4. Seguridad Publica Sistemas Transmision

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  • 7/24/2019 4. Seguridad Publica Sistemas Transmision

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    SEGURIDAD PBLICA EN SISTEMAS DE

    TRANSMISIN

    Ing. Aldo Mendoza Basurto

    Jefe de la Unidad de Transmisin

    GFE

    Junio - 2015

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    1. Introduccin

    2. Instalaciones de transmisin en vas pblicas

    3. Problemtica

    4. Normatividad

    5. Puesta a tierra en lneas de transmisin

    6. Tensiones de toque y paso en lneas de transmisin

    7. Distancias de seguridad: Regla 2328. Faja de servidumbre: Regla 219 contemplada en el CNE-S 2011

    9. Aplicacin de excepciones: Regla 219.B.6 y Regla 219.B.7

    TEMARIO

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    EMPRESAS CONCESIONARIAS-Generacin-Transmisin-- Distribucin

    OTRAS (Mineras, Cementeras)

    Municipalidades

    Principales Actores

    Introduccin

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    G T D

    Conjunto de instalaciones para la transformacin y transporte de la energaelctrica, con tensiones a 30 kV. Se incluye transformadores, autotransformadores y reactores cuyo devanado de mayor tensin sea a 30 kV.

    Sistema de Transmisin Elctrica

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    1.- Instalaciones de transmisin en vas pblicas

    Las redes de transmisin recorren laciudad y el campo

    Las personas en la ciudad y el campoestn expuestas a riesgo elctrico

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    En el campo

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    LNEA DE TRANSMISIN VENTANILLA CHAVARRIA (L-2244/2245)

    Item 13.- Vano T35-T36. Veinte construcciones de material noble dentro de la Faja de Servidumbre. En la foto una

    construccin aparentemente nueva a 2m de distancia horizontal y 3.5m de distancia vertical al conductor ms

    cercano (C1).

    .

    En la ciudad

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    .

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    Item 13.- Vano T35-T36. Veinte construcciones de material noble dentro de la Faja de Servidumbre. En la foto tres

    construcciones antiguas (C3, C4 y C5).

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    Construccin que se ejecuta imprudentemente, cerca de lnea de alta tensin, con alto riesgo

    de muerte para los trabajadores de construccin civil

    Gobierno local aprueba licencias de construccin indebidamente o construccinclandestina o falta de supervisin?

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    L-2003/2004: SE VENTANILLA- SE CHAVARRA

    Foto 8.- Vano T16-T17:20 construcciones.En la foto construccines de material noble antiguas con ampliacion

    nueva debajo de la lnea

    Viviendas concluidas y en proceso de construccin

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    Verificar el cumplimiento de las distancias de seguridad

    Puente Peatonal bajo la lnea de alta tensin Puente peatonal bajo y dentro de la faja de servidumbre(P18 L-2012)

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    Paraderos peatonales y mercadillos

    Paradero peatonal najo dentro de la faja de servidumbre

    (P5 de L-2012) Mercadillos

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    Lozas deportivas debajo de lnea de alta tensin

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    Letreros publicitariosL-2015/ 2008, Vano T79-T80 la lnea esta cerca del

    Centro Comercial Mega Plaza. Distancia del letrero al

    conductor ms cercano: 3.48 m, Dist. Del conductoral terreno 10.08 m.

    Distancia horizontal del conductor al letrero: 1.6 m.

    6.6 m.10.08 m

    1.6 m

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    Letreros publicitarios sobre conductores

    Cumplimiento de distancia vertical y horizontal Verificar para condiciones de mnima carga y mnimatemperatura

    5,54

    M

    L-640

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    Trabajos de ampliacin de pistas no coordinadas

    La ampliacin de la Av. Per no ha tomado en cuentaposicin de las bases de la T20 de alta tensin de L.T.

    60kV Chavarra-Mirones (L-6211/6221) 18.11.2004Base de la torre daada

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    Torre cada 220 kV

    Torre impactada por mn ibus cae sobre vivienda

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    Manipulacin de varillas de Construccin, palos, alambres y tuboscerca de lneas de alta tensin.(DMS/CNE)

    Edificaciones debajo de Lneas Elctricas. (DMS/CNE) Robo de conductores Instalacin de antenas de TV y astas Conexiones clandestinas Instalacin de Letreros, banderolas, carteles y avisos publicitarios Maniobras con equipo pesado Poda de rboles Pintado de fachadas con andamios Accidentes de trnsito

    Principales Acciones que Contribuyen a laOcurrencia de Accidentes Elctrico de Terceros

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    Vulneracin de las distancias mnimas deseguridad (DMS).

    Deficiencias en instalaciones de alta tensin

    Invasin de servidumbre en las redes dealta tensin. Principalmente en la zonarural.

    2.-Problemtica

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    Habilitaciones urbanas se constituyen

    informalmente y luego tramitan su regularizacinante los Municipios.

    Proyectistas no respetan la normatividad vigente

    en proyectos de habilitaciones urbanas y proyectosde edificaciones (Cdigo Nacional de Electricidad,Reglamento Nacional de Construcciones, Ley deConcesiones Elctricas, etc).

    Redes instaladas bajo consideraciones tcnicas,fueron afectadas a posteriori de su instalacin(invasin de la faja de servidumbre, continuacinde construcciones verticales, ampliaciones, etc.).

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    Edificios se construyen sin certificado dealineamiento ni licencias de construccinvulnerando las distancias mnimas de seguridad.

    Construcciones se desarrollan sin proyecto, luego

    solicitan su regularizacin ante los Municipios.

    Municipios aprueban regularizaciones sin tomaren consideracin las DMS.

    Voladizos en la va pblica.

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    Los comerciantes instalan el alumbrado defachadas y letreros de publicidad utilizandoequipos de iluminacin que sobrepasan los lmitesde propiedad de los predios.

    Ambulantes comercializan sus productos en la vapblica, en zonas aledaas a la redes ysubestaciones elctricas

    Empresas de telecomunicaciones no respetan laDMS a las redes de energa.

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    LAS LNEAS DE TRANSMISIN ELCTRICA SON INSTALACIONES LINEALES QUEAFECTAN LOS RECURSOS NATURALES Y SOCIO CULTURALES. EN GENERAL,MIENTRAS MAS LARGA Y DE MAYOR TENSION SEA LA LNEA ELECTRICA,MAYORES SERN LOS IMPACTOS AMBIENTALES SOBRE LOS RECURSOSNATURALES, SOCIALES Y CULTURALES.

    COMO SE TRATA DE INSTALACIONES LINEALES, LOS IMPACTOS DE LAS LNEAS DETRANSMISIN OCURREN, PRINCIPALMENTE, DENTRO O CERCA DEL DERECHO DEVA. CUANDO ES MAYOR EL VOLTAJE DE LA LNEA, SE AUMENTA LA MAGNITUD EIMPORTANCIA DE LOS IMPACTOS, Y SE NECESITAN ESTRUCTURAS DE SOPORTE Y

    DERECHOS DE VA, CADA VEZ MAS GRANDES.

    IMPACTOS GENERADOS POR LAS LNEAS DE TRANSMISIN

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    EN LA OPERACIN Y MANTENIMIENTO DE LA LNEA DETRANSMISIN SE INCLUYE EL CONTROL QUMICO O MECNICO DE

    LA VEGETACIN, DENTRO DEL DERECHO DE VA Y, EN CUANTO A LAREPARACIN Y MANTENIMIENTO DE LA LNEA.

    IMPACTOS AMBIENTALES DURANTE LA OPERACIN YMANTENIMIENTO

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    Ley de Concesiones Elctricas y su Reglamento

    Cdigo Nacional de Electricidad Suministro 2011

    Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las

    Actividades Elctricas -RESESATAE

    Procedimiento para la Supervisin de la Seguridad enLneas de Transmisin y Zonas de Servidumbre(Osinergmin)

    Reglamento nacional de edificaciones

    3.- NORMATIVIDAD3.- Normatividad

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    EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES

    Ttulo III.1: Arquitectura, Norma A.010: Condiciones Generales de Diseo,Captulo II: RELACIN DE LA EDIFICACIN CON LA VA PBLICA, Artculo 14:

    Los voladizos tendrn las siguientes caractersticas:

    a) En las edificaciones que no tengan retiro no se permitir voladizos sobre la vereda, salvoque por razones vinculadas al perfil urbano preexistente, el Plan Urbano distrital establezca laposibilidad de ejecutar balcones, voladizos de proteccin para lluvias, cornisas u otroselementos arquitectnicos cuya proyeccin caiga sobre la va pblica.b) Se puede edificar voladizos sobre el retiro frontal hasta 0.50 m. a partir de 2.30 m de altura.

    Voladizos mayores, exigen el aumento del retiro de la edificacin en una longitud equivalente.c) No se permitirn voladizos sobre retiros laterales y posteriores mnimos reglamentarios, nisobre retiros frontales cuya finalidad sea el ensanche de va.

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    1.90 m

    2.50 m

    Distancias deSeguridad

    trasgredidas

    Edificacin

    Voladizos

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    Seccin 3 del CNE-S 2011 Mtodos de Puesta a Tierra parainstalaciones de Suministro Elctrico y Telecomunicaciones

    Activar las protecciones elctricas Dispar la energa elctrica de los cortocircuitos (Ejem: descargas

    atmosfricas)

    4.- Puesta a tierra en lneas de transmisin

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    Regla 036. Requerimientos de resistencia de puesta a tierra General

    Los sistemas de puesta a tierra debern ser diseados para minimizar peligroselctricos al personal y debern tener resistencias a tierra suficientemente

    bajas para permitir la rpida operacin de los dispositivos de proteccin decircuitos. Los sistemas de puesta a tierra pueden consistir de conductoresenterrados y de varios tipos de electrodos de puesta a tierra.

    NOTA: Pueden presentarse casos especiales donde los valores de

    resistencia elctrica del sistema de puesta a tierra cumplan con lo indicado

    en estas reglas, pero si las condiciones de seguridad y diseo o el sentido

    prctico y la experiencia, obliguen a disponer de una menor resistencia

    para esta situacin especial, indistintamente se cumpla lo que siempre

    deber asegurarse del sistema es que ante una falla no se presenten

    tensiones de toque o de paso, o tensiones transferidas peligrosas.

    Puestas a tierra en torres y postes de lneas de transmisin

    Regla 036.D. Sistemas con slo una puesta a tierra

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    La puesta a tierra con un solo electrodo deber tener unaresistencia a tierra que no exceda 25 ohms. Si la resistenciacon un solo electrodo excede 25 ohms, debern utilizarseotros mtodos de puesta a tierra que permitan cumplir

    con este requerimiento. Cuando tenga que disminuirse la resistencia de puesta a

    tierra se podr usar otros mtodos, como puede ser elempleo de tratamiento qumico o suelos artificiales, quedebern ser aceptables y certificados por una entidad

    especializada e imparcial competente, asegurndose quedicho tratamiento no atenten contra el medio ambiente.

    Regla 036.D. Sistemas con slo una puesta a tierra(puesta a tierra en un punto )

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    Ejemplos de PAT en soportes delneas de transmisin

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    Vista de Planta

    Vista de Perfil

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    Vista de PerfilContrapesos

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    Contrapesos

    Conductor de acero con revestimiento de cobrecomo contrrapeso

    Diversos diseos

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    5.-Tensiones de toque y paso en lneasde transmisin

    .

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    Flujo de la corriente elctrica

    Tensin de Toque y Tensin de Paso

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    Tensin de Toque y Tensin de Paso

    Tensiones de toque y pasocreados en la superficie delterreno por la corriente quefluye a tierra desde los objetosaterrados

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    Medicin de tensiones de paso y contacto

    Deben comprobarse antes de la puesta en servicio de laslneas de transmisin y subestaciones de alta tensin.

    En las estructuras de torres y postes de lneas transmisinlocalizadas en zonas urbanas, en estructuras localizadascerca de escuelas o viviendas.

    En la medicin deben seguir criterios de la IEEE- 80 -2000,VDE 141 o la MIE-RAT 13

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    IEEE Estndar 81, la Tensin de Pasoes la diferencia de potencial entre dospuntos de la superficie del terreno,separados por una dis tancia de un metro, enla direccin del gradiente de potencialmximo.

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    IEEE 81: La tensin de contacto es ladiferencia de potencial entre unaestructura metlica puesta a tierra y unpunto de la superficie del terreno a unadistancia igual a la distancia horizontalmxima que pueda alcanzar, o sea ,aproximadamente, 1 metro

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    ESQUEMAS DE CONEXIN

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    Mxima tensin de contacto permitida:Se permite usar metodologas tanto IEEE como IEC y la MIE-RAT 13

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    6.- Distancias de Seguridad: Regla 232

    .

    ACCIN DE LOS CAMPOS ELECTROMAGNTICOS

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    SE DISMINUYE LA POTENCIA DE LOS CAMPOS, TANTO ELCTRICOS, COMO MAGNTICOS, CON ELAUMENTO DE LAS DISTANCIAS DE LOS CONDUCTORES ELECTRICOS AL TERRENO. TAL ES AS QUEPARA LOS DISEOS DE LAS LINEAS DEBEN CONSIDERARSE CRITERIOS TECNICOS TALES COMO:

    - LIMITE DE RADIACIONES IONIZANTES, SEGN CNE, ANEXO C4.2

    - RUIDO AUDIBLE, SEGN CNE, ANEXO C3.3

    - LIMITE DE RADIO INTERFERENCIA, SEGN NORMAS INTERNACIONALES IEC

    CISPR

    LA COMUNIDAD CIENTFICA NO HA LLEGADO A NINGN CONSENSO EN CUANTO A LAS RESPUESTASBIOLGICAS ESPECFICAS A LA FUERZA ELECTROMAGNTICA, PERO RESULTADOS EMERGENTES ENCOMUNIDADES ANEXAS A ESTA INFLUENCIA FSICA, SUGIEREN QUE NO HAY ANTECEDENTES

    FUNDAMENTADOS DE RIESGOS PARA LA SALUD, ASOCIADOS A ALGUNOS TIPOS DE CANCER U OTRAENFERMEDAD

    ACCINDELOSCAMPOSELECTROMAGNTICOS

    ESTUDIOS REALIZADOS

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    SE HAN REALIZADO MS DE 1200 ESTUDIOS EN UN PERODO DE 20 AOS POR PARTE DE

    NUMEROSAS ASOCIACIONES CIENTFICAS Y MDICAS EN EUROPA Y ESTADOS UNIDOS.

    LA PREOCUPACIN SE HA CENTRADO ALREDEDOR DEL CAMPO MAGNTICO, PUESTOQUE NO PUEDE SER BLOQUEADO FCILMENTE, COMO S SE PUEDE HACER CON ELCAMPO ELCTRICO.

    ES IMPORTANTE HACER MENCIN DE LOS ESTUDIOS QUE HAN HECHO ORGANISMOSCIENTFICOS DE MUCHO PRESTIGIO, QUE HAN REVISADO TODAS LAS INVESTIGACIONESY HAN CONCLUIDO EN QUE NO EXISTE EVIDENCIA DE QUE LOS CAMPOSELECTROMAGNTICOS PROVOQUEN ENFERMEDADES EN LOS SERES HUMANOS, COMOPOR EJEMPLO:

    La Asociacin Mdica Americana (1995) La Sociedad Fsica Americana (1995)

    La Academia Nacional de Ciencias de los Estados Unidos (1996) El Instituto Nacional de Cncer de los Estados Unidos (1997)

    La Sociedad Americana de Cncer (1997)

    Organizacin Mundial de la Salud (1998-2001-2005)

    ESTUDIOSREALIZADOS

    232. Distancias de seguridad verticales de alambres,

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    232.B.1. Distancias de seguridad en los alambres, conductores y cables Para el clculo de las distancias de seguridad verticales por encima del nivel del

    piso, camino, riel o superficie de agua, en lneas areas de alta o muy alta tensin,se deber aplicar la Tabla 232-1 tomando en cuenta las diversas naturalezas de lasuperficie que se encuentra debajo de la lnea.

    Sin embargo, en la Tabla 232-1a se consideran casos especficos, en los cuales, siaplicando los criterios indicados en esta Seccin para determinar las distancias, seobtuvieran valores distintos a los indicados en dicha Tabla 232-1a, deber utilizarseel mayor valor.

    conductores, cables y equipo sobre el nivel del piso,calzada, riel o superficies de agua

    Tabla 232-1

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    Distancias verticales de seguridad de alambres, conductores ycables sobre el nivel del piso, camino, riel o superficie de agua

    Naturaleza de la superficie que se encuentra

    debajo de los alambres conductores o cables

    Cuando los alambres, conductores o cables cruzan o sobresalen

    Ms de 750V a 23 kV a tierra(m)

    T i i kV

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    232.C.1.a. Para las tensiones entre 23 y 550 kV, la distancia deseguridad especificada en la Regla 232.B.1 (Tabla 232-1) o en la Regla232.B.2(Tabla 232-2) ser incrementada a razn de 10 mm por kilovoltque sobrepase de 23 kV. Todas las distancias de seguridad para laslneas de ms de 33 kV se basarn en la mxima tensin de operacin.

    232.C.1.b. Para las tensiones que sobrepasan de 33 kV, la distancia deseguridad adicional especificada en la Regla 232.C.1.a se incrementaren un 3 % por cada 300 m que sobrepase de 1 000 m sobre el nivel delmar.

    Tensiones superiores a 23 kV

    Regla 232 : Distancias de seguridad verticales de alambres, conductores, cables y

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    g g yequipo sobre el nivel del piso, calzada, riel o superficies de agua

    AL CRUCE DE CARRETERAS Y AVENIDAS

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    .Reglamentos de Establecimientos de GLP para

    uso automotor y de Seguridad para

    Establecimientos de Venta al Pblico deCombustibles Derivados de Hidrocarburos

    (D.S. N 037-2007-EM)

    Art. 11 Modifi. del Art.47 del Reglamento aprobadopor D.S. N 054-93-EM. (Reglam. de Seguridad para

    Establecimientos de Venta al Pblico deCombustibles Derivados de Hidrocarburos)

    Artculo 47.- Los surtidores, dispensadores otanques de combustibles de Estaciones de Servicioy Puestos de Venta de Combustibles (Grifos) debenubicarse a una distancia mnima con respecto a la

    proyeccin horizontal de las lneas areas queconduzcan electricidad segn el siguiente cuadro:

    Los puntos de emanacin de gases deben ubicarse a

    una distancia mnima con respecto a las subestacioneselctricas elevadas, los transformadores elctricoselevados y a la proyeccin horizontal de las lneas areasque conduzcan electricidad segn el siguiente cuadro:

    Modificacin del Art. 47 del Reglamento Aprobadopor D.S. N 019-97-EM (Reglamento deEstablecimiento de Venta de Gas Licuado dePetrleo para Uso Automotor)

    Tabla232-1 a : Mnimas Distancias Verticales de Seguridad de alambres ,conductores y cables sobre el nivel del piso camino riel o superficie de agua

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    conductores y cables sobre el nivel del piso, camino, riel o superficie de agua(Vase la Regla 232.B.1) ( en metros)

    NOTA 1: Estas son las distancias mnimas

    que deben emplearse, sin embargo, si al

    aplicar los dems criterios indicados en

    esta Seccin para determinar las

    distancias, se obtuvieran valores

    distintos a los indicados en esta tabla,

    deber utilizarse el valor mayor. Vasetambin la Regla 230.A.2.

    NOTA2: Esta tabla es vlida hasta 3 000

    m.s.n.m. para niveles de tensin

    menores o iguales a 220 kV y hasta 1 000

    m.s.n.m. para nivel de tensin de 500 kV.

    Para elevaciones mayores se debenaplicar los criterios correspondientes de

    esta Seccin.

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    7.- Faja de servidumbre: Regla 219 contemplada en el CNE-S 2011

    .

    Mximo

    desplazamiento

    Regla 219.B.3. Faja de servidumbreProyeccin sobre el suelo de la fajaocupada por los conductores msla distancia de seguridad

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    ANCHO DE FAJA DE

    SERVIDUMBRE

    Tabla 219 CNE-Suministro

    desplazamiento

    del conductor

    Ancho de faja de servidumbre

    Distancia

    de seguridad

    Distancia

    de seguridad

    Tensinnominal

    (kV)

    Ancho(m)

    De 10 a 15

    20 36

    60 70

    115 145

    220

    500

    6

    11

    16

    20

    25

    64

    la distancia de seguridad

    4.- FAJA DE SERVIDUMBRE

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    Regla.B.2. para el caso especial de la transmisin,el estudio de ingeniera -segn el avance del cono-cimiento y la normativa- deber considerar la posible

    Influencia de los campos elctricos y magnticos paraexposiciones permanentes, que pueden influi r en elancho de la faja de servidumbre, de acuerdo a la Regl212 Tensiones inducidas Campos Elctricos yMagnticos

    LEY DE CONCESIONES ELCTRICAS (D.L.25844)

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    Artculo 114:La servidumbre de electroducto y las instalaciones de

    telecomunicaciones, se otorgarn desde la etapa del proyecto ycomprenden el derecho del concesionario de tender lneas pormedio de postes, torres o por ductos subterrneos enpropiedades del Estado, municipales o de terceros, as como aocupar los terrenos que sean necesarios para instalarsubestaciones de transformacin y obras civiles conexas.

    En las zonas urbanas, la servidumbre de electroducto no podrimponerse sobre edificios, patios y jardines, salvo salvo lasexcepciones que se establezcan en el Cdigo Nacional deElectricidad.

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    Artculo 115:La constitucin de la servidumbre de electroducto no impide

    al propietario del predio sirviente que pueda cercarloo edificar en l, siempre que las construcciones no seefecten debajo de la lnea de alta tensin y su zona deinfluencia y deje el medio expedito para atender a laconservacin y reparacin del electroducto, respetando lasdistancias mnimas de seguridad establecidas por el CdigoNacional de Electricidad para el efecto.

    LEY DE CONCESIONES ELCTRICAS

    REGLAMENTO DE LA LCE

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    Artculo 220: Las serv. de electroductocomprende: ..c) Delimitacin de la zona de influencia del

    electroducto, en caso de ser areo, representadapor la proyeccin sobre el suelo de la faja deocupacin de los conductores, cuyo ancho sedeterminar, en cada caso, de acuerdo a las

    prescripciones del Cdigo Nacional deElectricidad y dems Normas Tcnicas.

    CNE-S 2011: Regla 219.B. Requerimientos de la faja deid b

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    Las fajas de servidumbre para lneas areas se establecen con el propsito debrindar las facilidades para la instalacin, operacin y mantenimiento de lasinstalacioneselctricas de las empresas concesionarias, as como tambin parasalvaguardar la seguridad pblica, es decir, la integridad fsica de las personas ybienes, frente a situacionesde riesgo elctrico mecnico.

    El Ministerio de Energa y Minas impondr servidumbres respecto de bienes dedominio privado, bien sea de propiedad particular o estatal.

    Sobre los bienes de dominio o uso pblico, tales como: vas pblicas, plazas,parques, infraestructura vial, vas frreas, estacionamiento de vehculos, caminos,veredas, paraderos peatonales, puentes peatonales, alamedas, bancas, prgolas,glorietas, miradores, piletas, parques temticos, y otras edificaciones decorativas,lozas deportivas, mobiliario para ejercicios fsicos, tanques o reservorios de agua,casetas de bombeo, canales de irrigacin, baos o servicios higinicos pblicos,

    casetas de seguridad, y torres de vigilancia; los concesionarios estn obligados avelar por el cumplimiento de las distancias de seguridad indicadas en la Seccin 23.

    servidumbre

    Regla 219.B. Requerimientos de la faja de servidumbre

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    Los gobiernos locales, regionales y central, as como otras entidadesencargadas de la aprobacin de proyectos de habilitaciones urbanas, deedificaciones en general, de transporte y otros similares, debern observar,cumplir y hacer cumplir los criterios tcnicos de seguridad elctrica y mecnica,y de servidumbres o distancias de seguridad segn corresponda-establecidos en la Ley de Concesiones Elctricas, su Reglamento y el presenteCdigo.

    Regla 219. B.2 : El ancho mnimo de la faja de servidumbre de la lnea area desuministro ubicada centralmente en dicha faja, ser la indicada en la Tabla 219.

    Para el caso especial de la transmisin, el estudio de ingeniera -segn elavance del conocimiento y la normativa- deber considerar la posibleinfluencia de los campos elctricos y magnticos para exposicionespermanentes, que pueden influir en el ancho de faja de servidumbre, de

    acuerdo con la Regla 212 Tensiones inducidas Campos Elctricos yMagnticos.

    g 9 q j

    Regla 219.B. Requerimientos de la faja de servidumbre

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    Regla 219.B.4 : Esta faja de servidumbre debe ser verificada, a lascondiciones de balanceo de mximo desplazamiento del conductorpor efecto del viento de acuerdo a la Regla 234.A.2, ms la distanciamnima de seguridad. Asimismo, verificar el efecto de galope delconductor. Si la distancia resultase mayor a lo indicado en Tabla 219,deber emplearse el mayor valor.

    Regla 219.B.5 : No podr establecerse la servidumbre de lneas areassobre bienes de dominio privado, bien sea de propiedad particular oestatal que pasen sobre construcciones, edificaciones, patios, jardines

    de viviendas, parques, mercados, o similares; salvo los casos indicadosen las Reglas 219.B.6, 219.B.7.

    g 9 q j

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    8.- Aplicacin de excepciones: Regla219.B.6 y Regla 219.B.7

    .

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    Regla 219.B.6.a Lneas areas existentes

    Regla 219.B.7.b Lneas areas nuevas o repotenciadas

    REGLA 219.B.6 EXCEPCIN 1: Edificaciones o construcciones

    de dominio privado dentro de la Faja de Servidumbre peroFuera de su Zona de Influencia

    CASOS

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    219.B.6.a Lneas areas existentes

    Las lneas areas existentes que no pueden cumplir con el ancho mnimode la faja de servidumbre establecido en la Tabla 219, debido a que encuyas proximidades existen edificaciones o construcciones, en las que:

    - No existe presencia de personas de manera permanente, tales como:tanques de almacenamiento de agua, graneros, almacenes, o

    construcciones similares;

    - Eventualmente existe presencia de personas y/o animales, tales como:establos, galpones, corrales, o similares;

    - No existe operacin o manipulacin de maquinarias que puedan

    vulnerar las distancias de seguridad de la lnea area, tales comoedificaciones de industria o similares;

    - Sean edificaciones de vivienda u otros similares.

    CONDICIONES

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    Se podr establecer la servidumbre educiendo el ancho indicado en la Tabla 219 en losvanos correspondientes, sin afectar la zona de influencia de la lnea cumpliendo losprocedimientos correspondientes, previo informe tcnico de OSINERGMIN, y siempre que:

    La construccin o edificacin se encuentre fuera de la zona de influencia de la lnea(zona que comprende la proyeccin del conductor considerando la desviacin porefecto del viento, ms la distancia horizontal de seguridad). Vase la Figura 219.B1.

    No se superen los Valores Mximos de Exposicin a Campos Elctricos y Magnticos a60 Hz dados en la tabla de la Regla 212.

    En el caso de edificaciones de vivienda, industria o similares, semestralmente, elconcesionario de la lnea area recuerde por comunicacin escrita- al propietario o alresponsable de los ocupantes del predio, los cuidados y limitaciones que deben tenerpara evitar riesgo elctrico o accidente.

    Queden precisados en el documento de establecimiento de la servidumbre, cada uno delos casos en los vanos correspondientes.

    CONDICIONES

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    Cada uno de los casos deber ser analizado de manera independiente, con lacorrespondiente justificacin tcnica en la que se incluyan los clculos justificativos,planos, grficos, y se detallen las distancias de seguridad de acuerdo a la Regla 219.B.4.

    Para los casos de lneas areas con servidumbres establecidas, la justificacin tcnicaser presentada a OSINERGMIN.

    Para los casos de lneas areas sin servidumbre o con tramos exceptuados la

    justificacin tcnica ser presentada a la DGE.

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    FAJA DE SERVIDUMBRE

    ZONA BAJO LA LNEA

    ZONA DE INFLUENCIA

    Zona bajo la lnea

    Zona de influencia

    Faja de servidumbre

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    ZONA DE INFLUENCIA

    CONSTRUCCIN DENTRO DE LAFAJA DE SERVIDUMBRE Y FUERADE LA ZONA DE INFLUENCIA

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    D

    ZONA DE INFLUENCIA

    SERVIDUMBRE

    VARIAS CONSTRUCCIONESFUERA DE LA ZONA DEINFLUENCIA

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    SE DEBE REDUCIR

    EL ANCHO DE LA FAJA DE SERVIDUMBRE

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    VARIAS CONSTRUCCIONES DENTRO DE LA FS PEROFUERA DE LA ZI

    SE DEBE REDUCIR

    EL ANCHO DE LA FAJA DE SERVIDUMBRE

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    VARIAS CONSTRUCCIONESFUERA DE LA ZONA DEINFLUENCIA

    ALMACN TECHADO DENTRO DE LAFAJA DE SERVIDUMBRE PEROFUERA DE LA ZONA DE INFLUENCIAPARALELA AL CONDUCTOR

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    PARALELA AL CONDUCTOR

    D d

    En proximidades de la

    estructura d es pequeo

    Ejemplo en aplicacin a la Excepcin 01 (Regla 219.B.6)

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    Campo Magntico y Campo Elctrico

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    Resultados

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    Regla 219.B.7 EXCEPCIN 2: Servidumbres en lneas areas existentesen cuya zona de influencia, existan edificaciones o construcciones de

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    y ,dominio privado en las que hay presencia de personas

    En las lneas areas existentes en cuya zona de influencia, existanedificaciones o construcciones de dominio privado, bien sea de

    propiedad particular o estatal, en las que hay presencia de personas,se podr excepcionalmente imponer servidumbre. Las solicitudes

    para el establecimiento o regularizacin de la servidumbre debernser presentadas a la Direccin General de Electricidad, para su

    respectiva aprobacin

    CONDICIONESSe establecer o regularizar la servidumbre cumpliendo losprocedimientos correspondientes, previo informe tcnico de

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    procedimientos correspondientes, previo informe tcnico deOSINERGMIN, y siempre que:

    Se cumplan las distancias de seguridad establecidas en el Cdigo;

    Se establezcan medidas orientadas a la seguridad de las estructuras yconductores en el vano en cuestin, as como la adecuada proteccinelctrica;

    No exista influencia de los campos elctricos y magnticos paraexposiciones permanentes, referida en la Regla 219.B.2;

    Semestralmente, el concesionario de la lnea area recuerde -porcomunicacin escrita- al propietario o a los ocupantes del predio, loscuidados y limitaciones que deben tener para evitar riesgo elctrico oaccidente;

    Queden precisados en el documento de establecimiento de laservidumbre, cada uno de los casos en los vanos correspondientes.

    Continuacin

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    En este tipo de edificaciones o construcciones no se podrincrementar la altura de la edificacin o realizar algunaaccin que viole esta distancia de seguridad.

    Cada uno de los casos debern ser analizados de maneraindependiente, con la correspondiente justificacin tcnicaen la que se incluyan los clculos justificativos, planos,grficos, y se detallen las distancias de seguridad de

    acuerdo a la Regla 219.B.4

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    Veintids viviendas dentro de la faja de servidumbre

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    Pruebas de PAT, Tensin de toque yTensin de paso

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    p

    Tiempos de apertura de Interuptores

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    Protocolos de Rels de Proteccin

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    Comunicaciones a pobladores

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    Muchas Gracias

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