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Municipalidad Provincial de Chiclayo. RESOLUCIÓN DE ALCALDíA 550 - 2013-MPCH/A Chiclayo, 03 JUL 2013 EL ALCALDE nE LA l\fUNICIPALIDAn DE CrnCLAVO VISTO: El Informe N° 62-2013-I'vfPCH/CPPAD de fecha 27 de Junio de 2013 de la CONSI])ERANDO: Que. las Municipalidades Provinciales son Órganos de Gobierno Local con - autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia. así lo prescribe el Art. 194 0 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Art. [1del Título Preliminar de la Ley N° 27979, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Informe N<1 135-201líMPCH-SGL-LECA de fecha 2:2 de Setiembre de 2011, el Servidor Luís E. Campos Alarcón informa a la Sub Gerente de Logística que el proveedor Empresa Pinturas y MatizadosM&S liIRL., efectúa la cobranza por venta de pinturas y otros, donde presenta copia de sus Guías de Remisión, pero sin adjuntar el Pedido de Adquisición ni el Informe respectivo del úrea solicitante. sugiriendo que el úrea usuaria informe al respecto sobre dichos documentos: luego, mediante Memorando N° 730-2011-!'vlPCIJ/SGL de fecha 27 de Setiembre de 2012, la Sub Gerente de Logística solicita al Sub Gerente de Tránsito Sr. 1~'ILIBEH.TO CIEZA V¡.\.SQUEZ se sirva adjuntar el Pedido de Adquisición e Informe para la adquisición de los materiales entregados por la Empresa Pinturas y Matizados M&S F1RL., con la finalidad de dar atención al requerimiento de pago; siendo que. mediante Informe W' 187-201 J -MPCII-SG'Iyr de fecha 27 de Setiembre de 2011, el Sub Gerente de Tránsito informa él la Sub Gerente de Logística que su área solicitó en su oportunidad el requerimiento de tubos de fierro, ángulos, plarinas y pinturas para trabajos de sernaforizacióu de la ciudad de Chiclayo, pero por motivos de presupuesto eso no fue atendido, dada la necesidad de cumplir con el Programa de Semaforización, requirió la atención directa al proveedor Empresa Pinturas y Matizados iYJ&S EIRL., para que provea del material antes señalado para posteriormente se regularice por esa Sub Gerencia; al respecto, adjunta copia de algunos Pedidos de Adquisición (N° 0349 del 12-07-2011; N° 1356 del 19-05-2011; N° 0328 del 08-04-201: N° 0334 del 28-04-2011 y N° 0333 del 28-04-2011), destinado a semaforización; luego, mediante Informe N CI 1194-2011-MPCH!SGL de fecha 28 de Setiembre de 2011, la Sub Gerente de Logística hace de conocimiento del Gerente de Administración y Finanzas sobre el Informe N° 187 del Sub Gerente de 'Tránsito, a fin de que disponga lo conveniente; luego, mediante

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Municipalidad Provincialde Chiclayo.

RESOLUCIÓN DE ALCALDíA N°550

- 2013-MPCH/A

Chiclayo, 03 JUL 2013EL ALCALDE nE LA l\fUNICIPALIDAn DE CrnCLAVO

VISTO:

El Informe N° 62-2013-I'vfPCH/CPPAD de fecha 27 de Junio de 2013 de la

CONSI])ERANDO:

Que. las Municipalidades Provinciales son Órganos de Gobierno Local con- autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia. así loprescribe el Art. 1940 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Art.[1 del Título Preliminar de la Ley N° 27979, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, mediante Informe N<1 135-201líMPCH-SGL-LECA de fecha 2:2 deSetiembre de 2011, el Servidor Luís E. Campos Alarcón informa a la Sub Gerente deLogística que el proveedor Empresa Pinturas y MatizadosM&S liIRL., efectúa lacobranza por venta de pinturas y otros, donde presenta copia de sus Guías de Remisión,pero sin adjuntar el Pedido de Adquisición ni el Informe respectivo del úrea solicitante.sugiriendo que el úrea usuaria informe al respecto sobre dichos documentos: luego,mediante Memorando N° 730-2011-!'vlPCIJ/SGL de fecha 27 de Setiembre de 2012, laSub Gerente de Logística solicita al Sub Gerente de Tránsito Sr. 1~'ILIBEH.TOCIEZA V¡.\.SQUEZ se sirva adjuntar el Pedido de Adquisición e Informe para laadquisición de los materiales entregados por la Empresa Pinturas y Matizados M&SF1RL., con la finalidad de dar atención al requerimiento de pago; siendo que. medianteInforme W' 187-201 J -MPCII-SG'Iyr de fecha 27 de Setiembre de 2011, el Sub Gerentede Tránsito informa él la Sub Gerente de Logística que su área solicitó en su oportunidadel requerimiento de tubos de fierro, ángulos, plarinas y pinturas para trabajos desernaforizacióu de la ciudad de Chiclayo, pero por motivos de presupuesto eso no fueatendido, dada la necesidad de cumplir con el Programa de Semaforización, requirió laatención directa al proveedor Empresa Pinturas y Matizados iYJ&S EIRL., para queprovea del material antes señalado para posteriormente se regularice por esa SubGerencia; al respecto, adjunta copia de algunos Pedidos de Adquisición (N° 0349 del12-07-2011; N° 1356 del 19-05-2011; N° 0328 del 08-04-201: N° 0334 del 28-04-2011y N° 0333 del 28-04-2011), destinado a semaforización; luego, mediante Informe NCI

1194-2011-MPCH!SGL de fecha 28 de Setiembre de 2011, la Sub Gerente de Logísticahace de conocimiento del Gerente de Administración y Finanzas sobre el Informe N°187 del Sub Gerente de 'Tránsito, a fin de que disponga lo conveniente; luego, mediante

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Informe N° 1258-2011-rv1PCH/SGL de fecha 12 de Octubre de 2011, la Sub Gerente deLogística deriva el Informe N° 1194-20111MPCH-SGL al Gerente de Asesoría Jurídicaa fin de que emita opinión legal al respecto; es así que, mediante Informe Legal N° n3-2011-MPCIJlGAJ de fecha 18 de Octubre de 2011, el Gerente de Asesoría Jurídicaconcluye que la obligación de la Entidad es convocar a procesos de selección conformea las modalidades establecidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoy su Reglamento, siempre y cuando los montos superen las 3 U[T, recomendandollamar severamente la atención al funcionario que incurrió en la compra de [osmateriales sin tener en cuenta las normas pertinentes a fin de que no proceda poriniciativa propia a realizar compras directas como en el presente caso; luego, medianteInforme N° 1287-2011/tvlPCHíSO-L de fecha 21 de Octubre de 201 L la Sub Gerente deLogística hace de conocimiento del Gerente de Administración y Finanzas de la opiniónlegal sobre la cancelación por venta de pinturas y otros y éste mediante Mernorando N°J 251-2011 /l\,1PCH/GA YF de fecha 24 de Octubre de 2011, devuelve a la Sub Gerentede Logística el Informe Legal N° 783-2011-IYIPCIJ/GAJ a fin de que comunique al áreausuaria el contenido de dicho documento, luego esta última mediante Informe N° 1402-20 11l:tvfPCH/SGL de fecha 15 de Noviembre de 201 L remite nuevamente al Gerente deAsesoría Jurídica documentación anexa en 39 folios de la Empresa de Pinturas yMatizados Iv1&SI:IR[, y éste mediante Informe Legal N° 975-201 ]-MPCITíGAJ defecha 29 de Diciembre de 2011, concluye que corresponde a la MPCII cancelar losmontos señalados conforme a las facturas giradas por el proveedor, por existir realentrega material de los bienes solicitados, recomendando que Logística procedaconforme a las normas y atribuciones establecidas en el tvlOF de latvlPCH,programando y formulando dentro del Presupuesto Institucional de cada año susrequerimientos de bienes, servicios en función de sus metas, señalando sus prioridades afin de que dichos requerimientos sean incluidos en el cuadro de necesidades que seráremitido al órgano encargado de las contrataciones para su consolidación, valorización,inclusión en el plan anual de contrataciones y posterior proceso de selección, a fin de norealizar compras directas como en el presente caso; luego, mediante Informe N° 29-20 12/tv1PCH/SGL de fecha 09 de Enero de 2012. la Sub Gerente de Logística remite alGerente de Administración y Finanzas el Informe Legal N° 975-20 ll-tvlPCIJ-GAJ parasu conocimiento y fines pertinentes, donde éste último con Proveído de fecha 09 deEnero de 2012, ordena a la Sub Gerente de Logística mantener en custodia provisionalhasta que se determine lo conveniente, toda vez que existen procesos judiciales eninvestigación por no haber aplicado la normatividad vigente; luego. mediante InformeN° 072-2012íMPCH/SGL-JCHG de fecha 15 de Junio de 2012, el Servidor JoséChirinos Guevara hace de conocimiento de la Sub Gerente de Logística de la CartaNotarial de la Empresa de Pinturas y Matizados 1'\'1&SEIRL, conteniendo un expedientede 91 tolios, mediante la cual reclama el pago de S!. 54)43,60 Nuevos Soles que laMunicipalidad de Chiclayo le adeuda, para que su despacho determine lo másconveniente; es así que, mediante Informe N° 627-2012/MPCHíSGL de fecha 18 deJunio de 2012, la Sub Gerente de Logística remite al Gerente de Administración yFinanzas el Expediente original de la Empresa Pinturas y Matizados M&S InRL con 91folios y la Carta Notarial N° 866-2012, a través de la cual solicita que se le cancele deinmediato la deuda pendiente con dicha empresa; luego, mediante Memorando N° 553-2012!MPCI1/GAF de fecha 19 de Junio de 2012. el Gerente de Administración yFinanzas solicita al Sub Gerente de Presupuesto y Estadística se sirva informar si existepresupuesto para cancelar la suma de SI. 54,743,60 Nuevos Soles a la Empresa Pinturasy Matizados rvl&S EJRL; es así que, mediante Informe N') 255-2012íMPCH/SGPE defecha 28 de Junio de 2012, el Sub Gerente de Presupuesto y Estadística informa al

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Gerente de Administración y Finanzas que se da la Disponibilidad Presupuesta], envirtud a los documentos emitidos por la Sub Gerencia de Tránsito, se da con cargo alProyecto de "Señalización y Semaforización del Distrito de Chiclayo", el cual seencuentra dentro del Presupuesto para el presente año fiscal; luego, medianteMemorando N° 620-2012/ivlPCrUGAF de fecha 02 de Julio de :::'012, el Gerente deAdministración y Finanzas solicita al Sub Gerente de Presupuesto y Estadística se si rvaprecisar con que fuente de financiamiento se le otorga la disponibilidad presupuesta!(Empresa de Pintura y Matizados 1\:1&S), a efectos de que la S.G. de Tesorería puedaprever la disponibilidad financiera, respondiéndole mediante Informe N° 267-2012fMPCH/SGPE de fecha 03 de Julio de 2012, que se dio DisponibilidadPresupuesta! según Informe N" 255-20 12íMPCHI SGPE, indicando el rubro 07 (Fondo

f'ROv de Compensación Municipal) y la fuente de financiamiento 05 (Recursosr' ') 1-11,,<., I.>cterminaclos); luego, mediante Informe N° 633-:::'012./tvlPCH/SGTF de fecha 10 de~ I~" ~ . . ~.

{ P;~R ~~~E$ ~ Julio de :::'012, el Sub Gerente de Tesorería informa al Gerente de Administración y, Ag';1 1 JRl1IIOSos Finanzas que habiendo la Sub Gerencia de Presupuesto y Estadística ororuado lao'se A , • ~

"::-';'/fC p..'\o Certificación Presupuestal para atender el requerimiento de pago de la Empresa de. y Pinturas y Matizados M&SE.lRL., por la suma de SI. 54,743.60, donde indica que dicha

disponibilidad se encuentra en el Rubro 07 (Fondo de Compensación Municipal) y paraefectos de llevar a cabo la Transacción Extrajudicial entre la MPCH y la Empresasolicitante, dicha Sub Gerencia sugiere se realice la transacción con un Cronograma deSeis Meses a partir del mes de Agosto de :2012; es así que, mediante Informe N° :208-2012/MPCII1GAF de fecha 13 de Julio de 2012, el Gerente de Administración yFinanzas informa al Gerente General Municipal sobre todos los hechos ocurridos.solicitando se sirva determinar lo conveniente en cuanto a una transacción ExtraJudicial, no sin antes disponer se apertura proceso a las personas involucradas en estacompra irregular; finalmente, mediante Memorando N" 615-20 12íMPCll!GG de fecha17 de Julio de 201:::', el Gerente General dispone que el Gerente de Administración yfinanzas deberá dar cumplimiento él las recomendaciones emitidas por la Gerencia deAsesoría Jurídica y bajo su concepto y percepción determinar a los servidoresinvolucrados que ameritan una sanción administrativa .

..,,"Ov, 2.3,- Que, según el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrerar' "v<:,<" Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece en el Inciso d) del

.! COlol15 ~

¡f ~~<l"''''s~s ~ Art. 3° que los servidores públicos deben "desempeñar sus funciones con honestidad\ ..~~:~~ I ,~~:'o~s,eJi.<;ji}.ndQ. laboriosidad y vocación de servicio"; asimismo, el Art. 210 establece como

',C"i-tICLpo,"¡O obligaciones de los servidores a) "Cumplir personal y diligentemente los deberes q1le

impone el servicio público", d) "Conocer exhaustivamente las labores del cargo ycapacitarse poro el desempeño del cargo", y el Art. 2W' establece que son faltas decarácter disciplinarias que según su gravedad pueden ser sancionadas con cese temporalo destitución, previo proceso administrativo: Inciso a) "El incumplimiento de Lasnormas establecidas en la presente Ley y S1I Reglamento", en concordancia con losincisos del Art. 210 antes señalados, de acuerdo al caso en concreto y él Inciso d) "Lanegligencia en el desempeño de lasfunciones",

2.4,- Por su palie, el artículo ISO" del Decreto Supremo N" 005-90-PCM,Reglmncntode la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, prescribe que se considera faltadisciplinaria a "toda acción u omisión. voluntaria o no, que contravenga lasobligaciones, prohibiciones y demás normativa especifica sobre los deberes deservidores. establecidos en el artículo 28° y otros del acotado Decreto Legislativo; esdecir, el incumplimiento de los deberes laborales, traen como consecuencia directa el

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hacerse acreedores de las responsabilidades por las acciones u onusiones en eldesempeño de las funciones"; el Art. 1290 señala que "Los funcionarios )' servidoresdeberán actual' con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que lescorresponda. cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo sudirecta responsabilidad"; asimismo, el Art. 174(1 del mencionado cuerpo legal expresacomo análogo proceder para empleados contratados que "están comprendidos enpresente capítulo los funcionarios y servidores públicos contratados, en lo que les seoaplicables. aún en el caso que haya concluido su vínculo laboral con el Estado y dentrode los términos señalados en el Art. j 73" del presente Reglamento", quedando apotestad de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios aplicar la sanciónadministrativa correspondiente.

2.6.- Que, en el presente caso, según los actuados que obran en el expedientese tiene que el Sub Gerente de Tránsito Sr. Filiberto Cieza Vásquez, requirió laatención directa de materiales y pinturas del proveedor Pinturas y Matizados Móe SEIRL, por un monto ascendente a SI. 61,985.60 Nuevos Soles, superando largamente lavalla de las 3 lJTI autorizadas por Ley para realizar compras directas sin necesidad desometer a mayores formalidades que invocar la necesidad institucional y cursar larespectiva invitación; incurriendo de esta manera en presunta falta de carácterdisciplinario de Negligencia en el desempeño de sus funciones, contemplada en elInciso el) del AI1. 28° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la CarreraAdministrativa; además de haber incumplido las normas establecidas en dicha Ley y suReglamento contempladas en el Inciso a), concordante con los incisos a) y el) del Art.21o del mismo dispositivo legal, al desempeñar sus funciones sin eficiencia, diligencia ysin observar los procedimientos pertinentes y adecuados contemplados en lanorrnatividad vigente; por 10 que la Comisión Especial de Procesos administrativosDisciplinarios para Funcionarios de la. Municipalidad Provincial de Chiclayo Concluyepor lJNANIMIDAD de sus Miembros que existen suficientes elementos de convicciónpara determinar que el Funcionario investigado ha incurrido en presunta falta decarácter disciplinaria, por lo que amerira la INSTAURACIÓN JlE PROCESOADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO.

Estando a lo expuesto; en LISO de las facultades otorgadas por el Art. 20°inciso 6) de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

PRll\lEllO.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario contrael Funcionario FILlBERTO CIEZA VASQllEZ (Sub Gerente de Tránsito yTransportes), quien ha incurrido en presunta falta de carácter disciplinaria contempladaen el Inciso el), así como en el Inciso a) del Art. 28° del Decreto Legislativo N° 276, Ley

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de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público,concordante con los incisos a) y el) del ArL 110 del mismo dispositivo legal.

SEGlJNDO.- CONCEDER un plazo de Cinco (5) días hábiles al procesadopara que cumpla con absolver los cargos que se les imputa. ante la ComisiónPermanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Entidad.

TERCERO.- El procesado TOMARÁ CONOCIMIENTO de losantecedentes que dan lugar al proceso, previa solicitud a la Comisión de ProcesosAdministrativos Disciplinarios, quienes no están obligados a remitir la documentaciónsolicitada II otra petición que no estipule la Ley.

ClJARTO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Secretaría General ladifusión de la presente Resolución a la Gerencia General Municipal, a la Gerencia deAdministración y Finanzas, Gerencia de Asesoría Jurídica, Órgano de ControlInstitucional. Gerencia de Recursos Humanos y al procesado estrictamente de acuerdo a/Lev.

~/.REGíSTRESE, COMlJNÍQlJESE y ClJMPLASE

Alcalde de la Munfcipalidad Provincial de Chiclayo

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