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edente
No
cumple
requeri
miento
00423411 02-ene-12 a
Resultados de consejeros electorales en
Cortazar, Guanajuato para el 2012.
Otros datos para facilitar su localización:
resultados de quiénes serán los
consejeros distritales y/o municipales en
Cortazar, Guanajuato para el 2012.
Integración de
Consejos
Electoralesa a 10-ene-12 6
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
anexo en documento electrónico la
integración del Consejo Electoral
Municipal de Cortazar y del Consejo
Electoral Distrital XXI al que pertenece
el municipio de Cortazar para el
Proceso Electoral Local de 2012.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex
00424911 02-ene-12 a
1.- La relación de consejeros ciudadanos
que solicitaron ser integrantes del
consejo municipal electoral del municipio
de Xichú.
Otros datos para facilitar su localización:
2.- La lista de consejeros ciudadanos
que se propusieron para ser elegidos
por el Consejo General del IEEG en el
consejo municipal electoral del municipio
de Xichú.
Convocatorias a a 10-ene-12 6
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
comunico que anexo en documentos
electrónicos la información referida en su
solicitud con los siguientes puntos:
1. La relación de Consejeros Ciudadanos
que solicitaron ser integrantes del Consejo
Municipal Electoral del municipio de Xichú.
2. La lista de Consejeros Ciudadanos que se
propusieron para ser elegidos por el
Consejo General del IEEG en el Consejo
Municipal Electoral del municipio de Xichú.
La información sobre los puntos anteriores
corresponde al Proceso Electoral Local de
2012, y se entrega en el estado en el que
se encuentra, por disposición de la ley de
Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex
Número
de Folio
Medio de
Entrega de
Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
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información
Formato de
Recepción
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Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
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Recepción
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información
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Solicitud
Con
Orienta
ción
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Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00425211 02-ene-12 a
Busco trabajo.
Convocatorias a a 03-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, procedo a comentarle que
por lo que se refiere a nuestro
procedimiento de reclutamiento, selección
e ingreso de personal, se le orienta al
Departamento de Ingreso, Capacitación y
Desarrollo de la Dirección del Servicio
Profesional Electoral de este Organismo
Autónomo, con domicilio en Carretera
Guanajuato-Puentecillas Km. 2+767,
Colonia Puentecillas de esta ciudad;
acudiendo con la Licenciada Leticia
Granados Guerra, cuyo correo
institucional es
[email protected], o al
teléfono (473) 73 53000 ó 01 800 4334
486, extensiones 3802, 3805 ó 3806, de
lunes a viernes con horario de oficinas de
las 8:30 a las 16:00 horas.
Para mayor información le adjunto en
documento electrónico la Convocatoria
para participar como Capacitador
Asistente Electoral, Coordinador de
Capacitación Electoral y Supervisor de
Capacitación; le reitero que las
convocatorias son publicadas en los
periódicos de mayor circulación en la
entidad, así como difundidas en radio y
en la página de internet del Instituto
www.ieeg.org.mx en la carpeta de
Convocatorias.
Información
disponible vía
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Fecha de
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Sin entrega de
información por ser
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información
Formato de
Recepción
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Estado de la
Solicitud
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Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00428011 02-ene-12 a
Sueldos del alcalde.
Orientación a a 03-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, procedo a comentarle que la
información solicitada sobre el sueldo del
alcalde, no es de la competencia de este
Instituto, sino del municipio de su interés,
en virtud de que cada municipio está
investido de personalidad jurídica y
maneja su patrimonio conforme a la ley.
Por lo tanto, con base en el artículo 40
segundo párrafo de la ley de
Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
municipio de su interés, o bien consultar
en su página de internet la información
pública del municipio en el apartado de
Transparencia.
Incompetencia y
Orientación, se
Notifica vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00428711 02-ene-12 a
Cuándo se publicará o se hará la
elección de los ciudadanos consejeros
para los consejos electorales
municipales del Estado de Guanajuato.
Normatividad a a 03-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, procedo a comentarle que
de acuerdo al artículo 63 fracción II del
Código de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de Guanajuato,
el Consejo General tiene la atribución de
“designar durante la primera quincena del
mes de enero del año de la elección, al
presidente y consejeros ciudadanos que
integren los consejos distritales y
municipales, con base en las propuestas
que formule el presidente del Consejo
General”, y la publicación se hará en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Información
disponible vía
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Orienta
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00429311 02-ene-12 a
Se me proporcione listado general de las
personas que presentaron solicitud para
ser considerados Consejeros ciudadanos
para integrar los consejos distritales y
municipales del IEEG en proceso
electoral del año 2012.
Convocatorias a a 05-ene-12 3
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, procedo a
comentarle que se adjunta en
documento electrónico el listado
general de las personas que
presentaron solicitud para ser
considerados Consejeros Ciudadanos
para integrar los consejos distritales y
municipales de este Instituto Electoral
para el proceso electoral del 2012.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local.
Información
disponible vía
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00429511 02-ene-12 a
Necesito saber por favor si en este
organismo IEEG tiene bolsa de trabajo,
o bien, si me pueden dar una cita para
poder acudir a sus instalaciones, ya que
acabo de terminar la Licenciatura en
Derecho y me interesan las actividades
que ahí realizan.
Convocatorias a a 03-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, procedo a comentarle
que por lo que se refiere a nuestro
procedimiento de reclutamiento,
selección e ingreso de personal, se le
orienta al Departamento de Ingreso,
Capacitación y Desarrollo de la Dirección
del Servicio Profesional Electoral de este
Organismo Autónomo, con domicilio en
Carretera Guanajuato-Puentecillas Km.
2+767, Colonia Puentecillas de esta
ciudad; acudiendo con la Licenciada
Leticia Granados Guerra, cuyo correo
institucional es
[email protected], o al
teléfono (473) 73 53000 ó 01 800 4334
486, extensiones 3802, 3805 ó 3806, de
lunes a viernes con horario de oficinas
de las 8:30 a las 16:00 horas.
Para mayor información le adjunto en
documento electrónico la Convocatoria
para participar como Capacitador
Asistente Electoral, Coordinador de
Capacitación Electoral y Supervisor de
Capacitación; le reitero que las
convocatorias son publicadas en los
periódicos de mayor circulación en la
entidad, así como difundidas en radio y
en la página de internet del Instituto
www.ieeg.org.mx en la carpeta de
Convocatorias.
Información
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00001512 02-ene-12 a
Buenas tardes, solicito primeramente
felicitarlos y segunda son varias
informaciones: el primero resultados
electorales de municipios por sección
casilla, distritos locales por secciones
casilla y distritos federales por secciones
por casilla, de las 2 últimas elecciones,
me refiero local como lo federal, muchas
gracias.
Resultados
Electorales,
Orientacióna a a 06-ene-12 4
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, procedo a
comentarle los siguientes puntos:
Primero. En referencia a los resultados
electorales de municipios por sección
y de los distritos locales por secciones
de los procesos electorales de 2006 y
2009, se adjuntan los documentos
electrónicos respectivos.
Segundo. La información sobre los
distritos federales, no es competencia
de este Instituto Electoral; por lo
tanto, con fundamento en el artículo
40 segundo párrafo de la ley de
Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
órgano competente, que es el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, en
su sitio de internet www.ife.org.mx en
el apartado de TRANSPARENCIA y
acceso a la información.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local.
Información
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00002112 03-ene-12 a
Qué documentación se necesita para
trabajar en el IEEG ya que soy egresada
de la Universidad Tecnológica y si me
interesa de verdad.
Convocatorias a a 05-ene-12 2
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, procedo a comentarle
que por lo que se refiere a nuestro
procedimiento de reclutamiento,
selección e ingreso de personal, se le
orienta al Departamento de Ingreso,
Capacitación y Desarrollo de la Dirección
del Servicio Profesional Electoral de este
Organismo Autónomo, con domicilio en
Carretera Guanajuato-Puentecillas Km.
2+767, Colonia Puentecillas de esta
ciudad; acudiendo con la Licenciada
Leticia Granados Guerra, cuyo correo
institucional es
[email protected], o al
teléfono (473) 73 53000 ó 01 800 4334
486, extensiones 3802, 3805 ó 3806, de
lunes a viernes con horario de oficinas
de las 8:30 a las 16:00 horas.
Para mayor información le adjunto en
documento electrónico la Convocatoria
para participar como Capacitador
Asistente Electoral, Coordinador de
Capacitación Electoral y Supervisor de
Capacitación; le reitero que las
convocatorias son publicadas en los
periódicos de mayor circulación en la
entidad, así como difundidas en radio y
en la página de internet del Instituto
www.ieeg.org.mx en la carpeta de
Convocatorias.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00002212 03-ene-12 a
Solicito el listado de las secciones
electorales que conforman cada uno de
los distritos locales del Estado de
Guanajuato, puede ser en excel o pdf.
Cartografía a a 05-ene-12 2
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que se adjunta en documento
electrónico el listado de las secciones
electorales de cada uno de los distritos
locales del Estado de Guanajuato para el
proceso 2009; en virtud de que aún no se
tiene el listado de secciones para el proceso
local de 2012.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00002512 04-ene-12 a
Resultados electorales por sección de los
procesos de 1997 hasta 2009, la
participación y abstencionismo en dichos
procesos.
Además, mapas o referencia alguna
relativa al distrito IV local (León).
Cartografía,
Resultados
Electoralesa a 05-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
comunico que la información sobre los
resultados electorales por sección de los
procesos de 1997 hasta el 2009, la
participación y abstencionismo en dichos
procesos y los mapas referentes al distrito
local IV de León, Guanajuato, ya están
disponibles para su consulta en esta Unidad
de Acceso, debido a que los documentos
electrónicos de la información antes referida
supera el tamaño para su entrega por vía
Infomex. Y en base al artículo 4 del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato, le informo que
para hacer la entrega de dichos documentos
electrónicos, le requiero proporcione a esta
Unidad un CD vacío o una USB.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local.
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00003012 05-ene-12 a
Solicitud de Capacitación Asistente
Electoral.
Convocatorias a a 05-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, procedo a comentarle
que por lo que se refiere a nuestro
procedimiento de reclutamiento,
selección e ingreso de personal, se le
orienta al Departamento de Ingreso,
Capacitación y Desarrollo de la Dirección
del Servicio Profesional Electoral de este
Organismo Autónomo, con domicilio en
Carretera Guanajuato-Puentecillas Km.
2+767, Colonia Puentecillas de esta
ciudad; acudiendo con la Licenciada
Leticia Granados Guerra, cuyo correo
institucional es
[email protected], o al
teléfono (473) 73 53000 ó 01 800 4334
486, extensiones 3802, 3805 ó 3806, de
lunes a viernes con horario de oficinas
de las 8:30 a las 16:00 horas.
Para mayor información le adjunto en
documento electrónico la Convocatoria
para participar como Capacitador
Asistente Electoral, Coordinador de
Capacitación Electoral y Supervisor de
Capacitación; le reitero que las
convocatorias son publicadas en los
periódicos de mayor circulación en la
entidad, así como difundidas en radio y
en la página de internet del Instituto
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Convocatorias.
Información
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Fecha de
Notificació
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00003212 05-ene-12 a
Por favor informarme si salí seleccionada
como consejera ciudadana en la
convocatoria que finalizó el 30 de
noviembre del 2011. Aún no encuentro
la lista y me gustaría saber para planear
seguir en la búsqueda de empleo. De
antemano gracias y feliz año.
Otros datos para facilitar su localización:
lista de consejeros ciudadanos distritales
y municipales para las elecciones del
2012. Mil gracias.
Normatividad a a 05-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, procedo a
comentarle que de acuerdo al artículo
63 fracción II del Código de
Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, el Consejo General tiene
la atribución de “designar durante la
primera quincena del mes de enero del
año de la elección, al presidente y
consejeros ciudadanos que integren los
consejos distritales y municipales, con
base en las propuestas que formule el
presidente del Consejo General”, y la
publicación se hará en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado.
En la sesión ordinaria del 9 de enero
del presente año, el Consejo General
aprobará el acuerdo para la integración
de los consejos electorales distritales y
municipales para el proceso electoral
local de 2012, y se publicará en la
página de internet de este Instituto
www.ieeg.org.mx en el apartado del
Consejo General en la carpeta de
Acuerdos y Actas de Sesiones.
Información
Disponible vía
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00003812 09-ene-12 a
Resultados de consejeros ciudadanos
para los municipios del Estado de
Guanajuato y los consejeros ciudadanos
para los Distritos Electorales del Estado
de Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
convocatoria del IEEG del 03 de
noviembre del 2011. Integración de
Consejos
Electoralesa a 10-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que anexo en documento
electrónico los resultados de los Consejeros
Ciudadanos elegidos para integrar los
Consejos Electorales Municipales y
Distritales en el Estado de Guanajuato para
el Proceso Electoral Local de 2012.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00007912 11-ene-12 a
Los datos en que se basaron para elegir
a los consejeros electorales municipales
de Acámbaro, Guanajuato y los nombres
de los seleccionados.
Acuerdos y
Sesionesdel
Consejo
General,
Integración de
Consejos
Electorales
a a 12-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, le informo que anexo en
documentos electrónicos la siguiente
información:
• Acuerdo CG/045/2011 mediante el cual
se establecen los lineamientos para la
designación de los ciudadanos que
integrarán los Consejos Distritales y
Municipales que se instalarán para el
proceso electoral ordinario de 2012 y
• La integración de los Consejos
Electorales Municipal y Distrital del
municipio de Acambaro, Guanajuato para
el proceso electoral ordinario de 2012.
La información se entrega en el estado en
el que se encuentra, por disposición de la
ley de Transparencia local.
Información
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n de
Respuesta
00009212 12-ene-12 a
Nombres de quienes conforman los
consejos municipal y distrital en Dolores
Hidalgo, Guanajuato.
Integración de
Consejos
Electoralesa a 12-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
anexo en documento electrónico la
integración de los Consejos Electorales
Municipal y Distrital del municipio de
Dolores Hidalgo, Guanajuato para el
proceso electoral ordinario de 2012.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00010912 16-ene-12 a
Estadísticas por distrito electoral de la
elección de gobernador en los procesos
de 2000 y 2006.
Otros datos para facilitar su localización:
esta información la debe de tener el
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Resultados
Electorales a a 16-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
anexo en documentos electrónicos las
estadísticas por distrito electoral de la
elección de gobernador en los procesos
de 2000 y 2006.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
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Fecha de
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n de
Respuesta
00013712 17-ene-12 a
Solicito la información sobre el número
total de inscritos que tienen en su
padrón electoral registrados este año
para hacer su voto desde el extranjero,
así como el desglose de la cantidad de
votantes desde el extranjero que se
encuentran inscritos en los municipios
de Moroleón, Uriangato y Yuriria.
Además del índice de abstencionismo
que se tuvo durante las elecciones del
2009 en estos 3 municipios también en
relación a los votantes desde el
extranjero.
Resultados
Electorales,
Orientacióna a a 19-ene-12 2
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
el Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el
Estado de Guanajuato no regula la
votación de mexicanos en el
extranjero. Asimismo, procedo a
comentarle los siguientes puntos:
Primero. Respecto al número de
inscritos al padrón electoral registrados
este año, el artículo 41 constitucional
en la fracción V noveno párrafo
establece que:
“El Instituto Federal Electoral tendrá a
su cargo en forma integral y directa,
además de las que le determine la ley,
las actividades relativas a: la
capacitación y educación cívica,
geografía electoral, los derechos y
prerrogativas de las agrupaciones y de
los partidos políticos, al padrón y lista
de electores, impresión de materiales
electorales, preparación de la jornada
electoral, . . .”
Por consiguiente, el Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato para realizar
los procesos electorales estatales
dispondrá de servicios por parte del
IFE de acuerdo al artículo 128 del
CIPEEG que a la letra dice:
“En
Información
disponible vía
Infomex
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información
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Recepción
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ción
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
“En los procesos electorales estatales
se dispondrá de los servicios, de las
listas nominales del padrón electoral,
de las credenciales para votar y demás
documentación electoral el Registro
Federal de Electores, para cuyo efecto
el Consejo General, por conducto de su
presidente, celebrará el convenio que
así lo permita”.
Por lo tanto, con fundamento en el
artículo 40 segundo párrafo de la Ley
de Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
órgano competente, que es el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, en
su sitio de internet www.ife.org.mx en
el apartado de TRANSPARENCIA y
acceso a la información.
Segundo. En referencia al índice de
abstencionismo durante las elecciones
de 2009 en los municipios de su
interés, fue el siguiente:
Proceso 2009 Abstencionismo
Moroleón 54.50%
Uriangato 51.70%
Yuriria 52.50%
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Fecha de
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Respuesta
00015012 18-ene-12 a
Por medio de este documento, solicito
de la manera más atenta la información
de todas las secciones electorales y la
división de los distritos locales del
Estado de Guanajuato, así como
también la cartografía con la ubicación
de casillas electorales referente al último
proceso electoral con nombres de
colonias y calles de cada uno de los
municipios inscritos en cada una de las
cartografías.
Cartografía a a 23-ene-12 3
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le comunico
que la información referente al último
proceso sobre las secciones
electorales, ubicación de las casillas, la
división de los distritos locales del
Estado de Guanajuato, así como la
cartografía electoral del Estado, ya
están disponibles en esta Unidad de
Acceso, debido a que los documentos
electrónicos de la información antes
referida supera el tamaño para su
entrega por vía Infomex o correo
electrónico. Y en base al artículo 4 del
Reglamento de la Unidad de Acceso a
la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que para hacer la entrega de
dichos documentos electrónicos, le
requiero proporcione a esta Unidad un
CD vacío o una USB.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la Ley de Transparencia local.
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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00015612 19-ene-12 a
Padrón Electoral 2011 San Miguel de
Allende y de Dolores Hidalgo.
Orientación a a 19-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
respecto al padrón electoral, el artículo
41 constitucional en la fracción V
noveno párrafo establece que:
“El Instituto Federal Electoral tendrá a
su cargo en forma integral y directa,
además de las que le determine la ley,
las actividades relativas a: la
capacitación y educación cívica,
geografía electoral, los derechos y
prerrogativas de las agrupaciones y de
los partidos políticos, al padrón y lista
de electores, impresión de materiales
electorales, preparación de la jornada
electoral, . . .”
Por consiguiente, el Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato no cuenta
con padrón electoral propio y es por
ello, que para realizar los procesos
electorales estatales dispondrá de
servicios por parte del IFE de acuerdo
al artículo 128 del CIPEEG que a la
letra dice:
“En los procesos electorales estatales
se dispondrá de los servicios, de las
listas nominales del padrón electoral,
de las credenciales para votar y demás
documentación electoral el Registro
Federal de Electores, para cuyo efecto
el Con
Información
disponible vía
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
el Consejo General, por conducto de su
presidente, celebrará el convenio que
así lo permita”.
Por lo tanto, con fundamento en el
artículo 40 segundo párrafo de la Ley
de Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
órgano competente, que es el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, en
su sitio de internet www.ife.org.mx en
el apartado de TRANSPARENCIA y
acceso a la información o bien,
consultar el apartado de Estadísticas y
Resultados Electorales.
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00016312 20-ene-12 a
Las filas para fichas fueron
interminables, se otorgaron pocas fichas
y se acabó el plazo, mi credencial es 03
y quiero votar.
Orientación a a 23-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, le informo que el artículo 41
constitucional en la fracción V noveno
párrafo establece que:
“El Instituto Federal Electoral tendrá a su
cargo en forma integral y directa, además
de las que le determine la ley, las
actividades relativas a: la capacitación y
educación cívica, geografía electoral, los
derechos y prerrogativas de las
agrupaciones y de los partidos políticos,
al padrón y lista de electores, impresión
de materiales electorales, preparación de
la jornada electoral, . . .”
Por consiguiente, el Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato no cuenta con
padrón electoral propio y es por ello, que
con fundamento en el artículo 40
segundo párrafo de la Ley de
Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
órgano competente, que es el INSTITUTO
FEDERAL ELECTORAL, en su sitio de
internet www.ife.org.mx en el apartado
de TRANSPARENCIA y acceso a la
información o consultar el módulo de
TODO SOBRE LA CREDENCIAL PARA
VOTAR o bien, comunicarse a IFETEL 01
800 433 2000.
Incompetencia y
Orientación, se
Notifica vía
Infomex y Correo
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Respuesta
00018112 23-ene-12 a
Lugar y fecha para presentar el examen
en Salamanca.
Convocatorias a a 23-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le comunico
que cualquier información referente a
la convocatoria en la que Usted
participó, la atenderá la Lic. Angelina
Meza Muñoz en la Oficina Regional de
Salamanca con domicilio en Lázaro
Cárdenas No. 112, Colonia Tamaulipas,
C.P. 36700, o bien llamar al teléfono
01 (464) 648 4688.
Información
disponible vía
Infomex
00020312 25-ene-12 a
Todo sobre los aceptados al puesto de
coordinadora y capacitadora.
Convocatorias a a 25-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le comunico
que de acuerdo a las bases de la
Convocatoria para los puestos de
capacitador asistente electoral -
coordinador de capacitación -
supervisor de capacitación, aún no se
tienen los candidatos seleccionados
que participaron en dicha convocatoria
y los resultados serán publicados (por
número de referencia) en la página
web www.ieeg.org.mx de este Órgano
Electoral, del 26 de febrero al 01 de
marzo.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
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00021212 25-ene-12 a
Quiero saber si fui aceptada como
consejera en el IEEG.
Integración de
Consejos
Electoralesa a 26-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le comunico
que la integración de los Consejos
Electorales Municipales y Distritales
para el Proceso Electoral 2012 fue
aprobada en la sesión ordinaria
efectuada el nueve de enero del
presente año. Y de acuerdo a la lista
de consejeros Usted no fue designada
con ese cargo. Para mayor información
le adjunto en documento electrónico la
integración de los consejos electorales
citados.
Información
disponible vía
Infomex
00022112 26-ene-12 a
El pasado lunes 23 de enero del 2012,
se llevo a cabo como aspirante la
aplicación de examen para los diferentes
puestos, que el IEEG está buscando
para los próximos comicios electorales
para la elección de diputados,
presidente municipal y gobernadores. Mi
pregunta es cuándo se van a dar a
conocer y ver los resultados de los
exámenes y si éstos van a ser
publicados en este portal ó inclusive
habrá que acudir a las oficinas del IEEG,
que están ubicadas en Boulevard Las
Plazas número 205 Colonia Las Plazas o
bien, si van a informar por algún medio.
Convocatorias a a 27-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le comunico
que de acuerdo a las bases de la
Convocatoria para los puestos de
capacitador asistente electoral -
coordinador de capacitación -
supervisor de capacitación, los
candidatos seleccionados serán
avisados vía telefónica o por correo
electrónico por el Asistente Regional de
Ingreso y los resultados serán
publicados (por número de referencia)
en la página web www.ieeg.org.mx de
este Órgano Electoral, del 26 de
febrero al 01 de marzo.
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00024512 30-ene-12 a
Resultados del examen realizado el 23
de enero del 2012 en Manuel Doblado a
los aspirantes de la convocatoria que
lanzo el IEEG.
Convocatorias a a 30-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le comunico
que de acuerdo a las bases de la
Convocatoria para los puestos de
capacitador asistente electoral -
coordinador de capacitación -
supervisor de capacitación, los
candidatos seleccionados serán
avisados vía telefónica o por correo
electrónico por el Asistente Regional de
Ingreso y los resultados serán
publicados (por número de referencia)
en la página web www.ieeg.org.mx de
este Órgano Electoral, del 26 de
febrero al 01 de marzo.
Para cualquier aclaración, favor de
comunicarse a la Dirección del Servicio
Profesional Electoral de este Instituto
Electoral al teléfono: (473) 73 5 30 00
ó 01 800 433 4486.
Ext. 3805 con Luis Solís Hernández
Ext. 3806 con María Elena León
Elizarrarás
Ext. 3807 con Leticia Granados Guerra
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00024712 30-ene-12 a
Lista de representantes de los partidos
en las casillas, en las elecciones del
2009, en los distritos 13 y 14 locales.
Representantes
de Partidos
Políticos ante
MDC
a a 30-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
comunico que de acuerdo al anexo técnico
al convenio de apoyo y colaboración en
materia electoral que celebraron el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL y el
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE
GUANAJUATO, con el fin de apoyar el
desarrollo de los comicios federales y
locales que se celebraron el 5 de julio de
2009, en el punto 2.12 del apartado en
Materia de Organización Electoral, se
estableció lo siguiente:
“LAR PARTES” reconocen el derecho de los
partidos políticos nacionales y/o coaliciones,
en su caso, de acreditar a los
representantes ante mesas directivas de
casilla y generales que les permitan las
respectivas legislaciones, así como de
ejercer su sufragio en términos de ley. El
registro de los representantes ante la mesa
directiva de casilla única será
responsabilidad del “EL IFE” y surtirá
efectos para la elección local, de lo cual, ser
proporcionará de inmediato copia al “EL
IEEG”.
En virtud de lo anterior, anexo en
documentos electrónicos las listas de
representantes de partidos políticos ante
MDC de los Distritos Locales XIII y XIV de
Salamanca, registrados ante el IFE para el
proceso electoral ordinario de 2009.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local.
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00025412 30-ene-12 a
Número de personas entre 18 y 28 años
que votarán en el país, en el Estado de
Guanajuato y en el distrito XIV
(Salamanca- Juventino Rosas) en las
próximas elecciones Número de mujeres
entre 18 y 28 años que votarán en el
país, en el Estado de Guanajuato y en el
distrito XIV (Salamanca-Juventino
Rosas) en las próximas elecciones.
Orientación a a 31-ene-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
respecto al padrón electoral, el artículo
41 constitucional en la fracción V
noveno párrafo establece que:
“El Instituto Federal Electoral tendrá a
su cargo en forma integral y directa,
además de las que le determine la ley,
las actividades relativas a: la
capacitación y educación cívica,
geografía electoral, los derechos y
prerrogativas de las agrupaciones y de
los partidos políticos, al padrón y lista
de electores, impresión de materiales
electorales, preparación de la jornada
electoral, . . .”
Por consiguiente, el Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato no cuenta
con padrón electoral propio y es por
ello, que con fundamento en el artículo
40 segundo párrafo de la ley de
Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
órgano competente, que es el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, en
su sitio de internet www.ife.org.mx en
el apartado de TRANSPARENCIA y
acceso a la información, o bien,
consultar el apartado de Estadísticas y
Resultados Electorales.
Incompetencia y
Orientación, se
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00029612 01-feb-12 a
¿Se tiene una memoria política respecto
a las elecciones para gobernador,
diputados tanto federales como locales y
ayuntamientos en el Estado de
Guanajuato? desde que Guanajuato es
un Estado, me refiero desde la primera
elección; también saber ¿Si se tienen las
leyes que reglamentaban el proceso
electoral? ¿O cómo se llevaban a cabo?
Normatividad a a a 02-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
en la publicación Número 93 Tercera
Parte del Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Guanajuato con fecha 22
de noviembre de 1994, por Decreto
No. 20 se expide el Código de
Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato y por consiguiente se crea
el Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato. En la publicación Número
95 Tercera Parte del Periódico Oficial
del Gobierno del Estado de Guanajuato
con fecha 29 de noviembre de 1994,
por Decreto No. 21 en el Artículo
Cuarto establece: “las autoridades
electorales competentes se instalarán a
más tardar el 20 de enero de 1995,
para resolver todos y cada uno de los
asuntos que se vinculen con la
celebración de los Comicios
Extraordinarios para Gobernador del
Estado”; siendo éstos los primeros
comicios celebrados por este Órgano
Autónomo.
En virtud de lo anterior, el Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato
cuenta con resultados electorales para
las elecciones de Gobernador,
Ayuntami
Información
disponible vía
Infomex
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nicoManual
En
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Número
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información por ser
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información
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Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Ayuntamientos y Diputados Locales de
los siguientes procesos: 1995, 1997,
2000, 2003, 2006 y 2009. Los
resultados y memorias de dichos
procesos los puede consultar en la
página de internet institucional
www.ieeg.org.mx en la carpeta de
Memorias Electorales.
Respecto a la normatividad que regula
el proceso electoral, está la
Constitución Política para el Estado de
Guanajuato, el Código de Instituciones
y Procedimientos Electorales para el
Estado de Guanajuato y también
algunos acuerdos aprobados por el
Consejo General, para la funcionalidad
del proceso. Las leyes, códigos,
reglamentos, lineamientos, etc. que
reglamentan las funciones de este
Instituto, están publicadas en la página
de internet institucional
www.ieeg.org.mx en el apartado de
Normatividad.
Por último, le anexo en documento
electrónico la Ruta Electoral 2012,
donde se describen las diferentes
etapas del proceso electoral.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local.
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información por ser
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información
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Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00035512 09-feb-12 a
Solicitamos se proporcione los siguientes
materiales en versión digitalizada:
1. Plano de la ciudad de León, que
contemple la división de los 5 distritos
locales uninominales.
2. Cartografía pormenorizada de cada
una de las 622 secciones electorales de
la ciudad de León y la separación por
cada distrito local.
3. Legislación Electoral que tenga
vigencia con respecto a la elección 2012
(ley electoral).
4. Folletería de difusión institucional,
Democracia Participativa, Valores, otros.
Cartografía,
Capacitación
Ciudadana,
Normatividad
a a 10-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
se entrega en documentos electrónicos
la información referente a:
1. Plano de la ciudad de León, con la
división de los 5 distritos locales.
2. La cartografía de cada una de las
secciones electorales de la ciudad de
León, por cada distrito local.
3. El Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el
Estado de Guanajuato, vigente.
Debido a que los documentos
electrónicos de la información antes
referida supera el tamaño para su
entrega por correo electrónico y en
base al artículo 4 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
para hacer la entrega de dichos
documentos, le requiero proporcione a
esta Unidad de Acceso una USB,
dentro de los días laborales de Lunes a
Viernes con horario de 8:30 a 16:00
horas; y de conformidad con el
numeral antes referido, Usted cuenta
con un plazo de sesenta días naturales
contados a partir del día hábil siguiente
al de la notificación de este oficio de
respuesta respuesta para recoger la
información solicitada; y
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta, vía
Correo
Electrónico
Institucional
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información
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Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
respuesta para recoger la información
solicitada; y de no acudir dentro del
plazo citado, el medio en el que se
haya reproducido podrá ser destruido
sin responsabilidad para el Instituto.
Respecto a los folletos de difusión
institucional, se entregan en medio
impreso los siguientes ejemplares:
• Díptico ¿Qué es el IEEG?
• Díptico Participa y decide
• Tríptico Vivamos los valores cívicos
• Cuadernillo La importancia del voto y
la capacitación electoral
• Cuadernillo La participación
ciudadana, medio para combatir el
abstencionismo electoral.
• Cuadernillo Poder Público Federal,
Estatal y Municipal.
• Cuadríptico Nuestros Símbolos
Patrios.
• Tríptico Elecciones escolares.
• Folder informativo sobre Valores
cívicos.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local.
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Fecha de
Recepción
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Entrega de
información
Formato de
Recepción
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Estado de la
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Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00036912 10-feb-12 a
Requiero el listado de todas las
personas que serán contratadas de
manera eventual para los municipios de
Celaya y Valle de Santiago durante el
proceso electoral 2012, así como el
salario neto que se les pagará, ordenado
por puesto.
Organigrama y
Tabuladores,
Recursos
Humanos
a a 15-feb-12 3
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, le informo que se entrega en
documento electrónico, el listado de las
personas contratadas de manera eventual
hasta la fecha de hoy, para los municipios
de Celaya y Valle de Santiago para
apoyar en la organización del Proceso
Electoral 2012, así como el salario neto
que se les paga.
La información se entrega en el estado en
el que se encuentra, por disposición de la
ley de Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex
00043012 16-ene-12 a
Planos cartográficos de los Distritos: VII
Local, III y VI Federal de la ciudad de
León, Guanajuato.
Cartografía,
Orientación a a a 17-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que se entrega en documento
electrónico, el plano cartográfico del Distrito
Local VII.
En referencia a los planos cartográficos de
los Distritos Federales III y VI, le comunico
que este Instituto Electoral no posee dicha
información y por lo tanto, con fundamento
en el artículo 40 segundo párrafo de la Ley
de Transparencia local, se le orienta a que
desahogue su consulta ante la Unidad de
Acceso del órgano competente, que es el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, en su
sitio de internet www.ife.org.mx en el
apartado de TRANSPARENCIA y acceso a la
información, o bien, consultar el apartado
de Geografía Electoral y Cartografía.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00045512 20-feb-12 a
Resultados examenes aspirantes.
Convocatorias a a 20-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le comunico
que de acuerdo a las bases de las
convocatorias, cualquier aclaración
respecto a resultados, procedimiento
de reclutamiento, selección e ingreso
de personal, favor de comunicarse a la
Dirección del Servicio Profesional
Electoral de este Instituto Electoral al
teléfono: (473) 73 5 30 00 ó 01 800
433 4486.
Ext. 3805 con Luis Solís Hernández
Ext. 3806 con María Elena León
Elizarrarás
Ext. 3807 con Leticia Granados Guerra
Información
disponible vía
Infomex
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Texto de Respuesta
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Con
Orienta
ción
Días en
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00045712 20-feb-12 a
Me gustaría obtener datos estadísticos
sociodemográficos por distrito del listado
nominal.
Orientación a a 20-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, le comunico que respecto a
la lista nominal, el artículo 41
constitucional en la fracción V noveno
párrafo establece que:
“El Instituto Federal Electoral tendrá a su
cargo en forma integral y directa, además
de las que le determine la ley, las
actividades relativas a: la capacitación y
educación cívica, geografía electoral, los
derechos y prerrogativas de las
agrupaciones y de los partidos políticos,
al padrón y lista de electores, impresión
de materiales electorales, preparación de
la jornada electoral, . . .”
Por consiguiente, el Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato no cuenta con
padrón electoral y lista nominal propios.
En virtud de lo anterior y con fundamento
en el artículo 40 segundo párrafo de la
Ley de Transparencia local, esta Unidad
de Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
órgano competente, que es el INSTITUTO
FEDERAL ELECTORAL, en su sitio de
internet www.ife.org.mx en el apartado
de TRANSPARENCIA y acceso a la
información, o bien, consultar el apartado
de Estadísticas y Resultados Electorales.
Incompetencia y
Orientación, se
Notifica vía
Infomex
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Tipo de Respuesta
Fecha de
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Respuesta
00047112 21-feb-12 a
Colonias que comprende el VI distrito de
Guanajuato.
Cartografía a a 21-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le comunico
que se entrega en documento
electrónico la información referente a
las colonias y localidades del Distrito
Local VI de León, Guanajuato.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex
00050012 22-feb-12 a
Deseo saber cuál fue el filtro para elegir
a los consejeros ciudadanos del IEEG de
distrito con cabecera en Apaseo el
Grande, Guanajuato de todas las
solicitudes recibidas.
Acuerdos y
Sesiones del
Consejo Generala a 22-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
anexo en documento electrónico el
Acuerdo CG/045/2011 aprobado por el
Consejo General en la sesión ordinaria
del 30 de noviembre de 2011,
mediante el cual se establecen los
lineamientos para la designación de los
ciudadanos que integrarán los
Consejos Distritales y Municipales que
se instalarán para el proceso electoral
ordinario de 2012.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local.
Información
disponible vía
Infomex
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Fecha de
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00050212 22-feb-12 a
Quisiera obtener la cartografía, planos o
croquis del VII distrito local de León
Guanajuato por sección electoral, el cual
se pueda apreciar con manzana y calles.
En caso de no tenerlos, agradeceré me
pudieran orientar dónde puedo
obtenerlos. Muchas gracias.
Cartografía a a 23-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que se entrega en documentos
electrónicos:
1. Plano de la zona urbana del Distrito Local
VII, de León, Guanajuato.
2. Plano de la zona rural del Distrito Local
VII, de León, Guanajuato.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local, en su artículo 39
fracción IV.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00054312 27-feb-12 a
Fecha de la publicación de lista de
aceptados de las convocatorias del IEEG
y en qué apartado puedo encontrarlas.
Gracias.
Convocatorias a a 27-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que de acuerdo a las bases de la
Convocatoria para los puestos de
capacitador asistente electoral - coordinador
de capacitación - supervisor de
capacitación, los candidatos seleccionados
serán avisados vía telefónica o por correo
electrónico por el Asistente Regional de
Ingreso y los resultados estarán publicados
(por número de referencia) del 26 de
febrero al 01 de marzo, en la página de
internet www.ieeg.org.mx de este Órgano
Electoral.
Para mayor información le anexo el
documento electrónico sobre los resultados
del Proceso de Selección de la convocatoria
antes citada.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local, en su artículo 39
fracción IV.
Información
disponible vía
Infomex
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Fecha de
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Respuesta
00058312 27-feb-12 a
Hola, me gustaría saber en qué se
basaron para seleccionar a quienes
participaran en el proceso electoral? Ya
que obtuve . . . en los exámenes y ya
había participado en el proceso anterior.
Gracias.
Convocatorias a a 27-feb-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le comunico
que de acuerdo a las bases de las
convocatorias, cualquier aclaración
respecto a resultados, procedimiento
de reclutamiento, selección e ingreso
de personal, favor de comunicarse a la
Dirección del Servicio Profesional
Electoral de este Instituto Electoral a
los teléfonos: (473) 73 530 00 ó 01
800 433 4486.
Ext. 3802 con la Lic. Bárbara Teresa
Navarro García
Ext. 3807 con la Lic. Leticia Granados
Guerra
Información
disponible vía
Infomex
00060712 27-feb-12 a
Solicito dos datos del padrón electoral,
el total del padrón de los votantes de las
últimas 4 elecciones 2000, 2003, 2006,
2009 del municipio de Moroleón,
Guanajuato.
Padrón Electoral
y Lista Nominal a a 01-mar-12 3
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
el total de padrón electoral y el total de
votos en el municipio de Moroleón,
Guanajuato en los últimos cuatro
procesos electorales, son los
siguientes:
Proceso, Padrón Electoral, Total de
Votos
2000 33,974 20,905
2003 36,497 17,724
2006 39,199 20,509
2009 42,164 19,096
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00064312 01-mar-12 a
Le escribo para preguntarles si me
podrían proporcionar algunos datos
sobre los presuntos intentos del crimen
organizado para influir en los resultados
de procesos electorales en México.
Quiero acceso a datos de los registros
de denuncias que se presentaron por los
delitos electorales. Quisiera saber
cuántas denuncias hubo sobre intentos
del citado crimen organizado para influir
en los resultados de las elecciones
estatales de Guanajuato en 2009, y las
elecciones de 2006. Orientación a a 01-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, le informo que a este
Órgano Electoral le corresponde el
ejercicio de la función de organizar los
procesos electorales en el Estado de
Guanajuato.
En virtud de lo anterior y con fundamento
en el artículo 40 segundo párrafo de la
Ley de Transparencia local, se le orienta a
que desahogue su consulta ante la
Unidad de Acceso del órgano
competente, que es el Gobierno del
Estado, pues en la dependencia de la
Procuraduría General de Justicia del
Estado, se instauró un área especializada
para atender los delitos electorales en el
Estado, en su sitio de internet
www.guanajuato.gob.mx en el apartado
de TRANSPARENCIA.
Incompetencia y
Orientación, se
Notifica vía
Infomex
00065012 01-mar-12 a
Deseo información de las 2 últimas
elecciones para presidente municipal y
diputados locales en el municipio de
Valle de Santiago, desglosada por
sección y por casilla y de ser posible
incluir la cartografía por sección.
Cartografía,
Resultados
Electoralesa a 02-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que anexo en documentos
electrónicos la información referente a los
resultados para la elección de ayuntamiento
y diputados locales para el municipio de
Valle de Santiago, así como la cartografía
de los procesos electorales de 2006 y 2009
del citado municipio.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local, en su artículo 39
fracción IV.
Información
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00065912 02-mar-12 a
Requiero saber si su legislación electoral
contempla instrumentos o
procedimientos de participación
ciudadana, de ser el caso:
1. ¿Desde cuándo?
2. ¿Cuáles son los medios de
participación ciudadana?
3. ¿Cuántos se han solicitado?
4. ¿Cuántos se han desarrollado o
implementado?
5. ¿En qué materias o sobre qué actos o
normas?
Otros datos para facilitar su localización:
instrumentos de participación
ciudadana.
Normatividad a a 05-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, procedo
a informarle sobre los puntos requeridos en
su solicitud sobre si nuestra legislación
electoral contempla instrumentos o
procedimientos de participación ciudadana:
1. ¿Desde cuándo?
LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA
EL ESTADO DE GUANAJUATO, Publicada en
el Periódico Oficial, número 126, segunda
parte del 22 de octubre de 2002 por
Decreto Número 130; entró en vigor el
cuarto día siguiente al de su publicación.
Esta Ley es reglamentaria de las formas de
participación ciudadana previstas en la
Constitución Política del Estado de
Guanajuato, es de orden público e interés
general. Tiene por objeto establecer,
consolidar y fomentar los mecanismos que
permitan regular el proceso democrático de
participación ciudadana en el ámbito de
competencia del Estado y de los Municipios.
REGLAMENTO DE LA LEY DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL
ESTADO DE GUANAJUATO, aprobado por el
Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato el 21 de octubre de
2003, mediante el acuerdo CG/084/2003, y
publicado en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Guanajuato, número
170, tercera parte, el 24 de octubre de
2003.
El citado Reglamento es de orden público y
de interés general. Se expide con apoyo en
lo dispuesto en los artículos 30 párrafos
segundo y tercero, 31 párrafos segundo y
tercero de la Constitución Política del
Estado,
Información
disponible vía
Infomex y Correo
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Estado, 13 fracción VII y segundo
transitorio de la Ley de Participación
Ciudadana para el Estado de Guanajuato.
Tiene por objeto regular el desarrollo de los
mecanismos de participación ciudadana
como son la iniciativa popular, el plebiscito,
el referéndum y el referéndum
constitucional.
2. ¿Cuáles son los medios de participación
ciudadana?
De acuerdo al artículo 3° de la ley referida,
son mecanismos de participación
ciudadana:
I. Iniciativa popular;
II. Plebiscito;
III. Referéndum; y
IV. Referéndum constitucional.
3. ¿Cuántos se han solicitado?
Hasta hoy fecha solo se ha solicitado un
mecanismo de Plebiscito, el día 13 de
agosto de 2010, el Ayuntamiento de
Guanajuato, a través de los ciudadanos
Nicéforo Alejandro de Jesús Guerrero
Reynoso, Gabino Carbajo Guzmán y Gabino
Carbajo Zúñiga, Presidente, Síndico y
Secretario, respectivamente, presentó
solicitud de plebiscito ante la Presidencia del
Consejo General de este Instituto. Y en la
sesión extraordinaria celebrada por la
Comisión de Participación Ciudadana del
Consejo General de este Instituto el día 19
de agosto de 2010, se dio cuenta de la
solicitud de plebiscito.
4. ¿Cuántos se han desarrollado o
implementado?
Solo se ha desarrollado el Plebiscito
solicitado el 13 de agosto de 2010. Que en
sesión ordinaria efectuada el 30 de agosto
de 2010, la Comisión de Participación
Ciudadana del Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, emitió
en el acuerdo CPC/001/2010 la resolución
recaída a la esentada
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Respuesta
recaída a la solicitud de plebiscito
presentada por el Ayuntamiento de
Guanajuato, en la cual se declara
procedente la solicitud de plebiscito
presentada por el Ayuntamiento de
Guanajuato.
5. ¿En qué materias o sobre qué actos o
normas?
La materia del proceso, se hace consistir en
lo siguiente:
“Lo constituye el acuerdo emitido por el
Honorable Ayuntamiento de Guanajuato,
Guanajuato, en fecha 13 de julio de 2010,
en el que en el ámbito de su competencia,
pero sobre todo en ejercicio de sus
atribuciones, aprobó el dictamen número
CDUE-11/2009-2012, de 9 de julio de 2010,
autorizando la factibilidad de cambio de uso
de suelo respecto del inmueble denominado
"Granja La Bufa", condicionando dicho
cambio de uso de suelo a que se cumpliera
a entera satisfacción del Honorable
Ayuntamiento de Guanajuato, Guanajuato,
con las acciones y recomendaciones
estipuladas en los rubros 1. Tenencia de la
tierra, 2. Medio físico natural y 3. Estructura
urbana del mismo dictamen.”
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Fecha de
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n de
Respuesta
00066012 02-mar-12 a
Solicito de la manera más atenta el
último listado nominal 2012 del
municipio de Valle de Santiago, por
sección y por casillas.
Orientación a a 05-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que respecto al listado nominal, el
artículo 41 constitucional en la fracción V
noveno párrafo establece que:
“El Instituto Federal Electoral tendrá a su
cargo en forma integral y directa, además
de las que le determine la ley, las
actividades relativas a: la capacitación y
educación cívica, geografía electoral, los
derechos y prerrogativas de las
agrupaciones y de los partidos políticos, al
padrón y lista de electores, impresión de
materiales electorales, preparación de la
jornada electoral, . . .”
Por consiguiente, el Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato no cuenta con listado
nominal propio y es por ello, que con
fundamento en el artículo 40 segundo
párrafo de la Ley de Transparencia local, se
le orienta a que desahogue su consulta ante
la Unidad de Acceso del órgano
competente, que es el INSTITUTO FEDERAL
ELECTORAL, en su sitio de internet
www.ife.org.mx en el apartado de
TRANSPARENCIA y acceso a la información,
o bien, consultar el apartado de Estadísticas
y Resultados Electorales.
Incompetencia y
Orientación, se
Notifica vía
Infomex
00067712 05-mar-12 a
Deseo conocer la lista de las personas
que quedaron para capacitadores.
Gracias.
Convocatorias a a 12-mar-12 5
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que anexo en documento
electrónico la lista de las personas
seleccionadas para ser capacitador asistente
electoral en el proceso electoral local 2012.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local, en su artículo 39
fracción IV.
Información
disponible vía
Infomex
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00067812 05-mar-12 a
Solicito atentamente me proporcionen la
siguiente información: monto económico
total de percepciones que cobraron los
consejeros electorales en el mes de
enero del presente año.
Organigrama y
Tabuladores a a 12-mar-12 5
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
el monto económico total de
percepciones netas que recibieron los
consejeros adscritos a los Consejos
Electorales Municipales en el mes de
enero del presente año fueron:
Consejero P. Consejeros
Región 1 21,095.94 13,284.89
Región 2 16,823.69 10,512.66
Región 3 12,498.49 8,233.05
Región 4 27,214.34 17,216.89
Información
disponible vía
Infomex
00067912 05-mar-12 a
Solicito atentamente me proporcionen la
siguiente información: monto económico
total autorizado que ejercerá este
instituto para el proceso electoral 2011
2012 de las elecciones del 1 de julio del
presente año.
Otros datos para facilitar su localización:
Deseo conocer el total de los recursos
que incluyen todos los gastos de
operación, prerrogativas de los partidos,
etc. para el proceso electoral de las
elecciones del 1 de julio de 2012.Presupuesto y
Auditorías a a 09-mar-12 4
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
la asignación total autorizada al
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
DE GUANAJUATO para el ejercicio fiscal
de 2012 es de $354’784,779.00
(trescientos cincuenta y cuatro
millones setecientos ochenta y cuatro
mil setecientos setenta y nueve pesos
00/100 M.N.); cantidad que se
desglosa de la siguiente manera:
1. Presupuesto para la organización del
proceso electoral 2012:
$219’661,363.00 (doscientos
diecinueve millones seiscientos sesenta
y un mil trescientos sesenta y tres
pesos
Información
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pesos 00/100 M.N.); cantidad de la
cual $50’804,869.00 (cincuenta
millones ochocientos cuatro mil
ochocientos sesenta y nueve pesos
00/100 M.N.), corresponden al
presupuesto aprobado para los
partidos políticos.
2. Presupuesto para el funcionamiento
ordinario de este Instituto Electoral:
$135´123,416.00 (ciento treinta y
cinco millones ciento veintitrés mil
cuatrocientos dieciséis pesos 00/100
M.N.); cantidad de la cual
$55’270,346.00 (cincuenta y cinco
millones doscientos setenta mil
trescientos cuarenta y seis pesos
00/100 M.N.), corresponden al
presupuesto aprobado para los
partidos políticos.
Asimismo, adjunto en documentos
electrónicos el acuerdo CG/001/2012
mediante el cual se determina el
monto del financiamiento público a que
tienen derecho los partidos políticos
para el año 2012, así como los
respectivos anexos.
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00070212 06-mar-12 a
Solicito saber el número total de
personas inscritas en el padrón electoral
y la lista nominal del Estado de
Guanajuato, así como de sus municipios,
por separado, del año 2012.
Orientación a a 06-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, le informo que respecto al
padrón electoral y lista nominal, el
artículo 41 constitucional en la fracción V
noveno párrafo establece que:
“El Instituto Federal Electoral tendrá a su
cargo en forma integral y directa, además
de las que le determine la ley, las
actividades relativas a: la capacitación y
educación cívica, geografía electoral, los
derechos y prerrogativas de las
agrupaciones y de los partidos políticos,
al padrón y lista de electores, impresión
de materiales electorales, preparación de
la jornada electoral, . . .”
Por consiguiente, el Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato no cuenta con
padrón electoral y lista nominal propios y
es por ello, que con fundamento en el
artículo 40 segundo párrafo de la Ley de
Transparencia local, se le orienta a que
desahogue su consulta ante la Unidad de
Acceso del órgano competente, que es el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, en su
sitio de internet www.ife.org.mx en el
apartado de TRANSPARENCIA y acceso a
la información, o bien, consultar el
apartado de Estadísticas y Resultados
Electorales.
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00071612 07-mar-12 a
Los contactaba dado que para mi tesis
doctoral necesito información
concerniente a la geografía electoral del
Estado de Guanajuato. En particular,
necesito contar con la ubicación
geográfica de las secciones electorales
para las elecciones para presidente de
ayuntamiento de 1997, 2000, 2003,
2006, y 2009.
Primero, quería saber si el Instituto
Electoral de Guanajuato utiliza las
mismas secciones electorales del
Instituto Federal Electoral. Y
consecuentemente, una vez que las
secciones electorales son modificadas a
nivel federal, automáticamente son
cambiadas a nivel estatal en la elección
inmediata. En caso que esto no sea así,
agradecería si me pudiesen explicar el
proceso de elección de secciones
electoral utilizado en las elecciones para
presidente de ayuntamiento de 1997,
2000, 2003, 2006, y 2009.
Segundo, en su página web
http://www.ieeg.org.mx/ en la pestaña
de "Geografía Electoral" encontré una
serie de archivos.pdf que muestran las
diferentes secciones electorales de los
diferentes distritos del Estado de
Guanajuato en 2009. Yo quería saber si
esta demarcación fue la utilizada en las
elecciones para presidente de
ayuntamiento en 2009. Así mismo,
quería saber si es posible contar con el
archivo digital tipo shape (o similar) que
fue utilizado para la generación de los
mencionados archivos.pdf.
Finalmente, estaría interesado en la
Cartografía a a 14-mar-12 5
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, procedo
a informarle sobre los puntos requeridos en
su solicitud, atendiendo lo siguiente:
Primero. De acuerdo al artículo 41
constitucional en la fracción V noveno
párrafo establece que:
“El Instituto Federal Electoral tendrá a su
cargo en forma integral y directa, además
de las que le determine la ley, las
actividades relativas a: la capacitación y
educación cívica, geografía electoral, los
derechos y prerrogativas de las
agrupaciones y de los partidos políticos, al
padrón y lista de electores, impresión de
materiales electorales, preparación de la
jornada electoral, . . .”
Por consiguiente, el Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato no cuenta con
geografía electoral, padrón electoral y lista
nominal propios. Es por ello, que para
realizar los procesos electorales estatales
dispondrá de servicios por parte del
Instituto Federal Electoral de acuerdo al
artículo 128 del Código de Instituciones y
Procedimientos Electoral para el Estado de
Guanajuato, que a la letra dice:
“En los procesos electorales estatales se
dispondrá de los servicios, de las listas
nominales del padrón electoral, de las
credenciales para votar y demás
documentación electoral el Registro Federal
de Electores, para cuyo efecto el Consejo
General, por conducto de su presidente,
celebrará el convenio que así lo permita”.
En virtud de lo anterior, desde que el
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato
inició sus
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inició sus funciones el 29 de noviembre de
1994, ha realizado convenios de apoyo y
colaboración en materia electoral con el
Instituto Federal Electoral, con el fin de
apoyar el desarrollo de los comicios locales,
de tal manera que en los procesos
electorales de 1997, 2000, 2003, 2006 y
2009 el IFE ha proporcionado a este Órgano
Electoral la información referente a división
seccional, número de secciones, padrón
electoral y lista nominal, así como la
documentación cartografía del Estado. Por
consiguiente, cualquier actualización al
padrón electoral, lista nominal, número de
secciones y cartografía del Estado, el
Instituto Federal Electoral proporciona
oportunamente la información a este
Instituto Electoral.
Segundo. De la geografía electoral
disponible en la página web institucional es
la correspondiente al proceso de 2009 y en
la elección para presidente de ayuntamiento
la demarcación es la que está por
municipios, también disponible en la página.
Los municipios que integran los veintidós
distritos electorales locales desde el proceso
de 1997 hasta la actualidad son los mismos.
Anexo al presente en documento electrónico
el mapa de los distritos locales del Estado
de Guanajuato.
Tercero. Hago de su conocimiento que la
Dirección de Sistemas de Información y de
Telecomunicaciones de este Instituto, no
cuenta con registro digital, ni impreso sobre
la ubicación geografía de las secciones para
el proceso de 1997.
Cuarto. La geografía electoral
correspondiente al proceso 2009 la puede
consultar y obtener en la página de internet
www.ieeg.org.mx en el apartado de
“Geografía Electoral”.
Por
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Por último, le comento que en el Sistema
Infomex sólo se puede enviar un documento
electrónico no mayor a 5 Mb y la
información referente a geografía electoral
de los procesos 2000, 2003 y 2006
acumulan 483 Mb aproximadamente.
En virtud de lo anterior, dicha información
se le enviará por correo electrónico
institucional a su cuenta de correo
electrónico personal, debido también a que
este Instituto Electoral no cubre envíos de
información por paquetería o servicio postal
mexicano.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local, en su artículo 39
fracción IV.
00073612 08-mar-12 a
Solicito la siguiente información:
1. Resultados por ciudad y por casilla de
las últimas 3 elecciones para Alcaldes en
el Estado de Guanajuato.
2. Resultados distritales de las últimas 3
elecciones para diputados al Congreso
de Guanajuato.
3. Resultados de las 3 últimas elecciones
de Gobernador de Guanajuato.
Sin otro particular al tiempo que
protesto lo necesario, reciba las
seguridades de mi alta consideración. Resultados
Electorales a a 09-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
anexo en documentos electrónicos la
información referente a:
1. Los resultados para la elección de
ayuntamientos en los procesos
electorales de 2003, 2006 y 2009.
2. Los resultados para la elección de
diputados locales en los procesos
electorales de 2003, 2006 y 2009.
3. Los resultados para la elección de
gobernador en los procesos electorales
de 1995, 2000 y 2006.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local, en su
artículo 39 fracción IV.
Información
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00073712 08-mar-12 a
Solicito mapa colindancias urbanas y
geográficas del distrito XV electoral.
Cartografía a a 12-mar-12 2
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
la geografía electoral para el proceso
2012 estará disponible en los primeros
días de abril del presente año; si le es
de utilidad anexo en documentos
electrónicos los mapas del proceso
2009 tanto de la zona urbana como la
rural de los municipios de Celaya y
Villagrán que conforman el distrito
local XV.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local, en su
artículo 39 fracción IV.
Información
disponible vía
Infomex
00074312 08-mar-12 a
Agradeceré me pudieran proporcionar la
siguiente información:
* El domicilio de la oficina de comisión
electoral del VII distrito local en León,
Guanajuato.
* El número de casillas por sección
electoral en el VII distrito local en León,
Guanajuato y la ubicación en caso de
contar con ella.Directorio a a 09-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, procedo a informarle sobre
los puntos requeridos en su solicitud,
atendiendo lo siguiente:
Primero. En el Instituto Electoral no existe
alguna oficina denominada “Comisión
Electoral” en el distrito local VII de León,
Guanajuato. De acuerdo a la estructura
orgánica de este organismo autónomo,
hay trece oficinas regionales permanentes
en diferentes municipios del Estado; en la
ciudad
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ciudad de León, las oficinas regionales
Norte y Sur están ubicadas en el mismo
inmueble con domicilio en calle
Circunvalación Poniente 1105 Colonia
Jardines del Moral entre la calle Roca y
Avenida León.
Por otro lado, con motivo de las próximas
elecciones locales que se celebrarán el 1°
de Julio del presente año, ya están
instalados los 22 Consejos Distritales
Electorales y los 46 Consejos Municipales
Electorales. El Consejo Distrital Electoral
correspondiente al Distrito Local VII de
León, Guanajuato está ubicado en
Privada Peñita 101-A en la colonia
Jardines del Moral, entre Aguas Buenas y
Av. López Mateos Poniente.
Segundo. Respecto al número de casillas
por sección electoral, aún no se tiene
dicho dato y para determinar la ubicación
de casillas, en el mes de abril se iniciará
el recorrido de las secciones de los
correspondientes distritos, con el objeto
de que los órganos electorales elaboren
una lista con los lugares que cumplan con
los requisitos fijados por el Código
Electoral Local.
En razón de lo anterior y con fundamento
en el artículo 197, fracción III del Código
de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de Guanajuato
la lista de ubicación de casillas se
publicarán a más tardar la primera
semana de mayo, en cada una de las
secciones electorales.
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00075612 09-mar-12 a
Solicito copia de la plataforma electoral
de cada uno de los candidatos a la
gubernatura del Estado.
Partidos
Políticos a a 09-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
de acuerdo al artículo 176 del Código
de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, para el registro de
candidaturas a todo cargo de elección
popular, el partido político postulante
deberá presentar y obtener el registro
de la plataforma electoral que sus
candidatos sostendrán a lo largo de las
campañas políticas.
El plazo del registro comprendió del 1
al 7 de marzo del presente año y el
Consejo General en su momento se
pronunciará para expedir las
constancias correspondientes a los
partidos políticos que la registraron en
tiempo.
En razón de lo anterior y con
fundamento en el artículo 14 fracción
III de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, no es
posible entregarle las plataformas
electorales de los partidos políticos
postulantes para la elección a
gobernador del Estado, hasta que el
Consejo General emita el acuerdo
recaído a la plataformas electorales
presentadas por los partidos políticos.
Negativa por ser
información
reservada y se
notifica vía
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00075712 09-mar-12 a
Solicito el nombre de los candidatos a la
gubernatura del estado, ayuntamientos
y diputaciones del proceso electoral de
este año; especificar partido político,
coalición o si se da el caso de
candidatura independiente.
Registro de
Candidatos a a 09-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
de acuerdo al artículo 177 del Código
de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, los plazos y órganos
competentes para el registro de
candidaturas, son los siguientes:
1. Para diputados locales por el
principio de mayoría relativa, del 2 al 8
de mayo, por los consejos distritales
correspondientes;
2. Para diputados electos por el
principio de representación
proporcional, del 9 al 15 de mayo, por
el Consejo General del Instituto
Electoral del Estado;
3. Para Gobernador del Estado, del 29
de marzo al 4 de abril, por el Consejo
General del Instituto Electoral del
Estado; y
4. Para ayuntamientos, del 15 al 21 de
abril, por los consejos municipales
electorales correspondientes.
En virtud de lo anterior, no es posible
entregarle los nombres de los
candidatos a la elección de
gobernador, ayuntamientos y
diputados locales.
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
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Fecha de
Notificació
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Respuesta
00077612 12-mar-12 a
Solicito se me informe si a los
candidatos a diputados locales se les
asigna un presupuesto para su campaña
y de ser afirmativo, para estas
elecciones 2012 de cuánto es y de qué
forma se les entregan los recursos.
Partidos
Políticos a a 13-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
en la sesión ordinaria del 9 de enero
del presente año, bajo el acuerdo
CG/001/2012, el Consejo General
determinó el financiamiento público a
que tienen derecho los partidos
políticos acreditados ante el Consejo
General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato para el año
2012, cantidad que asciende a
$96´620,093.70 (noventa y seis
millones seiscientos veinte mil noventa
y tres pesos 70/100 M.N.). Anexo en
documentos electrónicos el acuerdo
citado, el anexo uno que establece la
distribución del financiamiento y el
anexo dos que detalla el monto de la
ministraciones bimestrales del
financiamiento para cada instituto
político.
Por otro lado, cada partido político de
forma interna determina la asignación
de los recursos a las campañas
electorales de sus candidatos para
ayuntamientos, diputados y
gobernador.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local, en su
artículo 39 fracción IV.
Información
disponible vía
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00084412 14-mar-12 a
Detalle por casilla y sección de las
elecciones de 1994 ó 5 de mayo de
1995 para gobernador del Estado de
Guanajuato.
Resultados
Electorales a a 20-mar-12 3
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que en la publicación Número 93
Tercera Parte del Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Guanajuato con
fecha 22 de noviembre de 1994, por
Decreto No. 20 se expide el Código de
Instituciones Y Procedimientos Electorales
para el Estado de Guanajuato y por
consiguiente se crea el Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato. En la publicación
Número 95 Tercera Parte del Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato con fecha 29 de noviembre de
1994, por Decreto No. 21 en el Artículo
Cuarto establece: “las autoridades
electorales competentes se instalarán a más
tardar el 20 de enero de 1995, para resolver
todos y cada uno de los asuntos que se
vinculen con la celebración de los Comicios
Extraordinarios para Gobernador del
Estado”; siendo éstos los primeros comicios
celebrados por este Órgano Autónomo.
En virtud de lo anterior, entrego en
documento electrónico el resultado electoral
por sección y casilla de la elección
extraordinaria de 1995 para gobernador del
Estado, celebrada el 28 de mayo de 1995.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local, en su artículo 39
fracción IV.
Información
disponible vía
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00085112 15-mar-12 a
Cantidad y números de secciones
electorales por los 22 distritos del
Estado de Guanajuato.
Cantidad y números de secciones por los
46 municipios de Guanajuato.
Cartografía a a 20-mar-12 2
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, le
informo que entrego en documentos
electrónicos lo referente a la cantidad y
números de secciones electorales por los 22
distritos del Estado de Guanajuato; y la
cantidad y números de secciones electorales
por los 46 municipios del Estado de
Guanajuato.
La información se entrega en el estado en el
que se encuentra, por disposición de la ley
de Transparencia local, en su artículo 39
fracción IV.
Información
disponible vía
Infomex
00088012 19-mar-12 a
Cual quiera.
Ninguna a a 09-abr-12 1
A efecto de realizar el desechamiento que
nos ocupa, es necesario indicar lo siguiente:
Primero.- Que habiendo procedido a revisar
el contenido materia de la solicitud con
número de folio 00088012, esta Unidad de
Acceso, requirió al solicitante mediante
oficio número UAIP/NOTIF/01/2012 de
fecha 20 de marzo del año en curso, para
que precisará su petición y proporcionara
más datos, en el término de 10 días hábiles,
dicho oficio fue notificado en la misma
fecha, mediante el sistema INFOMEX.
Segundo.- Esta Unidad de Acceso DESECHA
la solicitud 00088012, en razón de que el
término señalado para dar cumplimiento al
requerimiento de mérito ha fenecido el día 5
de abril de 2012, sin que se obtuviera
respuesta por parte del solicitante; lo
anterior con fundamento en lo establecido
por el último párrafo del artículo 39 de la
Ley de Acceso a la Información Pública para
el Estado y los Municipios de Guanajuato y
31 del Reglamento de la Unidad de Acceso
a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato.
Notificación por
Correo
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Institucional
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00088312 20-mar-12 a
Nombres de colonias con números de
sección de la ciudad, mancha urbana y
rural del Municipio de León.
Otros datos para facilitar su localización:
números de sección electoral, por
colonia.
Cartografía a a 22-mar-12 2
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
entrego en documento electrónico lo
referente a los nombres de colonias
con números de sección, mancha
urbana y rural del municipio de León,
Guanajuato.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local, en su
artículo 39 fracción IV.
Información
disponible vía
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00090612 21-mar-12 a
Por medio del presente vengo a solicitar
se me expidan copias certificadas de los
siguientes documentos:
1. Copia del escrito de fecha 23 de
febrero del presente año recibido en
este Instituto en la misma fecha donde
se informa de la inscripción como
precandidato a la presidencia municipal
el C. Ricardo Federico Herbert Chico por
el Partido del Trabajo.
2. Copia de los escritos mediante los
cuales el Partido de la Revolución
Democrática da aviso a este Instituto de
los precandidatos que se registraron
ante ese partido para contender por la
presidencia municipal de Guanajuato,
Guanajuato.
Partidos
Políticos a a 22-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y 40
primer párrafo de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y en el numeral
30 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, le entrego copia certificada
del oficio número CEEGTO-085-12 del 23
de febrero de 2012, suscrito por el
ciudadano Juan Carlos Cárdenas Sánchez,
representante suplente del Partido del
Trabajo ante el Consejo General,
mediante el cual comunicó que el 9 de
febrero de 2012, la Comisión Ejecutiva
Estatal de ese instituto político emitió el
dictamen CEE-GTO/D-003/2012 en el que
se registra al ciudadano Ricardo Federico
Herbert Chico como precandidato de ese
partido político al cargo de Presidente
Municipal del Ayuntamiento de
Guanajuato, así como a los precandidatos
a síndicos y regidores para el
ayuntamiento antes mencionado; así
como del dictamen referido.
Por lo que se refiere a la solicitud de
copia certificada de los escritos mediante
los cuales el Partido de la Revolución
Democrática da aviso al Instituto Electoral
de los precandidatos que se registraron
ante ese partido para contender por la
presidencia municipal de Guanajuato, le
informo que en los archivos de la
Secretaría del Consejo General de este
Instituto Electoral no obra ningún escrito
que contenga dicha información.
Notificación de
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información
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00092312 26-mar-12 a
Curricula del Lic. Juan José Cárdenas,
Consejero Ciudadano del Consejo
Municipal Electoral de León, Guanajuato.
Recursos
Humanos a a 28-mar-12 2
Con fundamento en los artículos 5
fracción III, 18 fracción I, V, VI, 39, 40
primer párrafo y 41 de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato
y en los numerales 10 fracción I, II,
IV, 14 y 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
anexo en documento electrónico la
versión pública de la ficha curricular
resumida de dos hojas del Lic. Juan
José Cárdenas Vázquez, Consejero
Ciudadano del Consejo Municipal de
León, Guanajuato; del cual se
omitieron los datos personales
contenidos, con base en el artículo 3
fracción V de la Ley de Protección de
Datos Personales para el Estado y los
Municipios de Guanajuato.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local, en su
artículo 39 fracción IV.
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Resolución de
entrega parcial
(versión pública),
por Correo
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Fecha de
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n de
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00092612 26-mar-12 a
Necesito información de los Municipios
de Santa Catarina y Xichú:
1. ¿Cuáles son las colonias o
comunidades que le pertenecen a cada
sección de los dos Municipios?
2. ¿Cuáles son las cantidades de
personas que vienen inscritas en la lista
nominal de cada sección de estos dos
Municipios para estas elecciones?
Necesito saber cuántas personas pueden
votar en cada sección de estos dos
Municipios Serranos.
Cartografía,
Padrón Electoral
y Lista Nominala a 29-mar-12 3
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
entrego en documentos electrónicos la
información referente a:
1. Los nombres de las colonias o
comunidades que pertenecen a cada
sección electoral y tipo de sección de
los municipios de Santa Catarina y
Xichú, para el proceso electoral 2012.
Del tipo de casilla, aún no se tiene el
dato.
2. La cantidad de personas que vienen
inscritas en la lista nominal de cada
sección, con corte al 16 de marzo del
presente año, de los municipios de
Santa Catarina y Xichú, para el proceso
electoral 2012.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local, en su
artículo 39 fracción IV.
Información
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00095212 28-mar-12 a
Votación oficial final para alcalde en el
municipio de Valle de Santiago,
Guanajuato, en formato excel. Desde la
elección 2003, 2006 y 2009.
Resultados
Electorales a a 28-mar-12 1
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
entrego en documento electrónico los
resultados electorales para la elección
de ayuntamientos en los procesos de
2003, 2006 y 2009 del municipio de
Valle de Santiago, Guanajuato.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local, en su
artículo 39 fracción IV.
Información
disponible vía
Infomex
00098112 30-mar-12 a
Delimitación detallada por calles del
Distrito XV.
Cartografía a a 09-abr-12 5
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
entrego en documento electrónico el
nombre de las calles que delimitan los
Distritos Locales XV y XVI; y de
acuerdo al caminamiento de sur-norte,
el distrito XV está ubicado hacia el este
y el distrito XVI hacia el oeste.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local, en su
artículo 39 fracción IV.
Información
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00100012 03-abr-12 a
Resultados electorales de León,
Guanajuato en los últimos doce años del
2000 al 2009.
Resultados
Electorales a a 09-abr-12 3
Con fundamento en los artículos 39 y
40 primer párrafo de la Ley de Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y en el
numeral 30 del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, le informo que
entrego en documentos electrónicos
los resultados electorales de los
procesos 2000, 2003, 2006 y 2009
para la elección de Ayuntamiento en el
municipio de León, Guanajuato.
La información se entrega en el estado
en el que se encuentra, por disposición
de la ley de Transparencia local, en su
artículo 39 fracción IV.
Información
disponible vía
Infomex
00101312 04-abr-12 a
Número de registro o padrón electoral
en el municipio de Dolores Hidalgo,
Guanajuato.
Padrón Electoral
y Lista Nominal a a 11-abr-12 4
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Con corte al 30 treinta de marzo de
2012 dos mil doce, el padrón electoral
del municipio de Dolores Hidalgo
corresponde a 124,623 ciudadanos.
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Información
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00103512 10-abr-12 a
Me permito solicitar si el Partido
Revolucionario Institucional y el Partido
Verde Ecologista de México o el Partido
Verde Ecologista de México y el Partido
Revolucionario Institucional, han
registrado el convenio de coalición del
municipio de Pueblo Nuevo, Guanajuato,
ante este órgano electoral, en caso de
ser afirmativo pido una copia certificada
del convenio con sus anexos.
Partidos
Políticos a a 11-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
A fecha actual no existe registro de
convenio entre los referidos institutos
políticos, toda vez que el plazo para
solicitar el registro de coaliciones para
Ayuntamientos feneció el día 09 nueve
de abril del presente año. La sesión
para resolver sobre las solicitudes de
registro del convenio de coalición que,
en su caso hayan sido solicitados, se
realizará antes de que inicie el plazo
para el registro de candidatos, esto es,
a más tardar el 14 catorce de abril de
2012 dos mil doce.
Notificación por
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de la
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información por ser
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información
Formato de
Recepción
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Solicitud
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Orienta
ción
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Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00103612 10-abr-12 a
Me permito solicitar si el Partido
Revolucionario Institucional y el Partido
Verde Ecologista de México o el Partido
Verde Ecologista de México y el Partido
Revolucionario Institucional, han
registrado el convenio de coalición del
municipio de Abasolo, Guanajuato, ante
este órgano electoral, en caso de ser
afirmativo pido una copia certificada del
convenio con sus anexos.
Partidos
Políticos a a 11-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
A fecha actual no existe registro de
convenio entre los referidos institutos
políticos, toda vez que el plazo para
solicitar el registro de coaliciones para
Ayuntamientos feneció el día 09 nueve
de abril del presente año. La sesión
para resolver sobre las solicitudes de
registro del convenio de coalición que,
en su caso hayan sido solicitados, se
realizará antes de que inicie el plazo
para el registro de candidatos, esto es,
a más tardar el 14 catorce de abril de
2012 dos mil doce.
Notificación por
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
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n de
Respuesta
00105812 11-abr-12 a
Deseo solicitar información para formar
parte de las casas encuestadoras
aprobadas por la SECRETARÍA
EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL
ELECTORAL, con el objetivo de realizar
“conteos rápidos” y “encuestas de
salida”, este próximo 1 de julio del
presente año en las casillas electorales
del municipio de Irapuato, teniendo
como conocimiento que por Ley se tiene
que dar aviso a la Junta Local Electoral
para poder participar sin problema el de
las elecciones.
La información requerida es la siguiente:
• A quién va dirigida
• Contenido de la carta
• Documentos anexos
Orientación a a 12-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 40 y 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
A través de Acuerdo CG411/2011
emitido por el Consejo General del
Instituto Federal Electoral, se
establecieron los lineamientos así como
los criterios generales de carácter
científico que deberán observar las
personas físicas y morales que
pretendan ordenar, realizar y/o
publicar encuestas por muestreo,
encuestas de salida y/o conteos
rápidos durante el proceso electoral
2011-2012. Documento al que puede
acceder a través de la siguiente
dirección:
http://www.ife.org.mx/docs/IFE-
v2/Principal/NoticiasAvisos/NoticiasAvis
os-
2011/estaticos2011/diciembre/CG411_
2011.pdf
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Asimismo, le informo que de requerir
información adicional, con fundamento
en el artículo 40 segundo párrafo de la
ley de Transparencia local, esta Unidad
de Acceso lo orienta a que desahogue
su consulta ante la Unidad de Acceso
del órgano competente, esto es el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, a
través de su sitio de internet
www.ife.org.mx en el apartado de
TRANSPARENCIA y acceso a la
información.
Ahora bien, hago de su conocimiento
que de conformidad con el segundo
párrafo del artículo 192 del Código de
Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, las restricciones a la
materia que motiva su solicitud,
corresponden a:
Artículo 192.- …
Durante los tres días anteriores y el día
de la jornada electoral, no se permitirá
la celebración de reuniones o actos
públicos de campaña o de propaganda
electorales. Durante los ocho días que
anteceden a la jornada electoral, no se
podrá difundir o publicar en cualquier
medio de comunicación los resultados
de las encuestas o sondeos sobre
preferencias electorales de los
ciudadanos.
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Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00106812 12-abr-12 a
Solicitar información del método por el
cual o en su caso el medio utilizado que
aplica dicho Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato para elegir a los
integrantes de los consejos municipales,
en su artículo 50 del código de la
materia señala que tanto a los partidos
políticos y asociaciones civiles, le envían
la lista de los integrantes y propuestas
para los cargos. Como ciudadano quiero
saber si se cumple ese principio.
Otros datos para facilitar su localización:
qué requisitos deben cubrir para ser
consejero ciudadano, ya sea presidente
o consejero propietario.
Acuerdos y
Sesiones del
Consejo
General,
Normatividad
a a 13-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
De conformidad con el artículo 149, en
relación con el 136 del Código de
Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, el presidente del consejo
municipal será designado por el
consejo General del Instituto Electoral
del Estado a propuesta de su
presidente, quien deberá recabar
información de los partidos políticos, y
grupos organizados de la sociedad civil.
El presidente del Consejo General
formará una terna que someterá al
Pleno para que por mayoría de votos
de sus miembros presentes haga la
designación correspondiente.
El Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, en
la sesión ordinaria efectuada el 30
treinta de noviembre de 2011 dos mil
once, emitió el acuerdo CG/045/2011,
mediante el cual se establecieron
Información
disponible vía
Infomex y Correo
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Institucional
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Información
Fecha de
Recepción
de la
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Texto de Solicitud
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información por ser
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información
Formato de
Recepción
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Estado de la
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Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
mediante el cual se establecieron los
lineamientos para la designación de los
ciudadanos que integran los Consejos
Distritales y Municipales instalados
para el proceso electoral ordinario del
año 2012. Documento que le adjunto
al presente para su consulta.
Asimismo, le informo que en fecha 03
tres de noviembre de 2011 dos mil
once se emitió por parte del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato,
convocatoria para integrar los consejos
distritales y municipales electorales,
encargados de la preparación,
desarrollo y vigilancia del proceso
electoral ordinario de 2012. Adjunto al
presente la convocatoria de mérito,
misma que fue publicada para consulta
en el Periódico Oficial del Estado de
Guanajuato, en los periódicos de
mayor circulación y en la página del
Instituto.
No omito comentarle que los requisitos
para desempeñarse como Consejero
Municipal Electoral, corresponden de
conformidad con el artículo 150 del
Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el
Estado de Guanajuato, a los
contemplados por el artículo 57 del
mismo ordenamiento:
Artículo 57. Los consejeros ciudadanos
deberán reunir los siguientes
requisitos:
I. Ser ciudadanos guanajuatenses en
pleno ejercicio de sus derechos
políticos y civiles;
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información
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Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
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ción
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Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
II. Estar inscritos en el registro federal
de electores y contar con credencial
para votar con fotografía;
III. No tener antecedentes de
militancia partidaria activa y pública;
Se entiende por militancia partidaria
activa y pública:
a) Desempeñar o haber desempeñado
cualquier cargo de dirigencia dentro de
un partido político nacional o estatal;
b) Ser o haber sido candidato a puesto
de elección popular representando a
un partido político nacional o estatal;
c) Ser o haber sido representante de
candidato o de partido en el ámbito
estatal o federal, ante órganos
electorales o de casilla;
d) Ser o haber sido coordinador de
campaña política de candidato a
puesto de elección popular, en
comicios federales, estatales o
municipales; y
e) Manifestarse o haberse manifestado
públicamente a través de medios de
comunicación social extranjeros,
nacionales o estatales, a favor de un
candidato o de un partido político.
IV. No haber sido sentenciados ni estar
sujetos a proceso por la comisión de
un delito doloso;
V. Gozar de buena reputación y
prestigio; y
VI. Preferentemente deberán contar
con una formación o experiencia y
disposición para garantizar la legalidad,
imparcialidad y objetividad de su
actuación.
…
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Estado de la
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ción
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00108612 13-abr-12 a
Solicito la cartografía de Silao de la zona
urbana y la zona rural para el proceso
de 2012.
Cartografía a a 16-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Adjunto al presente la cartografía
establecida para el proceso electoral
2012, correspondiente al municipio de
Silao en su zona rural y urbana.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Por último, hago de su conocimiento que
la obligación de proporcionar información
no incluye el procesamiento de la misma,
ni el presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Notificación por
Correo
Electrónico
Institucional
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00109512 16-abr-12 a
Un listado de las secciones y las colonias
que pertenecen a esa sección de la
ciudad de León, Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
una lista con los nombres de las
colonias de la ciudad de León,
Guanajuato, la sección y el distrito a que
pertenecen.
Cartografía a a 17-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Adjunto al presente la relación de
secciones electorales del Municipio de
León, con la referencia de la colonia y
distrito correspondiente.
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Información
disponible vía
Infomex
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Tipo de Respuesta
Fecha de
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n de
Respuesta
00110012 16-abr-12 a
Cartografía electoral por municipio de
los 46 municipios del Estado, en formato
PDF.
Cartografía a a 19-abr-12 3
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Los documentos electrónicos
solicitados superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega
vía Infomex, razón por la cual le
comunico que la información ya está
disponible para su consulta en esta
Unidad de Acceso.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5
fracciones IV y VI del Reglamento de
la Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, hago de su
conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará
una vez que proporcione a esta Unidad
el soporte material necesario (CD o
USB con capacidad mínima de 210
MB).
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Tipo de Respuesta
Fecha de
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Respuesta
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Por último, hago de su conocimiento
que la obligación de proporcionar
información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción
IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
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Fecha de
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Respuesta
00110512 17-abr-12 a
Ley, reglamento, lineamiento,
publicación, decreto, etc.
Otros datos para facilitar su localización:
Ley (s) que regule lo que se puede y no
publicar por parte de gobernantes
municipales, estatales y federales; en
cuanto a logotipos, imágenes,
información, apariciones en prensa, etc.,
durante este período de campañas.
Acuerdos y
Sesiones del
Consejo
General,
Orientación
a a a 17-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 40 y 42
del mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Las restricciones que en la materia que
motiva su solicitud prevé la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, se
contemplan en su artículo 41, base III,
apartado c), en los siguientes términos:
En la propaganda política o electoral que
difundan los partidos deberán abstenerse de
expresiones que denigren a las instituciones
y a los propios partidos, o que calumnien a
las personas.
Durante el tiempo que comprendan las
campañas electorales federales y locales y
hasta la conclusión de la respectiva jornada
comicial, deberá suspenderse la difusión en
los medios de comunicación social de toda
propaganda gubernamental, tanto de los
poderes federales y estatales, como de los
municipios, órganos de gobierno del Distrito
Federal, sus delegaciones y cualquier otro
ente público. Las únicas excepciones a lo
anterior serán las campañas de información
de las autoridades electorales, las relativas
a servicios educativos y de salud, o las
necesarias para la protección civil en casos
de emergencia.
Asimismo, el artículo 122 tercer párrafo de
la Constitución Política para el Estado de
Guanajuato, precisa lo siguiente:
Información
disponible vía
Infomex
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Respuesta
La propaganda, bajo cualquier modalidad de
comunicación social, que difundan como
tales, los poderes públicos, los órganos
autónomos, las dependencias y entidades
de la administración pública y cualquier otro
ente público estatal o municipal, deberá
tener carácter institucional y fines
informativos, educativos o de orientación
social. En ningún caso esta propaganda
incluirá nombres, imágenes, voces o
símbolos que impliquen promoción
personalizada de cualquier servidor público.
Por su parte, el Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato prevé en el último párrafo
del artículo 192, lo siguiente:
Durante el tiempo que comprendan las
campañas electorales y hasta la conclusión
de la respectiva jornada comicial, deberá
suspenderse la difusión en los medios de
comunicación social de toda propaganda
gubernamental, tanto de los poderes
estatales, como de los municipios, y
cualquier otro ente público. Las únicas
excepciones a lo anterior serán las
campañas de información de las autoridades
electorales, las relativas a servicios
educativos y de salud, o las necesarias para
la protección civil en casos de emergencia.
Adicionalmente, el artículo 359 bis 3 del
Código local de la materia, en su fracción
III, contempla lo siguiente:
Constituyen infracciones de los servidores
públicos de cualquiera de los Poderes
Públicos del Estado, del órgano de gobierno
municipal, de los organismos autónomos, de
las dependencias y entidades de la
administración pública estatal y municipal, y
cualquier otro ente público estatal o
municipal a las disposiciones contenidas en
este Código:
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Tipo de Respuesta
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Respuesta
III. El incumplimiento establecido en el
tercer párrafo del artículo 122 de la
Constitución Política para el Estado de
Guanajuato, cuando tal conducta refleje en
la propaganda en cualquier modalidad de
comunicación social nombres, imágenes,
voces o símbolos que impliquen una
promoción personalizada del servidor
público, con la excepción establecida en
este artículo.
No omito comentarle que a través de
acuerdo CG/017/2012, en sesión ordinaria
efectuada el veintidós de marzo de dos mil
doce, el Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, emitió,
dando respuesta a los escritos signados por
la Presidenta del Consejo Nacional para la
Cultura y las Artes y el Coordinador de
Asuntos Jurídicos del Instituto Estatal de la
Cultura, criterios sobre la propaganda
gubernamental referida en el último párrafo
del artículo ciento noventa y dos del Código
de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de Guanajuato.
Por último, hago la precisión de que el
marco jurídico en comento, es aplicable a
los servidores públicos estatales y
municipales. Tratándose de servidores
públicos federales, con fundamento en el
artículo 40 segundo párrafo de la ley de
Transparencia local, esta Unidad de Acceso
lo orienta a que desahogue su consulta ante
la Unidad de Acceso del órgano
competente, esto es el INSTITUTO
FEDERAL ELECTORAL, a través de su sitio
de internet www.ife.org.mx en el apartado
de TRANSPARENCIA y acceso a la
información.
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Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00111612 18-abr-12 a
Deseo me proporcionen, calles y
colonias de cada sección electoral del
Municipio de Guanajuato para el proceso
electoral 2012.
Cartografía a a 23-abr-12 3
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Adjunto la relación de secciones
electorales del Municipio de Guanajuato,
con la referencia de la calle, colonia o
localidad correspondiente.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Por último, hago de su conocimiento que
la obligación de proporcionar información
no incluye el procesamiento de la misma,
ni el presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
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Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00111712 18-abr-12 a
Deseo me proporcione un plano o mapa,
de las secciones electorales del
municipio de Guanajuato, con el
respectivo nombre de cada sección.
Cartografía a a 23-abr-12 3
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Los documentos electrónicos
solicitados superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega
vía Infomex, razón por la cual le
comunico que la información ya está
disponible para su consulta en esta
Unidad de Acceso.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5
fracciones IV y VI del Reglamento de
la Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, hago de su
conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará
una vez que proporcione a esta Unidad
el soporte material necesario (CD o
USB con capacidad mínima de 7 MB).
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
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Entrega de
información
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Recepción
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Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Por último, hago de su conocimiento
que la obligación de proporcionar
información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción
IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
00117112 20-abr-12 a
Convenios de coalición celebrados por
los partidos políticos para participar en
el proceso electoral local 2012,
emblemas de dichas coaliciones en
formato de imagen jpeg o png en alta
resolución.
Otros datos para facilitar su localización:
convenios de coalición y sus emblemas.
Partidos
Políticos a a 23-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Los documentos electrónicos
solicitados superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega
vía Infomex, razón por la cual le
comunico que la información ya está
disponible para su consulta en esta
Unidad de Acceso.
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
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información
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5
fracciones IV y VI del Reglamento de
la Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, hago de su
conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará
una vez que proporcione a esta Unidad
el soporte material necesario (CD o
USB con capacidad mínima de 19 MB).
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Por último, hago de su conocimiento
que la obligación de proporcionar
información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción
IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00120512 23-abr-12 a
Nombre de candidatos registrados en las
planillas para contender por la
presidencia municipal de Villagrán,
Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
del PRI, PAN, PRD, PT, MOV.
CIUDADANO, PVEM, NUEVA ALIANZA.
Registro de
Candidatos a a 23-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
A fecha actual no existe registro de
candidaturas para ayuntamientos, toda
vez que de conformidad con el artículo
177 fracción IV del Código de
Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, el plazo para solicitar
dicho registro feneció el día 21
veintiuno de abril del presente año. La
sesión para resolver sobre las
solicitudes de registro que, en su caso
se hayan presentado, se realizará, de
acuerdo con el sexto párrafo del
artículo 180 del referido ordenamiento,
al noveno día del vencimiento del plazo
para solicitar registro, esto es, el 30
treinta de abril de 2012 dos mil doce.
Información
disponible vía
Infomex
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00122012 23-abr-12 a
Listados oficiales, de los diferentes
partidos políticos en el estado de
Guanajuato, de los candidatos
registrados para las elecciones del
primero de julio de 2012 de cada uno de
ellos, en los diferentes cargos a
competir.
Registro de
Candidatos a a 23-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto del registro de candidaturas al
cargo de Gobernador del Estado, le informo
que en Sesión Extraordinaria de fecha 13
trece de abril de 2012 dos mil doce, a
través de los acuerdos que a continuación
se enlistan, se aprobó el registro de los
siguientes candidatos, para contender en la
elección ordinaria del primero de julio de
dos mil doce:
• Acuerdo CG/025/2012: registra al
ciudadano Miguel Márquez Márquez, como
candidato a Gobernador del Estado de
Guanajuato, de la coalición “ALIANZA POR
EL GUANAJUATO QUE QUEREMOS”,
conformada por los institutos políticos
Partido Acción Nacional y Nueva Alianza.
• Acuerdo CG/026/2012: registra al
ciudadano Juan Ignacio Torres Landa
García, como candidato a Gobernador del
Estado de Guanajuato, de la coalición
“Compromiso por Guanajuato”, conformada
por los institutos políticos Partido
Revolucionario Institucional y Partido Verde
Ecologista de México.
• Acuerdo CG/027/2012: registra al
ciudadano Víctor Arnulfo Montes de la Vega,
como candidato a Gobernador del Estado de
Guanajuato, del Partido de la Revolución
Democrática.
• Acuerdo CG/028/2012: registra al
ciudadano Ernesto Prieto Ortega, como
candidato a
Información
disponible vía
Infomex y Correo
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Tipo de Respuesta
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Respuesta
candidato a Gobernador del Estado de
Guanajuato, del Partido del Trabajo.
• Acuerdo CG/029/2012: registra al
ciudadano Enrique Eguiarte Alvarado, como
candidato a Gobernador del Estado de
Guanajuato, de Movimiento Ciudadano.
Por lo que hace a candidaturas para
ayuntamientos, a fecha actual no existe
registro, toda vez que de conformidad con
el artículo 177 fracción IV, del Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales
para el Estado de Guanajuato, el plazo para
solicitar dicho registro feneció el día 21
veintiuno de abril del presente año. La
sesión para resolver sobre las solicitudes de
registro que, en su caso se hayan
presentado, se realizará, de acuerdo con el
sexto párrafo del artículo 180 del referido
ordenamiento, al noveno día del
vencimiento del plazo para solicitar registro,
esto es, el 30 treinta de abril de 2012 dos
mil doce.
Asimismo, le comento que respecto a las
solicitudes de registro de candidaturas para
diputados electos por el principio de
mayoría relativa, de conformidad con lo
enunciado por el artículo 177 fracción I, del
Código de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de Guanajuato el
plazo para su presentación, corresponde al
periodo de 02 dos a 08 ocho de mayo.
Por último, respecto a las solicitudes de
registro de candidaturas para diputados
electos por el principio de representación
proporcional, de conformidad con lo
enunciado por el artículo 177 fracción II, del
Código de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de Guanajuato, el
plazo para su presentación, corresponde al
periodo de 09 nueve a 15 quince de mayo.
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
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Respuesta
00126312 24-abr-12 a
1. En el Municipio de Guanajuato, me
pueden decir, sección por sección
electoral, cuál partido político saco
mayor número de votos en las
elecciones del 2006 y 2009. Tanto para
presidente municipal y para diputado
local.
2. El número exacto de votos por cada
sección que saco cada partido político, y
también los votos nulos de la elección
2006 y 2009 para diputado local en lo
que corresponde al Municipio de
Guanajuato y para presidente municipal
de Guanajuato Capital.
Resultados
Electorales a a 25-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Respecto de las elecciones de los años
2006 y 2009, se adjunta al presente lo
siguiente:
• Elección de Ayuntamiento: por cada
sección electoral del Municipio de
Guanajuato, relación de votos por partido
político (se incluye dato correspondiente a
votos nulos).
• Elección de Diputado Local: por cada
sección electoral del Distrito VIII, relación
de votos por partido político (se incluye
dato correspondiente a votos nulos).
No omito comentarle que el Distrito VIII
está conformado por secciones electorales
de los Municipios de Silao y Guanajuato,
por lo que la relación correspondiente
incluye los datos relativos a las secciones
de ambos municipios.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Por último, hago de su conocimiento que
Información
disponible vía
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Por último, hago de su conocimiento que
la obligación de proporcionar información
no incluye el procesamiento de la misma,
ni el presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
00129112 26-abr-12 a
Planillas registradas para las elecciones
municipales del Estado de Guanajuato
2012.
Candidatos
Registrados a a 26-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
A fecha actual no existe registro de
candidaturas para ayuntamientos, toda
vez que de conformidad con el artículo
177 fracción IV del Código de
Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, el plazo para solicitar
dicho registro feneció el día 21
veintiuno de abril del presente año. La
sesión para resolver sobre el registro
de las solicitudes que, en su caso se
hayan presentado, se realizará, de
acuerdo con el sexto párrafo del
artículo 180 del referido ordenamiento,
al noveno día del vencimiento del plazo
para solicitar registro, esto es, el 30
treinta de abril de 2012 dos mil doce.
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00129212 26-abr-12 a
Informes de la participación en las
votaciones en Moroleón, Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
qué porcentaje votó en Moroleón,
Guanajuato en las últimas elecciones.
Resultados
Electorales a a 26-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
ELECCIÓN: 2009
MUNICIPIO: MOROLEÓN
LISTA NOMINAL: 41,989
TOTAL DE VOTOS: 19,096
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN:
45%
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Información
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00131312 27-abr-12 a
Solicitar respetuosamente el registro con
nombres de planilla a la alcaldía
municipal de Yuriria, Guanajuato. La
conformación de los nombres a
regidores al H. Ayuntamiento por el
Partido Revolucionario Institucional.
Registro de
Candidatos a a 27-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
A fecha actual no existe registro de
candidaturas para ayuntamientos, toda
vez que de conformidad con el artículo
177 fracción IV del Código de
Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, el plazo para solicitar
dicho registro feneció el día 21
veintiuno de abril del presente año. La
sesión para resolver sobre el registro
de las solicitudes que, en su caso se
hayan presentado, se realizará, de
acuerdo con el sexto párrafo del
artículo 180 del referido ordenamiento,
al noveno día del vencimiento del plazo
para solicitar registro, esto es, el 30
treinta de abril de 2012 dos mil doce.
Negativa por ser
inexistente y se
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Información
Fecha de
Recepción
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Solicitud
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información por ser
Desechamiento
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información
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00131612 27-abr-12 a
Las listas de los candidatos registrados
por los distintos partidos políticos para
contender por los ayuntamientos
municipales en el Estado de Guanajuato.
Registro de
Candidatos a a 27-abr-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
A fecha actual no existe registro de
candidaturas para ayuntamientos, toda
vez que de conformidad con el artículo
177 fracción IV del Código de
Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, el plazo para solicitar
dicho registro feneció el día 21
veintiuno de abril del presente año. La
sesión para resolver sobre el registro
de las solicitudes que, en su caso se
hayan presentado, se realizará, de
acuerdo con el sexto párrafo del
artículo 180 del referido ordenamiento,
al noveno día del vencimiento del plazo
para solicitar registro, esto es, el 30
treinta de abril de 2012 dos mil doce.
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
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00133112 30-abr-12 a
Domicilio de las casillas en el año 2009 y
las propuestas para el año 2012 en el
municipio de Irapuato.
Otros datos para facilitar su localización:
por sección electoral, básicas y
contiguas.
Cartografía a a 02-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Adjunto al presente la relación de casillas
establecidas en el municipio de Irapuato en
el proceso electoral 2009.
Asimismo, hago de su conocimiento que el
domicilio de las casillas para el proceso
electoral 2012, de conformidad con
convenio de colaboración celebrado entre el
Instituto Federal Electoral y el Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, será
proporcionado por el Instituto Federal
Electoral. Sin embargo, a la fecha dicha
información no ha sido proporcionada a
este Instituto.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Por último, le comento que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
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00135412 02-may-12 a
Quiero saber todas las colonias
registradas hasta este 2012 que abarcan
el III y IV Distrito Local del Estado de
Guanajuato. Así como los candidatos de
los partidos políticos de estos distritos
ya registrados.
Cartografía,
Registro de
Candidatosa a 02-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Adjunto al presente la relación de
colonias del Municipio de León, con la
referencia del distrito electoral
correspondiente.
Asimismo, le informo que a fecha actual
no existe registro de candidaturas para
diputados electos por el principio de
mayoría relativa, toda vez que de
conformidad con el artículo 177 fracción I
del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato, el plazo para solicitar
dicho registro es del 02 dos al 08 ocho de
mayo. La sesión para resolver sobre las
solicitudes de registro que, en su caso se
hayan presentado, se realizará, de
acuerdo con el sexto párrafo del artículo
180 del referido ordenamiento, al noveno
día del vencimiento del plazo para
solicitar registro.
Hago de su conocimiento que la
obligación de proporcionar información no
incluye el procesamiento de la misma ni
el presentarla conforme al interés del
solicitante, lo anterior de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción IV
de la Ley
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de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es oportuno comentarle que
quien tenga acceso a la información
pública sólo podrá utilizarla lícitamente y
será responsable de cualquier uso ilegal
de la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley de
la materia.
00135512 02-may-12 a
Lista de planillas registradas para el
municipio de Doctor Mora, Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
nombre de candidatos a alcalde, síndico
y sus regidores de los partidos en el
municipio de Doctor Mora, Guanajuato.
Registro de
Candidatos a a 02-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Adjunto al presente el listado de
candidaturas registradas ante el
Consejo General del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato,
correspondientes al Ayuntamiento de
Doctor Mora.
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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Respuesta
00135612 02-may-12 a
Buenas noches quisiera me enviara de
favor la siguiente información: saber
quiénes son los candidatos registrados
en el IFE de Guanajuato, que estarán en
la contienda del 1 julio 2012; candidatos
a diputados y senadores; con sus
suplentes, y también registrados como
diputados plurinominales. Además las
planillas oficiales registradas de todos
los partidos políticos del municipio de
Villagrán.
Registro de
Candidatos,
Orientacióna a a 02-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Primeramente, me permito comentarle
que de conformidad con los artículos
1º. y 3º. del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el
Estado de Guanajuato, la función
estatal de elecciones se ejerce a través
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, correspondiéndole a éste
la preparación, desarrollo, vigilancia y
calificación de los procesos electorales
ordinarios, especiales y extraordinarios,
que se celebren para elegir
Gobernador, diputados al Congreso del
Estado y miembros de los
ayuntamientos.
La información relativa a candidaturas
registradas ante el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, correspondientes al
ayuntamiento de Villagrán, se adjunta
al presente.
Asimismo, hago de su conocimiento
que el plazo para solicitar el registro de
candidaturas daturas
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Respuesta
candidaturas para diputados electos
por el principio de mayoría relativa, de
conformidad con lo enunciado por el
artículo 177 fracción I, del Código de
Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de
Guanajuato, corresponde al periodo de
02 dos a 08 ocho de mayo. Respecto a
las solicitudes de registro de
candidaturas para diputados electos
por el principio de representación
proporcional, de conformidad con lo
enunciado por el artículo 177 fracción
II, del ordenamiento en cita, el plazo
para su presentación, corresponde al
periodo del 09 nueve a 15 quince de
mayo.
Por último, de requerir información
referente al proceso electoral federal,
con fundamento en el artículo 40
segundo párrafo de la ley de
Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
órgano competente, esto es el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, a
través de su sitio de internet
www.ife.org.mx en el apartado de
TRANSPARENCIA y acceso a la
información.
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00135912 02-may-12 a
Quisiera saber dónde puedo checar
todas las colonias que abarca el III
Distrito local de nuestro Estado, que es
donde vivo, ya que me interesa mucho
todo el movimiento que se ha hecho por
estas próximas elecciones y la
importancia que tienen ustedes en el
desarrollo de las mismas.
Cartografía a a 02-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Adjunto al presente la relación de
colonias del Municipio de León, con la
referencia del distrito electoral
correspondiente.
Hago de su conocimiento que la
obligación de proporcionar información no
incluye el procesamiento de la misma ni
el presentarla conforme al interés del
solicitante, lo anterior de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción IV
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es oportuno comentarle que
quien tenga acceso a la información
pública sólo podrá utilizarla lícitamente y
será responsable de cualquier uso ilegal
de la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley de
la materia.
Notificación por
Correo
Electrónico
Institucional
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00141812 02-may-12 a
Por medio de la presente solicito
información referente a las compras o
servicios contratados en materia de
tecnologías de información y
comunicaciones en los años 2010, 2011
y 2012.
Adjunto un formato de llenado para
facilitar su respuesta:
1. Solicitud de Información referente a
las compras o servicios contratados en
materia de tecnologías de información y
comunicaciones en 2010, 2011 y 2012.
2. Con cuáles empresas adquirió o
contrató algún producto o servicio de
tecnologías de información o
comunicaciones en 2010, 2011 o 2012?
3. Indique cuál es el monto de las
compras por proveedor y
producto/servicio en tecnologías de
información y comunicaciones realizadas
en 2010, 2011 y 2012, con la referencia
de empresa proveedora, monto de la
adquisición, descripción de producto o
servicio en tecnologías de información y
comunicaciones, número de partida
presupuestal y fecha de adquisición.
4. Indique cuál es el monto de las
rentas mensuales por proveedor y
producto/servicio de tecnologías de
información y comunicaciones
realizadas, con contrato vigente desde
2010, 2011 y 2012 en adelante, con la
referencia de empresa proveedora,
renta monto mensual, descripción de
producto o servicio en tecnologías de
información y comunicaciones, número
de partida presupuestal, fecha de inicio
del contrato
Recursos
Materiales,
Sistemas de
Información y
Plataforma
Tecnológica
a a 14-may-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Del listado proporcionado en su anexo, las
empresas respecto de las que se adquirió o
contrató algún producto o servicio de
tecnologías de información o
comunicaciones en 2010, 2011 o 2012,
corresponden a: TELCEL, TELMEX, NEXTEL,
SKY, HP, IBM, RED UNO, CISCO, TRIARA,
SAP, MICROSOFT Y IUSACELL.
Las empresas respecto de las que se
adquirió o contrató algún producto o
servicio de tecnologías de información o
comunicaciones en 2010, 2011 o 2012, y
que no corresponden a las citadas en su
anexo son: KASPERSKY, WEBSENSE Y
BARRACUDA.
Por lo que hace su solicitad de indicación de
montos de compras por proveedor y
producto/servicios en tecnologías de
información y comunicaciones realizadas en
2010, 2011 y 2012, así como la indicación
de los montos de las rentas mensuales por
proveedor y producto/servicio de
tecnologías de información y
comunicaciones, con contrato vigente desde
2010, 2011, 2012 en adelante; las
relaciones correspondientes se adjuntan al
presente.
Asimismo, le informo que en el Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, el
número de usuarios que tienen asignados
los rubros solicitados corresponden a:
- Servicio telefónico: 120
Información
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Respuesta
del contrato y fecha de término del
contrato.
5. Indique el número de usuarios que
tienen asignado servicio telefónico en la
dependencia o institución.
6. Indique el número de usuarios que
tienen asignada una computadora en la
dependencia o institución.
7. Indique el número de usuarios que
tienen asignada una computadora con
acceso a Internet en la dependencia o
institución.
Gracias.
1. Servicio telefónico: 120
2. Computadora: 120
3. Computadora con acceso a internet: 120
Hago de su conocimiento que la obligación
de proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Por último, es oportuno comentarle que
quien tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la materia.
00142612 03-may-12 a
Deseo saber si está permitido que los
partidos políticos coloquen propaganda
en postes, arboles o puentes.
Normatividad,
Orientación a a a 04-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 40 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
El Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato en su artículo 189 precisa
que la propaganda que los partidos
políticos, las coaliciones y los candidatos
realicen en la vía pública se sujetará a las
disposiciones de las leyes en materia de
ecología y protección al medio ambiente.
Asimismo, el artículo 191 del referido
ordenamiento señala que en la colocación
de la propaganda electoral, los partidos y
los candidatos observarán los
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n de
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los candidatos observarán los
reglamentos reglamentos y demás
disposiciones administrativas expedidas
por los ayuntamientos. En ausencia de
tales reglamentos y disposiciones
administrativas en la materia, se
observarán las siguientes reglas:
I. Podrá colgarse en elementos del
equipamiento urbano, bastidores y
mamparas, siempre que no se dañe el
equipamiento, se impida la visibilidad de
conductores de vehículos o se impida la
circulación de peatones;
II. Podrá colgarse o fijarse en inmuebles
de propiedad privada, siempre que medie
permiso escrito del propietario;
III. Podrá colgarse o fijarse en lugares de
uso común que determinen los consejos
electorales distritales y municipales,
previo acuerdo con las autoridades
correspondientes y conforme a las bases
que los propios consejos fijen;
IV. No podrá fijarse o pintarse en
elementos del equipamiento urbano,
carretero o ferroviario ni en accidentes
geográficos, cualquiera que sea su
régimen jurídico; y
V. No podrá colgarse o fijarse o pintarse
en monumentos ni en el exterior de
edificios públicos.
Los órganos electorales, dentro del
ámbito de su competencia, velarán por la
observancia de estas disposiciones y
adoptarán las medidas a que hubiere
lugar, con el fin de asegurar a partidos y
candidatos el pleno ejercicio de sus
derechos en la materia.
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Respuesta
En razón de que la colocación de la
propaganda electoral observa los
reglamentos y disposiciones
administrativas municipales, no omito
comentarle que de requerir información
adicional, con fundamento en el artículo
40 segundo párrafo de la ley de
Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
Municipio correspondiente, a través de la
siguiente liga electrónica http://www.iacip-
gto.org/ws/sujetos-
obligados/municipios.htm.
00142912 03-may-12 a
Plataformas políticas electorales de los
partidos políticos contendientes a la
Gubernatura del Estado.
Partidos
Políticos a a 04-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Los documentos electrónicos solicitados
superan en peso las especificaciones
técnicas para entrega vía Infomex, razón
por la cual le comunico que la
información ya está disponible para su
consulta en esta Unidad de Acceso.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5
fracciones IV y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, hago de su conocimiento
que la entrega de dichos documentos
electrónicos se realizará una vez que
proporcione a esta Unidad el soporte
material necesario (CD o USB con
capacidad
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
capacidad mínima de 45 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días
naturales, contados a partir del día hábil
siguiente al de la notificación del
presente.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Por último, hago de su conocimiento que
la obligación de proporcionar información
no incluye el procesamiento de la misma,
ni el presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
00144612 07-may-12 a
Costos de campaña para propaganda
política, de cada partido político: PRI,
PAN, PRD, Movimiento Ciudadano,
Nueva Alianza y PVE, de los Municipios
de Moroleón, Uriangato y Yurriria.
Partidos
Políticos a a 07-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
El Consejo General del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato, a través de
sesión extraordinaria efectuada el dos de
abril de dos mil doce, emitió acuerdo
CG/023/2012, mediante el cual se
determinan los topes de gastos de las
campañas de ayuntamientos, diputados al
Congreso
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Notificació
n de
Respuesta
Congreso del Estado por el principio de
mayoría relativa y Gobernador del Estado
de Guanajuato, para las elecciones
ordinarias del año dos mil doce.
Documento que se adjunta al presente.
Asimismo, hago de su conocimiento que
de conformidad con el anexo 2 del
acuerdo de referencia, para la elección
del año 2012 el tope de gastos de
campaña de los ayuntamientos solicitados
es el siguiente:
• Moroleón: $371,560
• Uriangato: $374,293
• Yuriria: $421,508
00144712 07-may-12 a
Costos que se designaron en el periodo
de campaña del presente año, para los
partidos políticos del PRI, PAN, PRD,
PVE, Nueva Alianza, Moviento
Ciudadano, de los siguientes Municipios,
por cada municipio: Moroleón, Uriangato
y Yuriria.
Partidos
Políticos a a 07-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
El Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, a
través de sesión extraordinaria
efectuada el dos de abril de dos mil
doce, emitió acuerdo CG/023/2012,
mediante el cual se determinan los
topes de gastos de las campañas de
ayuntamientos, diputados al Congreso
del Estado por el principio de mayoría
relativa y Gobernador del Estado de
Guanajuato, para las elecciones
ordinarias del año dos mil doce.
Documento que se adjunta al
presente.
Hago de
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
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Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Hago de su conocimiento que de
conformidad con el anexo 1 del
acuerdo de referencia, se da a conocer
el monto de las ministraciones
bimestrales del financiamiento público
de los partidos políticos para el año
2012.
Así, el monto del financiamiento
público otorgado a los partidos
políticos para campaña política, es de
$72’465,070.27, dado que los
$24’155,023.43 restantes se entiende
son para su operación (ordinaria)
permanente, de acuerdo con la
distribución bimestral del mismo
financiamiento que establece el artículo
43 bis del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el
Estado de Guanajuato.
Es de señalar que los montos de
ministración no se encuentran
procesados por municipio, por lo que
no omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, lo anterior de acuerdo con
lo establecido por el artículo 39
fracción IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
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Información
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Recepción
de la
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Texto de Solicitud
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información por ser
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información
Formato de
Recepción
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Solicitud
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Orienta
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Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00144912 07-may-12 a
Sirva este medio para saludarles y
solicitarles la siguiente información:
Resultados de la elección para
ayuntamientos 2006 de los 46
municipios, total de votos por partido,
total de votos nulos y votos validos por
municipio y total de ciudadanos en lista
nominal por municipio.
Resultados de la elección para diputados
locales 2006 de los 22 distritos
electorales, total de votos por partido,
total de votos nulos y total de votos
validos y total de ciudadanos en lista
nominal por distrito electoral.
Resultado de la elección para diputados
locales 2006 x municipio, total de votos
por partido, votos nulos y total de votos
validos y total de ciudadanos en lista
nominal por municipio.
Otros datos para facilitar su localización:
Elección 2006.
Padrón Electoral
y Lista Nominal,
Resultados
Electorales
a a 07-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Se adjunta al presente la relación de
resultados electorales del año 2006,
correspondiente a ayuntamientos y
diputados por principio de mayoría
relativa. Se acompaña lista nominal
municipal.
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, lo anterior de acuerdo con
lo establecido por el artículo 39
fracción IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex
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Versión
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Número
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Entrega de
Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00145012 07-may-12 a
Solicito en archivo electrónico (CD) la
siguiente información de todo el estado
de Guanajuato, en formato PDF en alta
resolución:
- Planos Urbanos Seccionales (PUS)
- Planos por Sección Individual (PSI)
Urbano
- Planos por Sección Individual (PSI)
Mixto.
- Planos por Sección Individual (PSI)
Rural.
- Cartas Electorales Municipales (CEM)
Agradezco la atención prestada.
Cartografía a a 07-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Los documentos electrónicos solicitados
superan en peso las especificaciones
técnicas para entrega vía Infomex, razón
por la cual le comunico que la
información ya está disponible para su
consulta en esta Unidad de Acceso.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5
fracciones IV y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, le informo que la entrega
de dichos documentos electrónicos se
realizará una vez que proporcione a esta
Unidad el soporte material necesario (CD
o USB con capacidad mínima de 210 MB).
Es de señalar que el Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato cuenta con la
información solicitada bajo el formato de
“cartografía municipal”, misma que se
encuentra identificada por municipio y, en
su caso, por zona rural y urbana. Dicho lo
anterior, no omito comentarle que la
obligación de proporcionar información no
incluye el procesamiento de la misma, ni
el presentarla conforme al interés del
solicitante,
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
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información por ser
Desechamiento
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información
Formato de
Recepción
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Estado de la
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Con
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Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, hago de su conocimiento que
quien tenga acceso a la información
pública sólo podrá utilizarla lícitamente y
será responsable de cualquier uso ilegal
de la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley de
la materia.
00146412 07-may-12 a
Me es grato saludarle y pedirle la
siguiente información:
1. Las cantidades en dinero entregado
para las campañas electorales 2012 de
cada partido político en el municipio de
Irapuato, y la forma de repartirlo en
tiempo.
2. Las cantidades en dinero entregado
para las campañas 2012 electorales de
cada partido político en el estado de
Guanajuato, ya la forma de repartirlo en
tiempo.
3. El tope de campaña de la presidencia
municipal de Irapuato Guanajuato.
4. Los topes de campaña 2012 para los
distritos 11 y 12 del municipio de
Irapuato, y la forma de repartirlo en
tiempo.
Partidos
Políticos a a 08-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
El Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, a través de sesión
extraordinaria efectuada el dos de abril de
dos mil doce, emitió acuerdo CG/023/2012,
mediante el cual se determinan los topes de
gastos de las campañas de ayuntamientos,
diputados al Congreso del Estado por el
principio de mayoría relativa y Gobernador
del Estado de Guanajuato, para las
elecciones ordinarias del año dos mil doce.
Documento que se adjunta al presente.
Hago de su conocimiento que de
conformidad con el anexo 1 del acuerdo de
referencia, se da a conocer el monto de las
ministraciones bimestrales del
financiamiento público de los partidos
políticos para el año 2012. entiende son
para su operación
Notificación por
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Institucional
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información por ser
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información
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Recepción
Texto de Respuesta
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
El monto del financiamiento público
otorgado a los partidos políticos para
campaña política, es de $72’465,070.27,
dado que los $24’155,023.43 restantes se
entiende son para su operación
(ordinaria) permanente, de acuerdo con
la distribución bimestral del mismo
financiamiento que establece el artículo
43 bis del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato.
De conformidad con el anexo 2 del
acuerdo de referencia, para la elección
del año 2012 el tope de gastos de
campaña del ayuntamiento de Irapuato
corresponde a $2,096,562.
Por lo que hace a los topes de gastos de
campaña para la elección del año 2012 de
los distritos electorales XI y XII, de
conformidad con el anexo 5 del
multicitado acuerdo, corresponden a
$990,432 y $953,414, respectivamente.
Es de señalar que los montos de
ministración no se encuentran procesados
por municipio, por lo que no omito
comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, lo anterior de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción IV
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
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Entrega de
información
Formato de
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00147212 09-may-12 a
Secciones electorales y cabeceras de
sección del distrito 01 de Guanajuato,
con cabecera en San Luis de la Paz.
Cartografía a a 25-may-12 1
En atención a solicitud, recibida en la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, de fecha 09
nueve de mayo de 2012 dos mil doce,
con fundamento en lo dispuesto por
los artículos 36, 37 fracciones II y V,
así como 39 último párrafo de la Ley
de Acceso a la Información Pública del
Estado y los Municipios de Guanajuato,
y los numerales 10 fracciones I, VI, VII
y 31 del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato; se indica lo siguiente:
Una vez que fue revisado el contenido
materia de la solicitud de referencia,
esta Unidad de Acceso, requirió al
solicitante mediante oficio número
UAIP/NOTIF/02/2012, notificado vía
INFOMEX en fecha 10 diez de mayo
del año en curso, a efecto de que en el
término de 10 días hábiles, precisara
su petición.
Así, en razón de que al término
señalado para dar cumplimiento al
requerimiento de mérito, fenecido el
día 24 veinticuatro de mayo de 2012
dos mil, no se obtuvo respuesta por
parte del solicitante, se procede al
DESECHAMIENTO de la presente
solicitud.
Notificación por
Correo
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Fecha de
Recepción
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Texto de Solicitud
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información por ser
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información
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Estado de la
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00148312 10-may-12 a
Solicito documento certificado, en el cual
se detalle las actividades propias del
puesto de Analista de Procedimientos,
Investigación y Análisis, que desempeñé
dentro del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato durante el periodo del 6
de febrero de 2004 hasta el termino de
relación laboral del día 19 de abril de
2007.
Recursos
Humanos a a 14-may-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
El documento solicitado ya está
disponible para su entrega en esta
Unidad de Acceso.
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Notificación por
Correo
Electrónico
Institucional
00148612 10-may-12 a
Anexo 1 del Acta Número 10 de Fecha
02 de Abril del 2012 del Consejo General
del IEEG, relativo al proyecto de acuerdo
mediante el cual se determinan los
topes de gastos de las campañas de
ayuntamientos, diputados al Congreso
del Estado por el principio de mayoría
relativa y Gobernador del Estado de
Guanajuato, para las elecciones
ordinarias del año dos mil doce.
Acuerdos y
Sesiones del
Consejo Generala a 11-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Información
disponible vía
Infomex
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Número
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Entrega de
Información
Fecha de
Recepción
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Solicitud
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Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
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Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
El Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, a
través de sesión extraordinaria
efectuada el dos de abril de dos mil
doce, emitió acuerdo CG/023/2012,
mediante el cual se determinan los
topes de gastos de las campañas de
ayuntamientos, diputados al Congreso
del Estado por el principio de mayoría
relativa y Gobernador del Estado de
Guanajuato, para las elecciones
ordinarias del año dos mil doce. Se
adjunta al presente el documento de
referencia.
00150112 14-may-12 a
Plataformas electorales de los partidos
políticos en la elección para gobernador
del Estado de Guanajuato.
Partidos Políticos:
PAN
PRI-PVEM
PRD
PT
Partidos
Políticos a a 14-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Los documentos electrónicos solicitados
superan en peso las especificaciones
técnicas para entrega vía Infomex, razón
por la cual le comunico que la información
ya está disponible para su consulta en esta
Unidad de Acceso.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 37 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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información por ser
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información
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Solicitud
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Por último, hago de su conocimiento que la
obligación de proporcionar información no
incluye el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
00150212 14-may-12 a
Por medio del presente escrito y de la
manera más atenta, le solicito a usted,
vía acceso a la información el número
de votantes existentes en la actualidad
en la cabecera municipal del municipio
de Salvatierra, Guanajuato; así como el
número de votantes por cada una de las
colonias que conforman la cabecera
municipal de dicho municipio.
Padrón Electoral
y Lista Nominal a a 16-may-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Se adjunta al presente la lista nominal por
secciones electorales correspondiente al
Municipio de Salvatierra, así como la
relación de colonias que integran cada
sección electoral.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma ni el presentarla
conforme al interés del solicitante, lo
anterior de acuerdo con lo establecido por
el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Notificación por
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Electrónico
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Información
Fecha de
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información por ser
Desechamiento
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información
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Tipo de Respuesta
Fecha de
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n de
Respuesta
00152612 15-may-12 a
Actas (archivos digitales en jpg, pdf,
bmp o cualquier formato de imagen) de
la votación para alcalde de Celaya en el
año 2009 de las casillas siguientes:
341 C4
347 C10
391 B
444 S1
445 B
447 B
461 B
520 C3
564 C1
565 B
565 C1
566 B
Otros datos para facilitar su localización:
hace tiempo estaban en la página del
IEEG para poder visualizar dicha
información pero ya no está disponible.
Adjunto un archivo de ejemplo de la
información que necesito.
Resultados
Electorales a a 16-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Los documentos electrónicos solicitados
superan en peso las especificaciones
técnicas para entrega vía Infomex, razón
por la cual le comunico que la
información ya está disponible para su
consulta en esta Unidad de Acceso.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5
fracciones IV y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, hago de su conocimiento
que la entrega de dichos documentos
electrónicos se realizará una vez que
proporcione a esta Unidad el soporte
material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 131 MB). Lo
anterior, dentro del plazo de sesenta días
naturales, contados a partir del día hábil
siguiente al de la notificación del
presente.
No omito señalar que los resultados
electorales, relativos a la elección 2009,
pueden consultarse por ayuntamiento a
través del portal de este Instituto:
http://www.ieeg.org.mx/.
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Información
Fecha de
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Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
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Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
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Solicitud
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Orienta
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Por último, hago de su conocimiento que
la obligación de proporcionar información
no incluye el procesamiento de la misma,
ni el presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
00155612 16-may-12 a
El número de personas que podrán
votar este 1 de julio de 2012 por
municipio y distrito electoral, y
estadística por edad de las mismas.
Padrón Electoral
y Lista Nominal a a 18-may-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Con corte al 11 once de mayo de 2012 dos
mil doce, se adjunta al presente la lista
nominal del Estado de Guanajuato,
desglosada por Municipio y distrito electoral.
Asimismo, se acompaña la correspondiente
relación estadística de edades por
Municipio.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Información
disponible vía
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n de
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00155712 16-may-12 a
Registro del candidato a diputado local.
Otros datos para facilitar su localización:
Ramiro Aguilar Martínez.
Registro de
Candidatos a a 17-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Hasta este momento, el Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato no cuenta con
información relativa a aprobación de
registros de candidaturas a diputados.
El plazo para solicitar el registro de
candidaturas para diputados electos por
el principio de mayoría relativa, de
conformidad con lo enunciado por el
artículo 177 fracción I, del Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales
para el Estado de Guanajuato,
corresponde al periodo de 02 dos a 08
ocho de mayo. El Consejo General, en
cumplimiento a lo ordenado por el sexto
párrafo del artículo 180 del referido
ordenamiento, a través de sesión
extraordinaria a realizarse en punto de las
18:00 horas del 17 diecisiete de mayo de
esta anualidad, se pronunciará, en su
caso, respecto a la aprobación de los
registros solicitados.
Por lo que hace a las solicitudes de
registro de candidaturas para diputados
electos por el principio de representación
proporcional, de conformidad con lo
enunciado por el artículo 177 fracción II,
del ordenamiento
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Fecha de
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del ordenamiento en cita, el plazo para su
presentación, corresponde al periodo del
09 nueve a 15 quince de mayo. La sesión
para resolver sobre el registro de las
solicitudes que, en su caso se hayan
presentado, se realizará, de acuerdo con
el sexto párrafo del artículo 180 del
referido ordenamiento, al noveno día del
vencimiento del plazo para solicitar
registro, esto es, el 24 veinticuatro de
mayo de 2012 dos mil doce.
00155812 17-may-12 a
Cuáles son las leyes que regulan las
elecciones para gobernador y
presidentes municipales y los
ayuntamientos municipales.
Otros datos para facilitar su localización:
para saber un actual servidor público
que solicito permiso para contender a
un cargo de regidor. Y quiero saber si
una vez pasado el primero de julio si
resulta que queda electa, si puede
regresar a su anterior cargo para
terminar su gestión.Normatividad a a 17-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
El marco jurídico que regula la materia
electoral está disponible para su
consulta en el portal del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato
(http://www.ieeg.org.mx/). Puede
tener acceso al mismo a través del
segmento denominado “normatividad”,
en el cual puede descargar el
ordenamiento legal de su interés.
Información
disponible vía
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00156612 17-may-12 a
Comparezco a solicitarle: Me sean
expedidas, fotocopias certificadas, de la
documentación, presentada para el
registro, como candidato a diputado por
mayoría relativa, del C. Martín Gutiérrez
Ledezma, propuesto por el Partido
Revolucionario Institucional, para el
Distrito Local II, esto, de lo que
legalmente, se me pueda proporcionar,
siempre, cumpliendo con la Ley de
Acceso a la Información.
Registro de
Candidatos a a 17-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
El plazo para solicitar el registro de
candidaturas para diputados electos por el
principio de mayoría relativa, de
conformidad con lo enunciado por el
artículo 177 fracción I, del Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales
para el Estado de Guanajuato, corresponde
al periodo de 02 dos a 08 ocho de mayo. El
Consejo General, en cumplimiento a lo
ordenado por el sexto párrafo del artículo
180 del referido ordenamiento, a través de
sesión extraordinaria a realizarse en punto
de las 18:00 horas del 17 diecisiete de
mayo de esta anualidad, se pronunciará, en
su caso, respecto a la aprobación de los
registros solicitados.
Ahora bien, por lo que hace a la
documentación presentada para solicitar
registro de candidaturas, hago de su
conocimiento que la misma se encuentra
contemplada en el catálogo de información
reservada de este Instituto, mismo que fue
emitido el 27 veintisiete de noviembre de
2008 por la encargada de Despacho de la
Unidad de Acceso a la Información L.S.C.
MARÍA LAURA CRISTINA VEGA CABRERA.
Es de comentar que la inclusión de dicho
rubro en el referido catálogo se encuentra
fijada hasta en tanto el Consejo General, en
su caso
Notificación por
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Tipo de Respuesta
Fecha de
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Respuesta
su caso, apruebe el registro solicitado, con
fundamento en las fracciones III y IX de la
Ley de Acceso a la Información Pública para
el Estado y los Municipios de Guanajuato,
mismas que a continuación se transcriben:
ARTÍCULO 14. Podrá clasificarse como
reservada temporalmente por razón de
interés público la información siguiente:
III. La que ponga en riesgo la privacidad o
la seguridad de los particulares;
IX. La que contenga las opiniones, estudios,
recomendaciones o puntos de vista que
formen parte del proceso deliberativo de los
servidores públicos y pueda ser perjudicial
del interés público, hasta en tanto no sea
adoptada la decisión definitiva;
No omito señalar que aun y cuando la
clasificación de referencia fenece hasta en
tanto el Consejo General emita
pronunciamiento al respecto, debe tenerse
en cuenta que el cúmulo de datos que, de
acuerdo al artículo 179 del Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales
para el Estado de Guanajuato, integran la
solicitud de registro de candidaturas,
corresponden a datos personales, de
conformidad con lo establecido por el
artículo 3 fracción V de la Ley de Protección
de Datos Personales para el Estado y los
Municipios de Guanajuato. Los cuales, son
clasificados como información confidencial
por el artículo 18 fracción I de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato.
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00157012 17-may-12 a
Solicito información sobre la cantidad de
ciudadanos que están en lista nominal
del III y V distritos locales de la ciudad
de León, Guanajuato y también los
resultados que se obtuvieron en las
elecciones del 2009.
Padrón Electoral
y Lista Nominal,
Resultados
Electorales
a a 18-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Con corte al 11 once de mayo de 2012
dos mil doce, la lista nominal de los
distritos electorales III y V corresponde a
160,943 y 185,254 registros,
respectivamente.
Asimismo, se adjuntan al presente los
resultados electorales de 2009, relativos a
elección de diputados locales.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex
00161312 21-may-12 a
Lista de precandidatos a diferentes
cargos de elección por el Estado de
Guanajuato.
Partidos
Políticos a a 22-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De conformidad con lo establecido por el
artículo 174 bis 1 fracción II, cada partido
político o coalición comunica al Consejo
General del Instituto Electoral, antes del
inicio formal
Notificación vía
Infomex
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inicio formal de los procesos internos,
para la selección de sus candidatos a
cargos de elección popular:
- el método que será utilizado; y
dependiendo del mismo, lo siguiente:
- la fecha de inicio del proceso interno;
- la fecha de expedición de la
convocatoria;
- los plazos que comprenderá cada fase
del proceso interno;
- los órganos de dirección responsables
de su conducción y vigilancia;
- la fecha de celebración de la asamblea
electoral correspondiente o en su caso,
de realización de la jornada comicial
interna.
Por tanto, propiamente, los partidos
políticos o coaliciones no hacen llegar al
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, un listado de precandidatos.
Ahora bien, de conformidad con los
artículos 177 a 183 del Código de la
materia, se precisan las bases para el
registro de candidatos. Registros que
están disponibles para su consulta en el
portal del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato (http://www.ieeg.org.mx/) a
través del segmento denominado
“proceso electoral 2012”, o en su caso,
mediante su publicación en el Periódico
Oficial del Estado de Guanajuato.
00162612 22-may-12 a
Cartografía V, VI y VII distrito local de
León, Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
Que contengan número de calles y
colonias.
Cartografía a a 24-may-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Los documentos electrónicos solicitados
superan en peso las especificaciones
técnicas
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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técnicas para entrega vía Infomex, razón
por la cual le comunico que la información
ya está disponible para su consulta en esta
Unidad de Acceso.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 18 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
00163012 23-may-12 a
Candidatos y fórmulas registradas para
el proceso electoral de 2012, ya que en
la página del IEEG aparece esta
información hasta el proceso electoral
municipal de 2009.
Registro de
Candidatos a a 24-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
La información relativa al proceso
electoral 2012 está disponible para su
consulta en el portal del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato
(http://www.ieeg.org.mx/). Puede tener
acceso al mismo a través del segmento
denominado “proceso electoral 2012”, en
el cual puede descargar en el tercer
apartado, mismo que corresponde a
candidatos registrados.
Información
disponible vía
Internet y Correo
Electrónico
Instituciona
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00164512 25-may-12 a
Mi pregunta es si todavía estamos en
tiempo y forma para modificar la planilla
de mi partido, no es un gran cambio mi
intención es mover suplente de síndico
por suplente de 3 regidor ya que me
interesa estar en planilla como suplente
de síndico y si todavía se puede cuál es
la fecha límite y que pasos y
procedimientos tendría que hacer para
que se llevara a cabo este movimiento,
ya lo comente en mi partido y me
dijeron que me informara para poder
realizar este proceso.
Otra duda supongamos que si se puede
realizar esta modificación, la cual me
interesa, ya estando el cambio hecho,
cual es la fecha en la cual las personas
que estén en la planilla ya no se pueden
mover ni sustituir, se supone que es la
planilla oficialmente registrada pero que
ya no es posible modificar por los
tiempos y esa planilla es la que se va a
mandar para la impresión de las boletas
para la elección.
Normatividad a a 25-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Las cuestiones planteadas en la solicitud
de mérito se encuentran contempladas
por el artículo 183 del Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales
para el Estado de Guanajuato, mismo que
a la letra indica:
Artículo 183. Para la sustitución de
candidatos, los partidos políticos lo
solicitarán por escrito al Consejo General,
observando las siguientes disposiciones:
I. Dentro del plazo establecido para el
registro de candidatos podrán sustituirlos
libremente;
II. Vencido el plazo a que se refiere la
fracción anterior, exclusivamente podrán
sustituirlos por causa de fallecimiento,
inhabilitación, incapacidad o renuncia. En
este último caso, no podrán sustituirlos
cuando la renuncia se presente dentro de
los treinta días anteriores al de la
elección. Para la corrección o sustitución,
en su caso, de las boletas electorales se
estará a lo dispuesto en el artículo 209 de
este código.
En el supuesto de que siendo necesaria
una sustitución, ésta no se lleve a cabo
por los
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por los partidos políticos
correspondientes, se tendrá como si no
hubiese registrado al candidato
respectivo; y
III. En los casos en que la renuncia del
candidato fuera notificada por éste al
Consejo General, este órgano lo hará, por
escrito, del conocimiento del partido
político que lo registró para que proceda,
en su caso, a su sustitución.
Sólo se podrán sustituir el o los
candidatos registrados por una coalición
por causas de fallecimiento, renuncia o
incapacidad total permanente. En estos
casos, para la sustitución, se tendrá que
acreditar que se cumplió con lo dispuesto
en los artículos 35, 36 y 36 bis de este
Código.
No omito comentarle que el marco legal,
aplicable a la materia electoral local, está
disponible para su consulta en el portal
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato (http://www.ieeg.org.mx/), a
través del segmento identificado bajo la
denominación “normatividad”.
00165012 25-may-12 a
Solicito los nombres, correos y teléfonos
de los candidatos a la presidencia
municipal de todos los partidos de los
siguientes municipios: Atarjea, Santa
Catarina, Victoria, Villa Doctor Mora,
Xichú, Tierra Blanca, San José Iturbide,
San Luis de la Paz, San Miguel de
Allende, Dolores Hidalgo, San Diego de
la Unión y Guanajuato.Registro de
Candidatos a a 28-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
La información relativa a nombres de
candidatos a Ayuntamientos, registrados
ante el Consejo General, para el proceso
electoral 2012, está disponible para su
consulta en el portal del Instituto
Electoral del
Información
disponible vía
Infomex
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
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Respuesta
Electoral del Estado de Guanajuato
(http://www.ieeg.org.mx/). Puede tener
acceso al mismo a través del segmento
denominado “proceso electoral 2012”, en
el cual puede descargar en el tercer
apartado, el rubro correspondiente a
candidatos registrados.
Por lo que hace a los correos y teléfonos
de dichos candidatos, hago de su
conocimiento que de conformidad con lo
establecido por el artículo 179 del Código
de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de Guanajuato,
dichos datos no se acompañan a la
solicitud de registro de candidaturas, por
lo que este Instituto, carece de la
información solicitada.
00166612 29-may-12 a
La información que requiero es
referente a el Distrito Local con
cabecera en San Luis de la Paz.
Solamente las secciones de este distrito
y sus comunidades cabeceras de
sección.
Cartografía a a 30-may-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Se adjunta al presente la relación de datos
solicitados, referentes al Distrito Electoral
Local II, con cabecera de distrito en San
Luis de la Paz.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma ni el presentarla
conforme al interés del solicitante, lo
anterior de acuerdo con lo establecido por
el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Información
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00168312 30-may-12 a
Solicito de la manera más atenta, se me
pudiera brindar la siguiente información:
1. Denominación del personal que realiza
las actividades relacionadas con la
notificación de ciudadanos insaculados,
sorteados o seleccionados como posibles
funcionarios de casilla, su identificación y,
en su caso, capacitación o determinación
de aptitud para ser funcionarios de mesa
directiva de casilla, (Capacitadores-
Asistentes Electorales o su equivalente).
2. Denominación del personal que realiza
las actividades relacionadas con la
coordinación y supervisión del personal que
notifica y, en su caso, capacita a los
ciudadanos insaculados, sorteados o
seleccionados como posibles funcionarios
de casilla, su identificación y, en su caso,
capacitación o determinación de aptitud
para ser funcionarios de mesa directiva de
casilla (Supervisores Electorales o su
equivalente).
3. De cada uno de los dos puestos
anteriormente enumerados la siguiente
información:
a) Sus percepciones mensuales brutas.
b) Sus percepciones mensuales netas.
c) Percepciones por concepto de viáticos
y/o gastos de campo y el criterio para su
asignación
d) En su caso, ayuda para gasolina en
efectivo, vales o cualquier otro
instrumento, y la periodicidad de esta
percepción.
e) Si cuentan con servicio médico, seguro
de gastos médicos o similar y las
condiciones de operación establecidas para
dicho servicio.
f)
a a 04-jun-12 3
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
La denominación del personal descrito en
los puntos 1 uno y 2 dos de la presente
solicitud corresponde a Capacitador
Asistente Electoral y Coordinador de
Capacitación, respectivamente.
Respecto al punto 3 tres, se proporcionan
los datos correspondientes:
Percepción mensual bruta: capacitador-
asistente electoral $6,200.00; coordinador
de capacitación A $12,000.00, B $9,000.00
y C $6,200.00; supervisor de capacitación
$8,550.00.
Percepción mensual neta: capacitador-
asistente electoral $5,974.96; coordinador
de capacitación A $9,080.94, B $7,342.04 y
C $5,514.52; supervisor de capacitación
$8,491.44.
Apoyo de campo: capacitador-asistente
electoral, en función de la zona de atención
asignada a cada capacitador: Zona 1
$2,250.00, Zona 2 $2,869.00, Zona 3
$4,029.00, Zona 4 $4,449.00, Zona 5
$4,909.00 y Zona 6 $5,803.00. Los criterios
para su asignación fueron determinados por
la Dirección de Capacitación Ciudadana. El
día de la jornada electoral se le otorga un
apoyo de campo adicional por $600.00.
Coordinador de capacitación no tiene apoyo
y el supervisor de capacitación $3,000.00
Ayuda para gasolina: NO.
Información
disponible vía
Infomex
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
f) Si cuentan con la protección de algún
Seguro de Vida, ya sea de manera indivual
o colectiva y las condiciones de operación
establecidas para dicho seguro, incluyendo
en todo caso, el nombre de la compañía
aseguradora y la identificación de la póliza
firmada para tal fin.
g) Bonos por productividad, por
desempeño meritorio o similares, y en su
caso el criterio para su asignación y el
monto de los mismos.
h) Alguna otra prestación monetaria o en
especie que reciban en atención al
desempeño de sus labores en la institución,
los montos de las mismas y el criterio para
su asignación.
i) En el caso de la figura de Capacitadores-
Asistentes Electorales o su equivalente, el
promedio del número de casillas que tiene
bajo su atención. En el caso de
Supervisores Electorales o su equivalente,
el número de capacitadores que tiene bajo
su responsabilidad.
Otros datos para facilitar su localización:
Percepciones del personal que realiza
servicios de capacitación electoral.
Servicio médico, seguros de gastos médicos
o similar: Sí cuentan con servicio médico del
ISSSTE y las condiciones de prestación de
dicho servicio comprenden los seguros de
enfermedades y maternidad, medicina
preventiva y rehabilitación médica, en los
términos previstos por la Ley del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado. No se cuenta con
seguro de gastos médicos ni otro similar.
Seguro de vida: Sí cuentan con la
protección de un seguro de vida otorgado
por el ISSEG y equivale a dos mil días de
salario mínimo general vigente en el Estado.
En caso de muerte accidental el monto del
seguro se duplica, en términos de la Ley de
Seguridad Social del Estado de Guanajuato.
Bonos de productividad: NO.
Alguna otra prestación monetaria o en
especie: NO.
Por lo que hace al punto 3 tres inciso h),
hago de su conocimiento que la atención
promedio de casillas por capacitador es de
8; el número promedio de capacitadores
que tiene cada coordinador a su encargo es
de 9 personas.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma ni el presentarla
conforme al interés del solicitante, lo
anterior de acuerdo con lo establecido por
el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
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00176112 04-jun-12 a
Resultado de los acuerdos de la sesión
extraordinaria del Consejo General del
IEEG del día 31 de mayo de 2012.
Otros datos para facilitar su localización:
resultado de acuerdos.
Acuerdos y
Sesiones del
Consejo Generala a 04-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Se adjuntan al presente los acuerdos
asumidos por el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato
en sesión extraordinaria efectuada el treinta
y uno de mayo de dos mil doce, mismos
que corresponden a:
• Acuerdo mediante el cual se llevan a cabo
sustituciones de candidatos de las planillas
registradas para los Ayuntamientos de
Acámbaro y Salamanca, solicitadas por el
Partido Revolucionario Institucional.
• Acuerdo mediante el cual se llevan a cabo
sustituciones de candidatos de las planillas
registradas para los Ayuntamientos de
Apaseo el Alto y Celaya, solicitadas por la
coalición conformada por los institutos
políticos Partido Revolucionario Institucional
y Partido Verde Ecologista de México.
• Acuerdo mediante el cual se llevan a cabo
las sustituciones de los candidatos a
regidores propietarios de las fórmulas
segunda y tercera de la planilla registrada
para el Ayuntamiento de Silao, solicitadas
por el Partido Verde Ecologista de México.
• Acuerdo mediante el cual se llevan a cabo
sustituciones de candidatos de las planillas
registradas para los Ayuntamientos de
Abasolo, Acámbaro, Celaya, Irapuato y
Silao, así como del candidato a diputado
suplente por el principio de mayoría relativa
de la
Información
disponible vía
Infomex y Correo
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Institucional
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
de la fórmula registrada para el distrito
electoral XVI de Celaya, solicitadas por
Movimiento Ciudadano.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
00178212 05-jun-12 a
Solicito el resultado de la elección para
Diputados en el proceso electoral 2009.
Resultados
Electorales a a 05-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Se adjuntan al presente los resultados
electorales de la elección de candidatos
a diputados locales por principio de
mayoría relativa, correspondiente a
2009.
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00178712 06-jun-12 a
Que por medio del presente escrito y
con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 8 de la Constitución General de
la República vengo a solicitar se expidan
a mi costa copias certificadas del
acuerdo CG/040/2012 de fecha 30 de
abril de 2012 del Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato en el que se aprobó el
registro presentado por la coalición
"ALIANZA POR EL PENJAMO QUE
QUEREMOS" conformada por los
Institutos Políticos Partido Acción
Nacional y Nueva Alianza en la Planilla
registrada para el Ayuntamiento de
Pénjamo.
Acuerdos y
Sesiones del
Consejo Generala a 06-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
El documento solicitado ya está disponible
para su entrega en esta Unidad de
Acceso.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00178912 06-jun-12 a
Una relación de las secciones electorales
del estado, con los distritos que las
contienen.
Otros datos para facilitar su localización:
Se requiere un listado que permita al
ciudadano localizar, con base en el
número de sección que aparece en su
credencial, el distrito electoral al que
pertenece.
Cartografía a a 11-jun-12 3
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto a la elección ordinaria 2012, se
adjunta al presente la relación de secciones
electorales del Estado de Guanajuato, con la
precisión de Municipio y distrito electoral
local correspondiente.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00179012 06-jun-12 a
Solicito los nombres de los candidatos
registrados de cada partido político para
la elección de diputados de mayoría
relativa y de representación proporcional
para el proceso de 2012.
Registro de
Candidatos a a 06-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Se adjunta al presente la relación de
candidatos a diputados locales registrados
por principio de mayoría relativa y de
representación proporcional,
correspondientes a la elección 2012.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00180212 07-jun-12 a
Hola muy buenos días! Mi pregunta va
destinada a saber si se puede realizar
un debate a los candidatos a
presidentes municipales mediante
preguntas que serán recolectadas de la
población, el debate será realizado por
mismos ciudadanos de Villagrán. Existe
por ley alguna complicación para llevar a
cabo este evento?
Normatividad a a 07-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Debe señalarse que el código comicial de la
entidad no establece prohibición alguna
para que cualquier persona física o moral
organice y lleve a cabo debates entre los
distintos candidatos a cargos de elección
popular que deseen participar en los
mismos, siempre y cuando, claro está, ello
se realice dentro de los plazos previstos
para las campañas electorales y se respeten
las normas y principios que rigen a la
materia electoral
Información
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
materia electoral. Siendo éstos, certeza,
legalidad, independencia, imparcialidad,
definitividad, equidad, objetividad y
profesionalismo.
No omito destacar en lo que aquí interesa,
lo dispuesto en los tres últimos párrafos del
Apartado A, base III, del artículo 41 de la
Constitución Política Federal, que
establecen:
“Los partidos políticos en ningún momento
podrán contratar o adquirir, por sí o por
terceras personas, tiempos en cualquier
modalidad de radio y televisión.
Ninguna otra persona física o moral, sea a
título propio o por cuenta de terceros,
podrá contratar propaganda en radio y
televisión dirigida a influir en las
preferencias electorales de los ciudadanos,
ni a favor o en contra de partidos políticos o
de candidatos a cargos de elección popular.
Queda prohibida la transmisión en territorio
nacional de este tipo de mensajes
contratados en el extranjero.
Las disposiciones contenidas en los dos
párrafos anteriores deberán ser cumplidas
en el ámbito de los estados y el Distrito
Federal conforme a la legislación aplicable.”
Asimismo, a modo de referencia, se adjunta
al presente el acuerdo CG/010/2012 emitido
por el Consejo General del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato en
sesión ordinaria efectuada el veinticuatro de
febrero de dos mil doce, mediante el cual se
da respuesta a los escritos presentados por
el Presidente de la Confederación Patronal
de la República Mexicana (COPARMEX)
Centro Patronal de León S.P., en los que
manifiesta el interés de esa agrupación de
realizar debates políticos con los diferentes
candidatos a ocupar la gubernatura del
Estado y la presidencia municipal de León,
Guanajuato.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
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00181012 08-jun-12 a
Plataformas electorales estatales 2012-
2018 de los partidos registrados para el
proceso electoral 2012, PRI, PAN, PVEM,
PT, PRD, Nueva Alianza y Movimiento
Ciudadano.
Partidos
Políticos a a 08-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Los documentos electrónicos solicitados
superan en peso las especificaciones
técnicas para entrega vía Infomex, razón
por la cual le comunico que la información
ya está disponible para su consulta en esta
Unidad de Acceso.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 54 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
Por último, hago de su conocimiento que la
obligación de proporcionar información no
incluye el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
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00181412 08-jun-12 a
Topes de campañas para las
diputaciones federales, locales, las
senadurías y gobernaturas.
Acuerdos y
Sesiones del
Consejo Generala a 11-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
El Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, a través de sesión
extraordinaria efectuada el dos de abril de
dos mil doce, emitió acuerdo CG/023/2012,
mediante el cual se determinan los topes de
gastos de las campañas de ayuntamientos,
diputados al Congreso del Estado por el
principio de mayoría relativa y Gobernador
del Estado de Guanajuato, para las
elecciones ordinarias del año dos mil doce.
Documento que se adjunta al presente.
A través del acuerdo de referencia, en sus
anexos 5 y 7, puede acceder al cálculo de
topes de campaña para la elección 2012 de
diputados locales y gobernador,
respectivamente.
Ahora bien, hago de su conocimiento que la
información solicitada correspondiente a
diputaciones federales y senadurías sale del
ámbito de competencia de este Instituto.
Con fundamento en el artículo 40 segundo
párrafo de la ley de Transparencia local,
esta Unidad de Acceso lo orienta a que
desahogue su consulta ante la Unidad de
Acceso del órgano competente, esto es, el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, a través
de su sitio de internet www.ife.org.mx en el
apartado de TRANSPARENCIA y acceso a la
información.
Información
disponible vía
Infomex
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
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00183912 11-jun-12 a
Hola quisiera saber la siguiente
información:
1.- La lista nominal de 2009 o la actual
(número).*
2.- Número de distritos
3.- Lista nominal x distrito (número)
4.- Lista nominal x municipio (número)
5.- Lista de cuántas Secciones integran
cada distrito local
6.- Lista de cuántas secciones integran
cada municipio
7.- Cuantas Casillas Básicas, continuas,
extraordinarias y especiales se
instalaron para las elecciones en 2009*
8.- Cual fue la cantidad de votos totales
para la elección 2009.
9.- cuantos votos fueron de mujeres
(número o %)
10.-Cuál fue el municipio más
participativo y con cuánto porcentaje de
participación.
11.-Cuál fue el municipio menos
participativo y con cuánto porcentaje de
participación.
12.-Cuál fue el costo del PREP 2009.
*En caso de que las últimas elecciones
no haya sido en 2009 aclaro que el año
lo pongo de referencia para su última
elección local.
Cartografía,
Padrón Electoral
y Lista Nominal,
Recursos
Materiales,
Resultados
Electorales,
a a 15-jun-12 4
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
En atención a la elección ordinaria 2009,
se proporcionan los siguientes datos:
Número de electorales en lista nominal:
3,746,664
Número de distritos electorales locales:
22
Número de casillas instaladas: 6,572
• Casillas básicas: 3,027
• Casillas contiguas: 3,421
• Casillas extraordinarias: 94
• Casillas especiales: 30
Cantidad de votos totales:
• Elección de ayuntamientos: 1,749,118
• Elección de diputados locales:
1,729,727
Costo del PREP 2009: $2,438,586.00
Por lo que hace a los puntos 3, 4, 5, 6, 10
y 11 se adjuntan al presente los archivos
a través de los cuales puede acceder a la
información solicitada.
Respecto al punto 9 de la solicitud de
mérito, me permito informarle que el
procesamiento de la información relativa
a resultados electorales de la elección
2009 no se encuentra procesada por
sexo.
Información
disponible vía
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, hago de su conocimiento que
quien tenga acceso a la información
pública sólo podrá utilizarla lícitamente y
será responsable de cualquier uso ilegal
de la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley de
la materia.
00184512 12-jun-12 a
Direcciones o domicilios de consejos
electorales municipales y distritales en el
Estado.
Proceso electoral ordinario 2012.
Integración de
Consejos
Electorala a 14-jun-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Respecto al proceso electoral 2012, se
adjunta al presente la relación de
domicilios de Consejos Electorales
Municipales y Distritales en el Estado de
Guanajuato.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
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00189512 18-jun-12 a
Deseo conocer el presupuesto del
Instituto Estatal Electoral de los años
2000 a 2006, debido a que no he podido
encontrar estos datos en los
Presupuestos de Egresos del Estado. Mil
gracias.
Presupuesto y
Auditorías a a 19-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De conformidad con lo establecido por el
artículo 63 fracción IV, del Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales
para el Estado de Guanajuato, corresponde
al Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato la atribución de
formular y aprobar su anteproyecto de
presupuesto de egresos, para su
incorporación al proyecto anual de
presupuesto de egresos del Estado.
A continuación, se enlistan los montos
aprobados dentro de los anteproyectos de
presupuesto de egresos del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, para los
ejercicios fiscales de 2000 a 2006:
2000 $168,025,740.00
2001 $ 60,691,840.00
2002 $ 77,823,297.57
2003 $218,388,582.10
2004 $122,271,351.88
2005 $149,169,318.00
2006 $284,217,368.00
Hago de su conocimiento que de acuerdo
con lo establecido por el artículo 63 fracción
XIII de la Constitución Política para el
Estado de Guanajuato, es facultad del
Congreso del Estado examinar, discutir y
aprobar anualmente el Presupuesto de
Egresos del Estado, dentro del cual se
contempla al Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato,
Información
disponible vía
Infomex
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de Guanajuato, en su calidad de organismo
autónomo.
Ahora bien, dicha facultad es formalizada
por el Congreso del Estado, previo al inicio
del ejercicio fiscal correspondiente, a través
de la Ley del Presupuesto General de
Egresos del Estado de Guanajuato.
Considerando los ejercicios fiscales
solicitados, esta unidad de acceso le
informa que únicamente cuenta con la Ley
del Presupuesto General de Egresos del
Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal
2005, publicada en el Periódico Oficial del
Estado de Guanajuato en fecha 27 de
diciembre de 2004 y la Ley del Presupuesto
General de Egresos del Estado de
Guanajuato para el ejercicio fiscal 2006,
publicada en el Periódico Oficial del Estado
de Guanajuato en fecha 20 de diciembre de
2005, mismas que contemplan para este
organismo, una asignación presupuestaria
de $113,243,440.00 y $284,217,368.00,
respectivamente.
Por lo anterior y considerando que la
información solicitada corresponde a
legislación que a la fecha no se encuentra
vigente, en lo relativo a las Leyes del
Presupuesto General de Egresos del Estado
de Guanajuato para los ejercicios fiscales
2000, 2001, 2002, 2003 y 2004, con
fundamento en el artículo 40 segundo
párrafo de la ley de Transparencia local,
esta Unidad de Acceso lo orienta a que
desahogue su consulta ante la Unidad de
Acceso del órgano competente, esto es, el
CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO,
a través de su sitio de internet
http://www.congresogto.gob.mx/acceso_inf
ormacion.
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00190012 19-jun-12 a
Buenas tardes!!!!
El motivo de mi correo electrónico es
solicitarle información sobre el listado de
ubicación de las casillas electorales que
se pondrán para las elecciones del
próximo 1 de julio ya que no la encontré
en el sitio de internet del Instituto
Electoral del Estado.
Espero pueda ayudarme y agradezco de
antemano su comprensión y apoyo.
Quedo en espera de sus comentarios.
Otros datos para facilitar su localización:
me interesa mucho que la información
contenga datos sobre la sección, el
domicilio de casilla y tipo de casilla.
Cartografía a a 20-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto al proceso electoral 2012, se
adjunta al presente la ubicación casillas
electorales en el Estado de Guanajuato,
acompañando la precisión de tipo de casilla
y sección correspondiente.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00192312 21-jun-12 a
Costo pormenorizado de los gastos
médicos y hospitalarios que generaron
la operación a la que fue sometida la C.
Silvia Ramírez Hernández, Consejera
Ciudadana del Consejo Municipal
Electoral de la ciudad de León,
Guanajuato.
Organigrama y
Tabuladores a a 21-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
No se cuenta con la información solicitada
en virtud de que el Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato no otorga a los
consejeros ciudadanos adscritos a los
consejos municipales electorales, ninguna
prestación relacionada con gastos médicos
ni hospitalarios.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Notificación vía
Infomex
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00194312 25-jun-12 a
Lista de planillas registradas a
presidente municipal de los municipios
de Guanajuato.
Registro de
Candidatos a a 25-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Se adjunta al presente la relación de
candidatos a Ayuntamientos,
registrados ante el Consejo General y
Consejos Municipales, para el proceso
electoral ordinario 2012.
No omito comentarle que la
información solicitada, está disponible
para su consulta en el portal del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato (http://www.ieeg.org.mx/).
Puede tener acceso al mismo a través
del segmento denominado “proceso
electoral 2012”, en el cual puede
descargar en el tercer apartado, el
rubro correspondiente a candidatos
registrados.
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Información
disponible vía
Infomex
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00194412 25-jun-12 a
1. Ubicación de la totalidad de las
Casillas Electorales en el Municipio de
León, Guanajuato.
2. Cartografía de los Distritos Electorales
Locales en la Ciudad de León,
Guanajuato, especificando límites y
referencias de vialidades y colonias.
3. Cartografía de los Distritos Electorales
Locales en la Ciudad de León,
Guanajuato, especificando límites y
referencias de vialidades y colonias.
Cartografía a a 25-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto al proceso electoral 2012, se
adjunta al presente la ubicación casillas
electorales del Municipio de León,
acompañando la precisión de tipo de casilla
y sección correspondiente.
Por lo que hace a la cartografía solicitada,
hago de su conocimiento que los
documentos electrónicos solicitados superan
en peso las especificaciones técnicas para
entrega vía Infomex, razón por la cual le
comunico que la información ya está
disponible para su consulta. Consulta que
puede realizar en las instalaciones de esta
Unidad (Carretera Gto-Puentecillas Km. 2 +
767, Colonia Puentecillas, Guanajuato,
Gto.), en sus horarios de atención, de 8:30
a 16:00 horas, de lunes a viernes.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 18 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
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00195312 25-jun-12 a
Habrá casilla especial en la ciudad de
Salvatierra, Guanajuato y si no fuera así
cuál es la más cercana? Por favor si me
pudieran indicar su ubicación, gracias.
Cartografía a a 25-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Para el proceso electoral ordinario 2012, en
el Municipio de Salvatierra se instalará
casilla especial en las instalaciones que
ocupa la Central de Autobuses, ubicada en
calle Ocampo número 1200, zona centro
(entre las calles Degollado y Carretera
Celaya-Morelia).
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00198512 25-jun-12 a
Listado de casillas por sección en el
Estado de Guanajuato.
Cartografía a a 25-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a darle respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto al proceso electoral 2012, se
adjunta al presente la ubicación casillas
electorales en el Estado de Guanajuato,
acompañando la precisión de tipo de casilla
y sección correspondiente.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Información
disponible vía
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Fecha de
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00201812 26-jun-12 a
Quiero saber el presupuesto que se le
asignó a cada candidato para la
campaña, en específico a los partidos de
la coalición PRI-PVEM y PAN-PANAL.
Otros datos para facilitar su localización:
El monto otorgado a los candidatos para
campaña política.
Partidos
Políticos a a 27-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a
darle respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
El Consejo General del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato, a través de
sesión extraordinaria efectuada el dos de
abril de dos mil doce, emitió acuerdo
CG/023/2012, mediante el cual se
determinan los topes de gastos de las
campañas de ayuntamientos, diputados al
Congreso del Estado por el principio de
mayoría relativa y Gobernador del Estado
de Guanajuato, para las elecciones
ordinarias del año dos mil doce.
Documento que se adjunta al presente.
Asimismo, hago de su conocimiento lo
establecido por el tercer párrafo del
artículo 36 bis del Código de Instituciones
y Procedimientos Electorales para el
Estado de Guanajuato:
“La coalición se considerará como un solo
partido político para efectos de topes de
gastos de campaña y de acceso a los
medios de comunicación en términos de
este Código. El porcentaje de
financiamiento se fijará con base en lo
que corresponda a cada partido
coaligado.”
Información
disponible vía
Infomex
00202312 27-jun-12 a
Los resultados electorales de las últimas
5 jornadas para decir alcaldes en
Irapuato, número de votantes, votos
registrados, votos nulos, votos por
partido, quiénes eran los candidatos,
estadísticas de las elecciones.
Registro de
Candidatos,
Resultados
Electorales
a a 27-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los
Información
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como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
La información solicitada está disponible
para su consulta en el portal del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato
(http://www.ieeg.org.mx/). Puede tener
acceso a la misma a través del segmento
denominado “Elecciones”, en el cual
puede descargar en el segundo apartado,
el rubro correspondiente a resultados
electorales y en el quinto apartado, el
rubro relativo a candidatos y fórmulas
registradas.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
00203112 28-jun-12 a
Me podrían decir cuántas casillas
electorales hay para Guanajuato,
Guanajuato y cuántas secciones
electorales tiene Guanajuato,
Guanajuato.
Cartografía a a 28-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Para el proceso electoral ordinario 2012,
se instalarán en el Municipio de
Guanajuato 209 casillas, mismas que
corresponde a:
• Básicas: 93
• Contiguas: 106
• Especiales: 1
• Extraordinarias: 9
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Respuesta
Asimismo, le informo que el Municipio de
Guanajuato comprende 93 secciones
electorales.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
00203312 28-jun-12 a
Localización de casillas especiales para
emitir el voto teniendo credencial para
votar con domicilio de otro Estado.
Otros datos para facilitar su localización:
casillas para votar personal de otros
Estados.
Cartografía a a 28-jun-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a darle respuesta conforme los
términos del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Respecto al proceso electoral 2012, se
adjunta al presente la relación de
casillas electorales especiales en el
Estado de Guanajuato.
Es oportuno comentarle que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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denci
al
Reser
vada
Inexis
tente
Improc
edente
No
cumple
requeri
miento
Número
de Folio
Medio de
Entrega de
Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00206512 03-jul-12 a
De los años 2010, 2011 y 2012, solicito
la siguiente información:
a) Presupuesto asignado al Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato y
b) Presupuesto asignado a cada partido
político con registro ante dicho instituto.
Partidos
Políticos,
Presupuesto y
Auditorías
a a 04-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De conformidad con decreto 52 emitido por
la Sexagésima Primera Legislatura
Constitucional del Estado, mediante el cual
se expide la Ley del Presupuesto General de
Egresos del Estado de Guanajuato para el
ejercicio fiscal 2010, se asignó al Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato un
presupuesto de $120,268,066.50.
Por decreto 119 emitido por la Sexagésima
Primera Legislatura Constitucional del
Estado, mediante el cual se expide la Ley
del Presupuesto General de Egresos del
Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal
2011, se asignó al Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato un presupuesto de
$154,969,980.00.
A través de decreto 251 emitido por la
Sexagésima Primera Legislatura
Constitucional del Estado, se expidió la Ley
del Presupuesto General de Egresos del
Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal
2012, misma que asignó al Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato un
presupuesto de $354,784,779.00.
Respecto a su segundo planteamiento, se
hace de su conocimiento lo siguiente:
En sesión extraordinaria efectuada el once
de enero de 2010, el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, emitió acuerdo CG/001/2010
mediante el cual se determina el monto del
financiamiento
Información
disponible vía
Infomex
financiamiento público a que tienen derecho
los partidos políticos acreditados ante el
Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, para el año 2010:
• Partido Acción Nacional $14,586,724.73
• Partido
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Electró
nicoManual
En
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Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
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ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
• Partido Revolucionario Institucional
$10,113,264.98
• Partido de la Revolución Democrática
$4,749,710.23
• Partido Verde Ecologista de México
$5,746,302.05
• Partido Convergencia (ahora Movimiento
Ciudadano) $3,103,399.62
• Partido Nueva Alianza $3,222,480.22
En sesión extraordinaria efectuada el trece
de enero de dos mil once, el Consejo
General del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, emitió acuerdo CG/002/2011
mediante el cual se determina el monto del
financiamiento público a que tienen derecho
los partidos políticos acreditados ante el
Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, para el año 2011:
• Partido Acción Nacional $15,687,317.32
• Partido Revolucionario Institucional
$10,876,327.62
• Partido de la Revolución Democrática
$5,108,083.75
• Partido Verde Ecologista de México
$6,179,870.08
• Partido Convergencia (ahora Movimiento
Ciudadano) $3,337,556.27
• Partido Nueva Alianza $3,465,621.70
En sesión ordinaria efectuada el nueve de
enero de dos mil doce, el Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, emitió acuerdo CG/001/2012
mediante el cual se determina el monto del
financiamiento público a que tienen derecho
los partidos políticos acreditados ante el
Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, para el año dos mil
doce:
• Partido Acción Nacional $33,942,842.85
• Partido Revolucionario Institucional
$23,533,244.82
• Partido de la Revolución Democrática
$11,052,424.10$11,052,424.10
• Partido Verde Ecologista de México
$13,371,461.45
• Partido Convergencia (ahora Movimiento
Ciudadano) $7,221,511.85
• Partido Nueva Alianza $7,498,608.62
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
00206612 03-jul-12 a
Solicito todos los resultados electorales
de las elecciones desarrolladas por el
IEEG desde 1995 hasta 2009, tanto de
Gobernador, diputados locales y
ayuntamientos en formato de MS Excel
(*.xls ó *.xlsx) o de base de datos. Si no
es posible en este formato, en el
formato electrónico más adecuado para
facilitar la digitalización de la
información. Al nivel más desagregado
que tengan.
Otros datos para facilitar su localización:
Elecciones locales de 1995, 1997, 2000,
2003, la extraordinaria de Coroneo,
2006 y 2009.
Resultados
Electorales a a 04-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Se adjunta al presente la relación de
resultados electorales solicitados.
No omito comentarle que la
información referente a la elección
extraordinaria del Municipio de
Coroneo, se encuentra procesada en
los resultados electorales del año 2000.
Por último, es de señalar que la
obligación de proporcionar información
no incluye el procesamiento de la
misma, ni el presentarla conforme al
interés del solicitante, de acuerdo con
lo establecido por el artículo 39
fracción IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex
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00206812 03-jul-12 a
Solicito los resultados del PREP de los
distritos de León III, VI y VII para la
elección de diputados locales.
Resultados
Electorales a a 04-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Se adjunta al presente la relación de
resultados electorales para elección de
diputados por principio de mayoría
relativa, arrojados por el Sistema PREP
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00207512 03-jul-12 a
Nombre de los candidatos para
diputados locales que ganaron la
elección en Irapuato, Guanajuato.
Registro de
Candidatos,
Resultados
Electorales
a a 04-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Se adjunta al presente la relación de
candidatos registrados en los distritos
electorales XI y XII del Estado de
Guanajuato (distritos que corresponden al
Municipio de Irapuato), así como la
información relativa a resultados
electorales para elección de diputados por
principio de mayoría relativa, arrojados
por el Sistema PREP del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
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Fecha de
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n de
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00208412 04-jul-12 a
Votaciones finales para el ayuntamiento
del municipio de Tarimoro, Guanajuato.
Resultados
Electorales a a 05-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De conformidad con los datos arrojados por
el Programa de Resultados Preliminares del
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato
(PREP), se proporciona la relación de votos
por instituto político, en el Municipio de
Tarimoro:
PAN 3,505
PRI
PRD 1,926
PT 90
PVEM
MC 201
NA 5,350
PAN-NA
PRI-PVEM 5,423
NULO 882
Lo anterior, en razón de que a esta fecha, la
Dirección de Procedimientos Electorales no
cuenta con el acta final de escrutinio y
cómputo del Municipio de referencia.
Información
disponible vía
Infomex
00209112 04-jul-12 a
Mi pregunta es: Quién quedo de
Presidente Municipal en Celaya,
Guanajuato.
Resultados
Electorales a a 05-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Conforme al resultado de sesión de
cómputo, celebrada en el Consejo Municipal
de Celaya, el día 04 cuatro de julio del
presente año, Ismael Pérez Ordaz del
Partido Acción Nacional, es quien obtuvo el
mayor número de votos.
Información
disponible vía
Infomex
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Notificació
n de
Respuesta
00210712 06-jul-12 a
Solicito del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, la lista de resultados
para gobernador 2006.
Otros datos para facilitar su localización:
en la página sólo viene los resultados de
los cómputos por cada casilla y sección,
y lo que me interesa es la lista de
resultados finales, es decir, el total de
votos por partido para todo el Estado y
su representación porcentual.Resultados
Electorales a a 06-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto al proceso electoral ordinario
2006, se adjunta al presente la relación de
resultados electorales correspondientes a la
elección de gobernador, desglosada por
Municipio e instituto político.
Es oportuno comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex
00215912 06-jul-12 a
Registros del cómputo del 1 de Julio de
2012 para: Ayuntamiento Municipio de
Guanajuato y Distrito VIII (Guanajuato-
Silao) con resultados por Sección (93
Seccionales del Municipio de Guanajuato
más los del Municipio de Silao) o por
casilla (208 Casillas más las del
Municipio de Silao) para ambas
elecciones.
Resultados
Electorales a a 10-jul-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Respecto al proceso electoral ordinario
2012, se adjunta al presente la relación
de resultados electorales
correspondientes a la elección de
Ayuntamiento de Guanajuato, así como la
relativa al Distrito electoral VIII; ambas
desglosadas por casilla y sección
correspondiente.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento
Información
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Infomex y Correo
Electrónico
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Notificació
n de
Respuesta
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, hago de su conocimiento que
quien tenga acceso a la información
pública sólo podrá utilizarla lícitamente y
será responsable de cualquier uso ilegal
de la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley de
la materia.
00216112 06-jul-12 a
Solicito cordialmente.....que me envíen
los resultados de la votación de todas y
cada una de las casillas del municipio de
San Miguel de Allende, Guanajuato (03)
de la zona urbana y de la rural. Gracias.
Resultados
Electorales a a 10-jul-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Respecto al proceso electoral ordinario
2012, se adjunta al presente la relación
de resultados electorales
correspondientes a la elección de
Ayuntamiento de San Miguel Allende.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo
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n de
Respuesta
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, hago de su conocimiento que
quien tenga acceso a la información
pública sólo podrá utilizarla lícitamente y
será responsable de cualquier uso ilegal
de la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley de
la materia.
00221512 09-jul-12 a
Necesito que me ayuden con este
crédito.
Ninguna a a 09-jul-12 1
Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 36, 37 fracciones II y V y 39 de
la Ley de Acceso a la Información Pública
del Estado y los Municipios de
Guanajuato, y los numerales 10
fracciones I, II, III, VI y 30 fracción I del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato; se señala lo
siguiente:
Una vez revisado el contenido materia de
la solicitud de referencia, esta Unidad de
Acceso aprecia en la misma carencia de
seriedad, faltando con ello a los requisitos
propios del procedimiento de acceso a la
información pública.
Es de destacar que el procedimiento
seguido para emitir respuesta
satisfactoria a los solicitantes, implica
para todo sujeto obligado, el empleo de
recursos materiales y humanos, por lo
que no es adecuado emplear dichos
recursos para dar trámite a solicitudes
faltas de seriedad que trasgreden el
respeto de quienes tenemos
encomendada esta función.
Así, en razón de los argumentos
expuestos, se procede al
DESECHAMIENTO de la presente
solicitud.
Notificación por
Infomex
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00221612 09-jul-12 a
Resultados electorales por el municipio
de Salvatierra, Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
desglosado en resultados a presidente
municipal, diputado distrito local XXI
gobernador preliminares o definitivos.
Resultados
Electorales a a 10-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Respecto al proceso electoral ordinario
2012, se adjunta al presente la
relación de resultados electorales de
las elecciones de Gobernador,
Diputados y Ayuntamiento,
correspondientes al Municipio de
Salvatierra.
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción
IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Por último, hago de su conocimiento
que quien tenga acceso a la
información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable
de cualquier
Información
disponible vía
Infomex
de cualquier uso ilegal de la misma,
conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
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Fecha de
Notificació
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Respuesta
00221712 09-jul-12 a
Resultados de votación 2012 para
gobernador de Guanajuato por
municipio.
Otros datos para facilitar su localización:
votaciones 2012 para gobernador.
Resultados
Electorales a a 10-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Respecto al proceso electoral ordinario
2012, se adjunta al presente la
relación de resultados electorales
correspondientes a la elección de
Gobernador, desglosada por municipio.
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción
IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Por último, hago de su conocimiento
que quien tenga acceso a la
información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable
de cualquier uso ilegal de la misma,
conforme
Información
disponible vía
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conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
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Fecha de
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Respuesta
00222912 10-jul-12 a
Del proceso local que acaba de llevarse
a cabo, necesito el número de
Diputados y Presidentes municipales que
cada uno de los Partidos Políticos ganó
como resultado de dicho proceso.
Partidos
Políticos a a 11-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Respecto al proceso electoral ordinario
2012, se proporciona el número de
Diputados y Presidentes Municipales que
obtuvo cada partido político:
Partido Presid.Mpal. DMR
PAN 14 18
PRI 4 1
PRD 3 --
PVEM 1 --
MC 1 --
NA 1 --
PAN-NA 9 --
PRI-PVEM 13 3
TOTAL 46 22
Por último, hago de su conocimiento que
quien tenga acceso a la información
pública sólo podrá utilizarla lícitamente y
será responsable de cualquier uso ilegal
de la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley de
la materia.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00223512 11-jul-12 a
Información sobre la dirección del Ing.
Ramón Eduardo René Rosas Frías.
Es originario de Salvatierra, Guanajuato.
Estudió ingeniería en electrónica en la
Universidad de Guadalajara, habiendo
egresado en julio de 1973. Compañeros de
la generación 1968-1973 de la Universidad
de Guadalajara deseamos localizarlo.
Otros a a 11-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
Infomex
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Electró
nicoManual
En
TrámiteResuelta Pública
Versión
Pública
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Entrega de
Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Una vez revisados los archivos que obran
en este Instituto, no se encontró
información relativa al Ing. Ramón
Eduardo René Rosas Frías.
Ahora bien, aun y cuando este Instituto
no cuenta con la información solicitada,
me permito comentarle que de
conformidad con el artículo 3 fracción V
de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Estado y los Municipios
de Guanajuato, la información
concerniente al domicilio de una persona
física responde a un dato personal, el
cual, de conformidad con el artículo 18
fracción I de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, se clasifica
como información confidencial.
00224412 12-jul-12 a
De la manera más atenta le solicito
informe de qué manera podría obtener
el catálogo de cargos y puestos vigente,
en específico del área de transparencia y
acceso a la información pública o en su
defecto si lo tiene en la red, favor de
informarme en qué apartado lo
encuentro.
De antemano le agradezco la atención
prestada, buen día. Organigrama y
Tabuladores,
Directorio
Telefónico
a a 12-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Adjunto al presente organigrama, directorio
y datos correspondientes a la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato.
Por lo que hace a la Unidad de Acceso a la
Información Pública, le informo que el
personal a cargo responde a:
• Jefe de la Unidad de Acceso a la
Información Pública: Lic. Patricia María Díaz
Domínguez
• Especialista en Sistemas de Información:
L.S.C. María Laura Cristina Vega Cabrera
No omito comentarle que la información
relativa al personal adscrito a este Instituto
está disponible
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
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Electró
nicoManual
En
TrámiteResuelta Pública
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Recepción
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información por ser
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Estado de la
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Con
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ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
está disponible para su consulta en el portal
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato (http://www.ieeg.org.mx/).
Puede tener acceso a la misma a través del
segmento denominado “Acceso a la
Información”, en el cual puede descargar
los apartados segundo, tercero y séptimo,
correspondientes a estructura orgánica,
directorio de servidores públicos, así como
domicilio, número telefónico y dirección
electrónica de la Unidad de Acceso a la
Información Pública.
Por último, hago de su conocimiento que
quien tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la materia.
00224912 13-jul-12 a
Copia del convenio de coalición para
postular candidatos a diputados locales
al congreso del estado por el principio
de mayoría relativa en los distritos III,
IV, V, VI, VII, XV Y XVI, que signaron
los partidos políticos PRI Y PVEM.
Otros datos para facilitar su localización:
Este fue presentado y aprobado en la
sesión extraordinaria del consejo
general del IEEG de fecha 30 de abril,
del año en curso.
Partidos
Políticos a a 13-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Adjunto al presente Convenio de coalición
celebrado entre el Partido Revolucionario
Institucional y el Partido Verde Ecologista
de México, con la finalidad de participar
bajo coalición electoral en el proceso para
elegir a los candidatos al cargo de
diputados por el principio de mayoría
relativa en los distritos del Estado de
Guanajuato; a elegirse en la jornada
electoral estatal ordinaria del primero de
Julio del año dos mil doce.
Por último, hago de su conocimiento que
quien tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex
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TrámiteResuelta Pública
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Información
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Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
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información por ser
Desechamiento
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información
Formato de
Recepción
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Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00225212 13-jul-12 a
Resultados Electorales Gobernador,
Diputados Locales, Presidencias
Municipales Proceso Electoral 2012.
Resultados
Electorales a a 20-jul-12 5
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Respecto a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente la relación
de resultados electorales correspondiente
a ayuntamientos, diputados y
gobernador.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex
00225712 13-jul-12 a
JUAN JOEL SÁNCHEZ CHAGOYÁN,
abogado, en mi carácter de
Representante Propietario del Partido
Revolucionario Institucional ante el
Consejo Distrital VIII, con sede en esta
ciudad capital, personalidad que se me
reconoce y tengo debidamente
acreditada ante el Órgano Electoral en
comento, con el debido respeto
compareceremos para exponer:
En atención a la defensa legal de la
elección que debe realizar el Partido
Político que representamos, ante el
Tribunal Electoral del Estado, dadas las
impugnaciones de diversas instituciones
políticas, venimos a solicitar
certificaciones, por separado, de lo
siguiente:
Funcionarios de
MDC, Padrón
Electoral y Lista
Nominal
a a 23-jul-12 6
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Adjunto al presente la relación
comparativa de nombramientos
realizados con posterioridad a la
publicación de encarte correspondiente
a la jornada ero de julio ato cuenta con
la relación
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
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Información
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Recepción
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Entrega de
información
Formato de
Recepción
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Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
a) Informe sobre los nombramientos
que se dieron con posterioridad a la
remisión del encarte al periódico para su
publicación, e inclusive posterior a la
publicación del encarte.
b) Copia certificada de la publicación del
encarte, o bien, el original de éste.
c) Listado nominal de este distrito
electoral.
Por lo anteriormente, atentamente
solicitamos a este Honorable Consejo
Electoral, lo siguiente:
ÚNICO.- Acordar de conformidad
nuestra petición para que se expida a
nuestro favor la información de mérito.
a la jornada electoral ordinaria del
primero de julio de 2012. Es
importante señalar que el Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato
cuenta con la relación de mérito
exclusivamente en formato electrónico.
Por lo que hace a la publicación del
encarte, hago de su conocimiento que
está a su disposición un tanto de dicha
publicación. Para su entrega, le
pedimos atentamente acuda a las
instalaciones de esta Unidad (Carretera
Gto-Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en
sus horarios de atención, de 8:30 a
16:00 horas, de lunes a viernes.
En cuanto al listado nominal relativo al
distrito electoral VIII, le informo que el
mismo responde a 192,456.
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción
IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00225812 13-jul-12 a
Hola: Solicito la lista de todas las
ganadoras y ganadores de las elecciones
2012. Su cargo ganado, partido y
nombres: nivel municipal y estatal.
Senadores por distrito de representación
proporcional y mayoría relativa.
Es importante que vengan los nombres
y el partido de los ganadores y
ganadoras. Por sus atenciones, gracias.
Integración de
Ayuntamientos y
Diputadosa a a 18-jul-12 3
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Adjunto al presente relación de
candidatos electos a través de la
jornada electoral estatal ordinaria del
primero de julio del año dos mil doce,
relativa a ayuntamientos, diputados y
gobernador.
Ahora bien, hago de su conocimiento
que la información solicitada
correspondiente a senadores, sale del
ámbito de competencia de este
Instituto, puesto que corresponde a
una elección federal. Con fundamento
en el artículo 40 segundo párrafo de la
ley de Transparencia local, esta Unidad
de Acceso lo orienta a que desahogue
su consulta ante la Unidad de Acceso
del órgano competente, esto es, el
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, a
través de su sitio de internet
www.ife.org.mx en el apartado de
TRANSPARENCIA y acceso a la
información.
Información
disponible vía
Infomex
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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Recepción
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00226612 16-jul-12 a
Solicito de la manera más atenta se
sirvan proporcionarme los resultados de
la jornada electoral Local y Federal 2012
del Municipio de San Luis de la Paz,
Guanajuato, en cada una de las casillas.
Otros datos para facilitar su localización:
Los números de casillas en el Municipio
son de la 2543 a la 2602.
Resultados
Electorales a a a 20-jul-12 4
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Respecto a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año
dos mil doce, adjunto al presente la
relación de resultados electorales
correspondiente a la elección municipal
de San Luis de la Paz.
Ahora bien, hago de su conocimiento
que la información solicitada
correspondiente a resultados
electorales federales, sale del ámbito
de competencia de este Instituto. Con
fundamento en el artículo 40 segundo
párrafo de la ley de Transparencia
local, esta Unidad de Acceso lo orienta
a que desahogue su consulta ante la
Unidad de Acceso del órgano
competente, esto es, el INSTITUTO
FEDERAL ELECTORAL, a través de su
sitio de internet www.ife.org.mx en el
apartado de TRANSPARENCIA y acceso
a la información.
Información
disponible vía
Infomex
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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Respuesta
00229312 17-jul-12 a
Resultados del proceso electoral de
2012 sección por sección de las
elecciones para gobernador, para h.
ayuntamientos y diputados locales.
Otros datos para facilitar su localización:
proceso electoral celebrado el 1 de julio
de 2012.
Resultados
Electorales a a 20-jul-12 3
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente la relación de
resultados electorales correspondiente a
ayuntamientos, diputados y gobernador.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00231712 18-jul-12 a
Información sobre el resultado de las
elecciones para el ayuntamiento del
municipio de Tarimoro, ya que en la
página del IEEG aún no actualizan la
página, dice que son 57 casillas y aún
tienen nada más 55 computadas.
Gracias.
Resultados
Electorales a a 20-jul-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente la relación de
resultados electorales correspondiente a la
elección municipal de Tarimoro.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la materia.
Información
disponible vía
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00232612 20-jul-12 a
Padrón electoral de Irapuato,
Guanajuato; por edades, sexo, nivel
socioeconómico y nivel educativo.
Padrón Electoral
y Lista Nominal a a 25-jul-12 3
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Adjunto al presente el listado nominal del
Municipio de Irapuato, desglosado por
edad y sexo.
Respecto a los rubros “nivel
socioeconómico y nivel educativo”, le
informo que este Instituto, en el
procesamiento de la información relativa
a lista nominal, no considera los mismos.
No omito comentarle la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
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00233812 23-jul-12 a
Para los candidatos a diputados locales y
alcaldía deseo saber si el partido que
representaron tiene obligación de darles
algún monto en efectivo como
prerrogativa de campaña ¿y de cuánto
es ese monto y hasta cuándo es la
fecha limite en que el partido tiene que
otorgar ese apoyo?
Otros datos para facilitar su localización:
el partido que representaron es el
Partido del Trabajo (P.T.)
específicamente en el municipio de
Celaya.
Normatividad a a 23-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
El Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato establece:
Artículo 18. Los partidos políticos son
entidades de interés público; tienen como
fin promover la participación del
ciudadano en la vida democrática y
contribuir a la integración de la
representación estatal y municipal, de
acuerdo con los programas, principios e
ideas que postulen y mediante el voto a
que se refiere el artículo 4 de este
Código.
… Los partidos políticos se regirán
internamente por sus documentos
básicos, tendrán la libertad de
organizarse y determinarse de
conformidad con las normas establecidas
en el presente código y las que, conforme
al mismo, establezcan sus estatutos.
Artículo 30. Los partidos políticos tienen
derecho a:
VII. Recibir las prerrogativas y el
financiamiento público estatal en los
términos de este código;
Artículo 40. Son prerrogativas de los
partidos políticos:
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
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Respuesta
I. Tener acceso a la radio y la televisión
en los términos del apartado b de la base
III del artículo 41 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Recibir el financiamiento público de
manera equitativa y proporcional para sus
actividades ordinarias y durante los
procesos electorales.
Para que un partido político tenga
derecho a recibir financiamiento público,
deberá haber conservado su registro o
acreditación y obtenido cuando menos el
dos por ciento de la votación válida
estatal de diputados al Congreso del
Estado bajo el principio de mayoría
relativa, lo cual deberá ser declarado por
el Consejo General del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato en la sesión
que siga a la calificación de la elección; y
III. Derogada.
IV. Las demás que se deriven de los
mandatos de este Código.
Ahora bien, en sesión extraordinaria
efectuada el dos de abril de dos mil doce,
el Consejo General del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato, emitió el
acuerdo CG/023/2012 mediante el cual se
determinan los topes de gastos de las
campañas de ayuntamientos, diputados al
Congreso del Estado por el principio de
mayoría relativa y Gobernador del Estado
de Guanajuato, para las elecciones
ordinarias del año dos mil doce.
Documento que se adjunta al presente.
A través del anexo uno, del documento
de referencia, puede tener acceso al
monto de las ministraciones bimestrales
del financiamiento público de los partidos
políticos para el año 2012.
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información
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Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Mediante los anexos dos y cinco se indican
los cálculos correspondientes a tope para
elecciones del 2012 para ayuntamientos y
tope para elecciones del 2012 para
diputados, respectivamente.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
00233912 23-jul-12 a
Deseo saber qué porcentaje recibió el
Partido del Trabajo de la votación
estatal de diputados al Congreso bajo el
Principio de Mayoría Relativa en
Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
saber si alcanzó el registro del 2% como
mínimo para poder acceder al
financiamiento público como partido.
Resultados
Electorales a a 23-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De conformidad con la jornada electoral
ordinaria del primero de julio de 2012, el
porcentaje de votación obtenido por el
Partido del Trabajo, en la elección de
diputados por principio de mayoría relativa,
corresponde a 1.77%.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex
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Fecha de
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Respuesta
00236612 24-jul-12 a
Resultados definitivos de elecciones por
ayuntamiento de León Guanajuato por
secciones y de Diputado Local por el VII
Distrito por el 2012.
Resultados
Electorales a a 24-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De conformidad con la jornada electoral
ordinaria del primero de julio de 2012,
adjunto al presente la relación de resultados
electorales correspondiente a:
• Ayuntamiento del Municipio de León
• Distrito Electoral VII.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex
00237312 25-jul-12 a
Resultados electorales y conteo de votos
para alcaldía de Celaya, Guanajuato, del
primero de julio de 2012 divididos por
casilla electoral.
Resultados
Electorales a a 25-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De conformidad con la jornada electoral
ordinaria del primero de julio de 2012,
adjunto al presente la relación de resultados
electorales relativa a la elección de
Ayuntamiento del Municipio de Celaya.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00237812 26-jul-12 a
Solicito la lista de los 46 candidatos
ganadores de los ayuntamientos del
estado de Guanajuato, el nombre del
Candidato electo y el partido político al
que pertenece. Aún y cuando
actualmente haya impugnaciones,
necesito los resultados preliminares, con
el nombre completo del candidato que
haya resultado electo.
Igual para los 22 diputados locales
electos por mayoría relativa. Solicito
nombre completo, distrito y partido
político.
Integración de
Ayuntamientos y
Diputadosa a 26-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Adjunto al presente relación de
candidatos electos a través de la jornada
electoral estatal ordinaria del primero de
julio del año dos mil doce, relativa a
ayuntamientos y diputados por principio
de mayoría relativa.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
00238212 26-jul-12 a
1. Resultados de la elección de
Gobernador en el proceso electoral 2011-
2012.
2. Número de diputados de mayoría
relativa y de representación proporcional
asignados a cada partido en el mismo
proceso.
3. Saber si los resultados de la elección
de gobernador o si alguna diputación se
encuentra por resolver en los tribunales
electorales.
Resultados
Electorales a a 26-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De acuerdo a jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente la relación
de resultados electorales, relativa a
elección de gobernador.
Información
disponible vía
Infomex
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de la
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Texto de Solicitud
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información por ser
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Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
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Orienta
ción
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Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Por lo que hace a la elección de diputados
por principio de mayoría relativa, le
informo que, los resultados electorales de
la elección de merito, arrojan las
siguientes asignaciones, de acuerdo a los
22 distritos electorales locales:
• PAN: 18
• Coalición PRI-PVEM: 3
• PRI: 1
En cuanto a la asignación de diputaciones
por principio de mayoría relativa, me
permito señalar que el Consejo General
de este Instituto procederá a realizar la
misma, una vez que no exista recurso
pendiente de resolución ante el Tribunal
Electoral del Estado de Guanajuato.
Respecto a su tercer planteamiento, le
comento que la elección de gobernador
no fue impugnada. En lo referente a la
elección de diputados por principio de
mayoría relativa, fue impugnado ante el
Tribunal Electoral del Estado de
Guanajuato el resultado de los distritos
electorales IV, V y VI; hasta el momento,
el Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato ha sido notificado de
resoluciones relativas a distritos IV y V.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
00244312 30-jul-12 a
Pido al Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato me expida en formato
electrónico el Registro Estatal de
Electores.
Otros a a a 30-jul-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
El Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato no cuenta con un Registro
Estatal de Electores. A través de decreto
legislativo publicado en el Periódico Oficial
del Estado de Guanajuato en fecha dos
de septiembre de 2008, fue derogado el
capítulo primero del título tercero del
Código de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado de Guanajuato,
titulado “DEL REGISTRO ESTATAL DE
ELECTORES”.
Al respecto, me permito citar el artículo
128 del Código de referencia:
Artículo 128. En los procesos electorales
estatales se dispondrá de los servicios, de
las listas nominales del padrón electoral,
de las credenciales para votar y demás
documentación electoral del registro
federal de electores, para cuyo efecto el
consejo general, por conducto de su
presidente, celebrará el convenio que así
lo permita.
Dicho lo anterior, considerando que es el
registro federal de electores el insumo de
que dispone este Instituto, con
fundamento en el artículo 40 segundo
párrafo de la ley de Transparencia local,
esta Unidad de Acceso le orienta a que
desahogue su consulta ante la Unidad de
Acceso del órgano competente, esto es,
el INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, a
través de su sitio de internet
www.ife.org.mx en el apartado de
TRANSPARENCIA y acceso a la
información.
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00250312 01-ago-12 a
Por medio de la presente y una vez
concluido el plazo de impugnaciones
ante el Tribunal Electoral, solicito me
envíen información acerca de los
candidatos que resultaron ganadores de
los municipios de Doctor Mora y
Tarandacuao.
Candidatos
Electos a a 02-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Respecto al Municipio de Doctor Mora, al
resolver la Tercera Sala Unitaria del
Tribunal Electoral del Estado de
Guanajuato el recurso de revisión
23/2012-III y su acumulado 24/2012-III,
se ordenó la expedición de las
constancias de mayoría a favor de los
candidatos postulados por el Partido
Acción Nacional, así como la asignación
de una regiduría adicional a favor de
dicho partido político, sin que a la fecha
se haya notificado la interposición del
recurso de apelación por parte del
referido Tribunal, por lo que, hasta este
momento, dicho Ayuntamiento se
conforma de acuerdo a la lista que se
adjunta al presente.
Por otra parte, el Consejo Municipal
Electoral de Tarandacuao expidió
constancias de mayoría a favor de los
candidatos postulados por la coalición
integrada por los partidos Revolucionario
Institucional y Verde Ecologista de
México, sin que dicha expedición se haya
impugnado por algún instituto político, de
tal suerte que el Ayuntamiento de
Tarandacuao se integra conforme a la
lista que se anexa al presente.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
lista que se anexa al presente.
No omito señalar que quien tenga acceso
a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable
de cualquier uso ilegal de la misma,
conforme lo establece el párrafo tercero
del artículo 7 de la ley de la materia.
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00250512 01-ago-12 a
Solicito el expediente completo que
acredita el registro legal de planilla de la
coalición PAN- PARTIDO NUEVA
ALIANZA, en el municipio de Uriangato,
Guanajuato para el proceso electoral
2012-2015 (con todos sus anexos así
como todas sus constancias que se
requieren legalmente para el debido
registro de planillas ante las autoridades
electorales).
Acuerdos y
Sesiones del
Consejo
General,
Partidos
Políticos
a a 02-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Adjunto al presente acuerdo CG/040/2012
emitido por el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato en sesión extraordinaria
efectuada el treinta de abril de dos mil
doce, mediante el cual se registran las
planillas de candidatos a integrar los
Ayuntamientos de Acámbaro, Celaya,
Comonfort, Guanajuato, Huanímaro,
Irapuato, Jerécuaro, León, Pénjamo,
Purísima del Rincón, Romita, Salamanca,
San Miguel de Allende, Uriangato y
Yuriria, de la coalición conformada por los
institutos políticos Partido Acción Nacional
y Nueva Alianza, para contender en la
elección ordinaria del primero de julio de
dos mil doce.
Ahora bien, respecto a los documentos
que integran el expediente de dicha
solicitud de registro, le informo que
dentro de los mismos se contienen datos
personales, mismos que de conformidad
con el artículo 3 fracción V de la Ley de
Protección de Datos Personales para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
18 fracción I de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato,
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
Municipios de Guanajuato, se clasifican
como información confidencial.
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Fecha de
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Fecha de
Notificació
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Respuesta
Por lo anterior, hago de su conocimiento
que está a su disposición la versión
pública de dicho expediente. Para su
entrega, le pedimos atentamente acuda a
las instalaciones de esta Unidad
(Carretera Gto-Puentecillas Km. 2 + 767,
Colonia Puentecillas, Guanajuato, Gto.),
en sus horarios de atención, de 8:30 a
16:00 horas, de lunes a viernes.
Asimismo, me permito comentarle que la
obligación de proporcionar información no
incluye el procesamiento de la misma, ni
el presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
No omito señalar que quien tenga acceso
a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable
de cualquier uso ilegal de la misma,
conforme lo establece el párrafo tercero
del artículo 7 de la ley de la materia.
00251912 02-ago-12 a
A quien corresponda:
Por medio de la presente me permito
enviarle un cordial saludo y así mismo
exponer mi caso esperando pueda
ayudarme:
En las elecciones del 1 de Julio de 2012,
fui seleccionada como funcionaria de
casilla con el cargo de Primer
Escrutador. Presenté en mi trabajo
PEMEX el nombramiento que me fue
entregado con el cual ellos corroboraron
que si fui seleccionada como funcionaria
de casilla. El día de hoy, PEMEX me pide
una constancia expedida por el IEEG
para confirmar que en realidad asistí a
la casilla a desempeñar el puesto que
me fue asignado. Acudí a la oficina del
Funcionarios de
Mesa Directiva
de Casillaa a 03-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De acuerdo con informe de la Dirección
de Procedimientos Electorales de este
Instituto, le comunico que una vez que se
tuvo a la vista el original de las actas
número 1, 2, 3 y 4 de la elección para
ayuntamiento del
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me fue asignado. Acudí a la oficina del
IEEG aquí en Salamanca, pero ellos no
pueden expedir esta constancia y me
canalizaron a este medio para solicitarla.
Es por eso que solicito a usted de la
manera más atenta, me sea expedida
una constancia dirigida a PETRÓLEOS
MEXICANOS, en donde afirme que si
estuve presente el día 1 de Julio de
2012 en la casilla desempeñando el
cargo de Primer Escrutador.
En caso de que me fuere expedida la
constancia, podría comunicarme si tengo
que acudir personalmente a Guanajuato
a recogerla o si me será enviada a mi
domicilio ya que si debe ser un
documento original.
Sin más por el momento me despido de
usted agradeciendo su atención y
esperando una pronta y favorable
respuesta a mi petición.
Gracias!
ayuntamiento del Municipio Salamanca,
relativas a la casilla número 2113 B (dos
mil ciento trece básica) ubicada en Paseo
de los Fundadores No. 440, colonia
Humanista II de dicho Municipio, se
desprende que ZIGRID DESSIRÉ
AGUILAR GONZÁLEZ fungió como primer
escrutador en la mesa directiva de la
casilla de referencia, a partir de las 8:00
horas del 01 primero de julio y hasta la
conclusión de la jornada electoral.
Asimismo, hago de su conocimiento que
está a su disposición el documento
original solicitado. Para su entrega, le
pedimos atentamente acuda a las
instalaciones de esta Unidad (Carretera
Gto-Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en sus
horarios de atención, de 8:30 a 16:00
horas, de lunes a viernes.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
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00252112 03-ago-12 a
Solicito por medio de la presente la
siguiente información: Catalogo
seccional con clave de municipio,
nombre de municipio, distrito local,
cabecera distrital, y en su caso
circunscripciones locales, esto en
formato Excel correspondiente al año
2012.
Sin más por el momento agradezco su
atención brindada.
Cartografía a a 03-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Adjunto al presente la relación de
secciones electorales en el Estado de
Guanajuato.
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 39 fracción
IV de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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00254612 06-ago-12 a
Número de diputados de mayoría
relativa y de representación proporcional
que obtuvo cada partido en el proceso
electoral 2012.
Candidatos
Electos a a 06-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
En atención a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, por lo que hace a la elección de
diputados por principio de mayoría
relativa, le doy a conocer las siguientes
asignaciones, de acuerdo a los 22
distritos electorales locales:
• PAN: 18
• Coalición PRI-PVEM: 3
• PRI: 1
Respecto a la asignación de diputaciones
por principio de representación
proporcional, me permito señalar que el
Consejo General de este Instituto
procederá a realizar la misma, una vez
que no exista recurso pendiente de
resolución ante el Tribunal Electoral del
Estado de Guanajuato.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
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disponible vía
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00254812 06-ago-12 a
Buenos días, requiero un cuadro
comparativo de los sistemas utilizados
en sus procesos electorales que incluya:
Año proceso electoral, sistema/Sistemas
utilizados, Base de datos del sistema
utilizado, Lenguaje de programación
usados. Esto para un Ensayo (Historia y
Evolución de los Sistemas del Proceso
Electoral, desde 1997 a 2013).
Otros datos para facilitar su localización:
Nota: Yo trabajo en IEPCBC de Baja
California Norte.
Mi Puesto: Jefe de sistemas y estadística
electoral.
Esta información la estoy recompilando
en todos los institutos, una vez
terminado mi ensayo se los mando para
que tengan también la información de
todos. Gracias.
Sistemas de
Información y
Plataforma
Tecnológica
a a 13-ago-12 5
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De acuerdo con información
proporcionada por la Dirección de
Sistemas de Información y
Telecomunicaciones, adjunto al presente
cuadro comparativo de herramientas
tecnológicas utilizadas durante los
procesos electorales organizados por este
Instituto.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex
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00256912 08-ago-12 a
De la manera más atente les pido la
siguiente información:
La lista de integración de los
ayuntamientos electos en las elecciones
del 1 de julio del 2012, incluyendo a los
regidores y el partido al que
representan.
La lista de diputados electos en las
elecciones del 1 de julio 2012 por MR y
RP, incluyendo el partido al que
representan.
Otros datos para facilitar su localización:
Lista de la integración de los
ayuntamientos electos 2012, incluyendo
presidente municipal, síndico, y
regidores (con el partido al que
corresponden) y la lista de diputados
electos 2012 de mayoría relativa y
representación proporcional.
Integración de
Ayuntamientos y
Diputadosa a 08-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Relativo al proceso electoral 2012, de
conformidad con los datos arrojados en
las sesiones de cómputo final celebradas
el cuatro de julio de dos mil doce en los
Consejos Municipales y Distritales del
Estado, adjunto al presente relación de
candidatos electos en elección de
ayuntamientos y diputados por principio
de mayoría relativa.
Ahora bien, no omito señalar que la
relación antes precisada, a la fecha, sigue
sujeta a los medios de impugnación
interpuestos, de acuerdo al Código de
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato.
Respecto a la asignación de diputaciones
por principio de representación
proporcional, me permito señalar que el
Consejo General de este Instituto
procederá a realizar la misma, una vez
que no exista recurso pendiente de
resolución ante el Tribunal Electoral del
Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex
Por último, hago de su conocimiento que
quien tenga acceso a la información
pública sólo podrá utilizarla lícitamente y
será responsable de cualquier uso ilegal
de la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley de
la materia.
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00257112 08-ago-12 a
Solicito información de la C. Graciela
Villa Bravo, sí aun se encuentra
laborando con ustedes.
Otros datos para facilitar su localización:
personal eventual del proceso electoral
2012, coordinadora Tarandacuao.
Organigrama y
Tabuladores a a 09-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De acuerdo a los archivos de la Dirección
del Servicio Profesional Electoral, Graciela
Guadalupe Villa Bravo, a la fecha, no se
encuentra laborando en este Instituto. Su
periodo de contratación fue del 12 de
marzo al 13 de abril de 2012, bajo el
puesto de Coordinadora de Capacitación
“C”, en el Municipio de Tarandacuao.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex
00266612 16-ago-12 a
Resultados electorales por casilla de las
elecciones para diputado local,
ayuntamiento del municipio de Pénjamo,
así como los resultados para gobernador
del Estado de Guanajuato.
Resultados
Electorales a a 16-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Información
disponible vía
Infomex
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De acuerdo a datos arrojados por las
correspondientes sesiones de cómputo
final relativas a la jornada electoral
estatal ordinaria del primero de julio
del año dos mil doce, adjunto al
presente la relación de resultados
electorales de diputados por principio
de mayoría relativa, ayuntamiento de
Pénjamo y gobernador.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
00267412 16-ago-12 a
Solicito a usted los resultados
electorales de las casillas del proceso
electoral 2012, los resultados a
presidente Municipal de Celaya,
Diputaciones Locales del distrito XV y
XVI, asi como los resultados de
Gobernador, sin más por el moneto
queda de Usted.
Resultados
Electorales a a 16-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo a datos arrojados por las
correspondientes sesiones de cómputo final
relativas a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente la relación de
resultados electorales del ayuntamiento de
Celaya, diputados por principio de mayoría
relativa correspondientes a los distritos XV y
XVI, y gobernador.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la materia.
Información
disponible vía
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00269212 20-ago-12 a
Buen día
Solicito de favor:
1. La radiografía final de la composición
del congreso local. esto es el resultado
obtenido en las elecciones pasadas por
los partidos políticos ya incluidos los
diputados por el principio de
representación proporcional.
2. Las formulas ganadoras en los
municipios de la entidad.
Todo esto en cifras (no requiero
nombres en los ayuntamientos).
Muchas gracias.
Integración de
Ayuntamientos y
Diputados,
Resultados
Electorales
a a 20-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De acuerdo a datos arrojados por las
correspondientes sesiones de cómputo
final relativas a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente la relación
de resultados electorales de diputados
por principio de mayoría relativa y
ayuntamientos, así como el listado de
candidatos electos a través de dichas
elecciones.
Ahora bien, no omito señalar que la
información antes precisada, a la fecha,
sigue sujeta a los medios de impugnación
interpuestos, de acuerdo al Código de
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato.
Respecto a la asignación de diputaciones
por principio de representación
proporcional, me permito señalar que el
Consejo General de este Instituto
procederá a realizar la misma, una vez
que no exista recurso pendiente de
resolución ante el Tribunal Electoral del
Estado de Guanajuato.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarlae,
Información
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Infomex y Correo
Electrónico
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Respuesta
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
00273412 27-ago-12 a
Necesito información sobre los partidos
políticos en Guanajuato; su historia,
cuantos existen actualmente, quienes
son, quienes son sus dirigentes
estatales y municipales; las estructuras
de sus comités directivos estatales, etc.
todo lo que pueda servir para hacer una
monografía de ellos.
Partidos
Políticos a a a 27-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta en los términos del artículo 42
del mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a
la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato:
Actualmente, ante el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, no hay registro de partidos
políticos estatales.
Al respecto, me permito citar el artículo
19 y el primer párrafo del artículo 29 del
Código de Instituciones y Procedimientos
Electorales para el Estado Guanajuato:
Artículo 19. Se consideran como partidos
políticos, para los efectos de este Código:
I. Los estatales que se constituyan y
obtengan su registro conforme a las
disposiciones del presente Código; y
II. Los nacionales que se constituyan y
obtengan u registro en los términos del
Código Federal de la materia.
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
Infomex
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Artículo 29. Los partidos políticos
nacionales gozarán de personalidad
jurídica para todos los efectos legales,
desde el momento en que sean
acreditados como tales ante el Consejo
General del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, y se sujetarán a las
disposiciones de este Código en los
procesos electorales locales; los estatales
gozarán de esa personalidad desde el
momento en que obtengan su registro
ante el citado Consejo.
Asimismo, me permito citar el artículo 41
del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales:
Artículo 41
1. Toda persona tiene derecho a acceder
a la información de los partidos políticos
de conformidad con las reglas previstas
en este Código y las que, en lo
conducente, resulten aplicables conforme
al reglamento del Instituto Federal
Electoral en la materia.
2. Las personas accederán a la
información de los partidos a través del
Instituto Federal Electoral, mediante la
presentación de solicitudes específicas.
3. El reglamento establecerá los formatos,
procedimientos y plazos para desahogar
las solicitudes que se presenten sobre la
información de los partidos políticos.
4. Cuando la información solicitada tenga
el carácter de pública y no obre en poder
del Instituto, debiendo estarlo, éste
notificará al partido requerido para que la
proporcione en forma directa al
solicitante, dentro del plazo que señale el
reglamento. El partido de que se trate
informará al Instituto del cumplimiento de
esta obligación.
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esta obligación.
5. Cuando la información solicitada se
encuentre disponible en la página
electrónica del Instituto, o en la del
partido de que se trate, se le notificará al
solicitante para que la obtenga en forma
directa, salvo que el interesado la
requiera en forma impresa o en medio
digital.
6. Los partidos políticos están obligados a
publicar en su página electrónica, por lo
menos, la información especificada en el
presente capítulo.
Dicho lo anterior, considerando que los
partidos políticos acreditados ante el
Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato corresponden a
institutos políticos nacionales, con
fundamento en el artículo 40 segundo
párrafo de la ley de Transparencia local,
esta Unidad de Acceso le orienta a que
desahogue su consulta ante la Unidad de
Acceso del órgano competente, esto es,
el INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, a
través de su sitio de internet
www.ife.org.mx en el apartado de
TRANSPARENCIA y acceso a la
información.
00274112 28-ago-12 a
Resultados del computo final de la
elección de diputados locales de mayoría
relativa.
Resultados
Electorales a a 28-ago-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De acuerdo a datos arrojados por las
correspondientes sesiones de cómputo
final relativas a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce,
Información
disponible vía
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mil doce, adjunto al presente la relación
de resultados electorales de diputados
por principio de mayoría relativa.
Ahora bien, no omito señalar que la
información antes precisada, a la fecha,
sigue sujeta a los medios de impugnación
interpuestos, de acuerdo al Código de
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato. Asimismo, se hace de su
conocimiento que quien tenga acceso a la
información pública sólo podrá utilizarla
lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma,
conforme lo establece el párrafo tercero
del artículo 7 de la ley de la materia.
00295312 03-sep-12 a
Solicito a este H. Organismo electoral
me expida copias certificadas del listado
de representantes de partido
acreditados para cada una de las casillas
en las elecciones municipales del 1° de
Julio de la presente anualidad en el
municipio de Pénjamo, Guanajuato. Representantes
de Partidos
Políticos ante
MDC
a a 05-sep-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Hago de su conocimiento que los
documentos electrónicos solicitados
superan en peso las especificaciones
técnicas para entrega vía Infomex, razón
por la cual le com
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta, vía
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por la cual le comunico que la
información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en
las instalaciones de esta Unidad
(Carretera Gto-Puentecillas Km. 2 + 767,
Colonia Puentecillas, Guanajuato, Gto.),
en sus horarios de atención, de 8:30 a
16:00 horas, de lunes a viernes.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5
fracciones IV y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, hago de su conocimiento
que la entrega de dichos documentos
electrónicos se realizará una vez que
proporcione a esta Unidad el soporte
material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 18 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días
naturales, contados a partir del día hábil
siguiente al de la notificación del
presente.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
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00295412 03-sep-12 a
Solicito a este H. Organismo electoral
me expida copias certificadas del
“ENCARTE” y/o listado de los
funcionarios de las mesas directivas de
casilla en el municipio de Pénjamo,
Guanajuato durante las elecciones del 1
primero de julio de la presente
anualidad.
Funcionarios de
Mesa Directiva
de Casillaa a 03-sep-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De acuerdo a la publicación realizada en
prensa por el Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato, adjunto al
presente el listado de ubicación e
integración de mesas directivas de
casillas, en el Municipio de Pénjamo.
Ahora bien, posterior a la publicación de
mérito, le informo de una modificación
en la integración de la mesa directiva de
casilla correspondiente a la sección 1976,
casilla contigua 2. La modificación recayó
en el presidente de casilla, la persona que
desempeñó dicho cargo fue José Antonio
González Hidalgo.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato. Asimismo, se hace de su
conocimiento que quien
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
conocimiento que quien tenga acceso a la
información pública sólo podrá utilizarla
lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma,
conforme lo establece el párrafo tercero
del artículo 7 de la ley de la materia.
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00302612 10-sep-12 a
Por medio de la presente, solicito a su
instituto información estadística sobre
cuántos candidatos a puestos de
elección popular en el Estado solicitaron
protección o escoltas durante el más
reciente proceso electoral de la entidad.
Por favor detalle partido del interesado
en solicitar asistencia y si, al final, se le
brindó la protección. Para proteger sus
identidades y no ponerles en riesgo, no
solicito nombres o partidos de los
interesados.
Partidos
Políticos a a 11-sep-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
De acuerdo con reporte emitido por la
Secretaría del Consejo General, le
informo que el único partido político
que solicitó ante este Instituto
seguridad personal para sus candidatos
fue Movimiento Ciudadano,
solicitándolo para cinco de ellos.
Cabe señalar que este Instituto fue el
conducto para hacer llegar las
peticiones referidas al Poder Ejecutivo
del Estado, de conformidad con lo
establecido en el último párrafo del
artículo 185 del Código de Instituciones
y Procedimientos Electorales para el
Estado de Guanajuato, ignorando los
términos que, en todo caso, haya sido
brindada la seguridad personal
solicitada.
Información
disponible vía
Infomex
No omito comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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00310512 12-sep-12 a
Deseo conocer el presupuesto ejercido
en materia de institutos y tribunales
electorales, debido a la imposibilidad de
encontrar las leyes de egresos donde se
podría encontrar la información
requerida. Mil gracias.
Presupuesto y
Auditorías,
Orientacióna a a 12-sep-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Relativo al Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, adjunto al presente el
Presupuesto General de Egresos 2012.
Respecto a la legislación referida, es de
comentar que puede tener acceso a la
misma a través del portal del sujeto
obligado competente, esto es, del Congreso
del Estado de Guanajuato. A continuación
se proporciona el link correspondiente:
http://www.congresogto.gob.mx/leyes?utf8
=%E2%9C%93&query=egresos
No omito comentarle que la información
relativa a asignación presupuestal, está
disponible para su consulta en el portal del
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato
(http://www.ieeg.org.mx/). Puede tener
acceso a la misma a través del segmento
denominado “Comisión Ejecutiva”, en el cual
encontrará el rubro “recursos materiales”, a
través del cual puede descargar el primer
apartado correspondiente a “presupuesto”.
Por lo que hace a la información relativa al
Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato,
con fundamento en el artículo 40 segundo
párrafo de la ley de Transparencia local,
esta Unidad de Acceso le orienta a que
desahogue su consulta ante la Unidad de
Acceso de dicho organismo autónomo, a
través de su sitio de internet
http://www.teegto.org.mx/ en el apartado
de TRANSPARENCIA.
Información
disponible vía
Internet
Por último, hago de su conocimiento que
quien tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la materia.
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Respuesta
00311712 13-sep-12 a
Deseo conocer el presupuesto ejercido
en materia de institutos y tribunales
electorales del 2000 al 2012, debido a la
imposibilidad de encontrar las leyes de
egresos donde se podría encontrar la
información requerida. Mil gracias.
Presupuesto y
Auditorías,
Orientacióna a a 13-sep-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 39
de la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 42 del
mismo ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De conformidad con lo establecido por el
artículo 63 fracción IV, del Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales
para el Estado de Guanajuato, corresponde
al Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato la atribución de
formular y aprobar su anteproyecto de
presupuesto de egresos, para su
incorporación al proyecto anual de
presupuesto de egresos del Estado.
A continuación, se enlistan los montos
aprobados dentro de los anteproyectos de
presupuesto de egresos del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, para los
ejercicios fiscales de 2000 a 2012:
2000 Acuerdo de fecha 4 noviembre 1999
$168,025,740.00
2001 Acuerdo de fecha 28 noviembre 2000
$60,691,840.00
2002 Acuerdo de fecha 13 noviembre 2001
$77,823,297.57
2003 Acuerdo de fecha 13 noviembre 2002
$218,388,582.10
2004 Acuerdo de fecha 30 octubre 2003
$122,271,351.88
2005 Acuerdo de fecha 21 octubre 2004
$149,169,318.00
2006 Acuerdo de fecha 30 septiembre 2005
$284,217,368.00
2007 Acuerdo de fecha 13 octubre 2006
$153,216,571.00
2008 Acuerdo de fecha 22 octubre 2007
Información
disponible vía
Infomex
2008 Acuerdo de fecha 22 octubre 2007
$189,172,120.00
2009 Acuerdo de fecha 20 octubre 2008
$329,525,402.00
2010 Acuerdo de fecha 20 octubre 2009
$180,161,840.00
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2011 Acuerdo de fecha 20 octubre 2010
$154,969,980.00
2012 Acuerdo de fecha 13 octubre 2011
$354,784,779.00
Hago de su conocimiento que, de acuerdo
con lo establecido por el artículo 63 fracción
XIII de la Constitución Política para el
Estado de Guanajuato, es facultad del
Congreso del Estado examinar, discutir y
aprobar anualmente el Presupuesto de
Egresos del Estado, dentro del cual se
contempla al Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, en su calidad de organismo
autónomo.
Ahora bien, dicha facultad es formalizada
por el Congreso del Estado, previo al inicio
del ejercicio fiscal correspondiente, a través
de la Ley del Presupuesto General de
Egresos del Estado de Guanajuato.
Respecto a la Ley del Presupuesto General
de Egresos del Estado de Guanajuato para
el ejercicio fiscal de 2012, es de comentar
que puede tener acceso a la misma a través
del portal del sujeto obligado competente,
esto es, del Congreso del Estado de
Guanajuato. A continuación se proporciona
el link correspondiente:
http://www.congresogto.gob.mx/leyes?utf8
=%E2%9C%93&query=egresos
Por lo que hace a la legislación
correspondiente a los ejercicios fiscales
2000 a 2011, en razón de que dicha
legislación a la fecha no es vigente, con
fundamento en el artículo 40 segundo
párrafo de la ley de Transparencia local,
esta Unidad de Acceso lo orienta a que
desahogue su consulta ante la Unidad de
Acceso del órgano competente, esto es, el
CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO,
a través de su sitio de internet
http://www.congresogto.gob.mx/acceso_inf
ormacion.
En cuanto a la información relativa al
Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato,
con fundamento en el artículo 40 segundo
párrafo de la ley de Transparencia local,
esta Unidad de Acceso le orienta a que
desahogue su consulta ante la Unidad de
Acceso de dicho organismo autónomo, a
través de su sitio de internet
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través de su sitio de internet
http://www.teegto.org.mx/ en el apartado
de TRANSPARENCIA.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información Pública
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
00312912 14-sep-12 a
Por este conducto me permito solicitar
los resultados electorales por casilla
solamente para gobernador en la ciudad
de León, Guanajuato, es decir en los
distritos locales 3, 4, 5, 6 y 7. Esta
petición ya se había hecho el 18 de Julio
folio 231512, pero al parecer se canalizo
a otro organismo. Gracias por su
atención.
Resultados
Electorales a a 14-sep-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De acuerdo a datos arrojados por las
correspondientes sesiones de cómputo
final relativas a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente, por casilla,
la relación de resultados de la elección de
gobernador, en los distritos locales III,
IV, V, VI y VII.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo
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n de
Respuesta
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
00313412 17-sep-12 a
RFC del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Otros a a 17-sep-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y
los Municipios de Guanajuato, procedo
a dar respuesta conforme los términos
del artículo 42 del mismo
ordenamiento, así como de los
artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y
VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
El RFC del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato es IEE 950115
9A9.
No omito comentarle que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
Información
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00314412 19-sep-12 a
Los resultados del proceso electoral
2012.
Resultados
Electorales a a 19-sep-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
De acuerdo a datos arrojados por las
correspondientes sesiones de cómputo
final relativas a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente la relación
de resultados de las elecciones de
gobernador, diputados locales y
municipios.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex
00322212 25-sep-12 a
Requiero el índice de información
reservada vigente.Índice de
Información
Reservadaa a 25-sep-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 39 de la Ley de Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del
artículo 42 del mismo
Información
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artículo 42 del mismo ordenamiento, así
como de los artículos 4°, 5° y 10
fracciones I, II y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato:
Adjunto al presente el índice de
información reservada del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 39 fracción IV de la Ley de
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato y
5° segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato.
Por último, no omito señalar que quien
tenga acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
00325112 01-oct-12 a
Distritos y Secciones Locales en formato
shape del Estado de Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
Cartografía Electoral.
Cartografía a a 02-oct-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Adjunto al presente la relación de
secciones electorales en el Estado de
Guanajuato.
Por lo que hace a la cartografía electoral,
hago de su conocimiento
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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hago de su conocimiento, que los
documentos electrónicos solicitados
superan en peso las especificaciones
técnicas para entrega vía Infomex, razón
por la cual le comunico que la
información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en
las instalaciones de esta Unidad
(Carretera Gto-Puentecillas Km. 2 + 767,
Colonia Puentecillas, Guanajuato, Gto.),
en sus horarios de atención, de 8:30 a
16:00 horas, de lunes a viernes.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5
fracciones IV y VI del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del Estado
de Guanajuato, hago de su conocimiento
que la entrega de dichos documentos
electrónicos se realizará una vez que
proporcione a esta Unidad el soporte
material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 208 MB). Lo
anterior, dentro del plazo de sesenta días
naturales, contados a partir del día hábil
siguiente al de la notificación del
presente.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
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00325212 01-oct-12 a
Le agradecería me proporcionara los
resultados electorales A NIVEL CASILLA
de las elecciones locales 2012
(gobernador, ayuntamientos, diputados)
así como el listado nominal por casilla
(número de ciudadanos por casilla) con
el que se celebraron dichos procesos.
Dicha información es con fines
estadísticos.
Padrón Electoral
y Lista Nominal,
Resultados
Electorales
a a 02-oct-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo a datos arrojados por las
correspondientes sesiones de cómputo
final relativas a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente, por casilla,
la relación de resultados de las elecciones
de gobernador, ayuntamientos y
diputados.
Asimismo, se anexa al presente la
información relativa a lista nominal por
casilla.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 7 de la ley de la
materia.
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00328812 03-oct-12 a
Listado de candidatos electos que
integrarán los H. Ayuntamientos 2012-
2015 en los 46 municipios del Estado de
Guanajuato.
Integración de
Ayuntamientos y
Diputadosa a 03-oct-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública para
el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 41
del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II
y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Relativo a los 46 Municipios del Estado
de Guanajuato, adjunto al presente la
relación de ayuntamientos electos en
el proceso electoral ordinario 2012.
Asimismo, por lo que hace a Celaya,
San Diego de la Unión y Uriangato, me
permito informarle que, a la fecha, no
han concluido los medios de
impugnación interpuestos respecto a
dichas elecciones municipales.
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 38 fracción
IV de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex
Por último, es de señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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00331212 05-oct-12 a
Solicito la respuesta a las siguientes
preguntas:
¿Cuántas elecciones de Gobernador,
Diputado y Presidente organizadas por
el instituto han sido declaradas nulas
por el Tribunal Electoral Federal y el
Tribunal Electoral Estatal desde el año
2000 a la fecha?
¿Cuál ha sido su presupuesto ejercido
en los años 2000, 2001, 2002, 2003,
2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009,
2010 y 2011 para el IEE y qué
porcentaje de este se destina a la
operación de las juntas locales
ejecutivas?
¿Qué presupuesto le correspondió a
cada junta local ejecutiva del estado
desde el año 2000 a la fecha?
¿Cuántas iniciativas de reformas al
código electoral del estado hay de la
última reforma a la fecha y cuáles son?
Les solicito que me las proporcione.
GRACIAS!!!
Normatividad,
Presupuesto y
Auditoríasa a 08-oct-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto de su primer planteamiento, le
informo que durante el periodo solicitado,
únicamente se ha anulado una elección
municipal, correspondiente al Municipio
de Coroneo.
En cuanto a su segundo planteamiento,
de conformidad con datos proporcionados
por la Coordinación Administrativa de este
Instituto, a continuación se enlistan los
montos relativos a presupuesto ejercido,
para los ejercicios fiscales de 2000 a
2011:
2000 $144,521,509.37
2001 58,250,903.17
2002 73,165,819.34
2003 196,185,661.73
2004 80,198,599.61
2005 101,506,406.42
2006 254,766,185.21
2007 95,986,149.14
2008 130,763,477.60
2009 296,273,408.33
2010 118,707,981.72
2011 148,890,640.72
Asimismo, de conformidad con el Libro
Tercero del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato,
Información
disponible vía
Infomex
de Guanajuato, hago de su conocimiento
que dentro de la estructura administrativa
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, no se contempla la figura de
“juntas locales ejecutivas”, la cual es
propia del Instituto Federal Electoral. Por
lo anterior, esta Unidad, se encuentra
imposibilitada para proporcionar
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Respuesta
imposibilitada para proporcionar la
información referente a porcentaje y
presupuesto correspondiente a cada “junta
local ejecutiva”.
Por lo que hace a su último planteamiento,
me permito indicarle que de conformidad
con el artículo 56 de la Constitución Política
para el Estado de Guanajuato, el Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato no
cuenta con atribución para presentar
iniciativas a leyes o decretos. Se transcribe
el precepto de referencia:
ARTÍCULO 56. El derecho de iniciar Leyes o
Decretos, compete:
I. Al Gobernador del Estado;
II. A los Diputados al Congreso del Estado;
III. Al Supremo Tribunal de Justicia en el
ramo de sus atribuciones;
IV. A los Ayuntamientos o Concejos
Municipales; y
V. A los ciudadanos que representen cuando
menos el tres por ciento de los inscritos en
la lista nominal de electores
correspondientes a la Entidad y reúnan los
requisitos previstos en la Ley.
Cuando la iniciativa incida en la
competencia municipal, el Congreso
recabará la opinión de los Ayuntamientos
durante el proceso legislativo, en los
términos de la Ley respectiva.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el artículo 8, último párrafo, de
la ley de la materia.
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00333712 09-oct-12 a
Lista completa de Presidentas y
Presidentes Municipales, Síndicas y
Síndicos tanto titulares como suplentes,
así como Regidoras y Regidores de los
46 Ayuntamientos del Estado de
Guanajuato para el periodo 2012-2015.
Otros datos para facilitar su localización:
Lista completa de la conformación de los
46 Ayuntamientos por Municipio.
Integración de
Ayuntamientos y
Diputadosa a 09-oct-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública para
el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 41
del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II
y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Relativo a los 46 Municipios del Estado
de Guanajuato, adjunto al presente la
relación de ayuntamientos electos en
el proceso electoral ordinario 2012.
Asimismo, por lo que hace a Celaya,
San Diego de la Unión y Uriangato, me
permito informarle que, a la fecha, no
han concluido los medios de
impugnación interpuestos respecto a
dichas elecciones municipales.
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 38 fracción
IV de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
Por último, es de señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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00334512 09-oct-12 a
Nombres de los próximos presidentes
municipales del Estado de Guanajuato
2012-2015.
Candidatos
Electos a a 09-oct-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública para
el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 41
del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II
y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Relativo a los 46 Municipios del Estado
de Guanajuato, adjunto al presente la
relación de alcaldes electos en el
proceso electoral ordinario 2012.
Asimismo, por lo que hace a Celaya,
San Diego de la Unión y Uriangato, me
permito informarle que, a la fecha, no
han concluido los medios de
impugnación interpuestos respecto a
dichas elecciones municipales.
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 38 fracción
IV de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
Por último, es de señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 7 de la ley
de la materia.
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00334712 09-oct-12 a
El padrón electoral del Municipio de
León, Guanajuato.
Otros datos para facilitar su localización:
La cantidad de personas que votan en
León, Guanajuato. No quiero los
nombres de las personas solo la
cantidad.
Padrón Electoral
y Lista Nominal a a 09-oct-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Primeramente, resulta oportuno precisarle,
en atención a su solicitud, los siguientes
conceptos:
• Padrón Electoral: relación de ciudadanos
mexicanos que solicitaron su registro
electoral para obtener su credencial para
votar con fotografía.
• Lista Nominal: relación de ciudadanos
mexicanos que solicitaron su inscripción o
actualización al Padrón Electoral, y que,
cuentan con su credencial para votar con
fotografía vigente.
Ahora bien, se proporciona el Padrón
Electoral y Lista Nominal relativos al
Municipio de León:
• Padrón Electoral: 998,346
• Lista Nominal: 951,487
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
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Institucional
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 7
de la ley de la materia.
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00335712 10-oct-12 a
Me podría proporcionar la Profesión o
Título de los Presidentes Municipales de
Guanajuato 2012-2015.
Candidatos
Electos a a a 12-oct-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública para
el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 41
del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II
y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
De acuerdo con reporte emitido por la
Secretaría del Consejo General, le
informo que el dato relativo a la
profesión o título de los presidentes
municipales del Estado de Guanajuato
2012-2015 no obra en los archivos del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Ahora bien, con fundamento en el
artículo 39 primer párrafo de la ley de
Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante las Unidades de Acceso
de los órganos competentes, esto es,
cada uno de los Municipios del Estado
de Guanajuato. A través del siguiente
sitio de internet http://www.iacip-
gto.org/ws/sujetos-
obligados/municipios.htm puede
acceder a los portales electrónicos
correspondientes.
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
Infomex
Por último, es de señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 8 de la ley
de la materia.
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00337012 11-oct-12 a
Datos del Padrón electoral y la Lista
Nominal de Electores del Municipio de
Irapuato para las elecciones 2012.
Padrón Electoral
y Lista Nominal a a 11-oct-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Relativo al proceso electoral ordinario
2012, el Padrón Electoral y Lista Nominal
del Municipio de Irapuato corresponden a
los siguientes datos:
• Padrón Electoral: 379,385
• Lista Nominal: 347,688
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
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00337212 11-oct-12 a
Los resultados enviados por el Instituto
Electoral de Guanajuato casilla por
casilla no coinciden en su mayoría con
los totales por Municipio publicados en
la página web del mismo Instituto. Le
agradecería me indicara a qué se debe
el error en los enviados o si el error se
encuentra en los publicados. Le adjunto
el comparativo de los dos resultados
para mayor detalle.Resultados
Electores a a 15-oct-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo con reporte emitido por la
Dirección de Sistemas de Información y
Telecomunicaciones, le informo que la razón
por la cual los resultados presentan
diferencias, es debido a que en el sitio web
oficial del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato se exhiben los resultados de las
actas de Mayoría Relativa generadas en
cada uno de los consejos Municipales y/o
Distritales según sea el caso y la
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Distritales según sea el caso y la
información proporcionada responde a los
datos arrojados por el Programa de
Resultados Electorales Preliminares (PREP).
Lo anterior, toda vez que el Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, a la
fecha, llevó a cabo el procesamiento de
resultados electorales por casilla,
exclusivamente, respecto de los datos
arrojados por el sistema PREP; los
resultados electorales oficiales contenidos
en las actas generadas en cada uno de los
Consejos Electorales no fueron procesadas
en esta modalidad.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Asimismo, dicha Dirección refiere que, como
es sabido, el PREP carece de validez oficial y
únicamente muestra las tendencias de
información referente a los avances de la
Jornada Electoral, mientras que las actas de
Mayoría Relativa, presentan información
concluida por cada uno de los 68 Consejos
Electorales (46 Municipales y 22 Distritales),
posteriores a la Jornada Electoral, por lo
que la existencia de diferencias entre ambos
momentos puede presentarse sin esto
impactar en la veracidad de la información.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
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00337312 11-oct-12 a
Solicito los resultados electorales 2012
de los comicios de ayuntamientos,
diputados locales y gobernador,
desglosados por sección, en formato de
MS Excel.
Resultados
Electores a a 11-oct-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública para
el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 41
del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II
y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
De acuerdo a datos arrojados por las
correspondientes sesiones de cómputo
final relativas a la jornada electoral
estatal ordinaria del primero de julio
del año dos mil doce, adjunto al
presente, por sección, la relación de
resultados de las elecciones de
gobernador, ayuntamientos y
diputados.
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 38 fracción
IV de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Información
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Por último, es de señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 8 de la ley
de la materia.
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Número
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Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00338212 12-oct-12 a
Le agradeceré me proporcione los
resultados electorales de las casillas que
le adjunto en las elecciones de
diputados locales, ayuntamientos y
gobernador 2012 por encontrarse en
cero los enviados anteriormente o con
inconsistencia. Dicha información es con
fines estadísticos.
Resultados
Electores a a 15-oct-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo con reporte emitido por la
Dirección de Sistemas de Información y
Telecomunicaciones, le informo que la
razón por la cual los resultados presentan
diferencias, es debido a que en el sitio
web oficial del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato se exhiben los
resultados de las actas de Mayoría
Relativa generadas en cada uno de los
consejos Municipales y/o Distritales según
sea el caso y la información
proporcionada responde a los datos
arrojados por el Programa de Resultados
Electorales Preliminares (PREP).
Lo anterior, toda vez que el Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, a la
fecha, llevó a cabo el procesamiento de
resultados electorales por casilla,
exclusivamente, respecto de los datos
arrojados por el sistema PREP; los
resultados electorales oficiales contenidos
en las actas generadas en cada uno de
los Consejos Electorales no fueron
procesadas en esta modalidad.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
Información
disponible vía
Infomex
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del I
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Número
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Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Asimismo, dicha Dirección refiere que,
como es sabido, el PREP carece de
validez oficial y únicamente muestra las
tendencias de información referente a los
avances de la Jornada Electoral, mientras
que las actas de Mayoría Relativa,
presentan información concluida por cada
uno de los 68 Consejos Electorales (46
Municipales y 22 Distritales), posteriores a
la Jornada Electoral, por lo que la
existencia de diferencias entre ambos
momentos puede presentarse sin esto
impactar en la veracidad de la
información.
Por otro lado, referente a la presentación
de casillas con resultados en cero, la
Dirección de Sistemas de Información y
Telecomunicaciones indica que, puede
deberse, entre otras, a las siguientes
causas:
• Poca legibilidad de las actas de
escrutinio y cómputo generadas en cada
una de las casillas electorales;
• Falta de documentación en paquetes
electorales;
• Casillas impugnadas;
• Paquetes extraviados.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
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información
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00338312 12-oct-12 a
Le agradecería me confirmara que los
resultados electorales enviados en
respuesta a mi solicitud con número de
folio 00325212 de fecha 27 de
septiembre 2012 sean los resultados
oficiales, ya que en los 3 tipos de
elección (gobernador, diputados,
ayuntamientos) los resultados oficiales
publicados por distritos y municipios en
la página web del IEEG los totales
publicados NO COINCIDEN con los
totales de los resultados por casilla
enviados. La información que le solicite
es para fines estadísticos pero es
necesario contar con la certeza de la
veracidad de los datos. Le adjunto el
comparativo por tipo de elección para
mayor claridad en mi petición. Resultados
Electores a a 15-oct-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública para
el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 41
del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II
y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
De acuerdo con reporte emitido por la
Dirección de Sistemas de Información
y Telecomunicaciones, le informo que
la razón por la cual los resultados
presentan diferencias, es debido a que
en el sitio web oficial del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato se
exhiben los resultados de las actas de
Mayoría Relativa generadas en cada
uno de los consejos Municipales y/o
Distritales según sea el caso y la
información proporcionada responde a
los datos arrojados por el Programa de
Resultados Electorales Preliminares
(PREP).
Lo anterior, toda vez que el Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, a
la fecha, llevó a cabo el procesamiento
de resultados electorales por casilla,
exclusivamente, respecto de los datos
arrojados por el sistema PREP; los
resultados electorales oficiales
contenidos en las actas generadas en
cada uno de los Consejos Electorales
Información
disponible vía
Infomex
cada uno de los Consejos Electorales
no fueron procesadas en esta
modalidad.
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Solicitud
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
No omito comentarle que la obligación
de proporcionar información no incluye
el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 38 fracción
IV de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Asimismo, dicha Dirección refiere que,
como es sabido, el PREP carece de
validez oficial y únicamente muestra
las tendencias de información
referente a los avances de la Jornada
Electoral, mientras que las actas de
Mayoría Relativa, presentan
información concluida por cada uno de
los 68 Consejos Electorales (46
Municipales y 22 Distritales),
posteriores a la Jornada Electoral, por
lo que la existencia de diferencias
entre ambos momentos puede
presentarse sin esto impactar en la
veracidad de la información.
Por último, es de señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 8 de la ley
de la materia.
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00338612 12-oct-12 a
Resultados de la elección para
gobernador del Estado de Guanajuato
en el proceso 2012 por sección y casilla,
así como por municipio.
Otros datos para facilitar su localización:
Instituto Estatal Electoral del Estado de
Guanajuato.
Resultados
Electores a a 12-oct-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo a datos arrojados por las
correspondientes sesiones de cómputo
final relativas a la jornada electoral estatal
ordinaria del primero de julio del año dos
mil doce, adjunto al presente, por sección
y casilla, la relación de resultados de la
elección de gobernador.
Asimismo, hago de su conocimiento que
la información solicitada no es procesada
por municipio, por ello me permito
comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Información
disponible vía
Infomex
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
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información por ser
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información
Formato de
Recepción
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ción
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00339812 15-oct-12 a
Resultados de las elecciones para
alcalde (Elecciones 2012, 2009, 2006 y
2003) de León, Guanajuato, por casilla,
especificando sección a la que
pertenece, ubicación de las casillas,
distrito local y distrito federal, listado
nominal hombres, listado nominal
mujeres, listado nominal total,
porcentaje de participación. En formato
de Excel o CSV.
Cartografía,
Padrón Electoral
y Lista Nominal,
Resultados
Electorales
a a a 15-oct-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública para
el Estado y los Municipios de
Guanajuato, procedo a dar respuesta
conforme los términos del artículo 41
del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II
y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato:
Adjunto al presente la relación de
resultados electorales del Municipio de
León, correspondientes a las elecciones
ordinarias 2003, 2006, 2009 y 2012.
Asimismo, se proporcionan las
respectivas ubicaciones de casillas,
listado nominal y porcentaje de
participación.
Ahora bien, no omito comentarle que
de acuerdo a cada proceso electoral se
emiten diferentes criterios de
procesamiento de información, por
ello, la información se entrega tal
como se encuentra en los archivos de
este Instituto. Lo anterior, toda vez
que la obligación de proporcionar
información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de conformidad con lo
establecido por el artículo 38 fracción
IV de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública para el Estado
y los Municipios de Guanajuato y 5°
segundo párrafo del Reglamento
Información
disponible vía
Infomex
segundo párrafo del Reglamento de la
Unidad de Acceso a la Información
Pública del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato.
Respecto de la información relativa a
distritos electorales federales, con
fundamento en el
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
fundamento en el artículo 39 primer
párrafo de la ley de Transparencia
local, esta Unidad de Acceso lo orienta
a que desahogue su consulta ante la
Unidad de Acceso del órgano
competente, esto es, el Instituto
Federal Electoral, a través de su sitio
de internet www.ife.org.mx en el
apartado de TRANSPARENCIA y acceso
a la información.
Por último, es de señalar que quien
tenga acceso a la información pública
sólo podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de
la misma, conforme lo establece el
párrafo tercero del artículo 8 de la ley
de la materia.
00345412 17-oct-12 a
Número de personas que integraban el
padrón electoral local en total y por
municipio para las elecciones de 1997,
2000, 2003, 2006, 2009 y 2012.
Resultados en cantidad numérica de la
votación para la elección de gobernador
por municipio de los procesos de 1995,
2000, 2006 y 2012.
Resultados en cantidad numérica de la
votación para la elección de diputados
locales por municipio de los procesos
electorales de 1997, 2000, 2003, 2006,
2009 y 2012.
Resultados en cantidad numérica de la
votación para la elección de
ayuntamientos por municipio de los
procesos locales de 1997, 2000, 2003,
2006, 2009 y 2012.
Conformación de los ayuntamientos
municipales en los procesos electorales
de 1997, 2000, 2003, 2006, 2009 y
2012.
Memorias electorales de los procesos de
1995 al de 2012, sobre todo en temas
de participación ciudadana.
Padrón y Lista
Nominal,
Integración de
Ayuntamientos y
Diputados,
Resultados
Electorales
a a a 18-oct-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Respecto a su primer planteamiento, es
de señalar que la información relativa a
padrón electoral y lista nominal es
competencia del Instituto Federal
Electoral.
Ahora bien, relativo a los procesos
electorales solicitados, el Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato posee
en sus archivos los datos relativos a la
lista nominal, mismos que le son
debidamente proporcionados en
documento adjunto.
Asimismo, en atención a su solicitud y de
acuerdo con el
Información
disponible vía
Infomex y Correo
Electrónico
Institucional
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Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
de participación ciudadana.
Otros datos para facilitar su localización:
Participación ciudadana en el Estado de
Guanajuato.
acuerdo con el procesamiento de
información llevado a cabo por el
Instituto Federal Electoral, me permito
precisar los conceptos de referencia:
• Padrón Electoral: relación de
ciudadanos mexicanos que solicitaron su
registro electoral para obtener su
credencial para votar con fotografía.
• Lista Nominal: relación de ciudadanos
mexicanos que solicitaron su inscripción o
actualización al Padrón Electoral, y que,
cuentan con su credencial para votar con
fotografía vigente.
Sin demerito de lo anterior, de requerir
información correspondiente a padrón
electoral, con fundamento en el artículo
39 primer párrafo de la ley de
Transparencia local, esta Unidad de
Acceso lo orienta a que desahogue su
consulta ante la Unidad de Acceso del
órgano competente, esto es, el Instituto
Federal Electoral, a través de su sitio de
internet www.ife.org.mx en el apartado
de TRANSPARENCIA y acceso a la
información.
Por lo que hace a los puntos segundo,
tercero, cuarto y sexto, se adjunta al
presente la información solicitada.
En atención al quinto planteamiento,
debido al peso de los archivos
correspondientes, le indico que los
mismos están disponibles para su
consulta en el portal del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato
(http://www.ieeg.org.mx/). Puede tener
acceso a los mismos a través del
segmento denominado “elecciones”, en el
cual encontrará el rubro “candidatos
electos”, a través del cual puede
descargar el segundo descargar el segundo apartado
correspondiente a “ayuntamientos”.
No omito señalar que de acuerdo a cada
proceso electoral se emiten diferentes
criterios de procesamiento de
información, por ello, la información se
entrega tal como se encuentra en los
archivos de este Instituto. Lo anterior
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información por ser
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Estado de la
Solicitud
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
archivos de este Instituto. Lo anterior,
toda vez que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de conformidad con lo
establecido por el artículo 38 fracción IV
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y 5° segundo
párrafo del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
00356712 23-oct-12 a
Solicito las escuelas del V Distrito Local
del Municipio de León (Dicho distrito
está a cargo de la oficina del IEEG que
se localiza en el municipio de León,
Guanajuato), Guanajuato; las cuales
hallan solicitado que se implemente el
Programa de elecciones escolares, de los
niveles primaria, secundaria,
preparatoria y universidades si hay,
además de las dirección y nombre del
director de las mismas.
Otros datos para facilitar su localización:
De las escuelas se solicita la dirección
(calle, colonia y número) y teléfono de
las mismas así como encargados de las
instituciones.
Capacitación
Ciudadana a a 24-oct-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo con información
proporcionada por la Dirección de
Capacitación Ciudadana, relativo al
periodo 2006-2012, adjunto al presente la
relación de instituciones educativas del
Municipio de León, respecto de las que
este Instituto, brindó apoyo en la
realización de elecciones escolares.
Asimismo, por lo que hace al periodo
2011-2012, la Dirección de Capacitación
Ciudadana proporciona el listado de
mérito, enlistando datos correspondientes
Información
disponible vía
Infomex
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
mérito, enlistando datos correspondientes
a la participación del alumnado en dicha
actividad.
En razón de que su solicitud atiende a
procesamiento de informa referente al
distrito local V, así como domicilio y
director de cada una de las instituciones,
no omito señalar que de acuerdo a cada
unidad administrativa de este instituto se
emiten diferentes criterios de
procesamiento de información, por ello, la
información se entrega tal como se
encuentra en los archivos de este
Instituto. Lo anterior, toda vez que la
obligación de proporcionar información no
incluye el procesamiento de la misma, ni
el presentarla conforme al interés del
solicitante, de conformidad con lo
establecido por el artículo 38 fracción IV
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y 5° segundo
párrafo del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
00361712 23-oct-12 a
Resultados finales de las elecciones de
Ayuntamientos y Gobernador de 2012
por casilla.
Resultados
Electorales a a 31-oct-12 6
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Información
disponible vía
Infomex, vía
Correo
Electrónico
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Entrega de
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Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
De conformidad con información
proporcionada por la Dirección de
Sistemas de Información y
Telecomunicaciones, relativos al proceso
electoral ordinario 2012, adjunto al
presente la relación de resultados
correspondientes a las elecciones de
ayuntamientos y gobernador.
No omito señalar que la información
proporcionada considera los resultados
preliminares por casilla, así como, en su
caso, los ajustes a los mismos por
recuentos de votos en el consejo
correspondiente o por nuevos cantos de
resultados de paquetes que fueron
reservados el día de la jornada electoral,
por contener el acta de escrutinio y
cómputo dentro de los mismos.
Lo anterior, toda vez que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de conformidad con lo
establecido por el artículo 38 fracción IV
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y 5° segundo
párrafo del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
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denci
al
Reser
vada
Inexis
tente
Improc
edente
No
cumple
requeri
miento
Número
de Folio
Medio de
Entrega de
Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00371312 29-oct-12 a
Solicito saber si el Instituto cuenta con
el acta de defunción de la Sra. María
Jesús Saavedra Murillo o información
sobre su fallecimiento.
Otros a a 29-oct-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo con reporte proporcionado
por la Dirección del Servicio Profesional
Electoral, me permito comentarle que
dentro de los archivos de este Instituto
no se cuenta con el documento solicitado
ni con información relativa al fallecimiento
de mérito.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
Infomex
00376812 05-nov-12 a
1. Número de solicitudes de plebiscito
2. Número de plebiscitos realizados en
el Estado y resultados
3. Número de solicitudes de referendúm
4. Número de referendúm realizados y
resultados
5. Número de iniciativas ciudadanas
presentadas al congreso
6. Número de iniciativas ciudadanas
discutidas: aprobadas o rechazadasPlebiscito,
Orientación a a a 06-nov-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo con reporte proporcionado por
la Secretaría del Consejo General, me
permito comentarle que, a la fecha, este
Instituto registra únicamente una solicitud
de plebiscito, misma que fue realizada por
el Ayuntamiento de Guanajuato el 13 de
agosto de 2010. Mediante acuerdo
CPC/001/2010 del 30 de agosto de 2010, la
Comisión de Participación Ciudadana del
Consejo General
Información
disponible vía
Infomex
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de la
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información por ser
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Solicitud
Con
Orienta
ción
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Consejo General del Instituto Electoral del
Estado de Guanajuato declaró procedente
tal solicitud.
La jornada del plebiscito se realizó el
domingo 05 de diciembre de 2010, versó
sobre la aprobación de los ciudadanos
respecto de la decisión del Ayuntamiento de
Guanajuato de cambiar el uso de suelo del
predio “Granja La Bufa”. Como resultado, se
obtuvieron un total de 14,941 votos (el
12.84% de los ciudadanos inscritos en la
lista nominal de dicho Municipio, con corte
al 31 de octubre de 2010), de los cuales:
• 2,280 votos por el Sí
• 12,547 votos por el No
• 114 votos nulos
Respecto a dicho ejercicio, al no haber
votado al menos el 50% de los ciudadanos
en la lista nominal de electores del
Municipio de Guanajuato, se determinó que
el resultado no era vinculatorio para el
Ayuntamiento, solo indicativo.
Por lo que hace a los puntos 3 y 4 de su
solicitud, hasta el momento, no se ha
recibido solicitud alguna en este Instituto y,
consecuentemente, no se ha realizado
ningún referéndum.
En cuanto a los puntos 5 y 6, hago de su
conocimiento que la información relativa
sale del ámbito de competencia de este
Instituto, con fundamento en el artículo 39
primer párrafo de la ley de Transparencia
local, esta Unidad de Acceso lo orienta a
que desahogue su consulta ante la Unidad
de Acceso del órgano competente, esto es,
el CONGRESO DEL ESTADO DE
GUANAJUATO, a través de su sitio de
internet
http://www.congresogto.gob.mx/acceso_inf
ormacion.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00380312 06-nov-12 a
Solicito informacion disponible respecto
de vacantes en la institución, o como
ser considerado para jefe de oficina
regional, soy abogada titulada con
amplia experiencia en procesos
electorales.
Segun su portal de informacion a esta
fecha se encuentra vacante san luis de
la paz. Gracias.
Recursos
Humanos a a 06-nov-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Relativo al procedimiento de
reclutamiento, selección e ingreso de
personal al Instituto Electoral del Estado,
esta Unidad, le orienta al Departamento
de Ingreso, Capacitación y Desarrollo de
la Dirección del Servicio Profesional
Electoral, con domicilio en Carretera
Guanajuato-Puentecillas Km. 2+767,
Colonia Puentecillas de esta ciudad;
sugiriéndole acudir con la Licenciada
Leticia Granados Guerra, cuyo correo
institucional es
comunicarse a los números telefónicos
(473) 73 53000 o 01 800 4334 486,
extensiones 3802, 3805 ó 3806, de lunes
a viernes con horario de oficina de las
8:30 a 16:00 horas.
Información
disponible vía
Infomex, vía
Correo
Electrónico
Institucional
00380812 06-nov-12 a
Gasto total de Servicios personales
(capitulo 1000) realizado por el IEEG en
el mes de Junio del 2012.
Recursos
Materiales a a 06-nov-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo con reporte proporcionado por
la Coordinación Administrativa de este
Instituto, le informo que el gasto solicitado
asciende a $21,533,173.79 (veintiún
millones quinientos treinta
Información
disponible vía
Infomex
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Texto de Respuesta
Estado de la
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
millones quinientos treinta y tres mil ciento
setenta y tres pesos 79/100), desglosado de
la siguiente manera:
Clasificador por objeto de gasto A069
Pagado
1111 Dietas 367,541.40
1131 Sueldos base 2,796,909.97
1221 Remuneraciones para eventuales
1321 Prima vacacional
1322 Prima dominical 1,561.00
1323 Gratificación de fin de año 111,615.63
1331 Remuneraciones por horas
extraordinarias 19,944.00
1341 Compensaciones por servicios
128,639.74
1411 Aportaciones al ISSEG 367,006.69
1412 Cuotas al ISSSTE 134,545.50
1511 Cuotas para el fondo de ahorro
169,618.16
1541 Prestaciones establecidas por CGT
251,360.00
Total 4,348,742.09
Clasificador por objeto de gasto A078
Pagado
1111 Dietas 2,514,257.70
1131 Sueldos base
1221 Remuneraciones para eventuales
8,588,321.45
1321 Prima vacacional 16,573.69
1322 Prima dominical 15,898.95
1323 Gratificación de fin de año 55,211.06
1331 Remuneraciones por horas
extraordinarias 288,275.61
1341 Compensaciones por servicios
904,362.64
1411 Aportaciones al ISSEG 1,161,298.71
1412 Cuotas al ISSSTE 422,291.44
1511 Cuotas para el fondo de ahorro
1541 Prestaciones establecidas por CGT
3,217,940.45
Total 17,184,431.70
Clasificador por objeto de gasto Total
Pagado
1111 Dietas 2,881,799.10
1131 Sueldos base 2,796,909.97
1221 Remuneraciones para eventuales
8,588,321.45
1321 Prima vacacional 16,573.69
1322 Prima dominical 17,459.95
1323 Gratificación de fin de año 166,826.69
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información por ser
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Solicitud
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
1331 Remuneraciones por horas
extraordinarias 308,219.61
1341 Compensaciones por servicios
1,033,002.38
1411 Aportaciones al ISSEG 1,528,305.40
1412 Cuotas al ISSSTE 556,836.94
1511 Cuotas para el fondo de ahorro
169,618.16
1541 Prestaciones establecidas por CGT
3,469,300.45
Gran Total: 21,533,173.79
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00383412 07-nov-12 a
Hola quisiera saber si dentro del Estado
de Guanajuato existen personas con el
nombre de Rosalia Hernández Becerra y
en su caso la fecha y lugar de
nacimiento de estas personas, gracias.
Otros datos para facilitar su localización:
si se me puede brindar la información
de si existen personas que respondan al
nombre ya referido.
Orientación a a a 07-nov-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Primeramente, me permito informarle que el
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato
no cuenta con Registro Estatal de Electores.
El artículo 128 del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato, enuncia lo siguiente:
En los procesos electorales estatales se
dispondrá de los servicios, de las listas
nominales del padrón electoral, de las
credenciales para votar y demás
documentación electoral del Registro
Federal de Electores, para cuyo efecto el
Consejo General, por conducto de su
presidente, celebrará el convenio que así lo
permita.
Ahora bien, con fundamento en el artículo
39 primer párrafo de la ley de
Transparencia local, esta Unidad de Acceso
lo orienta a que acuda directamente a
cualquiera de las Oficinas del Registro Civil
en el Estado, a efecto de que,
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
Infomex
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Fecha de
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Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
en el Estado, a efecto de que, agotando el
trámite correspondiente pueda acceder al
registro de su interés. Lo anterior, de
conformidad con lo establecido en el
artículo 3 del Reglamento del Registro Civil
del Estado de Guanajuato:
Artículo 3. El Registro Civil es público, por lo
que toda persona puede solicitar copias o
extractos certificados de las actas del
estado civil, así como de los documentos
con ellas relacionados, excepto los
expresamente prohibidos por la ley o
sentencia judicial.
Los Oficiales y la Dirección General estarán
obligados a proporcionarlos, siempre y
cuando obren en los archivos de la
Institución, previo pago de los derechos
correspondientes.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00390612 13-nov-12 a
Favor de proporcionar información sobre
cuánto dinero reportaron todos y cada
uno de los partidos políticos que hayan
recibido por concepto de donativos de
2005 a la fecha.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo con información proporcionada
por la Comisión de Fiscalización de este
Instituto, hago de su conocimiento que
durante el periodo 2005 a 2011, ningún
partido con representación en la Entidad,
reportó donativos.
Por lo que hace al ejercicio 2012, a la fecha,
no ha sido presentado el informe anual
correspondiente, por tanto, referente a
dicha anualidad, la información solicitada es
inexistente.
A efecto de proporcionar el marco jurídico
aplicable, se transcribe el artículo 44
fracción I del Código
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
Infomex
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información por ser
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información
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Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
fracción I del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato:
Artículo 44. Los partidos políticos deberán
presentar ante el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, los informes del origen y monto
de todos los ingresos que reciban por
cualquier modalidad de financiamiento, así
como su empleo y aplicación, atendiendo a
las siguientes reglas:
I. Informes anuales:
A) serán presentados a más tardar el
primero de marzo del año siguiente del
ejercicio que se reporte; y
B) en el informe anual serán reportados los
ingresos totales y gastos ordinarios que los
partidos políticos hayan realizado durante el
ejercicio objeto del informe; así como los
gastos de organización de los procesos
internos y precampañas para la selección de
candidatos a cargos de elección popular que
realicen los partidos políticos.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00390712 13-nov-12 a
Favor de proporcionar la información de
todas y cada una de las personas,
empresas, asociaciones civiles y
cualquier organización que hayan
financiado a todos y cada uno de los
partidos políticos en 2005, diferenciando
si son militantes, simpatizantes o no.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Correspondiente al ejercicio fiscal 2005, de
acuerdo con los informes presentados por
cada uno de los partidos políticos ante la
Comisión de Fiscalización de este Instituto,
hago de su conocimiento que la información
relativa a aportaciones superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega vía
Infomex, razón por la cual le comunico que
la información ya está disponible para su
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Improc
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No
cumple
requeri
miento
Número
de Folio
Medio de
Entrega de
Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
la información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en las
instalaciones de esta Unidad (Carretera Gto-
Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en sus
horarios de atención, de 8:30 a 16:00
horas, de lunes a viernes.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 48 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es de apuntar que en algunos casos los
partidos políticos, como parte de su
respectivo informe, no anexan la relación de
aportaciones, toda vez que reportan que,
durante el ejercicio en cuestión, no hubo
recepción de las mismas.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
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información por ser
Desechamiento
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información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00390812 13-nov-12 a
Favor de proporcionar la información de
todas y cada una de las personas,
empresas, asociaciones civiles y
cualquier organización que hayan
financiado a todos y cada uno de los
partidos políticos en 2006, diferenciando
si son militantes, simpatizantes o no.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Correspondiente al ejercicio fiscal 2006, de
acuerdo con los informes presentados por
cada uno de los partidos políticos ante la
Comisión de Fiscalización de este Instituto,
hago de su conocimiento que la información
relativa a aportaciones superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega vía
Infomex, razón por la cual le comunico que
la información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en las
instalaciones de esta Unidad (Carretera Gto-
Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en sus
horarios de atención, de 8:30 a 16:00
horas, de lunes a viernes.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 28 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es de apuntar que en algunos casos los
partidos políticos, como parte de su
respectivo informe, no anexan la relación de
aportaciones, toda vez que reportan
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
aportaciones, toda vez que reportan que,
durante el ejercicio en cuestión, no hubo
recepción de las mismas.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00390912 13-nov-12 a
Favor de proporcionar la información de
todas y cada una de las personas,
empresas, asociaciones civiles y
cualquier organización que hayan
financiado a todos y cada uno de los
partidos políticos en 2007, diferenciando
si son militantes, simpatizantes o no.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Correspondiente al ejercicio fiscal 2007, de
acuerdo con los informes presentados por
cada uno de los partidos políticos ante la
Comisión de Fiscalización de este Instituto,
hago de su conocimiento que la información
relativa a aportaciones superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega vía
Infomex, razón por la cual le comunico que
la información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en las
instalaciones de esta Unidad (Carretera Gto-
Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en sus
horarios de atención, de 8:30 a 16:00
horas, de lunes a viernes.
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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información por ser
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información
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Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 45 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es de apuntar que en algunos casos los
partidos políticos, como parte de su
respectivo informe, no anexan la relación de
aportaciones, toda vez que reportan que,
durante el ejercicio en cuestión, no hubo
recepción de las mismas.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
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Tipo de Respuesta
Fecha de
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n de
Respuesta
00391012 13-nov-12 a
Favor de proporcionar la información de
todas y cada una de las personas,
empresas, asociaciones civiles y
cualquier organización que hayan
financiado a todos y cada uno de los
partidos políticos en 2008, diferenciando
si son militantes, simpatizantes o no.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Correspondiente al ejercicio fiscal 2008, de
acuerdo con los informes presentados por
cada uno de los partidos políticos ante la
Comisión de Fiscalización de este Instituto,
hago de su conocimiento que la información
relativa a aportaciones superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega vía
Infomex, razón por la cual le comunico que
la información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en las
instalaciones de esta Unidad (Carretera Gto-
Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en sus
horarios de atención, de 8:30 a 16:00
horas, de lunes a viernes.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 45 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es de apuntar que en algunos casos los
partidos políticos, como parte de su
respectivo informe, no anexan la relación de
aportaciones, toda vez que reportan que,
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Respuesta
aportaciones, toda vez que reportan que,
durante el ejercicio en cuestión, no hubo
recepción de las mismas.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00391212 13-nov-12 a
Favor de proporcionar la información de
todas y cada una de las personas,
empresas, asociaciones civiles y
cualquier organización que hayan
financiado a todos y cada uno de los
partidos políticos en 2008, diferenciando
si son militantes, simpatizantes o no.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Correspondiente al ejercicio fiscal 2008, de
acuerdo con los informes presentados por
cada uno de los partidos políticos ante la
Comisión de Fiscalización de este Instituto,
hago de su conocimiento que la información
relativa a aportaciones superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega vía
Infomex, razón por la cual le comunico que
la información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en las
instalaciones de esta Unidad (Carretera Gto-
Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en sus
horarios de atención, de 8:30 a 16:00
horas, de lunes a viernes.
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Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 45 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es de apuntar que en algunos casos los
partidos políticos, como parte de su
respectivo informe, no anexan la relación de
aportaciones, toda vez que reportan que,
durante el ejercicio en cuestión, no hubo
recepción de las mismas.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
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00391312 13-nov-12 a
Favor de proporcionar la información de
todas y cada una de las personas,
empresas, asociaciones civiles y
cualquier organización que hayan
financiado a todos y cada uno de los
partidos políticos en 2009, diferenciando
si son militantes, simpatizantes o no.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Correspondiente al ejercicio fiscal 2009, de
acuerdo con los informes presentados por
cada uno de los partidos políticos ante la
Comisión de Fiscalización de este Instituto,
hago de su conocimiento que la información
relativa a aportaciones superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega vía
Infomex, razón por la cual le comunico que
la información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en las
instalaciones de esta Unidad (Carretera Gto-
Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en sus
horarios de atención, de 8:30 a 16:00
horas, de lunes a viernes.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 34 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es de apuntar que en algunos casos los
partidos políticos, como parte de su
respectivo informe, no anexan la relación de
aportaciones, toda vez que reportan que,
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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aportaciones, toda vez que reportan que,
durante el ejercicio en cuestión, no hubo
recepción de las mismas.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00391412 13-nov-12 a
Favor de proporcionar la información de
todas y cada una de las personas,
empresas, asociaciones civiles y
cualquier organización que hayan
financiado a todos y cada uno de los
partidos políticos en 2010, diferenciando
si son militantes, simpatizantes o no.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Correspondiente al ejercicio fiscal 2010, de
acuerdo con los informes presentados por
cada uno de los partidos políticos ante la
Comisión de Fiscalización de este Instituto,
hago de su conocimiento que la información
relativa a aportaciones superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega vía
Infomex, razón por la cual le comunico que
la información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en las
instalaciones de esta Unidad (Carretera Gto-
Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en sus
horarios de atención, de 8:30 a 16:00
horas, de lunes a viernes.
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
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Notificació
n de
Respuesta
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 34 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es de apuntar que en algunos casos los
partidos políticos, como parte de su
respectivo informe, no anexan la relación de
aportaciones, toda vez que reportan que,
durante el ejercicio en cuestión, no hubo
recepción de las mismas.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
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Fecha de
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Respuesta
00391512 13-nov-12 a
Favor de proporcionar la información de
todas y cada una de las personas,
empresas, asociaciones civiles y
cualquier organización que hayan
financiado a todos y cada uno de los
partidos políticos en 2011, diferenciando
si son militantes, simpatizantes o no.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Correspondiente al ejercicio fiscal 2011, de
acuerdo con los informes presentados por
cada uno de los partidos políticos ante la
Comisión de Fiscalización de este Instituto,
hago de su conocimiento que la información
relativa a aportaciones superan en peso las
especificaciones técnicas para entrega vía
Infomex, razón por la cual le comunico que
la información ya está disponible para su
consulta. Consulta que puede realizar en las
instalaciones de esta Unidad (Carretera Gto-
Puentecillas Km. 2 + 767, Colonia
Puentecillas, Guanajuato, Gto.), en sus
horarios de atención, de 8:30 a 16:00
horas, de lunes a viernes.
Asimismo, de conformidad con lo
establecido por el artículo 4 y 5 fracciones
IV y VI del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato, hago de
su conocimiento que la entrega de dichos
documentos electrónicos se realizará una
vez que proporcione a esta Unidad el
soporte material necesario (CD o USB con
capacidad mínima de 40 MB). Lo anterior,
dentro del plazo de sesenta días naturales,
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del presente.
Es de apuntar que en algunos casos los
partidos políticos, como parte de su
respectivo informe, no anexan la relación de
aportaciones, toda vez que reportan que,
Notificación de
respuesta de
información
disponible para
consulta
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Texto de Solicitud
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información por ser
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Entrega de
información
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Recepción
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Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
aportaciones, toda vez que reportan que,
durante el ejercicio en cuestión, no hubo
recepción de las mismas.
No omito comentarle que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 38 fracción IV de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública para el Estado y los Municipios de
Guanajuato y 5° segundo párrafo del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00391612 13-nov-12 a
Favor de proporcionar la información de
todas y cada una de las personas,
empresas, asociaciones civiles y
cualquier organización que hayan
financiado a todos y cada uno de los
partidos políticos en 2012, diferenciando
si son militantes, simpatizantes o no.
Partidos
Políticos a a 30-nov-12 8
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De acuerdo con reporte proporcionado por
la Comisión de Fiscalización de este
Instituto, me permito referir que, a la fecha,
por parte de los partidos políticos con
representación en la Entidad, no ha sido
presentado el informe anual,
correspondiente al ejercicio 2012, por tanto,
la información solicitada es inexistente.
A efecto de proporcionar el marco jurídico
aplicable, se transcribe el artículo 44
fracción I del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato:
Artículo 44. Los partidos políticos deberán
presentar ante el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato, los informes del origen
Negativa por ser
inexistente y se
notifica vía
Infomex
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Reser
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Inexis
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Improc
edente
No
cumple
requeri
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Número
de Folio
Medio de
Entrega de
Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Guanajuato, los informes del origen y monto
de todos los ingresos que reciban por
cualquier modalidad de financiamiento, así
como su empleo y aplicación, atendiendo a
las siguientes reglas:
I. Informes anuales:
A) serán presentados a más tardar el
primero de marzo del año siguiente del
ejercicio que se reporte; y
B) en el informe anual serán reportados los
ingresos totales y gastos ordinarios que los
partidos políticos hayan realizado durante el
ejercicio objeto del informe; así como los
gastos de organización de los procesos
internos y precampañas para la selección de
candidatos a cargos de elección popular que
realicen los partidos políticos.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00396612 15-nov-12 a
Mapa o croquix del poblado del Rincón
de Alonso del Municipio de Valle de
Santiago, con nombres de calles,
callejones y privadas.
Cartografía a a 16-nov-12 1
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De conformidad con información
proporcionada por la Dirección de Sistemas
de Información y Telecomunicaciones,
adjunto al presente la cartografía electoral
correspondiente al Municipio de Valle de
Santiago.
Lo anterior, sin omitir comentar que la
obligación de proporcionar información no
incluye el procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de conformidad con lo
establecido por el artículo 38 fracción IV de
la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de
Información
disponible vía
Infomex, vía
Correo
Electrónico
Institucional
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Electró
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TrámiteResuelta Pública
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requeri
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Número
de Folio
Medio de
Entrega de
Información
Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
Con
Orienta
ción
Días en
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Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
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Respuesta
Municipios de Guanajuato y 5° segundo
párrafo del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00410712 28-nov-12 a
Resultados electorales por casilla de las
elecciones de gobernador,
ayuntamientos y diputados en el
proceso de 2012.
Resultados
Electorales a a 28-nov-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito cumple
los requisitos contenidos en el artículo 38
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato, procedo a dar
respuesta conforme los términos del artículo
41 del mismo ordenamiento, así como de
los artículos 4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI
del Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
De conformidad con información
proporcionada por la Dirección de Sistemas
de Información y Telecomunicaciones,
relativos al proceso electoral ordinario 2012,
adjunto al presente la relación de resultados
correspondientes a las elecciones de
ayuntamientos, diputados y gobernador.
No omito señalar que la información
proporcionada considera los resultados
preliminares por casilla, así como, en su
caso, los ajustes a los mismos por recuentos
de votos en el consejo correspondiente o
por nuevos cantos de resultados de
paquetes que fueron reservados el día de la
jornada electoral, por contener el acta de
escrutinio y cómputo dentro de los mismos.
Lo anterior, toda vez que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de conformidad con lo
establecido por el artículo 38 fracción IV de
la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y 5° segundo
párrafo del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información
Información
disponible vía
Infomex, vía
Correo
Electrónico
Institucional
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En
TrámiteResuelta Pública
Versión
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No
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Número
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Información
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Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
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Recepción
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Estado de la
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Con
Orienta
ción
Días en
Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
Acceso a la Información Pública del Instituto
Electoral del Estado de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo podrá
utilizarla lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma, conforme
lo establece el párrafo tercero del artículo 8
de la ley de la materia.
00429812 30-nov-12 a
Le solicito me sirva proporcionar el
nombre y apellido de todos los
Representantes de Partido de casillas y
Representantes Generales, ambas
peticiones del Partido Nueva Alianza y
del Partido Verde Ecologista en estas
elecciones municipales en la ciudad de
Villagrán, Guanajuato, ello por así
convenir a mis intereses.
Partidos
Políticos a a 04-dic-12 2
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Primeramente resulta oportuno señalar
que de conformidad con el apartado 2.11
del Anexo Técnico Número Dos al
Convenio de Apoyo y Colaboración en
materia Electoral que celebraron el
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato y el Instituto Federal
Electoral, correspondió a este último
llevar a cabo el registro de representantes
de partidos políticos ante mesas directivas
de casillas y generales, de conformidad
con la legislación y normatividad aplicable
para la elección federal y utilizando los
mecanismos informáticos dispuestos por
dicha institución para tal fin.
Dicho lo anterior, de conformidad con
información proporcionada por la
Dirección de Procedimientos Electorales
de este Instituto, relativos al proceso
electoral ordinario 2012, adjunto al
presente la relación de representantes de
partidos políticos ante mesas directivas de
casillas y generales.
Información
disponible vía
Infomex, vía
Correo
Electrónico
Institucional
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nicoManual
En
TrámiteResuelta Pública
Versión
Pública
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Información
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Recepción
de la
Solicitud
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información por ser
Desechamiento
porCategoría
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información
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Recepción
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Con
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ción
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Entregrar
Respuesta
Tipo de Respuesta
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Notificació
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Respuesta
Asimismo, puntualizo que el registro
relativo a representantes generales se
realiza por distrito electoral federal, así la
información correspondiente al municipio
de su interés, se encuentra integrada en
las acreditaciones del distrito octavo, cuya
cabecera electoral recae en el Municipio
de Salamanca.
No omito comentar que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de conformidad con lo
establecido por el artículo 38 fracción IV
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y 5° segundo
párrafo del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
00442412 06-dic-12 a
Por medio de la presente, solicito a su
Instituto Electoral información sobre los
10 distritos electorales del Estado en los
que las elecciones de 2000 a la fecha se
resolvieron por menos de 1 por ciento
de diferencia entre el primer lugar y el
segundo, tanto en comicios de
ayuntamientos, gobernador y diputados
locales.Resultados
Electorales a a 06-dic-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Primeramente me permito hacer de su
conocimiento que dentro de los archivos
del Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato no se procesa la información
relativa a resultados electorales en razón
a la diferencia arrojada entre
Información
disponible vía
Infomex
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nicoManual
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información por ser
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Respuesta
a la diferencia arrojada entre el primer y
segundo lugar de la contienda, por ello,
relativos a los procesos electorales de
2000 a 2012, adjunto al presente la
relación de resultados correspondientes a
las elecciones de ayuntamientos,
diputados y gobernador.
Lo anterior, toda vez que la obligación de
proporcionar información no incluye el
procesamiento de la misma, ni el
presentarla conforme al interés del
solicitante, de conformidad con lo
establecido por el artículo 38 fracción IV
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y 5° segundo
párrafo del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Asimismo, resulta oportuno puntualizar
que, en materia local, el Estado de
Guanajuato se encuentra demarcado
territorialmente por 22 distritos
electorales uninominales, de conformidad
con lo establecido por el artículo 371
inciso a) del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado
de Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
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información por ser
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Notificació
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Respuesta
00449512 13-dic-12 a
Deseo que me puedan proporcionar los
resultados totales de las elecciones
estatales anteriores: 2012, 2009, 2006,
2000. Incluyendo la elección de
gobernador, diputados de mayoría
relativa y Ayuntamientos.
La información me la podrían
proporcionar por distritos para el caso
de diputados; y por municipios para el
caso de ayuntamientos.
Necesito los votos obtenidos por cada
partido político que contenido.
Resultados
Electorales a a 13-dic-12 0
Toda vez que la solicitud de mérito
cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Relativos a los procesos electorales de
2000, 2006, 2009 y 2012, adjunto al
presente la relación de resultados
correspondientes a las elecciones de
ayuntamientos, diputados y gobernador.
Lo anterior, sin omitir comentar que la
obligación de proporcionar información no
incluye el procesamiento de la misma, ni
el presentarla conforme al interés del
solicitante, de conformidad con lo
establecido por el artículo 38 fracción IV
de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública para el Estado y los
Municipios de Guanajuato y 5° segundo
párrafo del Reglamento de la Unidad de
Acceso a la Información Pública del
Instituto Electoral del Estado de
Guanajuato.
Por último, es de señalar que quien tenga
acceso a la información pública sólo
podrá utilizarla lícitamente y será
responsable de cualquier uso ilegal de la
misma, conforme lo establece el párrafo
tercero del artículo 8 de la ley de la
materia.
Información
disponible vía
Infomex, vía
Correo
Electrónico
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TrámiteResuelta Pública
Versión
Pública
Confi
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requeri
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Fecha de
Recepción
de la
Solicitud
Texto de Solicitud
Sin entrega de
información por ser
Desechamiento
porCategoría
Entrega de
información
Formato de
Recepción
Texto de Respuesta
Estado de la
Solicitud
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Días en
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Tipo de Respuesta
Fecha de
Notificació
n de
Respuesta
00451312 17-dic-12 a
Plataforma Electoral Presentada y
registrada por el Partido Acción
Nacional.
Elecciones estatales recientes año 2012.
Otros datos para facilitar su localización:
Solicito la Plataforma Legislativa y
Plataforma Municipal con la que
participó el Partido Acción Nacional en
esa entidad.
Partidos
Políticos a a 17-dic-12 0
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cumple los requisitos contenidos en el
artículo 38 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública para el
Estado y los Municipios de Guanajuato,
procedo a dar respuesta conforme los
términos del artículo 41 del mismo
ordenamiento, así como de los artículos
4°, 5° y 10 fracciones I, II y VI del
Reglamento de la Unidad de Acceso a la
Información Pública del Instituto Electoral
del Estado de Guanajuato:
Adjunto al presente las plataformas
legislativa y municipal del Partido Acción
Nacional para el proceso electoral
ordinario 2012.
Es de señalar que quien tenga acceso a la
información pública sólo podrá utilizarla
lícitamente y será responsable de
cualquier uso ilegal de la misma,
conforme lo establece el párrafo tercero
del artículo 8 de la ley de la materia.
Información
disponible vía
Infomex, vía
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Electrónico
Institucional
2004 - 2011 2012 TOTAL
2149 2149
151 151
276 198 474
11 29 40
2587 227 2814
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TOTALES:
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