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ALBERTO PIEDRA LEIVA Tasas Retributivas

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tasas retributivas

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ALBERTO PIEDRA LEIVA

TasasRetributivas

Dirección General de la serie:

Alberto Piedra

Con la participación de: Lorena Aguilar. Camilo Aristizabal. LucíaBetancur.

Mónica Carbonell. Sonia Carbonell. Jorge Durango. Alexander Fernández. Carla Martínez. Lorena

Osorio. Sandra Ríos. Aura Ruíz. Andrés Saldarriaga. Margarita Saenz. Angélica Serna. Lourdes Sierra.

Florence Thomas. Juan Tisnes. Diana Uribe. Leovigildo Vivanco.

[email protected]

Los daños causados por la contaminación hídrica son enormes y

generan altos costos sociales y privados.

Sin embargo, evitar estos daños debe hacerse de manera efectiva y con el mínimo costo posible

para una economía que necesita tasas de crecimiento sostenidas.

Las tasas Retributivas por Vertimientos puntuales,

establecidas por la Ley 99 de 1993 en el artículo 42

y reglamentadas en el Decreto 901 de 1997

y actualmente por los decretos 3.100 de 2003 y 3.440 de 2004

son un instrumento económico diseñado para

minimizar el costo total de cumplimiento

de una meta regional concertada con la comunidad.

Inducir a quienes vierten contaminantes a las aguas

a implementar su opción de descontaminación menos costosa

e incentivar la innovación tecnológica

en opciones de mínimo costo.

Se cobran por los vertimientos puntuales de carga contaminante

medida en kilogramos por semestre de

Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO)

y de Sólidos Suspendidos Totales (SST).

Objetivo de las tasas retributivas

La tasa retributiva se

considera en este sentido

como un precio que cobra el

Estado por el servicio prestado

de utilizar el medio ambiente

como su basurero.

El recaudo de estas tasas son

ingresos de las autoridades

ambientales regionales.

Se cobra por carga contaminante de Sólidos Suspendidos Totales (Kg.SST/mes)

y de Demanda Bioquímica de Oxígeno (Kg.DBO5/mes), la cual se calcula mediante la caracterización

de los vertimientos puntuales y la medición de su caudal para realizar el cálculo respectivo.

¿Cómo se cobra la tasa retributiva?

¿Quién cobra la tasa retributiva?

Las autoridades ambientales son

directamente responsables del

proceso de implementación y cobro

en sus correspondientes jurisdicciones.

¿Quién paga la tasa retributiva?

Todas las personas naturales o

jurídicas que realizan vertimientos

puntuales que contaminan las fuentes

de agua.

¿La tasa retributiva es igual a un impuesto?

No es igual, ya que un impuesto, lo pagan

todos las personas sin ningún tipo de

retribución directa, mientras que la tasa

retributiva solo la pagan aquellos que

descarguen residuos líquidos a las fuentes

y su recaudo debe ser invertido por la

Corporación en programas de

recuperación de la calidad del agua.

¿Cómo se invierte el recaudo?

Las autoridades ambientales deben invertir el recaudo

en programas para mejorar la calidad de las fuentes de agua

que se encuentran con mayores problemas

de contaminación.

¿En qué regiones se cobra?

En todo el país, cada Autoridad Ambiental

dentro de su jurisdicción,

inicia el cobro teniendo en cuenta

las fuentes que se encuentran

más contaminadas y a la vez

son de mayor uso por parte

de la comunidad.

Instrumento Económico para Minimizar el Costo de Obtener la Calidad Ambiental Deseada

y Promover la Competitividad de la Economía

Los instrumentos económicos son una alternativa moderna y eficaz

a los tradicionales instrumentos de comando y control. Son de gran interés para Colombia

dado su capacidad comprobada de obtener niveles específicos de calidad ambiental

a costos significativamente menores a los requeridos bajo comando y control,

lo que permite mayor crecimiento económico y competitividad de la economía.

La siguiente es una presentación de las características y ventajas de los

instrumentos económicosen relación con los instrumentos

de comando y control.

Los Instrumentos Económicoscomo alternativa al Comando y Control.

Instrumentos de Comando y Control

Son mecanismos que están fundamentados

en el establecimiento de normas

de intervención directa a nivel de fuente

que todos los usuarios deben cumplir

sin excepción.

Para el diseño adecuado de un sistema de comando y control,

la autoridad ambiental debe disponer de

grandes cantidades de datos sobre el estado de

los vertimientos o emisiones, parámetros de calidad,

tecnología y costos de descontaminación

que le permitan establecer dichos niveles,

además de una organización policiva

capaz de imponer las normas.

El principal defecto de este tipo de instrumentos

es la gran inequidad económica

que genera entre los distintos agentes contaminadores,

dadas las diferencias que existen

en los costos de descontaminación

que estos enfrentan.

Los instrumentos económicos

son interesantes para un país

si existen las siguientes prioridades:

calidad ambiental y el

costo económico de cumplimiento.

Instrumentos Económicos Permiten Minimizar el Costo

Con el decreto 901, el enfoque de la

política ambiental colombiana

inicia un proceso de cambio

de un diseño básico de comando y control

donde el regulador determina la contaminación admitida

por fuente y las tecnologías a usar,

hacia el uso de instrumentos económicos

que inducen la descontaminación

con base en la racionalidad económica.

Proceso de la tasa retributiva

1. Declaración sustentada

de los vertimientos

Mediante el formulario de autodeclaración,

donde cada usuario da conocer lo relacionado al vertimiento.

Esta se realiza semestralmente ante la autoridad ambiental

y permite definir las cargas de contaminante

de DBO5 (demanda biológica de oxígeno)

y SST (sólidos suspendidos totales)

que son arrojadas directa o indirectamente

a los cuerpos de agua.

2. Establecimiento de las cuencas o tramos

en que se realiza el vertimiento

Se realiza teniendo en cuenta

los cuerpos de agua

que reciben los vertimientos

y la ubicación de los usuarios.

3. Establecimiento de una

meta de reducción

Consiste en fijar un porcentaje de reducción

por cuenca o tramo de las cargas contaminantes,

se fija por un periodo de cinco años

y se comienza a evaluar a partir del segundo semestre,

teniendo en cuenta las cargas de contaminantes

establecidas en el primer semestre.

4. Facturación por tasa retributiva

esta facturación se hace con base en lo declarado por los usuarios

o con base en la información con que cuenta la corporación

(autoridad ambiental).

Metas globales, sectoriales e individuales

Cada cuerpo de agua, tramo o cuenca

cuenta con una meta global.

Esta meta se subdivide en

metas sectoriales o individuales;

la suma de ellas corresponde a la meta global.

Las metas individuales son para las

Entidades Prestadoras de Alcantarillado y usuarios

que su carga vertida sea mayor

al 20% del total de la carga que recibe

la cuenca, cuerpo de agua o tramo.

Procedimiento para el establecimiento de la meta global

A) Se iniciará formalmente mediante un acto administrativo,

el cual deberá contener la duración y el procedimiento de consulta.

B) Durante la consulta

los usuarios sujetos al pago de la tasa

y la comunidad, podrán presentar a la

Autoridad ambiental,

propuestas de reducción de carga contaminante.

C) La Autoridad ambiental

teniendo en cuenta el estado de deterioro del recurso,

su objetivo de calidad y las propuestas remitidas

por los usuarios sujetos al pago de la tasa y la comunidad,

elaborará una propuesta de meta global

de reducción de carga contaminante

y metas individuales o sectoriales asociadas.

D) El Director de la Autoridad ambiental

presenta la propuesta final al Consejo Directivo

junto con los comentarios recibidos.

E) Consejo Directivo aprueba la meta.

Meta de reducción para los usuarios prestadores del servicio

Para efectos de establecer la meta

individual los usuarios prestadores del

servicio de alcantarillado sujetos al

pago de la tasa deberán presentar a la

Autoridad ambiental el Plan de

Saneamiento y Manejo de

Vertimientos.

Dicho plan contendrá

la meta de reducción

que se fijará con base

en las actividades contenidas

en el mismo.

Información para el cálculo del monto a cobrar

El sujeto pasivo de la tasa retributiva

presentará anualmente a la autoridad ambiental,

una autodeclaración sustentada en una

caracterización representativa

de sus vertimientos.

Las autoridades ambientales deberán

efectuar Programas de Monitoreo de

las fuentes hídricas en por lo menos,

los siguientes parámetros de calidad:

DBO, SST, DQO, OD,

Coliformes Fecales y pH.

Programa de Monitoreo de las Fuentes Hídricas

Las Autoridades ambientales cobrarán

las tasas retributivas por la Carga

total vertida mensualmente mediante

factura expedida con la periodicidad

que éstas determinen, la cual no

podrá ser mayor a 1 año.

Forma de cobro

En ningún caso el pago de las tasas retributivas

exonera a los usuarios del cumplimiento de los

limites permisibles de vertimiento,

establecidos por la autoridad ambiental en

los respectivos permisos de vertimientos

y/o planes de cumplimiento.

Obligatoriedad de los limites permisibles

Las autoridades ambientales podrán celebrar

acuerdos de pago con municipios y usuarios

prestadores del servicio de alcantarillado

por concepto de tasas retributivas.

Acuerdos de pago

FIN