquelme. Dada esta circunstancia no es de extraar que, aos ms tarde, a la muerte del tesorero, los alcances que se hicieron a sus cuentas ascendieran a casi 100.000 pesos y no pudie-ran ser cubiertos ni siquiera con sus valiosas propiedades21.

    20 Roberto LEVILLIER, Gobernantes del Per, Madrid, Biblioteca del Congreso Argentino,

    1921-1924, Vol. II, p. 84. 21 AGI, Justicia 425, R.4 y Justicia 486, R.2. Lo interesante del problema es que, a pesar de

    que el paso del tiempo modificara rasgos del funcionamiento de la Real Hacienda, en l569, a la llegada del virrey Toledo al Per, una de sus ms insistentes disposiciones en este terreno fue la de hacer cumplir la norma de la existencia de la caja de tres llaves.

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    Por otra parte, la marca real con que se sellaba el oro y la plata ya quintados tampoco se guardaba como era reglamentario y existan nada menos que cinco copias, con lo que el control de su uso era prcticamente imposible. En cuanto a la contramarca que se utilizaba para grabar el metal del rey, con objeto de que no se pudiera negociar con l, se encontraba en las mismas circunstancias. Valverde apuntaba, adems, que en ocasiones no se haba utilizado y recomendaba que en adelante no dejara de contramarcarse todo el oro y la plata procedente de los quintos. Por otra parte, adverta el obispo, el proceso de fundicin y quintaje se haca sin ningn orden, entrando muchas personas juntas en las estancias donde se llevaba a cabo, por lo que insista en que la operacin se hiciera por turnos e individualmente. Por ltimo, los oficiales no llevaban ningn control de la docu-mentacin donde registraban las partidas, usando hojas sueltas en lugar de un libro ni en el firmarlas los tres, as como tampoco en el archivo de la correspon-dencia, provisiones y cdulas emitidas por la Corona tocantes a la gestin de la Hacienda22.

    A diferencia de lo que ocurri con el obispo Berlanga, Valverde comenz a tomar las cuentas de la Real Hacienda en Pachacamac, haciendo que el tesorero exhibiera los libros de cargo y data, los cuales rubric. Hubo detalles en las cuen-tas que se intentaron arreglar; as por ejemplo Valverde descubri que en poder de Riquelme estaban unos grandes cntaros de plata que Hernando Pizarro haba asignado al emperador sin que se hubiera hecho de ellos cargo el tesorero; el obispo orden que se registraran como cargo y se declarasen como Real Hacien-da. Y an, que otro cntaro de 50 marcos que pareci no haber entrado en poder del tesorero, se cobrase de Hernando Pizarro o de quien fuese obligado.

    Pero lo importante fue el resultado final de la inspeccin, que no se puede re-sumir aqu en toda su extensin. Por las declaraciones juradas de los oficiales re-ales, Valverde pudo establecer que Alonso Riquelme deba de alcance 16.657 pe-sos de buen oro y 4.016 marcos de plata que, calculados a una media de cuatro pesos el marco, haca un total de 32.721 pesos, que reflejaban el escaso rigor que exista en la contabilidad de la Hacienda peruana. A pesar de las dificultades y li-mitaciones existentes, subjetivas y objetivas, Valverde pudo profundizar ms que Berlanga en la revisin de una parte al menos de la contabilidad de la Hacienda y en la fijacin de alcances, pero problemas surgidos de parte de los propios oficiales reales y la falta de un navo para enviar los resultados de sus primeras gestiones a Espaa, impidieron que stas fuesen conocidas con prontitud23.

    Las condiciones materiales en que se desarrollaba la gestin de la Hacienda eran sin duda difciles: las circunstancias fsicas en que se tenan que hacer las fundiciones, las circunstancias que rodeaban el de los transportes de los metales, la imprecisin de los pesos, la inexistencia en ocasiones de instrumentos esencia-

    22 AGI, Lima 565, L. III, l4l-l43 v. 23 Real Cdula al obispo Valverde. Madrid, 8 noviembre l539. AGI, Lima 565, L. III, f. l35-l39v.

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    les como eran los cuos, o, desde otro punto de vista, la gran rebelin indgena de 1536 y las luchas entre los propios espaoles, entre otras circunstancias, hacan que el contexto de la gestin de la Hacienda en estos primeros aos no fuera ideal. Pero no es menos cierto que, como se ha mostrado, no se estaba poniendo cuidado en trmites importantes de la gestin como era la celebracin de acuer-dos o juntas entre el gobernador y los oficiales reales lo que ms tarde sera la Junta de Hacienda para hacer un seguimiento de las cuestiones de esta parcela de la administracin, y sobre todo, que exista una falta de control de Pizarro sobre los oficiales que, como resultaba ms que evidente por su rpido enrique-cimiento, usaban fondos de la Hacienda para su beneficio particular24.

    Ahora bien, la pregunta que cabe hacerse es qu consecuencias polticas es-taba teniendo tal cmulo de evidencias sobre tan mala gestin de la Hacienda, con tan serios efectos sobre las rentas de la Monarqua en momentos tan delica-dos desde el punto de vista financiero? La respuesta, sorprendentemente, es que no estaba teniendo ninguna y ello requiere una explicacin. Una parte de la mis-ma cabe achacrsela a los golpes de efecto conseguidos por Pizarro al enviar ex-traordinarias cantidades de metales a la Corte en momentos controvertidos, con lo que tapaba cualquier eventual reaccin sancionadora en su contra. As ocurri, por ejemplo, despus de la fundicin de Cajamarca cuando envi a su propio hermano Hernando con los 262.259 pesos que le correspondieron al monarca por los quintos.

    Pero otra parte ms importante de la explicacin se basa en las buenas rela-ciones personales que tena Pizarro no slo en la Corte, sino tambin en Indias. Un aventurero como Pizarro que, desde 1527, pareca haber tenido la fortuna de encontrar el camino a un nuevo y fabuloso botn en Indias, se converta de pronto en alguien a quien los personajes influyentes de la poltica queran tener de su lado y favorecerlo para, as, ampliar su cuota de poder al tiempo que tener acceso a mayores beneficios derivados de tal botn. En Indias, Pizarro mantena relacio-nes, por ejemplo, con el Ldo. Gaspar de Espinosa, en Panam, a quien conoca desde antes de 1522 durante los aos de pequeo encomendero de Pizarro en la zona. Espinosa financi ms tarde la expedicin definitiva para la conquista del Per y, por otra parte, probablemente le facilit nuevos contactos en Espaa cuando Pizarro viaj para preparar dicha expedicin y para obtener los nombra-mientos de Adelantado y Gobernador. Tras su paso por la Pennsula en 1529, el cardenal Garca de Loaysa, Presidente del Consejo de Indias y confesor del em-perador entre otros cargos, le tena abierta simpata; se carteaba con el Dr. Diego Beltrn, con el licenciado Juan Surez de Carvajal obispo de Lugo, y con el secretario Juan de Smano, miembros todos del mismo Consejo; mantena rela-ciones con el secretario del emperador, Francisco de los Cobos, y asimismo con

    24 LEVILLIER [20], Vol I, p. 245.

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    otros elementos de la administracin y algunos Grandes de Espaa25. Esta red de relaciones personales, que l cultivaba desde Per remitindoles sumas de meta-les algunas debidas y otras gratuitas, le ayudaron a mitigar los efectos en Espaa de una gestin claramente descuidada de la Real Hacienda. Estos contactos, de inters material y poltico mutuo, daban lugar a una alianza entre los ms desta-cados conquistadores por un lado el caso de Hernn Corts era similar26, que encabezaban un nuevo sector social, los encomenderos, definido y basado en el control de la fuerza de trabajo y la produccin indgena, del que se derivaba un notable poder econmico, y entre miembros del poder poltico de la Monarqua, por otro, elementos de las clases dominantes en la sociedad, con control de tierras e importantes rentas a ttulo personal o corporativo, como eran los componentes del alto clero Loaysa y Surez de Carvajal, o De los Cobos y Beltrn, proceden-tes del creciente mundo urbano27. Dicha alianza sin duda haca que los graves escndalos de la Real Hacienda, de los que Pizarro era responsable, tuvieran un efecto atenuado y que, a pesar de ellos, se mantuviera al gobernador en buena consideracin, como se ver enseguida28.

    No obstante todas las dificultades referidas, el gobernador lgicamente remi-ta metales a la Corona y a lo largo de su mandato se enviaron a la Pennsula con destino a la Hacienda Real 795.002 ducados y 4 reales. Si se tiene en cuenta que en esta cifra van incluidos los quintos tanto de Cajamarca, como de Cuzco, en realidad pudiera no parecer muy alta29. (Ver Grfico 1). Sera de gran inters

    25 Guillermo LOHMANN VILLENA (ed.), Francisco Pizarro. Testimonio. Documentos oficiales,

    cartas y escritos varios, Monumenta Hispano-Indiana III, Madrid, Centro de Estudios Histricos-CSIC, l986. Del mismo autor, Les Espinosa: una famille d'hommes d'affaires en Espagne et aux Indes l'poque de la colonisation, Paris, SEVPEN, l968.

    26 Sobre relaciones de H. Corts con la Corte, ver AGI, Indiferente General 419, IV-20; Jos Luis MARTNEZ, Hernn Corts, Mxico, F.C.E., 1990, p. 418; Hayward KENISTON, Francisco de los Cobos. Secretario de Carlos V, Madrid, Editorial Castalia,1980, p.115.

    27 Surez de Carvajal, que era de Talavera de la Reina como Loaysa, haba estado casado con una sobrina de ste y, al enviudar, se hizo clrigo y consigui el obispado de Lugo; Cobos haba crecido polticamente a la sombra de Lope de Conchillos, secretario de Fernando V, y Beltrn, antes de ser del Consejo de Indias haba sido miembro del Consejo de Castilla, adonde se deca que haba llegado por dinero. Jos MARTNEZ MILLN, (ed.), Instituciones y elites de poder en la Monarqua hispana durante el siglo XVI, Madrid, Eds. de la Universidad Autnoma de Madrid, 1992, p.16 y KENISTON [26].

    28 Este es el tipo de relaciones que de forma muy frecuente en la historiografa anglosajona, y especialmente norteamericana, de los ltimos aos se califica con el clich de patron-client rela-tions, que con mucha frecuencia se reduce a una frmula hueca que descuida los fundamentos econmicos que subyacen en determinadas relaciones sociales, y que son las que les confieren su naturaleza. Sobre los orgenes del tpico vase Steffen W. SCHMIDT et al. (ed.), Friends, Followers and Factions: a Reader in Political Clientelism, Berkeley, University of California Press, 1977; o S. EISENSTADT and Ren LEMARCHAND, Political Clientelism. Patronage and Development, Beverly Hills, Sage Publications, 1981.

    29 Esta es la cantidad que se deduce de la diversa y heterognea contabilidad que se conserva en archivos. Por su parte, Francisco LPEZ DE CARAVANTES en su Discurso segundo, la variedad que a tenido la administracin..., The Hispanic American Historial Review, Durham, mayo l945,

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    poder comparar esta cantidad con el total de lo recaudado en el Per por la Real Hacienda en los aos de gobierno del mismo Francisco Pizarro, pero esta cifra es imposible de conocer actualmente. Tan slo se dispone del ingreso en la Caja de Lima de forma global entre 1531 y 1548 (Grfico 2), y hay que considerar que parte de esta cantidad proceda de las Cajas delegadas del interior del Per mien-tras que, por otra parte, las cantidades recaudadas en estas mismas Cajas que se gastaron sobre el terreno y nunca se enviaron a Lima son desconocidas.

    GRFICO 1. CAJA DE LIMA - REMESAS A ESPAA Y GASTOS CUESTIONABLES (por perodos de gobierno)

    F. Pizarro P. Vaca de Castro B. Nez V.-G. Pizarro P. la Gasca0

    500

    1000

    1500

    2000Pesos (450 mrs.) x 1.000

    Remitido a Espaa Gastos cuestionables o indebidos (mnimo) Fuente: AGI, Contadura 1679, 1680 y Justicia 425.

    Lo aparentemente corto del total de las remesas a Espaa puede explicarse en

    parte por el uso que desde el comienzo de la conquista comenz a hacerse de los fondos del rey para fines que no eran estrictamente gastos de desarrollo del sis-tema colonial. En este sentido, Pizarro tom e hizo uso de los fondos de las Cajas Reales en cantidades importantes para mantener las posiciones conquistadas fren-te a la dura defensa que, por momentos, hicieron los naturales de su tierra, as como para enfrentarse a su principal enemigo espaol que termin siendo Diego de Almagro, es decir para llevar a cabo la primera de las guerras civiles. El disponer de los fondos de la Hacienda, como Pizarro hizo para reforzar la con-quista y su posicin personal, se convertira en una costumbre entre los gober-nantes futuros continuando la tradicin ya existente en las islas del Caribe y en Tierra Firme de intervenir en la Hacienda cada vez que hacan falta recursos para

    pp. 224-256 (editado por Engel SLUITER) ofrece la cifra de 757.145 ducados, relativamente pareci-da a la anterior.

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    continuar la conquista o, como sucedera con frecuencia, para financiar los en-frentamientos entre facciones de los propios conquistadores. Esta era una prctica que se puede interpretar como irregular y as es reflejado en el Grfico 1 dado que los conquistadores reciban los repartimientos de indios de parte de la Corona justamente para que, a cambio del disfrute de sus tributos, aqullos se comprometiesen a defender la tierra; es decir, que era con los beneficios que ob-tenan de las poblaciones indgenas que reciban en repartimiento con los que tenan la obligacin de proceder al mantenimiento de los territorios conquistados bajo la soberana del rey. De modo que estas intervenciones en los recursos de la Hacienda Real eran, a nuestro juicio, indebidas.

    GRFICO 2. CAJA DE LIMA, 1531-1548 Cargo, Data, Alcance, Remesas a Espaa y Rebeliones

    Cargo Data Alcance A Espaa Rebeliones0

    500

    1000

    1500

    2000

    2500Pesos (450 mrs.) x 1.000

    Fuente: AGI, Contadura 1679.

    No se conoce la cantidad exacta de dinero que Pizarro lleg a tomar de la Ca-

    ja Real, pero sin duda fue mucho y la cifra debi sobrepasar a los 300.000 pesos (Grfico 1) Se sabe que Pizarro gast los casi 100.000 pesos de un servicio hecho por vecinos del Cuzco al rey para compensar la prdida de la joya. Pero adems, ya desde 1534, Pizarro haba empezado a disponer de los bienes de di-funtos, cuando orden a los tenedores de tales bienes, Garca de Salcedo y Juan Mogrovejo de Quiones, que entregasen 40.000 pesos a Pedro Navarro, mediante el compromiso de ste de devolverlos30. Por otra parte, para la rebelin indgena

    30 Jauja, 30 noviembre l534. AGI, Justicia l065. Citado en LOHMANN [25], p.80.

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    de 1536 se manejan las cifras de entre 90.000 y 100.000 pesos tomados a la Real Hacienda para las necesidades de la defensa31. As, para la compra de caballos, armas, lanzas, rodelas, etc., con destino a los soldados constan libranzas de no menos de 40.000 pesos entre junio de 1536 y febrero de 1537. Buena parte de este dinero se entreg a mercaderes como Cristbal de Burgos y Fernando de Seplveda para que canalizaran la venta de los pertrechos, con lo que desde muy pronto los fondos del rey sirvieron para la acumulacin del capital mercantil de los primeros comerciantes que comenzaron a hacer negocios con las ganancias obtenidas de la conquista de las poblaciones indgenas andinas32.

    Desde luego que no fue Pizarro el nico en recurrir a fondos de la Hacienda cuando tuvo necesidad de ello. Diego de Almagro, segn el futuro Contador de Cuentas Agustn de Zrate, haba llegado a tomar 40.000 castellanos de la Caja de Cuzco al menos y, por otra parte, distintos capitanes de conquista igualmente acudan a las Cajas Reales con ocasin de los enfrentamientos entre espaoles o cuando iban a proceder a alguna entrada. A ttulo de ejemplo puede citarse un caso de estos aos en este sentido, que es el de Gonzalo Pizarro cuando fue a la conquista de la provincia de la Canela. En diciembre de 1540 se reuna el ya go-bernador de Quito en esta ciudad, Gonzalo Pizarro, con el contador Francisco Ruiz, el veedor Alonso Fernndez y el tesorero Rodrigo Nez de Bonilla y les explicaba que tena preparada mucha gente de a pie y de a caballo para dirigirse a la Canela. Pizarro haba gastado ya ms de 30.000 castellanos en caballos, armas, municin y otros pertrechos de guerra, pero an necesitaba 15 20.000 ms para nuevas provisiones. Haba intentado que vecinos y residentes en la villa se los prestasen sin xito, de modo que decidi tomar el oro que tena el rey en la Caja Real, que eran 10.127 pesos de oro, obligndose a devolverlos a la mayor breve-dad. Ante esta decisin, los oficiales reales dejaron al menos constancia de una requisitoria para que no los tomase33. Unos das ms tarde, el 5 de enero de 1541, Gonzalo Pizarro volva a tomar 5.690 pesos alegando que las armas y otras pro-visiones se haban encarecido. Pizarro hizo entrega al tesorero de este oro para que se ensayase con objeto de conocer con precisin su ley y que l pudiera pa-gar su justo valor. Por otra parte, orden al tesorero que pagase a mercaderes y a otras personas a quienes l comprase y firmase libramientos, dado que tendra que utilizar este recurso porque an pensaba comprar ms caballos y armas. Los oficiales dejaron de nuevo constancia de su protesta y no es conocido si Gonzalo Pizarro lleg a firmar libramientos y por qu cantidad34.

    31 Informacin de servicios de Juan de Len, que fue tesorero y contador de Lima. Lima, l6

    febrero l54l. AGI, Lima 204. 32 AGI, Escribana de Cmara 498 B. 33 Sobre actuaciones de R. Nez de Bonilla, Biblioteca Nacional del Per, Manuscritos Vi-

    rreinato (en adelante BNP-MV) A 36. 34 Pleito a instancia del fiscal Villalobos con Agustn de Zrate, pieza l, f. 75-83. AGI, Justicia l079.

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    3. AUMENTO DE LOS INTERESES CONTRAPUESTOS A AMBOS LADOS DEL ATLNTICO A partir de 1537, despus de la muerte del adelantado Diego de Almagro, la

    situacin social y poltica en Per se haba complicado an ms y se estaba ges-tando la reaccin almagrista que concluira con el magnicidio del gobernador Francisco Pizarro. Algunos informes sobre el estado de la colonia eran tan graves como el que proporcionaba en 1539 un maestre de nao y vecino de Nicaragua que viajaba a Per, quien escriba al rey diciendo que era necesario enviar all a un seor de Espaa y que le sobre la prudencia, y que haca falta no slo una Audiencia Real sino un virrey, como el de Nueva Espaa, tanto para los espao-les como para la reformacin de los indios. Juan Vzquez de vila, el autor de estas frases, aseguraba al emperador que

    ...si los indios del Pir son tratados como yo los vi tratar en lo que estuve en el Pir, V.M. no tiene vasallos naturales del Pir de hoy en diez aos, sino que se destruir para siempre la tierra35.

    Por otra parte, en el Consejo de Indias se careca de informacin desinteresa-

    da sobre lo acontecido y, adems, se deseaba conocer en detalle la situacin de la Real Hacienda. Mientras tanto, entre 1534 y 1539 los saldos negativos de los presupuestos de la Corona se haban consolidado como un dficit crnico que, en 1538-39, oscilaba entre 500.000 y 865.000 ducados, segn las fuentes. Para en-tonces las remesas indianas ya se esperaban con avidez y, si no llegaban, su au-sencia se acusaba con claridad36.

    Hacia agosto de 1540, casi dos aos despus del asesinato de Almagro, uno despus de que su muerte se conociera en Espaa y slo das ms tarde de que Hernando Pizarro llegara a la Pennsula y estableciera contacto con el cardenal Garca de Loaysa, el emperador, en conversacin con Francisco de los Cobos y con el mismo cardenal, consider la conveniencia de enviar al Per a un Juez Pesquisidor de nuevo, pero esta vez desde la Pennsula para investigar lo que haba sucedido en la colonia e informar de su estado. Inicialmente se pens en un miembro del Consejo Real, pero esta opcin fue descartada y enseguida Loaysa propuso con fuerza el nombre de Cristbal Vaca de Castro, un oscuro miembro de Chancillera de Valladolid Juan Surez de Lugo haba servido en ella y pudo sugerirlo, quien fue apoyado tambin abiertamente por el comen-dador De los Cobos. En realidad qu miembro del Consejo Real aceptara hacer un viaje tan arriesgado a unas tierras donde haban asesinado a un gobernador de la Corona y terminaran hacindolo hasta con un virrey?

    35 Juan Vzquez de Avila al emperador. Panam, l0 febrero l539. Ral PORRAS BARRENE-

    CHEA, Cartas del Per, Lima, Sociedad de Biblifilos Peruanos, 1959, pp. 297-298. 36 CARANDE [6], Vol. II, pp. 98-99.

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    Loaysa haba escrito al candidato animndolo a que aceptara el cargo. Le ad-verta que su actuacin deba llevarla a cabo conjuntamente con el gobernador Francisco Pizarro ques un bendito ombre quien seguira vuestro voto como si yo se le diese. Por otra parte le haca ver que era una empresa que a lo sumo le llevara tres aos; que adems de ser bueno el salario, de ella podra ahorrar dineros en buen nmero con los que superar la pobreza de sus hijos, de la que no podra salir en la Audiencia en que se encontraba; y, adems, despus de los tres aos no os dexaran volver a ese purgatorio de la Chancelleria e quedareys, Seor, en uno destos Consexos del Rey, ques el fin de un letrado casado que en-tra a servir a Su Magestad... Nuestro Seor os de salud e larga vida para que po-days dexar ricos a vuestros fixos...37.

    El tono de las cartas de Loaysa era de una extraordinaria gravedad poltica en el sentido de que reflejaba la escasa consideracin que se tena en las ms altas instancias del Estado sobre el gobierno en la colonia, teniendo en cuenta adems el contexto poltico y fiscal de ste ltimo ya se tena conciencia en la Corte en que se encontraba el Per. No cabe extraeza, pues, ante muchas de las cosas que sucedieron despus con Vaca de Castro ya en Per y como gobernador, ni de que la situacin hacendstica llegara a los niveles preocupantes que lleg, con el estmulo desde la Corte, como estamos viendo. Tras esta explcita invitacin a mejorar su estado econmico y profesional sobre la base de la visita a Per, es fcil imaginar con qu nimo y expectativas se embarc Vaca de Castro hacia Lima, rodeado de mercaderes y acompaantes, algunos de los cuales ya haban formado compaas para repartirse las ganancias que iban a alcanzar acompaando a Vaca de Castro38. Por lo dems, su tarea de investigacin deba llevarla a cabo de la ma-no de Pizarro, a quien el cardenal Loaysa segua considerando sta era una per-cepcin unilateral desde la Pennsula un bendito ombre a sus rdenes, que seguira vuestro voto como si yo se le diese, segn sus propias palabras. Con ello el sentido de la pesquisa estaba de antemano predeterminado o, visto desde otro ngulo, era claro que los intereses de los miembros de la administracin de la Monarqua condicionaban aspectos importantes de su gestin de gobierno en cuestiones centrales del mismo.

    A partir de las condiciones mencionadas, como hombre de confianza del mximo poder en materia indiana en la Corte, a Vaca de Castro se le haban en-comendado amplias cuestiones relativas a la Real Hacienda. As deba averiguar si haban existido fraudes en lo perteneciente al rey, tanto en quintos como en almojarifazgos, que se haban ordenado cobrar slo el ao anterior, 1539, algo

    37 El Cardenal Garca de Loaysa al Licenciado Vaca de Castro. Madrid, 27 agosto l540 y l9

    septiembre l540, en PORRAS [35], pp. 386-8. 38 Sobre negocios que se organizaron en Espaa por adelantado por personas que acompaa-

    ron a Vaca de Castro en vsperas del viaje contando con las buenas expectativas del mismo, ver Archivo General de la Nacin-Per (en adelante AGNP), Protocolos 32.

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    que a estas alturas se saba de sobra39. Tambin tendra que investigar si los ofi-ciales de la Hacienda tenan negocios por s mismos o por personas interpuestas, de lo que se podra seguir dao o fraude al rey, y debera remediarlo. En la Corte ya se tena tambin abundante informacin acerca del mal recaudo que los oficia-les haban tenido en los fondos de la Hacienda y de la manipulacin que haban hecho de los fondos de la Caja Real. No obstante se volva a encargar ahora a Vaca que revisase las cuentas, incluso las que haba tomado el obispo Valverde40. Es interesante observar la creciente preocupacin de la Corona por los negocios de los oficiales de la Hacienda, entendiendo la colusin de intereses que ello pro-vocaba. No hay que olvidar que, como se expondr enseguida, se estaba ya en el inicio de la gran crisis poltica que desembocara en las Leyes Nuevas que, entre otros problemas, abordaran ste41.

    Otro asunto del que deba ocuparse sera de los bienes de difuntos, cuyos fondos haban sido ocupados por las autoridades de la colonia y an otro encargo especial fue que procediese al cobro de los 90.000 pesos que, segn el propio gobernador Pizarro y los oficiales reales, se haban prestado a los conquistadores por las necesidades que haban existido y, por otra, a que hiciese entregar a los oficiales reales el servicio de oro y plata que algunas personas haban hecho al rey en noviembre de 1535 y que haba sido comunicado por el propio Pizarro42. En la lnea de procurar ampliar las fuentes de ingreso de la Hacienda, se le encar-gaba guardar y cumplir la Real Provisin dada en Valladolid en septiembre de 1536 sobre el cobro de derechos de lo que se hallase en las sepulturas indgenas y, por ltimo, habra de revisar la situacin de los indios y sus tributos, tanto de los que ya estaban en cabeza del rey, como de los que debieran estarlo43.

    Las fuentes de ingresos de la Real Hacienda reflejaban, lgicamente, la rela-cin de fuerzas entre los intereses sociales que estaban participando en la con-quista y en la temprana colonizacin de las Indias y, en este caso, especficamen-te del Per. Sin pretender efectuar un anlisis exhaustivo en este terreno funda-mental para el Estado, merecen destacarse algunos de los criterios bsicos en los que se basaba la recaudacin de la Real Hacienda y su significado. El primero que parece digno de resaltarse es el de que los tributos de las encomiendas esta-

    39 Real Provisin a Cristbal Vaca de Castro. Madrid, l9 junio l540. AGI, Contadura l536. V. tambin Instruccin a Cristbal Vaca de Castro sobre lo que debe hacer en las cosas de la Hacien-da. AGI, Patronato l85, R. 2l. Ver copia en AGI, Lima 566, L.IV, f.27-29.

    40 Real Provisin a Cristbal Vaca de Castro. Madrid, l9 junio l540. AGI, Contadura, l536. 41 Sobre este asunto, Antonio ACOSTA, La formacin del Estado Moderno y la Hacienda colo-

    nial a comienzos del XVI, en De la unin de Coronas al Imperio de Carlos V, Madrid. Sociedad Estatal para la conmemoracin de los centenarios de Felipe II y Carlos V, 2001, Vol. II, pp. 463-496.

    42 Real Cdula a Cristbal Vaca de Castro y oficiales reales. Valladolid, l4 mayo l542. AGI, Lima 566, L. 4, f. 24v-26.

    43 Ver [39]. La Real Provisin sobre lo encontrado en sepulturas y bienes de prncipes fue dada en Valladolid, en 4 septiembre l536 e iba dirigida a los oidores de la Real Audiencia de Sto. Domingo, Mxico y a todos los gobernadores... de Indias. Ver copia en AGI, Lima 566, L.IV, f.27-29.

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    ban exentos, desde el comienzo de la conquista en las Antillas, de cualquier con-tribucin lo que era un reflejo consecuencia y factor a un tiempo de la posi-cin de fuerza que ejercan los encomenderos. Los metales que fuesen recibidos por los encomenderos como parte de los tributos exigidos a los indios deban terminar quintando, aunque y ste es otro asunto del irregular funcionamien-to de la Hacienda se derivara una abundancia de metales circulando sin haber pagado el quinto. Pero ni la fuerza de trabajo, ni otros productos apropiados por los encomenderos pagaban nada al rey. El principal ingreso de la Hacienda era el quinto que, en el caso del Per y debido a la importancia de las primeras fundi-ciones, en la contabilidad de la Caja de Lima presenta algunas diferencias con respecto a su composicin en otros territorios indianos44.

    Del mismo modo, la Real Hacienda apenas ingresaba cantidades significati-vas procedentes del trfico comercial que muy pronto comenz a llegar a Lima. Por un lado, es cierto que no slo en el Per sino en todas las Indias en este pe-rodo inicial no se haba establecido y, por lo tanto, no se pagaba la alcabala lo que exima de nuevo a los encomenderos que eran quienes tenan mayor capa-cidad de compra del pago de impuestos sobre muchas mercancas que se traan a las Indias desde Espaa y circulaban por el interior de la colonia para satisfacer las necesidades existentes en aquellos aos. Y, de otra parte, finalmente, otro rasgo importante que afectaba al volumen del ingreso en la Hacienda en estos aos, especficamente en el Per, era la ausencia del pago del almojarifazgo. Como se ha dicho anteriormente, en 1539 la Corona record que haba que pagarlo, algo que deba haberse hecho desde el principio de la conquista, como en otros territorios, y por lo que el Estado estaba dejando de ingresar importantes cantidades. Con Vaca de Castro lleg a cobrarse una cantidad no muy alta del almojarifazgo, aunque slo de mercancas procedentes de Nueva Espaa, pero no sobre las llegadas desde Panam. Estas ltimas se estimaba que ya cumplan la obligacin con la Real Hacienda pagando el almojarifazgo en Tierra Firme y sta sigui siendo una renta prcticamente inexistente hasta la segunda mitad de la dcada de 1560, lo que signific en estos aos unas muy altas tasas de ganancia para el capital mercantil (Ver Grfico 3).

    Era claro, pues, que tambin en el plano de la estructura de los ingresos de la Hacienda los intereses de la Monarqua cedan a otros particulares, como los de los encomenderos y los comerciantes.

    * * * Regresando a Vaca de Castro, en 1541, mientras que estaba viajando hacia

    Per el gobernador Francisco Pizarro fue asesinado y, en virtud de una clusula inserta en sus instrucciones, debi hacerse cargo del gobierno de la colonia de forma interina. Ahora bien, esto suceda en momentos de una densidad histrica

    44 Como los que reflejan GNGORA [14], o ARAM [14].

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    extraordinaria que requieren un tratamiento en dos planos. Por un lado, en territo-rio colonial Vaca de Castro se dispona a iniciar su gestin en el Per animado por los ms altos responsables de la poltica indiana en Castilla pero, por otro, en mbito metropolitano al mismo tiempo una parte importante de dichos responsa-bles, los miembros del Consejo de Indias, eran cuestionados polticamente por el monarca como consecuencia de la acumulacin de circunstancias que haban confluido en los ltimos de la dcada de 1530 y que precisamente reflejaban la contradiccin de intereses de que hablamos desde el comienzo. Ello obliga, por tanto, a mirar en las dos direcciones simultneamente para entender una crisis que se resolvi con la promulgacin de las Leyes Nuevas, pero cuyos efectos inmediatos se prolongaran casi una dcada hasta el fin del gobierno de Padro de la Gasca, y que a largo plazo se extenderan mucho ms. Atendamos prime-ro a la labor realizada por Vaca de Castro en Per, como responsable del gobier-no, en sus lneas generales.

    GRFICO 3. CAJA DE LIMA Ingresos por Almojarifazgo

    1531 35 1540 1544 15500

    2

    4

    6

    8

    10Miles de pesos

    Fuente: AGI, Contadura 1679, 1680 y Justicia 42.

    En primer lugar a su llegada Vaca debi enfrentarse militarmente a la faccin

    almagrista que haba ejecutado a Pizarro, aquel hombre bueno en palabras de Loaysa, y esta segunda guerra civil dio pie a otra oleada de gastos cubiertos con fondos de la Hacienda. Pero, como era de esperar, tras el poco cuidadoso gobierno del marqus en trminos fiscales y el ascenso poltico de Almagro el

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    Mozo, la Hacienda y especialmente la Caja Real de Lima se encontraba prcti-camente sin fondos. En efecto, despus de decidir el nombramiento del joven Almagro como nuevo Gobernador, sus seguidores comenzaron a reclutar solda-dos pregonando paga, para lo cual tomaron de nuevo buena cantidad de los fon-dos de la Hacienda y de los bienes de difuntos que estaban listos para enviarse a Espaa45. Por ello, y pese a la ayuda recibida de los pizarristas en la lucha contra Almagro46, Vaca con el apoyo de los oficiales reales tom el acuerdo de gastar lo necesario de la Real Hacienda, que termin ascendiendo unos 100.000 pesos47. Ciertamente los precios de todos los bienes en estos momentos iniciales de la colonia eran extraordinariamente altos, pero an as esta cantidad parece exage-rada y para explicarla es necesario tener en cuenta la creciente presencia del capi-tal mercantil en la colonia. Vaca de Castro dependa inicialmente en mayor me-dida que Pizarro del crdito y es por esa razn que estaba rodeado de algunos miembros de los grupos y familias ms conocidas de comerciantes que operaban desde Sevilla y que vinieron con l a la colonia. Eran los casos, por ejemplo, de Ruy Daz de Gibralen, Luis Surez o Diego de Illescas, que comenzaron a fi-nanciar sus primeras necesidades desde su llegada a territorio peruano48.

    Pero, adems de a los comerciantes, Vaca de Castro necesit pedir prstamos a particulares por ms de 85.000 pesos, dndoles libranzas contra la Real Hacienda. Y as, se recibieron 4.083 de Puerto Viejo; 4.970 de San Miguel; 10.772 de Trujillo; 15.014 del Cuzco; y 50.402 de Lima, entre otras cantidades. Por supuesto, se trataba de una excelente ocasin para hacer buenos negocios, y no slo por parte de los mercaderes, as como para tratar de obtener futuras con-traprestaciones de parte del gobierno. Los oficiales de la Hacienda, que en deter-minado momento informaron de esto al rey, advertan que en pagas de soldados, armas, municiones y otras cosas se haban gastado 29.000 pesos, de los que no haba comprobantes ni escrituras, mientras que s las tenan del resto por lo que, naturalmente, se suplicaba una Real Cdula aprobando un gasto tan importante49. Esta situacin comenz a generar una deuda interna en el gobierno del Per que no hara sino incrementarse en los aos siguientes y de la que tard en salir.

    45 Fray Vicente Valverde a la Audiencia de Panam. Lima, 26 octubre l54l, en PORRAS [35],

    pp.428-429. 46 Pedro CIEZA DE LEN, Obras Completas. II. Las Guerras Civiles peruanas. La guerra de

    Chupas, Edicin crtica de Carmelo SENZ DE SANTAMARA, Madrid, Instituto Gonzalo Fernndez de Oviedo, Monumenta Hispano-Indiana, l985.

    47 Los oficiales reales del Per al emperador. Lima, 9 mayo l543. PORRAS [35], pp. 546-548. Los oficiales Riquelme, Salcedo y Surez de Carvajal afirmaban que haban provisto de socorro i gente casi 300 hombres a costa de nuestras haciendas i de otros particulares. En la sentencia que se dictara en Espaa contra Vaca de Castro, y que se incluye en este trabajo, se le acusaba de haber tomado ms de 150.000 castellanos de la Hacienda.

    48 Como ejemplo estaban los primeros animales que Vaca de Castro tuvo que comprar en Tru-jillo. Ver LEVILLIER [20], Vol.I, p. 77.

    49 Real Cdula a Vaca de Castro. Madrid, 7 septiembre l540. AGI, Lima 566, L. 4, f. l0lv-l03v.

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    Pero, una vez ms, no slo fue el gobierno legtimo el que recurri a la Hacienda para esta guerra. Una vez comenzada, los almagristas, adems de los gastos previos que efectuaron con cargo a la Hacienda, continuaron utilizando los recursos reales, de los que slo en Cuzco, aunque dejando escrituras de obliga-cin, Almagro el Mozo tom 24.670 pesos, pero tambin se sabe que envi capi-tanes suyos a recoger los quintos del rey y los derechos de Cobos a Trujillo, Piu-ra, Arequipa y Charcas50.

    La Real Hacienda se estaba constituyendo, as, en una especie de fondo comn, de bien mostrenco, que estaba sirviendo, en primer lugar, para que unos y otros, esto es, el bando legtimo que conservaba la lnea de poder derivado del monarca, pero tambin el bando rebelde, tomaran a su gusto cantidades altsimas de las Cajas Reales para resolver los problemas. Esto dejaba, como ya se ha indicado, sin validez la condicin impuesta a los encomenderos por la Corona al otorgarles los indios: que el aprovechamiento de tributo de stos llevaba implcito el compromiso del encomendero de contribuir a la defensa del territorio. Es decir, que lo que se planteaba como excepcional y como mrito de los oficiales reales y otros, que era el haber colaborado en la defensa contra los rebeldes, deba ser lo normal y en nin-gn caso algo extraordinario. De la forma en que sucedieron las cosas, era el rey en realidad con sus fondos el que estaba sosteniendo el orden conveniente a los intere-ses privados de los encomenderos en cifras tales como reflejan los Grficos 1 y 2. Pero, por otra parte, el uso de los fondos de la Real Hacienda serva tambin, por otra parte, para incrementar el volumen de negocio de los comerciantes que acud-an al Per para aprovechar la utilizacin masiva de los fondos del Estado.

    En lo que se refiere a las remesas de metales a Espaa, frente a lo que cost a la Hacienda la actuacin de Vaca de Castro, durante su corto mandato slo se enviaron a Espaa 354.000 pesos que, en todo caso, signific por trmino medio anual una cifra superior a la de los aos del gobierno de Pizarro. Esto no es sor-prendente teniendo en cuenta que se increment la produccin minera y que, consiguientemente, se incrementaron los quintos51.

    * * *

    En tanto que resolva la rebelin almagrista, que concluy en septiembre de 1542, Vaca de Castro se dispuso a poner en prctica el ahorro de dineros que le

    50 Pleito entra Manuel de Espinal, tesorero de Nueva Toledo, y el fiscal Villalobos y otros.

    AGI, Justicia l067, n.2, R.3. 51 LPEZ DE CARAVANTES [29], p. 227. Ver tambin las cuentas del tesorero A. de Riquelme

    en el Apndice Estadstico. Por otra parte, ya desde 1542 se conoca una explotacin intensiva de oro en Carabaya, siendo sus promotores los encomenderos de Cuzco, algunos de los cuales pensa-ban en la ventaja de enviar ms esclavos all. Ver CIEZA [46], Vol. II, p. 122; James LOCKHART, Spanish Peru, 1532-1560. A Colonial Society, Madison, The University of Wisconsin Press, 1982, p. 178; Joseph BARNADAS, Charcas. Orgenes histricos de una sociedad colonial. 1535-1565, La Paz, CIPCA, 1973, p. 349.

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    haba pronosticado el cardenal Loaysa. Pero, confiado en el apoyo que tena en la Corte y quizs ignorando el alcance de la crisis desatada en el Consejo de Indi-as, que estaba afectando a algunos de sus protectores de hecho pens que po-dra ir ms all. Para ello comenz por olvidarse de las instrucciones que en ma-teria de Hacienda se le haban hecho. No iba a complicarse tomando cuentas a los oficiales de Lima quienes ya eran un grupo de poder importante en la capital y con los que haba estado manejando los fondos de la guerra; sencillamente, para cubrir el expediente prefiri hacerlo con algunos oficiales reales de Cuzco con los que, por su vinculacin almagrista, tena menos compromisos. Esto le permi-tira trasladarse a la antigua capital del Tawantinsuyo desde donde, al mismo tiempo, manejara mejor los asuntos relacionados con minas e indios. En efecto, desde all control las rentas de numerosos repartimientos vacantes, saque mu-chas antiguas sepulturas indgenas, llev cuadrillas de indios a las minas las de Carabaya estaban produciendo mucho oro en aquellos momentos y mantuvo todo tipo de tratos y negocios para incrementar su riqueza. A pesar de habrsele dado una Real Cdula al venir al Per en la que se ordenaba que los oficiales reales, con acuerdo del Gobernador Pizarro y del propio Vaca de Castro, enten-diesen en beneficiar las minas del rey por el medio que pareciese ms convenien-te, una vez en los Andes desatendi este encargo y actu sobre todo en su propio inters. En marzo de 1543, el contador de la Hacienda en Lima Juan de Cceres, de quien se sabe que era un encomendero celoso defensor del control sobre sus indios y todava desconocedor del contenido de las Leyes Nuevas, informaba al rey aludiendo al gobierno de Vaca de Castro de que la tierra ms rica en oro y plata del mundo era ahora la mas perdida que ay en el, por lo que Cceres planteaba la urgencia de enviar al gobierno del Per a alguien sin codicia, porque con l se corra el riesgo de perder la colonia52.

    Poco despus de esta informacin, con la llegada del nuevo virrey Blasco Nez de Vela al Per, Cristbal Vaca de Castro fue hecho preso y permaneci en un barco en Lima un tiempo hasta que fue trasladado a Espaa. Las denuncias de sus excesos haban sido tantas y tan graves que el fiscal del Consejo de Indias actu criminalmente contra l. Vaca de Castro no era un personaje relevante en la administracin de la Monarqua y algunos de sus apoyos haban cado en desgra-cia, al menos temporalmente, en la crisis del Consejo de Indias que tuvo lugar precisamente coincidiendo con la fecha de su partida al Per53. Pero otros an seguan en activo despus del desmantelamiento que haba experimentado el Consejo de Indias, como por ejemplo Francisco de los Cobos o Juan de Smano, y el caso es que la sentencia del pleito, dada en l546, fue sorprendente por su

    52 Juan de Cceres al emperador. Lima, ll marzo l543, en PORRAS [35], pp. 540-54l. 53 Ernesto SCHAFER, El Consejo Real y Supremo de las Indias, 2 vols. Sevilla, Centro de Es-

    tudios de Historia de Amrica, 1935-47.

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    benevolencia (Ver Anexo 1)54. Sin entrar en detalle sobre lo prolijo pero intere-sante de las acusaciones, merece particularmente citar el cargo nmero l3 que reproducimos textualmente:

    Otros en quanto al treze capitulo en que es acusado diziendo que auiendo

    sido mandado por cedula real e instrucion que tuviese especial cuidado de la hazienda rreal y tomar las quentas de ella no lo hizo, antes tomo y ocupo mu-cha de la dicha hazienda y aunque le fue notificada la cedula en tierra firme no volvio a hacer residencia ni inbio ni se ocupo tanpoco en las otras cosas que le fueron encomendadas Que le devemos absolver y absolvemos de lo conte-nido en este capitulo y le damos por libre e quito de ello.

    Lo sorprendente de esta absolucin siendo conocido el fundamento del

    cargo, as como lo llamativo del comportamiento econmico de Vaca de Cas-tro o, en otro terreno, de los negocios de los oficiales reales referidos ms arriba, no hay que entenderlo como acciones estrictamente individuales, ni siquiera co-mo simples casos de corrupcin en el caso de los oficiales reales an menos sino que, ms all de eso, eran el reflejo de unas determinadas posiciones socia-les, en el marco de relaciones de intereses cruzados y representando sectores per-fectamente definidos, que deban lugar a efectos contradictorios entre s y con los del Estado al que estaban sirviendo. En realidad, permtasenos recordarlo, no eran en el fondo tan lejanos a casos similares en los Estados contemporneos, aunque la naturaleza de las relaciones sociales en la base productiva de las eco-nomas difieran radicalmente entre unos casos y otros.

    4. DESENLACE DE LAS CONTRADICCIONES Cambiemos de ambiente y miremos al segundo de los espacios en los que se

    concentraba la intensidad de los cambios unos aos atrs. A fines de la dcada de 1530 y comienzos de la de 1540 no slo el Per, sino todas las Indias iban a ex-perimentar un profundo cambio que afectara de lleno a la Hacienda, pero para entenderlo hay que detenerse por un momento en el personaje clave que fue Bar-tolom de las Casas.

    En 1537 Las Casas haba iniciado un intento de colonizacin pacfica de in-dgenas americanos. Sus tesis defendan que las guerras contra los indios eran injustas y tirnicas y que, por lo tanto, las riquezas que se les haban arrebatado lo fueron injustamente; que la violencia utilizada para someter a los indios era tambin tirnica e innecesaria; y que, una vez que se consiguiera que los indios

    54 Sentencia dada por el Consejo de Indias... LEVILLIER [20], Tomo II, pp. 30l-3l5. Uno de los

    firmantes de la sentencia era el Licenciado Virviesca (Briviesca) que ms tarde visitara el Per como Comisario de la Perpetuidad de las encomiendas.

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    aceptaran el cristianismo pacficamente, el siguiente paso sera que reconocieran al rey de Espaa como soberano55. Las Casas desarroll este ensayo en la Vera-paz, en Guatemala, y despus de dos aos de un habilidoso y esforzado trabajo con los indgenas en tierra de guerra, su posicin era bastante fuerte y se haba sobrepuesto a sus detractores, tanto en Indias como en la Pennsula56. Durante las dos dcadas anteriores al menos, el sistema de la encomienda haba estado en el centro de muchas discusiones, debatindose los mayores o menores perjuicios que causaba a la poblacin indgena la conveniencia de que fuesen servidores reales los que supervisasen la accin de los encomenderos, o la posibilidad de que los repartimientos fuesen heredados por los descendientes de los encomende-ros57. Indudablemente, la opcin por este modelo de colonizacin alterara pro-fundamente el funcionamiento y el rendimiento de la Real Hacienda.

    Por otra parte, Carlos V haba estado ausente de Espaa entre noviembre de 1539 y diciembre de 1541, ocupado en las guerras con Francia y en el norte de frica. El emperador segua sin tener tiempo para dedicar a las Indias, un pro-blema que segua siendo de segundo orden en la administracin real del imperio. Esta falta de atencin personal a los nuevos territorios era llenada por entonces por el grupo que constitua el Consejo de Indias, con Garca de Loaysa a la cabe-za, y Francisco de los Cobos, sobre todo, aunque no faltaban miembros del Con-sejo Real y otros que se interesaban en Amrica58. En la ausencia del monarca de 1539 para acudir a Flandes, Loaysa qued encargado especialmente de proveer todos los oficios que vacasen en Indias, tanto de Justicia como de Hacienda59. Por su parte, Las Casas haba regresado a Espaa en 1539 para pedir ayuda para su intento de colonizacin pacfica en Verapaz denunciando y pugnando contra los encomenderos y sus defensores. Las denuncias de Las Casas y otros informes dirigidos al emperador por estos aos trataban sobre los intereses personales de miembros de la administracin, avisando de la mucha disolucin que haba en algunos del Consejo de Indias, as en tomar dinero de Gobernadores y de otras personas particulares, como de otras cosas harto feas para personas de semejante Consejo60.

    55 Bartolom de LAS CASAS, De unico vocationis modo... Madrid, Alianza Ed., 1990. 56 Lewis HANKE, La lucha espaola por la justicia en la conquista de Amrica, 2 ed., Ma-

    drid, Aguilar, l967. 57 Ya se haban tomado algunas decisiones sobre estas cuestiones. En el Virreinato de Nueva

    Espaa y, en concreto, sobre el ltimo aspecto citado los encomenderos haban logrado en l536 la concesin del disfrute de dos vidas sobre las encomiendas. Estos debates guardaban relacin con la otra gran polmica que tena lugar en aquel momento en la Pennsula sobre los fundamentos del justo ttulo del rey de Espaa a las Indias.

    58 SCHAFER [53]. El Conde de Osorno, por ejemplo, sustitua al cardenal Loaysa en ocasiones. 59 Alonso de SANTA CRUZ, Crnica del Emperador Carlos V, Madrid, Imprenta del Patronato

    de Hurfanos de Intendencia e Intervencin Militares, 1923, Vol.4, p. 28. 60 Ibidem, XLII, pp. 216 y ss. y P. MIGUELEZ, Catlogo de los cdices espaoles de la Biblio-

    teca de El Escorial, Madrid, Imprenta Helnica, l9l7, p. 246, citado por HANKE [56], p. l7l.

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    Carlos V lleg a Espaa a fines de 1541 y Las Casas le pidi audiencia para exponerle sus renovadas tesis que combinaban las preocupaciones humanitarias por los indgenas con el inters econmico del Estado: era necesario racionalizar la explotacin econmica de los indios para lograr a la larga un ptimo resultado en la obtencin de rentas reales que, sin indios, no podran recaudarse. Este razo-nable planteamiento, expuso Las Casas al emperador, era boicoteado desde dentro de la misma Corte por el propio Consejo de Indias. Todo ello, en ltima instan-cia, contribua a mermar los ingresos de la Hacienda. Naturalmente la polmica sobre la encomienda creca y Carlos V, por una parte decidi reunir en largas sesiones una junta de expertos a la que asistieron miembros del Consejo de Casti-lla y F. de los Cobos, conjuntamente con el Consejo de Indias, para deliberar sobre la posible abolicin de la encomienda y no resulta sorprendente que ante dicha junta tanto J. Surez de Carvajal, como el propio presidente del Consejo de Indias, fray G. de Loaysa, se opusieran a la abolicin de la institucin. Y, por otro lado, hasta las Cortes reunidas en Valladolid en 1542 llegaron a solicitar al monarca remediar las crueldades que se cometan con los indios para conservar las Indias evitando que continuaran despoblndose61.

    La conjuncin de todas estas circunstancias hizo que Carlos V decidiese una visita al Consejo de Indias que estuvo prcticamente paralizado entre junio de 1542 y febrero de 1543, como resultado de la cual el poderoso presidente Loaysa que haba colocado a su sobrino como primer obispo de Lima perdi el fa-vor del emperador y fue retirado de la presidencia como responsable del mal fun-cionamiento del Consejo; el Dr. Beltrn, miembro ms antiguo del organismo, a quien se probaron muchas de las acusaciones que se haban venido haciendo contra l, en especial de aceptacin de sobornos de diversas personas en Indias, fue multado y destituido; y, por fin, al licenciado Juan Surez de Carvajal, obispo de Lugo, que haba colocado en Per a sus hermanos Illn como factor de la Real Hacienda de Lima y Benito, igualmente se le prob haber tomado dineros de particulares de la colonia y haber concertado el casamiento de una hija suya con un hijo del marqus Francisco de Pizarro, para cuya garanta tena deposita-dos en un banco en Sevilla 14.000 ducados. Por todo ello tambin fue destituido, multado y desterrado a su obispado en Lugo62. De este modo se reaccionaba fren-te al hecho indiscutible de que, en parte al menos, la poltica colonial estaba sien-do dirigida por personas que tenan importantes y directos intereses econmicos en las Indias. Ahora bien, no sera completa la historia si no se sealara que, pese a todo, algunos de estos personajes volvieron a flotar polticamente. En con-creto, Juan Surez de Carvajal, a pesar de su salida del Consejo de Indias en 1542, en 1545 ostentaba nada menos que la presidencia del Consejo de Hacienda,

    61 HANKE [56], p. 160. 62 SANTA CRUZ [59], XLII, p. 317.

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    era miembro temporal de la Cmara de Castilla hacia 1546 y Comisario General de Cruzada, puesto que ocup entre 1546 y 156263.

    En todo caso, esta crisis supuso un revulsivo en la poltica indiana y, como con-secuencia del mismo, en noviembre de 1542 se aprobaba una nueva legislacin y se crearon para Per un Virreinato, con Blasco Nez de Vela a la cabeza, y una Real Audiencia que deban ponerlas en prctica. Eran las llamadas Leyes Nuevas que, adems de entrar en diversas materias de gobierno y justicia, introducan una impor-tante novedad en uno de los elementos importantes que estaba en la base de los grandes negocios de los servidores de la Hacienda. Concretamente ordenaban que los indios que tuviesen encomendados los oficiales de la Hacienda, entre otras auto-ridades civiles y religiosas favorecidas en razn de sus cargos, pasasen directamente a control real64. En una redaccin poco ordenada del artculo correspondiente de la ley, en principio se esgrima como argumento para tal decisin el mero hecho de tener indios encomendados por razn de los oficios, de lo que se haban derivado desrdenes en el trato a los indios. Pero al final del prrafo se aade que dichas autoridades deberan dejar los indios cualquiera que fuese la razn por la que los tenan. Es decir que, ms que preocupado por los desrdenes en el trato que tambin se producan en las encomiendas cuyos titulares no eran servidores de la Corona se dira que se trataba de una razn de incompatibilidad entre el servir un cargo de la administracin civil o religiosa y el poder disponer de control sobre el medio de produccin bsico en la economa colonial de estos aos: los indios en encomienda. Finalmente los problemas habidos en este terreno haban trascendido a la legislacin, aunque las dificultades de la Hacienda en los Andes no iban a desapa-recer simplemente por una decisin legislativa tomada en Espaa.

    Finalmente, los miembros del Consejo de Indias, por un lado, servan desde la administracin de la Monarqua a la reproduccin de las relaciones de poder en la misma mientras que, por otro, representaban tanto a los sectores que tradicio-nalmente ejercan un papel dominante como tambin a algunos de los grupos emergentes en la sociedad castellana; en otras palabras, reflejaban los cambios que en ella se estaban produciendo. Tenan que impulsar la expansin de la con-quista para ampliar los beneficios de la Monarqua pero, al aliarse con los ms prominentes conquistadores y situar a hombres de confianza en puestos de la Hacienda, entre otros mbitos, tenan que tolerar sus prcticas irregulares con lo que, por otra parte, contradecan el objetivo de la ampliacin de los ingresos fis-cales de la Monarqua puesto que aqullos hacan uso de fondos de la Real Hacienda en cantidades que hemos tratado de precisar en estas pginas. Y en la misma lnea, aunque en otro plano, la proteccin desde el Consejo a conquistadores como Francisco Pizarro era contradictoria, a su vez, con la actuacin institucional del mismo que deba emprender querellas contra el Gobernador, como la de 1537.

    63 MARTNEZ MILLN [27], p. 30. 64 Antonio MURO OREJN, Las Leyes Nuevas de 1542-1543. Ordenanzas para la gobernacin

    de las Indias y buen tratamiento y conservacin de los indios, Anuario de Estudios Americanos, Vol. II, Sevilla, 1945, pp. 809-836 (f. 5 v).

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    En suma, se trataba del juego de las contradicciones de los intereses de clase en el seno de la administracin del Estado, en un momento de grandes cambios como eran las dcadas de la conquista y primera colonizacin de las sociedades indgenas americanas.

    ANEXO l Sentencia dada por el Consejo de Indias en el proceso criminal seguido a instancia

    del fiscal, Licenciado Villalobos, contra el Licenciado Vaca de Castro. Penas absolucio-nes por diferentes cargos

    01- 46.800 castellanos que cobr de tributos, descontndole 10.000 ducados al ao ade-

    ms de los 5.000 que tena de salario. 02- todo lo que se averiguare que hubo de dao por la detencin de los navos, ms otras

    penas (9.600 ducados) 03- Indios cargados: 200 ducados; ms 600 ducados para los indios u hospital 04- Indios que vacasen: del marqus sus hijos y otras personas en Trujillo, Lima, Cuzco,

    Arequipa, Hunuco, Chachapoyas, Charcas los puso en su cabeza y de sus criados. Se beneficiaron en ms de 100.000 castellanos. Total: 46.800 ms lo que se termine de averiguar.

    05- Venta de carne y estanco de carne, maz y otras cosas. Estableci la prohibicin de vender carnero, oveja ni cordero. Puso estanco en esto y en maz para l y un criado suyo. Interes 100.000 obligado a restituirlos. Se le condena en 500 ducados.

    06- Recibi 60.000 castellanos en Lima para ir a Jauja en ropa para la gente. Retuvo mucha parte de ello y puso tienda en Lima y Cuzco e interes ms de 50.000 . Se le absuelve.

    07- 5.000 castellanos que hizo dar a Peranzures. Absuelto reservando el derecho que si no se le puede cobrar a Peranzures, se le pida a Vaca.

    08- Envi indios a las minas sin pagar jornales, sobre todo en Carabaya. Sacaron ms de 50.000 castellanos. Condena de 3.000 castellanos: 2.000 para hospital y 1.000 para indios, pero si estos no se encuentran se aadan al hospital. En lo que se benefici lo remitimos al captulo 2.

    09- Tom de la Real Hacienda ms de 150.000 castellanos y no ha dado cuenta. Que los que lo recibieron den cuenta de ello, salvando el derecho al fiscal para pedirlo (a quien?) segn la cuenta que se ha tomado a Diego Mexa por P. Avendao, teniente de Juan de Cceres, contador de Lima.

    10- No pag el quinto de lo que sac de las minas ni de lo hubo de los indios. Se hizo fabricar dos marcas y las tuvo en casa por ms de cuatro das. Absuelto.

    11- Envi a Espaa ms de 200.000 castellanos. Condenado en 4.000 ducados. 12- Flet una carabela en Cuba con mucha cantidad de oro y lo envi a Portugal, estan-

    do prohibido. Absuelto. 13- A pesar de que se le notific desde Tierra Firme que tena que hacer residencia,

    regres fugndose. Absuelto. 14- No cumpli las cdulas sobre el buen tratamiento de los indios. Se le culpa por lo

    que de ello resulta.

  • ESTADO, CLASES Y REAL HACIENDA EN LOS INICIOS DE LA CONQUISTA DEL PER

    Revista de Indias, 2006, vol. LXVI, n. 236, 57-86, ISSN: 0034-8341

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    15- Se le dieron Reales Cdulas e Instruccin para que tuviese especial cuidado en la Hacienda Real y tomar las cuentas de ella. No slo no lo hizo sino que tom y ocup mucha de la dicha Hacienda. Absuelto.

    16- Se ocup en sus negocios en lugar de grangear las minas, cobrar los tributos de S.M. Dej de cobrar para la Cmara los bienes de los culpados por la muerte de Pizarro. Dao para la Cmara 200.000 ducados. Absuelto.

    17- En batalla con D. Diego de Almagro se apart tras un cerro con cuarenta hombres de a caballo. Absuelto.

    18- Dilat la prisin de D. Diego de Almagro y Diego Mndez cinco o seis meses para gozar del fruto de sus indios. En cuanto a Diego Mndez, se le culpa y se reserva la pena para el fin de esta sentencia.

    19- Despus de conocer las Leyes Nuevas otorg muchas encomiendas de indios a per-sonas que no haban sido conquistadores ni servido a S.M., sino que eran sus amigos y parientes y personas de quien esperaba favor e intereses de dineros. Se le condena en 1.000 ducados y se reserva el resto de la pena para el fin de la sentencia.

    20- Recibi mucha cantidad de oro, plata y joyas por dar repartimientos, gobernaciones, capitanas y otros favores valorados en 100.000 castellanos y de lo debido a S.M. tom ms de 150.000 castellanos. Se pide averiguacin nicamente sobre una joya. Que se investigue sobre el rancheo de un tal Orihuela a los indios de Issaga to-mndoles 8.000 castellanos. Se le condena en 200 ducados y se reserva ms pena pa-ra el fin de la sentencia.

    21- Conociendo que iban el virrey y la Audiencia con las Leyes Nuevas junt a los pue-blos del Per y los persuadi de que no las obedecieran. Absuelto.

    22- Enviaba ddivas de oro y otras cosas a los miembros del Consejo, a sus mujeres y a otras personas favorecidas. Se le culpa y se reserva la pena para el fin de la sentencia.

    23- Para aprovecharse ms de la Real Hacienda y de los repartimientos de indios y para que el rey no fuese avisado de sus excesos, tuvo mucho tiempo detenidas las naos e