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edgar-sanluis
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7/23/2019 5.3.2prevención y Resolución de Conflictos de Intereses
http://slidepdf.com/reader/full/532prevencion-y-resolucion-de-conflictos-de-intereses 1/2
5.3.2 PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERESES
Los conflictos sociales son aquellas interrelaciones en donde existen
controversias, peleas, riñas, intereses opuestos, enemistades, rivalidades y todas
las formas en la que las personas estén en desacuerdo y sin permitir que otra
parte tenga la razón o que se demuestren por las vías legales.
Si partimos de la hipótesis de que el derecho es un acuerdo de voluntades, un
pacto o convenio social interrelacionarse a!o el orden p"lico, la paz y la
#oncordia$ lo contrario, es que cuando personas o determinadas partes sociales
no est%n de acuerdo, sus diferencias son irreconciliales y no pueden ser
resueltas por vías del di%logo y los uenos oficios, la #onstitución nos oliga a
resolver nuestros conflictos de intereses por la vía del derecho y se impide el uso
de la fuerza o hacerse !usticia por su propia mano.
&' formas de prevención
(e aquí el derecho, a la educación y la cultura cívica y !urídica como las grandes
vías para que se puedan prevenir los conflictos a través de los valores, principios e
intereses comunes$ en la construcción de una conciencia social y !urídica, la
liertad, el respeto, la tolerancia, el di%logo, el pluralismo y dem%s formas en que
las personas puedan resolver sus diferencias mediante una forma racional. #omo
ya se expresó, otras formas de prevenir los conflictos es la difracción de las
necesidades, satisfactorias y servicios a la sociedad$ la me!or forma de goernar y
administrar, es sirviendo a la raza, )or tanto es la me!or prevención de cualquier
conflicto.
*n el mismo sentido, si existe una cultura y educación conforme a la norma que
fin!an qué valores se deer%n proteger y en aras de ellos, se construye la idea de
la !usticia y de que la explicación del derecho es conforme a su teleología,
entonces, si existen dentro de una sociedad la idea de que su régimen es !usto,
entonces, se prevendr% todo riesgo de conflicto social.
+' aneras de solución
Las frases de que la guerra que se evita es una guerra que si gano$ de qué es
me!or un mal arreglo que un !uicio y de que al enemigo que huye, puente de plataen el entendido que un uen estratega (ees saer que no es necesario entalar
una guerra que se perder%, son muy ciertas.
*n éxico no tenemos una cultura de la prevención de conflictos en lo general
mucho menos en lo !urídico$ y cuando las partes en el conflicto ya se encuentran
en un punto irreconciliale, señala- te voy a echar a mi abogado, como si fuera
un mamífero cuadr"pedo que ladra$ lo peor del caso es que muchos aogados
7/23/2019 5.3.2prevención y Resolución de Conflictos de Intereses
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son chanta!istas o huizacheros/ y a saiendas de que su cliente no tiene razón,
entala demandas o denuncias sólo por ganarse unos centavos y desprestigiar de
manera enorme a la profesión.
&sí, deemos continuar la ya iniciada forma de resolver conflictos !urídicos por
vías pre!udiciales o que se pueden ir preparando la demanda, pero a la vez, trata
de uscar formar de que los intereses en conflictos puedan armonizarse, en la
medida de lo posile al cliente lo que pida, porque en ocasiones, las personas 0o
quiere ning"n tipo de negociación, sólo dura lex sed lex, que se explique la ley
con todo rigor. &sí, #ómo formas de resolver los conflictos !urídicos, 1enemos.
2 ediación.
2 3iliación conciliación.2 4unta de advenimiento 5divorcio'.2 #onvenio, concertación, arreglo o negociación.2 &ritra!e.2 Lilis, y en latín equivale al pleito, riña !urídica6demanda o denuncia, de
manera principal.2 (emanda. *s cuando una persona usca la tutela !udicial efectiva en un
asunto civil. ercantil, fiscal, electoral 5derechos políticos', familiar, laoral,
administrativo y otros.2 (enuncia. La persona acude con el &gente del inisterio )"lico 3ederal o
local a señalar hechos irregulares que cometió alg"n su!eto que puedetener responsailidad penal- roo, lesiones, aorto, lesiones, homicidio,
delitos electorales, delitos contra el medio amiente y dem%s figuras
señaladas en el código penal. 1amién se puede denunciar a una a un
3uncionario )"lico por 4uicio )olítico o 4uicio de 7esidencia. *n general,
la denuncia es una ocasión de una persona hacia otra de alg"n delito o de
un hecho que se encuentra tipificado en el #ódigo )enal.