4 y 5 categoria.docx

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    1/28

    DOCENTE:

    Martinez Garcia,Julio.

    ASIGNATURA:

    Derecho Financiero.

    INTEGRANTES:

    Balbin Linares, Patricia.

    Bravo Rojas, Marylin.

    Garcia Bermudez, Luis.

    Gonzales Navarro, Oscar.

    Julca Bilbao, Jenny.

    Quise !ari"a, #lan.

    Alumna: Bravo Rojas Marylin| Ciclo: I-A Aula: 501

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    2/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    CICLO/AULA/TURNO:

    X C 209 / Noche.

    INDICE

    INDICE - 2 -1. INTRODUCCION - -2. NOCIONE! "ENER#$E! - % -2.1. DEFINICION - % -2.2. C$#!IFIC#CION DE $#! RENT#! DE FUENTE PERU#N# - & -2.. RENT#! DE TR#'#(O - ) -2.%. CRITERIO DE I*PUT#CI+N DE $#! RENT#! DE TR#'#(O - ) -. '#!E $E"#$ - ) -.1. RENT#! DE CU#RT# C#TE"ORI# - ) -A. RENTABRUTA. ARTCU!"##$ TU" !IR - % -B. N"&"NRENTA&'ECUARTA. INCI&"E( ARTCU!"#)$TU" !IR - * -C. RENTANETA. ARTCU!")5$+)%$ TU" !IR, ARTCU!"%$ RIR - -'. 'E'UCCI"NE&. ARTCU!")/$ TU" !IR - -.2. RENT#! DE ,UINT# C#TE"ORI# - -A. RENTABRUTA. ARTCU!"#)$ TU" !IR - -B. N"&"NRENTA&'EUINTACATE"RA. - 10 -C. C"NCE2T"&INA3ECT"&. BA&E!EA!. INCI&"1 TU" !IR. - 11 -%. C#R#CTERI!TIC#! - 11 -%.1. RENT#! DE CU#RT# C#TE"ORI# - 11 -%.2. RENT#! DE ,UINT# C#TE"ORI# - 12 -&. DETER*IN#CION DE$ I*PUE!TO - 1 -&.1. RENT#! DE CU#RT# C#TE"ORI# - 1 -A. RENTANETA. BA&E!EA!ART. )5 TU" !IR - 1# -B. RENTANETAT"TA!. 4RNT3E(. BA&E!EA!. ART. 5# TU" !IR - 1) -C. 2A"&ACUENTA. BA&E!EA!. ART. *)+% TU" !IR - 15 -'. RETENCI"NE&. BA&E!EA!. ARTCU!"*1+*)$ TU" !IR. - 1% -E. N""B!IACIN'EREA!I6AR2A"&ACUENTAE7ERCICI"01#. - 1% -3. &U&2EN&IN'E2A"&ACUENTAE7ERCICI"01#. - 1% -&.2. RENT#! DE ,UINT# C#TE"ORI# - 1 -A. 2A"&ACUENTA. BA&E!EA!ARTCU!"*5. - 1* -). C#!O! PR#CTICO!. - 1 -#. E(E*P$ODERENT#DECU#RT#C#TE"OR/#. - 1 -'. E(E*P$ODERENT#DECU#RT#0,UINT#C#TE"OR/# - 2 -

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 23

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    3/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    . "$O!#RIO - 22 -. CONC$U!IONE! - 2% -4. 'I'$IO"R#FI# - 2) -1. #NE5O! - 2 -

    1.INTRODUCCION

    El presente trabajo monogrfico trata acerca del tema de Impuesto a laRenta de Cuarta y Quinta Categora. Para desarrollar este tema se ha

    tenido bsicamente en cuenta las distintas fuentes de informacin

    obtenida en las distintas pginas de internet tanto en bibliotecas irtuales

    y opiniones de jurisconsultos y contadores! asimismo el apoyo de

    manuales tributarios y bsicamente la "ey de Impuesto a la Renta# siendo

    este un tema netamente terico! aplicado a casos prcticos.

    Comprendemos $ue las rentas seg%n su fuente predominante se

    clasifican en rentas del capital! rentas del trabajo y rentas empresariales.

    &in embargo nuestro mbito de estudio se centra en las rentas de trabajo!

    comprendidas a$u las rentas de cuarta y $uinta categora! en la primera

    la obtenida por el ejercicio independiente de una profesin! arte u oficio y

    la segunda por el trabajo dependiente. "as rentas de trabajo deben ser

    reconocidas en el ejercicio en $ue el contribuyente las ha percibido!

    bastar $ue el cliente o empleador ponga a disposicin del contribuyente

    el honorario o remuneraciones pactadas para $ue este recono'ca el

    ingreso respectio y tribute por (l en dicho periodo. En otras palabras su

    fuente productora es el trabajo personal.

    )etallaremos ampliamente la base legal de estas rentas de trabajo! las

    deducciones! los conceptos inafectos! sus caractersticas! la

    determinacin del impuesto! para concluir en casos prcticos. Por otro

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 3

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    4/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    lado contaremos con un bree glosario para ilustrarnos mejor con los

    significados de algunas palabras $ue se repetirn a lo largo de la

    presente monografa.

    Este es el inicio de un trabajo de inestigacin $ue puede serir de base

    para tomarse en cuenta en otros trabajos $ue guarden relacin.

    2.NOCIONE! "ENER#$E!

    !.". D#FI$ICI%$

    Para comenzar a definir el tema lo ideal es conocer brevemente acerca delImpuesto a la Renta! podra entenderse por renta a:

    a) El producto peridico de un capital (corporal o incorporal, aun el trabajo

    humano)

    b) El total de in!resos materiales "ue recibe el individuo, o sea el total de

    enri"uecimientos "ue provienen de afuera del individuo, cual"uiera sea su ori!en

    # sean o no peridicos

    c) El total de enri"uecimiento del individuo, #a se hubieran traducido en

    satisfacciones (consumo) o en ahorros, a lo lar!o de un periodo este concepto

    implica considerar renta todo lo consumido en el periodo, m$s (menos) el cambio

    producido en su situacin patrimonial%

    &tendiendo a su fuente predominante las rentas se clasifican en rentas del

    capital, rentas del trabajo # rentas empresariales%'

    REGIMEN CEDULAR VIGENTE A PARTIR DEL 01-01-2009

    CEDULA COMPRENDEN TASA

    Renta eta del apital 'ra # *da ate!ora% Porcentual: +%*-

    Renta eta Empresarial .ra% ate!ora% Porcentual: ./-

    1 Blo8 9 A8us;ina Cas;illo amarra. Ra. 4Consul;a9a l #1 9"c;u=r 9l 01)( 4?;;@:m.=lo8.@[email protected].@mA=rirAr;iculo.@?@i;m))%))D9a;oBusca(

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora %3

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    5/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    Renta eta del 0rabajo 1ta # ta ate!ora% Pro!resiva &cumulativa:

    '-, *'- # ./-

    Por otro lado, el impuesto a la renta !rava: *"as rentas $ue proengan del

    capital! trabajo y de la aplicacin conjunta de ambos factores! entendi(ndose

    como tales a$uellas $ue proengan de una fuente durable y susceptible de

    generar ingresos peridicos.+,

    El $mbito de aplicacin del Impuesto a la Renta tiene como 2ase 3e!al el

    artculo +4 del 056 3IR."ue nos dice: 7Estn sujetas al impuesto la totalidad de

    las rentas graadas $ue obtengan los contribuyentes $ue! conforme a las

    disposiciones de esta "ey! se consideran domiciliados en el pas! sin tener en

    cuenta la nacionalidad de las personas naturales! el lugar de constitucin de las

    jurdicas! ni la ubicacin de la fuente productora.En caso de contribuyentes nodomiciliados en el pas! de sus sucursales! agencias o establecimientos

    permanentes! el impuesto recae slo sobre las rentas graadas de fuente

    peruana.+

    !.!. C&'(IFIC'CI%$ D# &'( R#$)'( D#

    F*#$)# +#R*'$'

    3a clasificacin de las rentas de fuente peruana se encuentra en el artculo **4

    del 056 3IR # son las si!uientes (Anexo N 1):

    Primera: Rentas producidas por el arrendamiento, subarrendamiento #

    cesin de bienes%

    Seguna: Rentas del capital no comprendidas en la primera cate!ora

    Ter!era: Rentas del comercio, la industria, # otras e8presamente

    consideradas por 3e#%

    Cuar"a: Rentas del trabajo independiente%

    Bas !8al:Ar;>culo 1 inciso a( 9l TF;o Gnico "r9na9o 9 la !y9l Im@us;o a la Rn;a 4'.&. 1*/-00)-E3(

    # TU" !IR: TF;o Gnico "r9na9o 9 la !y 9l Im@us;o a la Rn;a

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora &3

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    6/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    #uin"a: Rentas del trabajo en relacin de dependencia, # otras rentas del

    trabajo independiente e8presamente se9aladas por 3e#%

    !.. R#$)'( D# )R'-'J%&"u est$n a!rupadas las rentas de cuarta # "uinta cate!ora, en la primera la

    obtenida por el ejercicio independiente de una profesin, arte u oficio # las

    se!unda por el trabajo dependiente% 3as rentas de trabajo deben ser

    reconocidas en el ejercicio en "ue el contribu#ente las ha percibido, bastar$ "ue

    el cliente o empleador pon!a a disposicin del contribu#ente el honorario o

    remuneraciones pactadas para "ue este reconozca el in!reso respectivo #

    tribute por l en dicho periodo1% En otras palabras su fuente productora es el

    trabajo personal%

    !.. CRI)#RI% D# IM+*)'CI$ D# &'(

    R#$)'( D# )R'-'J%0

    3as Rentas del 0rabajo se imputar$n al ejercicio !ravable en "ue se perciban% ;e

    considerar$n percibidas cuando se encuentren a disposicin del beneficiario, a

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    7/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    a- El ejercicio indiidual de cual$uier profesin! arte! ciencia! oficio o

    actiidades no incluidas epresamente en la tercera categora.

    = 6bli!acin de emitir recibos por honorarios en el momento "ue perciban la

    retribucin # por el monto pa!ado%

    = N$ %e in!&u'e:&!entes mediadores de comercio (corredores de se!uros #

    comisionistas mercantiles), rematadores # martilleros, # cual"uier otra

    actividad similar notarios ejercicio profesional en asociacin o sociedad de

    hecho actividad empresarial incluidos en .ra cate!ora%

    = 0ambin se consideran como Rentas de uarta ate!ora los in!resos

    percibidos por los porteadores, como trabajadores independientes "ueprestan servicios personales de transporte de car!a, bajo contrato de trabajo

    en la modalidad de servicio especfico para la actividad turstica &rt% * de la

    3e# 4 *>+/> # ?%;% /''@*//@0R%

    b- El desempe/o de funciones de director de empresas! sndico! mandatario!

    gestor de negocios! albacea y actiidades similares! incluyendo el

    desempe/o de las funciones del regidor municipal o consejero regional! por

    las cuales perciban dietas.

    7. No son Rentas de Cuarta. Inciso e8 #rtculo

    %6TUO $IR

    3as percibidas por el trabajo independiente con contratos de prestacin de

    servicios, normados por la le!islacin civil, cuando:

    @ El lu!ar # horario desi!nado por el usuario%

    @ El usuario proporciona los elementos de trabajo%

    @ El usuario asume los !astos por el servicio%

    En estos casos, los in!resos constitu#en Rentas de Auinta ate!ora, 3os

    in!resos "ue perciban los sujetos contratados mediante contratos de

    servicios no personales de car$cter independiente pueden calificar como

    rentas de cuarta o "uinta cate!ora, se!

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    8/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    procedimiento de retencin depender$ de la cate!ora de las rentas

    abonadas%+

    c. Renta Neta. #rtculo %&6 y %)6 TUO $IR9 #rtculo2)6 RIR

    3a deduccin del */- de la Renta 2ruta no aplica a las rentas

    percibidas por directores de empresas, sndicos, mandatarios,

    !estores de ne!ocios, albaceas # actividades similares, inclu#endo a

    re!idores municipales o consejeros re!ionales%

    = ;i los contribu#entes obtienen rentas de ambas (1ta # ta) solo

    pueden deducir > 5I0 una sola vez%

    3a deduccin de > 5I0 es hasta el lmite de las rentas netas de 1ta #

    ta cate!ora recibidas%

    d. Deducciones. #rtculo %46 TUO $IR

    ?e la renta neta del trabajo se podr$ deducir lo si!uiente:

    a) El impuesto a las 0ransacciones Binancieras establecido por la 3e# 4

    *C'D1% 3a deduccin tendr$ como lmite un monto e"uivalente a la renta neta

    de cuarta cate!ora%

    b) El !asto por concepto de donaciones otor!adas a favor de las entidades #

    dependencias del ;ector P

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    9/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    .!. R#$)'( D# Q*I$)' C')#G%RI'

    a. Renta 'ruta. #rtculo %6 TUO $IR

    ;on rentas de "uinta cate!ora las obtenidas por:

    a) El trabajo personal prestado en relacin de dependencia, como sueldos,

    salarios, asi!naciones, emolumentos, !ratificaciones, dietas,

    compensaciones, primas, bonificaciones, a!uinaldos, comisiones en dinero o

    en especie, !astos de representacin, # en !eneral, toda retribucin por

    servicios personales%

    o se consideran como tales las cantidades "ue percibe el servidor por

    asuntos del servicio en lu!ar distinto al de su residencia habitual, tales como

    !astos de viaje, vi$ticos por !astos de alimentacin # hospedaje, !astos de

    movilidad # otros !astos e8i!idos por la naturaleza de sus labores, siempre

    "ue no constitu#an sumas "ue por su monto revelen el propsito de evadir el

    impuesto%

    0rat$ndose de funcionarios p

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    10/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    e) 3os in!resos obtenidos por el trabajo prestado en forma independiente con

    contratos de prestacin de servicios, normados por la le!islacin civil,

    cuando el servicio sea prestado en el lu!ar # horario desi!nado por "uien lo

    re"uiere # cuando el usuario proporcione los elementos de trabajo # asumalos !astos "ue la prestacin del servicio demanda%

    f) 3os in!resos obtenidos por la prestacin de servicios considerados dentro

    de la cuarta cate!ora, efectuados para un contratante con el cual manten!a

    simult$neamente una relacin laboral de dependencia%

    7. No son rentas de ,uinta Cate:ora.

    3as cantidades "ue percibe el servidor por asuntos del servicio en lu!ar

    distinto al de su residencia habitual, como !astos de viaje, vi$ticos por

    alimentacin # hospedaje

    Fastos de movilidad

    6tros !astos e8i!idos por la naturaleza de sus labores (telfonos, sumas

    por uniformes G R0B +/@1@DD condicin de trabajo)

    El pa!o debe representar un beneficio econmico para el trabajador% o

    es renta si es un reembolso de un !asto incurrido por razn del servicio, o

    es condicin de trabajo, por lo "ue no tiene su libre disponibilidad%

    3os pa!os a servidores contratados en el e8tranjero, su cn#u!e e hijos

    por: Pasajes al inicio # trmino del contrato alimentacin # hospedaje por

    los . primeros meses en el pas transporte al pas e internacin del

    e"uipaje # menaje de casa pasajes a su pas por vacaciones durante

    contrato salida # transporte de e"uipaje # menaje casa al trmino del

    contrato%C

    Pa!os a personas no domiciliadas "ue prestan servicios de asistencia

    tcnica en el pas por concepto de: pasajes dentro # fuera pas, vi$ticos

    por alimentacin # hospedaje%

    * C2C "N6A!E& 2EA, E9son Mar;in. 'ia@osi;ivas: Rn;as 9 Cuar;a yuin;a Ca;8or>a 9 Im@us;o a la Rn;a. 4).11.011(

    !os su@us;os sSala9os n l inciso c( 9l ar;>culo 0 9lR8lamn;o 9 la !IR

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 13

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    11/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    3os !astos # contribuciones realizados por la empresa con car$cter

    !eneral a favor del personal, # los !astos desi!nados a prestar asistencia

    de salud a los servidores se! ll) 3IR% R0B **./@*@*//., */+@*@

    *//1%

    3as indemnizaciones laborales # de la 0;%

    3os subsidios por incapacidad temporal, maternidad # lactancia

    (inafectos)%

    c. Conce;tos Inaa aun cuan9o, @ara la@rs;aciKn 9 ;als srvicios, s ?aya ruri9o 9l a@oyo 9 auFiliarsy sus;i;u;os

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 113

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    12/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    Por la prestacin de servicios calificados como !eneradores de rentas de

    cuarta cate!ora se emitir$n los denominados recibos por honorarios

    (ANE)O N* 02+, e8cepto:

    @ Por los in!resos "ue se perciban por las funciones de directores de

    empresas, albaceas, sndicos, !estores de ne!ocios, mandatarios #

    re!idores de municipalidades # actividades similares%'/

    @ Por los in!resos percibidos por trabajadores independientes a los "ue

    se hace referencia en los incisos e # f del artculo .14 del 056 de la 3e#

    del Impuesto a la Renta (Rentas de cuarta G "uinta)''

    .!. R#$)'( D# Q*I$)' C')#G%RI'

    E8iste relacin de dependencia o subordinacin: horarios,

    amonestaciones, etc%

    ;e pacta un contrato de naturaleza laboral (re"uisito no indispensable

    pues a veces basta con la voluntad e8presada verbalmente por el

    empleador de contar con los servicios del trabajador)

    El usuario del servicio proporciona herramientas, materiales # en al!unos

    casos conocimientos%

    0Retribucin por sericios personales1, alude a cual"uier pa!o recibido

    del empleador por ra'n del sericio prestado en relacin de

    dependencia%

    Interesa "ue el pa!o sea considerado como el producto de la prestacin

    del sericio%

    10 Bas !8al Numral 9l ar;>culo )$ inciso 1.5 9l numral 1 9lar;>culo *$ 9l R8lamn;o 9 Com@ro=an;s 9 2a8o 4R.&. 00*-//&UNAT(

    11 Bas l8al Gl;imo @LrraJo 9l inciso j( 9l ar;>culo 1$ 9lR8lamn;o 9 la !y 9l Im@us;o a la Rn;a

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 123

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    13/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    &.DETER*IN#CION DE$ I*PUE!TO

    0.". R#$)'( D# C*'R)' C')#G%RI'

    a. Renta Neta. 'ase $e:al #rt. %& TUO $IR

    RENT#

    'RUT#

    =R'8

    DEDUCCIONE!RENT#

    NET# =RN8IR

    CU#RT#

    C#TE"ORI

    #

    4-( 0

    RB

    4-( *

    UIT

    Rn;a

    N;a 9l

    Tra=ajo

    4RNT(

    RNT V

    RN3E

    4Rn;a

    N;a

    3un;

    EF;ranjra(

    15 Was;a * UITX

    1 n;r * y 5)

    UIT yX

    #0 EFcso 5) UIT

    4Y( 3a deduccin del */- de la Renta 2ruta no aplica a las rentas percibidas por

    directores de empresas, sndicos, mandatarios, !estores de ne!ocios, albaceas# actividades similares, inclu#endo a re!idores municipales o consejerosre!ionales.1

    1 Ar;>culo ##$ inciso = TU" !IR

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 13

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    14/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    7. Renta Neta Total. =RNTFE8. 'ase $e:al. #rt. &

    TUO $IR

    DETER*IN#CION DE $# RENT# NET# DE$ TR#'#(O =RNT8

    RENT# 'RUT#

    =R'8'E'UCCI"NE& RNT

    CU#RT#

    C#TE"ORI#

    4-( 0

    RB 4-( * UIT RNT

    2arcial

    4-( IT3 V F '

    4Y(

    DETER*IN#CION DE $# FUENTE DE RENT# E5TR#N(ER# =RNFE8

    RENT# 'RUT# =R'8 'E'UCCI"NE&2ERMITI'A& RNT

    !e:>n

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    15/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    cuotas mensuales $ue determinarn aplicando la tasa del 234

    5die' por ciento- sobre la renta bruta mensual.+26

    *"a &789: podr establecer o eceptuar de la obligacin de

    presentar declaraciones juradas en los casos $ue estime

    coneniente a efecto de garanti'ar una mejor recaudacin del

    impuesto! incluyendo los pagos a cuenta.+2;

    o deber$ efectuarse retenciones del Impuesto a la Renta cuando

    los recibos por honorarios "ue pa!uen o acrediten sean de un

    importe "ue no e8ceda el monto de ;H% ',// (5n mil "uinientos #

    //H'// uevos soles%

    o estando facultado el emisor de los mismos a emitir varios de

    estos comprobantes de pa!o por importes parciales "ue sumados

    todos cubran el monto de la retribucin recibida por los servicios

    brindados%

    1# 'ase $e:alA Ar;>culo %$ TU" !IR

    1) 'ase $e:alA Ar;>culo */$ 9l TU" !IR 4sF;o @LrraJo(

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 1&3

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    16/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    d. Retenciones. 'ase $e:al. #rtculo 1 y %6 TUO

    $IR.

    @ ;on a!entes de retencin, entre otros, las personas, empresas # entidadesobli!adas a llevar contabilidad de acuerdo al primer # se!undo p$rrafos del

    artculo + 056 3IR, cuando pa!uen o acrediten honorarios u otras

    remuneraciones "ue constitu#an rentas de cuarta cate!ora%

    @ 0rat$ndose de rentas de cuarta cate!ora, los a!entes de retencin deber$n

    retener con car$cter de pa!o a cuenta del Impuesto a la Renta el '/- (diez por

    ciento) de las rentas brutas "ue abonen o acrediten%

    @ El monto retenido se abonar$ se!

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    17/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    @ uando los in!resos de los directores de empresas, sndicos, mandatarios,

    !estores de ne!ocios, albaceas o similares "ue pro#ectan percibir en el ejercicio

    !ravable por rentas de cuarta cate!ora o por rentas de cuarta # "uinta

    cate!oras no superen los ;H *,D// anuales%

    0.!. R#$)'( D# Q*I$)' C')#G%RI'

    RENT#

    'RUT#

    =R'8

    DEDUCCIONE!RENT#

    NET# =RN8IR

    ,UINT#

    C#TE"ORI

    #

    4-( * UIT Rn;a

    N;a 9l

    Tra=ajo

    4RNT(

    RNT V

    RN3E

    4Rn;a

    N;a

    3un;

    EF;ranjra(

    15 Was;a * UITX

    1 n;r * y 5)

    UIT yX

    #0 EFcso 5) UIT

    a. Pa:os a cuenta. 'ase $e:al #rtculo &.

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 13

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    18/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    @ 3as personas naturales # jurdicas o entidades p 5I0)%

    @ 0rat$ndose de personas "ue presten servicios para m$s de un empleador, la

    retencin la efectuara a"uel "ue abone ma#or renta de acuerdo al procedimiento

    "ue fije el re!lamento%

    Esta retencin deber$ abonarse al Bisco dentro de los plazos previstos por el

    di!o 0ributario para las obli!aciones de periocidad mensual%

    ).C#!O! PR#CTICO!.

    a. #1emplo de Renta de Cuarta Categora.

    @ Ejemplo ': El se9or Ro!er Jimnez percibe rentas de cuarta cate!ora desde el

    a9o *//% Presenta su solicitud de suspensin en enero */'' # cuenta con la

    si!uiente informacin:

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 13

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    19/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    Por tanto su solicitud de suspensin es procedente por"ue no supera el monto

    lmite anual establecido como re"uisito para la suspensin%

    @ Ejemplo *: ;e presenta la solicitud en abril */'' # se tienen los si!uientes

    datos:

    In!resos pro#ectados:

    $lculo del IR:

    (a)

    Promedio mensual de los in!resos pro#ectados:

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 143

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    20/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    alculamos el '/- del promedio mensual multiplicado por los meses

    transcurridos:

    (b)

    En este caso s procede la solicitud pues (a) K (b)

    2. #1emplo de Renta de Cuarta y Quinta

    Categora

    ;i el contribu#ente recibe in!resos de cuarta #

    "uinta cate!ora deber$ sumar estos importes para el c$lculo del impuesto a

    la renta%

    Para el a9o ara el a9o */'1, el contribu#ente

    podr$ pedir la suspensin de la retencin del IR de cuarta cate!ora (trabajo

    independiente) si el monto total de sus in!resos no supera ;H *,>>' o si su

    in!reso anual no supera los ;H%.., */%

    3a solicitud de suspensin solo se solicita por

    Internet # vence al .' de diciembre de cada a9o%

    PERSONA #UE PERCI,E ONORARIOS .SUELDOS (RENTAS DE / .

    CATEGOR3AS+14

    El ;e9or arlos 2albo ;olari, mdico de profesin tiene su consultorio #

    percibido en l a9o */'., honorarios por ;H *1/ mil (rentas de cuarta cate!ora),

    # adem$s es catedr$tico una universidad (rentas de "uinta cate!ora) por las

    cuales recibe sueldos por la suma de ;H 1 mil, durante ese a9o efect

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    21/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    */- de rentas de 1L% (0ope m$8imo ;H% CC,C//) (1C,///)

    Renta neta de 1L% ;H% 'D*,///

    2- DETERMINACION DE LA RENTA NETA DEL TRA,A6O (CUARTA .

    #UINTA CATEGOR3A+

    Renta eta de uarta cate!ora ;H% 'D*,///

    Renta de "uinta ;H% 1,///

    0otal Renta eta de 1ta% M ta% ate!ora ;H% *.>,///

    (@) deduccin de > 5I0N ;H%., >// O > (*,D//)

    Renta eta de 1L% # L cate!ora ;H% *'','//

    7- DETERMINACI5N DE LA RENTA NETAIMPONI,LE DEL TRA,A6O

    Renta eta del trabajo ;H% *'','//

    enos: ?educciones

    (Impuesto I0B) se! 5I0 N '- de ;H%DD, D// ;H% '1,DC Q

    Por el e8ceso de *> 5I0 hasta 1 5I0 N *'- de ;H% DD,D// ;H% */,D>D

    Por el e8ceso de 1 5I0N./- de ;H% '',** ;H% .,.>+

    Impuesto alculado ;H% .D,.1/

    enos: pa!os a cuenta

    (@) Pa!os directos por 1ta% ate!ora (*1,///)

    (@) Impuesto retenido de ta% ate!ora (*,C+)

    ;aldo a favor del fisco ;H% '*,1>

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 213

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    22/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    ."$O!#RIO1

    a+ S3NDICO-En un concurso de acreedores o en una "uiebra, encar!ado de

    li"uidar el activo # el pasivo del deudor% (?iccionario de la Real &cademia

    Espa9ola)

    8+ MANDATARIOS- Persona "ue, en el contrato consensual de mandato, recibe

    por escrito, de palabra o t$citamente, de otra, "ue es el mandante, la orden o

    encar!o, "ue acepta e8presamente el hecho del cumplimiento de representarla

    en uno o m$s asuntos para desempe9ar uno o varios ne!ocios% (abanellas de

    0orres, Fuillermo% ?iccionario Jurdico Elemental)

    !+ AL,ACEA-Persona encar!ada por el testador o por el juez de cumplir la

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    23/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    i+ DIETAS- Estipendio "ue se da a "uienes ejecutan al!unas comisiones o

    encar!os por cada da "ue se ocupan en ellos, o por el tiempo "ue emplean en

    realizarlos% (?iccionario de la Real &cademia Espa9ola)

    ;+ GRATI

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    24/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 2%3

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    25/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    .CONC$U!IONE!

    ;e!

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    26/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    proporciona las herramientas, materiales # en al!unos casos

    conocimientos%

    En la renta de cuarta cate!ora e8iste un contrato de aturaleza ivil,

    mientras "ue en la renta de "uinta ate!ora, el contrato es de naturaleza

    laboral% En la renta de 1ta cate!ora se e8tiende un comprobante de pa!o "ue

    cumpla los re"uisitos mnimos (Recibo por onorario) salvo los in!resos

    "ue perciban por funciones de directores de empresas, albaceas,

    sndicos, !estores de ne!ocios, mandatarios # re!idores de

    municipalidades # actividades similares% En la renta de ta cate!ora

    e8iste un contrato de 0rabajo donde el empleador !ira 2oletas de Pa!o%

    En las rentas de 1ta cate!ora no se inclu#en los a!entes mediadores de

    comercio (corredores de se!uros # comisionistas mercantiles),

    rematadores # martilleros, # cual"uier otra actividad similar notarios

    ejercicio profesional en asociacin o sociedad de hecho actividad

    empresarial incluidos en .ra cate!ora%

    En el caso de determinar las rentas de 1ta cate!ora no se aplicara la

    deduccin del */- de la Renta 2ruta a las rentas percibidas por

    directores de empresas, sndicos, mandatarios, !estores de ne!ocios,

    albaceas # actividades similares, inclu#endo a re!idores municipales o

    consejeros re!ionales%

    ?e conformidad al inciso d) del artculo 'C del 056 3IR no son rentas de

    ta cate!ora las rentas vitalicias # las pensiones tales como jubilacin,

    montepo e invalidez%

    En las rentas de ta cate!ora, trat$ndose de personas "ue presten

    servicios para m$s de un empleador, la retencin la efectuara a"uel "ue

    abone ma#or renta de acuerdo al procedimiento "ue fije el re!lamento%

    ;i los contribu#entes obtienen rentas de ambas (1ta # ta) solo pueden

    deducir > 5I0 una sola vez%

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 2)3

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    27/28

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    4.'I'$IO"R#FI#

    avaleta Slvarez, ichael% ono!rafa de Investi!acin% &n$lisis

    onstitucional@0ributario de la armonizacin e incidencia del

    r!imen cedular del impuesto a la renta a las Personas aturales

    en la fiscalidad comparada # con especial nfasis en el PerD@*//1@EB

    P &;0R6 ;%, 3uis Bernando% ?iapositivas: Impuesto a la

    Renta de uarta # Auinta ate!ora% ;5&0% (.'%/'%*/'1)

    Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categora 23

  • 7/23/2019 4 y 5 categoria.docx

    28/28

    [ Aluilr 9 =ins1ra.Ca;8or>a

    [ ColocaciKn o F@lo;aciKn 9ca@i;als.

    9a.Ca;8or>a

    [ Rn;as m@rsarials.#ra.Ca;8or>a

    [ Tra=ajo in9@n9in;.);a.Ca;8or>a

    [ Tra=ajo n rlaciKn 99@n9ncia.

    5;a.Ca;8or>a

    Facultad de Derecho y CienciasPolticas Derecho Financiero/ Martinez Garcia, Julio.

    1. #NE5O!

    Anexo N .1: /ate0ori+acin de "entas (Art 22 TUO !")

    Anexo N .2: "ecio &or 3onorarios