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Comité Técnico Ejecutivo

Municipalidad de Bahía Blanca

-Expdte.:

Y constituidos en el lugar de referencia a raíz de la constatación de emisiones de humos negros, provenientes

de la chimenea de CPB S.A. (Central Piedra Buena S.A.). Dichas emisiones fueron calificados por el inspector

actuante como de grado 5 (cinco) de la escala de Ringelmann con un 100 % según escala de opacidad. El

período de observación fue de 1 (una) hora y se constató la emisión entre las 14:20 hs y las 14:49 hs,

superando en dicho periodo, el tiempo permitido de emisión (más de 1 minuto) establecido por el decreto

3395/96 reglamentario de la Ley 5965. Por lo expuesto, se imputa falta al art. 10 del Decreto 3395/96,

conforme anexo V, Ley 5965.

Por otro lado, por no haber informado en tiempo y forma se IMPUTA infracción al Art 1 de la Res 1221/00 del

OPDS, el cual establece que las empresas radicadas en el partido de Bahía Blanca deberán notificar

inmediatamente a la Municipalidad de Bahía Blanca ante cualquier acto o hecho // sigue en 4522

4573175

CENTRAL PIEDRA BUENA S.A.

AMANCIO ALCORTA 3300 - BAHIA BLANCA

Telefono:

Domicilio:

Razón Social:

Empresa

Texto

Fecha: 08/02/2014

Acta Nº: 4521 - ACTA DE INSPECCION

Inspección No Programada

Tipo de Actuación

INFRACCION

ART. 1º, DEC. 1741/96, REG. 11459 POR INC. RES. 1221/00 DEL OPDS

Infracciones

Medidas tomadas

ELEVACION AL OPDS

Inspectores

ESPOSITO MATIAS - PÉREZ CÉSAR

111/02/2014