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- 447 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° - 2011/MPCH/A Chiclayo, 07 JUN 2012 VISTO: Con expediente NO019935 de fecha 29 de Mayo del 2012, don BIBIANO CARRASCO LLAJA interpone Recurso de Apelación contra la Carta N° 613- 2012/MPCH/GRRHH de fecha 08 de Mayo del 2012. CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Conciliación, emitida por el área de Bienestar Social de la Dirección de Personal de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, de fecha 2? de Setiembre del año 1999; se establece que, don BIBIANO CARRASCOLLAJA, PRESENTOUNA SOLICITUD,PARA EL DESCUENTOVOLUNTARIO DE sI. 300.00 NUEVOSSOLESMENSUALESPARAPENSION DE ALIMENTOS (le sus hijos ESTEFANY(08 años), GUSTAVO(07 años), siendo aceptada por la madre de los niños, doña ANGELICA LOAYZA BACA; señalando además que, en caso de incumplimiento de alguna de las cláusulas, el Acta de Conciliación queda automática mente anulada y la Sra. ANGELICA LOAYZA BACA. procederá hacer su trámite Dor la vía judicial, en vista de que en el año 1997, se efectuó la primera Acta de Conciliación en la DEMUNA. Con expediente NO 3123 de fecha 11 de Mayo del 2012, don BIBIANO CARRASCO LLAJA solicita se deje sin efecto el descuento voluntario de pensiones de Alimentos a favor de ANGELICA BEATRIZLOAYZABACA. Con Carta N°- 613-2012-MPCH/GRRHH de fecha 18 de Mayo del 2012, la ~ Gerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, comunica a don '9]BIANO CARRASCO LLAJA, que existe una solicitud con expediente NO- t0232 del , . ~~ a .09.1999, mediante la cual el administrado solicita se le descuente la canldad de S;. 1 ~~ RIA 0.00 nuevos soles para sus menores hijos, adjuntando el Acta de Conciliación firmada por > ." - n BIBIANO CARRASCOLLAJAy doña ANGELICA LOAYZABACA, refiriendo también que, no ~( ,i'.J.:Ae puede dejar sin efecto la Retención realizada, por cuanto el Acta de Conciliación tiene " rango de sentencia. Con expediente NO 019935 de fecha 29 de Mayo del 2012, don BIBIANO CARRASCO LLAJA interpone Recurso de Apelación contra la Carta 613- 2012/MPCH/GRRHH de fecha 08 de Mayo del 2012, alegando que se deje sin efecto la Retención por S;'300.00 nuevos soles, ya que sus hijos tienen en la actualidad . Que, mediante Decreto Legislativo NO 1070, publicado en el Diario Oficial El eruano el 28 de junio de 2008, se procedió a modificar la Ley NO 26872, Ley de !,\ nciliacíón. Por su parte, el Reglamento de la Ley de Conciliación fue aprobado por Decreto 1.\upremo NO014-2008-JUS, publicado en el Diario Oficial el 30 de agosto de 2008. " .~I '.• ij' "'-.:\,~:,; ;.' j Que, por modificación incorporada por el Decreto Legislativo N° 1069 (publicado en la misma fecha que el Decreto Legislativo NO1070), se ha derogado el artículo 713° del Código Procesal Civil referente a los Títulos de Ejecución, siendo que en virtud del actual texto del artículo 688° del Código Procesal Civil, las Actas de Conciliación deben ser consideradas como Títulos Ejecutivos de naturaleza Extrajudicial. Por su parte, el artículo 22° del Reglamento, al hablar del valor asignado al Acta de Conciliación señala que el Acta que contiene el acuerdo conciliatorio es un documento privado y puede ser ofrecido como medio de prueba en un proceso judicial, siendo que el acuerdo conciliatorio subsiste aunque el documento que lo contiene se declare nulo. Que, si en todo caso hay un acuerdo entre don BIBIANO CARRASCOLLAJAde ya no pasarle los SI. 300.00 nuevos soles a doña ANGELICA LOAYZA BACA, por Alimentos para sus hijos, deberán de presentar un Acta de Desistimiento firmada por don BIBIANO CARRASCOLLAJA y doña ANGELICA LOAYZABACA, deviniendo el Recursos de Apelación en Improcedente.

447 - Chiclayo · judicial, en vista de que en el año 1997, se efectuó la primera Acta de Conciliación en la DEMUNA. Con expediente NO3123 de fecha 11 de Mayo del 2012, don BIBIANO

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Page 1: 447 - Chiclayo · judicial, en vista de que en el año 1997, se efectuó la primera Acta de Conciliación en la DEMUNA. Con expediente NO3123 de fecha 11 de Mayo del 2012, don BIBIANO

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447RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° - 2011/MPCH/A

Chiclayo, 07 JUN 2012VISTO:

Con expediente NO019935 de fecha 29 de Mayo del 2012, donBIBIANO CARRASCO LLAJA interpone Recurso de Apelación contra la Carta N° 613-2012/MPCH/GRRHH de fecha 08 de Mayo del 2012.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Acta de Conciliación, emitida por el área de Bienestar Social de la Direcciónde Personal de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, de fecha 2? de Setiembre del año1999; se establece que, don BIBIANO CARRASCOLLAJA, PRESENTOUNA SOLICITUD,PARAEL DESCUENTOVOLUNTARIODE sI. 300.00 NUEVOSSOLESMENSUALESPARAPENSIONDEALIMENTOS (le sus hijos ESTEFANY(08 años), GUSTAVO(07 años), siendo aceptada por lamadre de los niños, doña ANGELICA LOAYZA BACA; señalando además que, en caso deincumplimiento de alguna de las cláusulas, el Acta de Conciliación queda automática menteanulada y la Sra. ANGELICA LOAYZA BACA. procederá hacer su trámite Dor la víajudicial, en vista de que en el año 1997, se efectuó la primera Acta de Conciliación en laDEMUNA.

Con expediente NO 3123 de fecha 11 de Mayo del 2012, don BIBIANOCARRASCO LLAJA solicita se deje sin efecto el descuento voluntario de pensiones deAlimentos a favor de ANGELICA BEATRIZ LOAYZABACA.

Con Carta N°- 613-2012-MPCH/GRRHH de fecha 18 de Mayo del 2012, la~ Gerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, comunica a don'9]BIANO CARRASCO LLAJA, que existe una solicitud con expediente NO- t0232 del

, . ~~ a .09.1999, mediante la cual el administrado solicita se le descuente la canldad de S;.1 ~~ RIA 0.00 nuevos soles para sus menores hijos, adjuntando el Acta de Conciliación firmada por

> ." - n BIBIANO CARRASCOLLAJAy doña ANGELICA LOAYZABACA, refiriendo también que, no~( ,i'.J.:Ae puede dejar sin efecto la Retención realizada, por cuanto el Acta de Conciliación tiene

" rango de sentencia.

Con expediente NO 019935 de fecha 29 de Mayo del 2012, don BIBIANOCARRASCO LLAJA interpone Recurso de Apelación contra la Carta N° 613-2012/MPCH/GRRHH de fecha 08 de Mayo del 2012, alegando que se deje sin efecto laRetención por S;'300.00 nuevos soles, ya que sus hijos tienen en la actualidad .

Que, mediante Decreto Legislativo NO 1070, publicado en el Diario Oficial Eleruano el 28 de junio de 2008, se procedió a modificar la Ley NO 26872, Ley de

!,\ nciliacíón. Por su parte, el Reglamento de la Ley de Conciliación fue aprobado por Decreto1.\upremo NO014-2008-JUS, publicado en el Diario Oficial el 30 de agosto de 2008." .~I

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jQue, por modificación incorporada por el Decreto Legislativo N° 1069

(publicado en la misma fecha que el Decreto Legislativo NO1070), se ha derogado el artículo713° del Código Procesal Civil referente a los Títulos de Ejecución, siendo que en virtud delactual texto del artículo 688° del Código Procesal Civil, las Actas de Conciliación deben serconsideradas como Títulos Ejecutivos de naturaleza Extrajudicial. Por su parte, elartículo 22° del Reglamento, al hablar del valor asignado al Acta de Conciliación señala queel Acta que contiene el acuerdo conciliatorio es un documento privado y puede ser ofrecidocomo medio de prueba en un proceso judicial, siendo que el acuerdo conciliatoriosubsiste aunque el documento que lo contiene se declare nulo.

Que, si en todo caso hay un acuerdo entre don BIBIANO CARRASCOLLAJAdeya no pasarle los SI. 300.00 nuevos soles a doña ANGELICA LOAYZA BACA, por Alimentospara sus hijos, deberán de presentar un Acta de Desistimiento firmada por don BIBIANOCARRASCOLLAJA y doña ANGELICA LOAYZABACA, deviniendo el Recursos de Apelación enImprocedente.

Page 2: 447 - Chiclayo · judicial, en vista de que en el año 1997, se efectuó la primera Acta de Conciliación en la DEMUNA. Con expediente NO3123 de fecha 11 de Mayo del 2012, don BIBIANO

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Estando a lo expuesto y en aplicación de las facultades otorgadas por elartículo 20° inciso 6) de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y demás normaspertinentes; I

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Declarar IMPROCEDENTEel Recurso Administrativode Apelación, interpuesto por don BIBIANO CARRASCO LLAJA contra la Carta NO 613-2012/MPCH/GRRHH de fecha 08 de Mayo del 2012, conforme los fundamentos expuestos enla presente Resolución.

ARTICULO SEGUNDO: Con el acto administrativo que se emita, sobre.particular queda agotada la vía administrativa.

Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chiclayo.

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