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Comité Técnico Ejecutivo
Municipalidad de Bahía Blanca
-Expdte.:
Y constituidos en el lugar de referencia a raíz de la constatación de emisiones de humos negros, provenientes
de la chimenea de CPB S.A. (Central Piedra Buena S.A.). Dichas emisiones fueron calificados por el inspector
actuante como de grado 5 (cinco) de la escala de Ringelmann con un 100 % según escala de opacidad. El
período de observación fue de 1 (una) hora y se constató la emisión entre las 14:20 hs y las 14:49 hs,
superando en dicho periodo, el tiempo permitido de emisión (más de 1 minuto) establecido por el decreto
3395/96 reglamentario de la Ley 5965. Por lo expuesto, se imputa falta al art. 10 del Decreto 3395/96,
conforme anexo V, Ley 5965.
Por otro lado, por no haber informado en tiempo y forma se IMPUTA infracción al Art 1 de la Res 1221/00 del
OPDS, el cual establece que las empresas radicadas en el partido de Bahía Blanca deberán notificar
inmediatamente a la Municipalidad de Bahía Blanca ante cualquier acto o hecho // sigue en 4522
4573175
CENTRAL PIEDRA BUENA S.A.
AMANCIO ALCORTA 3300 - BAHIA BLANCA
Telefono:
Domicilio:
Razón Social:
Empresa
Texto
Fecha: 08/02/2014
Acta Nº: 4521 - ACTA DE INSPECCION
Inspección No Programada
Tipo de Actuación
INFRACCION
ART. 1º, DEC. 1741/96, REG. 11459 POR INC. RES. 1221/00 DEL OPDS
Infracciones
Medidas tomadas
ELEVACION AL OPDS
Inspectores
ESPOSITO MATIAS - PÉREZ CÉSAR
111/02/2014